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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

18 diciembre 2019Edición No. 35,127

Acuerdo

Acuerdo No. 0550 — Autorización para explotación y aprovechamiento de cinco bancos de materiales para Programa de Integración Vial Regional Tramo Neteapa-Danlí

Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos

  1. 1.

    Que mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 13 de Julio 2011, fue aprobada la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la cual tiene por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de ejecución de proyectos de infraestructura pública, con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecimiento económico a través de la modernización de la infraestructura nacional, las normas y procedimientos establecidos en esta Ley serán aplicables a las unidades ejecutoras de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada a cargo de proyectos de infraestructura pública de cualquier naturaleza.

  2. 2.

    Que el artículo 22 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que los dueños de terrenos continuos o cercanos a cualquier obra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción, mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el Estado o sus contratistas, previa notificación al propietario.

  3. 3.

    Que de conformidad al Artículo 24 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, para que el Estado realice el aprovechamiento racional de los materiales requeridos, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), podrá otorgar autorizaciones a los órganos estatales, encargados de la ejecución de los diferentes proyectos de infraestructura pública y/o a las empresas constructoras por dichos órganos ejecutores, para que procedan a la extracción y acarreo de los materiales, de conformidad con los respectivos contratos de obra pública. U D I-D EG T-U N AH ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia Miraf Iores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-4956

  4. 4.

    Que el artículo 25 de la Ley Especial para la Simplificación de los procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la extracción de materiales efectuada por el Estado o sus ejecutores no afectará la explotación simultánea que puedan hacer los titulares de concesiones mineras, en caso que exista concesión previa al Acuerdo que emita INSEP autorizando la extracción. En tal razón, INSEP emitirá la respectiva autorización para que el órgano estatal realice la extracción de materiales sobre un banco o cantera concesionada, siempre que no exista otro sitio de mejor precisión. La explotación simultánea que haga el Estado y el concesionario estará sujeta a las normas técnicas que emita el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN).

  5. 5.

    Que de no existir concesión alguna sobre el banco de materiales identificado, el Estado podrá realizar una extracción acorde con el aprovechamiento racional de esos recursos naturales, sujeto a las limitaciones que le señale INHGEOMIN en las respectivas normas técnicas que emitan para tal efecto.

  6. 6.

    Que el artículo 26 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que previo a la emisión del Acuerdo, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), notificará de oficio al Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN, para que esta compruebe el estado ambiental, técnico y jurídico del banco de materiales identificado. De no haber impedimento para realizar la extracción, sin más trámite, INHGEOMIN procederá a la emisión de las normas técnicas aplicable al aprovechamiento, extracción y acarreo de los materiales. Con las normas técnicas emitidas y comunicadas, tanto a INSEP como al órgano ejecutor interesado, esta Secretaría de Estado procederá a la emisión del acuerdo de autorización correspondiente el cual será notificado tanto a la Unidad Ejecutora como al propietario del Inmueble identificado para servir como banco de materiales. La autorización emitida por INSEP, regulada en esta Ley, constituye el permiso único de extracción necesario para que el órgano ejecutor o el contratista del proyecto pueda realizar la extracción de los materiales, sin perjuicio de los demás permisos que por Ley pudieran corresponder en materia municipal, forestal y ambiental.

  7. 7.

    Que la normativa antes relacionada concede al Estado de Honduras, a través de las entidades competentes de la ejecución de los proyectos de infraestructura pública, aprovechar de manera racional los recursos minerales no metálicos requeridos para la ejecución de proyectos; y en particular el Proyecto: “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CA-5 NORTE, SEGMENTOS I Y II (SECCIÓN 2-A)” ejecutado por INVEST-Honduras/MCA Honduras, a través de la Empresa Constructora ETERNA, S.A. de C.V.

  8. 8.

    Que en fecha dos (02) de abril del año dos mil diecinueve (2019), el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitió Dictamen UDS -023 – 19, sobre la Inspección realizada el siete (07) de marzo del año dos mil diecinueve (2019), a Tres (3) Bancos de Préstamo de Materiales, denominados Banco Río Jupuara, Banco Río Yarumela y Banco Río Grande San José, ubicados en el Municipio de la Villa de San Antonio, en el Departamento de Comayagua, los cuales se solicitan para ser utilizados en el Proyecto: “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE U D I-D EG T-U N AH LA CARRETERA CA-5 NORTE, SEGMENTOS I Y II (SECCIÓN 2-A)”; asimismo, las unidades de Desarrollo Social, Ambiente y Seguridad, Registro Minero y Catastral y Minas y Geología emitieron la Norma Técnica No. NTBP 014-19, en donde emiten las normas técnicas aplicables para el aprovechamiento de la extracción y acarreo de los bancos de materiales. CONSIDERANDO: que en fecha cuatro (04) de julio del año dos mil diecinueve (2019), el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitió Dictamen UDS 42-19, sobre la Inspección realizada el doce (12) junio del año dos mil diecinueve (2019), relacionado a pronunciarse sobre la solicitud de normativa técnica para desazolvamiento de dos (02), Bancos de Préstamo de Materiales, denominados Banco Río San José y Banco Río Humuya, donde el material excedente será utilizado para el Proyecto: “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CA-5 NORTE, SEGMENTOS I Y II (SECCIÓN 2-A)”; asimismo, las unidades de Desarrollo Social, Ambiente y Seguridad, Registro Minero y Catastral y Minas y Geología emitieron la Normativa Técnica No. NTBP 36-19, en donde emiten las normas técnicas aplicables para el aprovechamiento de la extracción y acarreo del material de desazolvamiento CONSIDERANDO: que en fecha cinco (05) de agosto del año dos mil diecinueve (2019), la Unidad de Desarrollo Social y Registro Minero y Catastral, dependiente del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitió Dictamen UDS-050-19, sobre la Inspección realizada el diecisiete (17) de junio del año dos mil (2019), a dos (2) bancos de préstamo de materiales, denominados Banco El Conejo y Banco Martínez, ubicados en el municipio de Villa de San Antonio, departamento de Comayagua, los cuales se solicitaron para ser utilizados en el Proyecto “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CA-5 NORTE, SEGMENTOS IYII (SECCIÓN 2-A)”; asimismo las unidades de Desarrollo Social, Ambiente y Seguridad, Registro Minero y Catastral y Minas y Geología emitieron la Norma Técnica No. NTBP 046-19, en donde emiten las normas técnicas aplicables para el aprovechamiento de la extracción y acarreo de los bancos de materiales. CONSIDERANDO: que en fechas treinta (30) de agosto del año dos mil diecinueve (2019), la Unidad de Desarrollo Social, Ambiente y Seguridad y Minas y Geología, dependiente del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitió Dictamen UDS-057-19, sobre la Inspección realizada el siete (07) de agosto del año dos mil diecinueve (2019), a dos (2) bancos de préstamo de materiales, denominados Banco El Rodeo y Banco La Iglesia, ubicados en el municipio de Villa de San Antonio, departamento de Comayagua, los cuales se solicitaron para ser utilizados en el Proyecto: “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CA-5 NORTE, SEGMENTOS I Y II (SECCIÓN 2-A)”; asimismo las unidades de Desarrollo Social, Ambiente y Seguridad, Registro Minero y Catastral y Minas y Geología emitieron la Normativa Técnica No. NTBP- 2019-053, en donde emiten las normas técnicas aplicables para el aprovechamiento de la extracción y acarreo de los bancos de materiales.

  9. 9.

    Que mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 13 de Julio 2011, fue aprobada la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la cual tiene por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de ejecución de proyectos de infraestructura pública, con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecimiento económico a través de la modernización de la infraestructura nacional, las normas y procedimientos establecidos en esta Ley serán aplicables a las unidades ejecutoras de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada a cargo de proyectos de infraestructura pública de cualquier naturaleza.

  10. 10.

    Que el artículo 22 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que los dueños de terrenos continuos o cercanos a cualquier obra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción, mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el Estado o sus contratistas, previa notificación al propietario.

  11. 11.

    Que de conformidad al Artículo 24 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, para que el Estado realice el aprovechamiento racional de los materiales requeridos, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), podrá otorgar autorizaciones a los órganos estatales, encargados de la ejecución de los diferentes proyectos de infraestructura pública y/o a las empresas constructoras por dichos órganos ejecutores, para que procedan a la extracción y acarreo de los materiales, de conformidad con los respectivos contratos de obra pública.

  12. 12.

    Que el artículo 25 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la extracción de materiales efectuada por el Estado o sus ejecutores no afectará la explotación simultánea que puedan hacer los titulares de concesiones mineras, en caso que exista concesión previa al Acuerdo que emita INSEP autorizando la extracción. En tal razón, INSEP emitirá la respectiva autorización para que el órgano estatal realice la extracción de materiales sobre un banco o cantera concesionada, siempre que no exista otro sitio de mejor precisión. La explotación simultánea que haga el Estado y el concesionario estará sujeta a las normas técnicas que emita el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN).

  13. 13.

    Que de no existir concesión alguna sobre el banco de materiales identificado, el Estado podrá realizar una extracción acorde con el aprovechamiento racional de esos recursos naturales, sujeto a las limitaciones que le señale INHGEOMIN en las respectivas normas técnicas que emitan para tal efecto.

  14. 14.

    Que el artículo 26 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que previo a la emisión U D I-D EG T-U N AH del Acuerdo la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), notificará de oficio al Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN, para que esta compruebe el estado ambiental, técnico y jurídico del banco de materiales identificado. De no haber impedimento para realizar la extracción, sin más trámite, INHGEOMIN procederá a la emisión de las normas técnicas aplicable al aprovechamiento, extracción y acarreo de los materiales. Con las normas técnicas emitidas y comunicadas, tanto a INSEP como al órgano ejecutor interesado, esta Secretaría de Estado procederá a la emisión del acuerdo de autorización correspondiente el cual será notificado tanto a la Unidad Ejecutora como al propietario del Inmueble identificado para servir como banco de materiales. La autorización emitida por INSEP, regulada en esta Ley, constituye el permiso único de extracción necesario para que el órgano ejecutor o el contratista del proyecto pueda realizar la extracción de los materiales, sin perjuicio de los demás permisos que por Ley pudieran corresponder en materia municipal, forestal y ambiental.

  15. 15.

    Que la normativa antes relacionada concede al Estado de Honduras, a través de las entidades competentes de la ejecución de los proyectos de infraestructura pública, aprovechar de manera racional los recursos minerales no metálicos requeridos para la ejecución de proyectos; y en particular el Proyecto: PROGRAMA DE INTEGRACIÓN VIAL REGIONAL “TRAMO NETEAPA-DANLÍ, ejecutado por INVEST-Honduras/MCA Honduras, a través de la Empresa Constructora ETERNA, S.A. de C.V.

  16. 16.

    Que en fecha veintiséis (26) de septiembre del año dos mil diecinueve (2019), las unidades de Desarrollo Social,Ambiente y Seguridad y Minas y Geología dependientes del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitieron el Dictamen UDS -061–19, sobre la Inspección realizada el diez (10) de septiembre del año dos mil diecinueve (2019), a Tres (3) Bancos de Préstamo de Materiales, denominados Banco Jacaleapa, Banco Los Nances y Banco Los Limones, ubicados en los municipios de Morocelí y Jacaleapea en el departamento de El Paraíso, los cuales se solicitan para ser utilizados en el Proyecto: PROGRAMA DE INTEGRACIÓN VIAL REGIONAL “TRAMO NETEAPA-DANLÍ; asimismo, las unidades de Desarrollo Social, Ambiente y Seguridad, Registro Minero y Catastral y Minas y Geología emitieron la Norma Técnica No. NTBP-2019-058, en donde emiten las normas técnicas aplicables para el aprovechamiento de la extracción y acarreo de los bancos de materiales. CONSIDERANDO: que en fecha veintidós (22) de agosto del año dos mil diecinueve (2019), las unidades de Desarrollo Social,Ambiente y Seguridad y Minas y Geología dependientes del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitieron el Dictamen UDS -055 –19, sobre la Inspección realizada el veintinueve (29) de junio del año dos mil diecinueve (2019), a dos (2) Bancos de Préstamo de Materiales, denominados Banco Río Choluteca 2 y Banco Río Yeguare, ubicados en el municipio de Yuscarán en el departamento de El Paraíso, los cuales se solicitan para ser utilizados en el Proyecto: PROGRAMA DE INTEGRACIÓN VIAL REGIONAL “TRAMO NETEAPA-DANLÍ; asimismo, las unidades de Desarrollo Social, Ambiente y Seguridad, Registro Minero y Catastral y Minas y Geología emitieron la Norma Técnica No. NTBP- 2019-051, en donde emiten las normas técnicas aplicables para el aprovechamiento de la extracción y acarreo de los bancos de materiales.

Articulo 1

Autorizar a la Empresa de Construcción y Transporte Eterna, S.A. de C.V. (ETERNA), en su carácter de ejecutor del Proyecto, “AMPLIACIÓN Y MEJORAMIENTO DE LA CARRETERA CA-5 NORTE, SEGMENTOS I Y II (SECCIÓN 2-A)”, para que proceda a la explotación y aprovechamiento de nueve (09) bancos de U D I-D EG T-U N AH 2.- Banco de Material aluvial Banco Río Yarumela, ubicado cerca de la aldea Yarumela, en el límite del municipio de Villa de San Antonio, departamento de Comayagua y el municipio de La Paz, en el departamento de La Paz. Con un área autorizada de 13.16 ha con coordenadas UTM NAD-27 siguientes: 3.- Banco de materiales aluvial Banco Río Grande San José: ubicado en el municipio de La Villa de San Antonio, Departamento de Comayagua, con un área autorizada de 7.08 ha y en las coordenadas UTM NAD-27 siguientes: materiales, mismos que se encuentran ubicados en el municipio de la Villa de San Antonio, en el departamentos de Comayagua, dicha explotación se realizará durante el tiempo en ejecución del proyecto y que se detallan, con su respectiva localización georreferencial a continuación: 1.- Banco de Material aluvial Banco Río Jupuara, ubicado en el municipio de Villa de San Antonio, departamento de Comayagua, con un área de 13.16 ha, con coordenadas UTM NAD-27 siguientes: U D I-D EG T-U N AH 4.- Desazolvamiento del Río San José: Ubicado en el municipio de La Villa de San Antonio, departamento de Comayagua, con un área autorizada de 27.34 ha y con un polígono en las coordenadas UTM NAD-27 siguientes: 5.- Desazolvamiento del Río Humuya: Ubicado entre los municipios de La Paz y La Villa de San Antonio, departamento de La Paz y Comayagua, en el límite Departamental entre Comayagua y La Paz, con un área autorizada de y 20.25 ha y ubicada en las coordenadas UTM NAD-27 siguientes: U D I-D EG T-U N AH 6.- Banco de material seco Banco Martínez: ubicado en el Municipio de la Villa de San Antonio, Departamento de Coma- yagua, con un área autorizada de 4.00 ha y ubicado en las coordenadas UTM NAD-27 siguientes: 7.- Banco de material seco Banco El Conejo: ubicado en el municipio de la Villa de San Antonio, departamento de Comayagua, con un área autorizada de 8.00 ha y ubicado en las coordenadas UTM NAD-27 siguientes: 8.- Banco de material seco Banco El Rodeo: ubicado en el municipio de La Villa de San Antonio, departamento de Comayagua, con un área autorizada de 4.00 ha y ubicado en las coordenadas UTM NAD-27 siguientes: U D I-D EG T-U N AH 9.- Banco de material seco Banco La Iglesia: ubicado en el municipio de La Villa de San Antonio, departamento de Comayagua, con un área autorizada de 2 ha y ubicado en las coordenadas UTM NAD-27 siguientes:

Articulo 2

La Dirección Ejecutiva de INVEST-Honduras, deberá de celebrar con la Empresa Constructora ETERNA S.A., el respectivo contrato para el cumplimiento estricto de todas y cada una de las medidas de mitigación previstas en los permisos ambientales otorgados por la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente, mismo que deberá remitírsele a dicha Secretaría de Estado.

Articulo 3

Notificar el presente Acuerdo a la Unidad Ejecutora y al Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), a fin de que brinde el control y seguimiento de lo ordenado en la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, supervise el cumplimiento de las normas técnicas emitidas en relación a la extracción y acarreo de los materiales, con el fin de informar a los órganos fiscalizadores de Estado y a la ciudadanía en general, los resultados de dicha supervisión.

Articulo 4

Notificar el presente acuerdo a los propietarios de los inmuebles, esto dando cumplimiento a lo establecido en el Artículo 22 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, que establece: Que los dueños de terrenos contiguos o cercanos a cualquier obra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de préstamo de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción y mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el estado o sus contratistas, previa notificación del Propietario; así mismo se le hará saber que el no cumplimiento a lo dispuesto en dicho acuerdo, dará lugar a aplicar lo establecido en el artículo 27 de la misma Ley, que dice: Cometerá el delito de desobediencia tipificado en el Código Penal quien, debidamente notificado por la autoridad competente, ejecute actos que tengan por objeto impedir al Estado o a sus contratistas el acceso al inmueble identificado para servir como banco de materiales. En el mismo delito incurrirá quien impida o dificulte la extracción de materiales dentro de un banco de materiales que será aprovechado por el Estado o quien procure obtener una remuneración por el valor de los materiales extraídos. Cuando haya particulares que impidan el acceso al inmueble o a la Extracción de Materiales dentro del mismo, la Unidad Ejecutora responsable presentará inmediatamente la denuncia correspondiente ante la Fiscalía General de la República, para que se deduzca al particular la responsabilidad penal que corresponda.

Articulo 5

El presente acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Comayagüela, municipio del Distrito Central, a los cinco (05) días del mes de noviembre del año dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE: ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) JOSÉ LISANDRO SANCHEZ RODRIGUEZ SECRETARIO GENERAL U D I-D EG T-U N AH Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos ACUERDO 0550 13 de noviembre del 2019 EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 58-2011, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 13 de Julio 2011, fue aprobada la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, la cual tiene por objeto simplificar y agilizar los procedimientos de ejecución de proyectos de infraestructura pública, con el propósito de generar empleo y lograr mayor crecimiento económico a través de la modernización de la infraestructura nacional, las normas y procedimientos establecidos en esta Ley serán aplicables a las unidades ejecutoras de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada a cargo de proyectos de infraestructura pública de cualquier naturaleza. CONSIDERANDO: Que el artículo 22 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que los dueños de terrenos continuos o cercanos a cualquier obra de infraestructura pública, cuyos predios hayan sido identificados por la respectiva unidad ejecutora a cargo del proyecto como idóneos para servir como bancos de materiales, están obligados a facilitar y permitir la extracción de todo el material que sea necesario para la apertura, construcción, mantenimiento del proyecto, sin costo alguno para el Estado o sus contratistas, previa notificación al propietario. CONSIDERANDO: Que de conformidad al Artículo 24 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, para que el Estado realice el aprovechamiento racional de los materiales requeridos, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), podrá otorgar autorizaciones a los órganos estatales, encargados de la ejecución de los diferentes proyectos de infraestructura pública y/o a las empresas constructoras por dichos órganos ejecutores, para que procedan a la extracción y acarreo de los materiales, de conformidad con los respectivos contratos de obra pública. CONSIDERANDO: Que el artículo 25 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que la extracción de materiales efectuada por el Estado o sus ejecutores no afectará la explotación simultánea que puedan hacer los titulares de concesiones mineras, en caso que exista concesión previa al Acuerdo que emita INSEP autorizando la extracción. En tal razón, INSEP emitirá la respectiva autorización para que el órgano estatal realice la extracción de materiales sobre un banco o cantera concesionada, siempre que no exista otro sitio de mejor precisión. La explotación simultánea que haga el Estado y el concesionario estará sujeta a las normas técnicas que emita el Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN). CONSIDERANDO: Que de no existir concesión alguna sobre el banco de materiales identificado, el Estado podrá realizar una extracción acorde con el aprovechamiento racional de esos recursos naturales, sujeto a las limitaciones que le señale INHGEOMIN en las respectivas normas técnicas que emitan para tal efecto. CONSIDERANDO: Que el artículo 26 de la Ley Especial para la Simplificación de los Procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública, establece que previo a la emisión U D I-D EG T-U N AH del Acuerdo la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), notificará de oficio al Instituto Hondureño de Geología y Minas INHGEOMIN, para que esta compruebe el estado ambiental, técnico y jurídico del banco de materiales identificado. De no haber impedimento para realizar la extracción, sin más trámite, INHGEOMIN procederá a la emisión de las normas técnicas aplicable al aprovechamiento, extracción y acarreo de los materiales. Con las normas técnicas emitidas y comunicadas, tanto a INSEP como al órgano ejecutor interesado, esta Secretaría de Estado procederá a la emisión del acuerdo de autorización correspondiente el cual será notificado tanto a la Unidad Ejecutora como al propietario del Inmueble identificado para servir como banco de materiales. La autorización emitida por INSEP, regulada en esta Ley, constituye el permiso único de extracción necesario para que el órgano ejecutor o el contratista del proyecto pueda realizar la extracción de los materiales, sin perjuicio de los demás permisos que por Ley pudieran corresponder en materia municipal, forestal y ambiental. CONSIDERANDO: Que la normativa antes relacionada concede al Estado de Honduras, a través de las entidades competentes de la ejecución de los proyectos de infraestructura pública, aprovechar de manera racional los recursos minerales no metálicos requeridos para la ejecución de proyectos; y en particular el Proyecto: PROGRAMA DE INTEGRACIÓN VIAL REGIONAL “TRAMO NETEAPA-DANLÍ, ejecutado por INVEST-Honduras/MCA Honduras, a través de la Empresa Constructora ETERNA, S.A. de C.V. CONSIDERANDO: Que en fecha veintiséis (26) de septiembre del año dos mil diecinueve (2019), las unidades de Desarrollo Social,Ambiente y Seguridad y Minas y Geología dependientes del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitieron el Dictamen UDS -061–19, sobre la Inspección realizada el diez (10) de septiembre del año dos mil diecinueve (2019), a Tres (3) Bancos de Préstamo de Materiales, denominados Banco Jacaleapa, Banco Los Nances y Banco Los Limones, ubicados en los municipios de Morocelí y Jacaleapea en el departamento de El Paraíso, los cuales se solicitan para ser utilizados en el Proyecto: PROGRAMA DE INTEGRACIÓN VIAL REGIONAL “TRAMO NETEAPA-DANLÍ; asimismo, las unidades de Desarrollo Social, Ambiente y Seguridad, Registro Minero y Catastral y Minas y Geología emitieron la Norma Técnica No. NTBP-2019-058, en donde emiten las normas técnicas aplicables para el aprovechamiento de la extracción y acarreo de los bancos de materiales. CONSIDERANDO: que en fecha veintidós (22) de agosto del año dos mil diecinueve (2019), las unidades de Desarrollo Social,Ambiente y Seguridad y Minas y Geología dependientes del Instituto Hondureño de Geología y Minas (INHGEOMIN), emitieron el Dictamen UDS -055 –19, sobre la Inspección realizada el veintinueve (29) de junio del año dos mil diecinueve (2019), a dos (2) Bancos de Préstamo de Materiales, denominados Banco Río Choluteca 2 y Banco Río Yeguare, ubicados en el municipio de Yuscarán en el departamento de El Paraíso, los cuales se solicitan para ser utilizados en el Proyecto: PROGRAMA DE INTEGRACIÓN VIAL REGIONAL “TRAMO NETEAPA-DANLÍ; asimismo, las unidades de Desarrollo Social, Ambiente y Seguridad, Registro Minero y Catastral y Minas y Geología emitieron la Norma Técnica No. NTBP- 2019-051, en donde emiten las normas técnicas aplicables para el aprovechamiento de la extracción y acarreo de los bancos de materiales. POR TANTO: En ejercicio de sus atribuciones y en aplicación de lo establecido en los artículos 246, 247 de la Constitución de la República; 10, 29, 30, 36 numerales 2 y 8, 116, 118, 119, y 122 U D I-D EG T-U N AH de la Ley General de la Administración Pública y artículos 21, 22, 23, 24, 25, 26 y 27 de la Ley Especial para la Simplificación de los procedimientos de Inversión en Infraestructura Pública. ACUERDA:

Ver como documento individual

Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 0683 — Traslado de fondos presupuestarios de Gasto de Capital a Gasto Corriente para la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos

Presidencia de la República

  1. 1.

    Que de conformidad con el Artículo 245 numeral 11 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la República, la Administración General del Estado, siendo entre otras sus atribuciones la de emitir Acuerdos y Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones, conforme a la ley.

  2. 2.

    Que el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, establece que “El Presidente de la República, tiene a su cargo la Suprema Dirección y Coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada…”.

