Aviso — Tercer y último aviso - Declaratoria del Refugio de Vida Silvestre Suyapa
Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF)
- Publicación: 10 de mayo de 2023
- Órgano emisor: Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF)
- Gaceta: 36,224
Texto completo
TERCER Y ÚLTIMO AVISO DECLARATORIA DEL REFUGIO DE VIDA SILVESTRE SUYAPA, UBICADO ENTRE LOS MUNICIPIOS DEL DISTRITO CENTRAL, SAN ANTONIO DE ORIENTE,SANTA LUCÍA Y VALLE DE ÁNGELES,DEPARTAMENTO DE FRANCISCO MORAZÁN. El Estado Hondureño, representado por el Instituto Nacional de Conservación y Desarrollo Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), comunica al público en general que a través del Acuerdo 042-2022 se da a conocer la pretensión del Estado de declarar el Refugio de Vida Silvestre Suyapa, el cual es de suma importancia para: La conservación de una diversidad de especies de flora y fauna, la purificación del aire de la ciudad capital, abastecer de agua a las comunidades aledañas y otros servicios ecosistémicos, además de poseer un valor cultural y religioso de importancia para el país. El Refugio de Vida Silvestre Suyapa se encuentra ubicado entre los municipios de Distrito Central, San Antonio de Oriente, Santa Lucía y Valle de Ángeles, departamento de Francisco Morazán, tiene una extensión superficial de 5,107 hectáreas. Todos aquellos poseedores y propietarios de inmuebles que se encuentren dentro de los límites del Refugio de Vida Silvestre Suyapa, seguirán conservando sus derechos, no obstante, quedarán sometidos a las disposiciones que el plan de manejo del Área Protegida y la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre establezcan.Así mismo, quienes se consideren perjudicados por la presente decisión del Estado, podrán presentar por escrito ante el ICF, junto con la documentación correspondiente, las razones y fundamentos legales de su reclamo, pudiendo valerse de argumentos fundamentados en los criterios políticos, ecológicos, sociales y económicos que se reconocen por el Reglamento de la Ley Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre para el SINAPH y que influyan negativamente para la creación del Refugio de Vida Silvestre Suyapa, dentro de sesenta (60) días hábiles después de tercer aviso que se publique en el Diario Oficial “La Gaceta”. De no haber reclamos, se procederá a declarar el área protegida, conforme a lo establecido en la Ley. Para consultas y reclamos puede avocarse a la oficina de Secretaria General del ICF, llamar al número 2223- 8810, o escribir a los siguientes correos electrónicos: icf secretaria general@ gmail.com y areas protegidas2018@gmail.com Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, departamento de Francisco Morazán. Luis Edgardo Soliz Lobo / Director Ejecutivo ICF 10 M. 2023
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