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La Gaceta

Diario Oficial de la República de Honduras

25 abril 2018Edición No. 34,624

Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 011-2018 — Gastos de Representación del Ciudadano Rubén Darío Espinoza Olivera

Presidencia de la República

  1. 1.

    Que de conformidad con el Artículo 183 del Decreto Legislativo Número 141-2017, publicado en "La Gaceta", en fecha 19 de enero de 2018, contentivo de los Ingresos de la Administración Pública, para el Ejercicio Fiscal del año 2018, los Gastos de Representación dentro y fuera del país, son los montos que se determinan por gastos no liquidables, inherentes al ejercicio de sus funciones, los mismos son otorgados a los funcionarios acorde al cargo y sus responsabilidades. Estos gastos son distintos a los que se refiere el Reglamento de Viáticos y Otros Gastos de Viaje para Funcionarios y Empleados del Poder Ejecutivo.

  2. 2.

    Que para otros funcionarios del Poder Ejecutivo, la autorización de gastos de representación será autorizada por el Presidente de la República y con vigencia para el presente Ejercicio Fiscal,siempre y cuando devenguen un salario menor al de un Subsecretario de Estado.

  3. 3.

    Que según Acuerdo Ejecutivo Número 031-2015 de fecha 01 de junio de 2015, el Presidente de la República, ciudadano JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO, delegó la facultad de firmar los Acuerdos de Gastos de Representación de Funcionarios, en el Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno, JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO.

Articulo 1

Autorizar Gastos de Representación para el Ejercicio Fiscal, del presente año dos mil dieciocho (2018), al ciudadano RUBÉN DARÍO ESPINOZA OLIVERA, en el cargo de Subdirector del Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible IDECOAS/PRONADERS, por la cantidad mensual de DIEZ MIL LEMPIRAS EXACTOS (Lps. 10,000.00).

Articulo 2

El presente Acuerdo Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintidós (22) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE Y PUBÍQUESE JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE ESTADO COORDINADOR GENERAL DE GOBIERNO Por delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No.031-2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 25 de noviembre de 2015 EBAL JAIR DÍAZ LUPIÁN Secretario de Estado Secretaría de la Presidencia Presidencia de la República

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Acuerdo Ejecutivo

Acuerdo Ejecutivo No. 012-2018 — Gastos de Representación del Ciudadano José Roberto Pineda Avilez

Presidencia de la República

  1. 1.

    Que de conformidad con el Artículo 183 del Decreto Legislativo Número 141-2017, publicado en “La Gaceta”, en fecha 19 de enero de 2018, contentivo de los Ingresos de la Administración Pública, para el Ejercicio Fiscal del año 2018, los Gastos de Representación dentro y fuera del país, son los montos que se determinan por gastos no liquidables, inherentes al ejercicio de sus funciones, los mismos son otorgados a los funcionarios acorde al cargo y sus responsabilidades. Estos gastos son distintos a los que se refiere el Reglamento de Viáticos y Otros Gastos de Viaje para Funcionarios y Empleados del Poder Ejecutivo.

  2. 2.

    Que para otros funcionarios del Poder Ejecutivo, la autorización de gastos de representación será autorizada por el Presidente de la República y con vigencia para el presente Ejercicio Fiscal,siempre y cuando devenguen un salario menor al de un Subsecretario de Estado.

  3. 3.

    Que según Acuerdo Ejecutivo Número 031-2015 de fecha 01 de junio de 2015, el Presidente de la República, ciudadano JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO, delegó la facultad de firmar los Acuerdos de U D I-D EG T-U N AH Gastos de Representación de Funcionarios, en el Secretario de Estado Coordinador General de Gobierno, JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO.

Articulo 1

Autorizar Gastos de Representación para el Ejercicio Fiscal del presente año dos mil dieciocho (2018), al ciudadano JOSÉ ROBERTO PINEDA AVILEZ, en el cargo de Gerente Administrativo del Programa Nacional de Desarrollo Rural y Urbano Sostenible (PRONADERS); por la cantidad mensual de DIEZ MIL LEMPIRAS EXACTOS (LPS. 10,000.00).

Articulo 2

El presente Acuerdo Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintidós (22) días del mes de febrero del año dos mil dieciocho (2018). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JORGE RAMÓN HERNÁNDEZ ALCERRO SECRETARIO DE ESTADO COORDINADOR GENERAL DE GOBIERNO Por delegación del Presidente de la República Acuerdo Ejecutivo No.031-2015, publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha 25 de noviembre de 2015 EBAL JAIR DÍAZ LUPIÁN Secretario de Estado Secretaría de la Presidencia Secretaría de la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA)

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Certificación

Certificación — Certificación de Acuerdo 007-2018 de CONVIVIENDA sobre Bonos y Valores Tope de Vivienda

Secretaría de la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA)

  1. 1.

    Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-013-2018, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 19 de marzo del 2018, ejemplar número 34,596, se reformaron los Artículos Artículo 1), 3), y, 4) del Decreto Ejecutivo Número PCM-004-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 13 de febrero de 2018.

  2. 2.

