VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 195-2011 | 14 de enero de 2012 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 32,721

Prorroga de la duración de la Comisión Interventora del INPREMA

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Resumen

Este decreto extiende indefinidamente la Comisión Interventora que administra el INPREMA (fondo de pensiones de maestros) hasta que se apruebe una nueva estructura institucional. La comisión continúa identificando y corrigiendo problemas financieros, administrativos y actuariales de la institución para recuperar su estabilidad.

Considerandos

  1. 1.Que el Presidente de la República tiene a su cargo la dirección y coordinación de la Administración PODER LEGISLATIVO Pública centralizada y descentralizada, la administración Decreto No. 195-2011 A. 4 General del Estado y por ende, dirigir la política económica Decreto No. 229-2011 A. 5-6 y financiera del mismo, pudiendo actuar por sí o en Consejo de Ministros. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEL INTERIOR Y
  2. 2.Que mediante Decreto Ejecutivo POBLACIÓN Número PCM-015-2011 del 15 de marzo de 2011, se nombró una Comisión Interventora a partir de la fecha de Acuerdo No.: 70-A-2011 y 70-B-2011 A. 7 dicho Decreto, para encargarse de la administración del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA), AVANCE A. 8 como entidad intervenida y realice una evaluación de la misma, con el acompañamiento de la supervisión, vigilancia y control de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros. Sección B Avisos Legales B. 8
  3. 3.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-065-2011 fue ampliado el plazo inicialmente concedido adicionando treinta días hábiles a partir del 22 de octubre de 2011, plazo que vence el 23 de noviembre del mismo año.
  4. 4.Que fundamentada en la experiencia lograda en la administración del Instituto, y en los hallazgos encontrados, se considera necesaria que la Comisión Interventora continúe ejerciendo las funciones que le confiere la Ley, a fin de culminar tareas correctivas y deficiencias ya identificadas, especialmente en lo relacionado con el apoyo técnico a la entidad controlada y acusadora para la deducción de las responsabilidades correspondiente, y demás acciones tendentes a recuperar la solvencia financiera y actuarial de la Institución.
  5. 5.Que el plazo concedido ha permitido tomar varias medidas correctivas de orden administrativo, legal, financiero y presupuestario, producto de los hallazgos, la Comisión Interventora requiere contar con un plazo adicional, que permita implementar acciones para corregir las serias deficiencias en su estructura de gobierno, administrativas y actuariales, aspectos que requieren de importantesreformas a la Ley vigente, para lo cual se ha elaborado un anteproyecto de Ley que se encuentra en un proceso de socialización, discusión y posterior aprobación por parte del Congreso Nacional

Articulos

Articulo 1

Reformar el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo en Consejo de Ministros Número PCM-015-2011 el cual se leerá así: "Artículo 2.- La Comisión Interventora está integrada por las siguientes personas: 1. Roberto Antonio Jérez, quien la presidirá; 2. La Presidenta del Consejo Nacional Anticorrupción (CNA); 3. Felicito Ávila Ordóñez; 4. El Secretario Ejecutivo del Foro Nacional de Convergencia (FONAC); 5. Carlos Héctor Sabillón Pérez; y, 6. Alfonso López Guillén."

Articulo 2

Prorrogar la duración de la Comisión Interventora hasta que se implemente la estructura de gobierno institucional, que para tales efectos apruebe el Congreso Nacional de la República en el marco de sus atribuciones constitucionales, y que permitan continuar las acciones correctivas tendentes a mejorar la situación administrativa, financiera y actuarial del Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA).

Articulo 3

El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial "La Gaceta" Dado en el Salón Constitucional de Casa Presidencial, a los veintidós (22) días del mes de noviembre del año dos mil once (2011). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CARLOS África MADRID HART SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEL INTERIOR Y POBLACIÓN JOSÉ ALEJANDRO VENTURA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN ARTURO BENDAÑA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD POMPEYO BONILLA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD MARÍA ANTONIETA GUILLÉN VÁSQUEZ DESIGNADA PRESIDENCIAL ENCARGADA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DEL DESPACHO PRESIDENCIAL MIREYA AGÜERO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE RELACIONES EXTERIORES, POR LEY MARLON PASCUA CERRATO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL WILLIAM CHONG WONG SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS JUAN JOSÉ CRUZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO, POR LEY MIGUEL RODRIGO PASTOR MEJÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA FELÍCITO ÁVILA ORDÓÑEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL JUAN ÁNGEL ARTICA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, POR LEY ROBERTO CARDONA VALLE SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE, POR LEY HILDA ROSARIO HERNÁNDEZ ALVARADO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL JULIO CÉSAR RAUDALES SECRETARIO TÉCNICO DE PLANIFICACIÓN Y COOPERACIÓN EXTERNA BERNARD MARTÍNEZ VALERIO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE CULTURA, ARTES Y DEPORTES NELLY JERËZ CABALLERO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO OLGA ALVARADO SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUVENTUD, POR LEY LOLIS MARÍA SALAS MONTES SECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANO, POR LEY LUIS GREEN MORALES SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y AFROHANDEÑOS CÉSAR HAM PEÑA MINISTRO DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL AGRARIO MIGUEL EDGARDO MARTÍNEZ PINEDA MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL MARÍA ANTONIETA BOTTO HANDAL MINISTRA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER JOSÉ TRINIDAD SUAZO DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO DE CONSERVACIÓN FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE

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