Decreto Legislativo No. 51-2015 — Aprobación de Contrato de Suministro de Potencia y Energía Eléctrica entre ENEE e Hidroeléctrica Cuyagual, S.A.
Resumen
Este decreto aprueba un contrato entre la empresa estatal ENEE y Hidroeléctrica Cuyagual para que compre energía renovable de una planta hidroeléctrica de 6.10 MW ubicada en Santa Bárbara durante 20 años. La ley busca reducir costos energéticos usando fuentes renovables en lugar de combustibles fósiles, beneficiando a consumidores y la economía nacional.
Considerandos
- 1.Que los costos de generación de energía eléctrica con recursos térmicos, se han visto afectados por los efectos de la crisis financiera mundial, circunstancia que ha producido un incremento desmesurado en sus precios, lo que consecuentemente afecta dramáticamente la economía del país, debido al encarecimiento de la importación de combustibles, de los bienes de consumo y consecuentemente el alza en los precios de la energía eléctrica doméstica e industrial, constituyendo suficiente motivo para que el Estado de Honduras, a través de sus diferentes instituciones, busque y provea soluciones adecuadas, ágiles y rápidas orientadas a resolver la problemática energética nacional.
- 2.Que el Congreso Nacional de la República en el ámbito de las soluciones requeridas y del aprovechamiento de los recursos con que cuenta el país, emitió los Decretos No. 158-94 “Ley Marco del Subsector Eléctrico” y No. 70-2007 “Ley de Promoción a la Generación de Energía Eléctrica con Recursos Renovables”, marco legal que ofrece a los generadores y desarrolladores de proyectos con energía renovable los incentivos convenientes para la inversión segura y confiable de sus recursos financieros en el desarrollo de proyectos. Adicionalmente provee a la Empresa Mercantil Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), los medios para la compra de energía garantizando un precio (Costo Marginal de Corto Plazo) que es sustancialmente inferior al costo de compra de energía proveniente de plantas generadoras que utilizan combustibles fósiles no renovables, instrumento que producirá efectos positivos en el mejoramiento de la economía del país en general y de los consumidores de energía tanto domésticos como industriales en particular. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 1 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraflores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956 Administración: 2230-3026 Planta: 2230-6767 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
- 3.Que la Sociedad Mercantil Hidroeléctrica Cuyagual, S.A., es un generador de energía eléctrica debidamente autorizado por el Estado de Honduras mediante la Secretaría de Recursos Naturales, Ambiente y Minas (SERNA), mediante Constancia No. 044-2014 de fecha doce de febrero de dos mil catorce hace constar que el Contrato de Operación se encuentra en trámite, Constancia No. 46-2014 de fecha doce de febrero de dos mil catorce hace constar que la Licencia Ambiental se encuentra en trámite, Constancia No.045-2014 de fecha doce de febrero de dos mil catorce en la cual hace constar que la Contrata de Aprovechamiento de Aguas se encuentra en trámite.
- 4.Que la Sociedad Mercantil Hidroeléctrico Cuyagual, S.A., ha solicitado a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) realizar las acciones legales pertinentes, al amparo del Artículo 12 del Decreto Legislativo No. 158-94 “Ley Marco del Subsector Eléctrico” y Artículo 3 numeral 2) del Decreto Legislativo No. 70-2007, a efectos de suscribir Contrato de Suministro de Potencia y Energía Eléctrica con Recursos Renovables.
- 5.Que la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) y la Sociedad Mercantil Hidroeléctrica Cuyagual, S.A., suscribieron el Contrato No. 115-2014, de Suministro de Energía Eléctrica utilizando como fuente energética el agua. Dicho contrato fue aprobado mediante Resolución No. 19-JD-1115- 2014, emitida por la Junta Directiva de la Empresa Mercantil Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) en el punto 04, Inciso 4.1, Numeral 19) del Acta JD-1115-2014, de la Sesión Ordinaria celebrada el 29 de Junio del 2014; suscrito con todos los requisitos de Ley y dictaminado por la Comisión Nacional de Energía, Dictamen No. 120-2014 emitido en fecha 3 de Julio de 2014.
- 6.Que las acciones relacionadas en los considerandos precedentes contribuyen al desarrollo y la generación de energía eléctrica con fuentes naturales renovables y sostenibles con el objeto de fortalecer la inversión nacional y de esta manera mejorar la calidad de vida de la población evitando entre otros la contaminación, el efecto invernadero y el deterioro del ambiente.
- 7.Que la Sociedad Mercantil Hidroeléctrica Cuyagual, S.A., presentó a la Empresa Mercantil Nacional de Energía Eléctrica (ENEE), una oferta de venta de energía eléctrica en base al Artículo 12 del Decreto No. 158-94 Ley Marco del Subsector Eléctrico y Artículo 3 Numeral 2) del Decreto No.70-2007, Ley de Promoción a la Generación de Energía Eléctrica con Recursos Renovables, para vender la energía eléctrica que generará su planta Hidroeléctrica Santa Lucía, localizada en el municipio de Quimistán, departamento de Santa Bárbara, con una Capacidad Instalada 6.10 MW. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 2 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH
- 8.Que de conformidad a lo establecido en el Artículo 205 Atribución 19) de la Constitución de la República, es potestad del Congreso Nacional, aprobar o improbar los contratos que lleven involucradas exenciones. incentivos y concesiones o cualquier otro contrato que haya de producir o prolongar sus efectos al siguiente período de Gobierno de la República.
- 9.Que la JUNTA ADMINIS- TRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO ALDEA DE COALACA, se crea como Asociación Civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado.
- 10.Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.
- 11.Que mediante Acuerdo Ejecutivo N°. 03-2014 de fecha 24 de enero del 2014, se nombró al ciudadano RIGOBERTO CHANG CASTILLO, como Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, modificado mediante Acuerdo Ejecutivo N°. 03-A-2014 de fecha 24 de enero del 2014.