    Que para la aplicación de los valores topes de vivienda, indicados en el Decreto Ejecutivo Número PCM-013-2018, la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) establecerá los montos en LEMPIRAS, para lo cual diseñará una metodología que utilice como parámetro referencial el monto máximo de la ESCALA DE SALARIOS DEL AÑO ANTERIOR establecido por la entidad estatal competente y comunicará los montos que correspondan como parte de la Política Nacional de Vivienda.

  3. 3.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo número STSS-007-2017, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 13 de enero del 2017, ejemplar número 34,238 la DIRECCIÓN GENERAL DE SALARIOS U D I-D EG T-U N AH dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL aprobó la TABLA DE SALARIO MÍNIMO VIGENTE A PARTIR DEL PRIMERO (1) DE ENERO DEL AÑO 2017.

  4. 4.

    Que los criterios para el establecer los VALORES TOPE DE VIVIENDA, se utilizará como parámetro referencial el monto máximo de la tabla de salarios mínimos vigente del año 2017. Para los valores tope de vivienda se redondeará por debajo el monto a valores cada DIEZ MIL LEMPIRAS EXACTOS (L. 10,000.00). Cálculo del VALOR TOPE DE VIVIENDA PARA PERSONAS O FAMILIAS DE INGRESOS MEDIOS efectuado de la siguiente manera:

  5. 5.

    Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-004-2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 13 de febrero del 2018, ejemplar número 34,567, se reformaron los Artículos 1, 3 y 4; se reforman por adición el Artículo 5 y se deroga el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo Número PCM-067-2014 de fecha 10 de octubre de 2014 y sus reformas, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 17 de octubre de 2014.

  6. 6.

    Que el artículo 1 del Decreto Ejecutivo Número PCM-024-2018, aprueba la Política Nacional de Vivienda, que establece la atención a la población menos favorecida, a través del Bono de Vivienda Para Una Vida Mejor, y atribuye que la operatividad de este incentivo deberá ser reglamentada por la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA).

  7. 7.

    Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-013- 2018, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 19 de marzo del 2018, ejemplar número 34,596, se reformaron los Artículos Artículo 1), 3), y, 4) del Decreto Ejecutivo Número PCM-004-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 13 de febrero de 2018. CONSIDERANDO: (4) Que para la aplicación de los bo- nos y valores topes de vivienda, indicados en el Decreto Ejecutivo Número PCM-013-2018, la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) establecerá los montos en lempiras, para lo cual diseñará una metodología que utilice como parámetro referencial el monto máximo de la ESCALA DE SALARIOS DEL AÑO U D I-D EG T-U N AH ANTERIOR establecido por la entidad estatal competente y comunicará los montos que correspondan como parte de la Política Nacional de Vivienda.

  8. 8.

    Que mediante Acuerdo Ejecutivo número STSS-007-2017, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 13 de enero del 2017, ejemplar número 34,238, la DIRECCIÓN GENERAL DE SALARIOS dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL aprobó la TABLA DE SALARIO MÍNIMO VIGENTE A PARTIR DEL PRIMERO (1) DE ENERO DELAÑO 2017.

  9. 9.

    Que los criterios para el establecer el MONTO DE LOS BONOS y VALORES TOPE DE VIVIENDA, se utilizará como parámetro referencial el monto máximo de la tabla de salarios mínimos vigente del año 2017. Para los Bonos se redondeará por debajo el monto, a valores cada CINCO MIL LEMPIRAS exactos (L. 5,000.00) y para los Valores Tope de vivienda, se redondeará por debajo el monto a valores cada DIEZ MIL LEMPIRAS EXACTOS (L. 10,000.00). Cálculo del MONTO DE LOS BONOS y VALORES TOPE DE VIVIENDA efectuado de la siguiente manera: BBBBUD I-D EG T-U N AH

Articulo 1

Aprobar el valor tope de vivienda para personas o familias de ingresos medios por el monto de DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL LEMPIRAS (L. 2,200,000.00) VIGENTE PARA EL AÑO 2018.

