Código del Trabajo de Honduras
Congreso Nacional
- Decreto: 189-59
- Publicación: 15 de julio de 1959
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 16,827
- Categoria: Laboral
- Versión:
Modificaciones
- Modificado por: Decreto Legislativo No. 150-2008 — Reforma Parcial del Artículo 120 y Adición del Artículo 120-A del Código del Trabajo (Reforma) — artículos 120, 120-A
- Modificado por: DECRETO No 75-2014 Unificación y traslado feriados mes de octubre (Reforma) — artículos 339
- Modificado por: Decreto Legislativo No. 78-2015 — Reforma al Decreto No. 75-2014 sobre traslado de feriados cívicos de octubre (Reforma) — artículos 339
- Modificado por: Decreto Legislativo No. 45-1961 — Adición al Artículo 7º del Código del Trabajo sobre intermediarios y patrones (Adición) — artículos 7
Articulo 383
Código del Trabajo de Honduras
Reformado tácitamente por decreto No.103, Ley del Salario Mínimo de fecha 20 de enero de 1971, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No.20,390 de fecha 3 de junio de 1971. Artículo 383. Reforma tácita. El Código de Trabajo hace referencia a la Constitución de la República de 1957, Artículo 112 numeral 5). La Constitución de la República de 1982 Vigente se refiere al Artículo 128 numeral 5) así: 5. Todo trabajador tiene derecho a devengar un salario mínimo, fijado periódicamente con intervención del Estado, los patronos y los trabajadores, suficiente para cubrir las necesidades normales de un hogar, en el orden material y cultural, atendiendo a las modalidades de cada trabajo, a las particulares condiciones de cada región y de cada labor, al costo de la vida, a la aptitud relativa de los trabajadores y a los sistemas de remuneración de las empresas. Igualmente se señalara un salario mínimo profesional en aquellas actividades en que el mismo no estuviere regulado por un contrato o convención colectiva. El salario mínimo está exento de embargo, compensación y deducciones, salvo lo dispuesto por la ley atendiendo a obligaciones familiares y sindicales del trabajador. La circunstancia de que algunos patronos pueden estar obligados a suministrar a sus trabajadores alimentación y alojamiento, también debe tomarse en cuenta para la fijación del salario mínimo. Artículo 383. El salario mínimo lo fijará periódicamente la Secretaria de Trabajo y Seguridad Social con arreglo a lo dispuesto en el artículo 112, garantía 5) de la Constitución de la República, y sobre la base de los dictámenes que le presente la Comisión Nacional de Salario Mínimo, que estará constituida por: Tres (3) miembros propietarios y sus respectivos suplentes, representantes del interés patronal; Tres (3) miembros propietarios y sus respectivos suplentes, representantes del interés obrero; Tres miembros propietarios y sus respectivos suplentes, representantes por el interés público. 34
Leyes relacionadas
- Resolución No. DGT/RIT/374/2017 — Aprobar la Reforma Total del Reglamento Interno de Trabajo de la Comisión para la Defensa y Promoción de la Competencia — Esta resolución aprueba el reglamento interno de trabajo de la Comisión para la Defensa y Promoción de la Competencia. El documento establece las normas que regulan las relaciones laborales entre la institución y sus empleados, incluyendo horarios (9 AM a 5 PM), salarios, vacaciones, permisos, licencias, derechos, obligaciones y procedimientos disciplinarios. Aplica a todos los servidores públicos de la comisión. (Decreto DGT/RIT/374/2017, 2017)
- Decreto Legislativo No. 95-2015 — Aprobación del Convenio sobre Trabajo Marítimo CTM/MLC-2006 de la Organización Internacional del Trabajo — Honduras aprueba el Convenio Internacional sobre Trabajo Marítimo de 2006, que protege los derechos de marineros mediante garantías de seguridad laboral, salarios justos, condiciones decentes de vida a bordo, atención médica y beneficios sociales. Beneficia a los aproximadamente 15,000 hondureños que trabajan en el mar y fortalece la posición de la bandera hondureña en el comercio marítimo mundial. (Decreto 95-2015, 2015)
- Acuerdo Ejecutivo No. ADUANAS-DE-021-2021 — Código de Conducta y Ética de los Funcionarios y Servidores de la Administración Aduanera de Honduras — Este código establece las normas de conducta ética que deben cumplir todos los funcionarios y servidores de la Administración Aduanera de Honduras. Busca garantizar integridad, honestidad y transparencia en el ejercicio de funciones aduaneras, prohibiendo corrupción, conflictos de interés y acoso laboral. Los incumplimientos son sancionados conforme al régimen disciplinario de la institución. (Decreto ADUANAS-DE-021-2021, 2021)
- Acuerdo Ministerial No. 072-2023 — Reglamento Interno de Trabajo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Defensa Nacional — Este reglamento establece las normas obligatorias que regulan las relaciones laborales entre la Secretaría de Defensa Nacional y sus trabajadores. Aplica a todo el personal que labora en la institución y define derechos, obligaciones, prohibiciones, procedimientos disciplinarios y condiciones de trabajo como horarios, vacaciones y permisos. (Decreto 072-2023, 2023)
- Resolución No. DGT-RIT-189-2021 — Aprobación del Reglamento Interno de Trabajo del Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal (Decreto DGT-RIT-189-2021, 2021)