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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

15 julio 2025Edición No. 36,890

Acuerdo

Acuerdo No. SAR-211-2025 — Reglamento de Funcionamiento del Comité de Gestión de Riesgos

Servicio de Administración de Rentas

  1. 1.

    Que de conformidad al Artículo 351 de la Constitución de la República, el Sistema Tributario Nacional se regirá por los principios de legalidad, proporcionalidad, generalidad y equidad de acuerdo con la capacidad económica del contribuyente.

  2. 2.

    Que conforme al Artículo 195 del Decreto Legislativo No. 170-2016 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 28 de diciembre de 2016, contentivo del Código Tributario, se crea la Administración Tributaria como una entidad desconcentrada adscrita a la Presidencia de la República, con autonomía funcional, técnica, administrativa y de seguridad nacional, con personalidad jurídica propia, responsable del control, verificación, fiscalización y recaudación de los tributos, con autoridad y competencia a nivel nacional, denominándose por el Presidente de la República SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR), mediante Acuerdo Ejecutivo No. 01-2017.

  3. 3.

    Que el Artículo 197 del Código Tributario en su numeral 1) define que el Servicio de Administración de Rentas (SAR), estará a cargo de un Director(a) Ejecutivo(a), con rango ministerial nombrado por el Presidente(a) de la República, quien será responsable de definir y ejecutar las políticas, estrategias, planes y programas administrativos, metas y resultados, conforme a las políticas económicas, fiscales y tributarias del Estado.

  4. 4.

    Que el Artículo 199 del Decreto Legislativo No. 170-2016, establece entre otras atribuciones de la Directora Ejecutiva del Servicio de Administración de Rentas (SAR), 1) Ejercer la Representación legal y administración general, dirección y manejo de la institución…, EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 2) Aprobar políticas Institucionales; ...6) Aprobar los acuerdos que contengan las normas internas de la institución, …13) Las demás funciones que le confieran el presente Código y las leyes aplicables.

  5. 5.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 202-2024 de fecha 11 de septiembre del 2024 se nombró a la ciudadana ROSA MARIANA RÍOS MUNGUÍA como Directora Ejecutiva del Servicio de Administración de Rentas (SAR), con rango de Secretaria de Estado.

  6. 6.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 435-2022 de fecha 9 de septiembre del 2022, fue nombrada la ciudadana NIDIA SARAHÍ BERRÍOS MARTÍNEZ, en el cargo de SECRETARIA GENERAL del Servicio de Administración de Rentas (SAR).

  7. 7.

    Que mediante Acuerdo No. SAR-002- 2017 de fecha 03 de enero de 2017, se acordó aprobar la estructura organizacional del Servicio de Administración de Rentas (SAR), reformándose el mismo mediante los Acuerdos números SAR-227-2023 de fecha 30 de junio del 2023 y SAR-513-2023.

  8. 8.

    Que según informe elaborado por expertos tributarios del Fondo Monetario Internacional(FMI) en marzo 2018, quienes realizaron recomendaciones en su Informe de Asistencia Técnica denominado “Fortalecimiento de la Gestión de los Riesgos de Cumplimiento” donde establecen crear un Comité de Gestión de Riesgos para la mejor gobernanza de la gestión del cumplimiento tributario.

  9. 9.

    Que mediante Acuerdo SAR-479-2018 de fecha 07 de diciembre de 2018 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 34,822 de fecha 17 de diciembre de 2018, creó el Comité de Gestión de Riesgos, así como la aprobación de la Política de Gestión de Riesgos, del Servicio de Administración de Rentas (SAR), la que ser de estricto cumplimiento. Es importante mencionar que el referido Acuerdo fue modificado mediante Acuerdo Número SAR- 636-2024 de fecha 27 de diciembre de 2024 y publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” No. 36,752 de fecha 29 de enero de 2025.

  10. 10.

    Que para que, el Comité de Gestión de Riesgo, cumpla con la Política de Gestión de Riegos del Servicio de Administración de Rentas (SAR) y dar estricto cumplimiento, es necesario reglamentar a través de normas y procedimientos de carácter obligatorio y permanente su funcionalidad para la toma de decisiones.

  11. 11.

    Que los actos de los Órganos de la Administración Pública adoptarán la forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.

Articulo 1

Objetivo El presente reglamento tiene por objeto establecer las normas y procedimientos de carácter obligatorio y permanente para la organización y funcionamiento del Comité de Gestión de Riesgos.

Articulo 2

Ámbito de Aplicación El alcance del presente reglamento comprende la participación plena y activa en propuestas y toma de decisiones de cada uno de los integrantes, quienes por pertenecer a carreras multidisciplinarias cuentan con conocimientos y visión necesarios para gestionar el cumplimiento tributario en el corto, mediano y largo plazo; en tal sentido, se crea el presente reglamento donde se establecen las competencias, organización y funcionamiento del CGR que permita intervenir en cualquier momento en la gestión de riesgos si la misma no está alineada de manera transversal en la institución.

Articulo 3

Marco Legal El presente Reglamento estará regulado por la siguiente normativa:

  • Constitución de la República

  • Código Tributario

  • Ley General de la Administración Pública

  • Acuerdo SAR-479-2018 y sus reformas.

Articulo 4

Normas Generales Las disposiciones del presente Reglamento serán aplicables a todas las actividades que el Comité realice en el ejercicio de sus funciones. TÍTULO II DEL COMITÉ DE GESTIÓN DE RIESGOS

Articulo 5

Conformación El Comité está conformado por 12 miembros propietarios según lo establecido en el Acuerdo SAR-636-2024 de fecha 27 de diciembre de 2024, los que a continuación se detallan: i. Director(a) Ejecutivo(a) ii. Secretaria General iii. Director(a) Nacional Jurídico iv. Director(a) Nacional de Gestión Estratégica v. Director(a) Nacional de Cumplimiento Tributario vi. Director Nacional de Tecnología vii. Director(a) Grandes Contribuyentes Tegucigalpa viii. Director(a) Grandes Contribuyentes San Pedro Sula ix. Director(a) Regional Centro Sur x. Director(a) Regional Nor Occidente xi. Director(a) Regional Nor Oriente xii. Jefatura de Inteligencia de la Dirección Nacional de Gestión Estratégica La Dirección Nacional de Gestión Estratégica está designada como Secretaría del Comité de Gestión de Riesgos. Cada miembro del Comité podrá designar un representante que lo sustituya en aquellos casos excepcionales cuando no pueda asistir a las convocatorias del Comité de Gestión de Riesgos. Esta representación deberá ser notificada con su debida justificación al Comité de Gestión de Riesgos, la que será a través del Secretario del Comité.

Articulo 6

Organización Para cumplir con sus objetivos, el Comité de Gestión de Riesgo contará con los siguientes órganos: i. El Pleno: Los miembros del Comité de Gestión de Riesgos. ii. Presidente(a): Director(a) Ejecutivo(a). iii. Vicepresidente(a): Secretario(a) General. iv. Secretario(a): Director(a) Nacional de Gestión Estratégica. v. Comisiones de trabajo: Serán creadas por el Pleno del Comité de Gestión de Riesgos, cuando así se requiera. Podrán ser de carácter temporal o permanente. TÍTULO III DE LAS FUNCIONES DEL COMITÉ

Articulo 7

El Pleno i. Es el órgano colegiado del Comité de Gestión de Riesgos. Sus acuerdos prevalecen sobre los de cualquier otro órgano. Los acuerdos posteriores derogan a los anteriores en el tiempo. ii. Establece acuerdos y medidas para la ejecución de cualquier tipo de asuntos relacionados en materia de gestión de riesgos por incumplimiento tributario. iii. Es la instancia de mayor jerarquía.

Articulo 8

El Presidente(a) i. Ostenta la representación del Comité de Gestión de Riesgos ante cualquier dependencia del Servicio de Administración de Rentas (SAR). ii. Convoca a sesiones Ordinarias y Extraordinarias establecidas en la agenda, en conjunto con la Secretaría. iii. Preside y levanta las sesiones, modera el desarrollo de las sesiones y debates, somete las propuestas a votación; y podrá suspender sesiones por causas justificadas. iv. Impulsa el cumplimiento de los acuerdos del Comité. v. Firma las actas y documentos del Pleno. vi. Otras funciones inherentes a su condición de Presidente. vii. Puede delegar sus funciones a cualquier miembro del Comité de Gestión de Riesgos cuando no pueda ejercerlas personalmente por caso fortuito o de fuerza mayor.

Articulo 9

El Secretario i. Convoca a las sesiones Ordinarias y Extraordinarias ordenadas por el Presidente(a). ii. Recibe y remite las comunicaciones de los miembros del Comité de Gestión de Riesgos relacionadas a los puntos discutidos y acordados en las reuniones. iii. Levanta y remite para aprobación las actas acordadas en cada sesión, dando fe de la veracidad de su contenido con el visto bueno del Presidente(a). iv. Certifica los documentos y acuerdos aprobados por el Comité de Gestión de Riesgos. v. Registro y custodia del libro de actas. vi. Prepara la documentación para las sesiones que del Comité de Gestión de Riesgos realice. vii. Registra el resultado de las votaciones. viii.Gestiona las propuestas de asistencia de las personas que se estime oportuno según el tema a tratar. ix. Auxilia al Presidente(a) en sus funciones. x. Cualquier otra función inherente a su condición de secretario.

Articulo 10

El Vicepresidente(a) i. Apoya al Presidente(a) con todo lo que éste(a) le delegue. ii. Suple al Presidente(a)en todos los casos y circunstancias en que éste(a) no pueda estar presente.

