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Decreto No. PCM-35-2015 | 10 de abril de 2014 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 33,766

Decreto Ejecutivo No. PCM-35-2015 — Reforma del Artículo 60 del Reglamento de Organización del Poder Ejecutivo - Creación de Direcciones Generales de Política Macrofiscal y Tributaria

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Resumen

Este decreto crea dos nuevas direcciones en la Secretaría de Finanzas: la Dirección General de Política Macrofiscal, que define políticas fiscales y hace proyecciones económicas para decisiones del gobierno, y la Dirección General de Política Tributaria, que evalúa la política de impuestos. Ambas direcciones fortalecen la gestión fiscal del Estado y benefician a la sociedad al mejorar la administración de las finanzas públicas.

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad al Artículo 245 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente Constitucional de la República la Administración General del Estado, siendo entre otras sus atribuciones la de emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.
  2. 2.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-011-2014 del 10 de abril de 2014, se resolvió declarar al sector turismo como un sector prioritario para el desarrollo social y económico del país, constituyendo dicha declaratoria una política de Estado e integrando la misma como parte de la agenda de gobierno.
  3. 3.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-016-2015 del 04 de marzo de 2015, se amplía el alcance del Programa Nacional de Reactivación del Sector Agroalimentario y la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYME) el cual implica la creación del Fideicomiso para la Reactivación del Sector Agroalimentario y la Economía de Honduras (FIRSA) incluyendo el financiamiento bajo condiciones de alta disponibilidad al rubro hotelero.
  4. 4.Que debido a la crisis económica y política del año 2009, existen personas naturales y/o jurídicas que realizan actividades del sector MIPYME turístico afiliados a Hoteles Pequeños de Honduras (HOPEH) y/o a la Cámara Nacional de Turismo de Honduras (CANATURH) que fueron afectadas por dicha crisis que requieren mejores condiciones en los financiamientos recibidos.
  5. 5.Que se hace necesario emitir un Decreto Ejecutivo en Consejo de Secretarios de Estado para que con cargo a los fondos FIRSA puedan atender las readecuaciones del sector hotelero.
  6. 6.Que corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, representarlo, emitir acuerdos, decretos, expedir reglamentos y resoluciones conforme a la ley.
  7. 7.Que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública centralizada y descentralizada, la Administración General del Estado, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros.
  8. 8.Que las Secretarías de Estado son órganos de la administración general del País y dependen directamente del Presidente de la República.
  9. 9.Que el Artículo 29 reformado de la Ley General de la Administración Pública en el penúltimo párrafo establece que el Presidente de la República podrá reglamentar esa disposición ampliando, reduciendo, fusionando y reasignando las competencias de los Despachos de las Secretarías de Estado.
  10. 10.Que el Artículo 31 de la Ley General de la Administración Pública, aprobada mediante Decreto Legislativo No. 146-86 de fecha 27 de octubre de 1986 y sus Reformas, estableció que en cada Secretaría de Estado se contará con una Unidad de Planeamiento y Evaluación de la Gestión (UPEG), encargada del análisis, diseño y evaluación de las políticas, programas y proyectos, prioridades de gasto e inversión y evaluación periódica de la eficiencia y eficacia de los programas de la respectiva Secretaría de Estado y de las instituciones descentralizadas del sector.
  11. 11.Que hasta 1996, funcionó en la Secretaría de Finanzas la Unidad de Asesoría Técnica, la cual era básicamente de apoyo técnico del Secretario de Finanzas, para responder consultas, elaborar informes, realizar negociaciones con organismos internacionales, generar políticas de carácter fiscal, hacer reformas tributarias y otras que se le delegaran.
  12. 12.Que la Unidad de Asesoría Técnica se transformó en lo que hoy es la Unidad de Planeamiento y Evaluación de la Gestión (UPEG), responsable fundamentalmente de elaborar el Plan Operativo Anual (POA) de la Secretaría de Finanzas, darle seguimiento a la ejecución y hacer la respectiva evaluación, tarea que ha absorbido parte del personal técnico y recursos de dicha Unidad.
  13. 13.Que la Secretaría de Finanzas, es la encargada de lo concerniente a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con las finanzas públicas, lo relativo al crédito y la deuda pública, la programación de la inversión pública, el control fiscal y todo lo relacionado con las obligaciones tributarias. Lo que obligó a la UPEG de la Secretaría de Finanzas a encargarse del análisis, diseño y evaluación de las políticas, programas y proyectos, prioridades de gasto e inversión y evaluación periódica de la eficiencia de los programas de todas las Secretarías de Estado y del Sector Público en General.
  14. 14.Que la UPEG, se ha conformado en una dependencia encargada de coordinar la gestión macrofiscal del Gobierno, responsabilidad que ha sido asignada de manera Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 4 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH informal hasta ahora; esta función se ve reflejada parcialmente en la estructura de esta Unidad y en algunos de los productos que ésta entrega.
  15. 15.Que para fortalecer la función macro- fiscal es necesario en consecuencia reorganizar la UPEG de la Secretaría de Finanzas, Independizando la función macrofiscal y la tributaria y manteniendo vigente la Unidad de Planeamiento y Evaluación de Gestión (UPEG).
  16. 16.Que la creación de Unidades especializadas complementarias pero independientes para realizar las actividades macrofiscales y Tributarias en la Secretaría de Finanzas (SEFIN), le permitirá a ésta, ejercer el liderazgo en materia fiscal y tributaria, mediante el fortalecimiento de actividades como el seguimiento, la formulación y la evaluación de políticas, las proyecciones macrofiscales. Para ello SEFIN necesita fortalecer esta función, organizándose de forma que refleje mejor sus procesos de negocio claves y dotándose de herramientas y de la información necesaria para ello.
  17. 17.Que constituyen recursos de la Dirección General de Política Macrofiscal, y Dirección General de Política Tributaria el presupuesto, personal y la logística de la Unidad de Planeamiento y Evaluación de Gestión, con excepción del personal que realiza labores de planificación institucional que seguirá funcionando como Unidad de Planeamiento y Evaluación de Gestión
  18. 18.Que el Artículo 14 reformado de la Ley General de la Administración Pública establece que es facultad del Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado, emitir dentro de la Administración Centralizada las normas requeridas para determinar la competencia de los Despachos de las Secretarías de Estado, crear las dependencias internas que fueren necesarias para la buena administración y reorganizar aquellas dependencias que la eficiencia de la administración pública demande. Asimismo, establece que estas disposiciones pueden ser emitidas por el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado aún cuando la dependencia haya sido creada o la función haya sido otorgada mediante una disposición legal.

