Decreto Legislativo No. 18-2014 — Elígese como Comisionado Nacional de los Derechos Humanos al ciudadano Héctor Roberto Herrera Cáceres
Congreso Nacional
- Decreto: 18-2014
- Publicación: 13 de mayo de 2014
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 33,125
- Categoria: Constitucional
Considerandos
Que de conformidad con lo establecido en el A¡tículo 59 de la Constitución de la República, reformado mediante Decreto No.191-94 de fecha l5 de Diciembre de 1994 y ratificado por Decrero No.2-95 de fecha 7 de Febrero de 1995. fue creada la lnstitución del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos.
Que el Comisionado Nacional de los Derechos Humanos es una figura de alta significación en la vida nacional que debe poseer atributos indubitables y extraordina'a voluntad, serenidad, ftrmeza,conocimiento y equrdad para cumplir fielmente con 1as obligaciones que le impone el cargo.
Que el honroso cargo de Comisionado \acional de los Derechos Humanos es de gran responsabilidad 1,, por lo tanto, su titular debe desempeñar sus obligaciones avalado por su ejecutoria de vida y habiendo demostrado integridad. cLrnociütiento, calidez y respeto por los derechos de todos ios seres nu:1anos. CO\SIDERANDO: Que es de conveniencia nacional preserr ar 1' earantizar la total independencia dei Defenso¡ del Pueblo. para que pueda cumplir con sus funciones. sin influencia de ninguna naturaleza ajena a las responsabilidades propias del cargo. CONSIDERANDO: eue la elección del Comrsionado Nacional de los Derechos Humanos de conformidad con la atribución 1 1) del.Artículo 205, de la constitución de la República ,v el Artículo 4 de la Le1,.Orgánica del Comisionado Nacional de Poder L,egislatiao Ios Derechos Humanos. 1e corresponde a1 Congreso \acional en representación del Pueblo Hondureño. CONSIDER.,\NDO: Que de acuerdo con las disposicioncs Iegales citadas en el considerando precedente previo un arnpiio SUnUIá,jR',Iol Sección A Decretosy Acuerdos PODER LEGISLATIVO 18-2014 | Decrera: Elijese como COMISIONADO NACIONAL DE LOS DERECHOS HUillAi\,¡OS, al ciudadano HÉCTOR ROBERTO HXRRERA CÁCERES. 35+2013 | Decrera:Autorizar a la Munieipalidad de 39É?ü13 | Decreta: Reforrnar los Artículos 7, 9, 12 El Progreso, departamento de yoro, para suscribir Ia prórroga por un período de siete i7) años a partir del 25 de enero del año 2014, sin perjuicio de su prorroga por acuerdc entre las partes. y 22 de la Ley del Sistema de Fondos de Garantia Recíproca pará la promoción de Ias MIPYMES, Vivienda Social y Educacién Técnica Profesional, creada mediante Decreto No. 205-201I, de fecha 1 5 de noviembre de 201 I - Sección B Avisos Legates B. t-36 Desprendibte para su comooldad BLICA DE HONDURAS - TEGUCIGALPA. NI. D. C., 13 DE NTAYO DEL 2011 No. 33,125 proceso de audiencias públicas file propuesta una nómina de siete (7) distinguidos ciudadanos(as) de los cuales se propuso por via de moción para ser elegido Comisionado Nacional de 1os Derechos Hurnanos por un ténnino de seis (6) años al ciudadano HÉCTOR ROBERTO HERRERA CACERES.
Articulos
El ciudadano elegido en el Aniculo precedertte tomará posesión de su cargo al prestar su Promesa de Ley conespondiente, por un período de seis (6) años, contados a partir de 1a fecha de su juramentación, según 1o establecido en el Artículo ,1 de 1a Ley Orgánica del Comisionado Nacional de los Derechos Humanos. contenido en el Decreto No.153-95 de fecha 2.1 de Octubre de 1995.
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de1 día de su aprobación y deberá pubiicarse en el Diario Oicial "La Gaceta". Dado en la Ciudad de Tegucigalpa. municipio del Distrito Central. en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veir"rticinco días del rnes de marzo del dos mii catorce. MAURICIO OLIVA HERRERA PRESIDENTE MARIO ALONSO PÉREZ TÓPTZ SECRETARIO ROMÁN VILLEDA AGUILAR SECRETARIO A1 Poder E.lecutivo. Por Tanto: Elecútese. Tegucigalpa, M.D.C..22 de ab¡ilde 101.1. JUAN ORLA¡NDO HERNÁNDEZ AL\ARADO PRESIDENTE DE LA REPUBLICA EL SECRE'fARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUN1ANOS, JUSTICIA. GOBER\.,\C10\ \' T)ESCE\TRALIZACIO\. RIGOBERTO CHANG CASTII,I,O
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