Constitución de la República de Honduras
Congreso Nacional
- Publicación: 24 de enero de 2019
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 23,612
- Categoria: Constitucional
- Versión:
Modificaciones
- Modificado por: Decreto Legislativo No. 3-2021 — Ratificación Constitucional de Decreto 192-2020 sobre Derechos a la Vida y Matrimonio (Reforma) — artículos 67, 112
Articulo 313
Constitución de la República de Honduras
Historial de modificaciones (2)
- Reformado por Decreto 237-2012, La Gaceta 33,033
- Interpretado por Decreto 275-2002, La Gaceta 29,861
117 La Corte Suprema de Justicia tiene las atribuciones siguientes:
- 1)
Dirigir el Poder Judicial en la potestad de impartir justicia;
- 2)
Conocer los procesos incoados a los más altos funcionarios del Estado y los Diputados;
- 3)
Conocer en segunda instancia de los asuntos que las Cortes de Apelaciones hayan conocido en primera instancia;
- 4)
Conocer de las causas de extradición y de las demás que deban juzgarse conforme al Derecho Internacional;
- 5)
Conocer de los recursos de Habeas Corpus, Habeas Data, Casación, Amparo, Revisión e Inconstitucionalidad, de conformidad con la Constitución y la Ley;118 6) Autorizar al ejercicio del notariado a quienes hayan obtenido el título de abogado;119 7) Conocer en primera instancia del antejuicio contra los magistrados de las cortes de apelaciones; 8) Emitir su reglamento interior y los otros que sean necesarios para el cumplimiento de sus funciones; 9) Las demás que le confiere la Constitución y las leyes; 10) Elaborar el proyecto del presupuesto del Poder Judicial conjuntamente con el Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial, y enviarlo por medio del Presidente al Congreso Nacional; 11) Fijar la división del territorio para efectos jurisdiccionales; y, Ratificado por Decreto No.5-2011 de fecha 17 de febrero de 2011 y publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 32,460 de fecha 7 de marzo del 2011 Ratificado por Decreto No.10-2013 del 30 de enero del 2013, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 33,086 de fecha 27 de marzo del 2013. ; en el sentido de que “para autorizar el ejercicio del notariado a quienes hayan obtenido el Título de Abogado, la Corte Suprema de Justicia tiene la atribución de emitir las disposiciones reglamentarias necesarias para comprobar los conocimientos jurídicos y las cualidades morales idóneas de los solicitantes”. 12) Crear, suprimir, fusionar o trasladar los juzgados, cortes de apelaciones y demás dependencias, previo dictamen favorable del Consejo de la Judicatura y de la Carrera Judicial.
Leyes relacionadas
- Decreto Legislativo — Interpretación del numeral 19) del Artículo 205 de la Constitución de la República y reforma del Artículo 69 de la Ley Orgánica de Presupuesto
- Decreto 144-2016 mediante el cual se reforman los artículos 52, 53 y 54 de la Constitución de la República — Este decreto reforma la Constitución para fortalecer las instituciones electorales: el Tribunal Supremo Electoral tendrá 5 magistrados elegidos por dos tercios del Congreso por 5 años, sus presidentes rotan anualmente, y el Registro Nacional de Personas será autónomo con director y subdirectores también elegidos por dos tercios. Afecta a ciudadanos que votan y participan en elecciones.
- Acuerdo Ejecutivo No. 039-2020 mediante el cual se autoriza al Procurador General de la República para la constitución y funcionamiento de sociedades mercantiles del Estado — Este acuerdo autoriza a la Procuradora General de la República a crear una empresa estatal llamada EHISA para administrar y operar tres aeropuertos internacionales de Honduras (La Ceiba, Roatán y San Pedro Sula). La empresa será 100% estatal con capital de 150 millones de lempiras y funcionará mientras se realiza una licitación pública para concesionar estos servicios. (Decreto 039-2020, 2020)
- Decreto Legislativo No. 90-1990 — Ley para la Adquisición de Bienes Urbanos en las Áreas que Delimita el Artículo 107 de la Constitución de la República (Decreto 90-1990, 1990)
- Decreto Legislativo No. 234-2012 — Reforma al Artículo 279 de la Constitución de la República sobre el Jefe del Estado Mayor Conjunto de las Fuerzas Armadas (Decreto 234-2012, 2013)