Articulos
Articulo 1
Aprobar en todas y cada una de sus partes el CONTRATO No. 115-2014, enviado por el Poder Ejecutivo a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas (SERNA), suscrito en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los 3 días del mes de Julio de 2014, entre el Licenciado Emil Mahfuz Hawit Medrano, Gerente General de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica (ENEE) y el Ingeniero Emilio Rolando Medina Sagastume, en representación de la EMPRESA HIDRO- ELÉCTRICA CUYAGUAL, S.A. (HIDROELÉCTRICA CUYAGUAL), para las instalaciones de la PLANTA SANTA LUCÍA, LOCALIZADO EN EL MUNICIPIO DE QUIMISTÁN, DEPARTAMENTO DE SANTA BÁRBARA, que literalmente dice: “SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE ENERGÍA, RECURSOS NATURALES, AMBIENTE Y MINAS (SERNA). CONTRATO No. 115-2014 ENTRE EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA Y HIDROELÉCTRICA CUYAGUAL, S.A. TEGUCIGALPA, HONDURAS, 3 DE JULIO DE 2014. TABLA DE CONTENIDO SECCIÓN 1: ACUERDO CONTRACTUAL ............................................................................................................................ A. DOCUMENTOS DEL C ONTRATO .............................................................................................................................................. B. TÉRMINO DEL CONTRATO ..................................................................................................................................................... C. DESCRIPCIÓN G ENERAL DE LA P LANTA ................................................................................................................................... D. FECHA P ROGRAMADA DE INICIO DE O PERACIÓN COMERCIAL .................................................................................................... E. INSTALACIONES DE I NTERCONEXIÓN, P UNTO DE ENTREGA Y MEDICIÓN ..................................................................................... F. AMPLIACIÓN DEL S ISTEMA INTERCONECTADO N ACIONAL ........................................................................................................ G. PRECIO DE C OMPRA DE ENERGÍA Y P OTENCIA ......................................................................................................................... H. C OMUNICACIONES ENTRE LAS P ARTES .................................................................................................................................... I. C OMPROMISO DE VENTA AL COMPRADOR ........................................................................................................................ J. M ONTO DE LA G ARANTÍA ..................................................................................................................................................... K. SIGLAS Y ABREVIATURAS ............................................................................................................................................ SECCIÓN 2: CONDICIONES GENERALES .......................................................................................................................... CLÁUSULA 1 DEFINICIONES ............................................................................................................................................... 1.1 Definiciones ...................................................................................................................................................................... CLÁUSULA 2 OBJETO DEL CONTRATO ............................................................................................................................. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 3 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH 2.1 Descripción General del Objeto del Contrato .................................................................................................................... 2.2 Obligación de Construir, Operar y Mantener ..................................................................................................................... 2.3 Obligación de Compra y Venta ......................................................................................................................................... 2.4 Compromiso de Despacho de Energía .............................................................................................................................. 2.5 Venta de Energía a Terceros .............................................................................................................................................. 2.6 Compromiso de Energía ................................................................................................................................................... 2.7 Compromiso de Transmisión ............................................................................................................................................. 2.8 Obras de Ampliación del Sistema Interconectado Nacional ................................................................................................ CLÁUSULA 3 PERIODO ANTERIOR A LA OPERACIÓN COMERCIAL ............................................................................ 3.1 Programa de Construcción ................................................................................................................................................ 3.2 Comité Operativo y sus Facultades ................................................................................................................................... 3.3 Permisos .......................................................................................................................................................................... 3.4 Errores y Discrepancias .................................................................................................................................................... CLÁUSULA 4 VIGENCIA, PLAZO Y TERMINACIÓN DEL CONTRATO ........................................................................... 4.1 Entrada en Vigencia .......................................................................................................................................................... 4.2 Puesta en Operación Comercial ........................................................................................................................................ 4.3 Duración del Contrato ...................................................................................................................................................... 4.4 Prórroga ........................................................................................................................................................................... 4.5 Terminación Anticipada del Contrato por Parte del COMPRADOR .................................................................................. 4.5.1 Procedimiento de Terminación Anticipada del Contrato por Parte del COMPRADOR .................................................... 4.6 Terminación Anticipada del Contrato por Parte del VENDEDOR ...................................................................................... 4.6.1 Procedimiento de Terminación Anticipada del Contrato por Parte del VENDEDOR ....................................................... CLÁUSULA 5 DECLARACIONES, GARANTÍAS Y ACUERDOS ........................................................................................ 5.1 Leyes Aplicables ............................................................................................................................................................... 5.2 Propiedad Intelectual e Industrial ....................................................................................................................................... 5.3 Nacionalidad de Empleados .............................................................................................................................................. 5.4 Declaraciones y Garantías ................................................................................................................................................. 5.4.1 Declaraciones y garantías del VENDEDOR ................................................................................................................... 5.4.2 Declaraciones y Garantías del COMPRADOR .............................................................................................................. 5.4.3 Cambios de información ................................................................................................................................................ CLÁUSULA 6 OPERACIÓN DE LAS INSTALACIONES ..................................................................................................... 6.1 Reglas de Operación y Mantenimiento de la Planta ............................................................................................................ 6.2 Procedimientos de Operación ........................................................................................................................................... 6.3 Operador y Cambio de Operador ..................................................................................................................................... 