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24 de enero de 2019Reformada

Constitución de la República de Honduras

Congreso Nacional

  • Publicación: 24 de enero de 2019
  • Órgano emisor: Congreso Nacional
  • Gaceta: 23,612
  • Categoria: Constitucional
  • Versión:

Modificaciones

Articulo 261

Constitución de la República de Honduras

Articulo 261.-

Para crear o suprimir un organismo descentralizado, el Congreso Nacional resolverá por los dos tercios (2/3) de votos de sus miembros. Previa la emisión de leyes relativas a las instituciones descentralizadas, el Congreso nacional deberá solicitar la opinión del Poder Ejecutivo.

Notas

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