Decreto Ejecutivo No. PCM-116-2020 — Reforma del Decreto Ejecutivo PCM-109-2020 sobre estado de emergencia nacional por efectos de Tormenta Tropical ETA y Huracán IOTA
Considerandos
- 1.Que de conformidad al Artículo 245 numerales 2, 11 y 35 de la Constitución de la República, le corresponde al Presidente de la República entre otras de sus atribuciones de dirigir la política general del Estado y representarlo, emitir Acuerdos y Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley; crear, mantener y suprimir servicios públicos y tomar medidas que sean necesarias para el buen funcionamiento de los mismo.
- 2.Que de acuerdo al Artículo 11 de la Ley General de Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones actuar por sí o en Consejo de Ministros.
- 3.Que el Despacho Ministerial de Socialización y Acompañamiento Digital de los Proyectos
- 4.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-109-2020, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 02 de noviembre del año 2020, Edición No. 35,317, reformado mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-112-2020 y por el Decreto Ejecutivo Número PCM-115-2020, se declaró estado de emergencia a nivel nacional por los efectos de las fuertes lluvias provocadas por la Tormenta Tropical "ETA", las cuales han causado graves daños a la infraestructura vial y al Sector Agrícola del País, configurándose en una nueva crisis humanitaria que se une a la causada por el virus del COVID-19.
- 5.Que según el Centro Nacional de Estudios Atmosféricos, Oceánicos y Sísmicos (Cenaos) de COPECO, se informa que el huracán IOTA se encuentra a unos 310 kilómetros al Este-Sureste del Cabo de Gracias a Dios, manteniendo vientos sostenidos de 225 km/h la cual afectará el territorio nacional.
- 6.Que el Gobierno de la República de Honduras está monitoreando a través de los entes competentes el fenómeno natural "IOTA" que se aproxima al País, a fin de ejecutar acciones preventivas y salvaguardar la vida de la población, en vista que se prevé podría afectar distintas regiones del País provocando nuevas inundaciones, derrumbes y deslizamientos, por lo que se han activado los protocolos de emergencia de alerta roja a nivel nacional ante la llegada de este nuevo fenómeno.
Articulos
Articulo 1
Reformar los Artículos 1, 2, 3, 4, 5 y 6-A del Decreto Ejecutivo Número PCM-109-2020, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 02 de noviembre del año 2020, reformado mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-112-2020 y Decreto Ejecutivo Número PCM-115-2020, los cuales se leerán de la manera siguiente: "ARTÍCULO 1.- Declarar estado de emergencia a nivel nacional por los efectos de las fuertes lluvias ocasionados por la Tormenta Tropical y posible formación de Huracán "ETA" y otros fenómenos climáticos que ocasionen daño a la infraestructura productiva del país a nivel nacional. Misma que tendrá una vigencia hasta el treinta y uno (31) de diciembre del año dos mil veinte (2020), pudiéndose prorrogarse si persisten los efectos que dieron origen a la emergencia.
Articulo 2
Se instruye a la Secretaría de Estado en los Despachos de la Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO), a mantener activo el Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SINAGER), con la finalidad de que todas las instituciones que lo integran, trabajen de forma articulada para atender de manera inmediata las acciones a nivel nacional y/o internacional tendientes a solucionar, los efectos de las fuertes lluvias que provocó la Tormenta Tropical "ETA"; las que se pronostican por el Huracán "IOTA" y otros fenómenos climáticos que se pronostican hasta el cierre del año.
