Contrato — Convenio de Complemento de Tasa de Interés del Producto Financiero para el Otorgamiento de Créditos para la Transformación del Sector Agroalimentario de Honduras (Agrocrédito 8.7)
Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI)
- Publicación: 28 de enero de 2021
- Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI)
- Gaceta: 35,500
Considerandos
Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-109-2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 2 de Noviembre de 2020, se declaró estado de emergencia en varios departamentos del país debido a los efectos de las fuertes lluvias que se pronosticaban por la tormenta tropical y posible formación de huracán ETA, el cual fue reformado a través del Decreto Ejecutivo Número PCM-112-2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 6 de Noviembre de 2020, donde se declaró estado de emergencia a nivel nacional por los efectos de las fuertes lluvias provocadas por la tormenta tropical ETA, siendo reformado por el Decreto Ejecutivo Número PCM-116-2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 18 de Noviembre de 2020, declarando estado de emergencia a nivel nacional por los efectos de las fuertes lluvias ocasionados por la tormenta tropical y posible formación de huracán ETA y otros fenómenos climáticos teniendo una vigencia hasta el 31 de Diciembre del 2020, pudiendo prorrogarse si persisten los efectos que dieron origen a la emergencia, reformado mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-147-2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 29 de Diciembre de 2020, prorrogando la vigencia de la declaratoria de Estado de Emergencia a nivel nacional hasta el31de Diciembre del2021.
Que se estima que la economía se contraiga nueve puntos cinco por ciento (9.5%) al cierre de 2020 afectando fuertemente al sector agrícola de la economía, el cual ha representado entre 11%-14% del Producto Interno Bruto durante la última década.
Que el sector más afectado en términos económicos por las tormentas tropicales ETA e IOTA fue el sector agropecuario, que de acuerdo con las estimaciones preliminares la afectación de la agricultura fue de un 32% del total del Producto Interno Bruto (PIB) para 2020, afectando de forma particular los cultivos de banano y palma africana, actividades que representan aproximadamente el 58% del total de la agricultura; focalizándose estos daños en los departamentos de la zona norte (Cortés, Colón, Atlántida y Yoro), así como los departamentos de Santa Bárbara y El Paraíso.
Que en fecha 7 de Enero de 2009se suscribió el Contrato de Fideicomiso de Administración e Inversión entre el Banco Central de Honduras y el Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda.
Que la Comisión Fiduciaria del Banco Central de Honduras (COFID) en sesión No. 01/2020 determinó autorizar la creación de un Producto Financiero para el Otorgamiento de Créditos para la Transformación del Sector Agroalimentario de Honduras.
Que el Gobierno de la República tiene como uno de sus objetivos elevar la productividad, contrarrestar los efectos del cambio climático y tecnificar la agricultura para garantizar la seguridad alimentaria del país y la exportación de productos agrícolas bajo las mejores prácticas de producción.
Que en el mes de Febrero del año 2020, el Gobierno de la República lanzó el “Producto Financiero para el Otorgamiento de Créditos para la Transformación del Sector Agroalimentario de Honduras”, a través del Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI) para fortalecer el sector agroalimentario y agroindustrial del país a través de financiamiento y garantía, con una tasa de interés preferencial de 8.7% anual, mismo que fue lanzado días antes de iniciar la pandemia y durante el año 2020 tuvo un buen suceso inyectando a los precitados sectores alrededor deL1,849.0millones en nueve(9)meses.
Que la afectación del sector agropecuario está generando una crisis sin precedentes, por lo cual el Gobierno de la República con el propósito de contribuir a la reactivación económica, ha identificado la necesidad de disminuir la tasa de interés del “Producto Financiero para el Otorgamiento de Créditos para la Transformación del Sector Agroalimentario de Honduras” a un cinco por ciento (5%) anual aplicable únicamente para los créditos otorgados durante el año 2021 con el objetivo de rehabilitar, reactivar, tecnificar y mejorar la eficiencia de la cadenas de valor del sector, requiriendo de parte de la Administración Central recursos para el complemento de la tasa de interés equivalentes al 3.7% anual durante la vigencia de los créditos que se otorguen durante el año 2021 de acuerdo al diseño del producto.
Que mediante Decreto Ejecutivo Numero PCM-009-2021 se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a transferir recursos financieros al Banco Hondureño para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI) por el equivalente al porcentaje del tres punto siete por ciento (3.7%) durante la vigencia de los nuevos créditos que se otorguen durante el año 2021, como complemento de la tasa de interés del “Producto Financiero para el Otorgamiento de Créditos para la Transformación del Sector Agroalimentario de Honduras”, conocido como “Agrocrédito 8.7”, con el fin de que los beneficiarios de este producto asuman el pago de una tasa de interés del cinco por ciento (5%) anual durante el plazo acordado de los respectivos créditos, pudiendo ser dicho plazo hasta un máximo de quince (15) años.
Que mediante Decreto Ejecutivo Numero PCM-009 -2021 se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) y al Banco Hondureño Para la Producción y la Vivienda (BANHPROVI) para que suscriban un Convenio de Complemento de Tasa de Interés del “Producto Financiero para el Otorgamiento de Créditos para la Transformación del Sector Agroalimentario de Honduras”.
Articulos
El presente Decreto entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en la Sesión celebrada por el Congreso Nacional de manera Virtual, a los veintiocho días del mes de enero del dos mil veintiuno. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SECRETARIO ROSSEL RÉNAN INESTROZA MARTÍNEZ SECRETARIO Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de enero de 2021. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS MARCO ANTONIO MIDENCE MILLA