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7 de septiembre de 2026Vigente

Aviso No. 0801-2026-03240 — Demanda contencioso administrativa - SILVIA YANORY OSEGUERA CERRATO contra Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

  • Decreto: 0801-2026-03240
  • Publicación: 7 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo
  • Gaceta: 37,240
  • Categoria: Laboral

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Una empleada de la Secretaría de Infraestructura y Transporte demanda al Estado para anular su despido, argumentando que fue ilegal y violó la ley de servicio civil. Solicita ser reinstalada en su puesto y recibir todos los salarios, bonos y beneficios que dejó de percibir desde su cancelación.

Texto completo

AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintisiete (27) de mayo del año dos mil veintiséis (2026), interpuso demanda ante este juzgado el Abogado JOSE ARMANDO ESPINAL en representación de la señora SILVIA YANORY OSEGUERA CERRATO, con orden de ingreso número 0801-2026-03240, contra la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte, incoando demanda mediante procedimiento especial en materia de personal “para la nulidad de un acto administrativo particular emitido por la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), con exceso y desviación de poder, infringiendo el ordenamiento jurídico establecido en la Ley de Servicio Civil y su Reglamento. Que se reconozca la situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal de que fui objeto. Y como medida para el pleno restablecimiento de mis derechos que se ordene mediante sentencia definitiva se me reintegre a mi antiguo puesto de trabajo y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir con todos sus aumentos, pago de vacaciones, décimo cuarto mes, décimo tercer mes, bonos y demás beneficios colaterales desde la fecha de mi ilegal cancelación hasta la ejecución de la sentencia. Se acompañan documentos. Costas del juicio. Poder”. LIC CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 7 S. 2026

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M. D . C . , 7 D E SEPTIEMBRE D E L 2026 N o . 37,240 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CIVIL DEL DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN

Notas

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