VigenteCategoria: Comercial
Decreto No. 106-2015 | 21 de octubre de 2015 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 33,870
Acuerdo Ministerial No. 106-2015 — Apertura de contingente de desabasto de maíz amarillo
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Resumen
Este acuerdo permite importar 30,000 toneladas de maíz amarillo sin arancel desde octubre hasta diciembre de 2015, para garantizar el abastecimiento nacional de esta materia prima esencial en la producción de alimentos balanceados para animales. Beneficia a empresas del sector avícola y ganadero que dependen del maíz importado.
Considerandos
- 1.Que es competencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, la formulación y ejecución de políticas relacionadas con los mecanismos internos de comercialización de bienes y servicios, y su racionalización, para asegurar condiciones adecuadas de abastecimiento, en coordinación de los demás organismos que correspondan.
- 2.Que las importaciones de maíz amarillo se han hecho al amparo de un Convenio para las Negociaciones de una Alianza Estratégica de Compra Venta de Grano Nacional entre la Asociación Hondureña de Producción de Alimentos Balanceados para Animales (AHPROABA), las Asociaciones de Productores de Maíz y las Secretarías de Agricultura y Ganadería (SAG) y Desarrollo Económico (SDE) ambas en representación del Gobierno de Honduras.
- 3.Que en fecha 6 de julio de 2015, las empresas de Asociación Hondureña de Producción de Alimentos Balanceados para Animales (AHPROABA), presentaron ante la SAG, solicitud para que se les otorgue la apertura de un Contingente de Desabasto de Maíz Amarillo de 79,700.00 TM, clasificado en la partida arancelaria SAC.1005.90.20, (sin procedencia específica), siendo esta cantidad necesaria para garantizar el abastecimiento de maíz amarillo, por ser este grano la materia prima para el proceso de alimentos balanceados para animales.
- 4.Que para determinar si existe un desabastecimiento en el mercado nacional de este grano (maíz amarillo) la SAG y SDE, realizaron un análisis de la oferta tomando como elementos (la producción nacional, los inventarios físicos existentes en el país el volumen de los contingentes arancelarios vigentes) y la demanda estimada, considerando según el resultado del análisis que es necesario la apertura de un contingente de desabasto de maíz amarillo por un volumen de 30,000 TM de maíz amarillo.
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