Aviso No. 0801-2024-00207 — Demanda Contencioso Administrativa de Ernesto Alcides Carbajal Márquez contra el Estado de Honduras
Poder Judicial
- Decreto: 0801-2024-00207
- Publicación: 18 de octubre de 2022
- Órgano emisor: Poder Judicial
- Gaceta: 36,692
- Categoria: Laboral
Resumen
Un trabajador demanda al Estado de Honduras para anular su despido del Ministerio de Recursos Naturales y Ambiente, pidiendo que lo reinstalenDuitse trabajo y reciba los salarios y beneficios laborales que dejó de percibir desde febrero de 2024. El juzgado recibe esta demanda contencioso-administrativa para que un juez determine si el despido fue legal o ilegal.
Texto completo
La infrascrita, Secretaria, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintinueve (29) de febrero del año dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado el Abogado JAVIER ERNESTO GOMEZ DIAZ y la Abogada NOLVIA PATRICIA HERRERA ESPINOZA, en su condición de representantes procesales del señor ERNESTO ALCIDES CARBAJAL MARQUEZ, interponiendo demanda especial en materia personal, con número de ingreso 0801-2024- 00207, contra el ESTADO DE HONDURAS, a través de la SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE, incoando demanda Contenciosa Administrativa de carácter particular en materia de personal para que se declare la nulidad e ilegalidad de un Acto Administrativo consistente en el Acuerdo de Cancelación emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente, por no ser conforme a derecho, infringiendo el ordenamiento jurídico vigente. - Que se declare el reconocimiento de la situación jurídica individualizada. -Se ordene el reintegro a su puesto de trabajo y a título de daños y perjuicios los pagos de salarios dejados de percibir y demás derechos laborales como ser incremento salariales que se den en ausencia del afectado a partir de la fecha de cancelación del Acuerdo de Nombramiento hasta que exista sentencia firme derivada de la presente demanda, más el pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes, bonificaciones. -Que se arrastre expediente administrativo. -Costas del juicio más intereses legales de pago tardío imputable al Estado de Honduras. En relación al Acuerdo de Cancelación número No. 371-2024, de fecha nueve (9) de febrero del dos mil veinticuatro. ABG. TANNIA R. CASTILLO SIERRA SECRETARÍA, POR LEY 18 N. 2024
PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL DE COPÁN RUINAS, DEPARTAMENTO DE COPÁN. Extracto de Título Supletorio de Dominio Expediente 0404-2024-0023 AVISO
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