Articulo 2

Notificar al sistema financiero, hacer del conocimiento y socialización a la población en general a través de los diferentes medios de comunicación el presente Acuerdo. COMUNIQUESE.- SERGIO ROBERTO AMAYA ORELLANA (F), RUDY WILFREDO PINEDA CARDENAS (F), FRANCIS YOLANDA ARGEÑAL (F), SANDRA BERENICE MORENO (F). Extendida en La ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos (2) días del mes de abril del año dos mil dieciocho. SANDRA BERENICE MORENO SECRETARIA DE LA COMISION Secretaría de la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) CERTIFICACIÓN LA SUSCRITA, SECRETARIA DE LA COMISION NACIONAL DE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS (CONVIVIENDA). Certifica, el Acuerdo 007-2018, contenido en Acta Extraordinaria No. 004-2018 celebrada en fecha veintitrés (23) de marzo de dos mil dieciocho (2018) que literalmente dice: ACUERDO007-2018.CONSIDERANDO (1):Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-004-2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 13 de febrero del 2018, ejemplar número 34,567, se reformaron los Artículos 1, 3 y 4; se reforman por adición el Artículo 5 y se deroga el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo Número PCM-067-2014 de fecha 10 de octubre de 2014 y sus reformas, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 17 de octubre de 2014. CONSIDERANDO (2): Que el artículo 1 del Decreto Ejecutivo Número PCM-024-2018, aprueba la Política Nacional de Vivienda, que establece la atención a la población menos favorecida, a través del Bono de Vivienda Para Una Vida Mejor, y atribuye que la operatividad de este incentivo deberá ser reglamentada por la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA). CONSIDERANDO (3): Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-013- 2018, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 19 de marzo del 2018, ejemplar número 34,596, se reformaron los Artículos Artículo 1), 3), y, 4) del Decreto Ejecutivo Número PCM-004-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 13 de febrero de 2018. CONSIDERANDO: (4) Que para la aplicación de los bo- nos y valores topes de vivienda, indicados en el Decreto Ejecutivo Número PCM-013-2018, la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) establecerá los montos en lempiras, para lo cual diseñará una metodología que utilice como parámetro referencial el monto máximo de la ESCALA DE SALARIOS DEL AÑO U D I-D EG T-U N AH ANTERIOR establecido por la entidad estatal competente y comunicará los montos que correspondan como parte de la Política Nacional de Vivienda. CONSIDERANDO (5): Que mediante Acuerdo Ejecutivo número STSS-007-2017, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 13 de enero del 2017, ejemplar número 34,238, la DIRECCIÓN GENERAL DE SALARIOS dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL aprobó la TABLA DE SALARIO MÍNIMO VIGENTE A PARTIR DEL PRIMERO (1) DE ENERO DELAÑO 2017. CONSIDERANDO (6): Que los criterios para el establecer el MONTO DE LOS BONOS y VALORES TOPE DE VIVIENDA, se utilizará como parámetro referencial el monto máximo de la tabla de salarios mínimos vigente del año 2017. Para los Bonos se redondeará por debajo el monto, a valores cada CINCO MIL LEMPIRAS exactos (L. 5,000.00) y para los Valores Tope de vivienda, se redondeará por debajo el monto a valores cada DIEZ MIL LEMPIRAS EXACTOS (L. 10,000.00). Cálculo del MONTO DE LOS BONOS y VALORES TOPE DE VIVIENDA efectuado de la siguiente manera: BBBBUD I-D EG T-U N AH POR TANTO: La Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) por UNANIMIDAD de votos y en aplicación a lo ordenado en los Decretos Ejecutivos Números PCM-004-2018 y PCM-013-2018,Acuerdo Ejecutivo número STSS-007-2017, ACUERDA: PRIMERO: Aprobar los siguientes: VALORES DE BONOS VIGENTES PARA ELAÑO 2018, VALORES TOPE DE VIVIENDA SOCIAL.

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Resolución

Resolución No. 2307-2017 — Concesión de Personalidad Jurídica a Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de Las Flores

Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización

  1. 1.

    Que la “JUNTAADMINISTRADORA DE AGUA POTABLE Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LAS FLORES”, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado. CONSIDERANDO: La presente resolución no le da validez a cualquier disposición contenida en los estatutos, que sea contraria a la Constitución de la República y a las Leyes.

  2. 2.

    Que la legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario.

  3. 3.

    Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No.002-2002de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 16, 116, 119, 120 y 122 de la Ley General de la Administración Pública, Artículos.

Articulo 1

Se constituye la organización cuya denominación será: JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LAS FLORES, como una asociación de servicio comunal, U D I-D EG T-U N AH de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la comunidad de Las Flores, municipio de Marcala, departamento de La Paz.

Articulo 2

El domicilio de la Junta de Agua y Saneamiento, será en la comunidad de Las Flores, municipio de Marcala, departamento de La Paz y tendrá operación en dicha comunidad, proporcionando el servicio de agua potable.

Articulo 3

Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS

Articulo 4

El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta Administradora de Agua y Saneamiento y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.

Articulo 5

La organización tendrá los siguientes objetivos:

  • a)

    Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general.

  • b)

    Asegurar una correcta administración del sistema.

  • c)

    Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema.

  • d)

    Obtener Asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable.

  • e)

    Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable. f.-Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso. g.- Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema. h.- Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico). i.- Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento. j.-Establecer,en aplicación de Acuerdo Ejecutivo No. 021-2015, Publicado en el Diario Oficial La Gaceta de fecha 15 de abril del 2016, un mecanismo de compensación por servicios ecosistémicos definiendo bajo reglamento interno el esquema de administración y financiamiento, el diseño y suscripción de contratos, convenios, formas de cobro y pago, entre otras actividades.

Articulo 6

Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades:

  • a)

    Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias.

  • b)

    Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados. c.-Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema. d.- Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales. e.- Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema. f.- Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema. g.- Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca. h.- Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. i.- Suscribir contratos, acuerdos voluntarios y convenios de conservación y protección de la microcuenca. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS

Articulo 7

La Junta Administradora de Agua y Saneamiento, tendrá las siguientes categorías de miembros: a.- Fundadores; y, b.-Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el Acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Articulo 8

Son derechos de los miembros:

  • a)

    Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto.

  • b)

    Elegir y ser electos.

  • c)

    Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva.

  • d)

    Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios.

  • e)

    Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio.

