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26 de septiembre de 2026needs_review

Acuerdo No. 018-2026 — Publicación de Acuerdo COMIECO sobre Procedimiento para la Revisión y Solución de Preocupaciones Comerciales Intrarregionales

Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE)

  • Decreto: 018-2026
  • Publicación: 26 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE)
  • Gaceta: 37,256

Considerandos

Que Honduras es un Estado Miembro del Sistema de Integración Centroamericana creado por el Protocolo de Tegucigalpa del 13 de diciembre de 1991, así como del Tratado General de Integración Económica Centroamericana del 13 de diciembre de 1960 reformado por el Protocolo de Guatemala del 23 de octubre de 1993.

Que de conformidad con los Artículos 38, 39 y 55 del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala), modificado por la Enmienda del 27 de febrero de 2002, el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) tiene bajo su competencia los asuntos de la Integración Económica Centroamericana y, como tal, le corresponde aprobar los actos administrativos del Subsistema Económico. CONIDERANDO: Que mediante el Acuerdo No. 01-2011 (COMIECO -LX), de fecha 27 de julio de 2011 el COMIECO aprobó el Procedimiento para la Revisión, Análisis y Solución de Barreras no Arancelarias en el Comercio Intrarregional Centroamericano, con el propósito de establecer un mecanismo que contribuya a la efectiva eliminación de los obstáculos al comercio intrarregional.

Que el COMIECO instruyó realizar un análisis del Procedimiento mencionado, con el objetivo de adecuarlo a la realidad actual de los Estados Parte, optimizar sus plazos y fortalecer su eficacia como herramienta para la identificación y resolución de dichas barreras.

Que en Resolución de fecha 20 de octubre de 1995, la Corte Centroamericana de Justicia manifiesta que: “…la publicación no es requisito esencial para la validez de los actos normativos obligatorios del Sistema de Integración Económica Centroamericana…”; que la publicidad se debe realizar para garantizar la efectiva observancia y ejecución de los propósitos y principios.

Que el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO), en reunión realizada el 26 de junio de 2026, adoptó el Acuerdo No. 01-2026 (COMIECO-CXIII).

Articulos

Articulo 55.-

del Protocolo al Tratado General de Integración Económica Centroamericana (Protocolo de Guatemala) el presente Acuerdo contentivo de las disposiciones emitidas por el Consejo de Ministros de Integración Económica (COMIECO) mediante el Acuerdo No. 01-2026 (COMIECO- CXIII); que “… ACUERDA: 1. Aprobar el Procedimiento para la Revisión y Solución de Preocupaciones Comerciales Intrarregionales en la forma que aparece en el Anexo del presente Acuerdo, 2. Derogar el Acuerdo No.01-2011 (COMIECO-LX), del 27 de julio de 2011. 3. El presente

Oficina Presidencial de Comercio Exterior (OPCE)

Notas

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