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2 de octubre de 2015Vigente

Resolución No. 769-2010 — Cambio de denominación de FUNDACIÓN PAZ Y TERCER MUNDO a FUNDACIÓN MUNDUBAT-MUNDUBAT FUNDAZIOA

Poder Ejecutivo

  • Decreto: 769-2010
  • Publicación: 2 de octubre de 2015
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo
  • Categoria: Administrativo

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Esta resolución autoriza a la Fundación Paz y Tercer Mundo a cambiar su nombre oficial a Fundación Mundubat-Mundubat Fundazioa. El cambio entra en vigencia después de ser publicado en el Diario Oficial y debe inscribirse en el Registro de Propiedad. La fundación debe pagar L. 200.00 para obtener el certificado del cambio.

Considerandos

Que la ASOCIACIÓN PAZ Y TERCER MUNDO, se le concedió Personalidad Jurídica y aprobación de Estatutos, mediante Resolución No. 553- 2002, de fecha 04 de noviembre de 2002, emitida por esta Secretaría de Estado.

Que la FUNDACIÓN PAZ Y TER- CER MUNDO (P.T.M.), se le concedió modificación de denominación y reforma de Estatutos, mediante Resolución No. 463-2007, de fecha 03 de mayo de 2007, emitida por esta Secretaría de Estado.

Que la FUNDACIÓN PAZ Y TERCER MUNDO (P.T.M.), se le concedió Rectificación de la Resolución, mediante Resolución No. 696-2008, de fecha 26 de marzo de 2008, emitida por esta Secretaría de Estado.

Que el cambio de denominación de la FUNDACIÓN PAZ Y TERCER MUNDO (P.T.M.), cuya aprobación se solicita no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral, ni las buenas costumbres, por lo que es procedente acceder a lo solicitado.

Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002, de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública, Artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimientos Administrativos.

Que el señor Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, mediante Acuerdo Ministerial No. 84-2010, de fecha 10 de febrero del 2010, delegó en el ciudadano JOSÉ FRAN- CISCO ZELAYA, Subsecretario de Estado en el Despacho de Gobernación y Territorio, la facultad de firmar Resoluciones de Extranjería, trámites varios, Personalidad Jurídica y de Naturalización.

Texto completo

RESOLUCIÓN No. 769-2010. LA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA. Tegucigalpa, municipio del Distrito Cen- tral, diecisiete de agosto del dos mil diez. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de la Secretaría de Estado, con fecha veinticuatro de marzo de dos mil diez, misma que corre a expediente No. PJ-24032010-681, por el Abogado CLAUDIO YVAN HENRIQUEZ UMAÑA, en su carácter de Apoderado Legal de la FUNDACIÓN PAZ Y TER- CER MUNDO (P.T.M.), con domicilio en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, contraída a pedir que se modifique o cambie la denominación de su representada. RESULTA: Que el peticionario acompañó a su solicitud los documentos correspondientes. RESULTA: Que habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado, quien emitió dictamen No. U.S.L. 872-2010 de fecha 06 de abril de 2010, pronunciándose favorable con lo solicitado. CONSIDERANDO: Que la ASOCIACIÓN PAZ Y TERCER MUNDO, se le concedió Personalidad Jurídica y aprobación de Estatutos, mediante Resolución No. 553- 2002, de fecha 04 de noviembre de 2002, emitida por esta Secretaría de Estado. CONSIDERANDO: Que la FUNDACIÓN PAZ Y TER- CER MUNDO (P.T.M.), se le concedió modificación de denominación y reforma de Estatutos, mediante Resolución No. 463-2007, de fecha 03 de mayo de 2007, emitida por esta Secretaría de Estado. CONSIDERANDO: Que la FUNDACIÓN PAZ Y TERCER MUNDO (P.T.M.), se le concedió Rectificación de la Resolución, mediante Resolución No. 696-2008, de fecha 26 de marzo de 2008, emitida por esta Secretaría de Estado. CONSIDERANDO: Que el cambio de denominación de la FUNDACIÓN PAZ Y TERCER MUNDO (P.T.M.), cuya aprobación se solicita no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral, ni las buenas costumbres, por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002, de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública, Artículos 4 y 5 de la Ley de Procedimientos Administrativos. CONSIDERANDO: Que el señor Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, mediante Acuerdo Ministerial No. 84-2010, de fecha 10 de febrero del 2010, delegó en el ciudadano JOSÉ FRAN- CISCO ZELAYA, Subsecretario de Estado en el Despacho de Gobernación y Territorio, la facultad de firmar Resoluciones de Extranjería, trámites varios, Personalidad Jurídica y de Naturalización. POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA, en uso de sus atribuciones y de conformidad con los Artículos 245 numeral 40) de la Constitución de la República, 56 y 58 del Código Civil, 120 de la Ley General de la Administración Pública y 69 párrafo segundo del Código Civil, 4 numeral 6 del Decreto Ejecutivo No. PCM-008- 97 del 2 de junio de 1997 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo. RESUELVE: PRIMERO: Reconocer y conceder el cambio de denominación de la FUNDACIÓN PAZ Y TERCER

MUNDO (P.T.M.), que en adelante se llamará en cada una de sus partes FUNDACIÓN MUNDUBAT-MUNDUBAT FUNDAZIOA (HONDURAS). SEGUNDO: Las presentes reformas entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes, sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. TERCERO: La presente Resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. CUARTO: Instruir a la Secretaría General para que de oficio proceda a remitir copia de la presente Resolución a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), para ser agregada a sus antecedentes. QUINTO: Previo a extender la Certificación de la presente Resolución el interesado deberá acreditar la cancelación de doscientos Lempiras (L. 200.00) conforme al Artículo 49 del Decreto Legislativo No. 17-2010 de fecha 21 de abril de 2010 que contiene la Ley de Fortalecimiento de los Ingresos, Equidad Social y Racionalización del Gasto Público. NOTIFÍQUESE. (F) JOSÉ FRANCISCO ZELAYA, SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE GOBERNACIÓN Y TERRITORIO. (F) PASTOR AGUILAR MALDONADO, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cinco días del mes de noviembre de dos mil diez. PASTOR AGUILAR MALDONADO SECRETARIO GENERAL 2 O. 2015 JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE COMAYAGUA, COMAYAGUA AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la sección de Comayagua, departamento de Comayagua, al público en general y para los efectos legales, HACE SA- BER: Que se ha presentado solicitud de REPOSICIÓN DE UN TÍTULO VALOR, por el Abogado JEOVANY JOEL BANEGAS ZÚNIGA, en su condición de Apoderado Legal de KAREN LIZZETH GONZALES BONILLA, de un Certificado de Depósito Número 7801000797, de la institución bancaria BANHCAFE, otorgado por la señora KAREN LIZZETH GONZALES BONILLA, en virtud de que su original se extravió. Comayagua, 18 de junio del 2015 ANA MARGARITA BANEGAS ZÚNIGA SECRETARIA 2 O. 2015

Notas

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