  3. 3.

    Que el Artículo 29 numeral 13 de la Ley General de la Administración Pública, establece que “La Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Empresas Públicas ahora Secretaría de Estado

Ver como documento individual

Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo — Traslado de fondos presupuestarios para gastos judiciales de la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos

Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos

  1. 1.

    Que de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 22 del Decreto Legislativo No. 180-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha veinte (20) de diciembre del dos mil dieciocho (2018) en su edición No. 34,825, que contiene las Disposiciones Generales del Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2019, se establece que: “Cualquier requerimiento adicional de recursos provenientes de fuente del Tesoro Nacional (11) por parte de las Instituciones de la Administración Central, Desconcentrada y Descentralizada, orientados a satisfacer necesidades ineludibles no previstas en los Objetivos y Resultados del Plan Operativo Anual contenidos en el Presupuesto aprobado, debe ser atendido con recursos de su propio presupuesto mediante una reprogramación física y financiera de sus objetivos y resultados de acuerdo a las Normas Técnicas del Subsistema de Presupuesto”.

  2. 2.

    Que de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 30 del Decreto Legislativo No. 180-2018 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha veinte (20) de diciembre del dos mil dieciocho (2018) en su edición No. 34,825, que contiene las Disposiciones Generales del Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2019, de dicho decreto se establece que: “No se permitirán modificaciones presupuestarias que afecten asignaciones consignadas para gastos de capital para financiar gastos corrientes de cualquier fuente de financiamiento, en caso de requerirlas se deberá contar con la aprobación del Presidente de la República y el mismo se formalizará mediante Acuerdo Ejecutivo, previo a su aprobación, se deberá conocer la opinión de la Comisión Intrainstitucional de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas”.

  3. 3.

    Que mediante Oficio DPMF-042-2019 de fecha 04 de diciembre del 2019, la Secretaría de Estado en los Despachos de Finanzas, por Ley, manifiesta que en atención a sus Oficios Nos. DM-0893-2019, DM-1063 y DM- 2276-2019 de fechas 23 de julio, 4 de septiembre del 2019 y 26 de noviembre del 2019 respectivamente, me com place hacer de su conocimiento que la Comisión Intrainstitucional de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, conforme a lo que establece el Artículo 30 de las Disposiciones del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del 2019, ha emitido opinión favorable para que la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), continúe con el trámite de la aprobación de los U D I-D EG T-U N AH Acuerdos Ejecutivos por parte del Honorable Presidente de la República, para el traslado de fondos de gasto de capital a gasto corriente, por los montos solicitados por la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos conforme al detalle siguiente: 1.-) Oficio No. DM-0893-2019 de fechas 23 de julio del 2019, por un Monto de 20,523,085.00, para el traslado de Gasto de Capital a Gasto Corriente para hacerle frente a compromisos adquiridos por sentencias condenatorias emitidas por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, así como al pago de prestaciones laborales al personal suscrito al Programa de retiro voluntario; 2.-). Oficio No. DM-1063- 2019 de fechas 4 de septiembre del 2019, por un Monto de 6,298,010.00, para el traslado de Gastos de Capital a Gasto Corriente para cumplir con el pago de prestaciones laborales al personal suscrito al Programa de retiro voluntario para reducir la masa salarial; 3.-) Oficio No. DM-2276-2019 de fechas 26 de noviembre del 2019, por un Monto de 37,770,113.00, para el Traslado de Gasto de Capital a Gasto Corriente para hacer frente a compromisos adquiridos por sentencias condenatorias emitidas por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, específicamente para cumplir con el pago del arreglo extrajudicial con la Empresa TRADE CO INFRAESTRUCTURAS, S.A. DE C.V.

  4. 4.

    Que el Artículo 97 del Capítulo Tercero de la Ley de la Jurisdicción de lo Contencioso Administrativo, establece que “Cuando la Administración Pública fuere condenada al pago de una cantidad líquida, deberá verificar lo en la forma y dentro de los límites establecidos en el presupuesto aprobado y con arreglo a las disposiciones legales vigentes. Si para verificar el pago fuere preciso alguna reforma de presupuesto, se iniciará la tramitación dentro de los tres meses siguientes a la notificación de la sentencia, si se tratare del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República y dentro del mes siguiente, si se tratare del Presupuesto de una institución estatal, tramitación ésta que no podrá interrumpirse por ningún concepto”.

  5. 5.

    Que el Estado de Honduras, por intermedio de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos, deviene obligado a la ejecución efectiva de diversas sentencias condenatorias emitidas por los Juzgados de lo Contencioso Administrativo.

  6. 6.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018 de fecha dieciséis (16) de abril del año dos mil dieciocho (2018), publicado en el Diario Oficial La Gaceta el veinte (20) de abril del año dos mil dieciocho (2018) en su edición No. 34,620, el Presidente Constitucional de la República Abogado Juan Orlando Hernández Alvarado, delega en la Subsecretaria de Coordinación General de Gobierno, Licenciada Martha Vicenta Doblado Andara, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que según a la Ley General de Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción, cuyo contenido vaya orientado a autorizar la legalización de:

    • a)

      Reglamentos;

    • b)

      Contrataciones de Bienes y Servicios mediante la modalidad de Contratación Directa según los supuestos establecidos en la Ley de Contratación del Estado;

    • c)

      Autorizaciones al Procurador General de la República para Ejecutar Facultades de Expresa Mención en las demandas promovidas contra el Estado de Honduras;

    • d)

      Gastos de Representación de Funcionarios;

    • e)

      Préstamos;

    • f)

      Modificaciones Presupuestarias; y,

    • g)

      Otros actos administrativos que deba firmar por Ley el Presidente de la República.

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Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 0684-2019 — Incorporación de asignaciones presupuestarias para compensaciones y gastos judiciales

Presidencia de la República / Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos

  1. 1.

    Que de conformidad con el Artículo 245 numeral 11 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la República, la Administración General del Estado, siendo entre otras sus atribuciones la de emitir Acuerdos y Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones, conforme a la ley.

  2. 2.

    Que el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, establece que “El Presidente de la República, tiene a su cargo la Suprema Dirección y Coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada…”.

  3. 3.

    Que el Artículo 29 numeral 13 de la Ley General de la Administración Pública, establece que “La Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Empresas Públicas ahora Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), tiene competencias fundamentales, en lo concerniente a la Formulación, Coordinación, Ejecución y Evaluación de las Políticas relacionadas con la Vivienda, las Obras de Infraestructura Pública, el Sistema Vial, Urbanístico y del Transporte, los asuntos concernientes a las empresas públicas, así como el régimen concesionario de obras públicas”.

  4. 4.

    Que de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 22 del Decreto Legislativo No. 180-2018 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha veinte (20) de diciembre del dos mil dieciocho (2018) en su edición No. 34,825, que contiene las Disposiciones Generales del Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2019, se establece que: “Cualquier requerimiento adicional de recursos provenientes de fuente del Tesoro Nacional (11) por parte de las Instituciones de la Administración Central, Desconcentrada y Descentralizada, orientados a satisfacer necesidades ineludibles no previstas en los Objetivos y Resultados del Plan Operativo Anual contenidos en el Presupuesto aprobado, debe ser atendido con recursos de su propio presupuesto mediante una reprogramación física y financiera de sus objetivos y resultados de acuerdo a las Normas Técnicas del Subsistema de Presupuesto”;asimismo el Artículo30de dicho decreto se establece que: “No se permitirán modificaciones presupuestarias que afecten asignaciones consignadas para gastos de capital para financiar gastos corrientes de cualquier fuente de financiamiento, en caso de requerirlas se deberá contar con la aprobación del Presidente de la República y el mismo se formalizará mediante Acuerdo Ejecutivo, previo a su aprobación, se deberá conocer la opinión de la Comisión Intrainstitucional de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas”.

  5. 5.

    Que mediante Oficio DPMF-042-2019 de fecha 04 de diciembre del 2019, la Secretaría de Estado en los Despachos de Finanzas, por Ley, manifiesta que en atención a sus Oficios Nos DM-0893-2019, DM-1063 y DM- 2276-2019 de fechas 23 de julio, 4 de septiembre del 2019 y 26 de noviembre del 2019 respectivamente, me com place hacer de su conocimiento que la Comisión Intrainstitucional de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, conforme a lo que establece el Artículo 30 de las Disposiciones del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del 2019, ha emitido opinión favorable para que la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), continúe con el trámite de la aprobación de los Acuerdos Ejecutivos por parte del Honorable Presidente de la República, para el traslado de fondos de gasto de capital a gasto corriente, por los montos solicitados por la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos conforme al detalle siguiente: 1.-) Oficio No DM-0893-2019 de fechas 23 de julio del 2019, por un Monto de 20,523,085.00, para el U D I-D EG T-U N AH traslado de Gasto de Capital a Gasto Corriente para hacerle frente a compromisos adquiridos por sentencias condenatorias emitidas por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, así como al pago de prestaciones laborales al personal suscrito al Programa de retiro voluntario; 2.-). Oficio No. DM-1063- 2019 de fechas 4 de septiembre del 2019, por un Monto de 6,298,010.00, para el traslado de Gastos de Capital a Gasto Corriente para cumplir con el pago de prestaciones laborales al personal suscrito al Programa de retiro voluntario para reducir la masa salarial; 3.-) Oficio No. DM-2276-2019 de fechas 26 de noviembre del 2019, por un Monto de 37,770,113.00, para el Traslado de Gasto de Capital a Gasto Corriente para hacer frente a compromisos adquiridos por sentencias condenatorias emitidas por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, específicamente para cumplir con el pago del arreglo extrajudicial con la Empresa TRADE CO INFRAESTRUCTURAS, S.A. DE C.V.

  6. 6.

    Que en el Presupuesto Aprobado 2019 por el Soberano Congreso Nacional a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (IN- SEP) se concentran las asignaciones presupuestarias para la construcción de Obras Regionales de Infraestructura a Nivel Nacional.

  7. 7.

    Que los proyectos y programas en mención serán ejecutados con fondos del Fideicomiso de Inversiones y Asignaciones (FINA 2), por lo que el alcance del Plan de Inversión Institucional no será afectado.

  8. 8.

    Que el Estado de Honduras, por medio de la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), ha sido condenado por los Juz- gados correspondientes al reintegro de exempleados por pro- cedimientos administrativos erróneos aplicados al momento de la cancelación de personal, siendo objeto de innumerables embargos a las cuentas principales de la Institución.

  9. 9.

    Que para reducir la masa salarial, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) ha puesto en marcha un programa de retiro voluntario con el compromiso de hacer efectivo el pago de prestaciones laborales y cesantía en tiempo y forma.

  10. 10.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018 de fecha dieciséis (16) de abril del año dos mil dieciocho (2018), publicado en el Diario Oficial La Gaceta el veinte (20) de abril del año dos mil dieciocho (2018) en su edición No. 34,620, el Presidente Constitucional de la República Abogado Juan Orlando Hernández Alvarado, delega en la Subsecretaria de Coordinación General de Gobierno, Licenciada Martha Vicenta Doblado Andara, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que según a la Ley General de Administración Pública, sean potestad del Presidente Constitucional de la República su sanción, cuyo contenido vaya orientado a autorizar la legalización de:

    • a)

      Reglamentos;

    • b)

      Contrataciones de Bienes y Servicios mediante la modalidad de Contratación Directa según los supuestos establecidos en la Ley de Contratación del Estado; c)Autorizaciones al Procurador General de la República para Ejecutar Facultades de Expresa Mención en las demandas promovidas contra el Estado de Honduras; d) Gastos de Representación de Funcionarios; e) Préstamos; f) Modificaciones Presupuestarias; y, g) Otros actos administrativos que deba firmar por Ley el Presidente de la República.

Articulo 1

Incorporar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República Ejercicio Fiscal 2019, las asignaciones presupuestarias siguientes: U D I-D EG T-U N AH INSTITUCION 120 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS PROGRAMA 01 ACTIVIDADES CENTRALES SUB-PROGRAMA 00 PROYECTO 000 ACTIVIDAD/OBRA 005 SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y CONTABLES GERENCIA ADMINISTRATIVA 001: GERENCIA CENTRAL UNIDAD EJECUTORA 013: GERENCIA ADMINISTRATIVA 10000 SERVICIOS PERSONALES 16200 11 001 0000 Compensaciones L. 5,000,000.00 20000 SERVICIOS NO PERSONALES 27000 IMPUESTOS, DERECHOS, TASAS Y GASTOS JUDICIALES 27500 11 001 0000 Gastos Judiciales L. 15,523,085.00 TOTAL INCREMENTO L. 20,523,085.00

Articulo 2

El Traslado de los fondos anteriores serán financiados de las asignaciones presupuestarias siguientes: INSTITUCION 120 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS PROGRAMA 24 DESARROLLO DE PROYECTOS REGIONALES A NIVEL NACIONAL SUB-PROGRAMA 00 PROYECTO 000 ACTIVIDAD/OBRA 001 OBRAS REGIONALES DE INFRAESTRUCTURA A NIVEL NACIONAL GERENCIA ADMINISTRATIVA 001: GERENCIA CENTRAL UNIDAD EJECUTORA 009: DESPACHO DEL MINSITRO U D I-D EG T-U N AH 40000 BIENES CAPITALIZABLES 47000 CONSTRUCCIONES 47210 11 001 0000 Construcciones y Mejoras de Bienes en Dominio Público L. 20,523,085.00 TOTAL FINANCIAMIENTO L. 20,523,085.00

Articulo 3

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cinco (05) días del mes de diciembre del año dos mil diecinueve (2019). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE: MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA SECRETARIA DE ESTADO, POR LEY DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO Por delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No.023-2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 20 de abril del 2018 ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) U D I-D EG T-U N AH Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos

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Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 0685-2019 — Incorporación de asignaciones presupuestarias para compensaciones por separación de cargos

Presidencia de la República / Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos

  1. 1.

    Que de conformidad con el Artículo 245 numeral 11 de la Constitución de la República, corresponde al Presidente de la República, la Administración General del Estado, siendo entre otras sus atribuciones la de emitir Acuerdos y Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones, conforme a la ley.

  2. 2.

    Que el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, establece que “El Presidente de la República, tiene a su cargo la Suprema Dirección y Coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada…”.

  3. 3.

    Que el Artículo 29 numeral 13 de la Ley General de la Administración Pública, establece que “La Secretaría de Estado en los Despachos de Obras Públicas, Transporte, Vivienda y Empresas Públicas ahora Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), tiene competencias fundamentales, en lo concerniente a la Formulación, Coordinación, Ejecución y Evaluación de las Políticas relacionadas con la Vivienda, las Obras de Infraestructura Pública, el Sistema Vial, Urbanístico y del Transporte, los asuntos concernientes a las empresas públicas, así como el régimen concesionario de obras públicas”.

  4. 4.

    Que la Comisión Nacional Supervisora de Servicios Públicos(CNSSP),es una entidad Desconcentrada del Gobierno Central adscrita a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), ha decidido separar de sus cargos a los señores: Rosalba Margarita Ramos, Lilian Rossana Mejía Padilla, Rubén Antonio Rodezno Aguilar, Carlos Antonio Matute Mejía, Suyapa Cristina Mejía Zúniga, Eduardo Joaquín Castro Cárcamo y Elizabeth Gómez Fuentez, incurriendo en gastos de prestaciones e indemnizaciones para los cuales no cuenta con la disponibilidad presupuestaria.

  5. 5.

    Que de conformidad a lo dispuesto en el Artículo 22 del Decreto Legislativo No. 180-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha veinte (20) de diciembre del dos mil dieciocho (2018) en su edición No. 34,825, que contiene las Disposiciones Generales del Presupuesto para el Ejercicio Fiscal 2019, se establece que: “Cualquier requerimiento adicional de recursos provenientes de fuente del Tesoro Nacional (11) por parte de las Instituciones de la Administración Central, Desconcentrada y Descentralizada, orientados a satisfacer necesidades ineludibles no previstas en los Objetivos y Resultados del Plan Operativo Anual contenidos en el Presupuesto aprobado, debe ser atendido con recursos de su propio presupuesto mediante una reprogramación física y financiera de sus objetivos y resultados de acuerdo a las Normas Técnicas del Subsistema de Presupuesto”;asimismo el Artículo30de dicho decreto se establece que: “No se permitirán modificaciones presupuestarias que afecten asignaciones consignadas para gastos de capital para financiar gastos corrientes de cualquier fuente de financiamiento, en caso de requerirlas se deberá contar con la aprobación del Presidente de la República y el mismo se formalizará mediante Acuerdo Ejecutivo, previo a su aprobación, se deberá conocer la opinión de la Comisión Intrainstitucional de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas”.

  6. 6.

    Que mediante Oficio DPMF-042-2019 de fecha 04 de diciembre del 2019, la Secretaría de Estado en los Despachos de Finanzas, por Ley, manifiesta que en atención a sus Oficios Nos. DM-0893-2019, DM-1063 y DM- 2276-2019 de fechas 23 de julio, 4 de septiembre del 2019 y 26 de noviembre del 2019 respectivamente, me com place hacer de su conocimiento que la Comisión Intrainstitucional de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, U D I-D EG T-U N AH conforme a lo que establece el Artículo 30 de las Disposiciones del Presupuesto General de Ingresos y Egresos del 2019, ha emitido opinión favorable para que la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP), continúe con el trámite de la aprobación de los Acuerdos Ejecutivos por parte del Honorable Presidente de la República, para el traslado de fondos de gasto de capital a gasto corriente, por los montos solicitados por la Secretaría de Infraestructura y Servicios Públicos conforme al detalle siguiente: 1.-) Oficio No. DM-0893-2019 de fechas 23 de julio del 2019, por un Monto de 20,523,085.00, para el traslado de Gasto de Capital a Gasto Corriente para hacerle frente a compromisos adquiridos por sentencias condenatorias emitidas por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, así como al pago de prestaciones laborales al personal suscrito al Programa de retiro voluntario; 2.-). Oficio No DM-1063- 2019 de fechas 4 de septiembre del 2019, por un Monto de 6,298,010.00, para el traslado de Gastos de Capital a Gasto Corriente para cumplir con el pago de prestaciones laborales al personal suscrito al Programa de retiro voluntario para reducir la masa salarial; 3.-) Oficio No. DM-2276-2019 de fechas 26 de noviembre del 2019, por un Monto de 37,770,113.00, para el Traslado de Gasto de Capital a Gasto Corriente para hacer frente a compromisos adquiridos por sentencias condenatorias emitidas por el Juzgado de lo Contencioso Administrativo, específicamente para cumplir con el pago del arreglo extrajudicial con la Empresa TRADE CO INFRAESTRUCTURAS S.A. DE C.V.

  7. 7.

    Que en el Presupuesto Aprobado 2019 por el Soberano Congreso Nacional a la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) se concentran las asignaciones presupuestarias para Obras para el Control de Inundaciones en el Valle de Sula.

  8. 8.

    Que la ejecución de todas las obras programadas para el control de inundaciones en el Valle de Sula no podrá realizarse en el presente ejercicio fiscal.

  9. 9.

    Que para reducir la masa salarial, la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Servicios Públicos (INSEP) ha puesto en marcha un programa de retiro voluntario con el compromiso de hacer efectivo el pago de prestaciones laborales y cesantía en tiempo y forma.

  10. 10.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo No. 023-2018 de fecha dieciséis (16) de abril del año dos mil dieciocho (2018), publicado en el Diario Oficial La Gaceta el veinte (20) de abril del año dos mil dieciocho (2018) en su edición No. 34,620, el Presidente Constitucional de la Repú- blica Abogado Juan Orlando Hernández Alvarado, delega en la Subsecretaria de Coordinación General de Gobierno, Licenciada Martha Vicenta Doblado Andara, la potestad de firmar los Acuerdos Ejecutivos que según a la Ley General de Administración Pública, sean potestad del Presidente Cons- titucional de la República su sanción, cuyo contenido vaya orientado a autorizar la legalización de:

    • a)

      Reglamentos;

    • b)

      Contrataciones de Bienes y Servicios mediante la modalidad de Contratación Directa según los supuestos establecidos en la Ley de Contratación del Estado;

    • c)

      Autorizaciones al Procurador General de la República para Ejecutar Facultades de Expresa Mención en las demandas promovidas contra el Estado de Honduras;

    • d)

      Gastos de Representación de Fun- cionarios;

    • e)

      Préstamos;

    • f)

      Modificaciones Presupuestarias; y,

    • g)

      Otros actos administrativos que deba firmar por Ley el Presidente de la República.

Articulo 1

Incorporar en el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República Ejercicio Fiscal 2019, las asignaciones presupuestarias siguientes: U D I-D EG T-U N AH INSTITUCION 120 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS PROGRAMA 01 ACTIVIDADES CENTRALES SUB-PROGRAMA 00 PROYECTO 000 ACTIVIDAD/OBRA 005 SERVICIOS ADMINISTRATIVOS Y CONTABLES GERENCIA ADMINISTRATIVA 001: GERENCIA CENTRAL UNIDAD EJECUTORA 013: GERENCIA ADMINISTRATIVA 10000 SERVICIOS PERSONALES 16200 11 001 0000 Compensaciones L. 6,298,010.00 TOTAL INCREMENTO L.6,298,010.00

Articulo 2

El Traslado de los fondos anteriores serán financiados de las asignaciones presupuestarias siguientes: INSTITUCION 120 SECRETARIA DE INFRAESTRUCTURA Y SERVICIOS PUBLICOS PROGRAMA 22 OBRAS PARA EL CONTROL DE INUNDACIONES EN EL VALLE DE SULA SUB-PROGRAMA 00 PROYECTO 000 ACTIVIDAD/OBRA 002 CONSTRUCCION Y MEJORAS DE CANALIZACIONES EN EL VALLE DE SULA GERENCIA ADMINISTRATIVA 008: GERENCIA OPERATIVA DE LA CCIVS UNIDAD EJECUTORA 038: GERENCIA ADMINISTRATIVA DE LA CCIVS 40000 BIENES CAPITALIZABLES 47000 CONSTRUCCIONES 47210 11 001 0000 Construcciones y Mejoras de Bienes en Dominio Público L. 6,298,010.00 TOTAL FINANCIAMIENTO L.6,298,010.00

Articulo 3

El presente Acuerdo entrará en vigencia a partir de su publicación en el Dado en la ciudad de Tegucigalpa, a los veinte (20) días del mes de agosto del año dos mil diecinueve (2019). COMUNIQUESE Y PUBLIQUESE. MARTHA VICENTA DOBLADO ANDARA, SECRETARIA DE ESTADO, POR LEY DE COORDINACIÓN GENERAL DE GOBIERNO Por delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No.023-2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 20 de abril del 2018 ROBERTO ANTONIO PINEDA RODRÍGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INFRESTRUCTURAY SERVICIOS PÚBLICOS (INSEP) U D I-D EG T-U N AH

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Licitación

Licitación No. SEDS-025-2019 — Suministro de Servicios de Limpieza, Fumigación y Mantenimiento de Instalaciones para Determinadas Dependencias de la Policía Nacional

Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad

Sección “B” SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad "SUMINISTRO DE UNIFORMES DEPORTIVO PARA EL INSTITUTO TECNOLÓGICO POLICIAL (ITP)" No. SEDS-007-2019 1. La Secretaría de Est

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Licitación

Licitación No. SEDS-027-2019 — Adquisición de manteles y cortinas para el Instituto Tecnológico Policial (ITP)

Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad

ado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-007-2019, a presentar ofertas selladas para el "SUMINISTRO DE UNIFORMES DEPORTIVO PARA EL INSTITUTO TECNOLÓGICO POLICIAL (ITP)". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn. o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Hondu Compras", (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 01:50 P.M. del día lunes 12 de agosto de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día lunes 12 de agosto de 2019, a las 02:00 P.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 03 de julio de 2019. General de División(r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019 _________ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad "Suministro de Electrodomésticos para Diferentes Dependencias de la Policía Nacional". LPN No. SEDS-008-2019

  • 1)

    La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-008-2019, a presentar ofertas selladas para el "Suministro de Electrodomésticos para Diferentes Dependencias de la Policía Nacional.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.

  • 3)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional.

    Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Hondu Compras", (www.hondu compras. gob.hn).

  • 5)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 01:50 P.M., del día 12 de agosto de 2019. Las fertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.

  • 6)

    Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día lunes 12 de agosto de 2019, a las 02:00 P.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 2% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 04 de julio de 2019. General de División(r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019 _________ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad "Suministro de Alimento para el Escuadrón Canino de la Policía Nacional" LPN No. SEDS-009-2019

    • 1)

      La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-009-2019, a presentar ofertas selladas para el "Suministro de Alimento para el Escuadrón Canino de la Policía Nacional".

    • 2)

      El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.

    • 3)

      La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

    • 4)

      Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn. o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Hondu Compras", (www.hondu compras.gob.hn).

    • 5)

      Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad,Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 01:50 P.M., del día martes 13 de agosto de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.

    • 6)

      Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anterionliente, el día martes 13 de agosto de 2019, a las 02:00 P.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 2% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 04 de julio de 2019. General de División(r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019

      SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad "Suministro e Instalación de Mobiliario de Oficina para la Policía Nacional". LPN No. SEDS-010-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Li

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Licitación

Licitación No. SEDS-010-2019 — Suministro e Instalación de Mobiliario de Oficina para la Policía Nacional

Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad

citación Pública Nacional No. SEDS-010-2019, a presentar ofertas selladas para el "Suministro e Instalación de Mobiliario de Oficina para la Policía Nacional". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Hondu Compras", (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a la 01:50 P.M. del día lunes 19 de agosto de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día lunes 19 de agosto de 2019, a las 02:00 P.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 2% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 09 de julio de 2019. General de División(r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019 _________ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad "Suministró de Bienes y Servicios para la Instalación de Parti ciones Móviles en el Salón de Usos Múltiples, Primer Nivel, Edificio de la Policía Nacional" LPN No. SEDS-011-2019

  • 1)

    La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-011-2019, a presentar ofertas selladas para el "Suministro de Bienes y Servicios para la Instalación de Parti ciones Móviles en el Salón de Usos Múltiples, primer Nivel edificio de la Policía Naciona.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.

  • 3)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1

    cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Hondu Compras", (www.hondu compras. gob.hn).

  • 5)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 01:50 P.M. del día 20 de agosto de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.

  • 6)

    Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día martes 20 de agosto de 2019, a las 02:00 P.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 2% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 10 de julio de 2019. General de División(r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. _________ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad "Suministro de Diversos Libros para la Biblioteca del I.T.P". LPN No. SEDS-012-2019

    • 1)

      La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-012-2019, a presentar ofertas selladas para el "Suministro de Diversos Libros para la Biblioteca del LT.P".

    • 2)

      El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.

    • 3)

      La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

    • 4)

      Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de contratación gerencia@seguridad.gob.hn y Adquisiciones del Estado de Honduras,"Hondu Compras", (www.hondu compras.gob.hn).

    • 5)

      Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a la 01:50 P.M. del día 11 de septiembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.

    • 6)

      Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriomiente, el día miércoles 11 de septiembre de 2019, a las 02:00 P.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 2% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 2 de agosto de 2019. General de División(r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019.

      SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad "ADQUISICIÓN DE EQUIPO COMPLEMENTARIO PARAELSISTEMAAFIS EXISTENTE DE LA DIRECCIÓN POLICIAL DE INVESTIGACIONES (D.P.I.)" LPN No. SEDS-013-2019

      • 1)

        La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-013-2019, a presentar ofertas selladas para la "ADQUISICIÓN DE EQUIPO COMPLEMENTARIO PARA EL SISTEMA AFIS EXISTENTE DE LA DIRECCIÓN POLICIAL DE INVESTIGACIONES (D.P.I.)".

      • 2)

        El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.

      • 3)

        La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

      • 4)

        Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso,en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Hondu Compras", (www.hondu compras.gob.hn).

      • 5)

        Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 09:50 A.M. del día lunes 28 de octubre del 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.

      • 6)

        Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día lunes 28 de octubre del año 2019, a las 10: 00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 18 de septiembre de 2019. General de División(r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. _________ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad "SUMINISTRO DE PRODUCTOS QUIMICOS PARA LA ESCUELA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL (EIC)" LPN No. SEDS-014-2019

        • 1)

          La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-014-2019, a presentar ofertas selladas para el "SUMINISTRO DE PRODUCTOS QUIMICOS PARA LA ESCUELA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL (EIC)"

        • 2)

          El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.

        • 3)

          La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

        • 4)

          Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional.

          Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Hondu Compras", (www.hondu compras.gob.hn).

        • 5)

          Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 01:50 P.M. del día lunes 28 de octubre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.

        • 6)

          Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día lunes 28 de octubre del año 2019, a las 02:00 P.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 18 de septiembre de 2019. General de División(r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. _________ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad "MANTENIMIENTO PARA EQUIPOS DE ANALISIS INSTRUMENTAL DEL LABORATORIO DE QUIMICA FORENSE DPI" LPN No. SEDS-015-2019

          • 1)

            La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-015-2019, a presentar ofertas selladas para el "MANTENIMIENTO PARA EQUIPOS DE ANALISIS INSTRUMENTAL DEL LABORATORIO DE QUIMICA FORENSE DPI".

          • 2)

            El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.

          • 3)

            La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

          • 4)

            Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso,en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L.300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Hondu Compras", (www.hondu compras.gob.hn).

          • 5)

            Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 09:50 A.M. del día martes 29 de octubre del 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.

          • 6)

            Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día martes 29 de octubre del año 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 18 de septiembre de 2019. General de División(r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019.

            SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad "ADQUISICIÓN DE ESTANDARES Y PATRONES DE REFERENCIA PARA EL LABORATORIO DE QUIMICA FORENSE, DIRECCION POLICIAL DE INVESTIGACIONES (DPI)" LPN No. SEDS-016-2019

            • 1)

              La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-016-2019, a presentar ofertas selladas para la "ADQUISICIÓN DE ESTANDARES Y PATRONES DE REFERENCIA PARA EL LABORATORIO DE QUIMICA FORENSE, DIRECCION POLICIAL DE INVESTIGACIONES (DPI)".

            • 2)

              El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.

            • 3)

              La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

            • 4)

              Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn. o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Hondu Compras", (www.hondu compras.gob.hn).

            • 5)

              Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 01:50 P.M. del día martes 29 de octubre del 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.

            • 6)

              Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día martes 29 de octubre del año 2019 a las 02:00 P.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 18 de septiembre del 2019. General de División(r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. _________ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad "SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PARA LOS CROMATOGRAFOS DEL LABORATORIO DE QUIMICA FORENSE, DIRECCION POLICIAL DE INVESTIGACIONES (DPI)" LPN No. SEDS- 017-2 019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS- 017-2019, a presentar ofertas selladas para los "SERVICIOS DE MANTENIMIENTO PARA LOS CROMATOGRAFOS DEL LABORATORIO DE QUIMICA FORENSE, DIRECCION POLICIAL DE INVESTIGACIONES (DPI)". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos

              lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn. o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Hondu Compras", (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalacioes de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 09:50 A.M. del día miércoles 30 octubre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día miércoles 30 octubre del año 2019 a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 18 de septiembre del 2019. General de División(r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. _________ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad "ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE COCINA PARA LA ESCUELA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL (EIC), DEPENDENCIA ADSCRITA A LA POLICIA NACIONAL" LPN No. SEDS-018-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-018-2019, a presentar ofertas selladas para la "ADQUISICIÓN DE EQUIPO DE COCINA PARA LA ESCUELA DE INVESTIGACIÓN CRIMINAL (EIC), DEPENDENCIA ADSCRITA A LA POLICIA NACIONAL". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en Un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Hondu Compras", (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 01:50 P.M. del día miércoles 30 de octubre del 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día miércoles 30 de octubre del año 2019 a las 02: 00 P.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 18 de septiembre del 2019. General de División(r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019.

              SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad "SUMINISTRO DE MUEBLES PARA ALOJAMIENTO COLECTIVO /DIRECCIÓN NACIONAL DE FUERZAS ESPECIALES" LPN No. SEDS-019-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-019-2019, a presentar ofertas selladas para el "SUMINISTRO DE MUEBLES PARA ALOJAMIENTO COLECTIVO/ DIRECCIÓN NACIONAL DE FUERZAS ESPECIALES". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00) mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Hondu Compras", (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 9:50 A.M. del día jueves 31 de octubre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día jueves 31 de octubre del año 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 18 de septiembre del 2019. General de División(r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. _________ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad "Adquisición de Vehículos para la Policía Nacional". LPN No. SEDS-020-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-020-2019, a presentar ofertas selladas para la "Adquisición de Vehículos para la Policía Nacional. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema

              de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Hondu Compras", (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 01:50 P.M. del día lunes 04 de noviembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día lunes 04 de noviembre de 2019, a las 02:00 P.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 2% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán 24 de septiembre de 2019.- General de División(r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. __________ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad "MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LOS SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO DE LA DIRECCIÓN POLICIAL DE INVESTIGACIÓN (D. P. I) TEGUCIGALPA Y SAN PEDRO SULA" No. SEDS-021-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-021-2019, a presentar ofertas selladas para el "MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE LOS SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO DE LA DIRECCIÓN POLICIAL DE INVESTIGACIÓN (D.P.I.) TEGUCIGALPA Y SAN PEDRO SULA". 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso,en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "Hondu Compras", (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 9:50 A.M. del día miércoles 6 de noviembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día miércoles 6 de noviembre del año 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán 27 de septiembre de 2019.- General de División(r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019.

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Resolución

Resolución No. 1383-2019 — Concesión de Personalidad Jurídica a la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la Aldea El Aguacate

Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización

  1. 1.

    Resulta que en el caso que nos ocupa, la petición formulada por la impetrante, está contraída a pedir la Personalidad Jurídica, de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, para lo cual, acompañó los documentos que se requieren para casos como el indicado y que a nuestro juicio, justifican la petición por él formulada.

  2. 2.

    En este sentido y según el análisis realizado, se logra apreciar que corren agregados a los folios seis, siete, ocho, nueve, diez al dieciséis, dieciocho al veinticuatro, veinticinco(6, 7, 8, 9, 10 al 16, 18 al 24, 25), los documentos referentes a carta poder, certificación de constitución, elección de junta directiva, autorización para la contratación de un abogado, discusión y aprobación de sus estatutos y certificación de listado de asistencia, enunciados en su respectivo orden, así como también, las copias de las tarjetas de identidad de cada uno de los miembros que integran su Junta Directiva.

  3. 3.

    La Constitución de la República, dispone en el artículo 78, que: “…Se garantizan las libertades de asociación y de reunión siempre que no sean contrarias al orden público y a las buenas costumbres…” Según lo dispone la norma constitucional antes reproducida, la Libertad de Asociación es un derecho protegido por nuestra constitución en su artículo 78, derecho que posibilita o permite que los ciudadanos constituyamos todo tipo de asociaciones sin importar las tendencias; siempre y cuando estas no sean contrarias a la Ley, procurando con ello mejorar y defender las condiciones de los grupos de interés con distintas tendencias ideológicas, políticas o religiosas para el fortalecimiento de la sociedad civil y la voz de la opinión pública, necesarias e indispensables en un país democrático.

  4. 4.

    Por su parte el Código Civil en su Capítulo II, artículo 56, se refiere a quienes la ley considera como Personas Jurídicas: “…1º El Estado y las corporaciones, asociaciones y fundaciones de interés público, reconocidas por la Ley. La personalidad de estas empieza en el instante mismo en que, con arreglo a derecho hubiesen quedado válidamente constituidas. 2º Las Asociaciones de interés particular, sean civiles, mercantiles o industriales, a las que la ley conceda personalidad propia, independientemente de la de cada uno de los asociados”.

  5. 5.

    La Ley Marco del Sector de Agua potable y Saneamiento en su artículo 18 literalmente enuncia “Las Juntas Administradoras de Agua tendrán personalidad jurídica otorgada que otorgará la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia por medio de dictamen de la respectiva Corporación Municipal, que constatará de la legalidad de la misma. El otorgamiento de dicha personalidad y su publicación en el Diario Oficial La Gaceta será de forma gratuita. El Reglamento de la presente Ley establecerá la organización y funciones de las Juntas de Agua.

  6. 6.

    Que la Asociación Civil de beneficio mutuo, denominada JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA U D I-D EG T-U N AH POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado.

  7. 7.

    Que de acuerdo a lo establecido en el artículo 11 de los Estatutos aprobados por la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, la Asamblea General, es la máxima autoridad de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, expresa la voluntad colectiva de los usuarios debidamente convocados. Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a) Trimestralmente en forma Ordinaria con los usuarios del servicio y cuando fuese necesario de urgencia en forma Extraordinaria. Esta resolución no le da validez a cualquier disposición contenida en los mismos, que sean contrarias a la Constitución de la República y las Leyes.

  8. 8.

    Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. DECISIÓN

Articulo 11

de los Estatutos aprobados por la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, la Asamblea General, es la máxima autoridad de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, expresa la voluntad colectiva de los usuarios debidamente convocados. Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a) Trimestralmente en forma Ordinaria con los usuarios del servicio y cuando fuese necesario de urgencia en forma Extraordinaria. Esta resolución no le da validez a cualquier disposición contenida en los mismos, que sean contrarias a la Constitución de la República y las Leyes. OCTAVO: Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo. DECISIÓN POR TANTO: EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACION, JUSTICIA Y DESCENTRALIZACION, en uso de sus facultades y en aplicación a lo establecido en el artículo 245 numeral 40 de la Constitución de la República;56 y 58 del Código Civil y en aplicación de los Artículos 29 reformado mediante Decreto 266-2013 de fecha 23 de enero de 2014, 18 de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento; 34, 35, 36, 37, 38 y 39 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector de Agua Potable y Saneamiento, 24, 25 y 83 de la Ley de Procedimiento Administrativo, Acuerdo Ejecutivo No. 138-2018 de fecha 05 de abril de 2018; Acuerdo Ministerial No. 58-2019 de fecha 27 de febrero de 2019. RESUELVE:

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Resolución

Resolución — Concesión de Personalidad Jurídica a Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la Aldea El Aguacate

Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización

  1. 1.

    Conceder Personalidad Jurídica a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, con domicilio en la aldea El Aguacate, municipio de El Negrito, departamento de Yoro; con sus estatutos que literalmente dicen: ESTATUTOS DE LA JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO. CAPÍTULO I. CONSTITUCIÓN, DENOMINACIÓN, DURACIÓN Y DOMICILIO. ARTÍCULO 1.- Se constituye la organización cuya denominación será “Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la aldea El Aguacate, municipio de El Negrito, departamento de Yoro”, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de Agua Potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la aldea El Aguacate, municipio de El Negrito, departamento de Yoro, CERTIFICA: El punto NUMERO 8. ARTÍCULO 2.- EL DOMICILIO LEGAL será en la aldea El Aguacate, municipio de El Negrito, departamento de Yoro y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable. ARTÍCULO 3.- Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, conducción, almacenamiento y distribución de agua, construidas por las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. U D I-D EG T-U N AH CAPÍTULO II. DE LOS OBJETIVOS. ARTÍCULO 4.- El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema. ARTÍCULO 5.- La organización tendrá los siguientes objetivos: a.- Mejorar la condición de salud de los abonados y de la comunidad en general. b.- Asegurar una correcta administración del sistema. c.- Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema. d.- Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable. e.- Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.- Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso.g.-Gestionarla asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento. ARTÍCULO 6.- Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades: a.- Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias. b.- Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.- Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. CAPÍTULO III. DE LOS MIEMBROS. CLASES DE MIEMBROS. ARTÍCULO 7.- La Junta Administradora de Agua, tendrá las siguientes categorías de miembros: a) Fundadores; y, b) Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscriben el acta de Constitución de la Junta Administradora de Agua. b) Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios. ARTÍCULO 8.- Son derechos de los miembros: a)Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y voto, b) Elegir y ser electos, c) Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d) Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios, e) Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio, f) Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe. ARTÍCULO 9.- Son obligaciones de los miembros: a) Conectarse al sistema de saneamiento, b) Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura, c) Pagar la tarifa por concepto de servicio de agua en las fechas establecidas. OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS: CAPÍTULO IV. DE LOS ÓRGANOS. ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO. ARTÍCULO 10.- La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo integrada por: a) Comité de Microcuencas. b) Comité de Operación y Mantenimiento. c) Comité de Saneamiento; y, d) Comité de Vigilancia. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS. ARTÍCULO 11.- La asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local,expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados. ARTÍCULO 12.- Son funciones de la Asamblea de Usuarios: a.- Elegir o distribuir los miembros directivos de la Junta. b.- Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta. c.- Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA. ARTÍCULO 13.- Después de la Asamblea de Usuarios, la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante U D I-D EG T-U N AH de la Junta Administradora de Agua; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem. Para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y estará conformada por siete (7) miembros:

    • 1)

      Un Presidente(a).

    • 2)

      Un Vicepresidente(a);

    • 3)

      Secretario(a).

    • 4)

      Un Tesorero(a).

    • 5)

      Un Fiscal, 6.-Un Vocal Primero; y, 7.- Un Vocal Segundo. ARTÍCULO 14.- La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones: a.- Mantener un presupuesto de ingresos y egresos. b.- Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo. c.- Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua. d.- Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. e.- Depositar en cuenta de banco, los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad. f.- Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses. g.- Cancelar o superar el servicio de agua a los usuarios. h.- Vigilar y proteger las fuentes de abastecimiento de agua, evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca. i.- Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados. ARTÍCULO 15.- Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma Ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma Extraordinaria. b.- Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DEL COMITÉ DE VIGILANCIA. ARTÍCULO 16.- Dentro de la Junta Administradora desempeña un papel muy importante para el éxito de las actividades administrativas de operación y mantenimiento del sistema, el Comité de Vigilancia, que se encargará de controlar y vigilar permanentemente todas las actividades que se realicen en la Junta. Serán sus funciones: a.- Comprobar la exactitud de los inventarios y estados financieros. b.- Verificar el dinero de caja cada vez que estime conveniente. c.- Vigilar que todos los abonados cumplan con sus obligaciones. d.-Fiscalizar las actividades realizadas por los miembros de la Junta. e.- Auditar y supervisar las cuentas de recaudación proveniente de los abonados. f.- Comprobar los gastos efectuados por la Junta. g.- Verificar el trabajo realizado por los fontaneros y/o mano de obra calificada y no calificada. h.- Firmar los documentos administrativos que den fe de aceptado los informes del Presidente y Tesorero. i.- Vigilar el inventario de la bodega. DE LOS COMITÉS DE APOYO. ARTÍCULO 17.- La Junta Directiva tendrá los siguientes comités de Apoyo: a.- Comité de Operación y Mantenimiento. b.- Comité de Microcuenca. c.- Comité de Saneamiento. ARTÍCULO 18.- Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro del Comité de Saneamiento. DE LA JUNTA DIRECTIVA. ARTÍCULO 19.- La Junta Directiva de la Junta Administradora de Agua estará formada por: a) Presidente. b) Vicepresidente, c) Secretario, d) Tesorero, e) Un Fiscal, f) Vocal Primero, g) Vocal Segundo. ARTÍCULO 20.- Son atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar a sesiones.b.-Abrir,presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar la agenda junto con el Secretario. d.-Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Representar judicial y extrajudicialmente a la Junta Administradora. ARTÍCULO 21.- Son atribuciones del VICEPRE- SIDENTE:

      • a)

        Sustituir al Presidente en caso de ausencia U D I-D EG T-U N AH temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la mayoría simple de la Junta Directiva;

      • b)

        Supervisará las Comisiones que se asignen;

      • c)

        Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea. ARTÍCULO 22.- Son atribuciones del SECRETARIO: a.- Llevar el libro de actas. b.- Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta, excepto con lo relacionado con el dinero. c.- Encargarse de la correspondencia. d.- Convocar junto con el Presidente. e.- Llevar el registro de abonados. f.- Organizar el archivo de la Junta Administradora. g.- Manejo de planillas de mano de obras. ARTÍCULO 23.- Son atribuciones del TESORERO: Es el encargado de manejar fondos, archivar documentos que indiquen ingresos y egresos: a.- Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. b.- Responder solidariamente con el Presidente del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista. c.- Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieren a entradas y salidas de dinero, tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua). d.- Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad. e.- Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas. f.- Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.- Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad. ARTÍCULO 24.- Son atribuciones del FISCAL: a.- Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización b.- Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema. c.- Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la junta. d.- Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarias para obtener una administración transparente de los bienes de la organización. ARTÍCULO 25.- Son atribuciones de LOS VOCALES: a.- Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea. b.- El Vocal I coordinará el Comité de Saneamiento Básico. c.- El Vocal II coordinará el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo. CAPÍTULO V. DEL PATRIMONIO. ARTÍCULO 26.- Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse: a.- Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas, así como los intereses capitalizados. b.- Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados. c.- Con las instalaciones y obras físicas del sistema. d.- Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas. ARTÍCULO 27.- Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI. DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN. ARTÍCULO 28.- En caso de disolución y liquidación de la Junta Administradora de Agua, los bienes de ésta serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. CAPÍTULO VII. DISPOSICIONES GENERALES. ARTÍCULO 29.- El ejercicio financiero de la Junta Administradora de Agua coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República. ARTÍCULO 30.- Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. ARTÍCULO31.-La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. ARTÍCULO 32.- Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA con las limitaciones establecidas en la Constitución de la U D I-D EG T-U N AH República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación.

  2. 2.

    La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LAALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta,así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida.

  3. 3.

    La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LAALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, presentará anualmente ante el ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (ERSAPS), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos.

  4. 4.

    La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado y los demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada.

  5. 5.

    La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo.

  6. 6.

    Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación.

  7. 7.

    La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.

  8. 8.

    Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para que emita la correspondiente inscripción.

  9. 9.

    De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18, párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. (F) WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES, SECRETARIO GENERAL. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los 16 días del mes de agosto de dos mil diecinueve. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 18 D. 2019. U D I-D EG T-U N AH SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “ADQUISICIÓN DE SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO PARA DETERMINADAS DEPENDENCIAS DE LA POLICIA NACIONAL” No. SEDS-022-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-022-2019, a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO PARA DETERMINADAS DEPENDENCIAS DE LA POLICIA NACIONAL”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 9:50 A.M. del día jueves 7 de noviembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día jueves 7 de noviembre del año 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 27 de septiembre de 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el despacho de Seguridad 18 D. 2019. _____ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “Suministro de Póliza de Seguro Colectivo de Vida y Seguro de Vehículos para la Secretaría de Seguridad/Policía Nacional” LPN No. SEDS-023-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-023-2019, a presentar ofertas selladas para el “Suministro de Póliza de Seguro Colectivo de Vida y Seguro de Vehículos para la Secretaría de Seguridad/Policía Nacional”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. U D I-D EG T-U N AH Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencian@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 01:50 P.M. del día miércoles 20 de noviembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día miércoles 20 de noviembre de 2019, a las 02:00 P.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 2% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 11 de octubre de 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. _____ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “Suministro de Uniformes para el Personal Administrativo de la Secretaría de Seguridad/Policía Nacional”. No. SEDS-024-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-024-2019, a presentar ofertas selladas para el “Suministro de Uniformes para el Personal Administrativo de la Secretaría de Seguridad/ Policía Nacional”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGRI cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras,“Hondu Compras”,(www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 09:50 A.M. del día martes 26 de noviembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día martes 26 de noviembre de 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 16 de octubre de 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. U D I-D EG T-U N AH SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “Suministro de Servicios de Limpieza, Fumigación y Mantenimiento de Instalaciones para Determinadas Dependencias de la Policía Nacional” No. SEDS-025-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-025-2019, a presentar ofertas selladas para el “Suministro de Servicios de Limpieza, Fumigación y Mantenimiento de Instalaciones para Determinadas Dependencias de la Policía Nacional”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@.seguridad.gob.hn. o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 9:50 A.M. del día lunes 02 de diciembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día lunes 02 de diciembre de 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 24 de octubre de 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. ____ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “ADQUISICIÓN DE LITERAS Y COLCHONES PARA DIFERENTES DEPENDENCIAS DE LA POLICIA NACIONAL” No. SEDS-026-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-026-2019, a presentar ofertas selladas para el “ADQUISICIÓN DE LITERAS Y COLCHONES PARA DIFERENTES DEPENDENCIAS DE LA POLICIA NACIONAL”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al Final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGRI U D I-D EG T-U N AH cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad,Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 9:50 A.M. del día lunes 9 de diciembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día lunes 9 de diciembre del año 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 29 de septiembre de 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. ______ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “ADQUISICIÓN DE MANTELES Y CORTINAS PARA EL INSTITUTO TECNOLOGICO POLICIAL (ITP)” No. SEDS-027-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-027-2019, a presentar ofertas selladas para el “ADQUISICIÓN DE MANTELES Y CORTINAS, PARA EL INSTITUTO TECNOLOGICO POLICIAL (ITP)”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGRI cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras,“Hondu Compras”,(www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad,Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 09:50 A.M. del día jueves 19 de diciembre del 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día jueves 19 de diciembre del año 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 11 de noviembre del 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. U D I-D EG T-U N AH SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “Diseño y Construcción de Estaciones Policiales en Puntos Fronterizos El Amatillo y Corinto” LPN-No. SEDS-OBRAS-002-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas que forman parte de la Base de Datos de Precalificados de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-OBRAS-002- 2019, presentando ofertas selladas para el “Diseño y Construcción de Estaciones Policiales en Puntos Fronterizos El Amatillo y Corinto”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 10:00 A.M. del día jueves 29 de agosto de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día jueves 29 de agosto de 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 30 de julio de 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. _____ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “Diseño y Construcción de Edificio Administrativo en la Colonia San Miguel de Tegucigalpa” LPN-No. SEDS-OBRAS-003-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas que forman parte de la Base de Datos de Precalificados de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-OBRAS-003- 2019, presentando ofertas selladas para el “Diseño y Construcción de Edificio Administrativo en la Colonia San Miguel de Tegucigalpa”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. U D I-D EG T-U N AH Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 10:00 A.M. del día jueves 19 de septiembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día jueves 19 de septiembre de 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 20 de agosto de 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019.

Articulo 1

Se constituye la organización cuya denominación será “Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la aldea El Aguacate, municipio de El Negrito, departamento de Yoro”, como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de Agua Potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la aldea El Aguacate, municipio de El Negrito, departamento de Yoro, CERTIFICA: El punto NUMERO 8.

Articulo 2

EL DOMICILIO LEGAL será en la aldea El Aguacate, municipio de El Negrito, departamento de Yoro y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.

Articulo 3

Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, conducción, almacenamiento y distribución de agua, construidas por las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. U D I-D EG T-U N AH CAPÍTULO II. DE LOS OBJETIVOS.

Articulo 4

El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.

Articulo 5

La organización tendrá los siguientes objetivos:

  • a)

    Mejorar la condición de salud de los abonados y de la comunidad en general.

  • b)

    Asegurar una correcta administración del sistema.

  • c)

    Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema.

  • d)

    Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable.

  • e)

    Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable.

  • f)

    Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.-Gestionarla asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.

Articulo 6

Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades:

  • a)

    Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias.

  • b)

    Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados.

  • c)

    Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema.

  • d)

    Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales.

  • e)

    Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema.

  • f)

    Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema.

  • g)

    Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca.

  • h)

    Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. CAPÍTULO III. DE LOS MIEMBROS. CLASES DE MIEMBROS.

Articulo 7

La Junta Administradora de Agua, tendrá las siguientes categorías de miembros:

  • a)

    Fundadores; y,

  • b)

    Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscriben el acta de Constitución de la Junta Administradora de Agua. b) Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Articulo 8

Son derechos de los miembros: a)Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y voto, b) Elegir y ser electos, c) Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva. d) Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios, e) Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio, f) Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Articulo 9

Son obligaciones de los miembros:

  • a)

    Conectarse al sistema de saneamiento,

  • b)

    Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura,

  • c)

    Pagar la tarifa por concepto de servicio de agua en las fechas establecidas. OBLIGACIONES DE LOS MIEMBROS: CAPÍTULO IV. DE LOS ÓRGANOS. ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO.

Articulo 10

La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.- Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo integrada por:

  • a)

    Comité de Microcuencas.

  • b)

    Comité de Operación y Mantenimiento.

  • c)

    Comité de Saneamiento; y,

  • d)

    Comité de Vigilancia. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS.

Articulo 11

La asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local,expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.

Articulo 12

Son funciones de la Asamblea de Usuarios:

  • a)

    Elegir o distribuir los miembros directivos de la Junta.

  • b)

    Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta.

  • c)

    Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Articulo 13

Después de la Asamblea de Usuarios, la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante U D I-D EG T-U N AH de la Junta Administradora de Agua; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem. Para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y estará conformada por siete (7) miembros:

  • 1)

    Un Presidente(a).

  • 2)

    Un Vicepresidente(a);

  • 3)

    Secretario(a).

  • 4)

    Un Tesorero(a).

  • 5)

    Un Fiscal, 6.-Un Vocal Primero; y, 7.- Un Vocal Segundo.

Articulo 14

La Junta Directiva tendrá las siguientes funciones:

  • a)

    Mantener un presupuesto de ingresos y egresos.

  • b)

    Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo.

  • c)

    Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua.

  • d)

    Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.

  • e)

    Depositar en cuenta de banco, los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.

  • f)

    Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses.

  • g)

    Cancelar o superar el servicio de agua a los usuarios.

  • h)

    Vigilar y proteger las fuentes de abastecimiento de agua, evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca.

  • i)

    Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.

Articulo 15

Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma Ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma Extraordinaria. b.- Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DEL COMITÉ DE VIGILANCIA.

Articulo 16

Dentro de la Junta Administradora desempeña un papel muy importante para el éxito de las actividades administrativas de operación y mantenimiento del sistema, el Comité de Vigilancia, que se encargará de controlar y vigilar permanentemente todas las actividades que se realicen en la Junta. Serán sus funciones:

  • a)

    Comprobar la exactitud de los inventarios y estados financieros.

  • b)

    Verificar el dinero de caja cada vez que estime conveniente.

  • c)

    Vigilar que todos los abonados cumplan con sus obligaciones. d.-Fiscalizar las actividades realizadas por los miembros de la Junta. e.- Auditar y supervisar las cuentas de recaudación proveniente de los abonados. f.- Comprobar los gastos efectuados por la Junta. g.- Verificar el trabajo realizado por los fontaneros y/o mano de obra calificada y no calificada. h.- Firmar los documentos administrativos que den fe de aceptado los informes del Presidente y Tesorero. i.- Vigilar el inventario de la bodega. DE LOS COMITÉS DE APOYO.

Articulo 17

La Junta Directiva tendrá los siguientes comités de Apoyo:

  • a)

    Comité de Operación y Mantenimiento.

  • b)

    Comité de Microcuenca.

  • c)

    Comité de Saneamiento.

Articulo 18

Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro del Comité de Saneamiento. DE LA JUNTA DIRECTIVA.

Articulo 19

La Junta Directiva de la Junta Administradora de Agua estará formada por: a) Presidente. b) Vicepresidente, c) Secretario, d) Tesorero, e) Un Fiscal, f) Vocal Primero, g) Vocal Segundo.

Articulo 20

Son atribuciones del PRESIDENTE: a.- Convocar a sesiones. b.-Abrir,presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar la agenda junto con el Secretario. d.-Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Representar judicial y extrajudicialmente a la Junta Administradora.

Articulo 21

Son atribuciones del VICEPRE- SIDENTE:

  • a)

    Sustituir al Presidente en caso de ausencia U D I-D EG T-U N AH temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la mayoría simple de la Junta Directiva;

  • b)

    Supervisará las Comisiones que se asignen;

  • c)

    Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea.

Articulo 22

Son atribuciones del SECRETARIO:

  • a)

    Llevar el libro de actas.

  • b)

    Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta, excepto con lo relacionado con el dinero.

  • c)

    Encargarse de la correspondencia.

  • d)

    Convocar junto con el Presidente.

  • e)

    Llevar el registro de abonados.

  • f)

    Organizar el archivo de la Junta Administradora.

  • g)

    Manejo de planillas de mano de obras.

Articulo 23

Son atribuciones del TESORERO: Es el encargado de manejar fondos, archivar documentos que indiquen ingresos y egresos:

  • a)

    Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.

  • b)

    Responder solidariamente con el Presidente del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista.

  • c)

    Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieren a entradas y salidas de dinero, tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua).

  • d)

    Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad.

  • e)

    Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas.

  • f)

    Llevar el inventario de los bienes de la Junta.

  • g)

    Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos.

  • h)

    Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.

Articulo 24

Son atribuciones del FISCAL:

  • a)

    Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización

  • b)

    Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.

  • c)

    Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la junta.

  • d)

    Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarias para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.

Articulo 25

Son atribuciones de LOS VOCALES:

  • a)

    Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea.

  • b)

    El Vocal I coordinará el Comité de Saneamiento Básico.

  • c)

    El Vocal II coordinará el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo. CAPÍTULO V. DEL PATRIMONIO.

Articulo 26

Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse:

  • a)

    Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas, así como los intereses capitalizados.

  • b)

    Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados.

  • c)

    Con las instalaciones y obras físicas del sistema.

  • d)

    Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Articulo 27

Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI. DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN.

Articulo 28

En caso de disolución y liquidación de la Junta Administradora de Agua, los bienes de ésta serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. CAPÍTULO VII. DISPOSICIONES GENERALES.

Articulo 29

El ejercicio financiero de la Junta Administradora de Agua coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Articulo 30

Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último.

Articulo 31

La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.

Articulo 32

Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA con las limitaciones establecidas en la Constitución de la U D I-D EG T-U N AH República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LAALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta,así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. TERCERO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LAALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, presentará anualmente ante el ENTE REGULADOR DE LOS SERVICIOS DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO (ERSAPS), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado y los demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SEPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Dirección de Regulación, Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (DIRRSAC), para que emita la correspondiente inscripción. NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA ALDEA EL AGUACATE, MUNICIPIO DE EL NEGRITO, DEPARTAMENTO DE YORO, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18, párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SUBSECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE JUSTICIA. (F) WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES, SECRETARIO GENERAL. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los 16 días del mes de agosto de dos mil diecinueve. WALTER ENRIQUE PINEDA PAREDES SECRETARIO GENERAL 18 D. 2019. U D I-D EG T-U N AH SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “ADQUISICIÓN DE SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO PARA DETERMINADAS DEPENDENCIAS DE LA POLICIA NACIONAL” No. SEDS-022-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-022-2019, a presentar ofertas selladas para la “ADQUISICIÓN DE SISTEMAS DE AIRE ACONDICIONADO PARA DETERMINADAS DEPENDENCIAS DE LA POLICIA NACIONAL”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 9:50 A.M. del día jueves 7 de noviembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día jueves 7 de noviembre del año 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 27 de septiembre de 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el despacho de Seguridad 18 D. 2019. _____ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “Suministro de Póliza de Seguro Colectivo de Vida y Seguro de Vehículos para la Secretaría de Seguridad/Policía Nacional” LPN No. SEDS-023-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-023-2019, a presentar ofertas selladas para el “Suministro de Póliza de Seguro Colectivo de Vida y Seguro de Vehículos para la Secretaría de Seguridad/Policía Nacional”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. U D I-D EG T-U N AH Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencian@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 01:50 P.M. del día miércoles 20 de noviembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día miércoles 20 de noviembre de 2019, a las 02:00 P.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 2% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 11 de octubre de 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. _____ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “Suministro de Uniformes para el Personal Administrativo de la Secretaría de Seguridad/Policía Nacional”. No. SEDS-024-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-024-2019, a presentar ofertas selladas para el “Suministro de Uniformes para el Personal Administrativo de la Secretaría de Seguridad/ Policía Nacional”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGRI cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras,“Hondu Compras”,(www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 09:50 A.M. del día martes 26 de noviembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día martes 26 de noviembre de 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 16 de octubre de 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. U D I-D EG T-U N AH SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “Suministro de Servicios de Limpieza, Fumigación y Mantenimiento de Instalaciones para Determinadas Dependencias de la Policía Nacional” No. SEDS-025-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-025-2019, a presentar ofertas selladas para el “Suministro de Servicios de Limpieza, Fumigación y Mantenimiento de Instalaciones para Determinadas Dependencias de la Policía Nacional”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@.seguridad.gob.hn. o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 9:50 A.M. del día lunes 02 de diciembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día lunes 02 de diciembre de 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 24 de octubre de 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. ____ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “ADQUISICIÓN DE LITERAS Y COLCHONES PARA DIFERENTES DEPENDENCIAS DE LA POLICIA NACIONAL” No. SEDS-026-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-026-2019, a presentar ofertas selladas para el “ADQUISICIÓN DE LITERAS Y COLCHONES PARA DIFERENTES DEPENDENCIAS DE LA POLICIA NACIONAL”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al Final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGRI U D I-D EG T-U N AH cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad,Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 9:50 A.M. del día lunes 9 de diciembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día lunes 9 de diciembre del año 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 29 de septiembre de 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. ______ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “ADQUISICIÓN DE MANTELES Y CORTINAS PARA EL INSTITUTO TECNOLOGICO POLICIAL (ITP)” No. SEDS-027-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-027-2019, a presentar ofertas selladas para el “ADQUISICIÓN DE MANTELES Y CORTINAS, PARA EL INSTITUTO TECNOLOGICO POLICIAL (ITP)”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGRI cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras,“Hondu Compras”,(www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad,Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 09:50 A.M. del día jueves 19 de diciembre del 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día jueves 19 de diciembre del año 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 11 de noviembre del 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. U D I-D EG T-U N AH SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “Diseño y Construcción de Estaciones Policiales en Puntos Fronterizos El Amatillo y Corinto” LPN-No. SEDS-OBRAS-002-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas que forman parte de la Base de Datos de Precalificados de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-OBRAS-002- 2019, presentando ofertas selladas para el “Diseño y Construcción de Estaciones Policiales en Puntos Fronterizos El Amatillo y Corinto”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 10:00 A.M. del día jueves 29 de agosto de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día jueves 29 de agosto de 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 30 de julio de 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019. _____ SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “Diseño y Construcción de Edificio Administrativo en la Colonia San Miguel de Tegucigalpa” LPN-No. SEDS-OBRAS-003-2019 1. La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas que forman parte de la Base de Datos de Precalificados de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, a participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-OBRAS-003- 2019, presentando ofertas selladas para el “Diseño y Construcción de Edificio Administrativo en la Colonia San Miguel de Tegucigalpa”. 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. U D I-D EG T-U N AH Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn). 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 10:00 A.M. del día jueves 19 de septiembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. 6. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día jueves 19 de septiembre de 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la Oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 20 de agosto de 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019.

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Licitación

Licitación No. SEDS-OBRAS-004-2019 — Construcción de Dormitorios Estación Policial El Negrito, Yoro

Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad

SECRETARIA DE SEGURIDAD Aviso de Licitación Pública República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad “Construcción de Dormitorios Estación Policial El Negrito, Yoro” LPN-No. SEDS-OBRAS-004-2019

  • 1)

    La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas que forman parte de la Base de Datos de Precalificados, Especialidad “A”, Categoría comprendida entre la“1y5”,a participar en la Licitación Pública Nacional No. SEDS-OBRAS-004-2019, presentando ofertas selladas para la “Construcción de Dormitorios Estación Policial El Negrito, Yoro”.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.

  • 3)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras,“Hondu Compras”,(www.hondu compras.gob.hn).

  • 5)

    Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 10:00 A.M. del día lunes 25 de noviembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.

  • 6)

    Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada anteriormente, el día lunes 25 de noviembre de 2019, a las 10:00 A.M. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía y/o Fianzas de Mantenimiento de la oferta por un monto equivalente al menos 02% por ciento del precio de la oferta. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 25 de octubre de 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019.

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Convocatoria

Convocatoria No. SEDS-CPN-002-2019 — Concurso Público Nacional para Servicios de Consultoría de Supervisión del Diseño y Construcción del Edificio Administrativo

Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad

SECRETARÍA DE SEGURIDAD Aviso de Concurso Público Nacional República de Honduras Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad Concurso Público Nacional No. SEDS-CPN-002-2019 Contratación de Servicios de Consultoría para la Supervisión del Diseño y Construcción del Edificio Administrativo, ubicado en la colonia San Miguel, Tegucigalpa.

  • 1)

    La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad, invita a las empresas consultoras, a participar en el Concurso Público Nacional No. SEDS-CPN-002-2019, presentando propuestas selladas para la Contratación de Servicios de Consultoría para la Supervisión del Diseño y Construcción del Edificio Administrativo, ubicado en la colonia San Miguel, Tegucigalpa.

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales.

  • 3)

    El Concurso Público se efectuará conforme a los procedimientos establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los documentos del presente Concurso Público, mediante solicitud escrita a la Gerencia Administrativa en la dirección indicada al final de este Aviso, en un horario de atención al público de lunes a viernes, de 08:00 A.M. a 04:00 P.M., previo el pago de la cantidad no reembolsable de trescientos lempiras exactos (L. 300.00), mediante recibo TGR1 cancelado en instituciones del Sistema Financiero Nacional. Asimismo, los documentos podrán ser solicitados mediante correo electrónico a la dirección siguiente: gerencia@seguridad.gob.hn o examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “Hondu Compras”, (www.hondu compras.gob.hn).

  • 5)

    Las propuestas deberán presentarse en la siguiente dirección: Gerencia Administrativa, edificio contiguo a Despacho Ministerial, Secretaría de Seguridad, aldea El Ocotal, Francisco Morazán, antiguas instalaciones de la Academia Nacional de Policía, antes del Campo de Parada Marte, a más tardar a las 09:50 A.M. del viernes 20 de septiembre de 2019. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.

  • 6)

    Con el fin de homologar las consultas al proceso, se celebrará una reunión informativa con personal técnico de la Dirección de Logística de la Policía Nacional, el día 02 de septiembre de 2019, a las 02:00 P.M., en el Salón Multiusos de la Gerencia Administrativa. Aldea El Ocotal, Francisco Morazán, 22 de agosto de 2019. General de División (r) Julián Pacheco Tinoco Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad 18 D. 2019.

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Edicto

Edicto — Aviso Título Supletorio de Dominio

Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán

Poder Judicial Honduras JUZGADO DE LETRAS REPÚBLICA DE HONDURAS AVISO TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, al público en general y para los efectos de ley, HACE SABER: Que el ciudadano CARLOS JAVIER ALVARADO TORRES, mayor de edad, casado, agricultor, hondureño y vecino del municipio de San Pedro, departamento de Copán, con Tarjeta de Identidad número 0420-1981-00038, ha presentado una solicitud de Título Supletorio de Dominio, del siguiente inmueble: Un lote de terreno ubicado en el lugar denominado Cerro Vella Vista en el sitio Aruco o Celaque, Jurisdicción del municipio de San Pedro, departamento de Copán, con un área total de VEINTIUNA PUNTO CINCUENTA MANZANAS (21.50 Mzs.), de extensión superficial; con las colindancias especiales Siguientes: Al NORTE, colinda con Juan Francisco Romero Romero, Juan Manuel Cardoza Bueso y Roger Antonio Mejía Rodríguez; al SUR, colinda con Selvin Isaías Alvarado Alvarado y Fidel Edgardo Alvarado Peña; al ESTE, colinda con calle de por medio con el señor Merlín Alexander Rojas Contreras; al OESTE, colinda con José Arturo Peña Paz, Pedro Valenzuela Escobar, Jose Amílcar Alvarado Alvarenga y Digna Estela Alvarado Peña. El cual ha poseído en forma quieta, pacífica e interrumpidamente por más de once años y en la que los testigos, SELVIN ISAIAS ALVARADO ALVARADO, HERNÁN ARTURO PEÑA LEMUS y MERLIN ALEXANDER ROJAS CONTRERAS, afirmaran ser cierto.- Santa Rosa de Copán, 14 de octubre del año dos mil diecinueve.- ABOG. MIRNA LETICIA HERNANDEZ SECRETARIA, POR LEY 18 O., 18 N. y 18 D. 2019.

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Certificación

Certificación No. 40847-19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - AGC, INC.

Registro de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 40847-19 2/ Fecha de presentación: 27/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: AGC, INC. 4.1/ Domicilio: 5-1, Marunouchi 1-chome, Chiyoda-ku, TOKIO 100-8405, JAPÓN 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AGC (LOGO) 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los tonos de color que aparecen en la etiqueta adjunta. 7/ Clase Internacional: 19 8/ Protege y distingue: Materiales de cerámica para construcción, ladrillos y productos refractarios; cemento refractario; ladrillos aislantes refractarios; materiales de plástico para construcción; cemento y sus productos; agregado; vidrio para construcción; materiales de construcción sintéticos; asfalto y materiales de asfalto para edificios o para construcción; materiales de goma para edificios o para construcción; ventanas de plástico de seguridad que permiten la comunicación; materiales de construcción hechos de linóleo para fijación a paredes o pisos existentes; yeso para fines de construcción; materiales de cal para edificios o para construcción; materiales de yeso para edificios o para construcción; láminas y tiras para la señalización de carreteras y de campos; madera para construcción; piedra para construcción; cabinas de rociado de pintura, no metálicas; moldes para formar productos de cemento, no metálicos; válvulas de tubería de agua, no metálicas ni plásticas; señalizaciones viales, no metálicas, no luminosas y no mecánicas; balizas, no metálicas, no luminosas; tanques de almacenamiento, no metálicos ni plásticos; accesorios de ebanistería, no metálicos; invernaderos transportables no metálicos para uso doméstico; materiales minerales no metálicos, no trabajados o parcialmente trabajados; brea y pez; edificios no metálicos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2019. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Certificación

Certificación No. 40854-19 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - PANDORA A/S

Registro de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 40854-19 2/ Fecha de presentación: 27/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: PANDORA A/S 4.1/ Domicilio: Havneholmen 17-19, 1561 København V, DINAMARCA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DINAMARCA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PANDORA Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Ventas minoristas, operaciones de venta minorista, mayorista, promoción y ventas minoristas en línea y mayoristas [internet] en relación con joyas, relojes, estuches de joyería y otros accesorios de moda; servicios de tiendas mayoristas y minoristas relacionados con joyas y otros accesorios de moda; servicios de tiendas mayoristas y minoristas en línea relacionados con joyas y otros accesorios de moda; consultoría comercial, asistencia y asesoramiento y consultoría comercial y asistencia para establecer puntos de venta minoristas; asesoramiento y asistencia comercial relacionados con el inicio y la gestión de una franquicia; asistencia en gestión empresarial en el marco de un contrato de franquicia; prestación de asistencia en el ámbito de la comercialización de productos en el marco de un contrato de franquicia; administración de programas de fidelización de consumidores. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22/10/19. 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Certificación

Certificación No. 40849-19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - AGC, INC. (Clase 21)

Registro de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 40849-19 2/ Fecha de presentación: 27/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: AGC, INC. 4.1/ Domicilio: 5-1, Marunouchi 1-chome, Chiyoda-ku, TOKIO 100-8405, JAPÓN 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AGC (LOGO) 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los tonos de color que aparecen en la etiqueta adjunta. 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Vidrio no trabajado o semi trabajado, que no sea para construcción; utensilios de cocina para uso en hornos microondas; percoladores, no eléctricas; cafeteras, no eléctricas; teteras, no eléctricas; artículos de mesa; frascos para conservar alimentos hechos de vidrio; pimenteros, azucareros y saleros; contenedores de vidrio para salsa soya; recipientes de vidrio para aceite comestible; molinillos de café y molinillos de pimienta, operados manualmente; contenedores industriales de empaque hechos de vidrio o porcelana; ollas y sartenes para cocinar, no eléctricas; hervidores de agua, no eléctricos; botes al vacío [petacas aisladas]; refrigeradores, enfriadoras de hielo para uso doméstico; cubetas de hielo; batidores de globo, no eléctricos; tamices de cocina; exprimidores de limón [bugueras de cítricos]; pinzas para cubos de azúcar; cascanueces; guantes para uso doméstico; cajas frías, no eléctricas; contenedores de cocina para arroz; frascos para beber; hieleras para uso doméstico; hueveras; servilleteros y servilleteros en forma de aro; coladores; cocteleras; cucharones estilo japonés para arroz cocido [shamoji]; destapa dores; ralladores de cocina; cucharones para tarta; gofreras (wafleras), no eléctricas; compresas de calentamiento o enfriamiento llenas con sustancias químicas listas para reaccionar cuando sea requerido; letreros verticales de vidrio o cerámica; utensilios cosméticos y de tocador. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-10-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Certificación

Certificación No. 41048-19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica G.O.A.T - Stokely-Van Camp, Inc. (Clase 29)

Registro de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 41048-19 2/ Fecha de presentación: 7/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Stokely-Van Camp, Inc. 4.1/ Domicilio: 555 West Monroe Street, Chicago, Illinois 606601, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Indiana

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: G.O.A.T 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y hortalizas en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles; bocadillos que consisten principalmente en papas, nueces, productos de nueces, semillas, frutas, verduras o combinaciones de los mismos, incluidas papas fritas, papas fritas, papas fritas, bocadillos a base de frutas, productos para untar a base de frutas, chips de vegetales, bocadillos a base de vegetales , productos para untar a base de vegetales, chips de taro, refrigerios de cerdo, refrigerios de res, refrigerios a base de soya. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA

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Aviso

Aviso No. 2019-004099 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio MSC Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Certificación

Certificación No. 41047-19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica G.O.A.T - Stokely-Van Camp, Inc. (Clase 30)

Registro de Propiedad Industrial

G.O.A.T 1/ Solicitud: 41047-19 2/ Fecha de presentación: 07/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Stokely-Van Camp, Inc. 4.1/ Domicilio: 555 West Monroe Street, Chicago, Illinois 606601, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Indiana

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: G.O.A.T 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y café artificial; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones hechas de cereales; pan, pastelería y confitería; helados miel, melaza; levadura, levadura en polvo; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias hielo; bocadillos que consisten principalmente en granos, maíz, cereales o combinaciones de los mismos, incluyendo chips de maíz, chips de tortilla, chips de pita, chips de arroz, chips de arroz, pasteles de arroz, galletas de arroz, galletas, galletas, pretzel, bocadillos hinchados, palomitas de maíz, palomitas de maíz confitadas , cacahuetes confitados, salsas para picar, salsas, bares de bocadillos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2019. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. G.O.A.T

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Certificación

Certificación No. 41045-19 — Solicitud de Registro de Expresión o Señal de Propaganda - GREATEST OF ALL TIMES (Clase 29)

Registro de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 41045-19 2/ Fecha de presentación: 07/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Stokely-Van Camp, Inc. 4.1/ Domicilio: 555 West Monroe Street, Chicago, Illinois 606601, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Indiana

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GREATEST OF ALL TIMES 6.2/ Reivindicaciones: Para usarse con la marca G.O.A.T en clase 29 que estamos presentando simultáneamente, 2019-41048. 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carne, pescado, aves y caza; extractos de carne; frutas y hortalizas en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles; bocadillos que consisten principalmente en papas, nueces, productos de nueces, semillas, frutas, verduras o combinaciones de los mismos, incluidas papas fritas, papas fritas, papas fritas, bocadillos a base de frutas, productos para untar a base de frutas, chips de vegetales, bocadillos a base de vegetales , productos para untar a base de vegetales, chips de taro, refrigerios de cerdo, refrigerios de res, refrigerios a base de soya. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2019. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. _______ Greatest of all times

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Certificación

Certificación No. 41046-19 — Solicitud de Registro de Expresión o Señal de Propaganda - GREATEST OF ALL TIMES (Clase 30)

Registro de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 41046-19 2/ Fecha de presentación: 07/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Stokely-Van Camp, Inc. 4.1/ Domicilio: 555 West Monroe Street, Chicago, Illinois 606601, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Indiana

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GREATEST OF ALL TIMES 6.2/ Reivindicaciones: Para usarse con la marca G.O.A.T en clase 30 que estamos presentando simultáneamente, 41047-2019. 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y café artificial; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones hechas de cereales; pan, pastelería y confitería; helados miel, melaza; levadura, levadura en polvo; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias hielo; bocadillos que consisten principalmente en granos, maíz, cereales o combinaciones de los mismos, incluyendo chips de maíz, chips de tortilla, chips de pita, chips de arroz, chips de arroz, pasteles de arroz, galletas de arroz, galletas, galletas, pretzel, bocadillos hinchados, palomitas de maíz, palomitas de maíz confitadas , cacahuetes confitados, salsas para picar, salsas, bares de bocadillos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2019. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. Greatest of all times

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Certificación

Certificación No. 43438-19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica OUR FINEST - Walmart Apollo, LLC

Registro de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 43438-19 2/ Fecha de presentación: 21-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Walmart Apollo, LLC 4.1/ Domicilio: 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: OUR FINEST 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carne, pescado, carne de ave y carne de caza; extractos de carne; frutas y verduras, hortalizas y legumbres en conserva, congeladas, secas y cocidas; jaleas, confituras, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-11-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 43225-19 — Solicitud de registro de marca de servicio SLEEP INN Y DISEÑO - Choice Hotels International Inc.

Registro de la Propiedad Industrial

OUR FINEST 1/ Solicitud: 43225-19 2/ Fecha de presentación: 18/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Choice Hotels International Inc. 4.1/ Domicilio: 1 Choice Hotels Circle, Rockville, MD 20850, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 88407228 5.1 Fecha: 29/04/2019 5.2 País de Origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 5.3 Código País: US

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SLEEP INN Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 43 8/ Protege y distingue: Servicios de hotel y motel; servicios de reserva de hoteles y moteles para terceros; servicios de reserva de hoteles y moteles en línea para terceros. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-11-2019. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Certificación

Certificación No. 45347-19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica LODOZ - MERCK KGAA

Registro de Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 45347-19 2/ Fecha de presentación: 04/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: MERCK KGAA 4.1/ Domicilio: Frankfurter Str. 250,64293 Darmstadt, ALEMANIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LODOZ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-11-2019. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 43566-19 — Solicitud de registro de expresión o señal de propaganda SI ES RICO Y NATURAL ES SANO - GRUPO BIMBO

Registro de la Propiedad Industrial

LODOZ 1/ Solicitud: 43566-19 2/ Fecha de presentación: 22/octubre/2019 3/ Solicitud de registro de: EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO BIMBO S.A.B. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Prolongación Paseo de la Reforma 1000, Colonia Peña Blanca, Santa Fe 01210, México, D.F., MÉXICO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SI ES RICO Y NATURAL ES SANO 6.2/ Reivindicaciones: Para usarse con BIMBO VITAL Reg. No. 128562. clase 30. 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café, arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan; productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo, especialmente panes y barras. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 6-11-19. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. _______ SI ES RICO Y NATURAL ES SANO

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Aviso

Aviso No. 41869-19 — Solicitud de registro de expresión o señal de propaganda UNIENDO FAMILIAS - BANCO AZTECA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 41869-19 2/ Fecha de presentación: 10-10-19 3/ Solicitud de registro de: EXPRESIÓN O SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BANCO AZTECA, SOCIEDAD ANONIMA, INSTITUCION DE BANCA MULTIPLE 4.1/ Domicilio: Av. Ferrocarril de Río Frío No. 419 A 10, Col. Industrial del Moral, México, D.F., MÉXICO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: UNIENDO FAMILIAS 6.2/ Reivindicaciones: Para usarse con el reg. no. 12603 de la marca BANCO AZTECA en clase 36. 7/ Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Seguros; negocios financieros; negocios monetarios; negocios inmobiliarios. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-11-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. UNIENDO FAMILIAS

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Aviso

Aviso No. 46175-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica BARENA FUSIÓN Y ETIQUETA - Cervecería Hondureña

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 46175-19 2/ Fecha de presentación: 11/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Cervecería Hondureña, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Barrio Guadalupe, Blvd. del Norte, carretera salida a Puerto Cortés, San Pedro Sula, HONDURAS. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BARENA FUSIÓN Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 33 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Stephanie Cruz Anderson

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-11-2019. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 40375-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO ESPECIAL - Stokely-Van Camp, Inc.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 40375-19 2/ Fecha de presentación: 25/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Stokely-Van Camp, Inc. 4.1/ Domicilio: 555 West Monroe Street, Chicago; Illinois 60661, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: INDIANA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Aguas minerales y aguas gasificadas, agua saborizada, agua de coco y otras bebidas no alcohólicas; bebidas de frutas y zumos de frutas; jarabes y otras preparaciones para elaborar bebidas carbonatadas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-11-2019. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 44442-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica CALLISTO - SYNGENTA LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 44442/19 2/ Fecha de presentación: 28/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SYNGENTA LIMITED 4.1/ Domicilio: Syngenta Jealott´s Hill International Research Centre, Bracknell, Berkshire RG42 6EY, REINO UNIDO. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: REINO UNIDO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CALLISTO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Herbicidas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/11/2019. 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 42948-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica ARTISTRY SKIN NUTRITION - Alticor Inc.

Registro de la Propiedad Industrial

CALLISTO 1/ Solicitud: 42948-19 2/ Fecha de presentación: 17-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Alticor Inc. 4.1/ Domicilio: 7575 Fulton Street East, Ada, Michigan, 49355, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MICHIGAN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ARTISTRY SKIN NUTRITION 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Cosméticos no medicados; sueros para la piel no medicados; preparaciones para el cuidado de la piel no medicadas; a saber; cremas, lociones, geles, tónicos, limpiadores y productos para la limpieza abrasiva de la piel; mascarillas para la piel. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 07-11-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. _______ ARTISTRY SKIN NUTRITION

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Aviso

Aviso No. 39272-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica BRAKEPRO Y DISEÑO - Brake Parts Inc LLC

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 39272-19 2/ Fecha de presentación: 17-09-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Brake Parts Inc LLC 4.1/ Domicilio: 4400 Prime Parkway, McHenry Illinois 60050, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BRAKEPRO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Frenos; hardware de freno; sistema de frenado; partes y accesorios para frenos; componentes de freno; frenos de disco; frenos de disco hidráulicos; pastillas de freno; pinzas de freno; tambores de freno; sistemas y componentes de frenos anti bloque o; cilindros de freno; cilindros de freno principal; zapatas de freno; rotores de freno; cubos de rueda; bloques de freno; cables de freno; segmentos de frenos; líneas de freno; forros de freno; palancas de freno; guarniciones para freno; mangueras de frenos de aire; todo lo anterior para vehículos de motor. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30/10/2019. 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 40844-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO ESPECIAL - Alticor Inc.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 40844/19 2/ Fecha de presentación: 27/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Alticor Inc. 4.1/ Domicilio: 7575 Fulton Street East, Ada, Michigan 49355, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MICHIGAN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Cosméticos; preparaciones humectantes para la piel; preparaciones no medicadas para el cuidado de la piel; productos para el cuidado de la piel, a saber, sueros no medicados para la piel; limpiadores para la piel; cremas para la piel; lociones para la piel; mascarillas para el piel; gel humectante para la piel; tónicos para el piel. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 01/11/2019. 12/ Reservas: Abogado Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 37799-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica GLORIA VANDERBILT - PREMIER BRANDS IP LLC

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 37799-19 2/ Fecha de presentación: 06/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: PREMIER BRANDS IP LLC 4.1/ Domicilio: 1411 Broadway; New York, New York 10018, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GLORIA VANDERBILT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Guantes de cocina, soporte (agarraderas) de ca cero la y esteras para secar platos, anillos/agarraderas para servilletas - incluyendo de temporada (acción de gracia, Navidad, etc.) 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-10-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. _______ GLORIA VANDERBILT

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Aviso

Aviso No. 40643-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica KIN - LABORATORIOS KIN, S.A.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 40643-19 2/ Fecha de presentación: 26-09-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LABORATORIOS KIN, S.A. 4.1/ Domicilio: Barcelona, ciudad de Granada, ESPAÑA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: KIN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: KIN Productos para la higiene oral. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18/10/2019. 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 41050-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica Vekstar Electric Vehicles - GRUPO BIMBO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 41050-19 2/ Fecha de presentación: 07/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO BIMBO, S.A.B. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Prolongación Paseo de la Reforma 1000, Colonia Peña Blanca Santa Fe, 01210, México D.F., MÉXICO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Vekstar Electric Vehicles 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, ópticos, de pesar, de medida, de señalización, de control (inspección), de socorro (salvamento) y de enseñanza; aparatos para la conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos para el registro, transmisión, reproducción del sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos; distribuidores automáticos y, equipos para el tratamiento de la información y ordenadores. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 31-10-2019. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. _______ VEKSTAR ELECTRIC VEHICLES

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Aviso

Aviso No. 40851-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica VANIVA - SYNGENTA PARTICIPATIONS AG

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 40851-19 2/ Fecha de presentación: 27/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SYNGENTA PARTICIPATIONS AG. 4.1/ Domicilio: Rosentalstrasse 67,4058 Basilea, SUIZA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: SUIZA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VANIVA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Preparaciones para destruir alimañas; fungicidas, herbicidas, insecticidas, nematicidas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 31-10-2019. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. VANIVA

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Aviso

Aviso No. 2019-010546 — Solicitud de registro de marca de servicio TINTO Y DISEÑO - INVERSIONES W Y Z

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-010546 [2] Fecha de presentación: 06/03/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES W Y Z, S. DE R.L. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTES, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TINTO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Licorería, bar y venta de comestibles (boquitas).

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 4 de noviembre del año 2019. [12] Reservas: No se reivindica la frase “FINE WINE & SPIRITS”. Sociedad organizada bajo las leyes de Honduras. Abogado Fidel Antonio Medina Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019., 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 41380-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO ESPECIAL - WOLVERINE OUTDOORS, INC.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 41380-19 2/ Fecha de presentación: 08-Oct.-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: WOLVERINE OUTDOORS, INC. 4.1/ Domicilio: 9341 Courtlands Drive NE, Rockford, Michigan 49351, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Michigan

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Calzado; ropa, a saber, chaquetas, camisas, camisas térmicas, camisetas base layer (camiseta térmica interior), pantalones, pantalones, pantalones térmicos, pantalones base layer (pantalón térmico interior), pantalones cortos, sudaderas, sudaderas con capucha, chalecos y calcetines; artículos de sombrería, a saber, gorras y sombreros. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 01-11-2019. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 39268-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica HAMILTON BEACH - HAMILTON BEACH BRANDS, INC.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 39268-19 2/ Fecha de presentación: 17-09-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: HAMILTON BEACH BRANDS, INC. 4.1/ Domicilio: 4421 Waterfront Drive, Glen Allen Virginia 23060, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HAMILTON BEACH 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Básculas para cuartos de baño, básculas para cocinas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14-10-2019. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. _______ HAMILTON BEACH

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Aviso No. 41867-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO TRIDIMENSIONAL DE CAJA - Vini Industrial Co., Ltd.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 41867-19 2/ Fecha de presentación: 10-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Vini Industrial Co., Ltd. 4.1/ Domicilio: Jinlonghu Industry Region, Beibei District, Chongqing, P.R. CHINA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: P.R. CHINA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO TRIDIMENSIONAL DE CAJA 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los tonos de color Rojo; Gris, Blanco y Negro, que aparecen en la etiqueta acompañada. La marca consiste en un diseño tridimensional que replica la integridad de la apariencia física de una caja de embalaje cúbica. 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Motocicletas; tubos interiores para neumáticos; engranajes para vehículos terrestres; embragues para vehículos terrestres; motores para vehículos terrestres; retrovisores; bicicletas eléctricas, pastillas de freno para automóviles; cadenas de motocicletas; bicicletas; cadenas para bicicleta; ciclomotores; neumáticos para ruedas de vehículos; vehículos acuáticos; amortiguadores de suspensión para vehículos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 5/11/19. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 41596-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica Arma Flex - Armacell Enterprise Gmbh & Co. Kg

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 41596-19 2/ Fecha de presentación: 09/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Armacell Enterprise Gmbh & Co. Kg 4.1/ Domicilio: Zeppelin straβe 1,12529 Schönefeld OT Waltersdorf, Alemania 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Arma Flex 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 17 8/ Protege y distingue: Materiales aislantes térmicos y acústicos, incluso en forma de tubos, láminas y cintas; cintas y bandas adhesivas que no sean de papelería ni para uso médico o doméstico; látex [caucho], gutapercha, amianto, mica y sus productos, no comprendidos en otras clases; productos de plástico semi-elaborados; materiales de sellado, embalaje y aislamiento; tubos flexibles no metálicos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 31/10/2019. 12/ Reservas: Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. Arma Flex

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Aviso No. 46350-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica WANGZHE Y DISEÑO - Guangzhou Romance Musical Instruments Co.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 46350/19 2/ Fecha de presentación: 11/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Guangzhou Romance Musical Instruments Co., LTD. 4.1/ Domicilio: No. 13, Yucai Road, Shiling Town, Huadu District, Guangzhou City, Guangdong Province, P.R. China. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: China

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: WANGZHE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 15 8/ Protege y distingue: Instrumentos musicales de cuerda; estuche para instrumentos musicales; cuerdas de piano; guitarras; Zheng (cítara); Dispositivo rectificador de to nalidad (dispositivo de acorde ón); clavijas para instrumentos musicales; cuerdas para instrumentos musicales; instrumentos musicales de punt e o; púas.

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Graciela Sarahí Cruz Raudales USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-11-2019 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 3 y 18 D. 2019., 6 E. 2020.

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Aviso No. 46349-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica ALICE Y DISEÑO - Guangzhou Romance Musical Instruments Co.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 46349/19 2/ Fecha de presentación: 11/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Guangzhou Romance Musical Instruments Co., LTD. 4.1/ Domicilio: No. 13, Yucai Road, Shiling Town, Huadu District, Guangzhou City, Guangdong Province, P.R. China. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: China

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALICE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 15 8/ Protege y distingue: Instrumentos musicales de cuerda; guitarras; instrumentos musicales electrónicos; camp anillas [instrumentos musicales], cuerdas para instrumentos musicales; púas; cuerdas de piano; silenciadores para instrumentos musicales; dispositivo rectificador de to nalidad (dispositivo de acorde u ra); instrumentos musicales de punt e o.

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Graciela Sarahí Cruz Raudales USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-11-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3 y 18 D. 2019., 6 E. 2020.

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Aviso No. 2019-033246 — Solicitud de registro de marca de fábrica GERMIPASTO Y DISEÑO - GERMIPASTO INDÚSTRIA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2019/33246 2/ Fecha de presentación: 02/08/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: GERMIPASTO INDÚSTRIA, COMÉRCIO, IMPORTAÇÃO E EXPORTAÇÃO DE SE MENTES LTDA. 4.1/ Domicilio: BR 060 KM 215, BAIRRO INDUSTRIAL, CEP 79420-000, CAMAPUÃ, MS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Brasil

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GERMIPASTO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Productos agrícolas, hortícolas y forestales; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas; plantas y flores naturales; animales vivos; alimentos para animales; malta.

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Graciela Sarahí Cruz Raudales USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02-09-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3 y 18 D. 2019., 6 E. 2020.

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Aviso No. 19-033247 — Solicitud de registro de marca de servicio GERMIPASTO Y DISEÑO - GERMIPASTO INDÚSTRIA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 19/33247 2/ Fecha de presentación: 02-08-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: GERMIPASTO INDÚSTRIA, COMÉRCIO, IMPORTAÇÃO E EXPORTAÇÃO DE SE MENTES LTDA. 4.1/ Domicilio: BR 060 KM 215, BAIRRO INDUSTRIAL, CEP 79420-000, CAMAPUÃ, MS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Brasil

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: GERMIPASTO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Compra, venta, importación, exportación, distribución de productos agrícolas, hortícolas y forestales; granos y semillas en bruto o sin procesar; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas; plantas y flores naturales; animales vivos, alimentos para animales; malta.

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Graciela Sarahí Cruz Raudales USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02-09-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 3 y 18 D. 2019., 6 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 2018-029533 — Solicitud de registro de marca de fábrica INDIGO WILD - BRITISH AMERICAN TABACO CENTRAL AMERICA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-029533 [2] Fecha de presentación: 06/07/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: BRITISH AMERICAN TABACO CENTRAL AMERICA, S.A. [4.1] Domicilio: PANAMA, Panamá [4.2] Organizada bajo las Leyes de: PANAMÁ

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: INDIGO WILD [7] Clase Internacional: 34 [8] Protege y distingue: Tabaco; artículos para fumadores; cerillas.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: HEIDI MICHELLE GONZALES MURILLO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propie- dad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de febrero del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019.

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Aviso No. 44181-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica BENSON & HEDGES RED - Benson & Hedges (Overseas) Limited

Registro de la Propiedad Industrial

INDIGO WILD 1/ Solicitud: 44181-2018 2/ Fecha de presentación: 18-10-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Benson & Hedges (Overseas) Limited. 4.1/ Domicilio: Globe house 4, Temple Place, Londres WC2R 2PG, Reino Unido 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Reino Unido

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BENSON & HEDGES RED 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; en roll e su propio tabaco; tabaco de pipa; productos de tabaco; sustitutos del tabaco (que no sean para uso médico); cigarros, cigarrillos, encendedores de cigarrillos; encendedores de cigarros; fósforos; artículos para fumadores; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para enrollar cigarrillos; máquinas de mano para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos, líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser calentados.

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lis María Bocanegra Alemán USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22-11-2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019.

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Aviso No. 12707-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica VUSE - NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

BENSON & HEDGES RED 1/ Solicitud: 12707-2018 2/ Fecha de presentación: 19-03-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED 4.1/ Domicilio: Globe house 1, Water Street, Londres WC2R 3LA, Reino Unido 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: GB

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 2017 33791 5.1/ Fecha: 28 sept 2017 5.2/ País de Origen: Azerbaiyán 5.3/ Código País: AZ

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VUSE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 V U S E 8/ Protege y distingue: Cigarrillos electrónicos; cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; cigarrilos que contienen sustitutos del tabaco; sustitutos del tabaco; cigarrillos; tabaco; productos de tabaco; pitilleras o estuches para cigarrillos; cajas de cigarrillos.

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lis María Bocanegra Alemán USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08-05-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-052823 — Solicitud de registro de marca de fábrica VYPE Y DISEÑO - NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-052823 [2] Fecha de presentación: 17/12/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: NICOVENTURES HOLDINGS LIMITED [4.1] Domicilio: GLOBE HOUSE, 1 WATER STREET, LONDRES WC2R 3LA, Reino Unido [4.2] Organizada bajo las Leyes de: REINO UNIDO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: VYPE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 34 [8] Protege y distingue: Cigarrillos electrónicos, cartuchos para cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; cigarri- llos que continen sustitutos de tabaco; sustitutos del tabaco; cigarrillos; tabaco; productos de tabaco; fundas para cigarrillos; cajas de cigarrilos.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: LIS MARÍA BOCANEGRA ALEMÁN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propie- dad Industrial. [11] Fecha de emisión: 10 de enero del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2017-035554 — Solicitud de registro de marca de fábrica KOOL Y DISEÑO - BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) INC.

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-035554 [2] Fecha de presentación: 15/08/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) INC. [4.1] Domicilio: 2711 CENTERVILLE ROAD, SUITE 300, WILMINGTON, DELAWARE 19808, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: KOOL Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 34 [8] Protege y distingue: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; producto de tabaco; sustitutos de tabaco (no para propósito médico); habanos; cigarros; cigarrillos; encendedores; fósforos; artículos para fumadores; papel para cigarrillos; tubos para cigarrillos; aparatos de bolsillo para enrollar cigarrillos; máquinas manuales para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser calentados.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: LIS MARÍA BOCANEGRA ALEMÁN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de diciembre del año 2018 [12] Reservas: No tiene reservas Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2018-052822 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO ESPECIAL - BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) LIMITED

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-052822 [2] Fecha de presentación: 17/12/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: BRITISH AMERICAN TOBACCO (BRANDS) LIMITED [4.1] Domicilio: GLOBE HOUSE, 4 TEMPLE PLACE, LONDRES, REINO UNIDO, WC2R 2PG, Gibraltar [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GIBRALTAR

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DISEÑO ESPECIAL [7] Clase Internacional: 34 [8] Protege y distingue: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; productos de tabaco; sustitutos del tabaco (que no sean para uso médico); puros cigarros, cigarrillos; encendedores; fósforos; artículos para fumadores; papel de cigarrillos, tubos de cigarrillos, filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillos para enrollar cigarrillos; máquinas de mano para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el proposito de ser calentados; dispositivos electrónicos y sus partes para calentar cigarrillos o tabaco.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: LIS MARIA BOCANEGRA ALEMAN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de enero del año 2019 [12] Reservas: No tiene reservas Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019.

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Aviso

Aviso No. 45295-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica - ROTHMAN'S OF LONDON y diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 45295-2018 2/ Fecha de presentación: 25-10-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Rothmans of Pall Mall Limited 4.1/ Domicilio: Route de France 17, Boncourt, Suiza 2926 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ZW

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: ZW 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ROTHMAN´S OF LONDON y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; en roll e su propio tabaco; tabaco de pipa; productos de tabaco; sustitutos del tabaco (que no sean para uso médico); puros, cigarrillos, encendedores para cigarrillos; encendedores de puros; fósforos; artículos para fumadores; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para enrollar cigarrillos; máquinas de mano para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos, líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser calentados.

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lis María Bocanegra Alemán USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21/nov/2018 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019.

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Aviso

Aviso No. 44180-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica - EMBASSY RED

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 44180-2018 2/ Fecha de presentación: 18-10-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: British American Tobacco (Brands) Limited 4.1/ Domicilio: Globe House 4 Temple Place Londres WC2R 2PG, Reino Unido 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Reino Unido

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: EMBASSY RED 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; en roll e su propio tabaco; tabaco de pipa; productos de tabaco; sustitutos del tabaco (que no sean para uso médico); cigarros cigarrillos, encendedores de cigarrillos; encendedores de cigarros; fósforos; artículos para fumadores; papel para cigarrillos; tubos de cigarrillos; filtros de cigarrillos; aparatos de bolsillo para enrollar cigarrillos; máquinas de mano para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos, líquidos para cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser calentados.

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lis María Bocanegra Alemán USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 22/11/2018 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019.

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Aviso

Aviso No. 40986-18 — Solicitud de registro de marca de fábrica - MATINEE

Registro de la Propiedad Industrial

EMBASSY RED 1/ Solicitud: 40986-18 2/ Fecha de presentación: 21-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: British American Tobacco (Brands) Limited 4.1/ Domicilio: Globe House, 4 Temple Place, Londres WC2R 2PG, Reino Unido 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Reino Unido

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MATINEE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Cigarrillos; tabaco, crudo o manufacturado; en rol la tu propio tabaco; tamabo en pipa; productos de tabaco; sustitutos del tabaco (no para propósitos médicos); puros cigarrillos, encendedores para cigarrillos; encendedores para puros; tubos para cigarrillos; filtros para cigarrillos; aparato de boldillo para enrollar cigarrillos; máquinas portátiles para inyectar tabaco en tubos de papel; cigarrillos electrónicos; productos de tabaco con el propósito de ser calentados.

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Lis María Bocanegra Alemán USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 31-10-2018 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019.

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Aviso No. 2016-051156 — Solicitud de registro de marca de fábrica - ST.JAMES'S ST. Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

MATINEE [1] Solicitud: 2016-051156 [2] Fecha de presentación: 22/12/2016 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: DUNHILL TOBACCO OF LONDON LIMITED [4.1] Domicilio: Globe House 4 Temple place, London WC2R 2PG, United Kingdom, Reino Unido [4.2] Organizada bajo las Leyes de: REINO UNIDO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ST.JAMES´S ST. Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 34 [8] Protege y distingue: Cigarrillos, puros, cigarrillos, tabaco para enrollar, tabaco en pipa y productos de tabaco.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: LIS MARIA BOCANEGRA ALEMAN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de diciembre del año 2018 [12] Reservas: No tiene reservas Abogado NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019.

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Aviso No. 41379-19 — Solicitud de registro de marca de servicio - Brenntag Connect

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 41379-19 2/ Fecha de presentación: 08-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BRENNTAG HOLDING GmbH 4.1/ Domicilio: Mes se allee 11, 45131 Essen, ALEMANIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: ALEMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Brenntag Connect 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de tiendas de ventas al por menor en línea que destacan productos químicos para fines comerciales, científicos y fotográficos, para el tratamiento del agua, para la industria cosmética, en particular demulsificadores, estimuladores de intensificación, emulsionantes como productos químicos para fines industriales, estabilizadores como productos químicos para uso industrial, solubilizantes como productos químicos para uso industrial, resinas artificiales en bruto, plásticos, sin procesar, composiciones extintoras, preparaciones de templado y soldadura, productos químicos para el almacenamiento y conservación fresca de alimentos, agentes de refuerzo químico teniendo elementos característicos de productos alimenticios en relación con la consistencia de la carne, a saber, ablandadores de carne para uso industrial, sales industriales [productos químicos], floculantes, agentes curtientes, agentes de impregnación química para cuero y textiles, agentes para la conservación del cemento, productos químicos impermeabilizantes del cemento, excepto pinturas y barnices, detergentes para uso en el proceso de manufactura, almidón para fines industriales, agentes decapantes cáusticos para metales, adhesivos para fines industriales,ácido fórmico,ácido cítrico,ácido benzóico, ácido clorhídrico, alcoholes industriales, formaldehído para fines químicos, agua desmineralizada, fluidos para circuitos hidráulicos, geles de alúmina y de sílice, en particular como de secantes, disolventes para pinturas, inhibidores de parafina, inhibidores de corrosión, agentes clarifica ntes del agua, espumantes como productos químicos para fines industriales, removedores de sarro, agentes aglutinantes para pinturas, diluyentes para pinturas, colorantes, pigmentos de color, baños de cal, agentes colorantes para alimentos, detergentes para ropa, agentes blanqueadores, detergentes excepto para uso en procedimientos de manufactura, soluciones abrasivas, agentes de limpieza, agentes de pulido, agentes desengrasantes, preparaciones para la molienda, jabones, aceites etéreos, aceites técnicos, grasas técnicas, Brenntag Connect lubricantes, agentes de absorción de polvo, humectantes y aglutinantes, aditivos no químicos para mazut (aceites combustibles) como potenciadores de combustión, y aditivos no químicos para combustible, provisión de un mercado en línea para compradores y vendedores de productos y servicios; servicios de tiendas minoristas y mayoristas que destacan productos químicos para fines comerciales, científicos y fotográficos, para el tratamiento del agua, para la industria cosmética, en particular demulsificadores, estimuladores de intensificación, emulsionantes como productos químicos para fines industriales, estabilizadores como productos químicos para uso industrial, solubilizantes como productos químicos para uso industrial, resinas artificiales en bruto, plásticos, sin procesar, composiciones extintoras, preparaciones de templado y soldadura, productos químicos para el almacenamiento y conservación fresca de alimentos, agentes de refuerzo químico teniendo elementos característicos de productos alimenticios en relación con la consistencia de la carne, a saber, ablandadores de carne para uso industrial, sales industriales siendo productos químicos, floculantes, agentes curtientes, agentes de impregnación química para cuero y textiles, agentes para la conservación del cemento, productos químicos impermeabilizantes del cemento, excepto pinturas y barnices, detergentes para uso en el proceso de manufactura, almidón para fines industriales, agentes decapantes cáusticos para metales, adhesivos para fines industriales,ácido fórmico,ácido cítrico,ácido benzóico, ácido clorhídrico, alcoholes industriales, formaldehído para fines químicos, agua desmineralizada, fluidos para circuitos hidráulicos, geles de alúmina y de sílice, en particular como de secantes, disolventes para pinturas, inhibidores de parafina, inhibidores de corrosión, agentes clarifica ntes del agua, espumantes como productos químicos para fines industriales, removedores de sarro, agentes aglutinantes para pinturas, diluyentes para pinturas, colorantes, pigmentos de color, baños de cal, agentes colorantes para alimentos, detergentes para ropa, agentes blanqueadores, detergentes excepto para uso en procedimientos de manufactura, soluciones abrasivas, agentes de limpieza, agentes de pulido, agentes desengrasantes, preparaciones para la molienda, jabones, aceites etéreos, aceites técnicos, grasas técnicas, lubricantes, agentes de absorción de polvo, humectantes y aglutinantes, aditivos no químicos para mazut (aceites combustibles) como potenciadores de combustión, y aditivos no químicos para combustible.

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 44918/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - CHEBA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 44918/19 2/ Fecha de presentación: 31/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Cervecería Hondureña, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Plantel Cervecería Hondureña, San Pedro Sula, departamento de Cortés, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CHEBA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 33 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: STEPHANIE CRUZ ANDERSON

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 06-11-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 44016-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - SPICEBOMB

Registro de la Propiedad Industrial

CHEBA 1/ Solicitud: 44016-19 2/ Fecha de presentación: 24-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LʼOREAL 4.1/ Domicilio: 14 Rue Royale, 75008 París, FRANCIA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SPICEBOMB 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Jabones de perfumes; perfumes; agua de colonia; aguas de tocador; agua de perfume; desodorantes personales; preparaciones para limpieza y fragancias; lociones y cremas perfumadas para el cuerpo; aceites esenciales. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 44917/19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - CHEBA

Registro de la Propiedad Industrial

SPICEBOMB 1/ Solicitud: 44917/19 2/ Fecha de presentación: 31/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Cervecería Hondureña, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Plantel Cervecería Hondureña, San Pedro Sula, departamento de Cortés, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CHEBA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 CHEBA 8/ Protege y distingue: Cerveza. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: STEPHANIE CRUZ ANDERSON.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 6-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 45668-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - NUTRILEARN

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 45668-19 2/ Fecha de presentación: 06/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Société des Produits Nestlé, S.A. 4.1/ Domicilio: 1800 Vevey, SUIZA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: SUIZA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NUTRILEARN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Alimentos, bebidas y sustancias dietéticas adaptadas para uso médico y clínico; alimentos y substancias alimenticias para bebés; preparaciones alimenticias para bebés; harinas lacteadas para bebés; leche en polvo para bebés alimentos y substancias alimenticias de uso médico para niños y enfermos, suplementos nutricionales. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: KENIA ROSIBEL MOLINA ROBLES.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-11-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 44018-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - Bixby

Registro de la Propiedad Industrial

NUTRILEARN 1/ Solicitud: 44018-19 2/ Fecha de presentación: 24-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SAMSUNG ELECTRONICS CO., LTD. 4.1/ Domicilio: 129, Samsung-ro, Yeongtong-gu, Suwon-si, Gyeonggi-do, REPÚBLICA DE COREA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: REPÚBLICA DE COREA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Bixby 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica la forma de escritura de la marca tal como aparece en el ejemplar adjunto. La marca está escrita con la letra “B” en mayúscula seguida de la letras “ixby” escritas en minúscula. 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Lámparas LED; bombillas de luz LED; deshumidificadores para uso doméstico; hornos de cocina eléctricos; aparatos eléctricos para el manejo de ropa en la naturaleza de vaporizadores de prendas para uso doméstico; máquinas eléctricas para el manejo de ropa para secar ropa para uso doméstico; purificador de aire. filtros para purificadores de aire; ventiladores eléctricos; aires acondicionados; condensadores de exterior, a saber, condensadores de aire exterior para aires acondicionados; aparatos e instalaciones de cocina; refrigeradores eléctricos; cocinas eléctricas; secadoras de ropa eléctricas; microondas; aparatos para cocinar, a saber, placas de cocción. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. Bixby

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Aviso No. 2019-040131 — Solicitud de registro de marca de servicio - HÉROES FEST INNPULSA COLOMBIA Y ETIQUETA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-040131 [2] Fecha de presentación: 24/09/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR, S.A. FIDUCOLDEX. [4.1] Domicilio: Calle 28 No. 13 A - 15 Psio 37, Bogotá, Colombia [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: HÉROES FEST INNPULSA COLOMBIA Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 45 [8] Protege y distingue: Servicios sociales prestados por terceros para satisfacer necesidades individuales; servicios de asesoramiento personalizado relacionados con innovación, emprendimiento, liderazgo, relacionamiento entre personas (networking) con fines empresariales y demás temas relacionados, destinados a facilitar actividades de networking o interconexión entre las personas; servicios de acompañamiento en sociedad relacionados con innovación, emprendimiento, liderazgo, relacionamiento entre personas con fines empresariales y demás temas relacionados.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 31 de octubre del año 2019 [12] Reservas: Se reivindica la combinación de los colores tal y como se muestra en la etiqueta adjunta. Sociedad orga- nizada bajo las leyes de Colombia. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 2019-016631 — Solicitud de registro de marca de fábrica - FEEDPAC

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-016631 [2] Fecha de presentación: 12/04/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: AGRIPAC, S.A. [4.1] Domicilio: GUAYAQUIL, Ecuador [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ECUADOR

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FEEDPAC [7] Clase Internacional: 31 [8] Protege y distingue: Productos alimenticios para animales.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 5 de septiembre del año 2019 [12] Reservas: No tiene reservas Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 45826-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - PET MASTER

Registro de la Propiedad Industrial

FEEDPAC 1/ Solicitud: 45826-19 2/ Fecha de presentación: 07/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: CARGILL INCORPORATED. 4.1/ Domicilio: 15407 MCGINTY ROAD WEST, WAYZATA, MN 55391, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PET MASTER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 PET MASTER 8/ Protege y distingue: Comida para mascota. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 43443-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - OUR FINEST

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 43443-19 2/ Fecha de presentación: 21-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Waltmart Apollo, LLC. 4.1/ Domicilio: 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: OUR FINEST 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 34 8/ Protege y distingue: Tabaco; artículos para fumadores; cerillas. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13/11/2019 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 45669-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - NUTRILEARN

Registro de la Propiedad Industrial

OUR FINEST 1/ Solicitud: 45669-19 2/ Fecha de presentación: 06/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Société des Produits Nestlé, S.A. 4.1/ Domicilio: 1800 Vevey, SUIZA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: SUIZA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NUTRILEARN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Leche y productos lácteos; leche en polvo; preparaciones y bebidas hechas a partir de leche incluidas en esta clase; subsitutos de leche. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: KENIA ROSIBLE MOLINA ROBLES

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-11-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. NUTRILEARN

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Aviso

Aviso No. 2019-040130 — Solicitud de registro de marca de servicio - HÉROES FEST INNPULSA COLOMBIA Y ETIQUETA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-040130 [2] Fecha de presentación: 24/09/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: FIDUCIARIA COLOMBIANA DE COMERCIO EXTERIOR, S.A. FIDUCOLEX. [4.1] Domicilio: Calle 28 No. 13 A - 15 Psio 37, Bogota, Colombia [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COLOMBIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: HÉROES FEST INNPULSA COLOMBIA Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Servicios educativos y recreativos, a saber, organización, dirección y facilitación de conferencias educativas, seminarios y eventos relacionados con innovación, emprendimientos, liderazgo, relacionamiento entre personas con fines empresariales y demás temas relacionados; suministros de información relacionada con la organización de seminarios y conferencias educativos; suministro de vídeo en línea relacionados con innovación, emprendimiento, liderazgo, relacionamiento entre personas (networking) con fines empresariales y demás temas relacionados; organización de juegos y actividades lúdicas y e duc activas enfocadas en la interacción de personas; actividades culturales; asesoramiento y orientación profesional (asesoría sobre educación y formación); celebración de conferencias educativas; celebración de eventos e duc activos; celebración de talleres de formación; difusión de material educativo.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de noviembre del año 2018 [12] Reservas: Se reivindica la combinación de los colores tal y como se muestra en la etiqueta adjunta. Sociedad organizada bajo las leyes de Colombia. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 45514-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - BARENA FUSIÓN Y ETIQUETA

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 45514-19 2/ Fecha de presentación: 05-11-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Cervecería Hondureña, S.A. de C.V. 4.1/ Domicilio: Barrio Guadalupe, Blvd. del Norte, carretera salida a Puerto Cortés, San Pedro Sula, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BARENA FUSIÓN Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Cerveza. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: STEPHANE CRUZ ANDERSON.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 2019-033049 — Solicitud de registro de marca de servicio - ENERGYM

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-033049 [2] Fecha de presentación: 02/08/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: ENERGYM, S.A. [4.1] Domicilio: Pavas, de la fábrica de alimentos JACKS, 175 METROS OESTE, SAN JOSE, Costa Rica [4.2] Organizada bajo las Leyes de: COSTA RICA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ENERGYM [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Gimnasios, servicios de acondicionamiento físico y actividades deportivas; servicios dirigidos al ejercicio, entrenamiento de manera indicvidual o grupal, baile, educación fisica, servicios relacionados con centros de gimnasia y deportes, asesoría en el campo de entrenamiento físico y deportivo, asesoría en el campo de instrucción y equipamiento para el entrenamiento físico deportivo, formación y educación en temas deportivos y capacitaciones del movimiento humano, servicios de entrenamiento de diversas disciplinas deportivas y actividades culturales, instrucción de yoga.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de octubre del año 2019 [12] Reservas: Sociedad organizada bajo las leyes de Costa Rica. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 41054-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica - MARILYN MONROE

Registro de la Propiedad Industrial

ENERGYM 1/ Solicitud: 41054-19 2/ Fecha de presentación: 07/octubre/2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: The Estate of Marilyn Monroe LLC 4.1/ Domicilio: 1411 Broadway New York, New York 10018, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: NUEVA YORK

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MARILYN MONROE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Preparaciones higiénicas y sanitarias para la higiene personal, que no sean artículos de tocador; champús, jabones, y lociones medicadas; suplementos dietéticos; reemplazos alimenticios y alimentos y bebidas dietéticas. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-11-2019 12/ Reservas: Abogada- NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. MARILYN MONROE

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Aviso No. 43439-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica OUR FINEST - Clase 30

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 43439-19 2/ Fecha de presentación: 21-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Walmart Apollo, LLC. 4.1/ Domicilio: 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: OUR FINEST 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café. té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; azúcar, miel, jarabe de melaza; levadura, polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-11-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 43440-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica OUR FINEST - Clase 31

Registro de la Propiedad Industrial

OUR FINEST 1/ Solicitud: 43440-19 2/ Fecha de presentación: 21-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Walmart Apollo, LLC. 4.1/ Domicilio: 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: OUR FINEST 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Granos y productos agrícolas, hortícolas y forestales, no comprendidos en otras clases; animales vivos; frutas y verduras, hortalizas y legumbres frescas; semillas; plantas y flores naturales; alimentos para animales; malta. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-11-2019 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 35103-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica MIKE´S - Clase 33

Registro de la Propiedad Industrial

OUR FINEST 1/ Solicitud: 35103-19 2/ Fecha de presentación: 16/agosto/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BRANDBREW, S.A. 4.1/ Domicilio: 15, Breedewues, 1259 Senningerberg, LUXEMBURGO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: LUXEMBURGO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: MIKE´S 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 33 MIKE´S 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas a base de malta; bebidas espirituosas con alcohol; sidras con alcohol, sodas con alcohol. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/11/2019 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 32286-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica ENERGY VAULT - Clase 7

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 32286-19 2/ Fecha de presentación: 29-07-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Energy Vault, Inc. 4.1/ Domicilio: 130 West Union Street, Pasadena, CA 91103, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ENERGY VAULT 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 7 8/ Protege y distingue: Dispositivos de almacenamiento de energía para redes de energía y centrales de energía, a saber, instalaciones de almacenamiento de energía de escala de utilidad a base de gravedad que consisten en grúas, generadores y bloques de cemento. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. ________ ENERGY VAULT

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Aviso No. 40376-19 — Solicitud de registro de marca mixta JABONITO Y ETIQUETA - Clase 3

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 40376-19 2/ Fecha de presentación: 25/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: PRODUCTOS FINOS, S.A. 4.1/ Domicilio: Via 35-42 de la zona cuatro de la ciudad de Guatemala, GUATEMALA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: JABONITO Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: No se reclama exclusividad sobre los términos y frases de uso común que aparecen en la etiqueta adjunta. 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Jabón de tocador 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 41866-19 — Solicitud de registro de marca figurativa DISEÑO TRIDIMENSIONAL DE CAJA - Clase 7

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 41866-19 2/ Fecha de presentación: 10-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Vini Industrial Co., Ltd. 4.1/ Domicilio: Jinlonghu Industry Region, Beibei District, Chongqing, P.R. CHINA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: P.R. CHINA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO TRIDIMENSIONAL DE CAJA 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los tonos de color Rojo, Gris, Blanco y Negro que aparecen en la etiqueta acompañada. La marca con sis- te en un diseño tridimensional que replica la integridad de la aparencia física de una caja de embalaje. 7/ Clase Internacional: 7 8/ Protege y distingue: Máquinas agrícolas; bujías para motores de combustión interna; dinamos; máquinas de movimiento de tierra; herramientas de máquinas; segmentos de pistón; pistones para motores; motores para barcos; cilindros para motores de electricidad y motores de combustión; silenciadores para motores de electricidad y motores de combustión; cigüeñales; bielas para máquinas, motores de electricidad y motores de combustión; embragues que no sean para vehículos terrestres; carburadores; rodamientos.

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 5/11/2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 38599-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica SIKAFLOOR - Clase 27

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 38599-19 2/ Fecha de presentación: 11-09-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Sika Technology AG 4.1/ Domicilio: Zugerstrasse 50, CH-6341 Baar, SUIZA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: SUIZA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SIKAFLOOR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 27 8/ Protege y distingue: Suelos y revestimientos de suelos elaborados con monómeros reactivos; compuestos fluidos para la fabricación de pisos de cemento. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 01-11-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 39604-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica PLUVIAM - Clase 5

Registro de la Propiedad Industrial

SIKAFLOOR 1/ Solicitud: 39604-19 2/ Fecha de presentación: 19-09-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Griffith Foods. S.A. 4.1/ Domicilio: Heredia, Lagunilla, un kilómetro y medio al Oeste de Jardines del Recuerdo, Heredia, COSTA RICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: COSTA RICA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PLUVIAM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Un plaguicida botánico 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30/octubre 2019 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 39441-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica AQUAVAR - Clase 2

Registro de la Propiedad Industrial

PLUVIAM 1/ Solicitud: 39441-19 2/ Fecha de presentación: 18/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Lanco Manufacturing Corporation 4.1/ Domicilio: 35 Urbanización A pont e N°.5, San Lorenzo, PUERTO RICO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: PUERTO RICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AQUAVAR 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 2 8/ Protege y distingue: Pinturas, barnices, tintes, selladores. AQUAVAR 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2019 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 41865-19 — Solicitud de registro de marca figurativa DISEÑO TRIDIMENSIONAL DE CAJA - Clase 7

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 41865-19 2/ Fecha de presentación: 10-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Vini Industrial Co., Ltd. 4.1/ Domicilio: Jinlonghu Industry Region, Beibei District, Chongqing, P.R. CHINA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: P.R. CHINA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO TRIDIMENSIONAL DE CAJA 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindican los tonos de color Rojo, Gris, Blanco y Negro que aparecen en la etiqueta acompañada. La marca consiste en un diseño tridimensional que replica la integridad de la aparencia física de una caja de embalaje cúbica. 7/ Clase Internacional: 7 8/ Protege y distingue: Maquinas agrícolas; bujías para motores de combustión interna; dinamos; máquinas de movimiento de tierra; herramientas de máquinas; segmentos de pistón; pistones para motores; motores para barcos; cilindros para motores de electricidad y motores de combustión; silenciadores para motores de electricidad y motores de combustión; cigüeñales; bielas para máquinas, motores de electricidad y motores de combustión; embragues que no sean para vehículos terrestres; carburadores; rodamientos. 8.1/Pagina Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 5/11/19 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 40843-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica LEQVIO - Clase 05

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 40843/19 2/ Fecha de presentación: 27/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: NOVARTIS AG 4.1/ Domicilio: 4002 Basel, Switzerland 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LEQVIO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Antiinfecciosos; antiinflamatorios; farmacéuticos antibacterianos; antibióticos; preparaciones antifúngicas; antivirales; farmacéuticos cardiovasculares; productos farmacéuticos dermatológicos; preparaciones farmacéuticas inhalables para la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes respiratorios; preparaciones farmacéuticas para actuar en el sistema nervioso central; sustancias y preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades gastrointestinales; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes de los sistemas inmunológico, metabólico, endocrino lógico, músculo – esqueletal y del sistema genitourinario, preparaciones farmacéuticas para uso en hematología y en trasplantes de tejidos y de órganos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y condiciones de los ojos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de desórdenes del ritmo cardiaco; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes relacionados con el sistema inmunológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes del riñón; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de la diabetes; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de la hipertensión; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades y desórdenes de la piel; preparaciones farmacéuticas para uso en dermatología; preparaciones farmacéuticas para uso en urología; preparaciones farmacéuticas para uso oftalmológico; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento del cáncer y de tumores; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de las alergias; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento de enfermedades de los huesos; preparaciones farmacéuticas para la prevención y tratamiento del asma y de enfermedades respiratorias. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JESSICA REGINA COINDET JAMES

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 01/11/2019 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 3, 18 D. 2019. y 6 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 47188-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica ANTINORI Y DISEÑO - Clase 33

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 47188/19 2/ Fecha de presentación: 15/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES RAE, SOCIEDAD ANÓNIMA 4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ANTINORI Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 33 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas (vino blanco, vino tinto, vino rosado, espumantes). 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JESSICA REGINA COINDET JAMES

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25-11-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 D. 2019. y 6 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 47189-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica SARTORI Y DISEÑO - Clase 33

Registro de la Propiedad Industrial

LEQVIO 1/ Solicitud: 47189/19 2/ Fecha de presentación: 15/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: INVERSIONES RAE, SOCIEDAD ANÓNIMA 4.1/ Domicilio: TEGUCIGALPA, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SARTORI Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 33 8/ Protege y distingue: Bebidas alcohólicas (vino blanco, vino tinto, vino rosado, espumantes). 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JESSICA REGINA COINDET JAMES

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 25/11/2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industrial 3, 18 D. 2019. y 6 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 43534-19 — Solicitud de registro de marca de servicio ESCAPE ROOM - Clase 41

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 43534-19 2/ Fecha de presentación: 21-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: MAURICIO FLOREZ GONZALEZ 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ESCAPE ROOM 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios destinados a la diversión, recreo y entretenimiento de niños, adolecentes y adultos, basados en retos físicos y mentales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: JESSICA REGINA COINDET JAMES

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13/11/2019 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 3, 18 D. 2019. y 6 E. 2020. ESCAPE ROOM

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Aviso

Aviso No. 40374-19 — Solicitud de registro de marca mixta F FILLER´S Y ETIQUETA - Clase 30