6.4 Pruebas de Funcionamiento .............................................................................................................................................. 6.5 Otorgamiento de Permisos de Entrada .............................................................................................................................. 6.6 Dispositivos de Protección ................................................................................................................................................ 6.7 Cambios que Afecten los Dispositivos de Protección ......................................................................................................... 6.8 Consumibles ..................................................................................................................................................................... CLÁUSULA 7 INTERCONEXIÓN .......................................................................................................................................... 7.1 Instalaciones de Interconexión ........................................................................................................................................... CLÁUSULA 8 MEDICIÓN ...................................................................................................................................................... 8.1 Sistema de Medición Comercial ........................................................................................................................................ Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 4 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH 8.2 Reparación y Reemplazo del Sistema de Medición............................................................................................................. 8.3 Lectura.............................................................................................................................................................................. CLÁUSULA 9 PRECIOS, FACTURACIÓN Y PAGOS............................................................................................................ 9.1 Obligación de Comprar el Suministro de Energía y Potencia............................................................................................... 9.2 Pago del Suministro de Energía y Potencia......................................................................................................................... 9.3 Pago por Suministro antes de la Fecha de Inicio de Operación Comercial .......................................................................... 9.4 Cargo por Obras Financiadas por el VENDEDOR al COMPRADOR (COF) .................................................................. 9.5 Otros Cargos Aplicables (OCA) ....................................................................................................................................... 9.5.1 Indisponibilidad del SIN de Recibir Energía de la Planta ............................................................................................. 9.6 Forma de Pago y Facturación ........................................................................................................................................... 9.6.1 Facturación y Pagos .................................................................................................................................................. 9.6.2 Última Facturación al Terminar el Contrato ................................................................................................................. 9.6.3 Intereses .................................................................................................................................................................... 9.7 Acuerdo de Apoyo ........................................................................................................................................................... CLÁUSULA 10 PRUEBAS ....................................................................................................................................................... 10.1 Prueba de Capacidad Inicial ........................................................................................................................................... 10.2 Protocolo de Pruebas ..................................................................................................................................................... CLÁUSULA 11 SEGUROS ...................................................................................................................................................... 11.1 Seguros .......................................................................................................................................................................... CLÁUSULA 12 RESPONSABILIDAD, INCUMPLIMIENTO Y GARANTÍAS ..................................................................... 12.1 Limitación de Responsabilidad ........................................................................................................................................ 12.2 Indemnización por Multas y Cargos ................................................................................................................................ 12.3 Riesgo de Pérdida .......................................................................................................................................................... 12.3.1 Riesgo de Pérdida del VENDEDOR ........................................................................................................................ 12.3.2 Riesgo de Pérdida del COMPRADOR .................................................................................................................... 12.4 Solidaridad ..................................................................................................................................................................... 12.5 Ajuste por no alcanzar el Factor de Planta Anual Garantizado .......................................................................................... 12.6 Cálculo de Penalidades y su Pago ................................................................................................................................... 12.7 Garantía de Cumplimiento ............................................................................................................................................... CLÁUSULA 13 FUERZA MAYOR O CASO FORTUITO ...................................................................................................... 13.1 Aplicación de Fuerza Mayor o Caso Fortuito .................................................................................................................. 13.2 Deber de Probar ............................................................................................................................................................ 13.3 Efecto de Fuerza Mayor o Caso Fortuito ........................................................................................................................ 13.4 Obligaciones Previas de Pago no Condonadas ................................................................................................................ 13.5 Prórroga de Límites de Tiempo ....................................................................................................................................... CLÁUSULA 14 IMPUESTOS Y RECLAMOS ......................................................................................................................... 14.1 Impuestos Aplicables ...................................................................................................................................................... 14.2 Reembolso de Diferencias ............................................................................................................................................... CLÁUSULA 15 RESOLUCIÓN DE CONTROVERSIAS O DISPUTAS ................................................................................ 15.1 Resolución de Disputas en Consultas y Negociaciones ..................................................................................................... 15.2 Clasificación de Disputas ................................................................................................................................................ 15.3 Resolución de las Disputas Técnicas ................................................................................................................................ 15.4 Resolución de Otras Disputas ......................................................................................................................................... Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 5 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH 15.5 Cumplimiento ................................................................................................................................................................. CLÁUSULA 16 MEDIO AMBIENTE ....................................................................................................................................... 16.1 Leyes Ambientales .......................................................................................................................................................... 16.2 Estudio Ambiental ........................................................................................................................................................... 16.3 Licencia Ambiental para las Obras de Ampliación de Sistema Interconectado Nacional .................................................... CLÁUSULA 17 AVISOS .......................................................................................................................................................... 17.1 Direcciones y Destinatarios ............................................................................................................................................. 17.2 Cambios de Dirección .................................................................................................................................................... CLÁUSULA 18 PREVISIONES VARIAS ................................................................................................................................ 18.1 Modificación .................................................................................................................................................................. 18.2 Sucesores, Cesionarios y Designados .............................................................................................................................. 18.3 Disposiciones Supletorias ................................................................................................................................................ 18.4 Encabezamientos ............................................................................................................................................................ 18.5 Terceras Partes ............................................................................................................................................................... 18.6 Irrenunciabilidad ............................................................................................................................................................. 18.7 Relación de las Partes ..................................................................................................................................................... 18.8 Subsistencia de Obligaciones .......................................................................................................................................... 18.9 Divisibilidad .................................................................................................................................................................... 18.10 Mantenimiento de Registros .......................................................................................................................................... 18.11 Confidencialidad ........................................................................................................................................................... 18.12 Triplicados .................................................................................................................................................................... CLÁUSULA 19 CAMBIO REGULATORIO ............................................................................................................................ 19.1 Cambios Regulatorios ..................................................................................................................................................... CLÁUSULA 20 CESIÓN Y DERECHO A GRAVAR ................................................................................................................ 20.1 Cesión por Parte del VENDEDOR ................................................................................................................................. 20.2 Cesión por Parte del COMPRADOR ............................................................................................................................. 20.3 Consentimiento para Cesión ............................................................................................................................................ 20.4 Autorización escrita de Cesión ........................................................................................................................................ 20.5 Efectos de la Cesión del Contrato ................................................................................................................................... 20.6 Derecho a Gravar ........................................................................................................................................................... CLÁUSULA 21 VENTA A TERCEROS ................................................................................................................................... CLÁUSULA 22 INTEGRIDAD ................................................................................................................................................ ANEXO I DESCRIPCIÓN DE LA PLANTA Y DEL SITIO ..................................................................................................... ANEXO II CONDICIONES DE INTERCONEXIÓN ............................................................................................................. ANEXO III CONTROL Y OPERACIÓN DE LA PLANTA, Y LÍMITES TÉCNICOS ............................................................. ANEXO IV CONDICIONES DE OPERACIÓN ..................................................................................................................... ANEXO V MODELO DE GARANTÍA DE CUMPLIMIENTO DE CONTRATO ................................................................... ANEXO VI COMITÉ OPERATIVO Y SUS FACULTADES .................................................................................................... ANEXO VII REQUERIMIENTOS DEL SISTEMA DE MEDICIÓN COMERCIAL ............................................................... ANEXO VIII ACUERDO DE APOYO .................................................................................................................... ................. ANEXO IX MODELO DEL CERTIFICADO DE LA FECHA DE INICIO DE OPERACIÓN COMERCIAL ......................... Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 6 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH SECCIÓN 1: ACUERDO CONTRACTUAL. CONTRATO DE SUMINISTRO DE POTENCIA Y ENERGÍA ELÉCTRICA ASOCIADA ENTRE LA EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA E HIDROELÉCTRICA CUYAGUAL, S.A. Nosotros, la EMPRESA NACIONAL DE ENERGÍA ELÉCTRICA, una Institución descentralizada del Estado de Honduras, creada mediante Decreto Ley No. 48 del 20 de Febrero de 1957 y representada en este acto por el señor EMIL MAHFUZ HAWIT MEDRANO, mayor de edad, soltero, Licenciado en Administración de Empresas, de nacionalidad hondureña y de este domicilio, con Tarjeta de Identidad No.1804-1958-01845, quien acredita su representación con la Certificación del Acuerdo No. 02-JD-EX-2012 emitido el Punto 03 del Acta No. JD-EX- 02-2012 de la sesión extraordinaria celebrada por la Junta Directiva de la Empresa Nacional de Energía Eléctrica el 27 de Febrero de 2012; con facultades suficientes para firmar este Contrato, según Resolución número 19-JD-1115-2014, emitida en el Punto 04, Inciso 4.1 Numeral 19, del Acta Número JD- 1115-2014, de la Sesión Ordinaria celebrada por la Junta Directiva de la ENEE el 26 de Junio de 2014, quien de aquí en adelante se denominará el COMPRADOR e Hidroeléctrica Cuyagual, S.A., HIDROELECTRICA CUYAGUAL, una empresa constituida conforme a las leyes de la República de Honduras, inscrita bajo matrícula 2521805 e inscrita con el No. 10358 del Registro Mercantil de Francisco Morazán, Centro Asociado I.P., en fecha 8 de agosto de 2011, quien en adelante se denomina el VENDEDOR, representada en este acto por Emilio Rolando Medina Sagastume, mayor de edad, Casado, Ingeniero Agrícola, de nacionalidad hondureña, con documento de identificación 0801- 1960-02124, con domicilio en San Pedro Sula, Cortés, actuando en carácter de Administrador Único, con poderes suficientes para la firma del presente contrato, de conformidad al Poder General de Administración otorgado a su nombre, inscrita bajo Matrícula 2521805 e inscrita con el No. 10358 del Registro Mercantil de Francisco Morazán, Centro Asociado I.P., en fecha 8 de Agosto de 2011, habiendo mutuamente examinado y encontrado satisfactorias las respectivas manifestaciones con que actuamos y de conformidad con las leyes de Honduras, hemos decidido celebrar y por este acto celebramos el presente Contrato de Suministro de Potencia y Energía Eléctrica Asociada, de conformidad con las Cláusulas establecidas aquí. A. Documentos del Contrato. Los siguientes documentos constituyen el Contrato entre el COMPRADOR y el VENDEDOR y constituyen un solo cuerpo que debe interpretarse de manera integral: el Acuerdo Contractual, las Condiciones Generales y sus Anexos. En caso de conflicto o ambigüedad, el orden de precedencia estará establecido por el orden en que los documentos fueron listados. B. Término del Contrato. El término de este Contrato para los fines establecidos en la Cláusula 2.1. Descripción General del Objeto del Contrato, de las Condiciones Generales es de Veinte (20) años contados a partir de la Fecha de Inicio de Operación Comercial. C. Descripción General de la Planta. Nombre del Proyecto: Santa Lucía, Localización: Municipio: Quimistán, departamento: Santa Bárbara, Coordenadas: 1713246, 355589, Tecnología: Pelton, Capacidad Instalada (MW): 6.10, Producción Anual de Energía (MWh): 29,600.00, Capacidad Máxima a Entregar (MW): 6.10, Punto de Entrega: En el municipio de Quimistán en el circuito de distribución L-364 en 34.5 kV, Punto de Medición: En el municipio de Quimistán en el circuito de distribución L-364 en 34.5 kV, Factor de Planta Garantizado (%): 42.00. D. Fecha Programada de Inicio de Operación Comercial. El VENDEDOR establece que tiene programado poner en operación comercial la Planta a más tardar el: 31 de Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 7 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH Marzo de 2017. E. Instalaciones de Interconexión, Punto de Entrega y Medición. Para los fines establecidos en la Cláusula 7.1 Instalaciones de Interconexión de las Condiciones Generales, el Punto de Interconexión estará ubicado en Circuito L-364 en 34.5 kV. F. Ampliación del Sistema Interconectado Nacional. Cualquier obra o mejora que a la firma del Contrato se ha identificado como necesaria para recibir la energía producida por la Planta, será construida a cuenta y riesgo del VENDEDOR. Los diseños de tales obras serán aprobados por el COMPRADOR. G. Precio de Compra de Energía y Potencia. Para los fines establecidos en la Cláusula 9.2 en relación al pago de la energía y potencia se establece que el Precio Base de Energía tiene un valor de ciento catorce dólares de los Estados Unidos de América con catorce centavos por Megavatio-hora (114.14 USD/ MWh) y el Precio Base de Potencia tiene un valor de ocho dólares de los Estados Unidos de América con noventa y dos centavos por kilovatio mes (8.92 USD/kW-mes), valores que fueron publicados en el Diario Oficial La Gaceta el 15 de Enero de 2014. H. Comunicaciones entre las Partes. Para los fines establecidos en la Cláusula 17 Avisos, de las Condiciones Generales, la dirección de las Partes será la siguiente: Para el VENDEDOR: Hidroeléctrica Cuyagual, S.A., colonia Hernández, Boulevard Sur, 4to. Nivel, Edificio Banco de Occidente, S.P.S. San Pedro Sula, Cortés, Honduras. Atención: Administrador Único. Teléfono: (504) 2550-1510. Fax: (504) 2550-1510. Email: presidencia@cuyagual.hn. Para el COMPRADOR: Empresa Nacional de Energía Eléctrica, Residencial El Trapiche, 4 piso Edificio Corporativo. Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, C.A. Atención: Gerente General. Teléfono: (504) 2235-2000, Fax: (504) 2235-2294, Email: eneeger@enee.hn. I. Compromiso de Venta al COMPRADOR. El VENDEDOR se compromete a vender al COMPRADOR no menos de 29,600.00 Megavatios hora anuales y una potencia de 6.10 Megavatios. J. Monto de la Garantía. Para los fines de la Cláusula 12.7 Garantía de Cumplimiento, el VENDEDOR constituirá una Garantía a nombre del COMPRADOR por un monto de Seiscientos Once Mil Setecientos Trece (611,713.00) USD. K. SIGLAS Y ABREVIATURAS. kW - Kilovatio, kWh - Kilovatio-hora, MW- Megavatio (equivalente a 1000 kilovatios), MWh - Megavatio- hora, RTU - Unidad Terminal Remota, SERNA - Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente. Ambas Partes manifiestan estar de acuerdo con el contenido de todas y cada una de las cláusulas de este Contrato y para constancia firmamos en tres (3) originales de igual validez, en la ciudad de Tegucigalpa, M.D.C., departamento Francisco Morazán, el día 3 del mes de Julio de 2014. POR EL COMPRADOR, (F Y S) EMIL HAWIT MEDRANO, Gerente General, Testigo. POR EL VENDEDOR, (F) Emilio Rolando Medina Sagastume, Administrador Único.” “SECCIÓN 2: CONDICIONES GENERALES. CLÁUSULA 1. DEFINICIONES. 1.1 Definiciones. Dondequiera que los siguientes vocablos, frases, oraciones, aparezcan en este Contrato o en los anexos a éste, ya sea en singular o en plural, en género masculino o femenino, tendrán el significado abajo expresado, a menos que dentro del contexto donde se utilicen expresen otro significado. 1. Acuerdo de Apoyo- Documento celebrado entre el VENDEDOR y la Procuraduría General de la República, con aval solidario de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, para el cumplimiento de este contrato cubriendo hasta las cantidades de potencia y energía eléctrica objeto del mismo, en el formato incluido en los anexos. 2. Año Calendario- Significa el período de doce meses consecutivos que comienza cada primero de enero y termina Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 8 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH el día 31 de diciembre del mismo año. 3. Año de Operación Comercial– Significa cada período de doce (12) meses consecutivos a partir de la Fecha de Inicio de Operación Comercial. 4. Aviso de Incumplimiento- Un aviso escrito de incumplimiento del Contrato entregado, ya sea por el COMPRADOR o por el VENDEDOR. 5. Aviso de Terminación- Un aviso escrito de terminación del Contrato entregado, ya sea por el COMPRADOR o por el VENDEDOR. 6. Capacidad- Significa la máxima potencia eléctrica que un equipo, planta o sistema es capaz de generar bajo determinadas condiciones. 7. Capacidad Comprometida- Significa la capacidad media que el VENDEDOR reservará en cada mes para cubrir las necesidades y compromisos del COMPRADOR contemplados en este Contrato y que será suministrado en el Punto de Entrega. Para los fines del Contrato, la Capacidad Comprometida se establece en literal I Compromiso de Venta al COMPRADOR del Acuerdo Contractual. 8. Capacidad Declarada- Capacidad disponible para ser generada por la Planta, según la disponibilidad del recurso renovable utilizado y las Prácticas Prudentes de Servicio Eléctrico, tal como sea comunicada anticipadamente hora a hora por el VENDEDOR al Centro Nacional de Despacho (CND), de acuerdo al Programa de Generación. 9. Capacidad Inicial- Significa la Capacidad de la Planta al inicio de la Operación Comercial. 10 Capacidad Instalada- Es la capacidad, calculada en el punto de mayor tensión en la Planta, que resulta de la suma de las capacidades nominales del equipo de generación, corregido por la eficiencia y pérdidas de los equipos auxiliares y las líneas de conducción. 11. Capacidad Máxima a Entregar- Es la Capacidad máxima que se puede registrar en el Punto de Entrega mediante la Capacidad Instalada una vez que se consideren las pérdidas y las eficiencias de los equipos asociados. 12. Capacidad Nominal.- Es la potencia nominal que cada Unidad tiene descrita en los datos de placa del fabricante. 13. Capacidad de Potencia- Para un mes determinado, significa la Energía Eléctrica Facturada en las Horas Punta de dicho mes, dividida entre el número de Horas Punta de tal mes. 14. Caso Fortuito- Se considera Caso Fortuito al acontecimiento proveniente de la naturaleza, imprevisible o que previsto no ha podido evitarse y que imposibilita el cumplimiento parcial o total de las obligaciones derivadas de este Contrato. Se consideran como Caso Fortuito, entre otros, los siguientes eventos: epidemias, terremotos, deslizamiento de tierra o desplazamientos de otros materiales, inundaciones, huracanes, fenómenos climáticos extraordinarios, incendios, así como cualquier otro evento imprevisible o inevitable, siempre y cuando ocasione de una manera directa y sustancial que una o ambas Partes no puedan cumplir oportunamente con las obligaciones contenidas en este Contrato. 15. Cesión del Contrato- Transferencia de derechos y obligaciones asumidas en este Contrato por cualquiera de las Partes a una tercera persona, quien asume la calidad de la persona que cede, subrogándola en todo o en parte de sus derechos y obligaciones, toda vez que las Partes de manera previa expresen su consentimiento por escrito al efecto, salvo las excepciones contempladas en el presente Contrato. 16. Cesión de Bienes- Acto mediante el cual una de las Partes cede la universalidad de sus bienes o un porcentaje de los mismos a un tercero para que se garanticen y en su caso se paguen y cancelen las deudas del cedente. 17. Cedente- Significa la Parte que transfiere a un tercero, derechos o la universalidad o porcentaje de sus bienes, acciones o valores. 18. Centro Nacional de Despacho de Carga (CND)- Es la unidad responsable de la operación y supervisión en tiempo real y de forma continua e ininterrumpida del Sistema Interconectado Nacional (SIN). 19. Cesionario- La persona a cuyo favor se hace la cesión de bienes, el traspaso de un crédito Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 9 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH o la transmisión de cualesquiera otros derechos. 20. Comisión Nacional de Energía (CNE)- Es el organismo asesor técnico para la aplicación de la Ley Marco del Subsector Eléctrico. 21. Comité Operativo- Es el comité establecido entre el VENDEDOR y el COMPRADOR con el propósito de coordinar y acordar aspectos técnicos, solución de disputas, reclamos y otras materias de la relación contractual, en todos los casos compatibles con las disposiciones del presente Contrato, las disposiciones, normas e instrucciones que dicte el CND y las Leyes Aplicables. 