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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

23 diciembre 2024Edición No. 36,722

Acuerdo

Acuerdo No. 01-2024 — Reglamento Interno Para Donaciones, Ayudas Sociales y Ayudas Varias del Patronato Nacional de la Infancia

Consejo Directivo del Patronato Nacional de la Infancia (CODIPANI)

  1. 1.

    Que mediante Decreto Legislativo No. 438 de fecha 18 de febrero de 1967, se emitió la Ley Orgánica del Patronato Nacional de la Infancia, institución autónoma, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

  2. 2.

    Que el Patronato Nacional de la Infancia tiene por objeto coadyuvar con la ejecución de la política del Estado relacionado con el bienestar físico, mental y social de la población materno infantil, de acuerdo con los planes nacionales de desarrollo económico y social. COSIDERANDO (3): Que el Consejo Directivo mediante Resolución CODIPANI No. 016-2016 de fecha 27 de abril de 2016, aprobó Reglamento Interno Para Donaciones y Ayudas Sociales Varias del Patronato Nacional de la Infancia (PANI).

  3. 3.

    Que por instrucciones del Consejo Directivo, en Sesión Ordinaria No. 4 del 19 de agosto de 2024, se ha realizado una revisión general del Reglamento Interno Para Donaciones y Ayudas Sociales Varias del Patronato Nacional de la Infancia y que como resultado de su revisión se ha identificado omisiones en el control interno del PANI como la segregación de funciones; además, la omisión de las ayudas en especies y la ubicación de las definiciones en un capítulo que no corresponde, entre otras.

  4. 4.

    Que de conformidad con la Ley Orgánica del PANI y su Reglamento, artículos 17 literal “a” y 13 literal “c” respectivamente, son atribuciones del Consejo Directivo las siguientes:

    • 1)

      Formular la política general de la entidad y aprobar sus programas de trabajo, de acuerdo con los planes operativos anuales de desarrollo económico y social del Gobierno de la República de Honduras;

    • 2)

      Emitir los manuales internos y reglamentos necesarios para el mejor funcionamiento del PANI.

  5. 5.

    Que el CODIPANI, mediante Resolución CODIPANI No. 038-2016 de Sesión Ordinaria celebrada el 25 de julio de 2016, aprobó la creación de un fondo para brindar ayuda económica a personas de escasos recursos, encaminadas a resolver necesidades de niños, adolescentes y personas mayores de la tercera edad con alguna enfermedad y con discapacidad, así como ayudas sociales EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 varias, con el propósito de coadyuvar con la ejecución de la política del Estado encaminada a lograr el bienestar físico, mental y social de la población materno infantil, jóvenes y adultos mayores de acuerdo con los planes nacionales de desarrollo económico y social.

  6. 6.

    Que el Patronato Nacional de la Infancia anualmente destina recursos económicos para ayudas sociales a personas naturales e instituciones, por lo cual se hace necesario la creación de un reglamento para regular los requisitos necesarios para el otorgamiento de dichas donaciones.

  7. 7.

    Que el Consejo Directivo es la máxima autoridad de la Institución, responsable de la dirección y administración superior de éste.

Articulo 1

El presente Reglamento tiene por objeto establecer la normativa que ha de regular el manejo, control y asignación de los recursos para ayudas sociales, ayudas varias y donaciones, a todas las personas naturales de escasos recursos económicos, personas jurídicas, instituciones del Estado descentralizadas, desconcentradas o que dependen de otra institución estatal, instituciones privadas sin fines de lucro, centros educativos públicos, patronatos, iglesias u otra organización sin fines de lucro que promuevan o preste servicios de asistencia social, aprobadas por el PANI; para atender a personas en estado de calamidad doméstica o de escasos recursos: madres, niños(as), adolescentes y adultos mayores por enfermedades o con alguna discapacidad, en el marco de las disponibilidades presupuestarias establecidas para tal fin, determinando asimismo los requisitos y condiciones para gozar de este beneficio, autorizadas en el presupuesto anual del PANI y aquellas incluidas con autorización de CODIPANI y dictamen de la SEFIN.

Articulo 2

Para los efectos de este Reglamento los siguientes términos tendrán el significado de: i. Asistencia social: Es la protección a toda persona natural que no disponga de recursos suficientes y que no esté en condiciones de conseguir los por su propio esfuerzo o de recibirlos de otras fuentes a través de prestaciones de un régimen de seguridad social. ii. Ayudas sociales: Entiéndase por ayudas sociales al auxilio o ayudas especiales, de manera pecuniaria o en especies, no permanentes ni obligatorias entregadas a personas naturales. iii. Ayudas varias: Entiéndase como el auxilio o colaboración,pecuniaria,en especies o en servicios,que el PANI otorga a personas naturales o a instituciones u organizaciones contenidas en el Artículo 3 de este Reglamento, que promuevan o presten servicios de asistencia social. iv. Calamidad doméstica: Todo suceso familiar cuya gravedad afecta el desarrollo normal de las actividades cotidianas de una persona. Por ejemplo: el fallecimiento de familiar hasta el segundo grado de consanguinidad o afinidad; accidente (hijos, cónyuge o pareja, padres, hermanos), hospitalización (hijos, cónyuge o pareja, padres); tratamiento médico de hijos; siniestros que afecten gravemente la propiedad o bienes de la persona. v. CODIPANI: Consejo Directivo del Patronato Nacional de la Infancia, órgano colegiado que constituye la máxima autoridad de la Institución. vi. Discapacitado: Persona que sufre una incapacidad. vii. Donaciones: La donación es el acto mediante el cual el PANI transfiere gratuita e irrevocablemente bienes, de manera pecuniaria o en especies, a otra persona que lo acepta. Esta persona puede ser natural o jurídica, instituciones del Estado descentralizadas, desconcentradas o que dependen de otra institución estatal, centros educativo públicos, instituciones privadas sin fines de lucro, patronatos, iglesias u otra organización sin fines de lucro que preste o promueva servicios de asistencia social. viii. Incapacidad: Limitación física o mental para llevar a cabo una vida normal o para cumplir una actividad laboral, como consecuencia de una enfermedad o accidente. ix. Microempresa de subsistencia: Es toda unidad productiva no constituida formalmente y que persigue la generación de ingresos con el propósito de satisfacer sus necesidades inmediatas y las de su familia, el consumo propio e inmediato, en su mayoría trabajadores individuales temporalmente des ocupados que se integran al sector mientras con siguen trabajo más estable. x. PANI: Patronato Nacional de la Infancia. CAPÍTULO II DE LOS BENEFICIARIOS

Articulo 3

Serán beneficiarios de los recursos presupuestarios disponibles para ayudas sociales, ayudas varias o donaciones, todas las personas naturales de escasos recursos económicos, instituciones del Estado descentralizadas, desconcentradas o que dependan de otra institución estatal, centros educativos, centros religiosos, patronatos, asociaciones civiles sin fines de lucro y otras instituciones públicas y privadas que promuevan o presten servicios de asistencia social.

Articulo 4

La documentación mínima que deberá presentar el solicitante, para cualquiera de las modalidades de ayudas o donaciones que regula este reglamento será la siguiente: a. Personas naturales: Presentarán solicitud por escrito especificando la razón de la ayuda requerida adjuntando una copia de la tarjeta de identidad y los documentos siguientes, dependiendo del motivo de la solicitud: i. Receta o comprobantes que demanden la compra de medicamentos, exámenes o cirugía; ii. Presupuesto estimado de equipo o materiales requeridos para vivienda; iii. Presupuesto estimado para emprender microempresa de subsistencia; iv. Boleta o constancia de fallecimiento de familiares; v. Constancia actualizada de matrícula para gastos educativos y otros documentos de respaldo según el caso particular. La solicitud debe ser firmada por el solicitante y colocar su huella dactilar. En caso de padres de familia que solicitan ayuda para gastos de hijos menores de edad deberá adjuntar partida de nacimiento del menor para comprobar el parentesco. b. Centros educativos: Presentarán solicitud por escrito especificando la razón de la ayuda requerida acompañado de los documentos siguientes: Constancia de funcionamiento activo de la Dirección Distrital o Departamental del Ministerio de Educación; detalle de cantidades y costos estimados de materiales de la actividad y/o proyecto a realizar y cualquier otra documentación necesaria para soporte de lo solicitado. La petición debe ser firmada por el Director de la Escuela, huella dactilar y con el sello correspondiente. c. Centros religiosos: Presentarán solicitud por escrito del propósito de la ayuda social requerida con nombre, sello de la autoridad responsable, huella dactilar, detalle de la actividad o proyecto a realizar y cualquier otra documentación necesaria para soporte de lo solicitado. d. Patronatos, asociaciones civiles sin fines de lucro y otras instituciones públicas y privadas que presten o promuevan la asistencia social: Presentarán solicitud por escrito especificando la razón de la ayuda requerida acompañado de los documentos siguientes, según el caso: i. Copia de personería jurídica y constancia vigente de la Dirección de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRSAC); ii. Detalle de cantidades y costos estimados de materiales de la actividad y/o del proyecto social a realizar y cualquier otra documentación necesaria para soporte de lo solicitado; y, iii. Otras que el PANI considere pertinentes. La petición debe ser firmada por el Presidente de la asociación o institución, huella dactilar y con el sello correspondiente. En toda solicitud de ayuda de personas jurídicas, el representante legal debe acreditar ante el PANI su representación con el documento correspondiente. Toda la documentación adjunta a la solicitud debe ser fidedigna y presentarse sin borrones o tachaduras. CAPÍTULO III DE LA APROBACIÓN Y TRÁMITE

Articulo 5

La solicitud debe ser dirigida y presentada ante la Dirección Ejecutiva del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), adjuntando la documentación requerida. El solicitante, deberá especificar en su carta de solicitud, su dirección completa y exacta y número telefónico fijo en el cual pueda ser ubicado en caso de ser necesario.

Articulo 6

El Patronato Nacional de la Infancia (PANI), se reserva el derecho de aprobar o denegar las solicitudes de ayudas que le fueren presentadas.

Articulo 7

Para cualquiera de las modalidades de ayudas o donaciones que regula este Reglamento por valores de hasta de diez mil lempiras (L10,000.00), serán autorizadas por la Dirección Ejecutiva. Las que superan el valor de diez mil lempiras (L10,000.00) serán autorizadas por el Consejo Directivo del Patronato Nacional de la Infancia mediante la resolución correspondiente.

Articulo 8

Para la aprobación de cualquiera de las modalidades de ayudas o donaciones, se deberá contar con la disponibilidad presupuestaria, o que se cuente con el bien y que el solicitante haya presentado la documentación requerida según el caso.

Articulo 9

El trámite y la entrega de cualquiera de las modalidades de las ayudas, se realizará a través de la Dirección Ejecutiva. En caso de personas naturales, la entrega será únicamente al beneficiario. Para las personas jurídicas, el trámite se hará a nombre de la institución o asociación beneficiaria y el receptor será el representante legal. En caso que la institución carezca de personalidad jurídica, porque depende de otra entidad estatal, la entrega se hará a quien dirige la institución beneficiaria. En cualquiera de los casos, el receptor de la ayuda deberá firmar un recibo por el valor monetario de lo recibido y colocar su huella dactilar.

Articulo 10

El trámite y la entrega de las donaciones, para personas naturales, jurídicas o cualquier entidad u organización incluidas en el Artículo 3 de este Reglamento, se realizará a través de la Dirección Ejecutiva, se hará a nombre de la institución o asociación a beneficiaria y el receptor será el representante legal.

Articulo 11

El Patronato Nacional de la Infancia (PANI), se reserva el derecho de solicitar liquidaciones de cualquiera de las modalidades de ayudas otorgadas dependiendo el monto y destino de las mismas. Asimismo, se reserva el derecho de dar el seguimiento a estas ayudas cuando dichas liquidaciones presenten inconsistencias. CAPÍTULO IV DE LA ADMINISTRACIÓN

Articulo 12

Para la administración del fondo de donaciones y ayudas sociales y ayudas varias, se designará al Gerente Administrativo, en virtud de rendir caución, de acuerdo a lo que establece la Ley Orgánica del Tribunal Superior de Cuentas y su Reglamento.

Articulo 13

La Unidad de Auditoría Interna del PANI, en aplicación de sus atribuciones del control concurrente, presentará al CODIPANI, un informe periódico de la ejecución de los fondos o recursos asignados para ayudas sociales, ayudas varias y donaciones objeto de este Reglamento. DISPOSICIONES FINALES

Articulo 14

Queda derogado el Reglamento Interno para Donaciones y Ayudas Sociales Varias del Patronato Nacional de la Infancia (PANI), aprobado mediante Resolución CODIPANI No. 016-2016, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 34,613 del 11 de abril del 2018.

Articulo 15

El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial de la República de Honduras, La Gaceta; y, podrá ser modificado por el CODIPANI en lo sucesivo, de acuerdo a las necesidades del Patronato Nacional de la Infancia. PUBLÍQUESE Dado en el Salón de sesiones del CODIPANI, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los 10 días del mes de diciembre del año 2024. Doctora Nerza Gloria Paz Rodríguez Viceministra de Redes Integradas de los Servicios de Salud y Presidente del CODIPANI Abogada Ana Julia Arana Canales Directora Ejecutiva y Secretaria del CODIPANI Consejo Nacional Electoral CNE

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Certificación

Certificación No. 357-2024 — Certificación de Acuerdo 13-2024 sobre correcciones de División Política Geográfica Electoral

Consejo Nacional Electoral

  1. 1.

    Que de conformidad con el artículo 21 numeral 4 literal “d” de la Ley Electoral de Honduras, el Consejo Nacional Electoral, en cuanto a su organización y funcionamiento, tiene la facultad de emitir acuerdos, reglamentos, instructivos y resoluciones.

  2. 2.

    Que es facultad del Consejo Nacional Electoral de conformidad con el artículo 21 numeral 3 literal “n” de la Ley Electoral de Honduras, mantener actualizada la División Política Geográfica Electoral. Asimismo, tiene la facultad expresa de crear, modificar y suprimir sectores geográficos electorales de acuerdo a lo que dispone el artículo 91 del mismo cuerpo legal.

  3. 3.

    Que según el artículo 89 de la Ley Electoral de Honduras, la División Política Geográfica Electoral es la sectorización que hace el Consejo Nacional Electoral de un determinado territorio, tomando como elemento principal el domicilio de los ciudadanos aptos para el ejercicio del sufragio, asignándoles un centro de votación accesible y cercano a su residencia, que les garantice dicho ejercicio en las elecciones.

  4. 4.

    Que el sector geográfico electoral es una extensión territorial definida por el Consejo Nacional Electoral, en la que se agrupan uno o más poblados dentro de un municipio, para hacer efectivo el ejercicio del sufragio de los ciudadanos en un lugar cercano a su residencia, constituyéndose éste como su domicilio electoral, de conformidad al artículo 90 de la Ley Electoral de Honduras.

  5. 5.

    Que producto de la inspección de campo de los cuatro (4) municipios donde se realizaron solicitudes de apertura de Centros de Votación y luego de una revisión de la cartografía de dichos municipios, se identificaron de oficio los errores en los nombres de Lugares Poblados, por lo cual la Dirección Electoral recomendó a este Pleno autorizar las correcciones respectivas, que a continuación se detallan: E RT IFICACIÓN 357-2024. La infrascrita Secretaria General del Consejo Nacional Electoral por este medio CERTIFICA la RESOLUCIÓN tomada por unanimidad en el punto VII (Asuntos Electorales) numeral ocho (08) del Acta Número 21-2024, correspondiente a la Sesión Ordinaria, celebrada por el Pleno de este Órgano Electoral el día viernes seis (06) de diciembre del año dos mil veinticuatro (2024), reanudada los días domingo ocho (08) y lunes nueve (09) del mismo mes y año, que literalmente dice: “

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Acuerdo

Acuerdo No. 13-2024 — Autorización de reubicación de lugares poblados y correcciones de nombres en División Política Geográfica Electoral

Consejo Nacional Electoral

  1. 1.

    Que de conformidad con el artículo 21 numeral 4 literal “d” de la Ley Electoral de Honduras, el Consejo Nacional Electoral, en cuanto a su organización y funcionamiento, tiene la facultad de emitir acuerdos, reglamentos, instructivos y resoluciones.

  2. 2.

    Que es facultad del Consejo Nacional Electoral de conformidad con el artículo 21 numeral 3 literal “n” de la Ley Electoral de Honduras, mantener actualizada la División Política Geográfica Electoral. Asimismo, tiene la facultad expresa de crear, modificar y suprimir sectores geográficos electorales de acuerdo a lo que dispone el artículo 91 del mismo cuerpo legal.

  3. 3.

    Que según el artículo 89 de la Ley Electoral de Honduras, la División Política Geográfica Electoral es la sectorización que hace el Consejo Nacional Electoral de un determinado territorio, tomando como elemento principal el domicilio de los ciudadanos aptos para el ejercicio del sufragio, asignándoles un centro de votación accesible y cercano a su residencia, que les garantice dicho ejercicio en las elecciones.

  4. 4.

    Que el sector geográfico electoral es una extensión territorial definida por el Consejo Nacional Electoral, en la que se agrupan uno o más poblados dentro de un municipio, para hacer efectivo el ejercicio del sufragio de los ciudadanos en un lugar cercano a su residencia, constituyéndose éste como su domicilio electoral, de conformidad al artículo 90 de la Ley Electoral de Honduras.

  5. 5.

    Que producto de la inspección de campo de los cuatro (4) municipios donde se realizaron solicitudes de apertura de Centros de Votación y luego de una revisión de la cartografía de dichos municipios, se identificaron de oficio los errores en los nombres de Lugares Poblados, por lo cual la Dirección Electoral recomendó a este Pleno autorizar las correcciones respectivas, que a continuación se detallan: CORRECCION DE NOMBRE DEL LUGAR POBLADO MUN/DPTO CSE NOMBRE DEL SECTOR ELECTORAL CLP NOMBRE ACTUAL DE LUGAR POBLADO NOMBRE CORRECTO DE LUGAR POBLADO Catacamas, Olancho 1503-2-065 Limones de Cola 1503-8-060 Si bid a Subida Catacamas, Olancho 1503-2-065 Limones de Cola 1503-8-116 Chirringa o Chimica Chiminca Catacamas, Olancho 1503-2-012 La Colonia de Poncaya 1503-8-078 Los Plan cito Los Plancitos Catacamas, Olancho 1503-2-012 La Colonia de Poncaya 1503-8-091 Waniguas Aniguas Catacamas, Olancho 1503-2-012 La Colonia de Poncaya 1503-8-105 Tinnitara Nititara Catacamas, Olancho 1503-2-012 La Colonia de Poncaya 1503-8-057 Sabaloc n° 1 Subaloc N°1 Catacamas, Olancho 1503-2-012 La Colonia de Poncaya 1503-8-058 Sabaloc n° 2 Subaloc N°2 Catacamas, Olancho 1503-2-063 Caño de las Milpas 1503-8-141 Las Crusitas de Sub al o Las Crucitas Catacamas, Olancho 1503-2-063 Caño de las Milpas 1503-8-145 La Ta rosa La Tarroza

  6. 6.

    Que es facultad del Pleno del Consejo Nacional Electoral, crear los sectores geográficos que sean necesarios para garantizar el ejercicio del sufragio en el centro e votación más cercano a la residencia de los ciudadanos. Asimismo, puede modificar o suprimir dichos sectores.

  7. 7.

    Que es facultad del Pleno del Consejo Nacional Electoral, crear los sectores geográficos que sean necesarios para garantizar el ejercicio del sufragio en el centro e votación más cercano a la residencia de los ciudadanos. Asimismo, puede modificar o suprimir dichos sectores.

Articulo 1

AUTORIZAR la reubicación de los ocho (8) siguientes lugares poblados a su nuevo sector electoral, de acuerdo al siguiente detalle: CONSIDERANDO (6): Que es facultad del Pleno del Consejo Nacional Electoral, crear los sectores geográficos que sean necesarios para garantizar el ejercicio del sufragio en el centro e votación más cercano a la residencia de los ciudadanos. Asimismo, puede modificar o suprimir dichos sectores. POR TANTO: En uso de las facultades que establecen los artículos 51 de la Constitución de la República; 6, 7, 8, 89, 90, 91 y 92 de la Ley Electoral de Honduras, 116 de la Ley General de la Administración Pública, el Pleno de Consejeros por unanimidad de votos. ACUERDA:

Articulo 1

AUTORIZAR la reubicación de los ocho (8) siguientes lugares poblados a su nuevo sector electoral, de acuerdo al siguiente detalle: REUBICACIÓN DE LUGARES POBLADOS MUN/DPTO LUGAR POBLADO NUEVO SECTOR ELECTORAL RAZÓN DE LA REUBICACIÓN Distrito Central, FM 0801-82-010 – Bo. La Fuente 0801-1-166 – Bo. Los Dolores Inst. Gustavo Adolfo Alvarado El Inst. Atlántida donde ejercían el sufragio los electores del Bo. La Fuente ya no está disponible. Distrito Central, FM 0801-82-011 – Bo. La Pedrera No. 1 0801-1- -166 Bo. Los Dolores Inst. Gustavo Adolfo Alvarado El Inst. Atlántida donde ejercían el sufragio los electores del Bo. La Pedrera ya no está disponible. Distrito Central, FM 0801-2-034 Bo. El Olvido 0801-1-197 – Bo. Guanacaste Esc. De Niñas José Cecilio del Valle El Inst. Yes donde ejercían el sufragio los electores del Bo. El Olvido ya no está disponible. Distrito Central, FM 0801-2-035 – Bo. La Merced 0801-1-197 – Bo. Guanacaste Esc. De Niñas José Cecilio del Valle El Inst. Yes donde ejercían el sufragio los electores del Bo. La Merced ya no está disponible. Distrito Central, FM 0801-2-036 – Bo. La Hoya 0801-1-197 – Bo. Guanacaste Esc. De Niñas José Cecilio del Valle El Inst. Yes donde ejercían el sufragio los electores del Bo. La Hoya ya no está disponible. Distrito Central, FM 0801-2-037 – Bo. La Ronda 0801-1-197 – Bo. Guanacaste Esc. De Niñas José Cecilio del Valle El Inst. Yes donde ejercían el sufragio los electores del Bo. La Ronda ya no está disponible. Distrito Central, FM 0801-2-038 – Bo. La Plazuela 0801-1-197 – Bo. Guanacaste Esc. De Niñas José Cecilio del Valle El Inst. Yes donde ejercían el sufragio los electores del Bo. La Plazuela ya no está disponible. Distrito Central, FM 0801-1-010 El Sauce 0801-1-410 – Col. Godoy Iglesia Amor Viviente Para los electores de El Sauce es más accesible Col. Godoy que Yaguacire.

Articulo 2

APROBAR la sustitución de centro de votación ubicado en las Oficinas del FHIS en la Colonia Godoy (código 0801-1-410) por el nuevo centro de votación denominado Iglesia Amor Viviente, en la ciudad de Comayagüela, Municipio del Distrito Central.

Articulo 3

AUTORIZAR la eliminación del sector electoral de Instituto Atlántida (código 0801-1-169 Bo. La Fuente), Instituto Yes (código 0801-1-185 Bo. El Olvido) y el Instituto Secretariado Honduras (código 0801-1-186 Bo. La Ronda) ubicados los tres en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, Francisco Morazán.

Articulo 2

APROBAR la sustitución de centro de votación ubicado en las Oficinas del FHIS en la Colonia Godoy (código 0801-1-410) por el nuevo centro de votación denominado Iglesia Amor Viviente, en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central.

Articulo 5

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Firma y Sello. ABG. COSSETTE ALEJANDRA LÓPEZ-OSORIO AGUILAR, CONSEJERA PRESIDENTA; DRA. ANA PAOLA HALL GARCÍA, CONSEJERA SECRETARIA; LIC. MARLON DAVID OCHOA MARTÍNEZ, CONSEJERO VOCAL; ABG. TELMA CRISTINA MARTÍNEZ, SECRETARIA GENERAL”. Para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Para los fines legales pertinentes, se extiende la presente Certificación en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los nueve (09) días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro (2024). ABG. TELMA CRISTINA MARTÍNEZ SECRETARIA GENERAL Certificación 357-2024, Acta 21-2024 tres (03) páginas

Articulo 4

SE AUTORIZA la corrección del nombre de los lugares poblados que a continuación se detallan: CORRECCION DE NOMBRE DEL LUGAR POBLADO MUN/DPTO CSE NOMBRE DEL SECTOR ELECTORAL CLP NOMBRE ACTUAL DE LUGAR POBLADO NOMBRE CORRECTO DE LUGAR POBLADO Catacamas, Olancho 1503-2-065 Limones de Cola 1503-8-060 Si bid a Subida Catacamas, Olancho 1503-2-065 Limones de Cola 1503-8-116 Chirringa o Chimica Chiminca Catacamas, Olancho 1503-2-012 La Colonia de Poncaya 1503-8-078 Los Plan cito Los Plancitos Catacamas, Olancho 1503-2-012 La Colonia de Poncaya 1503-8-091 Waniguas Aniguas Catacamas, Olancho 1503-2-012 La Colonia de Poncaya 1503-8-105 Tinnitara Nititara Catacamas, Olancho 1503-2-012 La Colonia de Poncaya 1503-8-057 Sabaloc N° 1 Subaloc N°1 Catacamas, Olancho 1503-2-012 La Colonia de Poncaya 1503-8-058 Sabaloc N° 2 Subaloc N°2 Catacamas, Olancho 1503-2-063 Caño de las Milpas 1503-8-141 Las Crusitas de Sub al o Las Crucitas Catacamas, Olancho 1503-2-063 Caño de las Milpas 1503-8-145 La Ta rosa La Tarroza

Articulo 5

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. Firma y Sello. ABG. COSSETTE ALEJANDRA LÓPEZ-OSORIO AGUILAR, CONSEJERA PRESIDENTA; DRA. ANA PAOLA HALL GARCÍA, CONSEJERA SECRETARIA; LIC. MARLON DAVID OCHOA MARTÍNEZ, CONSEJERO VOCAL; ABG. TELMA CRISTINA MARTÍNEZ, SECRETARIA GENERAL”. Para ser publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Para los fines legales pertinentes, se extiende la presente Certificación en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los nueve (09) días del mes de diciembre de dos mil veinticuatro (2024). ABG. TELMA CRISTINA MARTÍNEZ SECRETARIA GENERAL Certificación 357-2024, Acta 21-2024 tres (03) páginas GAS*

Articulo 3

AUTORIZAR la eliminación del sector electoral de Instituto Atlántida (código 0801-1-169 Bo. La Fuente), Instituto Yes (código 0801-1-185 Bo. El Olvido), y el Instituto Secretariado Honduras (código 0801-1-186 Bo. La Ronda) ubicados los tres en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, Francisco Morazán.

Articulo 4

SE AUTORIZA la corrección del nombre de los lugares poblados que a continuación se detallan:

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Edicto

Edicto — Aviso de Título Supletorio - María Delia Solórzano Deras

Juzgado de Letras Departamental de Ocotepeque

PODER JUDICIAL AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria Juzgado de Letras de Ocotepeque, al público en general y para efectos de Ley.- HACE CONSTAR: Que la señora MARIA DELIA SOLORZANO DERAS.- Ha Solicitado Título Supletorio del inmueble siguientes.- Un terreno con un área de dieciséis mil seiscientos noventa y un metro cuadrados con noventa y cinco centésimas de metros cuadrados (16,691.95 Mt2), equivalente a dos; manzanas con treinta y nueve centésimas de manzanas (2.39 Mzs), ubicado en el lugar denominado La Ascensión, municipio de San Marcos, departamento de Ocotepeque, con las colindancias siguientes: AL NORESTE, colinda con Nuvia Leticia Aguilar Orellana y calle pública de por medio, con JEREMIAS MELGAR RAMOS; AL SURESTE; Y, AL ESTE; colinda con RAFAEL ANTONIO FUENTES LANDAVERDE; AL SUROESTE, colinda con JUAN SANTOS RAMOS ALEMAN, CALLE PÚBLICA Y MARIA TERESA ORELLANA SOLORZANO; Y, AL NOROESTE, colinda con JESUS MANUEL LOPEZ, NOHEMY MELGAR, LILIA MARLEN MELGAR Y JOSE DOMINGO MELGAR, inmueble este que hubo por compra a la señora Antolina Melgar, mediante documentos privado de fecha (10) de septiembre del año dos mil diez 2010, el cual es de naturaleza privada y que ha poseído en forma quieta, pacífica y no interrumpida por más de trece años. Vengo por este medio a solicita Título Supletorio, para el objeto de tener título inscrito.- Representante Legal Abogado JAVIER EDUARDO MADRID CARDONA. Ocotepeque, 04 de septiembre del año 2024. ABG. MARIA DOLORES LEONOR.-SRIA. ADJUNTA JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE 22 O., 22 N. y 23 D. 2024

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Edicto

Edicto — Aviso de Título Supletorio - Milton Edgardo Reyes Melgar

Juzgado de Letras Departamental de Ocotepeque

AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de Ocotepeque, al público en general y para efectos de Ley.HACE CONSTAR: Que el señor MILTON EDGARDO REYES MELGAR, ha solicitado Título Supletorio un lote de terreno con un área de DOCE MANZANAS CON CINCUENTA Y OCHO CENTÉSIMAS DE MANZANA (12.58 Mzs) equivalente a OCHENTA Y SEIS MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE METROS CUADRADOS CON CINCUENTA Y NUEVE CENTÉSIMAS DE METRO CUADRADO (86,599.59 M2), ubicado en Los Lesquines, municipio de San Marcos, departamento de Ocotepeque, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con Jesús Melgar Ventura; AL NORESTE, colinda con Jesús Melgar Ventura; AL NOROESTE, colinda con Milton Edgardo Reyes Melgar; AL SUR, colinda con calle pública y Yansi Marilet Rivera Rivera; AL SURESTE, Noé Melgar, José Rolando Tobías, Irma Tobías Melgar; AL SUROESTE, German Alexander Arita Melgar, AL ESTE, colinda con Noé Melgar; y, AL OESTE, colinda con German Alexander Arita Melgar y Milton Edgardo Reyes Melgar; inmueble este que hube por donación de parte de mi madre la señora Melida Melgar Ventura, mediante documento privado de fecha ocho (8) de febrero del año dos mil siete (2007), el cual es de naturaleza privada y he poseído en forma quieta, pacífica y no interrumpida por más de dieciséis (16) años, vengo por este medio a solicitar Título Supletorio, para el objeto de tener título inscrito.- Téngase como Apoderada Legal a los Abg. JAVIER EDUARDO MADRID CARDONA. Ocotepeque, 23 de agosto del 2024. MARIA DOLORES LEONOR.-SRIA. ADJUNTA JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE 22 O., 22 N. y 23 D. 2024

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Edicto

Edicto — Aviso de Título Supletorio - María Esmeralda Melgar Dubón

Juzgado de Letras Departamental de Ocotepeque

AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de Ocotepeque, al público en general y para efectos de Ley. HACE CONSTAR: Que la señora MARIA ESMERALDA MELGAR DUBON, ha solicitado Título Supletorio del inmueble siguiente: Un lote de terreno con un área de UNA MANZANA CON CINCO CENTÉSIMAS DE MANZANA (1.05 Mz), equivalente a SIETE MIL TRESCIENTOS DOCE METROS CUADRADOS CON NOVECIENTAS CUARENTA Y TRES MILÉSIMAS DE METRO CUADRADO (7,312.943 M2), ubicado en sitio El Marque tado, municipio de Sensenti, departamento de Ocotepeque, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con Salvador Fuentes Hernández y calle pública de por medio con Modesto Gómez; AL SUR, colinda con Alexis Edgardo Paz Gómez; AL ESTE, colinda con Miguel Ángel Galdámez Hernández, Juan Deras y Pedro Antonio Fuentes; y, AL OESTE, colinda con Salomón Ventura y Elmer Erazo; los cuales he poseído quieta, pacífica e interrumpidamente desde hace diez años, Representante Legal Abg. JAVIER EDUARDO MADRID CARDONA. Ocotepeque, 20 de septiembre del año 2024. MARIA DOLORES LEONOR.-SRIA. ADJUNTA JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE 22 O., 22 N. y 23 D. 2024

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Aviso — Aviso de Registro de Coadyuvantes y Sustancias Afines - PROTECSOL 5 SL

Servicio Nacional de Sanidad e Inocuidad Agroalimentaria, Dirección Técnica de Sanidad Vegetal

Sección “B”

REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS

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Edicto

Edicto — Aviso de Título Supletorio - Lote de terreno en Paso de la Alianza

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca

PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que la Abogada GRISELDA ESPINAL RIVERA, mayor de edad, casada, hondureña, Abogada, miembro inscrita en el Colegio de Abogados de Honduras bajo número 15683,con celular número98514303,con domicilio en la ciudad de Choluteca, departamento de Choluteca, actuando en su condición de Representante Procesal de la señora MARIA MARTINA SANCHEZ AGUILERA, mayor de edad, soltera, ama de casa, hondureña, con Documento Nacional de Identificación número 0610-1981-00956, con domicilio en la Comunidad de Paso Alianza, municipio de Orocuina, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un lote de terreno ubicado en el Caserío de Paso de la Alianza municipio de Orocuina, departamento de Choluteca, MAPA FINAL JE-32, Extensión del Predio 00 HAS, 09 AS, 79.05 CAS, Naturaleza Jurídica y Sitio LA CONCEPCIÓN /PRIVADO, COLINDANCIAS: NORTE, CALLE DE POR MEDIO CON ONDINA LOPEZ; ENCAJONADA DE POR MEDIO CON MARCIAL A FLORES; AL SUR, SIXTO ORDOÑEZ; ESTE, ENCAJONADA DE POR MEDIO CON MARCIAL A FLORES; OESTE, ALVARO ENRIQUE TORREZ, CALLE DE POR MEDIO CON ONDINA LOPEZ, el presente predio antes descrito lo obtuvo de forma quieta,pacífica y no interrumpida, por más de veinte años no existiendo otros poseedores pro- indivisos. Choluteca, 29 de agosto del año 2024 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 22 O., 22 N. y 23 D. 2024 ______ PODER JUDICIAL AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria Juzgado de Letras de Ocotepeque, al público en general y para efectos de ley.- HACE CONSTAR: Que el señor LUIS ALONSO LARA,-ha solicitado Título Supletorio del Inmueble siguientes.- Un Lote de Terreno, con una Área de Manzana y Media (1.50mz) de Extensión Superficial, ubicado en el lugar denominado Mam agua, jurisdicción del municipio de Lucerna, Ocotepeque, con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con Efrain Mejia y camino de por medio, AL ESTE, colinda con sucesión de Andres Vicen, AL SUR, colinda con sucesión de Jose Serrano, AL OESTE, colinda con Rosa Mejia de Espinoza, cercado y cultivado de café y árboles frutales, en vista que adquirió el terreno antes mencionado por compra realizada a la señora Roselbia Lara Mejía, en fecha 10 de febrero del año 2005, mediante documento Privado de Compra y Venta por más de 17 años de poseer dicho terreno, Representante Legal Abogados LILIANA SOLEDAD DIAZ URREA y el Abogado FRANCISCO JAVIER CARVAJAL MARTINEZ. Ocotepeque, 13 de agosto del año 2024 ABG. MARIA DOLORES LEONOR.- SRIA. ADJUNTA JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE 22 O., 22 N. y 23 D. 2024

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Aviso No. 2024-3181 — Solicitud de registro de Marca de Servicio - Infinity Care

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3181 Fecha de presentación: 2024-05-16 Fecha de emisión: 8 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: CH COMERCIAL S.A. DE C.V. Domicilio: Col. Palmira, calle Brasil, casa 2101, Honduras

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Yasmin del Carmen Ordoñez Laínez

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Infinity Care

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Importación, exportación, venta y comercialización de productos de cuidado personal, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 21 N., 6 y 23 D. 2024 ____________ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósito

    Marcas de Fábrica

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Aviso No. 2024-1793 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - EMBUCHITOS

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1793 Fecha de presentación: 2024-03-15 Fecha de emisión: 4 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: SERVICIOS DE REPRODUCCION EN BOVINOS Y EQUINOS S.A. Domicilio: Km 67.5 carretera a Occidente, La Flecha, Santa Bárbara, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LAURA BEATRIZ GARAY

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN EMBUCHITOS

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "EMBUCHITOS" y la apariencia de su etiqueta, sin dar protección los elementos denominativos contenidos.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Embutidos de carne, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso No. 2023-6388 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - NEILMED

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-6388 Fecha de presentación: 2023-10-09 Fecha de emisión: 19 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: FARMACIA EMY SUPER S.A. DE C.V. Domicilio: Barrio Guamilito, 5-6 calle, 11 avenida, edificio Plaza Thelma, San Pedro Sula, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LAURA BEATRIZ GARAY

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NEILMED

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se considera la marca como un signo denominativo.

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Aviso No. 2024-3183 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - PORKA

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-3183 Fecha de presentación: 2024-05-16 Fecha de emisión: 16 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: GRANJA AVICOLA ALVARENGA S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: Colonia Modelo, 9 calle, 14 avenida, San Pedro Sula, Cortés, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LAURA BEATRIZ GARAY

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (29)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PORKA

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Carne de cerdo, de la clase 29. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025 I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano indicado para enfermedades y afecciones respiratorias, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso No. 2024-980 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - FLUCON-Z

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-980 Fecha de presentación: 2024-02-14 Fecha de emisión: 23 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FRANCELIA, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: Colonia Jardines de Toncontín, 1 cuadra arriba de Camosa, Comayagüela, M.D.C., Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL MARIA LOURDES PERALTA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano, antiinfeccioso: Antibiótico, antifúngico, antiviral, antiparasitario, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025 FL U CON-Z

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Aviso No. 2024-1053 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - ANEVIT-F

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1053 Fecha de presentación: 2024-02-15 Fecha de emisión: 23 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FRANCELIA, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: Colonia Jardines de Toncontín, 1 cuadra arriba de Camosa, Comayagüela, M.D.C., Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL MARIA LOURDES PERALTA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación, únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de los elementos denominativos por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Suplementos nutricionales de uso humano, antianémicos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025 ANEVIT-F

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Aviso No. 2024-1057 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - FARMADOCE

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1057 Fecha de presentación: 2024-02-15 Fecha de emisión: 28 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FRANCELIA, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: Colonia Jardines de Toncontín, 1 cuadra arriba de Camosa, Comayagüela, M.D.C., Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL MARIA LOURDES PERALTA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Suplemento nutricional de uso humano, vitaminas, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025 FARMA DOCE

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Aviso No. 2024-1056 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - MEBEN SEIS

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1056 Fecha de presentación: 2024-02-15 Fecha de emisión: 27 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: LABORATORIOS FRANCELIA, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: Colonia Jardines de Toncontín, 1 cuadra arriba de Camosa, Comayagüela, M.D.C., Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL MARIA LOURDES PERALTA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación, únicamente en su conjunto sin dar exclusividad de los términos por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano, antiinfeccioso:Antibiótico, antifúngico, antiviral, antiparasitario; preparados estomacales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025 MEBEN SEIS

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Aviso

Aviso No. 2024-745 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - MCPOLOO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-745 Fecha de Presentación: 2024-02-06 Fecha de emisión: 20 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Yiwu Joyluck Sanitary Ware Co., Ltd. Domicilio: No. 719 Huimin Road, Niansanli Street, Yiwu City, 322000 Zhejiang, China.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL MARILIA DOMINGA ZELAYA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (11)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MCPOLOO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instalaciones de alumbrado; refrigeradores; secadores de pelo eléctricos de mano; instalaciones de filtrado de aire; instalaciones de suministro de agua; grifos mezcladores para tuberías de agua; aireadores de grifos; váteres [inodoros]; aparatos para filtrar el agua; aparatos y máquinas para purificar el agua; radiadores eléctricos; instalaciones de baño; calentadores de baño; bañeras, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-4767 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - GZ

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-4767 Fecha de Presentación: 2023-07-26 Fecha de emisión: 2 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Wenzhou Gongzheng Intelligent Equipment Co., Ltd. Domicilio: Miaobei Village, Sanjiang District, Yongjia County, Wenzhou City, Zhejiang Province 325102, China.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL MARILIA DOMINGA ZELAYA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (7)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN GZ

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Máquinas de imprimir; máquina de impresión de planchas tri color (maquinaria para la industria de la impresión); rodillos de imprenta para máquinas; planchas de impresión; rotulado ras computarizadas; máquinas de imprimir industriales; aparatos entintado res [imprenta]; bombas [máquinas]; actuadores hidráulicos para válvulas; impresoras 3D, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025 H.- Reservas/Limitaciones: Se considera tipo de signo denominativa. I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aparatos e instalaciones de alumbrado; refrigeradores; secadores de pelo eléctricos de mano; instalaciones de filtrado de aire; instalaciones de suministro de agua; grifos mezcladores para tuberías de agua; aireadores de grifos; calentadores de baño; aparatos para filtrar el agua; aparatos y máquinas para purificar el agua; radiadores eléctricos; instalaciones de baño; váteres [inodoros]; bañeras, de la clase 11. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-744 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - JOYLUCK

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-744 Fecha de Presentación: 2024-02-06 Fecha de emisión: 2 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Yiwu Joyluck Sanitary Ware Co., Ltd. Domicilio: No. 719 Huimin Road, Niansanli Street, Yiwu City, 322000 Zhejiang, China.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL MARILIA DOMINGA ZELAYA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (11)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN JOYLUCK

  • G)

    _______

  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Lápices de labios [pintalabios]; crema para aclarar la piel; esmaltes de uñas; cosméticos para pestañas; maquillaje; perfumes; productos de perfumería; aguas de tocador; popurrís aromáticos; preparaciones con filtro solar; mascarillas de belleza; lápices para uso cosmético; productos antitranspirantes [artículos de tocador], de la clase 3. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-378 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - Story of Love

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-378 Fecha de Presentación: 2024-01-19 Fecha de emisión: 7 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: STORY OF LOVE COSMETICS CO., LTD. Domicilio: No. 358, Shengshou Road, Chengxi Special Industrial Zone, Yiwu City, Zhejiang Province, China.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL MARILIA DOMINGA ZELAYA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (3)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Story of Love

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de lotería, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-4638 — Solicitud de registro de Marca de Servicio - La Chica

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-4638 Fecha de Presentación: 2024-07-16 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Patronato Nacional de la Infancia Domicilio: Avenida Los Próceres, contiguo al Hospital San Felipe, CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL IRIS YOLANDA CASTELLANOS PÉREZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (41)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN La Chica

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de lotería, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-4639 — Solicitud de registro de Marca de Servicio - La Chica2

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-4639 Fecha de Presentación: 2024-07-16 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Patronato Nacional de la Infancia Domicilio: Avenida Los Próceres, contiguo al Hospital San Felipe, CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL IRIS YOLANDA CASTELLANOS PÉREZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (41)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN La Chica2

  • G)

    _______

  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "La Chica3" en su conjunto.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de lotería, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-4640 — Solicitud de registro de Marca de Servicio - La Chica3

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-4640 Fecha de Presentación: 2024-07-16 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Patronato Nacional de la Infancia Domicilio: Avenida Los Próceres, contiguo al Hospital San Felipe, CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL IRIS YOLANDA CASTELLANOS PÉREZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (41)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN La Chica3

  • G)

    _______

  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "La Chica4" en su conjunto.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de lotería, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-4642 — Solicitud de registro de Marca de Servicio - La Chica4

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-4642 Fecha de Presentación: 2024-07-16 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Patronato Nacional de la Infancia Domicilio: Avenida Los Próceres, contiguo al Hospital San Felipe, CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL IRIS YOLANDA CASTELLANOS PÉREZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (41)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN La Chica4

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la marca "La Grande" en su conjunto, sin dar exclusividad a las palabras por separado.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de lotería, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-4636 — Solicitud de registro de Marca de Servicio - La Grande

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-4636 Fecha de Presentación: 2024-07-16 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Patronato Nacional de la Infancia Domicilio: Avenida Los Próceres, contiguo al Hospital San Felipe,CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL IRIS YOLANDA CASTELLANOS PÉREZ

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (41)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN La Grande

  • G)

    ____

  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación únicamente en su conjunto, sin dar exclusividad de uso del término "PUMPS".

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Bombas para aguas residuales; bombas de sumidero; bombas trituradoras; bombas de sumidero para altas temperaturas; bombas de sumidero para ascensores; bombas de condensado; bombas de drenaje y sistemas de drenaje; bombas sumergibles; bombas multiuso; bombas de transferencia y utilitarias; sistemas de bombas prediseñados, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-1703 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - Liberty Pumps

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1703 Fecha de Presentación: 2024-03-12 Fecha de emisión: 26 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: World Logistic Services Honduras, S. de R.L Domicilio: Torre Nova 2, piso 9, Centro Comercial Novacentro, Corporativo Los Próceres, Tegucigalpa, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Francisco Alejandro Pavón Bustillo

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (7)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Liberty Pumps

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de entrenamiento deportivo y para el mantenimiento físico, de la clase 41. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-5085 — Solicitud de registro de Marca de Servicio - I AM LARES

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-5085 Fecha de Presentación: 2023-08-09 Fecha de emisión: 10 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: LARES FITNESS, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA Domicilio: Calle Bustamante y Rivero, tercera avenida, Bulevar Morazán atrás de Restaurante El Patio, colonia Parcaltagua, CP 11101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL JOSE OSWALDO FIGUEROA PINEDA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (41)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN I AM LARES

  • G)

    ____ G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Aditivos químicos con fines industriales, para su aplicación en fluidos industriales, para uso en la industria textil y del cuero; agentes antiespumantes, para uso en la industria de la pintura; fluidos industriales para la descarga de productos de moldes, para uso en la industria de plásticos y materiales sintéticos; aditivos químicos y preparaciones a base de siliconas utilizados en la producción de dispositivos y auxiliares, destinados al contacto directo u ocasional con alimentos para uso en la industria de alimentos y bebidas; agentes desmoldantes químicos, para ciencia y fotografía, así como en agricultura, horticultura, silvicultura, fluidos de trasferencia de calor para uso industrial en ciencia y fotografía, así como en agricultura, horticultura y silvicultura, de la clase 1. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2022-3557 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - CALTHERM

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-3557 Fecha de Presentación: 2022-06-21 Fecha de emisión: 26 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: CALDIC B.V. Domicilio: WESTERLAAN I 3016 CK ROTTERDAM, Países Bajos.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO: DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO JOSÉ ROSA CLAMER

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (1)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CALTHERM

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Aviso

Aviso No. 2024-1052 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - CLANOSAN

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1052 Fecha de presentación: 2024-02-15 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: PROFARMACO, S.A. Domicilio: Barcelona, España.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL MARIA LOURDES PERALTA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CLANOSAN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano antiplaquetario, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025 _______ G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano antidepresivo, indicado para tratar el trastorno depresivo mayor y la ansiedad, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-653 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - BRALIOZ

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-653 Fecha de presentación: 2024-02-01 Fecha de emisión: 14 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: PROFARMACO, S.A. Domicilio: Barcelona, España.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL MARIA LOURDES PERALTA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BRALIOZ

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Aviso

Aviso No. 2024-652 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - ZERENTO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-652 Fecha de presentación: 2024-02-01 Fecha de emisión: 14 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: PROFARMACO, S.A. Domicilio: Barcelona, España.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL MARIA LOURDES PERALTA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ZERENTO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano para tratar la insuficiencia cardíaca, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025 _______ G.- H.- Reservas/Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano para tratar una enfermedad del corazón (cardiopatía), de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-651 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - DEFITDAO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-651 Fecha de presentación: 2024-02-01 Fecha de emisión: 14 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: PROFARMACO, S.A. Domicilio: Barcelona, España.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL MARIA LOURDES PERALTA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DEFITDAO

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Aviso

Aviso No. 2022-2537 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - aladdin

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-2537 Fecha de presentación: 2022-05-11 Fecha de emisión: 25 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Shanghai aladdin Biochemical Technology Co., Ltd. Domicilio: No.809 Chuhua Branch Road, Fengxian District, Shanghai, China.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL Ricardo Jose Rosa Clamer

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN aladdin

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Instrumentos de medición; aparatos para uso en laboratorios de cromatografía; dispositivos eléctricos de medición; aparatos e instrumentos de química; aparatos e instrumentos topográficos y de agrimensura; instrumentos y aparatos detectores; aparatos e instrumentos calibradores; aparatos e instrumentos de medición de precisión; aparatos de navegación para vehículos tales como ordenadores o computadores de a abordo; aparatos e instrumentos didácticos para elaboración de audiovisuales; aparatos e instrumentos de nivelación; aparatos e instrumentos ópticos, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2022-3556 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - CALTHERM (Clase 4)

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-3556 Fecha de presentación: 2022-06-21 Fecha de emisión: 30 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: CALDIC B.V. Domicilio: WESTERLAAN 1 3016 CK ROTTERDAM, Países Bajos.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL Ricardo Jose Rosa Clamer

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (4)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CALTHERM

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aceites y grasas industriales, composiciones para absorber, rociar y asentar; combustibles (incluida la gasolina para motores y materiales de alumbrado), velas y mechas de velas para iluminación, de la clase 4. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2022-2509 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - CRESCO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-2509 Fecha de presentación: 2022-05-10 Fecha de emisión: 22 de abril de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: EMPRESA MEXICANA DE MANUFACTURAS, S.A. DE C.V. Domicilio: Av. Pedro Ramírez Vázquez No. 200-13 Parque Valle Oriente, Torre Valmex Piso 5º, Col. Valle Oriente, San Pedro Garza García, Nuevo León, C.P. 66269, México.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO JOSE ROSA CLAMER

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (17)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CRESCO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Tubos flexibles no metálicos; tubos flexibles de plástico para fontanería; tubos flexibles de pvc; tubos y tuberías de goma, de la clase 17. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-4403 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - TRUCK DEPOT

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-4403 Fecha de presentación: 2023-07-10 Fecha de emisión: 24 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ULTRA REPUESTOS DE HONDURAS, S.A DE C.V. Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras, San Pedro Sula, 21101 Honduras, CP 21101, Honduras.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO JOSE ROSA CLAMER

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (8)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TRUCK DEPOT

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege en su forma conjunta, sin exclusividad de uso de los términos de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Herramientas e instrumentos de mano que funcionan manualmente, herramientas para la agricultura, la jardinería y el paisajismo, herramientas accionadas manualmente para carpinteros, bombas accionadas manualmente para líquidos, de la clase 8. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-4243 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica TRUCK DEPOT

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-4243 Fecha de presentación: 2023-06-30 Fecha de emisión: 19 de noviembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Montres Tudor SA Domicilio: Rue François-Dussaud 3, Geneva, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (14)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN PRINCE

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Relojería y artículos de relojería, en concreto relojes, relojes de pulsera, componentes para relojería y artículos de relojería y accesorios para relojería no comprendidos en otras clases, relojes y otros instrumentos cronométricos, cronómetros, cronógrafos (relojes y relojería), brazaletes de reloj, correas de reloj, esferas (relojes y relojería), cajas y estuches de presentación para relojería y joyería, mecanismos de relojería y sus partes; joyería; piedras preciosas y piedras semipreciosas; metales preciosos y sus aleaciones; alfileres (joyería); mancuernillas; llaveros, de la clase 14. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. ABOGADO FIDEL ANTONIO MEDINA CASTRO Registrador Legal 23 D. 2024, 9 y 24 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2022-7508 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - Newport

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2022-7508 Fecha de presentación: 2022-12-12 Fecha de emisión: 19 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: British American Tobacco (Brands) Limited Domicilio: Globe House, 4 Temple Place, Londres WC2R 2PG, Inglaterra, Reino Unido.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (34)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Newport

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; tabaco de pipa; cigarros; cigarrillos; encendedores de cigarrillos; encendedores de cigarros; fósforos; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas de mano para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser calentado, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2024, 9 y 24 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-1528 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - DYLATIA HESSEL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1528 Fecha de presentación: 2024-03-04 Fecha de emisión: 31 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Establecimientos Ancalmo S.A. de C.V. Domicilio: San Salvador, El Salvador.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN DYLATIA HESSEL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamento para el tratamiento de la hipo glucemia y la diabetes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2024, 9 y 24 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-1529 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica - VISTALIA HESSEL

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1529 Fecha de presentación: 2024-03-04 Fecha de emisión: 31 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: : Establecimientos Ancalmo S.A. de C.V. Domicilio: San Salvador, El Salvador.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VISTA LI A HESSEL

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamento para el tratamiento de la diabetes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2024, 9 y 24 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-1916 — Solicitud de registro de Marca de Servicio BMC

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-1916 Fecha de presentación: 2023-03-29 Fecha de emisión: 23 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: BMC SOFTWARE, INC. Domicilio: 2101 City West Blvd., Houston, Texas 77042, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTÍN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (42)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN BMC

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de consultoría relacionados con la investigación y el diseño de hardware informático y el software informático para terceros; servicios de consultoría técnica, principalmente, resolución de problemas de hardware informático y software informático vía teléfono, correo electrónico y en persona; servicios de mantenimiento de software informático, servicios de programación informática para terceros en el ámbito del procesamiento comercial general; servicios de software como un servicio (SAAS) que incluyen software informático para uso en el campo de los procesos comerciales generales, principalmente, como una solución de escritorio de ayuda que permite a un usuario identificar y resolver problemas asociados con la red informática del usuario y mantener una base de datos de problemas identificados y soluciones; servicios de consultoría informática en el ámbito del software de gestión de sistemas centrado en el aprovisionamiento, configuración y gestión de cambios de la infraestructura del centro de datos; servicios de software como un servicio (SAAS), software informático, principalmente, software de gestión de sistemas centrado en el aprovisionamiento, configuración y gestión de cambios de infraestructura de tecnología de la información; servicios de software como un servicio (SAAS) con software y programas informáticos para gestionar sistemas informáticos, bases de datos y aplicaciones, principalmente, servicios de gestión de datos, automatización de procesos de tecnología de la información, gestión de aplicaciones, almacenamiento y optimización del rendimiento y recuperación de ordenadores centrales y de sistemas distribuidos y la bases de datos y aplicaciones empresariales, programas y sistemas que operan en esto; supervisión remota e in situ de sistemas informáticos; servicios de software como un servicio (SAAS) que incluyen software para sistemas informáticos y gestión de redes informáticas, principalmente, software para supervisión de redes informáticas y diagnósticos de sistemas informáticos; servicios de software como un servicio (SAAS) que incluyen software para administrar, implementar y eliminar aplicaciones de software, mantener inventarios de software, mantener el cumplimiento de licencias de software y administrar seguridad de las aplicaciones en dispositivos móviles, dispositivos de escritorio y redes informáticas en la nube; servicios de software como un servicio (SAAS) que ofrecen software para uso como un conserje virtual que brinda conocimiento y acceso a servicios, contenido y alertas disponibles; servicios de software como un servicio (SAAS) con software que proporciona un servicio de asistencia virtual y servicios de soporte informático y de software de autoayuda; servicios de software como un servicio (SAAS) con software que proporciona gestión de servicios integrados en tiempo real de otro software informático, sistemas de información, hardware informático, redes informáticas y bases de datos de información; servicios de software como un servicio (SAAS) que incluyen software que proporciona alertas y actualizaciones en tiempo real para la gestión del rendimiento de extremo a extremo; servicios de software como un servicio (SAAS) con software que proporciona acceso a aplicaciones y servicios a través de una interfaz y un sistema operativo móvil; servicios de software como un servicio (SAAS) con software que proporciona acceso a aplicaciones y servicios a través de una interfaz y un sistema operativo de escritorio; servicios de software como un servicio (SAAS) con software que proporciona acceso a aplicaciones y servicios a través de un sistema e interfaz basados en la web; servicios de software como un servicio (SAAS) que incluyen software que proporciona sincronización de aplicaciones y contenido entre plataformas y dispositivos; servicios de software como servicio (SAAS) que incluyen software que brinda información específica del usuario sobre uso, cumplimiento, ubicación, aplícaciones, dispositivos y servicios y recursos con reconocimiento de ubicación; servicios de software como servicio (SAAS) que incluyen software que ofrece servicios, actualizaciones y notificaciones con reconocimiento de ubicación; servicios de software como un servicio (SAAS) con software que proporciona programación de citas y notificaciones de citas; servicios de software como un servicio (SAAS) con software que gestiona un servicio de conserjería; servicios de software como un servicio (SAAS) con software que proporciona acceso seguro y almacenamiento de documentos; servicios de software como un servicio (SAAS) con software que proporciona gestión de servicios integrados en tiempo real de otro software informático, sistemas de información, hardware informático, redes informáticas y bases de datos de información; servicios de software como un servicio (SAAS) que incluyen software que proporciona orquestación de flujo de trabajo de sensores, dispositivos habilitados para internet de las cosas (IoT) y dispositivos y recursos de borde; servicios de software como servicio (SAAS) que incluyen software que proporciona vistas holísticas de la infraestructura de tecnología de la ín formación, sensores, dispositivos habilitados para internet de las cosas (IoT) y dispositivos y recursos de borde; servicios de software como un servicio (SAAS) con software que proporciona gestión de utilización y optimización de dispositivos habilitados para internet de cosas (IoT) y dispositivos y recursos de borde; servicios de software como un servicío (SAAS) que incluyen software que a u toma tiza la gestión de vulnerabilidades de seguridad de sensores, dispositivos habilitados para internet de cosas (IoT), recursos y dispositivos perimetrales; servicios de software como un servicio (SAAS) que incluyen software que administra o monitorea dispositivos habilitados para internet de cosas (IoT) y dispositivos y recursos de borde; servicios de software como un servicio (SAAS) que incluyen software que proporciona supervisión, automatización, operación y remediación de sistemas y dispositivos de tecnología de la información utilizando aprendizaje automático e inteligencia artificial; servicios de software como un servicio (SAAS) con software que proporciona gestión de servicios, gestión de incidentes, gestión de cambios, gestión de datos, gestión de conocimientos y gestión de operaciones y gestión de eventos relacionados con activos de tecnología de la información; plataforma como un servicio (PaaS) con plataformas de software informático para uso en el desarrollo, configuración, personalización e implementación de aplicaciones de software y soluciones de software como un servicio (SAAS), de la clase 42. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2024, 9 y 24 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-3649 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica Figurativa Marabu

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-3649 Fecha de presentación: 2023-06-07 Fecha de emisión: 5 de junio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Marabu GmbH & Co. KG Domicilio: Asperger Straße 4, 71732 Tamm, Alemania, Alemania

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Figurativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (2)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege bajo el signo FIGURATIVO, sin dar protección a la letra que pueda contenerse en dicha figura.

  • I)

    Reivindicaciones: Se reivindica los colores de la etiqueta, el color rojo Pantone 185 C y el color negro.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger:Pinturas acrílicas;pinturas al temple;pinturas, incluyendo de dedos; pinturas en aerosol; pinturas, incluyendo de efecto, alquídica, batik; pinturas, incluyendo blanca opaca, para ventanas; pinturas, incluyendo para cuero; pigmentos; pinturas al óleo para trabajos artísticos; pinturas fosforescentes; pinturas, incluyendo para mármol para cerámica, de cera y para decoración de velas, para textiles, antideslizantes para calcetines; pinturas, incluyendo de brillo de seda; pinturas, incluyendo para porcelana; pinturas, incluyendo a la tiza, a la tiza en spray, para artistas, para transferir a textiles, para pizarras; pinturas, incluyendo con efecto óxido, con efecto patina; pinturas, incluyendo magnética, de aluminio, bactericidas, ignífugas; diluyentes para esmaltes y otras pinturas; preparaciones anticorrosivas; tintas de impresión se ri gráfica, incluyendo para tampografia, de aqua/linol, para impresión digital, para imprimir plástico, para estampar metales y estampar textiles; lacas para impresión; lacas [pinturas]; lacas para decoradores; lacas en spray; lacas para artistas; diluyentes para lacas; espesantes para lacas; lacas para moldes; aditivos para pinturas, incluyendo colorantes, barnices y lacas, disolventes en particular, diluyentes, retardantes, endurecedores, emolientes, mejoradores de impresión, mate antes, anti bloque antes, igual a dores, aceleradores, flotantes, diluyentes, primers, fijadores, purificadores, médiums; acuarelas [pinturas]; acuarelas para trabajos artísticos; pinturas, incluyendo pastas acrílicas de colores; tintes di solubles en alcohol; conservantes de la madera, incluyendo aceites, mordientes, tintes y enlucidos para madera [pinturas]; enlucidos [pinturas], incluyendo en la forma de sprays [pinturas]; acuarelas,incluyendo tinta de acuarelas;barnices,incluyendo para decoupage; negros [colorantes o pinturas]; pinturas, incluyendo sales para colorear; tintes para cristal; vidriados, incluyendo [pinturas, lacas]; tintes, colorantes, pigmentos y tintas, incluyendo tintes colorantes para uso en lavadoras; fijadores para acuarelas, incluyendo fijadores para pinturas y lacas; tintas para grabado; imprima dores del tipo de pintura, incluyendo imprima dores de gesso; gomorresinas; gutagamba para pintura; pintura acrílica, incluyendo en aerosol; pinturas, incluyendo acabados claros; pintura, incluyendo metales en polvo y pasta para pintores y artistas; productos para proteger metales; tintas para la impresión se ri gráfica; plata en pasta; polvos para platear; colorantes para textiles; preparaciones de pintura, incluyendo preparaciones acrílicas mates y brillantes [pulimentos]; pastas de estampación; pintura acrílica, incluyendo médium acrílico [líquido] para técnicas de vertido y fluidez; pastas de estampación, incluyendo pastas y geles de textura; tintes solubles en aceite, incluyendo tintas de aceite de linaza; aluminio en polvo para pintar; metales en forma de láminas y en polvo para su uso en pintura, decoración, impresión y obras de arte; litargirio; cerusa; polvo de bronce para pintar; espesantes para colores; pastas de imprenta [tintas]; añil [colorante]; negro de carbón [pigmento]; resinas naturales en estado bruto; hollin [colorante]; negro de humo [pigmento]; goma laca (para pulido francés); secantes para pinturas; emulsiones de plata [pigmentos]; óxido de zinc [pigmento]; blancos [colorantes o pinturas], de la clase 2. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-6902 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica MAIZORO

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-6902 Fecha de presentación: 2023-10-27 Fecha de emisión: 22 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MAIZORO, S. DE R.L. DE C.V. Domicilio: NORTE 59 NO. 1100, COL. INDUSTRIAL VALLEJO, AZCAPOTZALCO, CIUDAD DE MÉXICO, 02300, México

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (30)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN MAIZORO

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Cereales; cereales preparados para el consumo humano; preparaciones a base de cereales; refrigerios a base de cereales; copos de cereales secos; copos de maíz; hojuelas de cereales secos; y hojuelas de maíz; cereales para desayunos; cereales listos para comer; cereales para alimentos de consumo humano; cereales procesados; avena para consumo humano; avena preparada para consumo humano; avena procesada; alimentos hechos de avena; alimentos a base de avena; avena molida; avena instantánea; aglomerados de avena que contienen fruta seca; barritas de avena; harina de avena para consumo humano; galletas de avena para el consumo humano; copos de avena; hojuelas de avena; galletas para consumo humano hechas de cereales; galletas [dulces o saladas]; pan, productos de pastelería y confitería, de la clase 30. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso No. 2023-3339 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica UWELD

Registro de la Propiedad Industrial

S úmero de Solicitud: 2023-3339 Fecha de presentación: 2023-05-26 Fecha de emisión: 25 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: NINGBO UNITED TOOLS CO., LTD Domicilio:A501 LISHI PLAZA, NO.61 HUIFENG EAST RD NINGBO, China.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO JOSE ROSA CLAMER

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (7)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN UWELD

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Aparatos de soldar eléctricos; aparatos de soldar que funcionen con gas, lanzas térmicas (máquinas); cortadoras; válvulas (partes de máquinas); máquinas para trabajar el metal; herramientas manuales que no sean de mano; máquinas para trabajar la piedra; bombas (máquinas), reguladores de presión (partes de máquinas), dinamos, separadores de vapor/aceite; máquinas de embalaje; cortadoras de césped (máquinas), máquinas eléctricas de cocina; máquinas aparatos eléctricos de limpieza, hidro limpiadoras; robots industriales; máquinas para trabajar la madera; destornilladores électricos, de la clase 7. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D.2024 9 E.2025

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Aviso No. 2024-437 — Solicitud de registro de Marca de Servicio NGO FOOD EXPRESS

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-437 Fecha de presentación: 2024-01-23 Fecha de emisión: 1 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Grupo Fe El Salvador, S.A de C.V. Domicilio: 99 avenida Norte y 9 calle poniente #5100 colonia Escalón, San Salvador, CP 06015, El Salvador.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO JOSE ROSA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NGO FOOD EXPRESS

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad sobre FOOD EXPRESS de forma separada.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Tiendas de Conveniencia, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D.2024 9 E.2025

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Aviso

Aviso No. 2024-438 — Solicitud de registro de Marca de Servicio NGO FOOD EXPRESS (Restauración)

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-438 Fecha de presentación: 2024-01-23 Fecha de emisión: 24 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Grupo Fe El Salvador, S.A de C.V. Domicilio: 99 avenida Norte y 9 calle poniente #5100 colonia Escalón, San Salvador, CP 06015, El Salvador.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO JOSE ROSA CLAMER

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (43)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN NGO FOOD EXPRESS

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de FOOD EXPRESS.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de restauración (alimentacion), de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D.2024 9 E.2025

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Aviso

Aviso No. 2024-440 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica The Champion Coffee

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-440 Fecha de presentación: 2024-01-23 Fecha de emisión: 8 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Grupo Fe El Salvador, S.A de C.V. Domicilio: 99 avenida Norte y 9 calle poniente #5100 colonia Escalón, San Salvador, CP 06015, El Salvador.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL RICARDO JOSE ROSA CLAMER

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (43)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN The Champion Coffee

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto, sin dar exclusividad de uso de forma separada. Se protege la etiqueta en su apariencia, no se otorga protección de los demás elementos denominativos incorporados en ella.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Preparación de alimentos y bebidas, de la clase 43. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D.2024 9 E.2025

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Aviso

Aviso No. 2023-1566 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica H'ness

Registro de la Propiedad Industrial

S úmero de Solicitud: 2023-1566 Fecha de presentación: 2023-03-15 Fecha de emisión: 19 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: HONDA MOTOR CO.,LTD. Domicilio: 1-1, Minami-A o y ama 2-chome, Minato-ku, Tokyo, 107-8556, Japón.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (12)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN H'ness

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Motocicletas y vehículos de dos ruedas; motocicletas eléctricas y vehículos eléctricos de dos ruedas; volantes para motocicletas y vehículos de dos ruedas; manillares para motocicletas y vehículos de dos ruedas; horquilla delantera para motocicletas y vehículos de dos ruedas; motores para motocicletas y vehículos de dos ruedas; motores para motocicletas y vehículos de dos ruedas; guardabarros para motocicletas y vehículos de dos ruedas; guardabarros para motocicletas y vehículos de dos ruedas; capó para motocicletas y vehículos de dos ruedas [carenado de motocicleta y carenado de vehículos de dos ruedas]; marcos de capó para motocicletas y vehículos de dos ruedas; parabrisas para motocicletas y vehículos de dos ruedas; limpiaparabrisas para motocicletas y vehículos de dos ruedas; cuadro de motocicleta; bastidor de vehículo de dos ruedas; espejos retrovisores para motocicletas y vehículos de dos ruedas; depósitos de combustible para motocicletas y vehículos de dos ruedas; tapones para depósitos de combustible de motocicletas; tapones para depósitos de combustible de vehículos de dos ruedas; sillines para motocicletas y vehículos de dos ruedas; soportes para motocicletas y vehículos de dos ruedas; soportes para motocicletas; caballetes para vehículos de dos ruedas; portaequipajes para motocicletas y vehículos de dos ruedas; asientos de motocicleta; asientos de vehículos de dos ruedas; amortiguadores de suspensión para motocicletas y vehículos de dos ruedas; resortes de suspensión de motocicletas; resortes de suspensión de vehículos de dos ruedas; radio de rueda de motocicleta; radio de rueda de vehículo de dos ruedas; neumáticos para motocicletas y vehículos de dos ruedas; neumáticos para ruedas de motocicletas y vehículos de dos ruedas; cubiertas de rueda de repuesto para motocicletas y vehículos de dos ruedas; ruedas de motocicleta; ruedas de vehículos de dos ruedas; bujes para motocicletas y vehículos de dos ruedas; bujes para ruedas de motocicletas; bujes para ruedas de vehículos de dos ruedas; tapacubos para motocicletas y vehículos de dos ruedas; cámaras de aire para motocicletas y vehículos de dos ruedas; válvulas para neumáticos de motocicletas; válvulas para neumáticos de vehículos de dos ruedas; cadenas para neumáticos de motocicletas y vehículos de dos ruedas; forros de freno para motocicletas y vehículos de dos ruedas; zapatas de freno para motocicletas y vehículos de dos ruedas; frenos para motocicletas y vehículos de dos ruedas; pedales para motocicletas y vehículos de dos ruedas; embragues para motocicletas y vehículos de dos ruedas; acoplamientos para motocicletas y vehículos de dos ruedas; cadenas de transmisión para motocicletas y vehículos de dos ruedas; cárteres para componentes de motocicletas, que no sean para motores; caja del cigüeñal para componentes de vehículos de dos ruedas, excepto para motores; señal de dirección de giro de motocicletas y vehículos de dos ruedas; bocinas para motocicletas y vehículos de dos ruedas; fundas para sillines de motocicletas y vehículos de dos ruedas; alarmas antirrobo para motocicletas y vehículos de dos ruedas; bolsas de aire para motocicletas y vehículos de dos ruedas; triciclos y vehículos de tres ruedas; triciclos eléctricos y vehículos eléctricos de tres ruedas; volantes para triciclos y vehículos de tres ruedas; manillares para triciclos y vehículos de tres ruedas; horquilla delantera para triciclos y vehículos de tres ruedas; motores para triciclos y vehículos de tres ruedas; motores para triciclos y vehículos de tres ruedas; guardabarros para triciclos y vehículos de tres ruedas; guardabarros para triciclos y vehículos de tres ruedas; capota para triciclos y vehículos de tres ruedas [carenado de triciclos y de vehículos de tres ruedas]; bastidores de capota para triciclos y vehículos de tres ruedas; parabrisas para triciclos y vehículos de tres ruedas; limpia- parabrisas para triciclos y vehículos de tres ruedas; cuadro de triciclo; bastidor de vehículo de tres ruedas; espejos retrovisores para triciclos y vehículos de tres ruedas; depósitos de combustible para triciclos y vehículos de tres ruedas; tapones para depósitos de combustible de triciclos; tapones para depósitos de combustible de vehículos de tres ruedas; sillines para triciclos y vehículos de tres ruedas; caballetes para triciclos y vehículos de tres ruedas; soportes para triciclos; caballetes para vehículos de tres ruedas; portaequipajes para triciclos y vehículos de tres ruedas; asientos de triciclos; asientos de vehículos de tres ruedas; amortiguadores de suspensión para triciclos y vehículos de tres ruedas; resortes de suspensión de triciclos; resortes de suspensión de vehículos de tres ruedas; radios de rueda de triciclo; radio de rueda de vehículo de tres ruedas; neumáticos para triciclos y vehículos de tres ruedas; neumáticos para ruedas de triciclos; neumáticos para ruedas de vehículos de tres ruedas; cubiertas de rueda de repuesto para triciclos y vehículos de tres ruedas; ruedas de triciclo; ruedas de vehículos de tres ruedas; bujes para triciclos y vehículos de tres ruedas; bujes para ruedas de triciclos; bujes para ruedas de vehículos de tres ruedas; tapacubos para triciclos y vehículos de tres ruedas; cámaras de aire para triciclos y vehículos de tres ruedas; válvulas para neumáticos de triciclos; válvulas para neumáticos de vehículos de tres ruedas; cadenas de neumáticos para triciclos y vehículos de tres ruedas; forros de freno para triciclos y vehículos de tres ruedas; zapatas de freno para triciclos y vehículos de tres ruedas; frenos para triciclos y vehículos de tres ruedas; pedales para triciclos y vehículos de tres ruedas; embragues para triciclos y vehículos de tres ruedas; acoplamientos para triciclos y vehículos de tres ruedas; cadenas de conducción para triciclos y vehículos de tres ruedas; caja del cigüeñal para componentes de triciclos, que no sean para motores; caja de cigüeñal para componentes de vehículos de tres ruedas, excepto para motores; señal de dirección de giro de triciclos y vehículos de tres ruedas; bocinas para triciclos y vehículos de tres ruedas; fundas para sillines de triciclos y vehículos de tres ruedas; alarmas antirrobo para triciclos y vehículos de tres ruedas; bolsas de aire para triciclos y vehículos de tres ruedas; automóviles; automóviles eléctricos; volantes para vehículos; carrocerías de vehículos; motores y motores para vehículos terrestres; guardabarros para automóviles; parachoques de vehículos; enganches de remolque para vehículos; capotas para vehículos; ventanas para vehículos; puertas para vehículos; marco de automóvil; espejos retrovisores; depósitos de combustible para automóviles; tapones para depósitos de combustible de automóviles; portaequipajes para automóviles; asientos de vehículos; tapicería para vehículos; amortiguadores de suspensión para vehículos; chasis de vehículos; radio de rueda de automóvil; llantas neumáticas; neumáticos para ruedas de automóviles; cubiertas de rueda de repuesto para automóviles; ruedas de vehículos; bujes para automóviles; bujes para ruedas de automóviles; tapacubos para automóviles; cámaras de aire para automóviles; válvulas para neumáticos de automóviles; cadenas de neumáticos para automóviles; forros de freno para automóviles; zapatas de freno para automóviles; frenos para vehículos; circuitos hidráulicos para vehículos; embragues para vehículos terrestres; acoplamientos y componentes de transmisión para vehículos terrestres; transmisiones para vehículos terrestres; cajas de cambios para vehículos terrestres; señales de dirección para vehículos; bocinas para automóviles; dispositivos antirrobo y alarmas para vehículos; cinturones de seguridad para asientos de vehículos, de la clase 12. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2024 y 9, 24 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2024-1872 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica TRIPLOCK

Registro de la Propiedad Industrial

S úmero de Solicitud: 2024-1872 Fecha de presentación: 2024-03-19 Fecha de emisión: 30 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ROLEX SA Domicilio: Rue Franҫois-Dussaud 3-5-7, Geneva, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (14)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN TRIPLOCK

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Relojería y artículos de relojería, en concreto relojes, relojes de pulsera, componentes para relojería y artículos de relojería y accesorios para relojería no comprendidos en otras clases, relojes y otros instrumentos cronométricos, cronómetros, cronógrafos (relojes y relojería), brazaletes de reloj, correas de reloj, esferas (relojes y relojería), mecanismos de relojería y sus partes; cajas y estuches de presentación para relojería y joyería, joyería; piedras preciosas y piedras semipreciosas; metales preciosos y sus aleaciones; alfileres (joyería); mancuernillas; llaveros, de la clase 14. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D.2024, 9 y 24 E.2025

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Aviso

Aviso No. 2024-1873 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica RINGLOCK

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1873 Fecha de presentación: 2024-03-19 Fecha de emisión: 30 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ROLEX SA Domicilio: Rue Franҫois-Dussaud 3-5-7, Geneva, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (14)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN RINGLOCK

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Relojería y artículos de relojería, en concreto relojes, relojes de pulsera, componentes para relojería y artículos de relojería y accesorios para relojería no comprendidos en otras clases, relojes y otros instrumentos cronométricos, cronómetros, cronógrafos (relojes y relojería), brazaletes de reloj, correas de reloj, esferas (relojes y relojería), mecanismos de relojería y sus partes; cajas y estuches de presentación para relojería y joyería, joyería; piedras preciosas y piedras semipreciosas; metales preciosos y sus aleaciones; alfileres (joyería); mancuernillas; llaveros, de la clase 14. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D.2024, 9 y 24 E.2025

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Aviso

Aviso No. 2024-1867 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica CHERONERGY

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1867 Fecha de presentación: 2024-03-19 Fecha de emisión: 29 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ROLEX SA Domicilio: Rue Franҫois-Dussaud 3-5-7, Geneva, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (14)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN CHERONERGY

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Relojería y artículos de relojería, en concreto relojes, relojes de pulsera, componentes para relojería y artículos de relojería y accesorios para relojería no comprendidos en otras clases, relojes y otros instrumentos cronométricos, cronómetros, cronógrafos (relojes y relojería), brazaletes de reloj, correas de reloj, esferas (relojes y relojería), mecanismos de relojería y sus partes; cajas y estuches de presentación para relojería y joyería, joyería; piedras preciosas y piedras semipreciosas; metales preciosos y sus aleaciones; alfileres (joyería); mancuernillas; llaveros, de la clase 14. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Prop Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 23 D.2024, 9 y 24 E.2025

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Certificación

Certificación No. 2023-2757 — Registro de Marca de Servicio CHERONERGY - Clase 14

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-2757 Fecha de presentación: 2023-05-04 Fecha de emisión: 26 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: ROLEX SA Domicilio: Rue Franҫois-Dussaud 3-5-7, Geneva, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº 154732022 de fecha 01/12/2022 de Suiza.

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (37)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ROLEX

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación "ROLEX", sin dar protección a los elementos denominativos contenidos en la etiqueta.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de reparación, mantenimiento, revisión y restauración de relojes y productos de relojería; prestación de asesoramiento e información en relación con servicios de reparación, mantenimiento, revisión y restauración de relojes y productos de relojería, de la clase 37. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 23 D.2024, 9 y 24 E.2025

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Aviso

Aviso No. 2022-5634 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica SEP PLUS

Registro de la Propiedad Industrial

S úmero de Solicitud: 2022-5634 Fecha de presentación: 2022-09-22 Fecha de emisión: 7 de diciembre de 2023 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: DIVECO, SOCIEDAD ANÓNIMA. Domicilio: Ciudad de Guatemala, Guatemala.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL KENIA YAMILETH SARMIENTO OLIVA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (20)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN SEP PLUS

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: No se otorga exclusividad sobre la palabra “PLUS”.

  • I)

    Reivindicaciones: Se reivindican los colores del diseño.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Camas; camas ajustables; camas transportables; camas plegables; colchones; colchones de camas; somieres para colchones; almohadas; almohadas cervicales; almohadas reposacabezas; cojines; cojines decorativos, de la clase 20. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-7071 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica Eurofarma Guatemala producto farmacéutico

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-7071 Fecha de presentación: 2023-11-07 Fecha de emisión: 22 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Eurofarma Guatemala, Sociedad Anónima. Domicilio: Km. 16.5 carretera a El Salvador, Cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes, Guatemala, Guatemala.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano, indicado para el alivio de dolores moderados a intensos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Aviso

Aviso No. 2023-6414 — Solicitud de registro de Marca de Fábrica CODI

Registro de la Propiedad Industrial

CODI Número de Solicitud: 2023-6414 Fecha de presentación: 2023-10-09 Fecha de emisión: 24 de mayo de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Eurofarma Guatemala, Sociedad Anónima. Domicilio: Km. 16.5 carretera a El Salvador, Cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes, Guatemala, Guatemala.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Producto farmacéutico de uso humano, indicado para el tratamiento del insomnio en adultos; síntomas del insomnio que incluyen dificultad para conciliar el sueño y despertar es frecuentes durante la noche, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. EDITH ROSALINDA AVILA CANALES Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2023-1637 — Registro de Marca de Fábrica BONSONO - Clase 5

Registro de la Propiedad Industrial

BONSONO Número de Solicitud: 2023-1637 Fecha de presentación: 2023-03-20 Fecha de emisión: 10 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Eurofarma Guatemala, Sociedad Anónima. Domicilio: Km. 16.5 carretera a El Salvador, Cruce a Llanos de Arrazola, Fraijanes, Guatemala, Guatemala.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Complemento alimenticio/complemento para uso médico; medicamentos para uso humano; preparaciones, suplementos y complementos alimenticios a base de proteínas; complemento nutricional [vitaminas o minerales] para uso médico; complemento alimenticio líquido o complemento alimenticio para uso médico; complemento alimenticio o complemento alimenticio en polvo para uso médico; complementos alimenticios proteicos; complementos alimenticios minerales; complementos nutricionales; vitaminas y sales minerales, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025 PR ACTIVAR

    S úmero de Solicitud:

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Certificación

Certificación No. 2021-3636 — Registro de Marca de Fábrica PRACTIVAR - Clase 5

Registro de la Propiedad Industrial

2021-3636 Fecha de presentación: 2021-07-19 Fecha de emisión: 24 de julio de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MEGA LABS, S.A. Domicilio: Ruta 101 Km. 23.500, Parque de las Ciencias, Edificio Mega Pharma, Piso 3, 14.000, Canelones, Uruguay.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSÉ CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Medicamento para el tratamiento de infecciones, incluyendo infecciones bacterianas, infecciones fúngicas, agentes antiparasitarios y antisépticos, medicamentos para el tratamiento del aparato cardiovascular, incluyendo tratamiento de la tensión arterial de la sangre y de la linfa, tratamiento de la insuficiencia cardiaca, antianémicos, antihemorrágicos, antihemofílicos, anticoagulantes, antitrombóticos, inhibidores de la agregación plaquetaria, tratamiento de la neutropenia, sustitutos del plasma, diuréticos, antidiuréticos, vasodilatadores, cardiotónico, antiarrítmicos, medicamentos para el tratamiento de los problemas dermatológicos, incluyendo acné, seborrea, psoriasis, calvicie, alopecia, emolientes y protectores de la piel, medicamentos utilizados como agentes analgésicos que no actúan sobre el sistema nervioso central, antipiréticos y como agentes a nt inflamatorios, incluyendo a nt inflamatorios no esteroideos y anestésicos locales, medicamentos obtenidos a partir de vegetales incluyendo sus extractos, medicamentos para el tratamiento del tracto alimentario o del aparato digestivo, incluyendo laxantes, antidiarreicos, antiflatulentos, eméticos y medicamentos para tratar úlceras, medicamentos para el tratamiento del aparato reproductor femenino, incluyendo trastornos genitales o sexuales, hormonas sexuales femeninas o sus derivados, anticonceptivos, tratamiento de la menopausia, inductores del parto, medicamentos oncológicos, incluyendo citostáticos, tratamiento de leucemia y de metástasis, medicamentos obtenidos mediante procesos biotecnológicos, incluyendo tecnología de ADN recombinante, medicamentos para el trastorno metabólico, incluyendo antidiabéticos, nutrientes, anorexiantes y medicamentos para el tratamiento de la obesidad, medicamentos para el tratamiento del sistema nervioso, incluyendo analgésicos que actúan sobre el sistema nervioso central, opioides, antiepilépticos, anticonvulsivos, antiparkinsonianos, para tratar problemas neurodegenerativos, antipsicóticos, hipnóticos, ansiolíticos, antidepresivos y psicoestimulantes, tratamiento del aparato respiratorio, incluyendo descongestivos, antiasmáticos, broncodilatador as, expectorantes, mucolíticos y antitusígenos, medicamentos para el tratamiento del aparato urinario, incluyendo próstata, antiespamódicos, para tratar impotencia u tras disfunciones eréctil es y para tratar alteraciones de la orina, vitaminas, minerales y oligoelementos, incluyendo preparaciones comprendiendo como componentes principales uno o más de vitaminas, minerales y oligoelementos, medicamentos para tratar o prevenir trastornos del sistema endocrino, incluyendo hormonas hipotalámicas, hormonas hipofisiarias, hormonas tiro ideas, hormonas para tiro ideas, hormonas suprarrenales, hormonas pancreáticas y hormonas sexuales masculinas, medicamentos para el tratamiento de trastornos inmunológicos o alérgicos, incluyendo inmunosupresor es e inmunomoduladores, medicamentos para tratar problemas óseos o de las articulaciones, incluyendo tratamiento de la artritis o de la gota, raquitismo y osteoporosis, medicamentos para tratar problemas del sistema muscular o neuromuscular, incluyendo relajantes musculares, antimiasténicos y anabolizantes, productos anti tóxicos y protectores, incluyendo antídotos, agentes que la ntes, agentes antirradicales libres y agentes antioxidantes, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025 NO MID AL

