Se instruye a la Dirección Nacional de Bienes del Estado (DNBE), para proceder a realizar las 10 La Gaceta A
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Articulo 2
Se instruye a la Dirección Nacional de Bienes del Estado (DNBE), para proceder a realizar las
10 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 6 DE AGOSTO DEL 2024 No. 36,605 en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social (SETRASS). Una vez completado el traslado de fondos a la Secretaría de Trabajo y Seguridad Social (SETRASS), se procederá a la cancelación de las cuentas que el Programa Presidencial de Empleo mantenía con el Banco Central de Honduras (BCH) y el Banco Nacional de Desarrollo Agrícola (BANADESA). ARTÍCULO 5.
Articulo 5
Se autoriza e instruye a la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social (SETRASS), para proceder en calidad de Comisión Liquidadora del Programa Presidencial de Empleo “Con Chamba Vivís Mejor” y los proyectos de empleo que lo conformaron, con atribuciones plenas en lo conducente a la liquidación del personal, pago de pasivo y deudas, disposición de los bienes y activos; quedando dicha comisión expresamente facultada para asumir todas las competencias y atribuciones que correspondían al Programa Presidencial de Empleo “Con Chamba Vivís Mejor” y los proyectos de empleo que lo conformaron, a efecto exclusivo de su liquidación, para lo cual puede requerir el auxilio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN), así como de otras instituciones del Estado si fuere necesario, de acuerdo a la Ley. Al concluir la liquidación, se deberá presentar un informe a la Presidencia de la República sobre las operaciones realizadas y hallazgos encontrados. ARTÍCULO 6.
Articulo 6
La Dirección Nacional de Bienes del Estado (DNBE), deberá trasladar los bienes muebles como inmuebles, conforme a la solicitud de la comisión designada. Esta operación implica realizar acciones fundamentales para el adecuado descargo y registro de los inventarios de los bienes, así como garantizar su aseguramiento, conservación y, finalmente, su reasignación a la Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social (SETRASS). ARTÍCULO 7. La Secretaría de Estado en los Despachos de Trabajo y Seguridad Social (SETRASS), es responsable de cumplir con el pasivo laboral generado como consecuencia de la supresión y liquidación del Programa Presidencial de Empleo “Con Chamba Vivís Mejor” y los Proyectos de empleo que la conformaban. Asimismo, deberá asumir las obligaciones. ARTÍCULO 8.
Articulo 8
Dejar sin valor ni efecto el Decreto Ejecutivo número PCM-039-2019 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 15 de agosto de 2019, edición número 35,023; y cualquier otra disposición normativa del mismo o menor rango que resulten contradictorias o se opongan al presente Decreto Ejecutivo, sin perjuicio de las deducciones de responsabilidades por pasivos no declarados ni informados por las autoridades cesantes. ARTÍCULO 9.
Articulo 9
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”.
