Decreto Legislativo No. 8-2025 — Exoneración a la Corporación Municipal de San Antonio, Copán, del pago de impuestos para adquisición de retroexcavadora
Considerandos
- 1.Que constitucionalmente, es deber del Estado promover el desarrollo económico y social de las comunidades y su población, procurando crear ventajas competitivas a sus gobiernos municipales a través de los Programas de Desarrollo Nacional; lo que tiene sustento legal en el Artículo 299 de la Constitución de la República. CONSIDERANDO:
- 2.Que es necesario apoyar iniciativas municipales, ya que son para el bien común, el desarrollo de los municipios y la autonomía local para dar respuesta oportuna a las necesidades de sus habitantes. En tal sentido, la Ley de Municipalidades en su Artículo 13 atribuye a las municipalidades el control y regulación del desarrollo urbano, uso y administración de las tierras municipales, su mantenimiento y administración. CONSIDERANDO:
- 3.Que la Exoneración contenida en este Decreto procura dar respuesta inmediata de la Municipalidad, permitiéndole contar con el equipo de transporte necesario para regular y supervisar las actividades en beneficio del municipio, facilitando el flujo de la actividad económica en cada una de las comunidades del municipio de San Antonio, departamento de Copán, en pro de ejercer las acciones que fomenten las políticas públicas que contribuyan al desarrollo humano y bienestar de su población local; así como al desarrollo económico y social de manera integral, en el cual los servicios públicos y sobre todo de acceso a la salud que ofrecen las mismas, son esenciales para desarrollo y el bien común de sus habitantes. CONSIDERANDO:
- 4.Que el Artículo 17 del Código Tributario, contenido en el Decreto 170-2016, del 15 de Diciembre de 2016, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”, de fecha 20 de diciembre de 2016, establece que la Exoneración es la dispensa total o parcial del pago de la obligación tributaria o aduanera aprobada por el Congreso Nacional, cuya tramitación individualmente corresponde al Poder Ejecutivo, por conducto de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas (SEFIN). -- 45 of 88 -- 2 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 24 DE MARZO DEL 2025 No. 36,798 CONSIDERANDO:
- 5.Que de conformidad al Artículo 205 Atribución 1) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional: Crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes. POR TANTO, D E C R E T A: ARTÍCULO 1.-
Articulos
Articulo 1
Exonerar a la CORPORACIÓN MUNICIPAL DE SAN ANTONIO, DEPARTAMENTO DE COPÁN, el pago del Impuesto Sobre Venta (I.S.V.), tasas, sobretasas, impuestos arancelarios, aduaneros, derechos arancelarios y gravámenes de importación aplicables en todo el territorio nacional para la introducción y compra directa de una (1) maquinaria pesada tipo Retroexcavadora; equipo de transporte con las características siguientes: 1) Cotización de Platino Motors No. CSPS830, sobre 1 Retroexcavadora: ELEMENTOS ESPECIFICACIONES Descripción Retroexcavadora SANY Modelo VHL 75 nueva Año 2024 color Amarillo y negro Modelo del Motor Cummins QSF3.8 T3 Potencia del Motor 100 HP Emisiones TIER 3 Torque del Motor 410 N.m @ 1600 Cilindraje 4 Transmisión 4x4 ZF Tipo PowerShift Electrónica Sistema de parqueo Controlada Electrónicamente Marca Kawasaki Bomba de émbolo K3VLS85 Control Piloto Hidráulico Flujo de Control Control de detección de carga Pantalla LCD en Español Peso Operativo (kg) 7650 Velocidad Max 36 km/h Cubeta Trasera 0.25m3 Cubeta Frontal 1.0 m3 Frenos Multidisco Húmedo Válvula Principal Husco Multidirecc. 5000 CC / SCX120 Caja de Cambios ZF Friedrichshafen AG C.C. 4WG94 -- 46 of 88 -- 3 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 24 DE MARZO DEL 2025 No. 36,798 Flujo de Control Control de detección de carga Pantalla LCD en Español Peso Operativo (kg) 7650 Velocidad Max 36 km/h Cubeta Trasera 0.25m3 Cubeta Frontal 1.0 m3 Frenos Multidisco Húmedo Válvula Principal Husco Multidirecc. 5000 CC / SCX120 Caja de Cambios ZF Friedrichshafen AG C.C. 4WG94 Eje Delantero ZF Friedrichshafen AG MS_B3025 Eje trasero ZF Friedrichshafen AG MS_B3070 Garantía 24 Meses o 4000 Horas Precio L 2,091,600.00 (15%) ISV L 313.740.00 Valor Total L 2,405,340.00 ARTÍCULO 2.- El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “LA GACETA”. ARTÍCULO 2.-
Articulo 2
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial “LA GACETA”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los Doce días del mes de febrero de dos mil veinticinco. LUIS ROLANDO REDONDO GUIFARRO PRESIDENTE LUZ ANGÉLICA SMITH MEJÍA JOSUÉ FABRICIO CARBAJAL SANDOVAL SECRETARIA SECRETARIO Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 17 de febrero de 2025. IRIS XIOMARA CASTRO SARMIENTO EL SECRETARIO DE ESTADO EN PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA EL DESPACHO DE FINANZAS -- 47 of 88 -- 4 La Gaceta A. Sección A Acuerdos y Leyes REPÚBLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA, M.D.C., 24 DE MARZO DEL 2025 No. 36,798 Poder Legislativo DECRETO No. 10-2025