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Certificación

Certificación No. 2023-2695 — Registro de Marca de Fábrica NOMIDAL - Clase 9

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-2695 Fecha de presentación: 2023-05-02 Fecha de emisión: 27 de enero de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: MILLICOM INTERNATIONAL CELLULAR S.A. Domicilio: 2, RUE DU FORT BOURBON, LUXEMBOURG L-1249 LU., Luxemburgo.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL RODRIGO JOSE CANO BONILLA

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (9)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Cargadores de pilas y baterías; antenas de satélite; antenas para redes de telecomunicación; aparatos codificadores, decodificadores; aparatos de almacenamiento y procesamiento de datos; aparatos de intercomunicación; aparatos de telecomunicación; aparatos de telefonía celular, cables de fibra óptica; cables de telecomunicación; dispositivos manos libres para teléfonos móviles; dispositivos y aparatos de telecomunicación; emisores [telecomunicación]; equipos de telecomunicación; fibras ópticas; hardware y software de acceso remoto seguro a redes informáticas y de comunicación; herramientas de desarrollo de software; micrófonos para aparatos de telecomunicación; pantallas táctiles para teléfonos inteligentes; programas de sistemas operativos; programas informáticos para telecomunicaciones; software; software de aplicaciones para teléfonos móviles; software de aplicaciones para teléfonos inteligentes; software de telecomunicación; software y aparatos de telecomunicación, incluidos módems, para conectarse a bases de datos, soportes de fijación especiales para hardware de telecomunicación; teclados para teléfonos móviles; teléfonos; teléfonos celulares; teléfonos con altavoz; teléfonos digitales; teléfonos inalámbricos; teléfonos inteligentes [smartphones]; teléfonos para internet; accesorios para teléfonos celulares y teléfonos inteligentes, amplificadores antena, receptores de audio y vídeo; cajas de conexión, soportes magnéticos de datos, lectores ópticos, televisores, aparatos de radio, mecanismos para aparatos de previo pago, cajas registradoras; transmisión, reproducción o tratamiento de sonidos, imágenes o datos; soportes grabados o descargables, software, soportes de registro y almacenamiento digitales o análogos vírgenes; adaptadores para redes informáticas; concentradores para redes informáticas; hardware informático de conexión en red; programas informáticos de gestión de redes; puentes de redes informáticas; servidores para redes informáticas; software de juegos informáticos descargable de redes informáticas; hardware informático para servidores de acceso a redes software y aparatos de telecomunicación, incluidos módems, para conectarse a bases de datos, redes informáticas e internet; software de creación, facilitación y gestión del acceso a distancia a redes informáticas mundiales y de área local, así como de la comunicación con éstas; tonos de llamada, gráficos y música descargables a través de redes informáticas mundiales y dispositivos inalámbricos; software informático descargable que facilita los servicios en línea para crear aplicaciones de redes sociales; software de comercio electrónico que permite a los usuarios realizar transacciones comerciales a través de una red informática mundial; hardware y software de acceso remoto seguro a redes informáticas y de comunicación, de la clase 9. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 6, 23 D. 2024 y 9 E. 2025 MI TIGO

    S úmero de Solicitud:

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Certificación

Certificación No. 2024-916 — Registro de Señal de Propaganda LUCKY STRIKE - Clase 34

Registro de la Propiedad Industrial

2024-916 Fecha de presentación: 2024-02-12 Fecha de emisión: 24 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR Solicitante: BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) INC. Domicilio: 251 Little Falls Drive, Suite 100, Wilmington, DE 19808-1674, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 3006830 de fecha 24/08/2023 de México.

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (34)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN LUCKY STRIKE THE TASTE OF A true original

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege en su conjunto.

  • I)

    Reivindicaciones: Esta Señal de Propaganda será usada con la marca “LUCKY STRIKE” Reg. No. 157453 en clase 34.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; papel especial para tabaco; tabaco de pipa; productos de tabaco; sucedáneos del tabaco (que no sean para uso médico); cigarros; cigarrillos; encendedores de cigarrillos; encendedores de cigarros; fósforos; artículos para fumadores; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para liar cigarrillos; máquinas de mano para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser calentado, de la clase 34. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2024, 9 y 24 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-1866 — Registro de Marca de Fábrica ROLEX CERACHROM - Clase 14

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1866 Fecha de presentación: 2024-03-19 Fecha de emisión: 29 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ROLEX S.A. Domicilio: Rue Frarnçois-Dussaud 3-5- 7, Geneva, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (14)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Relojería y artículos de relojería, en concreto relojes, relojes de pulsera, componentes para relojería y artículos de relojería y accesorios para relojería no comprendidos en otras clases, relojes y otros instrumentos cronométricos, cronómetros, cronógrafos (relojes y relojería), brazaletes de reloj, correas de reloj, esferas (relojes y relojería), mecanismos de relojería y sus partes; cajas y estuches de presentación para relojería y joyería, joyería; piedras preciosas y piedras semipreciosas; metales preciosos y sus aleaciones; alfileres (joyería); mancuernillas; llaveros, de la clase 14. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2024, 9 y 24 E. 2025 CERACHROM

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Certificación

Certificación No. 2023-2154 — Registro de Marca de Servicio Bien Emol - Clase 44

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2023-2154 Fecha de presentación: 2023-04-13 Fecha de emisión: 30 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: PROEDUCA ALTUS, S.A. Domicilio: Avda. de la Paz, nº 137 - 26006 Logroño, La Rioja, España.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (44)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Bien Emol

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones: Se reivindican los colores de la etiqueta presentada: HEX#OCA6BB, RGB: Rl2/G161/B176, CMYK:C84/M0/Y27/K.0.

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios médicos; Servicios de salud mental; Servicios de psicólogos; Servicios de clínicas médicas; Servicios de orientación médica individual prestados a pacientes; Orientación psicológica; Servicios de medicina alternativa, de la clase 44. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. JORGE ARTHURO SIERRA CARCAMO Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2024, 9 y 24 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-1773 — Registro de Marca de Fábrica B&BW - Clase 5

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1773 Fecha de presentación: 2024-03-14 Fecha de emisión: 29 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Bath & Body Works Brand Management, Inc. Domicilio: Seven Limited Parkway, Reynoldsburg, Ohio 43068, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Gel desinfectante para la piel con alcohol antibacteriano; jabones antibacterianos para la piel; suplementos dietéticos y nutricionales; preparaciones desinfectantes para manos; suplementos vitamínicos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2024, 9 y 24 E. 2025 B&BW

    S úmero de Solicitud:

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Certificación

Certificación No. 2024-1869 — Registro de Marca de Fábrica ROLEX - Clase 14

Registro de la Propiedad Industrial

2024-1869 Fecha de presentación: 2024-03-19 Fecha de emisión: 29 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ROLEX SA Domicilio: Rue Frarnçois-Dussaud 3-5- 7, Geneva, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (14)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Relojería y artículos de relojería, en concreto relojes, relojes de pulsera, componentes para relojería y artículos de relojería y accesorios para relojería no comprendidos en otras clases, relojes y otros instrumentos cronométricos, cronómetros, cronógrafos (relojes y relojería), brazaletes de reloj, correas de reloj, esferas (relojes y relojería), mecanismos de relojería y sus partes; cajas y estuches de presentación para relojería y joyería, joyería; piedras preciosas y piedras semipreciosas; metales preciosos y sus aleaciones; alfileres (joyería); mancuernillas; llaveros, de la clase 14. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2024, 9 y 24 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2023-3272 — Registro de Señal de Propaganda TWINLOCK ROLEX Perpetual Planet Initiative - Clase 36

Registro de la Propiedad Industrial

TWINLOCK Número de Solicitud: 2023-3272 Fecha de presentación: 2023-05-23 Fecha de emisión: 9 de septiembre de 2024 Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR Solicitante: ROLEX SA Domicilio: Rue Frarnçois-Dussaud 3-5- 7, Geneva, Suiza.

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº 154712022, de fecha 01/12/2022 de Suiza.

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixta

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (36)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN ROLEX Perpetual Planet Initiative

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la marca en su conjunto, sin dar exclusividad sobre las palabras “PLANET INITIATIVE” de forma separada, asimismo esta señal de propaganda será utilizada con la marca “PERPETUAL” con número de registro 29993.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Padrinazgo y patrocinio financiero; gestión de fondos de padrinazgo;prestación de asistencia financiera a organizaciones sociales o benéficas;concesión de becas a artistas, educadores, investigadores, deportistas, deportistas y exploradores; apoyo financiero a artistas, educadores, investigadores, exploradores y deportista, de la clase 36. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2024, 9 y 24 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-1424 — Registro de Marca de Fábrica Boehringer Ingelheim - Clase 5

Registro de la Propiedad Industrial

Número de Solicitud: 2024-1424 Fecha de presentación: 2024-02-28 Fecha de emisión: 22 de agosto de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR Solicitante: Boehringer lngelheim International GmbH Domicilio: Binger StraBe 173 55218 Ingelheim, Alemania.

  • B)

    PRIORIDAD:

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (5)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones:

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades y trastornos del tracto alimentario y del metabolismo; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades y trastornos de la sangre y órganos formadores de sangre; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades y trastornos del sistema cardiovascular, sistema musculo-esquelético, sistema nervioso central, sistema nervioso periférico, sistema genitourinario y sistema respiratorio; preparaciones farmacéuticas para el tratamiento de enfermedades y trastornos dermatológicos, hormonales, infecciosos, virales y oncológicos, de la clase 5. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2024, 9 y 24 E. 2025

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Certificación

Certificación No. 2024-4487 — Registro de Marca de Servicio HERNEXEOS OLAPLEX PRXO - Clase 35

Registro de la Propiedad Industrial

HERNEXEOS Número de Solicitud: 2024-4487 Fecha de presentación: 2024-07-08 Fecha de emisión: 8 de octubre de 2024 Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR Solicitante: Olaplex, Inc. Domicilio: 1187 Coast Village Road # 1-520, Santa Barbara, CA 93108, Estados Unidos de América.

  • B)

    PRIORIDAD: Se otorga prioridad Nº 98352543, de fecha 11/01/2024 de Estados Unidos de América.

  • C)

    TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Denominativa

  • D)

    APODERADO LEGAL LEONARDO PABLO CASCO

  • E)

    CLASE INTERNACIONAL (35)

  • F)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN

  • G)
  • H)

    Reservas/Limitaciones: Se protege la denominación en su conjunto sin darle exclusividad sobre el termino “PRXO”.

  • I)

    Reivindicaciones:

  • J)

    Para Distinguir y Proteger: Servicios de tiendas minoristas de preparaciones para el cuidado del cabello, productos cosméticos, preparaciones de tocador, bolsos, accesorios para el cabello, utensilios para el cabello, cepillos y peines; servicios de tienda minorista en línea de preparaciones para el cuidado del cabello, productos cosméticos, preparaciones de tocador, bolsos, accesorios para el cabello, utensilios para el cabello, cepillos y peines, de la clase 35. Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. MARIA LIDIA PAZ SALAS Registro de la Propiedad Industrial 23 D. 2024, 9 y 24 E. 2025 OLAPLEX PRXO

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