Buscar con IA

Apoya Leyes.HN

Leyes.HN es gratis para todos. Tu donación ayuda a que siga siéndolo.

Donar
26 de julio de 2014Vigente

Decreto de reasignación de bienes, activos y pasivos de la Dirección General de Cooperación Externa (Decreto 266-2013)

Poder Ejecutivo

  • Decreto: 266-2013
  • Publicación: 26 de julio de 2014
  • Órgano emisor: Poder Ejecutivo
  • Gaceta: 33,489
  • Categoria: Administrativo

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Este decreto traslada todos los bienes, deudas y presupuesto de la Dirección General de Cooperación Externa (que estaba en la Secretaría de Planificación) a la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional. Afecta a los empleados y operaciones de estas instituciones, permitiendo que el gobierno reorganice sus recursos tras la fusión de dependencias.

Considerandos

Que el Presidente de la República, tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública centralizada y descentralizada.

Que la Dirección General de Cooperación Externa adscrita a la desaparecida Secretaría de Planificación, fue fusionada, a la Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional mediante Decreto Legislativo número 266-2013 publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" el 23 de enero del año 2014.

Que el Presidente puede reasignar mediante Decreto Ejecutivo los bienes adscritos a los entes, todos los activos, pasivos y la ejecución presupuestaria de los órganos o dependencias de la Administración Pública, que se supriman.

Articulos

Articulo 1.-

Que los bienes, los activos, pasivos y la ejecución presupuestaria, que anteriormente pertenecían a la Dirección General de Cooperación Externa adscrita a la desaparecida Secretaría de Planificación, o de cualquier otra dependencia que se incorpore o adhiera o fusione, sean reasignados a la ahora Secretaría de Relaciones Exteriores y Cooperación Internacional, debiendo hacer el respectivo inventario de bienes.

Articulo 2.-

Notificar dicha reasignación a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y a la Dirección General de Bienes Nacionales.

Articulo 3.-

El presente acuerdo es de efecto inmediato y deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta." Dado en Casa Presidencial a los tres días del mes de marzo del año dos mil catorce. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA RIGOBERTO CHANG CASTILLO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACION Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos. Justicia* Gobernación y Descentra lización ( ACUERDO No. 213-2014 ) EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA, En uso de sus facultades de que está investido, y en aplicación de los artículos 235 y 245 atribuciones 5 y 11 de la Constitución de la República; 11, 116, 118, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública. ACUERDA:

Notas

Cargando…