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 40374-19 2/ Fecha de presentación: 25/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: FÁBRICA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS RENE Y COMPAÑÍA, SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES 4.1/ Domicilio: CALZADA SAN JUAN 34-01 ZONA 7, GUATEMALA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo:Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: F FILLER’S Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harina y preparaciones hechas de cereales; pan, pastelería y confitería; helados, miel, jarabe de melaza, levadura, polvo para hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo; bocadillos de consisten principalmente de granos, maíz, cereal o combinaciones de los mismos, incluyendo frituras de maíz, frituras de tortilla, frituras de pita, frituras de arroz, chips de arroz, pasteles de arroz, galletas de arroz, galletas saladas, galletas, galletas saladas en forma de lazo (pretzels), golosinas infladas, palomitas de maíz, palomitas de maíz caramelizadas, maní caramel izado, salsas para remojar bocadillos, salsas, barras de golosinas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13/11/2019 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019. y 6, 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 40848-19 — Solicitud de registro de marca mixta AGC (LOGO) - Clase 20

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 40848-19 2/ Fecha de presentación: 27/09/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: AGC, INC. 4.1/ Domicilio: 5-1, Marunouchi 1-chome, Chiyoda-ku, TOKIO 100-8405, JAPÓN 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AGC (LOGO) 6.2/ Reivindicaciones:Se reivindican los tonos de color que aparecen en la etiqueta adjunta. 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Espejos siendo artículos de muebles; válvulas de plástico, sin incluir elementos de máquinas; muebles; tanques de almacenamiento, que no sean de metal o de mampostería; sujetadores de plástico sustitutos de metal; clavos, cuñas, tuercas, to mil los, tachuelas, pernos, remaches y ruedecillas, no metálicos; arandelas no metálicas, ni de goma ni fibra vulcanizada; cojines [muebles]; cojines japoneses para el suelo [zabuton]; almohadas; colchones; persianas de ventanas de interiores [pantalla] [muebles]; palés de carga no metálicas; contenedores para transporte, no metálicos; persianas de junco, mimbre o bambú [su dar e]; cortinas de cuentas para decoración; partición oriental de pie de panel único [tsuitate]; pantallas orientales plegables de partición [byoubu]; bancas; letreros verticales de madera o de plástico. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-10-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019. y 6, 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 32137-19 — Solicitud de registro de marca mixta BE-KIND Y ETIQUETA - Clase 29

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 32137-19 2/ Fecha de presentación: 26/julio/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: KIND LLC 4.1/ Domicilio: 1372 Broadway, New York 10018, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BE-KIND Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Aperitivos saludables, a saber, barritas a base de nueces y semillas; barritas a base de frutas y nueces procesadas, barritas a base de nueces; barritas a base de frutas; aperitivos a base de productos lácteos; yogur; queso; aperitivos a base de vegetales; aperitivos a base de papa y camote; aperitivos a base de frutas; aperitivos a base de nueces y semillas, productos para untar a base de nueces, frutas procesadas (incluyendo nueces); nueces; frutas secas; postres de frutas; frutas deshidratadas; frutas desecadas; aperitivos a base de nueces; productos lácteos; postres lácteos; bebidas a base de leche; postres de yogur; bebidas de yogur; gelatinas; jaleas; compotas; productos para untar de frutas y verduras; dips (salsas) para aperitivos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 6-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019. y 6, 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 32138-19 — Solicitud de registro de marca mixta BE-KIND Y ETIQUETA - Clase 30

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 32138-19 2/ Fecha de presentación: 26-07-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: KIND LLC 4.1/ Domicilio: 1372 Broadway, New York 10018, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BE-KIND Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Granola; aperitivos de granola; barritas a base de granola, mezclas de granola; cereales y preparaciones de cereales; aperitivos a base de cereales; barritas de cereales y barritas energéticas, barritas de cereales de alto valor proteico, aperitivos salados; café; aperitivos a base de arroz, aperitivos a base de granos, aperitivos a base de trigo; helados comestibles, yogur congelado, helados, helado sorbete, sorbetes (helados); goma de mascar; alimentos de aperitivos a base de cereales y frutos secos, compuestos principalmente de productos lácteos; aperitivos que contienen principalmente verduras; aperitivos que contienen principalmente papa y camote; pastelería; pasteles; muesli, saborizantes para bebidas, distintos de los aceites esenciales; salsas; polvos para helados; saborizantes para alimentos distintos de los aceites esenciales; preparaciones para endurecer la crema batida; jarabe (aderezo); harina. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 6-11-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019. y 6, 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 40846-19 — Solicitud de registro de marca mixta AGC (LOGO) - Clase 12

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 40846-19 2/ Fecha de presentación: 27/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: AGC, INC. 4.1/ Domicilio: 5-1, Marunouchi 1-chome, Chiyoda-ku,TOKIO 100-8405, JAPÓN 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AGC (LOGO) 6.2/ Reivindicaciones:Se reivindican todos los tonos de color que aparecen en la etiqueta adjunta. 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Material rodante ferroviario y sus partes y accesorios; vidrios de ventanas para automóviles; automóviles y sus partes y accesorios; techos corredizos (quema cocos) para automóviles; embarcaciones y sus partes y accesorios; aeronaves y sus partes y accesorios; vehículos de motor de dos ruedas, bicicletas y sus partes y accesorios; locomotora de tracción; impulsores primarios no eléctricos para vehículos terrestres, sin incluir sus partes; elementos mecánicos para vehículos terrestres; alarmas antirrobo para vehículos; motores de CA o motores de CC para vehículos terrestres, sin incluir sus partes; encendedores de cigarros para automóviles; trineos grandes y trineos pequeños (recreacionales), [vehículos]; carretillas; carretas; carretillas [riyakah]; parches de goma adhesivos para reparar tubos o neumáticos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019., 6 Y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 39264-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica PROCTOR SILEX - Clase 11

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 39264-19 2/ Fecha de presentación: 17-09-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: HAMILTON BEACH BRANDS, INC. 4.1/ Domicilio: 4421 Waterfront Drive, Glen Allen, Virginia 23060, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PROCTOR SILEX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Freidoras de aire caliente; máquinas para hacer pan; sandwich eras eléctricas; cafeteras eléctricas; urnas de café; freidoras eléctricas; hervidores de huevos eléctricos; hervidores eléctricos; máquinas de café expreso eléctricas; deshidratado res eléctricos de alimentos; aparatos vaporizadores para planchar ropa; placas de cocción eléctricas; máquinas para preparar helados; máquinas para hacer hielo; parrillas eléctricas de interior; placas de cocción por inducción; ollas eléctricas multifuncionales; ollas de cocción lenta; ollas a presión eléctricas; prensas eléctricas para panini; planchas, sandwich eras eléctricas; máquinas para preparar pizzas; máquinas para preparar palomitas de maíz; ollas arroceras eléctricas; vaporeras eléctricas; hornos asadores; sartenes eléctricas; planchas eléctricas (aparatos de cocina); máquinas de cocción al vacío eléctricas; hornos tostadores; tostadores de pan; máquinas para purificar el aire; eliminadores de olores; máquinas para preparar gofres; ollas eléctricas para hervir agua o calentar líquidos; servidores de buffet/bandejas calentadoras de alimentos; máquinas para preparar crepes; quemadores eléctricos; refrigeradores; máquinas para preparar yogur. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2019 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019., 6 Y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 2019-011582 — Solicitud de registro de marca de servicio TELEDOC Y DISEÑO - Clase 44

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-011582 [2] Fecha de presentación: 13/03/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CHRISTIAN BRANDSTETTER [4.1] Domicilio: Blvd. Mircea Voda 34; sect3 bucarest, Rumania [4.2] Organizada bajo las Leyes de: RUMANIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: 017954914 [5.1] Fecha: 14/09/2018 [5.2] País de Origen: EUROPA [5.3] Código de País: UE

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TELEDOC Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 44 [8] Protege y distingue: Servicios de salud para personas; servicios de higiene y belleza; asesoramiento en nutrición; información sobre masajes; servicios de asesoramiento relacionado con el adelgazamiento; servicios de información relacionados con la salud; servicios de información y asesoramiento en materia de salud; suministro de información nutricional sobre productos alimenticios; facilitación telefónica de informaciones relativas a la salud; servicios de asesoramiento profesional en materia de servicios sanitarios; orientación sobre terapias ocupacionales; servicios de consultas sobre asistencia sanitaria [médica]; orientación en materia de nutrición; asesoramiento relacionado con alergias; servicios de consultas relacionados con la asistencia sanitaria; consultoría profesional en materia de salud; asesoramiento relativo al bienestar personal de personas mayores [salud]; consultas relativas a los biorritmos; servicios de asesoramiento en materia de control de peso; servicios de asesoramiento relacionados con la dieta; servicios de asesoramiento en materia de reducción de peso; facilitación de información relativa a la nutrición. d.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de octubre del año 2019. [12] Reservas:No se reivindica la frase “how can I help you?” que aparece en la etiqueta con que se distinguirá la marca en referencia. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019., 6 Y 21 E. 2020. PROCTOR SILEX

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Aviso No. 39271-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica HAMILTON BEACH - Clase 21

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 39271-19 2/ Fecha de presentación: 17-09-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: HAMILTON BEACH BRANDS, INC. 4.1/ Domicilio: 4421 Waterfront Drive, Glen Allen, Virginia 23060, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HAMILTON BEACH 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Cestas clasificadoras de ropa para lavandería; tablas de planchar; tendederos de ropa; sartenes; recipientes para mantener las bebidas frías o calientes; jarras de café. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14-10-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019., 6 y 21 E. 2020. _____ HAMILTON BEACH

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Aviso

Aviso No. 39266-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica PROCTOR SILEX - Clase 21

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 39266-19 2/ Fecha de presentación: 17-09-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: HAMILTON BEACH BRANDS, INC. 4.1/ Domicilio: 4421 Waterfront Drive, Glen Allen, Virginia 23060, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PROCTOR SILEX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Cestas clasificadoras de ropa para lavandería; tablas de planchar; tendederos de ropa; sartenes; recipientes para mantener las bebidas frías o calientes; jarras de café. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-10-2019 12/ Reservas: Abogado NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019., 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 39270-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica HAMILTON BEACH - Clase 16

Registro de la Propiedad Industrial

PROCTOR SILEX 1/ Solicitud: 39270-19 2/ Fecha de presentación: 17-09-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: HAMILTON BEACH BRANDS, INC. 4.1/ Domicilio: 4421 Waterfront Drive, Glen Allen, Virginia 23060, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HAMILTON BEACH 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Bolsas de sellado al vacío. 8.1/ Página Adicional: HAMILTON BEACH

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14-10-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019., 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 39267-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica HAMILTON BEACH - Clase 7

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 39267-19 2/ Fecha de presentación: 17-09-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: HAMILTON BEACH BRANDS, INC. 4.1/ Domicilio: 4421 Waterfront Drive, Glen Allen, Virginia 23060, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HAMILTON BEACH 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 7 8/ Protege y distingue: Abrelatas eléctricos; a bre tarros eléctricos; molinillos de café; cortadores en espiral eléctricos; picadores de comida; batidoras manuales eléctricas; planchas; afiladores de cuchillos eléctricos; máquinas eléctricas para elaborar pastas; batidoras de pedestal eléctricas; empacadoras al vacío; abridores de vino; espumadores de leche eléctricos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 14-10-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019., 6 y 21 E. 2020. _____ HAMILTON BEACH

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Aviso

Aviso No. 39265-19 — Solicitud de registro de marca de fábrica PROCTOR SILEX - Clase 16

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 39265-19 2/ Fecha de presentación: 17-09-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: HAMILTON BEACH BRANDS, INC. 4.1/ Domicilio: 4421 Waterfront Drive, Glen Allen, Virginia 23060, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: PROCTOR SILEX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Bolsas de sellado al vacío. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 17-10-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019., 6 y 21 E. 2020. PROCTOR SILEX

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Aviso

Aviso No. 39603-19 — Solicitud de registro de marca mixta FAMILYGUARD Y DISEÑO - Clase 5

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 39603-19 2/ Fecha de presentación: 19-09-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: S.C. JOHNSON & SON, INC. 4.1/ Domicilio: 1525 Howe Street, Racine, wisconsin 53403-2236, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: WISCONSIN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FAMILY GUARD Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Preparaciones para purificar el aire; preparaciones para desinfectar el aire; preparaciones para neutralizar olores; desodorantes que no sean para uso personal; desodorizantes de habitación o atmósfera; desodorizantes de alfombra; desodorizantes para textiles; preparaciones germicidas; desinfectantes en forma líquida y spray; desinfectante de superficie; desinfectante de manos; jabones desinfectantes para manos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019. y 6, 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 41051-19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - Vekstar Electric Vehicles

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 41051-19 2/ Fecha de presentación: 07/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO BIMBO, S.A.B. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Prolongación paseo de la Reforma 1000, colonia Peña Blanca, Santa Fe, 01210, México, D.F., MÉXICO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Vekstar Electric Vehicles 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Vehículos; aparatos de locomoción terrestre, aérea. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 31-10-2019 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019. y 6, 21 E. 2020. _____ Vekstar Electric Vehicles

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Aviso

Aviso No. 41044-19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - UBER EATS

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 41044-19 2/ Fecha de presentación: 07/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Uber Technologies, Inc. 4.1/ Domicilio: 1455 Market Street, 4th Floor, San Francisco, California 94103, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DEL E WARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 88368389 5.1 Fecha: 04/02/2019 5.2 País de Origen: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 5.3 Código País: US

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: UBER EATS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 16 8/ Protege y distingue: Bolsas de papel; calcomanías, pegatinas señalizacion, mar e riales de embalaje. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 01/11/2019 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019. y 6, 21 E. 2020. UBER EATS

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Aviso

Aviso No. 41049-19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - Vekstar Electric Vehicles

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 41049-19 2/ Fecha de presentación: 07/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO BIMBO, S.A.B. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Prolongación paseo de la Reforma 1000, colonia Peña Blanca, Santa Fe, 01210, México, D.F., MÉXICO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Vekstar Electric Vehicles 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 7 8/ Protege y distingue: Máquinas y máquinas herramientas; motores (excepto motores para vehículos terrestres). Vekstar Electric Vehicles 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019. y 6, 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 39602-19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - FAMILYGUARD Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 39602-19 2/ Fecha de presentación: 19-09-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: S.C. JOHNSON & SON, INC. 4.1/ Domicilio: 1525 Howe Street, Racine, wisconsin 53403-2236, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: WISCONSIN

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FAMILY GUARD Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Producto para limpiar y/o desengrasar; preparaciones para aroma rizar el aire; preparaciones para perfumar el aire; limpiador de inodoro; paño de limpieza desechable; jabón de mano; barra de jabón. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-10-2019 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019. y 6, 21 E. 2020. _____

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Aviso

Aviso No. 44017-19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - Bixby

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 44017-19 2/ Fecha de presentación: 24-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SAMSUNG ELECTRONICS CO., LTD. 4.1/ Domicilio: 129, Samsung-ro, Yeongtong-gu, Suwon-si, Gyeonggi-do, REPÚBLICA DE COREA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: REPÚBLICA DE COREA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Bixby Bixby

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Aviso

Aviso No. 43444-19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - CLEAR AMERICAN

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 43444-19 2/ Fecha de presentación: 21-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Walmart Apollo, LLC 4.1/ Domicilio: 702 Southwest 8th Street, Bentonville, Arkansas 72716, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CLEAR AMERICAN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 32 8/ Protege y distingue: Aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas. CLEAR AMERICAN 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13/11/2019 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019., 6 y 21 E. 2020.

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Aviso No. 45143-19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - AROMAX POWER Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 45143-19 2/ Fecha de presentación: 01/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Industria La Popular, S.A. 4.1/ Domicilio: Vía 3 5-42 de la zona 4, ciudad de Guatemala, GUATEMALA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AROMAX POWER Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Desinfectantes y jabones antibacteriales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/11/19 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019., 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 2019-020626 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - SILICON MIX Y DISEÑO

Registrador(a) de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-020626 [2] Fecha de presentación: 16/05/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: LABORATORIOS RIVAS, S.R.L. [4.1] Domicilio: Avenida Prolongación Presidente Vásquez #284, Ensanche Alma Rosa 2, Santo Domingo, Rep. Dominicana. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: REP. DONIMICANA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTRO

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SILICON MIX Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Champús; acondicionadores para el cabello; preparaciones para alisar el cabello; aceites para el cabello; cremas para el cabello; tintes para el cabello;gotas para el cabello. d.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de noviembre del año 2019. [12] Reservas: Sociedad organizada bajo las leyes de República Dominicana. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador (a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019., 6 y 21 E. 2020.

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Aviso

Aviso No. 45142-19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - AROMAX POWER Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 45142-19 2/ Fecha de presentación: 01/noviembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Industria La Popular, S.A. 4.1/ Domicilio: Vía 3 5-42 de la zona 4, ciudad de Guatemala, GUATEMALA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AROMAX POWER Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Jabones no medicinales, preparaciones para blanquear, limpiar, pilir y desengrasar ; detergentes; suavizantes. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12/11/19 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019., 6 y 21 E. 2020. 6.2/ Reivindicaciones:Se reivindica la forma de escritura de la marca tal como aparece en el ejemplar adjunto. La marca está escrita con la letra “B” en mayúscula seguida de las letras “ixby” escrita en minúscula. 7/ Clase Internacional: 7 8/ Protege y distingue: Robots para la ayuda de tareas diarias con propósitos domésticos; aspiradoras robóticas; lavavajillas para el uso doméstico; máquinas lavadoras para uso doméstico; aspiradoras; bolsas de aspiradora. 8.1/ Página Adicional: D.- APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-11-2019 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019., 6 y 21 E. 2020. _____

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Aviso

Aviso No. 18-41649 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - H & M y diseño

Registrador(a) de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 18-41649 2/ Fecha de presentación: 26-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB. 4/1/Domicilio: SE-106 38 Stockholm sweden. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Suecia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: H & M y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones de tocador y cosméticas no medicadas; dentífricos no medicados; perfumería, aceites esenciales; preparaciones para blanquear y otras sustancias para uso en lavandería; preparaciones abrasivas y de fregar, limpieza, pulido, restregado; jabón; perfumes; aceites etéreos; cosméticos; preparaciones para el cuidado de cabello; polvo de dientes; pasta de dientes; dentífricos; esmalte de uñas; preparaciones para remover laca; artículos de tocador; preparaciones para después de afeitar; mascar as faciales; cremas para la cara; lavados faciales (cosmético); cremas anti edad; aceites para bebé; gel de baño; sales de baño; preparaciones para el baño, no para propósitos médicos, principalmente, aditivos para baño, granos de baño, aceite de baño; jabón antibacterial; bálsamo para el cabello; preparaciones blanqueadoras para el cabello; bolas de algodón cosmético; palos de algodón para propósitos cosméticos; lápices de ceja; delineadores; tintes para cabello; adhesivos para fijar uñas artificiales; aditivos para fijar pestañas falsas; uñas falsas; toallitas cosméticas prehumedecidas; gels estilizadoras para el cabello; ceras estilizadoras para el cabello; cremas de manos; preparaciones para afeitar y remover cabello; lociones para estilizar el cabello; cremas para cabello; preparaciones para ondular el cabello; preparaciones para el cuidado de la piel; enjuagues bucales, no para propósitos médicos; spray bucal no medicados; maquillaje; cremas para reducción de la celulitis; cremas para el cuerpo (cosméticos); exfoliante corporal; mantequilla corporal; polvos bronceadores; pomadas labiales; bálsamos labiales no medicados, brillos de labios; delineadores de labios; pintalabios; adhesivos para fijar cabello falso; pestañas falsas; mascara; espumas (artículos de tocador) para usar en el estilizado del cabello; sombras de parpado; rociador de esencia para el cuerpo; preparaciones para higiene oral, principalmente, pasta de dientes; cepillos de dientes, gel dental, hilo dental; preparaciones para el cuidado de la belleza y limpieza del cuerpo, principalmente, jabón para el cuidado del cuerpo, limpiadores de cuerpo, geles de cuerpo, brillo corporal, loción de cuerpo, rocío para el cuerpo, humectantes de cuerpo, polvos de cuerpo, exfoliantes de cuerpo, lavados para cuerpo; preparaciones para pulir y limpiar zapatos y cuero; preparaciones y tratamientos para el cuidado del cabello; polvos talco; rubores; cera de sastres y zapatero; pintalabios bloqueadores de sol (cosméticos); preparaciones bloqueadores solares; base de maquillaje; jabones, principalmente, barra de jabón, jabón de baño, jabón desodorante, jabón de mano, jabón de afeitar, geles y jabones para la piel, principalmente, gel de baño, gel de ducha, gel humectante de piel; incienso; desodorantes para humanos o para animales; preparaciones para fragancia del aire; champú; acondicionadores de cabello; removedores de manchas; cremas para cuero; piedras para suavizado; aceites esenciales. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 31-10-2018 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019.

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Aviso

Aviso No. 18-41654 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - H&M y diseño

Registrador(a) de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 18-41654 2/ Fecha de presentación: 26-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB. 4/1/Domicilio: SE-106 38 Stockholm sweden. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Suecia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: H&M y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Utensilio y contenedores de cocina o doméstico; utensilios de cocina y vajilla, excepto tenedores, cuchillos y cucharas, peines; y esponjas; cepillos, excepto pinceles; materiales para fabricar cepillos; artículos para propósitos de limpieza vidrio no trabajado o semi trabajado, excepto vidrio para construcción; cristalería, porcelana y loza, de barro; jarras para mermeladas y jaleas, de vidrio o plástico; utensilios para cocinar, no eléctricos; contenedores de bebidas o comida, peines; esponjas para fregar para todo uso; cepillos para el cabello; cepillos de dientes; portacepillos de dientes; estuches para cepillos de dientes; trébedes; jarrones; regaderas; vajilla; platos; platos de papel; servilleteros; anillos para servilleta; vajillas; estatuas, figurines, placas y trabajos de arte de porcelana, cerámica, loza, de barro o vidrio; neceseres; cepillos para lavar platos; paños de cocina; bandejas de servir; guantes de jardinería; contenedores de lavandería; candeleros; porta jabón líquido; dispensadores de jabón; cortadores de galleta; papeleras; teteras (no eléctricas); jabón para platos; vajillas desechables, principalmente platos y tazones, jarras; saleros; molinillos de pimienta; porta ollas; candeleros; contenedores de plástico para uso doméstico; contenedores para uso en la cocina o la casa; vajilla, que no sean cuchillos, tenedores y cucharas; frascos de vidrio (recipientes); cerámicas para propósitos domésticos; jarras para bebidas; servicios de té (vajilla); servicios de café (vajilla); utensilios de tocador; contenedores de lavandería; quemadores de perfume; materiales para fabricar cepillos; hilo dental; utensilios cosméticos; contenedores térmicamente aislados; instrumentos de limpieza, operados manualmente; almohadillas de fregar para limpieza; guantes de jardinería; cristal (cristalería); jaulas para mascotas domésticas; acuarios interiores; mata moscas. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 02/11/18 12/Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2019-038860 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio - ECOENER Y DISEÑO

Registrador(a) de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-038860 [2] Fecha de presentación: 12/09/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: ECOENER, SL. [4.1] Domicilio: CIF B15635170, CANTON GRANDE, 6-6°, 15003-A CORUÑA, España. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESPAÑA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ECOENER Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 40 [8] Protege y distingue: Producción de energía; generación de energía eléctrica; consultoría en generación de energía eléctrica; arrendamiento de equipos para generar energía; procesamiento de gases; alquiler de generadores de electricidad; alquiler de calderas; generación de electricidad; alquiler de equipos para generar electricidad; tratamiento de residuos; alquiler de aparatos de climatización; alquiler de aparatos de calefacción.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 15 de octubre del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019

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Aviso

Aviso No. 2019-003167 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - DELACRE

Registrador(a) de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-003167 [2] Fecha de presentación: 22/01/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: NV BISCUITS DE LACRE SA. [4.1] Domicilio: Avenue Emile van Becelaere 2, 1170 Watermael-Boitsfort, Bélgica. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: BÉLGICA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DE LACRE [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Bizcochos, galletas, pasteles, pastelería, confitería, chocolate y productos a base de chocolate. BD.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 31 de octubre del año 2019. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019 DE LACRE

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Aviso

Aviso No. 18-41651 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - H&M y diseño

Registrador(a) de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 18-41651 2/ Fecha de presentación: 26-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB. 4/1/Domicilio: SE-106 38 Stockholm Sweden. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Suecia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: H&M y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Metales preciosos y sus aleaciones; joyería, piedras preciosas y semi preciosas; instrumentos cronométricos y de relojería; piedras preciosas, perlas y metales preciosos e imitaciones de los mismos; dijes (joyería) de metales comunes, pasta de joyería; pines ornamentales, diademas; anillos (joyería); brazaletes de tobillo; collares; pendientes; cadena; (joyería); pines de corbata; relojes de pared; gemelos; llaveros (baratijas o dijes); aritos; cajas para joyería y cajas para, relojes; bisutería; broches (joyería); cadenas para llaves como joyería; cajas de joyería no de metal; metales preciosos, en bruto o semielaborados, estuches de joyería (cofres); adornos (joyería); estuches para relojes (presentación). 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 01-11-2018 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019.