Articulo 3
Se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a gestionar, reorientar y asignar los recursos que se identifiquen entre las distintas instituciones de Gobierno, así como de los recursos externos disponibles y los que se gestionen a través de las Secretarías de Estado autorizadas para tal efecto, con el propósito de atender los efectos de las fuertes lluvias que provocó la Tormenta Tropical "ETA" y las que se pronostican por el Huracán "IOTA" y otros fenómenos climáticos futuros similares. El financiamiento requerido para el Estado de la Emergencia, podrá ser de los recursos autorizados y gestionados por medio de los Decretos Legislativos Nos. 33-2020 y 92-2020. La Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO) en el marco de SINAGER, comunicará a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), las instituciones que ejecutarán estos recursos y las intervenciones que estarán realizando. Las instituciones designadas deberán presentar la solicitud de recursos, así como el plan de ejecución ante la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN). Queda autorizada la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) para que pueda realizar las operaciones presupuestarias necesarias, derivadas de la aplicación del presente Decreto. Se instruye a la Secretaría de Estado en los Despachos de Gestión de Riesgos y Contingencias Nacionales (COPECO), utilizar de la partida presupuestaria de emergencias para poder hacerle frente a esta declaración en el presente Decreto, garantizando su manejo de manera transparente y eficiente. Se instruye a Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-Honduras), la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), la Secretaría de Estado en los Despachos de Desasarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS) y las Instituciones Públicas que están relacionados con la infraestructura vial, infraestructura crítica del País y control de inundaciones, procedan a realizar las solicitudes de recursos y su debido plan de ejecución ante la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), como lo establece el párrafo primero con el propósito que puedan atender de manera inmediata, la rehabilitación de tramos carreteros y la infraestructura de control para inundaciones dañadas por las lluvias, vientos y deslizamientos de tierra. Se autoriza a Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-Honduras), la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), la Secretaría de Estado en los Despachos Desasarrollo Comunitario, Agua y Saneamiento (SEDECOAS) y otras entidades de la Administración Pública encargadas de la construcción, reparación y mantenimiento de obras de infraestructura, así como aquellas Instituciones que prestan servicios públicos básicos para la población a realizar la contratación directa de bienes, obras y servicios necesarios para contrarrestar los efectos de la presente emergencia, de acuerdo con la normativa aplicable de cada Institución, quedando autorizadas todas las contrataciones directas que se realicen al amparo de esta emergencia. Se autoriza a la Administración Aduanera de Honduras (ADUANAS) a contratar las obras y servicios que se requieran para reactivar operaciones en las aduanas afectadas y a la Secretaría de Estado en los Despachos de Agricultura y Ganadería (SAG), a realizar las contrataciones de bienes y servicios necesarios para la restauración de los cultivos dañados de la población afectada. Asimismo, se autoriza a las instituciones y entidades que requieran realizar adquisición de alimentos, medicamentos, bienes, insumos de bioseguridad para los albergues y atención a la población afectada por la situación de emergencia a que realicen las mismas de conformidad a los establecidos en la Ley de Contratación del Estado respecto a las contrataciones directas. Se autoriza a Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-Honduras), para que realice la contratación directa de bienes, obras y servicios necesarios, utilizando los mecanismos establecidos en la Ley de la Cuenta del Desafío del Milenio, el Reglamento de la misma y demás normativa aplicable, para las acciones de evaluación, diseño, limpieza, reparación y reconstrucción de Infraestructura y demás que sean necesarias en los Departamentos de Islas de la Bahía, Atlántida, Colón, Olancho, Gracias a Dios, Francisco Morazán y Cortés, incluyendo las calles urbanas del Municipio de La Lima, así como una pronta habilitación del Aeropuerto Internacional "Ramón Villeda Morales" en el Municipio de La Lima, Departamento de Cortés por los efectos de la Tormenta Tropical ETA y otros Departamentos que resulten afectados por el Huracán "IOTA" y futuros fenómenos naturales similares. Se instruye al Despacho Ministerial de Socialización y Acompañamiento Digital de los Proyectos Presidenciales llevar a cabo labores de supervisión, seguimiento y contratación para ejecutar actividades de limpieza y recuperación de vías de acceso y viviendas en los diferentes barrios, colonias y aldeas a nivel nacional afectados por los efectos de la Tormenta Tropical ETA, así como los que resulten afectados por la nueva Tormenta Tropical IOTA y/o por otros fenómenos climáticos futuros similares. Con el objetivo de dar cumplimiento a lo anteriormente expuesto, se autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de la Presidencia facilitar los recursos financieros, dentro del marco de su disponibilidad presupuestaria, que le sean solicitados por el Despacho Ministerial de Socialización y Acompañamiento Digital de los Proyectos Presidenciales.