  • f)

    Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Articulo 9

Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura. U D I-D EG T-U N AH CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS Y ATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO

Articulo 10

La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de: a.-Asamblea de Usuarios. b.- Junta Directiva. c.- Comités de Apoyo. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS

Articulo 11

La Asamblea de Usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.

Articulo 12

Son funciones de la Asamblea de Usuarios:

  • a)

    Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta.

  • b)

    Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta.

  • c)

    Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 13

Después de la Asamblea de Usuarios la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta de Agua y Saneamiento; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem; para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros:

  • a)

    Un Presidente(a).

  • b)

    Un Vicepresidente. c.-Un Secretario(a). d.- Un Tesorero(a). e.- Un Fiscal. f.- Dos Vocales.

Articulo 14

La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

  • a)

    Mantener un presupuesto de ingresos y egresos.

  • b)

    Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo.

  • c)

    Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico, operación y mantenimiento del sistema de agua.

  • d)

    Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.

  • e)

    Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.

  • f)

    Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses.

  • g)

    Cancelar o suspender el servicio de agua.

  • h)

    Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca.

  • i)

    Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.

Articulo 15

Son atribuciones del PRESIDENTE:

  • a)

    Convocar a sesiones.

  • b)

    Abrir, presidir y cerrar las sesiones.

  • c)

    Elaborar junto con el Secretario la agenda.

  • d)

    Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.-Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Ejercer la representación legal de la Junta Administradora.

Articulo 16

Son atribuciones del VICEPRESIDENTE:

  • a)

    Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la aprobación de la mayoría simple de la Asamblea General.

  • b)

    Supervisará las comisiones que se establezcan.

  • c)

    Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea General.

Articulo 17

Son atribuciones del SECRETARIO:

  • a)

    Llevar el libro de actas.

  • b)

    Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta Directiva, excepto lo relacionado con los fondos.

  • c)

    Encargarse de la correspondencia.

  • d)

    Convocar junto con el Presidente.

  • e)

    Llevar el registro de abonados.

  • f)

    Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento.

  • g)

    Manejo de planillas de mano de obras.

Articulo 18

Son atribuciones del TESORERO: El Tesorero es el encargado de manejar fondos y archivar documentos que indiquen ingresos y egresos:

  • a)

    Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.

  • b)

    Responder solidariamente con el Presidente, del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista.

  • c)

    Llevar al día y con claridad el registro y control de las operaciones que se refieran a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua).

  • d)

    Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad.

  • e)

    Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas.

  • f)

    Llevar el inventario de los bienes de la Junta. g.-Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos. h.- Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad. U D I-D EG T-U N AH

Articulo 19

Son atribuciones del FISCAL:

  • a)

    Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización.

  • b)

    Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.

  • c)

    Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta.

  • d)

    Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarios para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.

Articulo 20

Son atribuciones de LOS VOCALES:

  • a)

    Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea.

  • b)

    Los Vocales coordinarán el Comité de Saneamiento Básico.

  • c)

    Los Vocales coordinarán el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.

Articulo 21

Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a. Trimestralmente en forma ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DE LOS COMITÉS DE APOYO

Articulo 22

La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités deApoyo:

  • a)

    Comité de Operación y Mantenimiento.

  • b)

    Comité de Microcuenca.

  • c)

    Comité de Saneamiento.

  • d)

    Comité de Vigilancia.

Articulo 23

Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus Funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO

Articulo 24

Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse:

  • a)

    Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas; así como los intereses capitalizados.

  • b)

    Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados.

  • c)

    Con las instalaciones y obras físicas del sistema.

  • d)

    Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Articulo 25

Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Articulo 26

Causas de Disolución:

  • a)

    Por Sentencia Judicial.

  • b)

    Por resolución del Poder Ejecutivo.

  • c)

    Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó.

  • d)

    Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la Junta Administradora de Agua. La decisión de disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. Por acuerdo de las 2/3 partes de sus miembros. CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 27

El ejercicio financiero de la Junta de Agua y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Articulo 28

Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE U D I-D EG T-U N AH LAS FLORES, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual, así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. TERCERO:LA JUNTAADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LAS FLORES, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. CUARTO: La JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LAS FLORES, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos, anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LAS FLORES, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras, que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la Supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser entregada a la JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LAS FLORES, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18, párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua potable y Saneamiento. NOTIFÍQUESE. CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintitrés días del mes de febrero de dos mil dieciocho. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL U D I-D EG T-U N AH (E.N.A.G.) Tel. Recepción 2230-6767. Colonia Miraflores Sur, Tels.: 2230-1120, 2230-1391, 2230-25-58 y 2230-3026 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.la gaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gaceta digital hn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. 1) DECRETA: ARTÍCULO 1.- Reformar el cuarto párrafo del Artículo 184 del Código Procesal Penal, contenido en el Decreto No.9-99-E, de fecha 19 de diciembre 1999 y sus reformas, el cual se debe leer de la manera siguiente: TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, , contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”. Teléfono: 25-52-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: U D I-D EG T-U N AH CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación,Justiciay Descentralización CERTIFICA: La

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Resolución

Resolución No. 2360-2017 — Concesión de Personalidad Jurídica a Asociación para el Desarrollo de Proyectos Integrales (APDI)

Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización

  1. 1.