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Aviso

Aviso No. 18-41656 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica - H&M y diseño

Registrador(a) de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 18-41656 2/ Fecha de presentación: 26-09-18 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: H & M Hennes & Mauritz AB. 4/1/Domicilio: SE-106 38 Stockholm Sweden. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Suecia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: H&M y diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 26 8/ Protege y distingue: Encajes y bordados, cintas y trenzas, botones, ganchos y ojetes, alfileres y agujas; flores artificiales; decoraciones para el cabello; cabello falso, rizadores de cabello (que no sean implementos manuales); accesorios para prendas de vestir, artículos de costura y artículos textiles decorativos; cintas para el cabello; pasadores (pinzas para el pelo) que no sean de metales preciosos; mallas para el cabello; broches (pinzas para el pelo); insignias para vestir, que no sean de metales preciosos; botones de novedad; alfileres ornamentales de variedad (que no sean de metales preciosos) que no sean joyas; borlas (flecos). 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 31-10-2018 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019.

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Aviso

Aviso No. 2019-002149 — Solicitud de Registro de Señal de Propaganda - MONDELEZ

Registrador(a) de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2019-002149 [2] Fecha de presentación: 16/01/2019 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR [4] Solicitante: INTERCONTINENTAL GREAT BRANDS LLC. [4.1] Domicilio: 100 DEFOREST AVENUE, EAST HANOVER, NEW JERSEY, 07936, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MONDELEZ INTERNATIONAL SNACK ING MADE RIGHT [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial; trabajos de oficina; alquiler de máquinas expendedoras; demostración de productos; presentación de productos en cualquier medio de comunicación para su venta al por menor, a saber, promoción de ventas; información comercial y asesoramiento a los consumidores; organización de exposiciones y ferias con fines comerciales o con fines publicitarios; publicidad, incluso a través de redes informáticas en forma de datos, texto, imágenes, sonidos o todas las combinaciones de los mismos para la venta de productos y servicios de venta al por menor, así como el suministro de información sobre productos para fines publicitarios y de ventas; publicidad en línea en una red de computador; suministro de catálogos de productos a través de internet; dirección de tiendas de venta al por menor (gestión de negocios comerciales); promoción de ventas para terceros; adquisición para terceros (compra de bienes y servicios para otras empresas) así como agencias de exportación e importación con respecto a una variedad de productos en el campo de la salud, alimentos, bebidas, accesorios y equipos para el hogar, artículos y utensilios para la cocina y el hogar, papelería, electrodomésticos, aparatos eléctricos y productos de imprenta; reunir para el beneficio de terceros una variedad de productos (excluyendo el transporte de estos) en el campo de la salud, alimentos, bebidas, accesorios y equipos del hogar, artículos y utensilios para la cocina y el hogar, papelería, electrodomésticos, aparatos eléctricos y productos de imprenta para permitir a los clientes ver y comprar los mismos convenientemente de un mayorista y también a través de redes informáticas globales (internet); publicación de catálogos de productos y catálogos de pedidos por correo; promociones de ventas relativas a productos en el campo de la salud, alimentos, bebidas, accesorios y equipos del hogar, artículos y utensilios para la cocina y el hogar, papelería, electrodomésticos, aparatos eléctricos y productos de imprenta; comercio al por menor y servicios de distribución, también por medio de redes informáticas globales (internet) en relación con bebidas y alimentos para uso médico, aditivos nutricionales y dietéticos para usos médicos, MONDELEZ INTERNATIONAL SNACK ING MADE RIGHT hierbas medicinales, infusiones de hierbas, suplementos alimenticios minerales, goma de mascar para uso médico, antisépticos; confitería dietética para uso médico; máquinas automáticas expendedoras, dispensadores automáticos de alimentos y bebidas frías y calientes, componentes, cartuchos y repuestos de piezas relacionados para estas máquinas y aparatos, máquinas y aparatos eléctricos para la preparación de todo tipo de bebidas refrigeradas, frías o caliente, incluyendo café, té y chocolate y/o bebidas de cacao,capuchinos(excepto para máquinas electromecánicas), ollas, cafeteras y máquinas eléctricas para café, cafeteras y máquinas; cartuchos y recambios para estos aparatos y máquinas, incluyendo las cápsulas y las piezas de repuesto para estas máquinas, filtros electrónicos para café, freidoras eléctricas, aparatos de hielo; papel, cartón y artículos de estas materias,productos de imprenta,artículos de encuadernación, fotografías, papelería, adhesivos para la papelería o uso en la casa, material para artistas, pinceles, máquinas de escribir y artículos de oficina(excepto muebles),materiales de enseñanza e instrucción (excepto aparatos), materias plásticas para embalaje, caracteres de imprenta, clichés, filtros de papel para café y té, bolsas de plástico o de papel para embalaje, bolsas y hojas, hojas de papel (papelería), cajas de acuarelas (artículos para uso en la escuela), suministros para la escuela, grapas, tachuelas, sacapuntas, líquidos correctores, cortadoras de papel, lápices, portaminas, borradores de goma, sobres, carpetas, álbumes de recortes, libros, publicaciones periodicas, almanaques, folletos, cuadernos de escritura o dibujo, catálogos; calendarios, litografías, grabados, pinturas, carteles, mapas geográficos, periódicos; bobinas para cintas de tinta, máquinas de sellado, estampillas postales, tarjetas de felicitación, tarjetas postales, servilletas de mesa, utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario, vidrio en bruto o semielaborado (excepto vidrio de construcción), cristalería, porcelana y loza, filtros y percoladores no eléctricas para café, teteras, tazas para café y té, utensilios y recipientes no eléctricos para la casa o la cocina (que no sean metales preciosos, ni chapados con estos), baterías de cocina, platos, tazones, vasos, dulce ras que no sean de metales preciosos, vasijas (para bebidas), cacerolas, cajas de vidrio, latas para galletas, cestas de picnic (equipada), incluyendo platos, recipientes para alimentos con aislamiento térmico, botellas aislantes, sacacorchos, abrebotellas, bolsas isotérmicas, cantimploras para viajeros, neveras portátiles que no sean eléctricas, calentadores de biberones que no sean eléctricos, tazones, cestas para uso doméstico, que no sean de metales preciosos, vestuario, calzado, sombrerería, remeras, camisas, faldas, suéteres, sudaderas, blusas, jeans, pantalones, bermudas, vestidos, camisas tipo polo, abrigos, chaquetas, chaquetas de mezclilla, anoraks, chalecos, overoles, chaquetas (blazers), bufandas, echarpes, chales (manto nes), combinaciones, petos, calcetines, tobilleras, medias, mallas, pijamas, batas, vestuario para bebés, ropa interior para bebés, mamelucos, gorros para bebés, ropa interior, lencería, corsés, medias, cinturones, bufanda, guantes, corbatas, tirantes, cintas para la cabeza, moda de baño para caballeros y damas, es decir, shorts de baño, trajes de baño, bikinis, gorros de baño, batas de playa, calzado casual y formal

para damas y caballeros, calzado de niños, gorras, sombreros, vestuario de trabajo, zapatos de trabajo, pescado, productos de pescado y mariscos, todos estos productos en forma de extractos, sopas, gelatinas, pastas para untar, productos enlatados, platos cocinados, congelados o deshidratados, frutas, hongos y vegetales en conservas, congelados, secos y cocidos, jaleas, mermeladas, compotas, huevos, leche y productos lácteos, aceites y grasas comestibles, pulpa de frutas y ensaladas, ensaladas de verduras, pescado, verduras y frutas enlatadas, gelatinas comestibles, polen preparado para la alimentación, esencias de algas para uso alimenticio, semillas de soya conservadas para alimentos, proteínas para el consumo humano, sopas, caldos; sopas es pesas, sopas concentradas, jugos de vegetales para uso en la cocina, mantequilla, crema, yogures, quesos, quesos procesados, alimentos de queso procesado, queso tipo cottage, crema agria, queso crema, preparaciones para hacer caldos, productos de patata, patatas fritas, platos preparados a base de los productos antes mencionados, sucedáneos de leche, bebidas preparadas con leche, postres hechos con leche y postres a base de crema, leche de soya (sucedáneos de la leche), preparaciones proteínicas para consumo humano, blanqueadores para el café y/o té (sucedáneos de la crema), mantequilla de maní, cubitos de caldo, conservas, caldos, encurtidos, frutos secos procesados, platos preparados que contengan queso, salsas y cremas de queso procesado para untar, salsas y cremas a base de vegetales para untar, mezcla de aperitivos consistiendo principalmente de frutas y frutos secos procesados, barras (bocadillos) a base de proteína, café, té; cacao, azúcar, arroz, tapioca, sagú, sucedáneos del café, harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería, helados comestibles, miel, jarabe de melaza, levadura, polvo de hornear, sal, mostaza, vinagre, salsas (condimentos), especias, hielo, galletas, obleas, barquillos, biscochos, chocolate, productos de chocolate, preparaciones vegetales para usar como sustituto del café, infusiones no medicinales, edulcorantes naturales, glucosa para alimentos, pasta, sémola, hojuelas de cereales secos, pasteles, bollos, panqueques, tartas, pasteles (empanadas), productos de confitería de azúcar, jalea real para el consumo humano ( no para uso médico), anís, anís estrellado, extracto de malta para alimentos, saborizantes que no sean aceites esenciales, preparaciones aromáticas para alimentos, levadura, aderezos para ensaladas, salsa de tomate, mayonesa, sazonadores, condimentos espesantes para la cocción de productos alimenticios, hierbas (condimentos), especias, hierbas aromáticas en conserva, hielo para refrescos, sándwiches, pizzas, bocadillos hechos de arroz, rollos de primavera, sushi, tabbouleh, tortillas, tacos, platos preparados a base de los productos antes mencionados, extractos de café, bebidas a base de café y preparaciones hechas con café, café helado, sucedáneos del café, extractos de sucedáneos del café, preparaciones y bebidas a base de sucedáneos del café, té, extractos de té y preparaciones a base de té, cacao, preparaciones y bebidas a base de cacao, chocolate, preparaciones y bebidas a base de chocolate, azúcar, edulcorantes naturales, preparaciones a base de malta para el consumo humano, goma de mascar que no sea para uso médico, obleas, caramelos, postres, pudines, helados comestibles, helados a base de agua, sorbetes, dulces congelados, pasteles helados, helados, postres helados, polvos y agentes aglutinantes para elaborar helados y/o helados a base de agua y/o sorbetes y/o dulces congelados y/o tortas congeladas y/o helados y/o postres helados, cereales para el desayuno, muesli, hojuelas de maíz, barras de cereal, cereales Iisios para comer, pastas, fideos, alimentos que contienen arroz, harina o cereales, también en forma de platos cocinados, pasta y preparaciones de masa para pasteles listas para hornear; salsa de soya, productos para dar sabor o para sazonar alimentos, rábano picante, pepinillos picados (condimento) salsas tipo barbacoa, malvaviscos, comidas a base de cereales, botanas saladas, gelatinas con sabor y endulzadas, mezclas de relleno que contienen pan, comidas empacadas que consisten principalmente de pastas y salsas, salsas de queso, aguas minerales y gaseosas y otras bebidas no alcohólicas, bebidas y zumos de frutas, siropes y otras preparaciones para hacer bebidas, bebidas isotónicas, limonadas, jugo de tomate, jugos de vegetales (bebidas), pastillas y polvos para bebidas gaseosas, esencias para hacer bebidas, preparaciones para hacer licores, bebidas que contienen fermentos lácteos, bebidas que contienen soya y bebidas no alcohólicas que contengan malta; servicios de comercio minorista y distribución, también por medio de redes informáticas globales (internet) en relación con preparaciones médicas para adelgazar; infusiones medicinales, preparados vitamínicos, preparaciones de oligoelementos para el consumo humano y animal, alimentos y harina láctea para bebés, desinfectantes higiénicos o médicos (excepto jabones), productos anti insectos, insecticidas, repelentes de insectos, productos antiparásitos, collares antiparásitos para animales, preparaciones para lavar los animales, productos de protección solar (ungüentos para quemaduras de sol), algodón antiséptico, algodón absorbente, toallas, servilletas y pantaletas sanitarias, tampones para la menstruación, almohadillas para la lactancia, preparaciones de esterilización, adhesivos para dentaduras postizas, desodorantes, que no sean para uso personal, preparaciones para purificar el aire, soluciones para lentes de contacto; cervezas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LUCÍA DURÓN LÓPEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 24 de enero del año 2019. [12] Reservas: Se usará con la marca MONDELEZ Registro No. 19308. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 D. 2019 y 6 E. 2020

________ 1/ Solicitud: 44020-19 2/ Fecha de presentación: 24-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: SAMSUNG ELECTRONICS, CO., LTD. 4/1/Domicilio: 129, Samsung-ro, Yeongtong-gu, Suwon-si, Gyeonggi-do, REPÚBLICA DE COREA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: REPÚBLICA DE COREA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Bixby 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica la forma de escritura de la marca tal como aparece en el ejemplar adjunto. La marca está escrita con la letra "B" en mayúscula seguida de las letras "ixby", escritas en minúscula. 7/Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Proporcionar información sobre productos a través de redes de telecomunicaciones con propósitos publicitarios y de ventas; agencias de información comercial y de negocios; organización de eventos, exposiciones, ferias y espectáculos con propósitos comerciales, promocionales y publicitarios; información y asesoramiento comercial para consumidores en la elección de productos y servicios; servicios de pedidos en línea; servicios secretariales que utilizan software de programas de inteligencia artificial; servicios de recuperación de datos de internet; servicios de tiendas minoristas con aparatos e instrumentos eléctricos de audio y visuales; servicios de tiendas minoristas con máquinas e implementos de telecomunicaciones; proporcionar información del directorio telefónico; servicios de contestación telefónica y manejo de mensajes; proporcionar información y asesoramiento a los consumidores sobre la selección de productos y artículos que se comprarán; servicios secretariales que utilizan chatbot; publicidad en linea red informática; servicios de tiendas minoristas con computadoras; servicios de tiendas minoristas de periféricos y accesorios informáticos; búsqueda de datos en archivos de computadora para terceros. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 13-11-2019 12/Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. 1/ Solicitud: 32139-19 2/ Fecha de presentación: 26-07-2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

    • A)

      TITULAR 4/Solicitante: KIND LLC. 4/1/Domicilio: 1372 Broadway, New York, New York, 10018, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

    • B)

      REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

    • C)

      ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: BE-KIND 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Granola; aperitivos de granola; barritas a base de granola, mezclas de granola; cereales y preparaciones de cereales; aperitivos a base de cereales; barritas de cereales y barritas energéticas, barritas de cereales de alto valor proteico, aperitivos salados; café; aperitivos a base de arroz, aperitivos a base de granos, aperitivos a base de trigo; helados comestibles, yogurt congelado, helados, helado sorbete, sorbetes (helados); goma de mascar; alimentos de aperitivos a base de cereales y frutos secos, compuestos principalmente de productos lácteos; aperitivos que contienen principalmente verduras; aperitivos que contienen principalmente papa y camote; pastelería; pasteles; muesli, saborizantes para bebidas, distintos de los aceites esenciales; salsas; polvos para helados; saborizantes para alimentos distintos de los aceites esenciales; preparaciones para endurecer la crema batida; jarabe (aderezo); harina. 8.1/ Página Adicional

    • D)

      APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

    • E)

      SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 06-11-2019 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. ________ BE-KIND 1/ Solicitud: 39269-19 2/ Fecha de presentación: 17-09-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

      • A)

        TITULAR 4/Solicitante: HAMILTON BEACH BRANDS, INC. 4/1/Domicilio: 4421 Waterfront Drive, Glen Allen, Virginia 23060, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

      • B)

        REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

      • C)

        ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: HAMILTON BEACH 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Freidoras de aire caliente; máquinas para hacer pan; sandwich eras eléctricas; urnas de café; hervidores de huevos eléctricos; hervidores eléctricos; máquinas de café expreso eléctricas; deshidratado res eléctricos de alimentos; aparatos vaporizadores para planchar ropa; placas de cocción eléctricas; máquinas para preparar helados; máquinas para hacer hielo; parrillas eléctricas de interior; placas de cocción por inducción; ollas eléctricas multifuncionales; ollas de cocción lenta; ollas a presión eléctricas; prensas eléctricas para panini; planchas sandwich eras eléctricas; máquinas para preparar pizzas; máquinas para preparar palomitas de maíz; ollas arroceras eléctricas; vaporeras eléctricas; hornos asadores; sartenes eléctricas; planchas eléctricas (aparatos de cocina); máquinas de cocción al vacío eléctricas; hornos tostadores; tostadores de pan; máquinas para purificar el aire; eliminadores de olores; máquinas para preparar gofres; ollas eléctricas para hervir agua o calentar líquidos; máquinas para preparar crepes; quemadores eléctricos; refrigeradores; máquinas para preparar yogur. 8.1/ Página Adicional

      • D)

        APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

      • E)

        SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 14-10-2019 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. HAMILTON BEACH

        1/ Solicitud: 40373-19 2/ Fecha de presentación: 25/Septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

        • A)

          TITULAR 4/Solicitante: FABRICA DE PRODUCTOS ALIMENTICIOS RENE Y COMPANÍA, SOCIEDAD EN COMANDITA POR ACCIONES. 4/1/Domicilio: CALZADA SAN JUAN 34-01, ZONA 7, GUATEMALA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA

        • B)

          REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

        • C)

          ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: F FILLER'S Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Carne, pescado, aves de corral y caza; extractos de carne; frutas y verduras en conserva, secas y cocidas; jaleas, mermeladas, compotas; huevos; leche y productos lácteos; aceites y grasas comestibles; bocadillos que consisten principalmente de papas, nueces, productos de nueces, semillas, frutas, vegetales o combinaciones de los mismos, incluyendo frituras de papa, papalinas, frituras de frutas, bocadillos a base de frutas, pastas untables a base de frutas, frituras de vegetales, bocadillos a base de vegetales, pastas untables a base de vegetales, frituras de malanga, bocadillos de cerdo, bocadillos de res, bocadillos a base de soya. 8.1/ Página Adicional

        • D)

          APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

        • E)

          SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA

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Aviso

Aviso No. 43743/19 — Solicitud de Registro de Marca de Servicio MULTIPUNTOS Y DISEÑO - BANCO HONDUREÑO DEL CAFÉ

Registro de la Propiedad Industrial

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 13/11/2019 12/Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2019. ________ [1] Solicitud: 2019-004099 [2] Fecha de presentación: 28/01/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: MSC MEDITERRANEAN SHIPPING COMPANY HOLDING, SA [4.1] Domicilio: Chemin Rieu 12-14, 1208 Geneva, Suiza. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: SUIZA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MSC Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 39 [8] Protege y distingue: Transporte de bíenes por ferrocarril, aire, barco y camión; embalaje de bienes para transporte; almacenamiento de bienes generales; transporte de fletes, a saber, transporte de fletes por barco, ferrocarril, aire y camión, corretaje de fletes y expedición de fletes; transporte marítimo, transporte por camión, transporte ferroviario, alquiler de contenedores de almacenamiento, alquiler de almacenes; provisión de información acerca del transporte y del almacenamiento; servicios de navegación, a saber, transporte de barcos de carga y de flete, servicios de cruceros, transporte marítimo; corretaje de fletes, corretaje de transporte, corretaje marítimo; transporte de pasajeros por barco; alquiler de embarcaciones; servicios de viajes en barco de placer; organización de cruceros; servicios de agencia de viajes, servicios de agencia de viajes, a saber, organización de cruceros, hacer reservas y de reservaciones para transporte, con la excepción de reservas de hoteles y casas de hospedaje, organización de viajes. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de noviembre del año 2019. [12] Reservas: Sociedad organizada bajo las leyes de Suiza. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registro de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020. 1/ Solicitud: 44019-19 2/ Fecha de presentación: 24-10-19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: SAMSUNG ELECTRONICS, CO., LTD. 4/1/Domicilio: 129, Samsung-ro, Yeongtong-gu, Suwon-si, Gyeonggi-do, REPÚBLICA DE COREA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: REPÚBLICA DE COREA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: Bixby 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica la forma de escritura de la marca tal como aparece en el ejemplar adjunto. La marca está escrita con la letra "B" en mayúscula seguida de las letras "ixby", escritas en minúscula. 7/Clase Internacional: 14 8/ Protege y distingue: Relojes que incorporan reproductores de MP3; collares; anillos [joyas]; relojes de pulseras; relojes; correas de reloj; partes y accesorios para relojes; bandas de reloj; relojes de mano y relojes de pared electrónicos; relojes de control (relojes maestros); relojes que incorporan cámaras; pulseras (joyería). 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 12-11-2019 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019. ________ 1/ Solicitud: 32136/19 2/ Fecha de presentación: 26/julio/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

    • A)

      TITULAR 4/Solicitante: KIND LLC. 4/1/Domicilio: 172 Broadway, New York, New York 10018, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE

    • B)

      REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

    • C)

      ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: BE-KIND 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Aperitivos saludables, a saber, barritas a base de nueces y semillas; barritas a base de frutas y nueces procesadas, barritas a base de nueces; barritas a base de frutas; aperitivos a base de productos lácteos; yogur; queso; aperitivos a base de vegetales; aperitivos a base de papa y camote; aperitivos a base de frutas; aperitivos a base de nueces y semillas, productos para untar a base de nueces, frutas procesadas (incluyendo nueces); nueces; frutas secas; postres de frutas; frutas deshidratadas; frutas desecadas; aperitivos a base de nueces; productos lácteos; postres lácteos; bebidas a base de leche; postres de yogur; bebidas de yogur; gelatinas; jaleas; compotas; productos para untar de frutas y verduras; dips (salsas) para aperitivos. 8.1/ Página Adicional

    • D)

      APODERADO LEGAL. 9/Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M.

    • E)

      SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 6-11-2019 12/Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2019. BE-KIND

      _________ 1/ Solicitud: 40959/19 2/ Fecha de presentación: 27/septiembre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

      • A)

        TITULAR2 4/Solicitante: Laboratorios Farsimán, S.A. 4/1/Domicilio: 900 metros delante del peaje, Boulevard del Norte, contiguo a Amenco, Choloma, Cortés, Honduras. 4.2/Organizada bajo las Leyes de: Honduras

      • B)

        REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

      • C)

        ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: LAXID 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales. 8.1/ Página Adicional

      • D)

        APODERADO LEGAL. 9/Nombre: Sandra Joseline Barahona Rivera

      • E)

        SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA

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Aviso

Aviso No. 40959/19 — Solicitud de Registro de Marca de Fábrica LAXID - Laboratorios Farsimán

Registro de la Propiedad Industrial

Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 22-10-2019 12/Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 N., 3 y 18 D. 2019. LAXID [1] Solicitud: 2019-017998 [2] Fecha de presentación: 26/04/2019 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES F. Y Z. [4.1] Domicilio: TEGUCIGALPA, M.D.C., Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FAMILY' S BABY [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Pañales para bebé y para incontinencia. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: NATIVIDAD DE JESUS ERAZO. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad ndustrial. [11] Fecha de emisión: 6 de noviembre del año 2019. [12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad de forma separada de los elementos denominativos que la conforman. Abogado FIDEL ANTONIO MEDINA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 3, 18 D. 2019 y 6 E. 2020 _________ 1/ Solicitud: 43743/19 2/ Fecha de presentación: 23/octubre/2019 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/Solicitante: BANCO HONDUREÑO DEL CAFÉ, S.A. 4/1/Domicilio: TERCERA AVENIDA, 9 Y 10 CALLES, BARRIO LEMPIRA, SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS. 4.2/Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/Registro Básico: 5.1/Fecha: 5.2/País de Origen: 5.3/Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/Denominación y 6.1/ Distintivo: MULTI PUNTOS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/Clase Internacional: 36 8/ Protege y distingue: Negocio financiero. 8.1/ Página Adicional

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/Nombre: NINFA ROSA SUAZO GONZALEZ.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículos 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/Fecha de emisión: 13/11/2019 12/Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 18 D. 2019, 6 y 21 E. 2020.

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