Articulo 4
Se autoriza a Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H), a utilizar los mecanismos de contratación directa contenidos en la Ley de la Cuenta del Desafío del Milenio, el Reglamento de la misma y demás normativa interna; el resto de las Instituciones Públicas involucradas en la atención de la emergencia provocadas por el paso de la Tormenta Tropical "ETA" y por el Huracán "IOTA" y por otros fenómenos climáticos futuros similares quedando autorizadas a usar los mecanismos especiales y expeditos para la contratación directa de obras, bienes y servicios, contenidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
Articulo 5
El Sistema Nacional de Gestión de Riesgos (SINAGER) y todas las instituciones que lo integran, deben presentar ante la Secretaría de Coordinación General de Gobierno, un informe relacionado con la atención a esta emergencia, a fin de fomentar la transparencia e informar al Presidente de la República desde el inicio hasta la finalización de la Tormenta Tropical "ETA" y por el Huracán "IOTA" y futuros fenómenos naturales similares que conlleve todas las acciones realizadas sobre el efecto climático.
Articulo 6
A.- Se instruye a la Secretaría de Estado en los Despachos de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, gestionar ante los Países Cooperantes y Organismos Internacionales, la obtención de Asistencia Humanitaria Financiera, destinados a cubrir las necesidades inmediatas de recuperación y reconstrucción, ante los daños ocasionados por la Tormenta Tropical "ETA" y por la nueva Tormenta Tropical y por el Huracán "IOTA" y futuros fenómenos naturales similares."
Articulo 2
Se instruye a Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H), realizar el proceso de adquisición para el suministro, transporte, instalación y posterior almacenaje, custodia y demás servicios conexos de los puentes modulares denominados provisionales tipo "Bailey", con la finalidad de restableccer la comunicación terrestre con las comunidades que se vieron afectadas por los eventos meteorológicos adversos ocasionados por la Tormenta Tropical "ETA", así como aquellas comunidades que resulten afectadas en su comunicación terrestre por los futuros fenómenos naturales similares. De igual forma, se autoriza a Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H), proceda a realizar la Contratación Directa de Consultores para los estudios, análisis, diseños y demás actividades necesarias para determinar las especificaciones técnicas, presupuesto, lugar de instalación, costos de instalación y obras complementarias; así como cualquier otro gasto, relacionado al funcionamiento de los puentes modulares La Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) e Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H), deben determinar la ubicación exacta donde instalar los puentes modulares, conforme a los Departamentos que tienen asignados ambas Instituciones en el marco de las emergencias. El proceso de selección y contratación de los puentes modulares tipo "Bailey", será realizado mediante las normas aplicables a Inversión Estratégica de Honduras (INVEST-H), con la participación de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) en la estructuración del proceso de adquisición y como parte de la comisión técnica de evaluación y selección. La Oficina Normativa de Contratación del Estado (ONCAE), se incorporará en todo el proceso en calidad de veedor del proceso, a fin de garantizar los principios de la contratación pública de conformidad a la ley aplicable.
Articulo 3
Los Contratros derivados de esta situación de emergencia, deberán remitirse al Tribunal Superior de Cuentas (TSC), dentro de los diez (10) días hábiles siguientes, siempre que se prevea la celebración de contratos.
Articulo 4
El presente Decreto Ejecutivo entra en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dieciséis (16) días del mes de noviembre del año dos mil veinte (2020). COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CARLOS ALBERTO MADERO ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO EBAL JAIR DÍAZ LUPIAN SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA HECTOR LEONEL AYALA ALVARENGA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN LISANDRO ROSALES BANEGAS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL FREDY SANTIAGO DIAZ ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL ZOILA PATRICIA CRUZ CERRATO SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO E INCLUSIÓN SOCIAL ALBA CONSUELO FLORES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD MARÍA ANTONIA RIVERA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO ARNALDO BUESO HERNÁNDEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS OLVIN ANIBAL VILLALOBOS VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL MAURICIO GUEVARA PINTO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA NICOLE MARRDER AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO ELVIS YOVANNI RODAS FLORES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE NELSON JAVIER MARQUEZ EUCEDA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESASARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO (SEDECOAS) MARCO ANTONIO MIDENCE MILLA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS MAX ALEJANDRO GONZALES SABILLON SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS MARIA ANDREA MATAMOROS SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRASPARENCIA ROBERTO ANTONIO ORDOÑEZ WOLFOVICH SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA