Acuerdo No. 020-2026 — Publicación de Resolución COMIECO sobre modificación del Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01.07:10 Etiquetado General de Alimentos
Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE)
- Decreto: 020-2026
- Publicación: 26 de septiembre de 2026
- Órgano emisor: Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE)
- Gaceta: 37,256
Considerandos
Que Honduras es un Estado Miembro del Sistema de Integración Centroamericana creado por el Protocolo de Tegucigalpa del 13 de diciembre de 1991, así como del Tratado General de Integración Económica Centroamericana del 13 de diciembre de 1960 reformado por el Protocolo de Guatemala del 23 de octubre de 1993.
Que de conformidad con los Artículos 38, 39 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), tiene bajo su competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana, por lo que le corresponde aprobar los actos administrativos aplicables en los Estados Parte del Subsistema Económico.
Que de acuerdo con los Artículos 7 y 26 del Protocolo de Guatemala, los Estados Parte han convenido en establecer un proceso de armonización regional de la normativa técnica.
Que mediante la Resolución No. 280-2022 (COMIECO-LXII), del 14 de mayo de 2012, se aprobó para las Repúblicas de Costa Rica, El Salvador, Guatemala, Honduras y Nicaragua, el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01.07:10 Etiquetado General de los Alimentos Previamente Envasados (Preenvasados).
Que las autoridades competentes de los Estados Parte han alcanzado consenso para incluir en el numeral 9.1.6, del RTCA mencionado, una nota que establece que la etiqueta complementaria, puede ser coloca por el fabricante, importador o distribuidor.
Que en Resolución de fecha 20 de octubre de 1995, la Corte Centroamericana de Justicia manifiesta que: “…la publicación no es requisito esencial para la validez de los actos normativos obligatorios del Sistema de Integración Económica Centroamericana…” que la publicidad se debe realizar para garantizar la efectiva observancia y ejecución de los propósitos y principios.
Que el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), en reunión realizada el 26 de junio de 2026, adoptó la Resolución No. 499-2026 (COMIECO-CXIII).
Articulos
del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala) el presente Acuerdo contentivo de las disposiciones incorporando en Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) mediante la Resolución No. 499-2026 (COMIECO-CXIII); que en la parte resolutiva “… RESUELVE: 1. Modificar el Reglamento Técnico Centroamericano RTCA 67.01.07:10 Etiquetado General de los Alimentos Previamente Envasados (Preenvasados), aprobado por la Resolución No. 280-2012 (COMIECO-LXII), del 14 de mayo de 2012, incorporando en el numeral 9.1.6, la Nota siguiente: “Nota 1. La etiqueta complementaria puede ser colocada por el fabricante, importador o distribuidor”. 2. La presente resolución entrar en vigor el 26 de febrero de 2027 y será publicada por los Estados Parte. 3. No obstante lo establecido en el numeral anterior, la presente Resolución no entrará en vigor para la República de Panamá, hasta que el consejo apruebe el acto administrativo correspondiente…”. SEGUNDO: El texto integrado de la Resolución No. 499- 2026 (COMIECO-CXIII) se pondrá a disposición en la página web de la Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE), misma que puede ser consultada en la página web de la Secretaría de Integración Económica Centroamericana (SIECA) www.siece.int. TERCERO: El presente Acuerdo entrará en vigor a partir de la fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta” y en la página web de la Oficina Presidencial de Comercio Exterior. Dado en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los treinta y un días del mes de julio de 2026. MELVIN E. REDONDO Comisionado Presidencial Oficina Presidencial de Comercio Exterior ETHEL ARELY NOLASCO ZUNIGA Secretaria General Oficina Presidencial de Comercio Exterior Acuerdo Ejecutivo No. 349-2026
Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE)
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