Articulos

Articulo 1

: Aprobar el siguiente producto financiero para que con cargo a los fondos del Fideicomiso para la Reactivación del Sector Agroalimentario y la Economía de Honduras (FIRSA) se readecúe la deuda de las personas naturales o jurídicas que realizan actividades de la Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYME) turísticas afiliadas a Hoteles Pequeños de Honduras (HOPEH) y/o Cámara Nacional de Turismo de Honduras (CANATURH) que fueron afectadas por la crisis económica y política del año 2009, así: PRODUCTO FINANCIERO EN APOYO AL SECTOR DE LA MIPYME TURÍSTICA Destino Readecuación de deudas al Sector de la MIPYME Turística. Beneficiarios Personas naturales o jurídicas que realizan actividades del Sector de la MIPYME turística y que estén afiliados a Hoteles Pequeños de Honduras (HOPEH) y/o a la Cámara Nacional de Turismo de Honduras (CANATURH) que fueron afectados por la crisis económica y política de 2009 que mantienen créditos vigentes otorgados por Instituciones del Sistema Financiero Nacional, incluyendo los que fueron redescontados por el BANHPROVI, y que fueron destinados para inversión en infraestructura, equipo, capital de trabajo, mantenimiento, expansión y en general para las operaciones normales de sus empresas. Readecuación El presente producto sólo aplica a aquellos beneficiarios que se encuentren al día de sus obligaciones, es decir no existe mora, y sólo son variaciones en el plazo de pago o en condiciones secundarias, que en ningún caso se debe a dificultades en las capacidades de pago del deudor. Monto Máximo Hasta 100% del saldo de capital de cada préstamo monto sujeto a la disponibilidad de recursos en FIRSA. Plazo Máximo Hasta diez (10) años determinado conforme al flujo de caja. Período de Gracia No aplica. Tasa de Interés IFI 3.75% anual revisable. Tasa de Intermediación 3.5% anual revisable. Tasa de Interés al 7.25% anual revisable. Cliente Final Forma de Pago Cuota Nivelada de acuerdo al flujo de fondos. Instituciones Financieras Instituciones Financieras calificadas como elegibles por BANHPROVI. Intermediarias Garantía Hipotecaria, mobiliaria, fiduciaria o combinación de las anteriores. Vigencia del Producto 60 días calendario contados a partir de la fecha de envío de la circular al sistema financiero nacional. Aplicación Transcurrido el plazo establecido como vigencia del producto no se atenderá ninguna solicitud de redescuento a los beneficiarios del presente producto. LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL La GacetaARTÍCULO 2: El CTA-FIRSA debe requerir al Banco Hondureño para la Producción y Vivienda (BANHPROVI) en su condición de fiduciario de FIRSA, implementar el proceso para dar cumplimiento a lo dispuesto en el presente Decreto Ejecutivo.