22. Contrato- Es el acuerdo de suministro de Potencia y su Energía Eléctrica asociada contenido en este instrumento, sus enmiendas, modificaciones y ampliaciones, juntamente con todos sus anexos. 23. Contrato de Operación- Es el contrato celebrado entre el VENDEDOR y la SERNA para operar como empresa en el Subsector Eléctrico. 24. Costo Marginal de Corto Plazo de la Energía-Significa el valor base con que el COMPRADOR paga al VENDEDOR por la energía que se le suministra en el Punto de Entrega y que es sujeto de los ajustes previstos en este Contrato. 25. Costo Marginal de Corto Plazo de la Potencia- Significa el valor con el cual el COMPRADOR paga al VENDEDOR la Capacidad de Potencia puesta a disposición por el VENDEDOR. 26. Despacho- Es la potestad del CND de dictar instrucciones de acuerdo con: a) los Límites Técnicos fijados en este Contrato conforme a lo establecido por el fabricante del equipo; y, b) las Leyes Aplicables, para programar y controlar la generación de la Planta e iniciar, aumentar, disminuir o interrumpir la producción de energía destinada al SIN. 27. Día- Significa un día calendario, comenzando a la hora 00:00 (hora oficial de la República de Honduras) de dicho día calendario y terminando a las 23:59:59 horas (hora oficial de la República de Honduras) de ese mismo día calendario. 28. Día Hábil Administrativo-Aplicable para las Partes, es cualquier día de lunes a jueves con horario de 8:00 am a 4:00 P.M. y viernes de 8:00 A.M. a 3:00 P.M., o el horario que esté vigente en ese momento, exceptuando los días feriados y el 3 de febrero para Tegucigalpa. 29. Dólares o USD- Moneda de curso legal de los Estados Unidos de América. 30. Emergencia- Una condición o situación que, basado en Prácticas Prudentes de la Industria Eléctrica, a juicio del CND y/o del VENDEDOR, amenaza la vida humana o afecta en forma sustancial y adversa la capacidad del Sistema Interconectado Nacional o de la Planta del VENDEDOR para mantener un servicio de suministro de energía eléctrica continuo, adecuado y en las condiciones de seguridad preestablecidas. 31. Energía Asociada- Energía eléctrica entregada por el VENDEDOR al SIN y registrada por el Equipo de Medición en el Punto de Entrega. 32. Energía Eléctrica Facturada- Energía eléctrica medida en kilovatios- hora (kWh) entregada y facturada por el VENDEDOR al COMPRADOR en el Punto de Entrega. 33. Energía Entregada Anual- Es el total de la Energía Eléctrica entregada por el VENDEDOR al SIN durante un Año Calendario cualquiera. 34. Energía de Prueba- Es toda la energía producida por la Planta durante el período de prueba de los equipos y sistemas, que ha sido entregada al COMPRADOR previo a la Fecha de Inicio de Operación Comercial. 35. Energía Eléctrica- Es el producto generado por la Planta del VENDEDOR y que es entregado al SIN conforme a los términos de este Contrato. Está expresado en kilovatios-hora (kWh). 36. Factor de Planta Anual- Es el valor que se calcula de conformidad con lo establecido en la Cláusula 12.5 Ajuste por no alcanzar el Factor de Planta Anual Garantizado. 37. Factor de Planta Garantizado- Es el Factor de Planta Anual que el VENDEDOR garantiza para cada año de Operación Comercial de la Planta y el cual se establece en el literal C Descripción General de la Planta. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 10 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH 38. Falla- Es la situación que resulta de una falta, deficiencia o error en las obligaciones establecidas es este Contrato y que afecte de manera sustancial la ejecución del mismo. 39. Fecha de Inicio de Operación Comercial- Significa la fecha a partir de la cual la Planta se considera en operación confiable y continua y ha cumplido con lo establecido en la cláusula 4.2 Puesta en Operación Comercial. 40. Fecha de Pago– Es la fecha en que el COMPRADOR hace efectivo el pago al VENDEDOR por la venta de Potencia y Energía Eléctrica Facturada y que corresponde al Día cuarenta y cinco contado a partir de la fecha de entrega de la factura sin errores. 41. Fecha de Vigencia– Será la fecha que resulte de lo establecido en la Cláusula 4.1 Entrada en Vigencia. 42. Fecha Programada de Inicio de Operación Comercial- Es la fecha consignada en el literal D Fecha Programada de Inicio de Operación Comercial del Acuerdo Contractual de este Contrato. 43. Financista- Significa cualquier persona, nacional o extranjera, que provee financiamiento o refinanciamiento en cualquier modalidad para el desarrollo, construcción u operación de las facilidades de generación y obras asociadas del VENDEDOR y a cuyo favor se podrá hacer una Cesión del Contrato y Cesión de Bienes para efectos de garantizar dicho financiamiento o refinanciamiento, como sea aplicable. 44. Fuerza Mayor- Se considera Fuerza Mayor, la proveniente de la acción del hombre, acontecimiento imprevisible o que previsto no ha podido evitarse y que imposibilita el cumplimiento, parcial o total de las obligaciones derivadas de este Contrato. Se consideran Casos de Fuerza Mayor, entre otros, los siguientes eventos: guerras, revoluciones, insurrecciones, disturbios civiles, bloqueos, embargos, huelgas, sabotajes, accidentes, incendios así como cualesquiera otras causas, que sean del tipo antes señalado, siempre y cuando ocasione de una manera directa que cualquiera de las Partes no pueda cumplir oportunamente con las obligaciones contenidas en el Contrato. 45. Grandes Consumidores- Son los consumidores servidos a una tensión de al menos 13.8 kV y cuya demanda máxima sea de por lo menos 750 kW y cuya calificación puede periódicamente modificar la CNE. 46. Horas Punta- Es el período para los días laborables comprendido de las 11:00 hasta las 13:00 horas y el período de las 18:00 hasta las 20:00 horas. 47. Índice de Precios al Consumidor (CPI)-Es el índice de precios al consumidor urbano conocido como CPI por sus siglas en inglés, publicado por el Departamento de Trabajo de los Estados Unidos de América y que significa la medida del cambio promedio en el tiempo en precios de bienes y servicios comprados en todos los hogares urbanos de los Estados Unidos de América, sin ajustes (Consumer Price Index Forall Urban Consumers CPI-U, U.S., City Average Unadjuste dallitems). 48. Instalaciones de Interconexión- Significa las nuevas instalaciones de la línea de transporte que conecta la Planta al Punto de Interconexión, incluyendo pórticos, interruptores y seccionadores, equipo de protección y control, equipos de medición, transformadores de corriente y de potencial, líneas de transmisión, sistemas de comunicación, procesador de comunicaciones para transmisión de datos al CND, compatible con los equipos del SCADA del CND y transductores de medición de tensión, frecuencia, potencia activa y potencia reactiva hasta el Punto de Interconexión. 49. Ley Marco del Subsector Eléctrico y su Reglamento– Es el Decreto No. 158-94, publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 26 de Noviembre de 1994 y su Reglamento, Acuerdo No. 934-97 publicado en el Diario Oficial La Gaceta del 12 de Abril de 1999. 50. Ley de Promoción a la Generación de Energía Eléctrica con Recursos Renovables- Es el Decreto No. 70-2007, publicado el 2 de Octubre de 2007 en el número 31,422 del Diario Oficial La Gaceta, la interpretación contenida en el Decreto No.194-2009, Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 11 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 14 de Octubre del 2009 y el Decreto 138-2013 publicado en fecha primero de agosto 2013. 51. Leyes Aplicables- Significa todas las leyes, tratados, reglamentos, decretos, normas, reglas, ordenanzas, decisiones, resoluciones, sentencias, órdenes judiciales, interpretaciones y autorizaciones emitidas de acuerdo y con fundamento en la ley, por cualquier autoridad gubernamental con jurisdicción y competencia sobre la materia en cuestión y que se encuentren en vigor en el momento de la firma del presente Contrato. 52. Licencia Ambiental- Significa el permiso que extiende la Secretaría de Estado en los Despachos de Recursos Naturales y Ambiente para: a) la construcción y operación comercial de la Planta y b) para las obras de expansión del Sistema Interconectado Nacional y el contrato de mitigación que establece como resultado de cada evaluación de impacto ambiental, las responsabilidades y obligaciones que el VENDEDOR o el COMPRADOR debe cumplir. 53. Límites Técnicos- Los límites y restricciones definidas en el Anexo III, numeral 2 de este Contrato, así como las recomendaciones técnicas del fabricante de los equipos que son parte de la Planta. 54. Mes- Significa un mes calendario, comenzando a la hora 00:00 (hora oficial de la República de Honduras) del Día 1º de cada mes y terminando a las 23:59:59 horas (hora oficial de la República de Honduras) del último Día del mismo mes. 55. Operación Comercial- Es el período que inicia en la Fecha de Inicio de Operación Comercial y transcurre durante todo el período de duración del Contrato, como se establece el literal B Término del Contrato del Acuerdo Contractual. 56. Paro Forzado- Significa la interrupción de la capacidad de generación de la totalidad de la Planta que no se deba a un Paro Programado ni a un evento de Fuerza Mayor o Caso Fortuito. 