11 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 6 DE AGOSTO DEL 2024 No. 36,605 Dado en Casa Presidencial, en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los 06 días del mes de Agosto del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA LESLY SARAHÍ CERNA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE LA PRESIDENCIA JOSÉ CARLOS CARDONA ERAZO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL MARLON DAVID OCHOA MARTÍNEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS TOMÁS EDUARDO VAQUERO MORRIS SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACIÓN CARLOS ANTONIO GARCÍA CARRANZA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RELACIONES EXTERIORES Y COOPERACIÓN INTERNACIONAL, POR LEY SERGIO VLADIMIR COELLO DÍAZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TRANSPARENCIA Y LUCHA CONTRA LA CORRUPCIÓN ANA KAREN VALLECILLO LIZARDO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE PLANIFICACIÓN ESTRATÉGICA, POR LEY
12 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 6 DE AGOSTO DEL 2024 No. 36,605 FREDIS ALONSO CERRATO VALLADARES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO ECONÓMICO DORIS YOLANY GARCÍA PAREDES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ASUNTOS DE LA MUJER HECTOR GUSTAVO SÁNCHEZ VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD JOSÉ MANUEL ZELAYA ROSALES SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL CARLA MARINA PAREDES REYES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD LUCKY HALACH MEDINA ESTRADA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN ANGÉLICA LIZETH ÁLVAREZ MORALES SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS, POR LEY LAURA ELENA SUAZO TORRES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA ERICK MEDARDO TEJADA CARBAJAL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA
13 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 6 DE AGOSTO DEL 2024 No. 36,605 OCTAVIO JOSÉ PINEDA PAREDES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y TRANSPORTE WILMER JAVIER FERNÁNDEZ ALACHÁN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL YADIRA ESTHER GÓMEZ CHAVARRÍA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO GLORIA ANNARELLA VÉLEZ OSEJO SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LAS CULTURAS, LAS ARTES Y LOS PATRIMONIOS DE LOS PUEBLOS DE HONDURAS WARREN OCHOA ORELLANA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DESARROLLO COMUNITARIO, AGUA Y SANEAMIENTO JOSÉ JORGE FORTÍN AGUILAR SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GESTIÓN DE RIESGOS Y CONTINGENCIAS NACIONALES (COPECO) FABIOLA CLAUDETT ABUDOJ MENA SECRETARIA DE ESTADO PARA EL DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS LIZETH ARMANDINA COELLO GÓMEZ SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE NIÑEZ, ADOLESCENCIA Y FAMILIA
14 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 6 DE AGOSTO DEL 2024 No. 36,605 Poder Ejecutivo LA PRESIDENTA CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República, establece que la Presidenta tiene a su cargo la Administración General del Estado, encontrándose entre sus atribuciones dirigir la política general del Estado y representarlo; emitir Acuerdos, Decretos, expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley (artículo 245 numerales 2) y 11)). CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República establece que la educación es función esencial del Estado para la conservación, el fomento y difusión de la cultura, la cual deberá proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza (artículo 151). CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República determina que la educación en todos los niveles del sistema educativo formal, excepto el nivel superior, será autorizada, organizada, dirigida y supervisada exclusivamente por el Poder Ejecutivo por medio de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación (SEDUC), la cual administrará los centros de dicho sistema que sean totalmente financiados con fondos públicos (artículo 157). CONSIDERANDO: Que la Ley General de la Administración Pública dispone que la Presidenta de la República tiene a su DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM 23-2024 cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada. La Presidenta de la República en el ejercicio de sus funciones, podrá actuar por sí o en Consejo de Ministros (artículo 11). CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo número PCM 037-2019 en fecha 10 de julio del 2019 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 26 de julio de 2019, edición número 35,006, se crea el Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola (SCITA), como un programa dependiente de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación (SEDUC), que tiene como objeto fortalecer la formación agrícola de Honduras de manera integral, contemplando los aspectos de carácter académicos, pedagógicos, técnicos, productivos, administrativos y de infraestructura, mediante una red de centros especializados que funcionarán en diferentes regiones estratégicos del país (artículo 1). CONSIDERANDO: Que el precitado Decreto Ejecutivo PCM autoriza a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación (SEDUC), a suscribir un convenio con el Instituto de Crédito Educativo (EDUCRÉDITO) para efectos de la ejecución administrativa, operativa y técnica del Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola (SCITA), el cual tendrá su propia administración, para efectos de garantizar una ejecución eficiente y transparente (artículo 2). CONSIDERANDO: Que el patrimonio del Sistema de Centros de Innovación Tecnológica y Agrícola (SCITA),
15 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 6 DE AGOSTO DEL 2024 No. 36,605 proviene de la Asignación Presupuestaria que hace la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN) a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación (SEDUC). Por lo anterior, para garantizar mayor eficiencia y simplificación en la administración de dicho Programa, resulta necesario establecer como su único canal en temas administrativos, operativos y técnicos, a la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación (SEDUC). POR TANTO, En uso de las facultades contenidas en los artículos 151, 157, 245 numerales 2) y 11) de la Constitución de la República; artículos 11, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública; Decreto Ejecutivo número PCM 037-2019; y, demás aplicables. DECRETA: ARTÍCULO 1.