Articulo 3

El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia el mismo día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en el Salón Constitucional de Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciocho (18) días del mes de junio del año dos mil quince (2015). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 2 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO REINALDO ANTONIO SANCHEZ SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN MARIA ANDREA MATAMOROS SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL RICARDO LEONEL CARDONA SECRETARIO DE DESARROLLO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL DILCIA AGUIRIANO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, POR LEY JESÚS MEJIA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS, POR LEY JULIAN PACHECO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD SAMUEL ARMANDO REYES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA EDNA YOLANI BATRES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD MARLON ONIEL ESCOTO VALERIO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN RAMÓN FERNANDO CARRANZA SECRETARIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, POR LEY JOSÉ LUIS OSORIO MEDINA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, POR LEY JOSÉ ANTONIO GALDAMES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS ROCIO TABORA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, POR LEY Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 3 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-35-2015 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE MINISTROS, CONSIDERANDO: Que corresponde al Presidente de la República entre otras atribuciones, dirigir la política general del Estado, representarlo, emitir acuerdos, decretos, expedir reglamentos y resoluciones conforme a la ley. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública centralizada y descentralizada, la Administración General del Estado, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros. CONSIDERANDO: Que las Secretarías de Estado son órganos de la administración general del País y dependen directamente del Presidente de la República. CONSIDERANDO: Que el Artículo 29 reformado de la Ley General de la Administración Pública en el penúltimo párrafo establece que el Presidente de la República podrá reglamentar esa disposición ampliando, reduciendo, fusionando y reasignando las competencias de los Despachos de las Secretarías de Estado. CONSIDERANDO: Que el Artículo 31 de la Ley General de la Administración Pública, aprobada mediante Decreto Legislativo No. 146-86 de fecha 27 de octubre de 1986 y sus Reformas, estableció que en cada Secretaría de Estado se contará con una Unidad de Planeamiento y Evaluación de la Gestión (UPEG), encargada del análisis, diseño y evaluación de las políticas, programas y proyectos, prioridades de gasto e inversión y evaluación periódica de la eficiencia y eficacia de los programas de la respectiva Secretaría de Estado y de las instituciones descentralizadas del sector. CONSIDERANDO: Que hasta 1996, funcionó en la Secretaría de Finanzas la Unidad de Asesoría Técnica, la cual era básicamente de apoyo técnico del Secretario de Finanzas, para responder consultas, elaborar informes, realizar negociaciones con organismos internacionales, generar políticas de carácter fiscal, hacer reformas tributarias y otras que se le delegaran. CONSIDERANDO: Que la Unidad de Asesoría Técnica se transformó en lo que hoy es la Unidad de Planeamiento y Evaluación de la Gestión (UPEG), responsable fundamentalmente de elaborar el Plan Operativo Anual (POA) de la Secretaría de Finanzas, darle seguimiento a la ejecución y hacer la respectiva evaluación, tarea que ha absorbido parte del personal técnico y recursos de dicha Unidad. CONSIDERANDO: Que la Secretaría de Finanzas, es la encargada de lo concerniente a la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas relacionadas con las finanzas públicas, lo relativo al crédito y la deuda pública, la programación de la inversión pública, el control fiscal y todo lo relacionado con las obligaciones tributarias. Lo que obligó a la UPEG de la Secretaría de Finanzas a encargarse del análisis, diseño y evaluación de las políticas, programas y proyectos, prioridades de gasto e inversión y evaluación periódica de la eficiencia de los programas de todas las Secretarías de Estado y del Sector Público en General. CONSIDERANDO: Que la UPEG, se