57. Paro Programado- Significa una interrupción programada de la producción de energía eléctrica de parte o la totalidad de la Planta, que es necesaria a los efectos de realizar una inspección u operaciones de mantenimiento. 58. Parte(s)- Significa el COMPRADOR o el VENDEDOR o ambos. 59. Perito Técnico- Significa la persona o personas calificadas nombradas por las Partes o por un tercero a petición de las mismas, para resolver una discrepancia de carácter técnico surgida entre ellas. 60. Planta- Es el conjunto de maquinaria, obras civiles, equipos eléctricos, mecánicos, subestaciones de transformación, líneas de transmisión y sus componentes y los elementos necesarios para su operación confiable y continua, instalados hasta el Punto de Entrega, que serán operados y mantenidos por el VENDEDOR y que serán de su propiedad, los cuales son requeridos para producir y suministrar energía y potencia al COMPRADOR en el Punto de Entrega cuya descripción se detalla en el Anexo II. 61. Prácticas Prudentes de la Industria Eléctrica- Son los métodos que se utilizan o cuya utilización es razonable esperar con relación a la operación y mantenimiento óptimo de plantas generadoras de energía eléctrica de similar tamaño y características y que están de acuerdo con las recomendaciones y requisitos de los fabricantes de equipos, con las normas de la industria eléctrica, con consideraciones de confiabilidad, seguridad, eficiencia y ambiente, así como con cualquier regulación gubernamental vigente durante el Término del Contrato. 62. Programa Anual de Generación- Es el documento elaborado por el VENDEDOR, de acuerdo al formato establecido por el CND, que contiene para cada Mes del Año Calendario que abarca tal programa, la cantidad total de Potencia y Energía Eléctrica asociada que el VENDEDOR propone entregar en el Punto de Entrega, sean estas cantidades destinadas al COMPRADOR y/o a terceros que sean autorizados por el COMPRADOR. 63. Programa Anual de Mantenimiento-Es el programa que el VENDEDOR Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 12 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH somete a la consideración del COMPRADOR en el que describe para cada Mes del Año Calendario para el cual se elabora, el total de Unidades que se encuentra indisponible, así como la Capacidad disponible resultante. Tal programa debe indicar las fechas preferidas del VENDEDOR y la duración estimada de cada mantenimiento programado. 64. Prueba de Capacidad- Significa la prueba realizada a la Planta y sus equipos auxiliares para determinar la Capacidad de la Planta, de acuerdo a la Cláusula 10 Pruebas. 65. Punto de Entrega- Es el punto en el cual el VENDEDOR entrega al COMPRADOR la Energía Eléctrica destinada a éste y a terceros, si los hubiera. Este punto definirá el límite de responsabilidad de ambas Partes para el mantenimiento y operación de las instalaciones. El Punto de Entrega es el indicado en el diagrama unifilar de la Planta que se muestra en el Anexo II, que Forma parte integral de este Contrato. 66. Punto de Interconexión- Significa la ubicación física donde se conectan las Instalaciones de Interconexión con el SIN, el cual se muestra en el Anexo II. 67. Punto de Medición- Es el punto donde se instalan los transformadores de corriente y tensión que generan las señales para los equipos de medición de Energía Eléctrica objeto de este Contrato, definido de conformidad al Anexo II. 68. Servicios Auxiliares- Se entenderá por servicios auxiliares los siguientes: a) la generación o absorción de potencia reactiva hasta el
Articulo 2
El presente Decreto entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintinueve días del mes de abril de dos mil quince. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE MARIO ALONSO PÉREZ LÓPEZ SECRETARIO SARA ISMELA MEDINA GALO SECRETARIA Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 07 de julio de 2015. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA El Secretario de Estado en los Despachos de Energía, Recursos Naturales, Ambiente y Minas. JOSÉ ANTONIO GALDÁMEZ Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 65 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH SECRETARÍA DE EDUCACIÓN AVISO A PRESENTAR OFERTAS FERIA A LA INVERSA 004-DGA-SE-2015 “ADQUISICIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE MOBILIARIO ESCOLAR A NIVEL NACIONAL PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD EDUCATIVA EN EL MARCO DEL FONDO COMÚN” DEPARTAMENTO DE YORO. 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación invita a las Micro, Pequeña y Mediana Empresa (MIPYME) y a todas aquellas interesadas en participar en la FERIA A LA INVERSA 004-DGA-SE-2015 “ADQUISICIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE MOBILIARIO ESCOLAR A NIVEL NACIONAL PARA EL MEJORAMIENTO DE LA CALIDAD EDUCATIVA EN EL MARCO DEL FONDO COMÚN”, DEPARTAMENTO DE YORO, de los siguientes bienes: Nota: La oferta deberá ser presentada de manera total o parcial por sublotes de cada lote, (1 ó 2) según la capacidad Instalada y Financiera de “EL OFERENTE”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene del Fondo Común. La Feria a la Inversa se efectuará conforme a los procedimientos de Documento Base de Compras Menores Sin Límite de Techo para la Adquisición de Mobiliario Escolar a Nivel Nacional establecidos tanto en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento como en la Normativa para el Manejo del Fondo Común en el Marco del Plan EFA y demás normativas vigentes. 3. Los interesados podrán adquirir los documentos en portal de la Secretaría de Educación www.se.gob.hn. Asimismo, pueden presentarse a retirarlos gratuitamente en la dirección abajo i n d i c a d a o s o l i c i t a r l o v í a c o r r e o e l e c t r ó n i c o adquisiciones.seduc@gmail.com o adquisiciones.seduc@yahoo.com. Adicionalmente, podrán obtenerse en los días previos a la recepción de ofertas. 4. Las ofertas para el Lote No. 1: Deben presentarse en las instalaciones de la Universidad Tecnológica de Honduras (UTH), carretera a Tela, 100 metros de IMAPRO, El Progreso, Yoro, a más tardar el día miércoles, 21 de octubre del año 2015, en un horario de las 8:00 A.M. a 12:00 P.M., hora oficial de la República de Honduras. No se recibirán ofertas fuera del plazo establecido. Las ofertas se abrirán en presencia de los Oferentes o sus representantes, que deseen asistir en la dirección indicada, de ese mismo día a las 2:00 P.M. Y, las ofertas para el Lote No. 2: deben presentarse en las instalaciones de la Universidad Tecnológica de Honduras (UTH), carretera a Tela, 100 metros de IMAPRO, El Progreso, Yoro, a más tardar el jueves, 22 de octubre del año 2015, en un horario de las 8:00 A.M. a 12:00 P.M., hora oficial de la República de Honduras. No se recibirán ofertas fuera del plazo establecido. Las ofertas se abrirán en presencia de los Oferentes o sus representantes que deseen asistir en la dirección indicada, de ese mismo día a las 2:00 P.M. Atención: Dirección General de Adquisiciones Edificio Secretaría de Educación, Dirección General de Adquisiciones, tercer piso, Primera calle, entre segunda y cuarta avenida, Comayagüela, M.D.C., Honduras, C.A. Tel.: (504) 2222-4320 Extensión 1254/1263/1342/2020 Ph. D. MARLON ONIEL ESCOTO VALERIO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN 13 O. 2015 Lote 1: Pupitres Unipersonales para Centros Educativos de Educación Básica y Media Sublote Municipio Cantidad 1.01 Arenal 331 1.02 El Negrito 2,340 1.03 El Progreso 7,823 1.04 Jocón 660 1.05 Morazán 2,285 1.06 Olanchito 5,418 1.07 Santa Rita 1,210 1.08 Sulaco 1,335 1.09 Victoria 1,719 1.10 Yorito 1,056 1.11 Yoro 4,441 Total por Lote No. 1 28,618 Lote 2: Módulos Tripersonales para Centros Educativos de Educación Prebásica Sublote Municipio Cantidad 2.01 El Progreso 372 Total por Lote No. 2 372 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 66 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH C E R T I F I C A C I Ó N El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CERTIFICA. La Resolución que literalmente dice: “RESOLUCIÓN No. 387- 2015. SECRETARÍADE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEDERECHOSHUMANOS,JUSTICIA,GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, veintisiete de abril de dos mil quince. VISTA: Para resolver la solicitud presentada al Poder Ejecutivo, por medio de esta Secretaría de Estado, con fecha veintiuno de abril de dos mil quince, misma que corre a Expediente No. P.J. 21042015-161, por el Abogado EDWIN NATANAHEL SÁNCHEZ NAVAS, en su condición de Apoderado Legal de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO ALDEA DE COALACA, con domicilio en el municipio de Las Flores, departamento de Lempira, contraída a pedir el otorgamiento de la Personalidad Jurídica y aprobación de sus Estatutos. RESULTA: Que el peticionario acompañó a su solicitud los documentos correspondientes. RESULTA: Que a la solicitud se le dio el trámite de ley habiéndose mandado oír a la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado quien emitió dictamen favorable No. U.S.L 617-2015 de fecha 27 de abril de 2015. CONSIDERANDO: Que la JUNTA ADMINIS- TRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO ALDEA DE COALACA, se crea como Asociación Civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 119 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. CONSIDERANDO: Que mediante Acuerdo Ejecutivo N°. 