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1 de octubre de 2026Vigente

Acuerdo Ministerial No. SAG-390-2026 — Adecuación del Organigrama Institucional de la Secretaría de Agricultura y Ganadería

Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería

  • Decreto: SAG-390-2026
  • Publicación: 1 de octubre de 2026
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería
  • Gaceta: 37,260
  • Categoria: Administrativo

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este acuerdo reorganiza el organigrama de la Secretaría de Agricultura para que la Unidad de Comunicación Institucional dependa directamente de la Secretaría General, como establece la ley. No crea ni elimina áreas, solo actualiza el diagrama organizativo para que coincida con la normativa vigente y mejore la coordinación administrativa.

Considerandos

Que la Constitución de la República y la Ley General de la Administración Pública establecen las atribuciones de los Secretarios de Estado para dirigir, coordinar y supervisar las actividades propias de sus respectivos ramos, dentro del marco de las competencias que les confiere el ordenamiento jurídico.

Que el Artículo 30 de la Ley General de la Administración Pública establece que el Secretario General tendrá funciones de fedatario y será responsable de coordinar los servicios legales, la comunicación institucional y la cooperación externa relacionada con la correspondiente Secretaría de Estado.

Que el Artículo 28 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, Decreto Ejecutivo Número PCM-008-97, atribuye a las Secretarías Generales la coordinación y supervisión de las funciones de servicios legales y comunicación institucional.

Que el Artículo 41 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo, Decreto Ejecutivo Número PCM-008-97, establece expresamente que la Unidad de Comunicación Institucional es coordinada por la Secretaría General y tiene a su cargo los asuntos relacionados con la divulgación de las actividades de la Secretaría de Estado, los servicios de información y prensa y la atención de asuntos protocolarios.

Que el Reglamento de Organización Interna de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, Acuerdo No. 1004-00, reconoce a la Unidad de Servicios Legales y a la Unidad de Comunicación Institucional como órganos de apoyo de la Secretaría de Estado.

Que el Artículo 68 del Reglamento de Organización Interna de la Secretaría de Agricultura y Ganadería establece que la Unidad de Servicios Legales es coordinada por la Secretaría General, y el Artículo 70 dispone que la Unidad de Comunicación Institucional es coordinada por la Secretaría General.

Que el Artículo 19 del Reglamento de Organización Interna de la Secretaría de Agricultura y Ganadería faculta al Secretario de Estado para delegar el ejercicio de atribuciones específicas en los funcionarios que el propio reglamento señala, cuando la organización interna o las necesidades del servicio lo requieran, y el Artículo 21 establece las atribuciones del Secretario de Estado para dirigir y emitir directrices dentro de su ámbito de competencia.

Que los Artículos 72 y 73 del Reglamento de Organización Interna de la Secretaría de Agricultura y Ganadería establecen la necesaria vinculación y coordinación entre los diferentes órganos de la Secretaría de Estado y disponen que éstos coordinarán sus actividades atendiendo las instrucciones del Secretario de Estado y los fines y objetivos establecidos en las políticas agrícolas.

Que el Organigrama Institucional vigente de la Secretaría de Agricultura y Ganadería no refleja de manera congruente la coordinación que el ordenamiento jurídico atribuye a la Secretaría General respecto de la Unidad de Comunicación Institucional, por lo que resulta necesario adecuar su representación gráfica al marco jurídico vigente.

Que la presente medida no crea, suprime ni fusiona órganos o unidades administrativas, ni modifica las competencias sustantivas establecidas en la normativa vigente, sino que ordena la adecuación y actualización del instrumento gráfico institucional para que éste guarde correspondencia con la estructura jurídica actualmente vigente.

Articulos

Articulo 1.-

OBJETO.- El presente Acuerdo tiene por objeto adecuar y actualizar el Organigrama Institucional de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, a fin de que su representación gráfica sea congruente con la estructura, niveles de coordinación y relaciones administrativas establecidas en el ordenamiento jurídico vigente.

Articulo 2.-

UBICACIÓN DE LA UNIDAD DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL.- Establecer que la Unidad de Comunicación Institucional se ubica, dentro del Organigrama Institucional de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, bajo la coordinación de la Secretaría General, al mismo nivel de coordinación de la Dirección de Servicios Legales, de conformidad con la Ley General de la Administración Pública, el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo y el Reglamento de Organización Interna de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Articulo 3.-

ACTUALIZACIÓN DEL ORGANI- GRAMA.- Instrúyase a la Unidad de Modernización de la Secretaría de Agricultura y Ganadería y la Subgerencia de Recursos Humanos, en el ámbito de las atribuciones que le corresponden, para que proceda a realizar las acciones técnicas y administrativas necesarias para la actualización del Organigrama Institucional de la Secretaría de Agricultura y Ganadería, a efecto de adecuarlo a las disposiciones legales y reglamentarias vigentes. Para tal efecto, deberá trasladar la representación de la Unidad de Comunicación Institucional, actualmente ubicada bajo una

dependencia distinta, y colocarla bajo la Secretaría General, al mismo nivel de coordinación de la Dirección de Servicios Legales. La Unidad de Modernización y Subgerencia de Recursos Humanos deberán realizar las modificaciones correspondientes en los instrumentos de organización institucional que resulten necesarios y remitir el organigrama actualizado al Secretario de Estado para su aprobación.