ha conformado en una dependencia encargada de coordinar la gestión macrofiscal del Gobierno, responsabilidad que ha sido asignada de manera Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 4 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH informal hasta ahora; esta función se ve reflejada parcialmente en la estructura de esta Unidad y en algunos de los productos que ésta entrega. CONSIDERANDO: Que para fortalecer la función macro- fiscal es necesario en consecuencia reorganizar la UPEG de la Secretaría de Finanzas, Independizando la función macrofiscal y la tributaria y manteniendo vigente la Unidad de Planeamiento y Evaluación de Gestión (UPEG). CONSIDERANDO: Que la creación de Unidades especializadas complementarias pero independientes para realizar las actividades macrofiscales y Tributarias en la Secretaría de Finanzas (SEFIN), le permitirá a ésta, ejercer el liderazgo en materia fiscal y tributaria, mediante el fortalecimiento de actividades como el seguimiento, la formulación y la evaluación de políticas, las proyecciones macrofiscales. Para ello SEFIN necesita fortalecer esta función, organizándose de forma que refleje mejor sus procesos de negocio claves y dotándose de herramientas y de la información necesaria para ello. CONSIDERANDO: Que constituyen recursos de la Dirección General de Política Macrofiscal, y Dirección General de Política Tributaria el presupuesto, personal y la logística de la Unidad de Planeamiento y Evaluación de Gestión, con excepción del personal que realiza labores de planificación institucional que seguirá funcionando como Unidad de Planeamiento y Evaluación de Gestión CONSIDERANDO: Que el Artículo 14 reformado de la Ley General de la Administración Pública establece que es facultad del Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado, emitir dentro de la Administración Centralizada las normas requeridas para determinar la competencia de los Despachos de las Secretarías de Estado, crear las dependencias internas que fueren necesarias para la buena administración y reorganizar aquellas dependencias que la eficiencia de la administración pública demande. Asimismo, establece que estas disposiciones pueden ser emitidas por el Presidente de la República en Consejo de Secretarios de Estado aún cuando la dependencia haya sido creada o la función haya sido otorgada mediante una disposición legal. POR TANTO, En el ejercicio de las facultades que está investido y en aplicación de los Artículos 245, numerales 1, 2, 11 y 30; 252 de la Constitución de la República; Artículos 11, 14 numeral 4, 29, 31, 33, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública, y sus reformas según Decreto 266-2013. D E C R E T A: Artículo 1.- Reformar el Artículo 60 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencia del Poder Ejecutivo, contenido en el Decreto Ejecutivo PCM-008-97 de fecha 2 de junio de 1997 y sus reformas el que debe leerse así: “Las funciones de las Direcciones Generales y demás órganos especializados de esta Secretaría de Estado, son las siguientes: 1. Dirección General de Presupuesto: Responsable de los asuntos relacionados con la preparación, ejecución y liquidación del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República; 2. Contaduría General de la República: Responsable del manejo de la Contabilidad Gubernamental; Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 5 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH 3. Tesorería General de la República: Responsable de los asuntos relacionados con la Caja del Estado; 4. Dirección General de Crédito Público: Responsable de conducir los asuntos relacionados con el crédito y la deuda pública, externa e interna; 5. Dirección General de Inversiones Públicas: Responsable de la programación de la inversión pública; 6. Dirección General de Instituciones Descentralizadas: Responsable de la superintendencia financiera de las instituciones autónomas; 7. Superintendencia de Sociedades Mercantiles: Responsable de la supervisión, registro y control de las sociedades mercantiles y estará adscrita a la Subsecretaría de Crédito e Inversión Pública. 8. Dirección General de Control de Franquicias Aduaneras: Responsable de conocer y registrar los asuntos relacionados con todas las exenciones y exoneraciones fiscales que se deban otorgar conforme a los Convenios, Tratados Internacionales y las leyes vigentes, sin perjuicio de las atribuciones que por ley le corresponda a cada Secretaría de Estado y estará adscrita a la Subsecretaría de Finanzas y Presupuesto. 