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29 de octubre de 2026Vigente

Aviso No. 0501-2026-00583 — Demanda de nulidad de acto administrativo del Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula

  • Decreto: 0501-2026-00583
  • Publicación: 29 de octubre de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo de San Pedro Sula
  • Gaceta: 37,281
  • Categoria: Laboral

Texto completo

AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo con sede en Ciudad de San Pedro Sula, Departamento de Cortés, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, a los interesados y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha siete (07) de agosto del año dos mil veintiséis (2026), por el Abogado Wilmer Javier Fernández Alachan, en su condición de apoderado judicial del señor Josué Manuel Espino Aplicano. -Interpone demanda con número 0501-2026-00583- LAP.- Contra el Estado de Honduras representado legalmente por el Procurador General de la República, Abogado Dagoberto Aspra Iglesias, por actos del Servicio Nacional de Sanidad Inocuidad e Agropecuaria (SENASA); dicha demandas tiene como finalidad que se declare la nulidad del Acto Administrativo, consistente en Acuerdo de Cancelación número N°- 116- 026, de fecha veintiseis (26) de junio del año dos mil veintiséis (2026), y notificado en fecha treinta de junio del año dos mil veintiséis, emitidos por el Servicio Nacional de Sanidad e Inocuídad Agroalimentaria (SAG-SENASA), el reconocimiento de la situación jurídica individualizada y las medidas que deben adoptarse para su pleno restablecimiento, que se ordene el reintegro inmediato del servidor público a su puesto de trabajo en igual o superiores condiciones a título de indemnización por daños y perjuicios, el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta que sea reinstalado a su puesto de trabajo, los incrementos salariales y los demás derechos laborales no percibidos durante el tiempo de separación.- MAS COSTAS veintiuno de octubre del año dos mil veintiséis Licenciado Juan Antonio Madrid Guzman Secretario General 29 O. 2026

La G aceta

Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 29 DE OCTUBRE DEL 2026 No. 37,281 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO SAN PEDRO SULA, CORTÉS

Notas

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