03-2014 de fecha 24 de enero del 2014, se nombró al ciudadano RIGOBERTO CHANG CASTILLO, como Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, modificado mediante Acuerdo Ejecutivo N°. 03-A-2014 de fecha 24 de enero del 2014. POR TANTO: El Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en los Artículos 18 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento; 34, 35, 36, 37, 38 y 39 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, 245 numeral 40 de la Constitución de la República; 29 reformado mediante Decreto 266-2013 publicado en fecha 23 de enero de 2014, 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública;56 y 58 del Código Civil; 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo. RESUELVE: PRIMERO: Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO ALDEA DE COALACA, el municipio de Las Flores, departamento de Lempira, asimismo se aprueban sus Estatutos en la forma siguiente: ESTATUTOS DE LA JUNTAADMINISTRADORA DE AGUAY SANEAMIENTO DE LAALDEA DE COALACA DE EL MUNICIPIO DE LAS FLORES, DEPARTAMENTO DE LEMPIRA Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 67 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH CAPÍTULO I CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO
Articulo 1
Se constituye la Organización cuya denominación será: JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA DE COALACA, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la aldea de Coalaca.
Articulo 2
El domicilio de la Junta de Agua y Saneamiento, será en la aldea de Coalaca, municipio de Las Flores, departamento de Lempira y tendrá operación en dicha aldea, proporcionando el servicio de agua potable.
Articulo 3
Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS
Articulo 4
El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua y Saneamiento y los diferentes Comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.
Articulo 5
La Organización tendrá los siguientes objetivos: a) Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento. j.- Establecer un mecanismo de pagos por servicio eco sistémico definiendo bajo reglamento el esquema de administración y financiamiento, el diseño y suscripción de contratos, convenios, formas de cobro y pago entre otras actividades.
Articulo 6
Para el logro de los objetivos indicados, la Organización podrá realizar las siguientes actividades: a) Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifas mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. i.- Suscribir contratos, acuerdos voluntarios y convenios de conservación y protección de la microcuenca. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS
Articulo 7
La Junta Administradora de Agua y Saneamiento, tendrá las siguientes categorías de miembros: a) Fundadores; y, b.- Activos, miembros Fundadores: Son los que suscribieron el acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 68 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH
Articulo 8
Son derechos de los miembros: a) Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto. b.- Elegir y ser electos. c.- Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d.- Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios. e.- Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio. f.- Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.
Articulo 9
Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO
Articulo 10
La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a) Asamblea de Usuarios; b) Junta Directiva; c) Comités de Apoyo. DE LAASAMBLEA DE USUARIOS
Articulo 11
La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.
Articulo 12
Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.- Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o Comités de Apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA
Articulo 13
Después de la Asamblea de Usuarios la Junta Directiva es el órgano de gobierno más importante de la Junta de Agua y Saneamiento; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos Ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los Artículos 36-37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros: a.- Un Presidente(a). b.- Un Vicepresidente. c.- Un Secretario(a). d.- Un Tesorero(a). e.- Un Fiscal. f.- Dos Vocales.
Articulo 14
La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones: a.- Mantener un presupuesto de ingreso y egreso. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o suspender el servicio de agua. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.
Articulo 15
Son atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar a sesiones. b.- Abrir, presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar junto con el Secretario la agenda. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Ejercer la representación legal de la Junta Administradora.
Articulo 16
Son atribuciones del VICEPRE- SIDENTE: a) Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 69 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General. b.- Supervisará las comisiones que se establezcan. c.- Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General.
Articulo 17
Son Atribuciones del SECRETARIO: a)Llevar el libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento. g.- Manejo de planillas de mano de obras.
Articulo 18
Son atribuciones del TESORERO: El Tesorero es el encargado de manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente con el Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de la Junta (Libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.
Articulo 19
Son atribuciones del FISCAL: a)Es el encargado de fiscalizar los fondos de la Organización. b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarios para obtener una administración transparente de los bienes de la Organización.
Articulo 20
Son atribuciones de LOS VOCALES: a.- Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- Los Vocales coordinarán el Comité de Saneamiento Básico. c.- Los Vocales coordinarán el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.
Articulo 21
Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma Ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma Extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DE LOS COMITÉS DE APOYO
Articulo 22
La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento. d.- Comité de Vigilancia.
Articulo 23
Estos comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 70 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH CAPITULO V DEL PATRIMONIO
Articulo 24
Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pague, multas, así como los intereses capitalizacos. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.
Articulo 25
Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN
Articulo 26
Causas de disolución: a.- Por sentencia judicial. b.- Por resolución del Poder Ejecutivo. c.- Por cambiar de objetivos para los cuales se conctituyó. d.- Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la Junta Administradora de Agua. La decisión de disolver la Junta Administradora de Agua, se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil, para su disolución y liquidación. Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES
Articulo 27
El ejercicio financiero de la Junta de Agua y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.
Articulo 28
Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La JUNTAADMINISTRADORA DE AGUAY SANEAMIENTO DE LA ALDEA COALACA , presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.), los estados financieros auditados quer reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva, asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de lo objetivos para los cuales fue constituida. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 71 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH TERCERO: La JUNTAADMINISTRADORA DE AGUAY SANEAMIENTO DE LA ALDEA COALACA, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva, asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUAY SANEAMIENTO DE LA ALDEA COALACA, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUAY SANEAMIENTO DE LA ALDEA COALACA, se hará de conformidad a sus Estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo Artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMO: Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. OCTAVO: La presente Resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el Artículo 28 de la Ley de Propiedad. NOVENO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. DÉCIMO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTAADMINISTRADORA DE AGUAY SANEAMIENTO DE LA ALDEA COALACA, la cual será publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFIQUESE. (F) RIGOBERTO CHANG CASTILLO, SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBERNACION Y DESCENTRALIZACIÓN. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintidós días del mes de julio de dos mil quince. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 13 O. 2015 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 72 of 116 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales Sección “B”