9. Dirección General de Política Macrofiscal: Responsable de la definición de políticas macrofiscales, dar seguimiento a las finanzas públicas y la economía, elaborar proyecciones económicas y fiscales, para la toma de decisiones de las autoridades superiores, a fin de lograr una política fiscal sostenible, en beneficio de la sociedad hondureña. La Dirección General de Política Macrofiscal será una dependencia adscrita al Secretario de Estado en el Despacho de Finanzas y estará a cargo de un Director y un Subdirector. 10. Dirección General de Política Tributaria: Responsable de colaborar en la definición, seguimiento y evaluación de la Política Tributaria, para la toma de decisiones de las autoridades superiores, a fin de lograr una política fiscal sostenible en beneficio de la sociedad hondureña. La Dirección General de Política Tributaria será una dependencia adscrita a la Subsecretaría de Finanzas y Presupuesto y estará a cargo de un Director y un Subdirector”. Artículo 2.- Se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas a realizar una revisión de la estructura de puestos de las direcciones enunciadas en los numerales 9 y 10 del Artículo anterior y proceder con los cambios en los perfiles de puesto y salarios de acuerdo a las nuevas funciones. Artículo 3.- El presente Decreto Ejecutivo entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en el Salón Constitucional de Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciocho (18) días del mes de junio del año dos mil quince (2015). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 6 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO REINALDO ANTONIO SANCHEZ SECRETARIO DE LA PRESIDENCIA RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN MARIA ANDREA MATAMOROS SECRETARIA DE RELACIONES EXTERIORES, Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL RICARDO LEONEL CARDONA SECRETARIO DE DESARROLLO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL DILCIA AGUIRIANO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO, POR LEY JESÚS MEJÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS, POR LEY JULIAN PACHECO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD SAMUEL ARMANDO REYES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA EDNA YOLANI BATRES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD MARLON ONIEL ESCOTO VALERIO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN RAMÓN FERNANDO CARRANZA SECRETARIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, POR LEY JOSÉ LUIS OSORIO MEDINA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, POR LEY JOSÉ ANTONIO GALDAMES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS ROCÍO TÁBORA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, POR LEY Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 7 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH (E.N.A.G.) PBX: 2230-3026. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-6767, 2230-1120, 2291-0357 y 2291-0359 Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Suplementos ¡Pronto tendremos! A) Suplemento Corte Suprema de Justicia. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: LA CEIBA SAN PEDRO SULA CHOLUTECA La Ceiba, Atlántida, Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial Choluteca, Choluteca, barrio Solares Nuevos, Ave. Colón, “Los Castaños”. barrio La Esperanza, calle edificio Pina, 2a. planta, Aptos. Teléfono: 25519910. principal, costado Oeste A-8 y A-9 del Campo AGACH Tel.: 443-4484 Tel.: 782-0881 Nombre: Dirección: Teléfono: Empresa: Dirección Oficina: Teléfono Oficina: Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 Suscripciones: La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: 1. Suscripción por seis meses Lps. 1,000.00 2. Suscripción por 1 año Lps. 2,000.00 3. Servicio de consulta en línea. 1) Decreta: Declarar situación de emergencia en los municipios afectados por el fenómeno de El Niño y la sequía meteorológica en el país identificados por el Comité Técnico Interinstitucional para la Gestión del Riesgo de Sequía en el Plan de Acción de Seguridad Alimentaria por Sequía. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 8 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales C E R T I F I C A C I Ó N El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia.- CERTIFICA: La Resolución que literalmente dice: “

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