    Que La ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD) denominada ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS INTEGRALES (APDI), domicilio en la Ciudad de Santa Bárbara, departamento de Santa Bárbara, se crea como Organización Civil, independiente de los gobiernos locales, de carácter privado y de interés público, apolítica, sin fines de lucro, cuyos objetivos contribuyen al desarrollo humanitario e integral de la población, entre otros; asimismo sus disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres. CONSIDERANDO: La presente Resolución no le da validez a cualquier disposición contenida en los Estatutos, que sea contraria a la Constitución de la República y a las Leyes.

  2. 2.

    Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No.002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 119 de la Ley General de la Administración Pública, 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

Articulo 1

Conceder Personalidad Jurídica a la ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD) denominada ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS INTEGRALES (APDI), con domicilio en la Ciudad de Santa Bárbara, departamento de Santa Bárbara, teniendo como Objetivos específicos los siguientes:

  • a)

    Formular, gestionar, promover y ejecutar proyectos, para la transformación de la persona y buscar , su inserción en el ámbito competitivo junto con la comunidad solicitando la colaboración de asistencia ante los organismos cooperante respectivo.

  • b)

    Elaboración, diseño o construcción de proyectos de desarrollo a realizarse en el municipio una vez identificada la necesidad, el plan podrá ser en ejecución de proyectos en la prestación de servicios entre otras.

  • c)

    Desarrollo sostenible de Proyectos en educación y salud integral, contribuir al mejoramiento de infraestructura del municipio, en cooperación con las municipalidades y demás órganos estatales correspondientes. Por lo que se obtendrá que mejoren los niveles de vida de las personas para lograr una estabilidad personal, familiar y por consiguiente una comunidad más desarrollada.

Articulo 2

La ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD) ASOCIACION PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS INTEGRALES (APDI), con domicilio en la Ciudad de Santa Bárbara, departamento de Santa Bárbara, se regirá por sus estatutos, contenidos en el Acta de constitución aprobados por los fundadores.

Articulo 3

La ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD) ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS INTEGRALES (APDI), está obligada a solicitar ante los entes estatales competentes, los permisos o licencias necesarios para el cumplimiento de sus objetivos.

Articulo 4

La ORGANIZACIÓN NO GUBERNAMENTAL DE DESARROLLO (ONGD) ASOCIACIÓN PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS INTEGRALES (APDI) queda sujeta al cumplimiento de las obligaciones emanadas de la Ley Especial de Fomento para las Organizaciones No Gubernamentales de Desarrollo (ONGD) y su Reglamento.

Articulo 5

Las reformas o modificaciones de los Estatutos de organización se someterán al mismo procedimiento de su aprobación y serán registradas en la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.

Articulo 6

La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad.

Articulo 7

Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que proceda a la inscripción de la organización en el registro correspondiente.

Articulo 8

La legalidad y veracidad de los documentos no es responsabilidad de esta Secretaría de Estado sino del peticionario. NOTIFÍQUESE. CLARISA EVELIN MORALES REYES, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN. RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central a los seis días del mes de marzo de dos mil dieciocho. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 25 A. 2018. Sección “B” U D I-D EG T-U N AH

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Licitación

Licitación No. 12/2018 — Contratación del Servicio de Soporte Técnico y Actualización de Productos Oracle

Banco Central de Honduras

Aviso de Licitación Pública República de Honduras Banco Central de Honduras CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE SOPORTE TÉCNICO Y ACTUALIZACIÓN DE PRODUCTOS EN LA MODALIDAD DE LICENCIAMIENTO PERPETUO POR PROCESADOR Y USUARIO DE LOS PRODUCTOS ORACLE QUE POSEE ELBANCO CENTRAL DE HONDURAS, POR EL PERÍODO DE DOS (2) AÑOS COMPRENDIDO DEL 1 DE ENERO DE 2019 AL 31 DE DICIEMBRE DE 2020 LICITACIÓN PÚBLICA No.12/2018 EL BANCO CENTRAL DE HONDURAS, invita a las empresas interesadas que operan legalmente en el país, a presentar ofertas para la Licitación Pública No. 12/2018, referente a la "Contratación del servicio de soporte técnico y actualización de productos en la modalidad de licenciamiento perpetuo por procesador y usuario de los productos Oracle que posee el Banco Central de Honduras, por el período de dos (2) años comprendido del 1 de enero de 2019 al 31 de diciembre de 2020”. . El financiamiento para la realización del presente proceso proviene exclusivamente de fondos nacionales. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. Los interesados en obtener el pliego de condiciones de esta licitación, deben solicitar la emisión del formulario “Autorización para emisión de vale de efectivo” (UG- 5) en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales, noveno (9no.) piso del edificio del Banco Central de Honduras, Bulevar Fuerzas Armadas, capital de República, posteriormente realizar el pago de doscientos lempiras (L200.00) no reembolsables, en las ventanillas del Departamento de Emisión y Tesorería, ubicadas en el primer (ler.) piso del edificio antes indicado y con el recibo de pago extendido se entregará el pliego de condiciones en el Departamento de Adquisiciones y Bienes Nacionales. Es de carácter obligatorio al momento de asistir al acto de apertura, presentar la tarjeta de identidad o carné de residente o pasaporte si fuera el caso y el vale de efectivo (UG-5). Los documentos de la licitación podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras (Hondu Compras), dirección electrónica www.hondu compras.gob.hn. Las empresas interesadas en participar en el proceso, deberán comunicar por escrito y al correo electrónico adquisiciones@bch.hn el nombre de las personas que asistirán al acto de recepción de ofertas, indicado en el pliego de condiciones. Los sobres que contengan las ofertas deberán presentarse en el décimo (10mo.) piso el edificio del BCH, Bulevar Fuerzas Armadas, capital de la República, hasta el 4 de junio de 2018, a las 10:30A.M. hora local. Las ofertas que se reciban fuera del plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia del Comité de Compras del BCH y de los oferentes o de sus representantes que deseen asistir al acto, el cual se efectuará en la dirección, lugar y hora límite señalados anteriormente. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por un monto no menor al cinco por ciento (5%) del valor de la oferta. Tegucigalpa, MDC, 23 de abril de 2018. GERMAN DONALD DUBÓN TROCHEZ GERENCIA 25 A. 2018.

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Aviso

Aviso — Aviso de Fusión por Absorción de Inversiones Turísticas Aconcagua, S.A.

Inversiones Turísticas Aconcagua, S.A.

AVISO La administración de la Sociedad INVERSIONES TURÍSTICAS A CONC AGUA, S.A., al público en general y al comercio en particular y para los efectos de lo dispuesto en el Artículo 347 del Código de Comercio, HACE SABER: Que en Acuerdo único tomado en Asamblea General Extraordinaria celebrada en fecha 3 de noviembre del 2017, protocolizada mediante instrumento público número 110 de fecha 28 de diciembre del 2017, autorizado por el Notario Carlos Alfonso Fortín Lardizábal e inscrito bajo asiento número 45325, matrícula número 2522803 del Libro de Comerciantes Sociales del Registro Mercantil de Francisco Morazán, se decidió iniciar el proceso de fusión por absorción con la sociedad ROATAN ISLAND DREAM ENTERPRISES, S.A., siendo ésta la sociedad absorbente y la sociedad INVERSIONES TURÍSTICAS A CONC AGUA, S.A., la sociedad absorbida. En cuanto al pago del pasivo de la sociedad absorbida será asumido y cancelado por la sociedad absorbente.- En consecuencia se publica el último balance de la sociedad. Tegucigalpa, D.C., 5 abril, 2018. Rodrigo Aguilar Monte mayor Administración 13, 19 y 25 A. 2018.

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Aviso

Aviso — Aviso de Fusión por Absorción de Roatan Island Dream Enterprises, S.A.

Roatan Island Dream Enterprises, S.A.

AVISO La administración de la Sociedad ROATAN ISLAND DREAM ENTERPRISES, S. A., al público en general y al comercio en particular y para los efectos de lo dispuesto en el Artículo 347 del Código de Comercio, HACE SABER: Que en Acuerdo único tomado en Asamblea General Extraordinaria, celebrada en fecha 3 de noviembre del 2017, protocolizada mediante instrumento público número 104 de fecha 28 de diciembre del 2017, autorizado por el Notario Carlos Alfonso Fortín Lardizábal e inscrito bajo asiento número 63, Tomo 94 del Libro del Registro de Comerciantes Sociales del Registro de la Propiedad, Inmueble y Mercantil de Roatán, Islas de la Bahía, se decidió iniciar el proceso de fusión por absorción con las sociedad INVERSIONES TURÍSTICAS A CONC AGUA, S.A., CASAS DEL SOL, S.A., ISLA BONITA, S.A., siendo éstas las sociedad Absorbidas y siendo la sociedad absorbente la sociedad ROATAN ISLAND DREAM ENTERPRISES, S. A.- En cuanto al pago del pasivo de las sociedades absorbidas será asumido y cancelado por la sociedad absorbente.- En consecuencia se publica el último balance de la sociedad. Tegucigalpa, D.C., 5 abril, 2018. Rodrigo Aguilar Monte mayor Administración _______ 13, 19 y 25 A. 2018.

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Aviso

Aviso — Aviso de Fusión por Absorción de Casas del Sol, S.A.

Casas del Sol, S.A.

AVISO La administración de la sociedad CASAS DEL SOL, S.A., al público en general y al comercio en particular y para los efectos de lo dispuesto en el Artículo 347 del Código de Comercio, HACE SABER: Que en Acuerdo único tomado en Asamblea General Extraordinaria celebrada en fecha 3 de noviembre del 2017, protocolizada mediante instrumento público número 105 de fecha 28 de diciembre del 2017, autorizado por el Notario Carlos Alfonso Fortín Lardizábal e inscrito bajo asiento número 64, Tomo 94 del Libro del Registro de Comerciantes Sociales del Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil de Roatán, Isla de la Bahía, se decidió iniciar el proceso de fusión por absorción con la sociedad ROATAN ISLAND DREAM ENTERPRISES, S. A., siendo esta la sociedad absorbente y la sociedad CASAS DEL SOL, S.A., la sociedad absorbida. En cuanto al pago del pasivo de la sociedad absorbida será asumido y cancelado por la sociedad absorbente.- En consecuencia se publica el último balance de la sociedad. Tegucigalpa, D.C., 5 abril, 2018. Rodrigo Aguilar Monte mayor Administración _______ 13, 19 y 25 A. 2018.

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Aviso

Aviso — Aviso de Fusión por Absorción de Isla Bonita, S.A.

Isla Bonita, S.A.

AVISO La administración de la sociedad ISLA BONITA, S.A., al público en general y al comercio en particular y para los efectos de lo dispuesto en el Artículo 347 del Código de Comercio, HACE SABER: Que en Acuerdo único tomado en Asamblea General Extraordinaria celebrada en fecha 3 de noviembre del 2017, protocolizada mediante instrumento público número 106 de fecha 28 de diciembre del 2017, autorizado por el Notario Carlos Alfonso Fortín Lardizábal e inscrito bajo asiento número 65, Tomo 94 del Libro del Registro de Comerciantes Sociales del Registro de la Propiedad Inmueble y Mercantil de Roatán, Isla de la Bahía, se decidió iniciar el proceso de fusión por absorción con la sociedad ROATAN ISLAND DREAM ENTERPRISES, S. A., siendo ésta la sociedad absorbente y la sociedad ISLA BONITA, S.A., la sociedad absorbida. En cuanto al pago del pasivo de la sociedad absorbida será asumido y cancelado por la sociedad absorbente.- En consecuencia se publica el último balance de la sociedad. Tegucigalpa, D.C. 5 abril 2018. Rodrigo Aguilar Monte mayor Administración _______ 13, 19 y 25 A. 2018.

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Certificación

Certificación — Certificación de Resolución No. 1066-2012

Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización

CERTIFICA CI Ò N El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CERTIFICA: La resolución que literalmente dice: “

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Resolución

Resolución No. 1066-2012 — Concesión de Personalidad Jurídica a Junta Administradora de Agua y Saneamiento de la Comunidad de Los Cerritos de Ayasta

Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población

  1. 1.

    Que la “JUNTA ADMINIS- TRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO LA COMUNIDAD DE LOS CERRITOS DE AYASTA, DE LA ALDEA LA BODEGA”, se crea como asociación civil de beneficio mutuo, cuyas disposiciones estatutarias no contrarían las leyes del país, el orden público, la moral y las buenas costumbres por lo que es procedente acceder a lo solicitado.

  2. 2.

    Que el Presidente de la República emitió el Decreto Ejecutivo No. 002-2002 de fecha veintiocho de enero del año dos mil dos, por el que delega al Secretario de Estado en los Despachos de Gobernación y Justicia, competencia específica para la emisión de este acto administrativo de conformidad con los Artículos 11, 16, 116, 117 y 119 de la Ley General de la Administración Pública 4 y 5 de la Ley de Procedimiento Administrativo.

  3. 3.

    Que el señor Secretario de Estado enlosDespachos del Interior y Población,mediante Acuerdo Ministerial No.4049-2011 de fecha 15 de noviembre de 2011, delegó en la ciudadana, CARMEN ESPERANZA RIVERA PAGOAGA, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Población y Participación Ciudadana, la facultad de firmar resoluciones de Extranjería, Trámites Varios, Personalidad Jurídica y de Naturalización y Acuerdos dispensando la publicación de edictos para contraer matrimonio civil.

Articulo 1

Se constituye la organización cuya denominación será “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUAYSANEAMIENTO DE LA COMUNIDAD DE LOS CERRITOS DE AYASTA, DE LA ALDEA LA BODEGA”, con domicilio en la aldea de Los Cerritos de Ayasta, de la aldea La Bodega, municipio de Santa Ana, departamento de Francisco Morazán; como una asociación de servicio comunal, de duración indefinida, sin fines de lucro y que tendrá como finalidad obtener la participación efectiva de la comunidad para la construcción, operación y mantenimiento del sistema de agua potable de acuerdo con las normas, procedimientos y reglamentaciones vigentes, establecidos en la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento y su Reglamento, efectuando trabajos de promoción y educación sanitaria ambiental, entre los habitantes de la aldea de Los Cerritos de Ayasta.

Articulo 2

El domicilio en la aldea de Los Cerritos de Ayasta, de la aldea La Bodega, municipio de Santa Ana, departamento de Francisco Morazán y tendrá operación en dicha comunidad proporcionando el servicio de agua potable.

Articulo 3

Se considera como sistema de agua el área delimitada y protegida de la microcuenca, las obras físicas de captación, las comunidades con fines de salud y las construcciones físicas para obra y saneamiento comunal en cada uno de los hogares. CAPÍTULO II DE LOS OBJETIVOS

Articulo 4

El fin primordial de los presentes Estatutos es regular el normal funcionamiento de la Junta de Agua y Saneamiento y los diferentes comités para la administración, operación y mantenimiento del sistema.

Articulo 5

La organización tendrá los siguientes objetivos:

  • a)

    Mejorar la condición de salud de los abonados y de las comunidades en general.

  • b)

    Asegurar una correcta administración del sistema.