Articulo 11

Miembros del Comité i. Reciben las convocatorias y acusar de recibido, ya sea en físico o digital, las que contemplarán la agenda de las sesiones y la documentación relacionada. ii. Hacen propuestas y presentarse en físico o en digital con un mínimo de dos (2) días de anticipación a la sesión. iii. Participan en los debates de las sesiones, los cuales podrán ser presencial y/o en línea. iv. Las votaciones serán individuales y a mano alzada. v. En caso de empate, se realizará una nueva votación, tras un debate con una intervención a favor y otra en contra, no superior a 20 minutos. vi. Ejercen su derecho al voto y los motivos que lo justifican. vii. Formulan preguntas. viii.Guardan absoluta atención a los temas tratados en el Comité de Gestión de Riesgos. ix. Cualquier otra función inherente a su condición.

Articulo 12

Comisiones de trabajo El Comité de Gestión de Riesgos podrá formar comisiones de trabajo para tratar asuntos concretos y sus funciones y duración serán determinadas por el Pleno. TÍTULO IV RESPONSABILIDADES Y OBLIGACIONES DEL COMITÉ

Articulo 13

Responsabilidades y Obligaciones i. Los miembros del Comité de Gestión de Riesgos se comprometen a cumplir con todas las responsabilidades adquiridas según actas aprobadas, así como a guardar discreción en toda la información confidencial y decisiones tratadas. ii. Justificar sus ausencias, las mismas podrán realizarse por correo electrónico dirigido al Secretario(a). iii. Velar por el fiel cumplimiento de los procedimientos establecidos en el reglamento. iv. Firmar las actas de las sesiones a las que hayan asistido. v. Abstenerse de la deliberación o de la votación sobre asuntos en que tenga interés o lo tuviere su cónyuge, sus parientes en el cuarto grado de consanguinidad o segundo de afinidad. TÍTULO V DEL FUNCIONAMIENTO DEL PLENO DEL CGR

Articulo 14

Funcionamiento del Pleno del Comité de Gestión de Riesgos El Pleno se constituirá en cada convocatoria con la simple mayoría de sus miembros, de no haber el quórum mínimo se tendrá que realizar una nueva propuesta de la fecha de la sesión.

Articulo 15

Sesiones Ordinarias i. Las sesiones podrán ser presenciales o por los medios electrónicos disponibles en la Administración Tributaria, se hará en los primeros 10 días cada dos meses, con 06 sesiones al año como mínimo. ii. Serán convocadas por el Secretario o por la persona que se designe con el Visto Bueno del Presidente con una anticipación de tres (03) días mínimo, se convocará a cada miembro mediante correo electrónico, dicha convocatoria contemplará:

  • Lugar, día y hora donde se desarrollará la sesión.

  • La agenda por desarrollar, la cual será elaborada por el Presidente(a) y el Secretario(a), o a quien designen. iii. La agenda contemplará los siguientes puntos:

  • Lectura y aprobación del acta anterior en los casos que se amerite

  • Propuestas dirigidas por escrito al Presidente(a) y/o Secretario(a). iv. En la convocatoria se podrá incluir documentación necesaria para tratar temas de acuerdo con la agenda y optimizar las sesiones del Comité. v. Se deberá considerar trasladar los puntos pendientes de la agenda a otra sesión, en caso de que las circunstancias lo ameriten. vi. Los acuerdos serán tomados por la mayoría simple de los miembros presentes. Cuando sobre un mismo asunto se realice más de una propuesta, se adoptará la que obtenga más votos. Cuando surjan empates, el Presidente(a) gozará de voto de calidad. vii. En cada sesión se levantará un acta que contendrá:

  • Detalle de la asistencia

  • Lugar y hora

  • Temas desarrollados conforme a la agenda.

  • Acuerdos

  • Incidencias viii. Se deberá leer los acuerdos ante el Pleno previo a finalizar la sesión; se dará un tiempo máximo de 48 horas al Secretario para presentar el acta en electrónico y en el libro de actas a fin de proceder con las firmas. ix. Se autoriza la celebración de sesiones de Comité sin la presencia física de algunos de los miembros, a realizarse mediante medios tecnológicos como la videoconferencia. Para esto se deberán cumplir estrictamente los siguientes principios: a. Simultaneidad: Los miembros del Comité que no se encuentren en el salón del Pleno deben participar en forma simultánea a las personas que sí están físicamente en el salón. Contando con los medios electrónicos necesarios y con las pruebas de sonido y vídeo ya realizadas. b. Inter actividad: El mecanismo debe permitir una comunicación bidireccional y sincronizada en tiempo real, debe ser en vivo y en directo. c. Integralidad: La comunicación debe ser integral, permitir el envío de imagen, sonido y datos en un mismo momento y en una herramienta institucional. x. Las actas, una vez aprobadas, serán enviadas por correo electrónico a todo el Comité para su conocimiento.

Articulo 16

Sesiones Extraordinarias i. Las sesiones serán celebradas en aquellos casos donde sea necesario de manera extraordinaria o se requiera una actuación inmediata por parte del Comité de Gestión de Riesgos, mismas que serán promovidas por el Presidente(a). ii. La notificación de la convocatoria será realizada mediante correo electrónico, con una antelación mínima de 24 horas. iii. Se aplican todas las mismas funciones descritas en el párrafo de sesiones ordinarias.

Articulo 17

Dación de fe para los miembros que están presentes mediante medios electrónicos: i. En las actas de sesión del Comité de Gestión de Riesgos tanto ordinaria como extraordinaria, deberá quedar registrado quienes de los miembros estuvieron mediante vía electrónica en la sesión. El Presidente(a) y Secretario(a) darán fe de dicha situación.

Articulo 18

Sede del Comité La sede de sesiones de trabajo del Pleno del Comité será en las instalaciones de la oficina principal de la Administración Tributaria, ubicada en la ciudad de Tegucigalpa, pudiéndose cambiar por motivos de fuerza mayor según acuerdo de los integrantes del Comité.

Articulo 19

Garantías a los miembros Los miembros gozarán de las garantías suficientes, que por ley tienen para el desarrollo de sus funciones, no harán por su participación cargos extras a la Administración, por horarios fuera del normal de trabajo. TÍTULO VI DISPOSICIONES FINALES

Articulo 20

Los casos no previstos en el presente Reglamento serán resueltos por el Comité de Gestión de Riesgos.

Articulo 21

Las modificaciones al presente reglamento, podrá ser propuesta por el Presidente(a).

Articulo 22

El presente Reglamento entra en vigor al día siguiente de su aprobación por el Pleno del Comité de Gestión de Riesgos. SEGUNDO: El presente Acuerdo entra en vigencia a partir de su fecha y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. PUBLÍQUESE. ROSA MARIANA RÍOS MUNGUÍA DIRECTORA EJECUTIVA NIDIA SARAHI BERRÍOS MARTÍNEZ SECRETARIA GENERAL Servicio de Administración de Rentas

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Acuerdo

Acuerdo No. SAR-261-2025 — Reorganización de estructura organizacional del Servicio de Administración de Rentas

Servicio de Administración de Rentas

  1. 1.

    Que de conformidad con el Artículo 351 de la Constitución de la República, el Sistema Tributario Nacional se regirá por los principios de legalidad, proporcionalidad, generalidad y equidad de acuerdo con la capacidad económica del contribuyente.

  2. 2.

    Que luego de evaluar la estructura organizacional y el quehacer institucional del Servicio de Administración de Rentas (SAR) a la luz de las necesidades de los y las contribuyentes y de los objetivos planteados por el nuevo Gobierno, se hace necesario reorganizar sus recursos y funcionamiento con el fin de brindar un mejor servicio, más eficiente, de calidad y más humano; por lo que es justificable y necesaria una reestructuración administrativa, logrando un mejor uso de los recursos públicos y una más adecuada distribución, orden y delimitación de las responsabilidades institucionales.

  3. 3.

    Que mediante Decreto Legislativo No. 170-2016 contentivo del Código Tributario se creó la Administración Tributaria como una entidad desconcentrada de la Presidencia de la República, con autonomía funcional, técnica, administrativa, de seguridad nacional, con personalidad jurídica propia, autoridad y competencia a nivel nacional, responsable del control, verificación, fiscalización y recaudación de los tributos, a cargo de un Director(a) Ejecutivo(a) con rango Ministerial nombrado por la Presidenta de la República. Dichos tributos se convierten en recursos financieros para el Estado según lo estipulado en el Artículo 361 de la Constitución de la República y posteriormente, se materializan en obras públicas y asignaciones presupuestarias a los diferentes entes gubernamentales y no gubernamentales.

  4. 4.

    Que en cumplimiento a lo estipulado en el Artículo 195 del Código Tributario y mediante Acuerdo Ejecutivo número 001-2017, el Poder Ejecutivo denominó a la Administración Tributaria como SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN DE RENTAS (SAR), con sede en la capital de la República.

  5. 5.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 202-2024 de fecha 11 de septiembre del 2024, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 08 de octubre del 2024, se nombró la ciudadana ROSA MARIANA RÍOS MUNGUÍA, en el cargo de Directora Ejecutiva del Servicio de Administración de Rentas (SAR), con rango de Secretaria de Estado, con facultades para aprobar y ejecutar los actos administrativos conforme a ley.

  6. 6.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo número 435-2022 de fecha 09 de septiembre del 2022, se nombró la ciudadana NIDIA SARAHÍ BERRÍOS MARTÍNEZ, en el cargo de Secretaria General del Servicio de Administración de Rentas (SAR).

  7. 7.

    Que el Artículo 197 numeral 1) del Código Tributario determina a la Directora Ejecutiva de la Administración Tributaria como la responsable de definir y ejecutar, entre otras, las políticas, estrategias, planes y programas administrativos y operativos, conforme a las políticas económicas, fiscal y tributaria del Estado y asimismo, el Artículo 199 del mismo Código establece expresamente sus atribuciones, siendo una de ellas la de aprobar los Acuerdos que contengan las normas internas de la institución, incluyendo aquellos instrumentos, normas y manuales que regulen la estructura organizacional y funcional de la Administración Tributaria.

  8. 8.

    Que mediante Acuerdo número SAR- 002-2017 de fecha 03 de enero del 2017, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” número 34,229 de fecha 03 de enero del 2017, se aprobó la Estructura Organizacional del Servicio de Administración de Rentas (SAR), en la que se crearon las siguientes Direcciones, Oficinas Tributarias y Departamentos: Direcciones Nacionales, Dirección Regional Centro Sur, Dirección Regional Noroccidente, Dirección Regional Nororiente, Dirección de Grandes Contribuyentes Tegucigalpa, Dirección de Grandes Contribuyentes de San Pedro Sula, Departamento de Fiscalidad Internacional y Precios de Transferencia asignada a la Dirección de Grandes Contribuyentes de Tegucigalpa, Dirección Departamental de Olancho, Dirección Departamental de El Paraíso, Dirección Departamental de Choluteca, Dirección Departamental de Comayagua, Dirección Departamental de Copán, Dirección Departamental de Santa Bárbara, Dirección Departamental de Colón y las Oficinas Tributarias de Nacaome, Marcala, La Esperanza, Gracias, Ocotepeque, Puerto Cortés, Peña Blanca, El Progreso y Roatán.

  9. 9.

    Que mediante Acuerdos número SAR-227-2023 de fecha 30 de junio del 2023, número SAR-513-2023 de fecha 9 de octubre de 2023 y número SAR-403-2023 fecha 07 de agosto de 2023, publicados en el Diario Oficial “La Gaceta” respectivamente, se modificó la Estructura Organizacional del Servicio de Administración de Rentas (SAR), en los cuales se suprimieron, modificaron y adicionar on Direcciones Departamentales, Departamentos, Oficinas Tributarias y Unidades; estableciéndose las siguientes Direcciones: Dirección Ejecutiva, Sub-Dirección Ejecutiva, Secretaría General, Dirección Nacional de Gestión Estratégica, Dirección Nacional Jurídica, Dirección Nacional de Cumplimiento Tributario, Dirección Nacional Administrativa Financiera, Dirección Nacional de Tecnología, Dirección Nacional de Talento Humano, Departamento de Formación y Capacitación, Departamento de Comunicación, Imagen y Relaciones Públicas, Departamento de Auditoría Interna, Departamento de Inspectoría General y Departamento de Género. Asimismo, se estableció que de la Dirección Ejecutiva dependerán directamente los Departamento de Auditoría Interna, el Departamento de Inspectoría General; de igual forma de la Dirección y Sub-Dirección Ejecutiva dependerán: Secretaría General; Dirección Nacional de Gestión Estratégica; la Dirección Nacional Jurídica; Dirección Nacional de Cumplimiento Tributario; Dirección Nacional Administrativa Financiera; Dirección Nacional de Tecnología; Dirección Nacional de Talento Humano; Departamento de Formación y Capacitación; Departamento de Comunicación, Imagen y Relaciones Públicas; y, el Departamento de Género. La Dirección Nacional de Gestión Estratégica tendrá bajo su cargo a los siguientes Departamentos: Planificación y Control de Gestión, Inteligencia, Estudios Fiscales y Económicos; y el Departamento de Gestión de Procesos. La Dirección Nacional Jurídica tendrá bajo su cargo los Departamentos de: Impugnaciones, Asesoría Legal y Procuración con su Unidad de Cobranza Coactiva. La Dirección Nacional de Cumplimiento Tributario tendrá bajo su cargo a los siguientes Departamentos: Asistencia al Cumplimiento, Recaudación, Auditoría Tributaria y Gestión Tributaria con su Unidad de FYDUCA. La Dirección Nacional Administrativa Financiera tendrá bajo su cargo a los siguientes Departamentos: Administrativo, Financiero, y Bienes. La Dirección Nacional de Tecnología tendrá bajo su cargo a los siguientes Departamentos: Infraestructura y Redes y Gestión de Aplicaciones. La Dirección Nacional de Talento Humano tendrá bajo su cargo a los siguientes Departamentos: Planificación y Desarrollo del Talento Humano, Gestión del Talento Humano y la Unidad de Asesoría y Resolución de Conflictos Laborales que depende de la dirección.

  10. 10.

    Que como resultado del análisis efectuado a la gestión inherente a los procesos tramitados por la Dirección Ejecutiva del Servicio de Administración de Rentas (SAR), en el marco del intercambio de información para fines fiscales con organismos internacionales, se estima procedente la creación del Departamento de Asuntos Internacionales, el cual tendrá la responsabilidad de liderar y gestionar con los organismos internacionales los proyectos de cooperación Técnica y fortalecimiento institucional, convenios internacionales, los intercambios de información con otras Administraciones Tributarias y Organismos Internacionales, quedando dependiendo directamente de la Subdirección y Dirección Ejecutiva.

  11. 11.

    Que dentro del Departamento de Inspectoría General después de haber realizado análisis en el funcionamiento interno del departamento, se ha identificado que por los temas propios de inspectoría e investigaciones que este realiza, es necesario que dichas investigaciones cuenten con evidencia objetiva y confiable, validez legal de la evidencia y protección de los activos digitales, por lo en aras de mejorar el funcionamiento interno se crea un Laboratorio Forense, que tendrá las funciones de apoyo técnico en las investigaciones, prevención de fraudes y corrupción, mejora de la Seguridad Informática y la Ciberseguridad entre otras.

  12. 12.

    Que mediante Decretos No. 149- 2013, contentivo de la Ley Sobre Firma Electrónica y su reglamentación contenida en el Decreto No. 41-2024, facultan al Estado de Honduras a implementar y utilizar el uso de la firma electrónica y/o digital en sus actuaciones oficiales, por lo que en el marco del proceso de modernización institucional, el Servicio de Administración de Rentas (SAR), procedió a dar cumplimento legal a efecto de garantizar la autenticidad y seguridad jurídica de los documentos digitales emitidos por esta, desarrollando para tal efecto una herramienta tecnológica que permita la interacción ágil, segura y eficiente entre la Administración Tributaria , los entes Públicos y Privados.

  13. 13.

    Que, el Servicio de Administración de Rentas (SAR), desde su creación en el año 2017 ha adquirido equipos tecnológicos de la más alta calidad para poder implementar la Firma Electrónica Avanzada, la que se ha utilizado internamente de forma exitosa y que en el año 2024 ha puesto la disposición de instituciones públicas y obligados tributarios para que, con el nuevo sistema SIISAR puedan presentar todo tipo de solicitudes en línea. Para atender la carga administrativa que implica el enrolamiento de los nuevos usuarios de Firma Electrónica Avanzada se ve necesario la creación de la Unidad Digital, órgano responsable de ejercer las funciones técnicas y administrativas derivadas de Firma Electrónica Avanzada y las demás que se consideren necesarias, esta unidad estará adscrita a Secretaría General para efectos de su coordinación y supervisión.

  14. 14.

    Que del análisis realizado a la gestión en los trámites de solicitudes de Información de Terceros por parte de diversas entidades públicas, privadas, investigativas, fiscalizadoras, entre otras; se ha identificado la necesidad de fortalecer los mecanismos de control para salvaguarda, proteger la confidencialidad y reserva de la información tributaria conforme a lo establecido en el Decreto Legislativo No. 170-2016, contentivo del Código Tributario, así como en otras disposiciones especiales aplicables, el cual constan en los registros del Servicio de Administración de Rentas (SAR), particularmente aquellas relacionadas con las actividades desarrolladas por los obligados tributarios, en consideración que dicha responsabilidad es tramitada a través de Secretaría General, se estima procedente la creación de la Unidad de Gestión para que realice el aseguramiento y cumplimiento riguroso de dichas solicitudes dentro del marco legal; la cual ejercerá las funciones técnicas y jurídicas inherentes en este ámbito; y estará adscrita a Secretaría General para efectos de coordinación, supervisión y resolución.

  15. 15.

    Que el Servicio de Administración de Rentas (SAR), dentro de su estructura organizacional, cuenta con la Dirección Nacional Administrativa Financiera, instancia responsable de las adquisiciones de Bienes y Servicios a nivel nacional; y que se ha constatado que el Departamento de Administración de la dirección antes mencionada, cuenta con una carga excesiva de trabajo, lo que da como resultado procesos tardíos e in eficientes. Por lo anterior es imprescindible la creación de un departamento que se encargue exclusivamente de los procesos de contratación y compras de la institución y que además, cuente con el personal especializado para tal efecto, el Departamento de Adquisiciones, el cual estará adscrito a la Dirección Nacional Administrativo Financiero.

  16. 16.

    Que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán las formas de Decretos, Acuerdos, Resoluciones y Providencias.

Articulo 1

Modificar los Acuerdos siguientes: Acuerdo número SAR-227-2023 de fecha 30 de junio del 2023, en sus ordinales “TERCERO” y “CUARTO”, Acuerdo número SAR-513-2023 de fecha 9 de octubre del 2023, en su ordinal “SEGUNDO”, contentivos de la Estructura Organizacional del Servicio de Administración de Rentas (SAR), los que se deberán leer de la siguiente manera: www.sar.gob.hn Edificio Cuerpo Bajo “A” José Cecilio del Valle, bulevar Juan Pablo II, Diagonal República de Corea, Teléfono (504)-2216-5800, Tegucigalpa M.D.C., Honduras C.A. www.sar.gob.hn Edificio Cuerpo Bajo “A” José Cecilio del Valle, bulevar Juan Pablo II, Diagonal República de Corea, ESTRUCTURA DE SECRETARIA GENERAL

Articulo 2

Modificar el Ordinal “SEGUNDO” del Acuerdo número SAR-513-2023 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 3 de noviembre del 2023, el que deberá leerse de la siguiente manera: “SEGUNDO: DIRECCIÓN NACIONAL con sede en la Capital de la República, la que estará integrada de la siguiente manera: Dirección Ejecutiva, Sub-Dirección Ejecutiva, Secretaría General, Dirección Nacional de Gestión Estratégica, Dirección Nacional Jurídica, Dirección Nacional de Cumplimiento Tributario, Dirección Nacional Administrativa Financiera, Dirección Nacional de Tecnología, Dirección Nacional de Talento Humano, y los Departamentos de Formación y Capacitación, Comunicación, Imagen y Relaciones Públicas, Auditoría Interna, Inspectoría General, Departamento de Género y el Departamento de Asuntos Internacionales. De la Dirección Ejecutiva dependerán directamente el Departamentos de: Auditoría Interna, Departamento de Inspectoría General; de igual forma de la Dirección y Sub- Dirección Ejecutiva dependerán: Secretaría General; la Dirección Nacional de Gestión Estratégica; la Dirección Nacional Jurídica; la Dirección Nacional de Cumplimiento Tributario; la Dirección Nacional Administrativa Financiera; la Dirección Nacional de Tecnología; la Dirección Nacional de Talento Humano; el Departamento de Formación y Capacitación; el Departamento de Comunicación, Imagen y Relaciones Públicas; el Departamento de Género y Departamento de Asuntos Internacionales. La Dirección Nacional de Gestión Estratégica tendrá bajo su cargo a los siguientes Departamentos: Planificación y Control de Gestión, Inteligencia, Estudios Fiscales y Económicos, y el Departamento de Gestión de Procesos. La Dirección Nacional Jurídica tendrá bajo su cargo los Departamentos de: Impugnaciones, Asesoría Legal, y Procuración con su Unidad de Cobranza Coactiva. La Dirección Nacional de Cumplimiento Tributario tendrá bajo su cargo a los siguientes Departamentos: Asistencia al Cumplimiento, Recaudación, Auditoría Tributaria, y Gestión Tributaria con su Unidad de FYDUCA. La Dirección Nacional Administrativa Financiera tendrá bajo su cargo los siguientes Departamentos: Administrativo, Financiero, Bienes y Adquisiciones. La Dirección Nacional de Tecnología tendrá bajo su cargo a los siguientes Departamentos: Infraestructura y Redes y Gestión de Aplicaciones. La Dirección Nacional de Talento Humano tendrá bajo su cargo a los siguientes Departamentos: Planificación y Desarrollo del Talento Humano y Gestión del Talento Humano. Asimismo, de la Dirección Nacional dependerá directamente la Unidad de Asesoría y Resolución de Conflictos Laborales”.

Ver como documento individual

Acuerdo

Acuerdo No. SAR-227-2023 — Modificaciones a Estructura Organizativa - Tercero, Cuarto Ordinales

Servicio de Administración de Rentas

  1. 1.

    Modificar el TERCER ORDINAL del Acuerda número SAR-227-2023 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 24 de julio del 2023, el que deberá leerse de la siguiente manera: “TERCERO: SECRETARÍA GENERAL tendrá bajo su cargo lo siguiente: La Secretaría Regionales y Departamentales a nivel nacional y las Unidades de Acceso a la Información Pública, Archivo, Gestión y Digital, quien será la responsable de establecer las directrices de estas y de las Secretarias”.

  2. 2.

    Modificar el CUARTO ORDINAL del Acuerda número SAR-227-2023 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 24 de julio del 2023, el que deberá leerse de la siguiente manera “CUARTO: Modificar la Estructura del DEPARTAMENTO DE INSPECTORÍA GENERAL, el que estará integrado de la siguiente manera: Unidad de Investigación Interna la cual estará complementada por el equipo de Investigaciones Basadas en Riesgos, Seguridad de la Información e Investigaciones Internas; y, la Unidad de Investigaciones Externas integrada por los equipos de: Investigaciones Tributarias, Auditoría Forense, CIPLAF y Laboratorio Informático Forense”.

  3. 3.

    Se instruye a la Dirección Nacional de Talento Humano (DNTH) realizar las acciones de personal y administrativas necesarias y pertinentes para la ejecución del presente Acuerdo, según la disponibilidad presupuestaria.

  4. 4.

    Se instruye a la Dirección Nacional de Administrativa Financiera (DNAF) que realice las gestiones presupuestarias para cubrir todos los gastos operativos que se deriven de la creación y funcionamiento de las diferentes áreas creadas en el presente acuerdo.

  5. 5.

    La demás disposiciones en los Acuerdos No. SAR-227-2023 de fecha 30 de junio del 2023 y sus reformas quedan vigentes.

  6. 6.

    El presente Acuerdo es efectivo a partir del uno (01) de junio del 2025 y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. PUBLÍQUESE. ROSA MARIANA RÍOS MUNGUÍA DIRECTORA EJECUTIVA NIDIA SARAHÍ BERRÍOS MARTÍNEZ SECRETARIA GENERAL (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea.

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Acuerdo

Acuerdo — Ascenso al Grado de Subinspectores Auxiliares de la III Promoción

Poder Judicial

Articulo 1

ASCENDER AL GRADO INMEDIATO SUPERIOR a los Aspirantes a Oficiales Auxiliares al Grado de Subinspectores(as) Auxiliares de la III Promoción, a partir del 01 de Junio del Año 2025. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, , contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN:

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Aviso

Aviso — Solicitud de Cancelación y Reposición de Títulos de Acciones - Henry Simón Kawas Kawas y Liliam Aurora Kawas Kawas

Notaría de Virgilio Umanzor

Sección “B” AVISO En cumplimiento del artículo 634 del Código de Comercio, al público en general y para efectos de Ley, SE HACE SABER: Que en fecha 23 de junio del 2025, el Abogado Carlos Felipe de Jesús Girón Mendieta, en su condición de apoderado legal del señor JUAN B. KAWAS, conocido también como JUAN B. KAWAS KAWAS, presentó solicitud de cancelación y reposición de títulos de acciones, en las sociedades mercantiles: Inversiones Atlántida, S.A. (INVATLAN), Banco Atlántida, S.A. y Sociedad Nacional de Inversiones, S.A. (SONISA), así: Certificado No.5398, por 2,600 acciones, emitido el 26 de marzo del 2010, por Inversiones Atlántida, S.A. (INVATLAN), con valor nominal de L.200.00 cada una; Certificado No.7810, por 155 acciones, emitido el 30 de diciembre de 1999, por BANCO ATLÁNTIDA, S.A., con valor nominal de L.200.00 cada una; y, Certificado No.2013, por 557 acciones, emitido el 14 de junio de 1999, por Sociedad Nacional de Inversiones, S.A., con valor nominal de L.200.00 cada una, los cuales fueron extraviados. DESPACHO PROFESINAL DEL NOTARIO VIRGILIO UMANZOR, ubicado en Condominio Metrópolis, torre 1, piso 11, oficina 11107, Boulevard Suyapa, Tegucigalpa, a los tres (03) días del mes de julio del año dos mil veinticinco (2025). VIRGILIO UMANZOR Abogado y Notario 15 J. 2025 _______ AVISO En cumplimiento del artículo 634 del Código de Comercio, al público en general y para efectos de Ley, SE HACE SABER: Que en fecha 11 de junio del 2025, el Abogado Carlos Felipe de Jesús Girón Mendieta, en su condición de Apoderado Legal del señor HENRY SIMÓN KAWAS KAWAS, quién actúa por sí y en representación de la señora LILIAN AURORA KAWAS KAWAS, conocida también como LILIAM AURORA KAWAS KAWAS, presentó solicitud de CANCELACIÓN Y REPOSICIÓN DE TÍTULOS DE ACCIONES de la sociedad mercantil denominada Sociedad Nacional de Inversiones, S.A. (SONISA), son titulares de los certificados de acciones, así: a) Henry Simón Kawas Kawas: Certificado No.2461, por 64 acciones, emitido el 31 de diciembre del 2004, por Sociedad Nacional de Inversiones, S.A., con valor nominal de L.200.00 cada una; y, b) Liliam Aurora Kawas Kawas: Certificado No.2463, por 64 acciones, emitido el 31 de diciembre del 2004, por Sociedad Nacional de Inversiones, S.A., con valor nominal de L.200.00 cada una; los cuales fueron extraviados. DESPACHO PROFESIONAL DEL NOTARIO VIRGILIO UMANZOR, ubicado en condominio Metrópolis, torre 1, piso11, oficina 11107, Boulevard Suyapa, Tegucigalpa, a los diecinueve (19) días del mes de junio del año dos mil veinticinco (2025). VIRGILIO UMANZOR Abogado y Notario 15 J. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha doce(12)de mayo del dos mil veinticinco(2025), compareció ante este juzgado la abogada KEREN MAYLIN CASTRO MIDENCE, en su condición de representante procesal de la señora DANIELA MARIA COLINDRES RODRIGUEZ, incoando demanda en materia personal con orden de ingreso número 0801-2025-00352, contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO HONDUREÑO DE GEOLOGÍA Y MINAS (INHGEOMIN), se interpone demanda especial en materia de personal para que se declare la nulidad de un acto administrativo en materia de personal. Que se anule totalmente el mismo por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento de su derecho se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al puesto de trabajo de mi representado u otro de igual o mejor categoría, más el pago de los salarios dejados de percibir en concepto de daños y perjuicios, desde la fecha de la cancelación hasta que se reintegren al puesto de trabajo. Se acompaña documentos.- Costas del juicio. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación No. SG-21-2025 de fecha 10 de abril del 2025. SECRETARIA(O) Alan Mauricio Martínez Martínez 15 J. 2025

REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS.

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Aviso

Aviso No. 2412-4052 — Registro de Producto Formulado - AGROCOPPER 98 SP

Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas, SENASA

Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. El representante o Apoderado Legal: Mario Antonio Mendoza Castillo Actuando en representación de la empresa: ANASAC INTERNATIONAL CORPORATION, S.A. Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. De Nombre Comercial: AGROCOPPER 98 SP Ingrediente activo: 98,00% Copper Sulfate Pentahydrate Grupo al que pertenece: Compuesto Inorgánico Tipo de Formulación: Polvo Soluble (SP) Clasificación toxicológica: Estado Físico: Sólido Formulador y País de Origen: MINERA SAN GERÓNIMO / CHILE . Tipo de Uso: Fungicida, Bactericida EXPSENASA: 2412-4052 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada,lo anterior al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157- 94. Reformada mediante Decreto Legislativo No.344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002-2023 PCM 015-2020. Por tanto, el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), Adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicación. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Tegucigalpa, M.D.C., viernes 27 de junio de 2025 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 15 J . 2025 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. El representante o Apoderado Legal: Mario Antonio Mendoza Castillo Actuando en representación de la empresa: TIKAL AGROSOLUTIONS Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. De Nombre Comercial: ASTEROID 12 EC Ingrediente activo: 8% Fluroxypyr, 4% Aminopyralid Grupo al que pertenece: Piridina, Piridina Tipo de Formulación: Concentrado Emulsionable (EC) Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: FORAGRO, S.A./GUATEMALA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 2410-3373 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y / o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada,lo anterior al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157- 94. Reformada mediante Decreto Legislativo No.344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002-2023 PCM 015-2020. Por tanto, el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), Adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicación. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA”. Tegucigalpa, M.D.C., viernes 27 de junio de 2025 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 15 J . 2025

REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS.

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Aviso

Aviso No. 2402-0357 — Registro de Producto Formulado - HERBICOME 25 OD

Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas, SENASA

Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. El Representante o Apoderado Legal: Mario Antonio Mendoza Castillo Actuando en representación de la empresa: BESTENFELDEN GUATEMALA, S.A. Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. De nombre Comercial: HERBICOME 25 OD Ingrediente activo: 5% Nicosulfuron, 20% Mesotrione Grupo al que pertenece: Sulfonilurea, Aroilciclohexanodiona Tipo de Formulación: Dispersión en aceite (OD) Clasificación toxicológica: Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: ZHANG Y E DAGONG PESTICIDE CHEMl STRY CO., LTD/CHINA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 2402-0357 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo No.344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002-2023 PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA, emite el presente aviso para publicación. "ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., viernes 27 de junio de 2025 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 15 J. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. A V I S O

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Aviso

Aviso No. 0801-2025-00175 — Demanda Contenciosa Administrativa contra Instituto de la Propiedad - Nulidad de Actos Administrativos

Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo

El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha seis (06) de marzo de dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado KEREN MAYLIN CASTRO MIDENCE Representante Procesal de los señores ENMA SARAHY PINEDA CRUZ, DINORA GUADALUPE MARTINEZ VAQUEDANO Y ZAMIR FERNANDO ROQUE MARTINEZ, interponiendo demanda contenciosa administrativa en materia especial de personal con Orden de Ingreso 0801-2025-00175, contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO DE LA PROPIEDAD, contraída a "Se interpone demanda especial para que se declare la nulidad de un acto administrativo en materia de personal.- Que se anule totalmente el mismo por no haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medida para el pleno restablecimiento de sus derecho se ordene mediante sentencia definitiva el reintegro al puesto de trabajo de mi representado u otro de igual o mejor categoría, más el pago de los salarios dejados de percibir en conceptos de daños y perjuicios, desde la fecha de la cancelación hasta que se reintegren al puesto de trabajo.- Se acompaña documentos.- Costas del juicio." Consistentes en los Acuerdos de Cancelación números CI-P-124-2025, NO. CI-P-122-2025- y NO. CI-P-144-2025, todos de fecha 18 de febrero del 2025, notificados en fecha 21 de febrero del 2025. ABG. ARNOLD JAVIER ALCERRO CÁCERES SECRETARIO ADJUNTO 15 J. 2025 ___________ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito

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Certificación

Certificación No. 2024-1576 — Registro de Marca de Servicio - Dental Art

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1576 Fecha de presentación: 2024-03-05 Fecha de emisión: 26 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: MARLYN JISELLE LAINEZ SEVILLA Domicilio: Col. Los Jazmin es, Calle principal, contiguo a Servi fiestas Laisev, CP 504, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL MARIO RENE VARELA RODRIGUEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (44)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Dental Art

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Dental Art" únicamente en su conjunto, no se le otorga protección sobre la frase "creando sonrisas" contenida en la etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios odontológicos, de la clase 44.

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Aviso

Aviso No. 2024-6865 — Publicación de marca de servicio The Heights Tower

Registro de la Propiedad Industrial

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 30 J., 15 y 30 J. 2025

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Certificación

Certificación No. 2022-5079 — Registro de Marca de Fábrica - TORNADO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-5079 Fecha de presentación: 2022-08-29 Fecha de emisión: 7 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: C.A. MEJIA & CIA S.A.S. Domicilio: Vda Belem km. 38, Aut. Med. Bogotá, Marinilla, Antioquia, Colombia.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (6)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TORNADO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se concede protección de los demás elementos denominativos presentes en la etiqueta, pero si la apariencia de su etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones: Se reivindican los colores rojo, blanco y negro presentes en la etiqueta.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Clavos de herradura o clavos para herradura, de la clase 6. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 13, 30 J. y 15 J. 2025 Marcas de Fábrica

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Certificación

Certificación No. 2023-4105 — Registro de Marca de Fábrica - ACROMAX

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-4105 Fecha de presentación: 2023-06-27 Fecha de emisión: 27 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ACROMAX DOMINICANA, S.A. Domicilio: AVENIDA 27 DE FEBRERO, ESQUINA CALLE H, ZONA INDUSTRIAL HERRERA, SANTO DOMINGO, CP 9, República Dominicana.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL DAVID EDUARDO BAIRES VARGAS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos de uso humano antialergénico, antiinflamatorio esteroideo y antihistamínico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-5262 — Registro de Marca de Fábrica - LA BENDICIÓN

Registro de la Propiedad Industrial

LORAMAX Número de Solicitud: 2024-5262 Fecha de presentación: 2024-08-07 Fecha de emisión: 20 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ORLANDO MEJIA RODRIGUEZ Domicilio: COLONIA MONTE CARMEL, 5TA CALLE, BLOQUE 16, CASA1, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL SARBY ELIZABETH MATUTE

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LA BENDICIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "LA BENDICIÓN" en su forma conjunta y la apariencia de su etiqueta. No se da protección sobre la palabra "Pastelería" contenida en el ejemplar de etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Panadería y repostería, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-3762 — Registro de Marca de Fábrica - Producto Farmacéutico Oncológico

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3762 Fecha de presentación: 2024-06-06 Fecha de emisión: 3 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC. Domicilio: 7325 SW, 152nd St, Palmetto Bay Florida, CP 33157, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico oncológico para el tratamiento del cáncer que ocurre en la nasofaringe (carcinoma nasofaríngeo), de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-3845 — Registro de Marca de Fábrica - LOQTORZI

Registro de la Propiedad Industrial

LOQTORZI Número de Solicitud: 2024-3845 Fecha de presentación: 2024-06-10 Fecha de emisión: 19 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC. Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico anticonvulsivo para tratar la epilepsia, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 GAPLEXIN

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Certificación

Certificación No. 2024-4457 — Registro de Marca de Fábrica - GAPLEXIN

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-4457 Fecha de presentación: 2024-07-05 Fecha de emisión: 17 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC. Domicilio: 88 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto. No se otorga exclusividad de uso de la palabra PLUS.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico anticonceptivos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-2692 — Registro de Marca de Fábrica - CLEARFACE

Registro de la Propiedad Industrial

SALLY PLUS Número de Solicitud: 2024-2692 Fecha de presentación: 2024-04-30 Fecha de emisión: 10 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC. Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamento utilizado para tratar el acné nodular recalcitrante grave (cierto tipo de acné grave), reduce el taponamiento de los poros, el exceso de producción de sebo es anti- inflamatoria y rebaja la población de bacterias, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 15, 30 J. y 14 A. 2025 CLEARFACE

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Certificación

Certificación No. 2024-3040 — Registro de Marca de Fábrica - QUETIAPOL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3040 Fecha de presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 14 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC. Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para tratar los síntomas de esquizofrenia, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-3052 — Registro de Marca de Fábrica - TAMSUMAX

Registro de la Propiedad Industrial

QUETIAPOL Número de Solicitud: 2024-3052 Fecha de presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 14 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC. Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para tratar los síntomas del a grand a miento de la próstata, que incluye dificultad para orinar, dolor al orinar y necesidad de orinar con más frecuencia y urgencia, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 TAMSUMAX

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Certificación

Certificación No. 2024-3053 — Registro de Marca de Fábrica - ISQUEFIN

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3053 Fecha de presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 14 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC. Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para tratar la angina de pecho, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-3054 — Registro de Marca de Fábrica - BIOPRED

Registro de la Propiedad Industrial

IS QUE FIN Número de Solicitud: 2024-3054 Fecha de presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 14 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC. Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para reducir la hinchazón y la inflamación de los bronquios, reacciones alérgicas, para prevenir la incompatibilidad en el trasplante y para tratar los síntomas de los niveles bajos de corticosteroides, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 BIOPRED

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Certificación

Certificación No. 2024-5912 — Registro de Marca de Fábrica - LIGA HONDUBET (Servicios de Patrocinio)

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-5912 Fecha de presentación: 2024-09-05 Fecha de emisión: 7 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: INTER PLAY HONDURAS, S.A. Domicilio: Distrito Artemisa, torre Norte, piso 18, local 18016, Bulevar Suyapa, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL MARIA GABRIELA DÁVILA FORTÍN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LIGA HONDUBET

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto “LIGA HONDUBET”, sin dar exclusividad de uso de la palabra “LIGA”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de patrocinio; es decir, la promoción de productos y servicios de terceros a través de acuerdos de patrocinio y marketing. Esto incluye la gestión de programas de patrocinio; y el apoyo a eventos deportivos mediante la promoción comercial y publicitaria, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 30 J., 15 y 30 J. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-5910 — Registro de Marca de Fábrica - LIGA HONDUBET (Equipos y Dispositivos para Juegos)

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-5910 Fecha de presentación: 2024-09-05 Fecha de emisión: 7 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: INTER PLAY HONDURAS, S.A. Domicilio: Distrito Artemisa, torre Norte, piso 18, local 18016, Bulevar Suyapa, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL MARIA GABRIELA DÁVILA FORTÍN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (28)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LIGA HONDUBET

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto “LIGA HONDUBET”, sin dar exclusividad de uso de la palabra “LIGA”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Equipos y dispositivos para juegos y apuestas, de la clase 28 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 30 J., 15 y 30 J. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-5911 — Registro de Marca de Fábrica - LIGA HONDUBET (Entretenimiento y Eventos Deportivos)

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-5911 Fecha de presentación: 2024-09-05 Fecha de emisión: 7 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: INTER PLAY HONDURAS, S.A. Domicilio: Distrito Artemisa, torre Norte, piso 18, local 18016, Bulevar Suyapa, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL MARIA GABRIELA DÁVILA FORTÍN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (41)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LIGA HONDUBET

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto “LIGA HONDUBET”, sin dar exclusividad de uso de la palabra “LIGA”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de entretenimiento; organización y provisión de eventos deportivos y apuestas, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 30 J., 15 y 30 J. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-5909 — Registro de Marca de Fábrica - LIGA HONDUBET (Software de Apuestas)

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-5909 Fecha de presentación: 2024-09-05 Fecha de emisión: 7 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: INTER PLAY HONDURAS, S.A. Domicilio: Distrito Artemisa, torre Norte, piso 18, local 18016, Bulevar Suyapa, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL MARIA GABRIELA DÁVILA FORTÍN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LIGA HONDUBET

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto “LIGA HONDUBET”, sin dar exclusividad de uso de la palabra “LIGA”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Software de apuestas y juegos en línea; aplicaciones móviles, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 30 J., 15 y 30 J. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-3033 — Registro de Marca de Fábrica - CONDRES LONGBIO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3033 Fecha de presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 13 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC. Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CONDRES LONGBIO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “CONDRES LONGBIO” en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos antiinflamatorios para las articulaciones, músculos y tendones, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-3050 — Registro de Marca de Fábrica - DISMIDOL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3050 Fecha de presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 14 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC. Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DISMIDOL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para el tratamiento sintomático de la fiebre y/o del dolor leve a moderado de cabeza, espalda, dolores musculares, dentales y estados febriles, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-3051 — Registro de Marca de Fábrica - LACTOFLOR

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3051 Fecha de presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 14 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC. Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LACTOFLOR

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para tratar y prevenir la diarrea, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica para producto farmacéutico para tratar y prevenir la diarrea

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3369 Fecha de presentación: 2024-05-22 Fecha de emisión: 14 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC. Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN INGRID

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico anticonceptivos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica CARDITAN para producto farmacéutico para tratar presión arterial alta

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3303 Fecha de presentación: 2024-05-21 Fecha de emisión: 8 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MlAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CARDITAN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico utilizado para tratar la presión arterial alta, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica CARDITAN AM para producto farmacéutico para tratamiento de presión arterial alta

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3304 Fecha de presentación: 2024-05-21 Fecha de emisión: 8 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CARDITAN AM

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “CARDITAN AM” en su conjunto, sin dar exclusividad sobre el término AM.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico que se utiliza para el tratamiento de la presión arterial alta (hipertensión), de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica CARDITAN HCT para producto farmacéutico para tratamiento de presión arterial alta

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3305 Fecha de presentación: 2024-05-21 Fecha de emisión: 8 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CARDITAN HCT

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la marca “CARDITAN HCT” en su conjunto, sin dar exclusividad sobre el término HCT.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico que se utiliza para el tratamiento de la presión arterial alta (hipertensión), de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica BRONFICOL para producto farmacéutico para tratar enfermedades respiratorias

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3306 Fecha de presentación: 2024-05-21 Fecha de emisión: 8 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BRONFICOL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para tratar enfermedades respiratorias con secreción y bronco e spasmo, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica FEMIDROX para producto farmacéutico para tratar menstruación anormal

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3046 Fecha de presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 16 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN FEMIDROX

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico utilizado para tratar la menstruación anormal (períodos) o la hemorragia vaginal irregular, y para prevenir el crecimiento excesivo del tejido de recubrimiento del útero, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica ROSUTIN para producto farmacéutico para reducir riesgo de ataque cardíaco

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3055 Fecha de presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 14 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ROSUTIN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para reducir el riesgo de ataque cardíaco y accidente cardiovascular y para disminuir la cantidad de colesterol, triglicéridos y otras sustancias grasas en la sangre, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica AMLOTEN para producto farmacéutico para tratar presión arterial alta

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3057 Fecha de presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 14 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN AMLOTEN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para tratar la presión arterial alta, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica ANSITRAN para producto farmacéutico para controlar convulsiones y trastornos de ansiedad

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3058 Fecha de presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 14 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ANSITRAN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para controlar ciertos tipos de convulsiones, aliviar los ataques de pánico, insomnio, trastorno de ansiedad y bipolar, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica WILD CHILL para bebidas alcohólicas

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-78 Fecha de presentación: 2024-01-04 Fecha de emisión: 6 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MULTIBRANDS S.A. Domicilio: Zona de La Cañada, Anillo Periférico, contiguo a Agencia Suzuki, Premier Corporate Park, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras, Tegucigalpa, CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL ROSA MELISSA OYUELA PEREZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (33)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN WILD CHILL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aguardientes; amargos; anís; bebidas alcohólicas a base de caña de azúcar; bebidas alcohólicas mezcladas que no sean a base de cerveza; bebidas alcohólicas que contienen frutas; bebidas de alcohol destilado a base de cereales; bebidas destiladas; bebidas espirituosas; bebidas a base de vino; cócteles; esencias alcohólicas; extracto de frutas con alcohol; ginebra; licor de menta; alcohol de menta; licores; ron; sake; sidras; vinos; vodka; whisky, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 30 J. y 15 J. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica ECLIPSE para bebidas sin alcohol

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-658 Fecha de presentación: 2024-02-01 Fecha de emisión: 14 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: DISTRIBUIDORA ISTMANIA S.A. DE C.V. Domicilio: Col. Aldea La Cañada, Anillo Periférico, Corporate Premier Park, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL ROSA MELISSA OYUELA PEREZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (32)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN E CLIPS E

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se considera tipo de signo denominativo.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aguas (de mesa, gaseosa, carbonatadas, minerales); bebidas de fruta, energéticas, isotónicas (que no sean para uso médico); bebidas sin alcohol con sabor a té, polvos para elaboración de bebidas refrescantes sin alcohol; sodas (aguas), aperitivos sin alcohol y cócteles sin alcohol, de la clase 32 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 30 J. y 15 J. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica ROYAL AWARD para bebidas alcohólicas

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-2083 Fecha de presentación: 2024-04-01 Fecha de emisión: 6 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MULTIBRANDS S.A. Domicilio: Anillo Periférico, Col. La Cañada, complejo de Bodegas Premier Corporate Park, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Rosa Melissa Oyuela Perez

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (33)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su forma conjunta “ROYAL AWARD”, sin dar exclusividad de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas carbonatadas; bebidas alcohólicas; licores, de la clase 33. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 13, 30 J. y 15 J. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica QUARTZ para bebidas alcohólicas

Registro de la Propiedad Industrial

ROYAL AWARD Número de Solicitud: 2024-660 Fecha de presentación: 2024-02-02 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: DISTRIBUIDORA ISTMANIA S.A. DE C.V. Domicilio: Col. Aldea La Cañada, Anillo Periférico, Premier Corporate Park, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Rosa Melissa Oyuela Perez

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (33)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN QUARTZ

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Bebidas alcohólicas a base de caña de azúcar, premezcladas, contienen frutas, contiene alcohol destilado a base de cereales, espirituosas, destiladas a base de vino; cócteles, aguardiente, aperitivos, ginebra, licor menta, ron, sake, sidras, vinos, vodka y whisky, de la clase 33 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 13, 30 J. y 15 J. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica BIOXICAM para producto farmacéutico antiinflamatorio no esteroide

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-4095 Fecha de presentación: 2024-06-19 Fecha de emisión: 22 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico antiinflamatorio no esteroide (AINE) indicado para aliviar el dolor, la sensibilidad, la inflamación y la rigidez causada por la osteo artritis, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica AVILAC para producto farmacéutico para tratar estreñimiento crónico

Registro de la Propiedad Industrial

BIOXICAM Número de Solicitud: 2023-6124 Fecha de presentación: 2023-09-25 Fecha de emisión: 7 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LMG BIO LLC Domicilio: 7325 SW 152nd St, Palmetto Bay, Florida, CP 33157, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para tratar el estreñimiento crónico (consti pación), de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 AVILAC

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica CLARITEMS para producto farmacéutico para claudicación intermitente

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-5559 Fecha de presentación: 2024-08-21 Fecha de emisión: 17 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico (antibiótico) indicado para tratar ciertas infecciones bacterianas, tales como: neumonía (una infección pulmonar), bronquitis (infección de las vías respiratorias que van a los pulmones) e infecciones de los oídos, senos nasales, piel y garganta, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica CILOZOL para producto farmacéutico antibiótico para tratar infecciones bacterianas

Registro de la Propiedad Industrial

CLARITEMS Número de Solicitud: 2024-5556 Fecha de presentación: 2024-08-21 Fecha de emisión: 13 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para reducir y tratar los síntomas de la claudicación intermitente (dolor en forma de calambres que se sufre en las piernas al caminar), de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 CILOZOL

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica ESCILO para productos farmacéuticos antidepresivos y para trastorno de ansiedad

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3036 Fecha de presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 13 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC. Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos antidepresivos y para tratar el trastorno de ansiedad generalizada, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica PARAFILO para productos farmacéuticos para tratar trastornos alérgicos e inflamatorios

Registro de la Propiedad Industrial

ESCILO Número de Solicitud: 2024-3042 Fecha de presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 14 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC. Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para tratar la disfunción eréctil, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 PARA FILO

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica CELERG para productos farmacéuticos indicados para afecciones de la piel

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3043 Fecha de presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 23 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC. Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para tratar los trastornos alérgicos e inflamatorios de las vías respiratorias, piel y ojos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica KETOBEN para productos farmacéuticos indicados para afecciones de la piel como dermatitis

Registro de la Propiedad Industrial

CELERG Número de Solicitud: 2024-3044 Fecha de presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 15 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC. Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos indicados para afecciones de la piel, tales como dermatitis, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 KETOBEN

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de servicio GCL HONDURAS para servicios jurídicos

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-2358 Fecha de presentación: 2024-04-11 Fecha de emisión: 7 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: GRUPO DE INVERSIONES MFF SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: Edificio Versalles, Ave. Circunvalación 8 y 9 calle, S.O. Nivel II, Oficina 17, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (45)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GCL HONDURAS

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “GCL HONDURAS” y la apariencia de la etiqueta en su conjunto, sin dar protección a los demás elementos denominativos.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Firma/bufete legal de servicios jurídicos; prestación de servicios legales de cualquier naturaleza, de la clase 45. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de servicio BABY CENTER para venta y comercialización de productos para bebés

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-3965 Fecha de presentación: 2023-06-20 Fecha de emisión: 5 de diciembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: CARLOS FERNANDO SOMOZA VIVAS Domicilio: Edificio Versalles, Ave. Circunvalación 8 y 9 calle, S.O. Nivel II, Oficina 17, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BABY CENTER

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación “BABY CENTER” en su conjunto, sin dar exclusividad de los términos por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Venta y comercialización de productos dermo cosméticos, de farmacia pediátrica, alimenticios, nutricionales, descartables, higiénicos, accesorios y utensilios para bebés, juguetes, ropa de vestir, consumibles y demás productos para bebes como cunas, camas, cajoneras, muebles para recién nacido, coches, andadores, mecedoras, mama deras, biberones, chupetes, sillas de comer y elevadoras, accesorios para la comida, accesorios de lactancia materna como extractores de leche, esterilizadores, calentadores de mama deras, productos de seguridad en el auto como butacas de seguridad y accesorios e instrumentos de limpieza y cuidado para bebes como ser termómetros, bombas de limpieza, aspiradores nasales, higiene bucal, bañeras y cambiadores, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica IBRULEU para producto farmacéutico indicado para leucemia linfocítica crónica

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-675 Fecha de presentación: 2024-02-02 Fecha de emisión: 18 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: BIOPROFARMA BAGÓ S.A. Domicilio: Terrada 1270, 1416 Buenos Aires, Argentina.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para el tratamiento de pacientes con leucemia linfocítica crónica / Linfoma de linfocitos pequeños, leucemia linfocítica crónica / Linfoma de linfocitos pequeños con del e ción del cromosoma 17p, con linfoma de células del manto que han recibido al menos un tratamiento previo Macroglobulinemia de Waldenström, con linfoma de la zona marginal que requiera medicamentos orales o inyectados (terapia sistémica) y que hayan recibido algún tipo de tratamiento previo (terapia previa basada en anti-CD20), de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica DISMILER para producto farmacéutico antihistamínico

Registro de la Propiedad Industrial

IBRULEU Número de Solicitud: 2024-2698 Fecha de presentación: 2024-04-30 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico antihistamínico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 DISMILER

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de servicio MANDARIN ORIENTAL para servicios de restauración y hospedaje

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-7536 Fecha de presentación: 2024-11-14 Fecha de emisión: 3 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: RESTAURANTE MANDAR IN ORIENTAL Domicilio: COLONIA TEPEYAC, CONTIGUO A CAFEMANIA, TEGUCIGALPA, M.D.C., HONDURAS, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL ALEJANDRO JOSE CASTILLO HANDAL

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (43)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MANDAR IN ORIENTAL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad a las palabras de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 15. 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de servicio UFO BURGUERS & MORE para servicios de restauración

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-8035 Fecha de presentación: 2023-12-18 Fecha de emisión: 23 de abril de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: "DISTRIBUIDORA SABORIZANTES Y MAS" SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Domicilio: RESIDENCIAL LA HACIENDA, PLAZA CRETA, PLANTA BAJA LOCAL A4, TEGUCIGALPA, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LIDIA PAMELA PINEL VELASQUEZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (43)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UFO BURGUERS & MORE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "UFO BURGUERS & MORE" y la apariencia de la etiqueta en su conjunto, sin dar exclusividad a los términos por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración, decoración de alimentos, escultura de alimentos; alquiler de aparatos de cocina; alquiler de sillas, mesas, mantelería, cristalería; servicios de chef personal, servicios de restaurante de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 15. 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de servicio PLAZA SANTA ELENA para administración de bienes inmuebles

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-4673 Fecha de presentación: 2024-07-17 Fecha de emisión: 15 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: ARRENDAMIENTOS, COMERCIO Y EQUIPOS NACIONALES, S.A. DE C.V. Domicilio: BARRIO SAN RAFAEL, AVENIDA REPÚBLICA DE CHILE, TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSÉ DAVID ARITA ELVIR

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PLAZA SANTA ELENA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de las palabras en forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Administradora de bienes inmuebles, alquiler de locales comerciales, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 15. 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica Shockpro para vehículos y repuestos automotrices

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-7638 Fecha de presentación: 2024-11-20 Fecha de emisión: 3 de abril de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: IMPORTACIONES VARIAS, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: Colonia Jardines del Valle, sector 3, 10 calle, casa No. 193, San Pedro Sula, Cortés, CP 21102, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JERRY IUIS ARAUJO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (12)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Shockpro

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "Shockpro" y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en la etiqueta no se protegen.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Vehículos; amortiguadores de suspensión para vehículos; amortiguadores para automóviles; muelles amortiguadores para vehículos / resortes amortiguadores para vehículos; discos de freno para vehículos; forros de freno para vehículos; freno de vehículos; pastillas de freno para automóviles; segmentos de freno para vehículos; zapatas de freno para vehículos, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 15. 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de servicio KRDYA para servicios financieros y préstamos

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-4725 Fecha de presentación: 2024-07-18 Fecha de emisión: 29 de abril de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: SMART SYSTEMS GROUP, CORP. Domicilio: Obarrio, calle 58 Este, P.H. Office One, piso 8, oficina 808, Corregimiento de Bella Vista, Ciudad de Panamá, República de Panamá, Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN KRDYA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Análisis financiero; asesoramiento financiero; intercambio financiero; servicios financieros; administración de negocios financieros; servicios de préstamos financieros; servicios financieros y de seguros; asesoramiento sobre préstamos; concesión de préstamos; financiación de préstamos; negociación de préstamos; organización de préstamos; préstamos comerciales; préstamos [financiación]; servicios de créditos y préstamos; servicios de financiación y préstamo; servicios de financiación y préstamos; servicios financieros, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 15. 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica RINGO para alimentos para animales y mascotas

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-1004 Fecha de presentación: 2022-02-24 Fecha de emisión: 27 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MIZOOCO S.A.S. Domicilio: Carrera 48-27 a Sur-89 Envigado Antioquia (CO), Colombia.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Graciela Cruz Raudales

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (31)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RINGO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Alimentos para animales y mascotas de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 15. 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica CORPO DOURADO para productos cosméticos capilares

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-5485 Fecha de presentación: 2024-08-19 Fecha de emisión: 21 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: NEVADA, S.A. Domicilio: Provincia de Panamá, Corregimiento Tocumen, calle cuarta, galera No. 118, Urbanización Terminal Industrial Zona Uno, República de Panamá., Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL GRACIELA SARAHI CRUZ RAUDALES

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (3)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CORPO DOURADO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "CORPO DOURADO" en su conjunto.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Lociones capilares; colorantes para el cabello, tinte para cabello; preparaciones para ondular el cabello; tintes de tocador, cosméticos, champús, perfumes, pomadas para uso cosméticos; productos para afeitar, toallitas impregnadas de lociones cosméticas; lacas para el cabello, champú en seco, acondicionadores para el cabello, preparaciones para alisar el cabello; toallitas impregnadas de preparaciones desmaquillantes, de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 15. 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de fábrica RINGO + PRO para alimentos para animales y mascotas

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-1002 Fecha de presentación: 2022-02-24 Fecha de emisión: 27 de junio de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MIZOOCO S.A.S. Domicilio: Carrera 48-27 a Sur-89 Envigado Antioquia (CO), Colombia.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Graciela Cruz Raudales

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (31)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RINGO + PRO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se concede el uso exclusivo del término "+PRO".

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Alimentos para animales y mascotas, de la clase 31. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registro de la Propiedad Industrial 15. 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de servicio NEXCREA para servicios inmobiliarios

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-5102 Fecha de presentación: 2024-08-01 Fecha de emisión: 14 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: NEXO CREATIVO, S. DE R.L. DE C.V. (NEXCREA) Domicilio: Condominio Metrópolis, Torre 1, Piso 11, Oficina 11107, Tegucigalpa, M.D.C., Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Valeria Alejandra Bonilla Valladares

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NEXCREA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "NEXCREA" y la apariencia de su etiqueta. Los demás elementos denominativos presentes en la etiqueta no se protegen.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios inmobiliarios; administración de bienes inmuebles; alquiler de bienes inmuebles; alquiler de oficinas; alquiler de oficinas para el cotrabajo, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 15. 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de servicio RIU para servicios inmobiliarios

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-5149 Fecha de presentación: 2024-08-05 Fecha de emisión: 17 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: INVERSIONES RIU, S.A. Domicilio: Barrio La Cruz, Contiguo a Pri la centro, en la carretera Panamericana o Boulevard Chorotega, en su colindancia al Sur en la Ciudad de Choluteca., Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Valeria Alejandra Bonilla Valladares

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RIU

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "RIU" y la apariencia de la etiqueta, los demás elementos denominativos que aparecen en la misma no se protegen.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios inmobiliarios; administración de bienes inmuebles; alquiler de bienes inmuebles; cobro de alquileres, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 15. 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de servicio The Heights Tower para negocios inmobiliarios

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-6865 Fecha de presentación: 2024-10-22 Fecha de emisión: 5 de mayo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: ROBLE INTERNATIONAL COMPANY INC. Domicilio: Torre Las Américas, Torre C, Piso No. 27, Oficina 2702, Panamá.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL CARLOS FELIPE DE JESÚS GIRÓN MENDIETA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN The Heights Tower

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto "The Heights Tower" sin darle exclusividad sobre la palabra "TOWER".

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Negocios inmobiliarios; administración de bienes inmobiliarios; suministro de información sobre negocios inmobiliarios por Internet, servicios de administración de bienes inmuebles relacionados con complejos inmobiliarios; suministro de información relacionada con el mercado de propiedades (servicios inmobiliarios); facilitación de listas de anuncios inmobiliarios para el alquiler de apartamentos y viviendas, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 15. 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de marca de servicio HUDUTU para servicios de restauración

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-5027 Fecha de presentación: 2024-07-30 Fecha de emisión: 25 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: EGUASIRA INDUSTRIAS, S.A. Domicilio: Tegucigalpa, M.D.C., Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL CARLOS FELIPE DE JESÚS GIRÓN MENDIETA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (43)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN HUDUTU

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración (alimentación), Servicios de preparación de alimentos y bebidas para el consumo, Servicios de cafés, Servicios de cafetería, Servicios de comedores, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 15. 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso — Solicitud de registro de Nombre Comercial PHARMA de ZUBIZU LLC

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-2400 Fecha de Presentación, 2023-04-20 Fecha de ernisión: 11 de junio de 2025 Solicitud de registro de: Nombre Comercial

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (50)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se otorga exclusividad de la palabra "PHARMA"

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger:Empresa:dedicada a la comercialización; distribución, importación, y fabricación de productos farmacéuticos, de la clase 50. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 EMS PHARMA

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Aviso

Aviso No. 2024-667 — Solicitud de registro de marca de fábrica EMS PHARMA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-667 Fecha de Presentación: 2024-02-02 Fecha de emisión: 26 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: BIOPROFARMA BAGÓ S.A. Domicilio: Terrada 1270, 1416 Buenos Aires, Argentina.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para el tratamiento de pacientes con mieloma múltiple (MM), y el tratamiento de pacientes con linfoma de células del manto (LCM) quienes recibieron por lo menos una línea de tratamiento, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-3048 — Solicitud de registro de marca de fábrica MIASOMA

Registro de la Propiedad Industrial

MIASOMA Número de Solicitud: 2024-3048 Fecha de Presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 14 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos antihistamínicos, indicados para aliviar los síntomas de la rinitis alérgica estacional, incluyendo secreción nasal, estornudos, enrojecimiento o picazón de los ojos, la nariz o garganta, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 ALLEXOFEN

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Aviso

Aviso No. 2024-5561 — Solicitud de registro de marca de fábrica ALLEXOFEN

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-5561 Fecha de Presentación: 2024-08-21 Fecha de emisión: 24 de abril de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico anticonvulsivo indicado para aliviar el dolor neuropático (dolor producido por los nervios dañados) que puede producirse en brazos, manos, dedos de las manos, piernas, pies, o dedos de los pies si tiene diabetes y neuralgia postherpética; y para tratar la fíbromialgia y determinados tipos de convulsiones, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 PRALINEA

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Aviso

Aviso No. 2024-3846 — Solicitud de registro de marca de fábrica PRALINEA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3846 Fecha de Presentación: 2024-06-10 Fecha de emisión: 12 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico anticonceptivos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 SALLY _______ _______

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Aviso

Aviso No. 2024-5184 — Solicitud de registro de marca de servicio CONNECTPRO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-5184 Fecha de Presentación: 2024-08-06 Fecha de emisión: 28 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: JOSE ELIAS GANINEH SIKAFFY Domicilio: BO. PAZ BARAHONA 17 CALLE AVE. CIRCUNVALACIÓN, 8 Y 9 AVE, SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: VENTA DE PRODUCTOS DE TECNOLOGÍA Y SEGURIDAD, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 CONNECT PRO

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Aviso

Aviso No. 2024-5555 — Solicitud de registro de marca de fábrica MUCOTEINA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-5555 Fecha de Presentación: 2024-08-21 Fecha de emisión: 31 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para facilitar la eliminación del exceso de mocos y flemas, en ca tarros, gripes y tos, causada por bronquitis crónica, fibrosis quística, enfisema pulmonar u otras enfermedades obstructivas de las vías respiratorias, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 MUCOTEINA

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Aviso

Aviso No. 2024-5554 — Solicitud de registro de marca de fábrica NITAMEBA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-5554 Fecha de Presentación: 2024-08-21 Fecha de emisión: 31 de marzo de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico antiparasitario indicado para tratar la diarrea, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 NITAMEBA

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Aviso

Aviso No. 2024-2701 — Solicitud de registro de marca de fábrica EMSIPRIL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-2701 Fecha de Presentación: 2024-04-30 Fecha. de emisión: 8 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamento que se usa para tratar la presión arterial alta y la insuficiencia cardíaca, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 EMSIPRIL

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Aviso

Aviso No. 2024-661 — Solicitud de registro de marca de fábrica VETRANO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-661 Fecha de Presentación: 2024-02-02 Fecha de emisión: 8 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: BIOPROFARMA BAGÓ S.A. Domicilio: Terrada 1270, 1416 Buenos Aires, Argentina.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico indicado para el tratamiento de cáncer de mama metastásico o localmente avanzado de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-3038 — Solicitud de registro de marca de fábrica FELINEX

Registro de la Propiedad Industrial

VETRANO Número de Solicitud: 2024-3038 Fecha de Presentación: 2024-05-13 Fecha de emisión: 14 de enero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL, KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Productos farmacéuticos para tratar la depresión, el trastorno obsesivo-compulsivo, algunos trastornos de la alimentación y ataques de pánico, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 FELINEX

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Aviso

Aviso No. 2024-5557 — Solicitud de registro de marca de fábrica MOXIGRAM

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-5557 Fecha de Presentación: 2024-08-21 Fecha de emisión: 13 de febrero de 2025 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ZUBIZU LLC Domicilio: 888 BRICKELL, KEY DR UNIT 910, MIAMI, FLORIDA 33131, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSUE RUBEN BANEGAS FIALLOS

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico (antibiótico) indicado para tratar ciertas infecciones causadas por bacterias, como neunionía, bronquitis (infección de las vías respiratorias que van a los pulmones) e infecciones de los oídos, la nariz, la garganta, las vías urinarias y la piel, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 15, 30 J. y 14 A. 2025 MOXIGRAM

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