Articulo 4.-

NATURALEZA DE LA ADECUACIÓN.- La adecuación dispuesta mediante el presente Acuerdo constituye una actualización del Organigrama Institucional para que su representación gráfica guarde correspondencia con la estructura y relaciones de coordinación establecidas en el marco jurídico vigente. No implica la creación, supresión, fusión, traslado de competencias sustantivas ni modificación de la naturaleza jurídica de la Unidad de Comunicación Institucional.

Articulo 4.-

A. APROBACIÓN DEL ORGANIGRAMA ACTUALIZADO.- Una vez realizada la adecuación técnica ordenada en el artículo anterior, la Unidad de Modernización y la Subgerencia de Recursos Humanos remitirán el Organigrama Institucional actualizado al Secretario de Estado para su aprobación. Posteriormente, coordinará su incorporación en los manuales, documentos, sistemas y demás instrumentos institucionales en los que corresponda reflejar la estructura organizativa de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Articulo 5.-

COORDINACIÓN ORGÁNICA Y ADMINISTRATIVA.- La Unidad de Comunicación Institucional continuará siendo coordinada por la Secretaría General, correspondiéndole desarrollar las funciones establecidas en el ordenamiento jurídico y en el Reglamento de Organización Interna de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Articulo 6.-

COORDINACIÓN FUNCIONAL CON EL DESPACHO DEL SECRETARIO DE ESTADO.- Sin perjuicio de la coordinación establecida en el artículo anterior, la Unidad de Comunicación Institucional mantendrá coordinación directa con el Despacho del Secretario de Estado para la definición, articulación y ejecución de estrategias de comunicación institucional relacionadas con las políticas, prioridades, programas, proyectos, actividades oficiales, posicionamiento institucional y demás asuntos que determine la máxima autoridad de la Secretaría de Estado.

Articulo 7.-

DIRECTRICES DE COMUNICACIÓN ESTRATÉGICA.- Corresponderá al Despacho del Secretario de Estado establecer, dentro del ámbito de sus competencias, las directrices estratégicas de comunicación institucional. La Unidad de Comunicación Institucional articulará y ejecutará dichas directrices en coordinación con la Secretaría General, sin que ello implique modificación de su coordinación orgánica y administrativa.

Articulo 8.-

COORDINACIÓN ADMINISTRATIVA DE LA SECRETARÍA GENERAL.- La Secretaría General continuará ejerciendo las funciones de coordinación y supervisión que legal y reglamentariamente le corresponden respecto de la Unidad de Comunicación Institucional, incluyendo la articulación administrativa con los demás órganos de la Secretaría de Estado.

Articulo 9.-

COORDINACIÓN CON LAS DEMÁS DEPENDENCIAS.- Las Direcciones, Unidades, Programas, Proyectos y demás dependencias de la Secretaría de Agricultura y Ganadería deberán proporcionar oportunamente a la Unidad de Comunicación Institucional la información necesaria para la divulgación de las actividades, programas, proyectos, servicios y resultados institucionales, coordinando la verificación de la información técnica antes de su divulgación pública.

Articulo 10.-

COORDINACIÓN JURÍDICA.- Cuando las actividades de comunicación institucional involucren aspectos de naturaleza jurídica, tales como convenios, contratos, derechos de autor, uso de imagen institucional, propiedad intelectual, utilización de signos distintivos, pronunciamientos con efectos jurídicos o cualquier otro asunto que requiera opinión legal, la Unidad de Comunicación Institucional coordinará con la Dirección de Servicios Legales, por conducto de la Secretaría General, la asesoría jurídica correspondiente.

Articulo 11.-

ACTUALIZACIÓN DE INSTRUMENTOS INSTITUCIONALES.- La dependencia responsable de la administración y actualización de los instrumentos de organización institucional deberá incorporar el organigrama aprobado mediante el presente Acuerdo en los manuales, directorios, documentos oficiales, sistemas de información y demás instrumentos en los que se represente la estructura organizativa de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Articulo 12.-

PROHIBICIÓN DE REPRESENTACIÓN INCONGRUENTE.- A partir de la entrada en vigencia del presente Acuerdo, la Unidad de Comunicación Institucional no deberá aparecer en documentos, organigramas o representaciones oficiales de la estructura institucional como subordinada, adscrita o dependiente de una unidad distinta de la Secretaría General, salvo que una norma de igual o superior jerarquía disponga expresamente lo contrario.

Articulo 1.-

3 . N O A LT E R A C I Ó N D E COMPETENCIAS.- Las disposiciones del presente Acuerdo se aplicarán sin perjuicio de las competencias legalmente atribuidas al Secretario de Estado, a la Secretaría General, a la Dirección de Servicios Legales, a la Unidad de Comunicación Institucional y a los demás órganos de la Secretaría de Agricultura y Ganadería.

Articulo 14.-

VIGENCIA.- El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”.- COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. ING. MOISÉS ABRAHAM MOLINA GUILLÉN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ABG. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA SECRETARIO GENERAL ACUERDO DE DELEGACIÓN No. SAG-053-2026

ANEXO ÚNICO ORGANIGRAMA INSTITUCIONAL – ADECUACIÓN DE LA UNIDAD DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL La presente representación gráfica constituye parte integral del ACUERDO No. SAG- 390-2026, y refleja la ubicación de la Unidad de Comunicación Institucional bajo la coordinación de la Secretaría General.

Comisión Reguladora de Energía Eléctrica CREE ACUERDO CREE-88-2026 APROBACIÓN DEL AJUSTE TRIMESTRAL AL COSTO BASE DE GENERACIÓN Y SU CONSECUENTE AJUSTE AL PLIEGO TARIFARIO QUE APLICA LA EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA A SUS USUARIOS FINALES.

Notas

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