  • c)

    Lograr un adecuado mantenimiento y operación del sistema.

  • d)

    Obtener asistencia en capacitación para mejorar el servicio de agua potable.

  • e)

    Obtener financiamiento para mejorar el servicio de abastecimiento de agua potable.

  • f)

    Velar porque la población use y maneje el agua en condiciones higiénicas y sanitarias en los hogares de una manera racional evitando el desperdicio del recurso.

  • g)

    Gestionar la asistencia técnica necesaria para mantener adecuadamente el sistema.

  • h)

    Realizar labores de vigilancia en todos los componentes del sistema (de microcuencas, el acueducto y saneamiento básico).

  • i)

    Asegurar la sostenibilidad de los servicios de agua potable y saneamiento.

Articulo 6

Para el logro de los objetivos indicados, la organización podrá realizar las siguientes actividades:

  • a)

    Recibir las aportaciones ordinarias en concepto de tarifa mensual por el servicio de agua y extraordinaria en concepto de cuotas extraordinarias.

  • b)

    Establecer programas de capacitación permanentes a fin de mejorar y mantener la salud de los abonados.

  • c)

    Aumentar el patrimonio económico a fin de asegurar una buena operación y mantenimiento del sistema.

  • d)

    Gestionar y canalizar recursos financieros de entes nacionales e internacionales.

  • e)

    Coordinar y asociarse con otras instituciones públicas y privadas para mantener el sistema.

  • f)

    Promover la integración de la comunidad involucrada en el sistema.

  • g)

    Conservar, mantener y aumentar el área de la microcuenca.

  • h)

    Realizar cualquier actividad que tienda mejorar la salud y/o a conservar el sistema. CAPÍTULO III DE LOS MIEMBROS Y CLASES DE MIEMBROS

Articulo 7

La Junta Administradora de Agua y Saneamiento,tendrá las siguientes categorías de miembros: a.- Fundadores; y, b.-Activos. Miembros Fundadores: Son los que suscribieron el acta de Constitución de la Junta de Agua. Miembros Activos: Son los que participan en las Asambleas de Usuarios.

Articulo 8

Son derechos de los miembros:

  • a)

    Ambas clases de miembros tienen derecho a voz y a voto.

  • b)

    Elegir y ser electos.

  • c)

    Presentar iniciativas o proyectos a la Junta Directiva.

  • d)

    Elevar peticiones o iniciativas que beneficien la adecuada gestión de los servicios.

  • e)

    Presentar reclamos ante el prestador por deficiencias en la calidad del servicio.

  • f)

    Recibir avisos oportunamente de las interrupciones programadas del U D I-D EG T-U N AH servicio, de las modificaciones en la tarifa y de cualquier evento que afecte sus derechos o modifique la calidad del servicio que recibe.

Articulo 9

Son obligaciones de los miembros: a.- Conectarse al sistema de saneamiento. b.- Hacer uso adecuado de los servicios, sin dañar ni poner en riesgo la infraestructura. CAPÍTULO IV DE LOS ÓRGANOS YATRIBUCIONES DE CADA ÓRGANO

Articulo 10

La dirección, administración, operación y mantenimiento en el ámbito de todo el sistema estará a cargo de:

  • a)

    Asamblea de Usuarios.

  • b)

    Junta Directiva.

  • c)

    Comités de Apoyo. DE LA ASAMBLEA DE USUARIOS

Articulo 11

La Asamblea de usuarios es la máxima autoridad de la comunidad a nivel local, expresa la voluntad colectiva de los abonados debidamente convocados.

Articulo 12

Son funciones de la Asamblea de Usuarios:

  • a)

    Elegir o destituir los miembros directivos de la Junta.

  • b)

    Tratar los asuntos relacionados con los intereses de la Junta.

  • c)

    Nombrar las comisiones o comités de apoyo. DE LA JUNTA DIRECTIVA

Articulo 13

Después de la Asamblea de Usuarios la Junta Directiva, es el órgano de gobierno más importante de la Junta de Agua y Saneamiento; y estará en funciones por un período de dos años pudiendo ser reelectos por un período más, ejerciendo dichos cargos ad honorem, para ser miembro de la Junta Directiva deberá cumplir con los requisitos establecidos en los artículos 36, 37 del Reglamento General de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento, estará conformado por siete (7) miembros:

  • a)

    Un Presidente(a).

  • b)

    Un Vicepresidente.

  • c)

    Un Secretario(a).

  • d)

    Un Tesorero(a).

  • e)

    Un Fiscal.

  • f)

    Tres Vocales.

Articulo 14

La Junta Directiva tendrá las siguientes atribuciones:

  • a)

    Mantener un presupuesto de ingresos y egresos.

  • b)

    Elaborar y ejecutar el plan anual de trabajo.

  • c)

    Coordinar y ejecutar las actividades de saneamiento básico,operación y mantenimiento del sistema de agua.

  • d)

    Realizar los cobros de tarifas mensuales y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.

  • e)

    Depositar los fondos provenientes de las recaudaciones de cobros de tarifa y demás ingresos en efectivo proveniente del servicio de agua en la comunidad.

  • f)

    Presentar informes en Asamblea General de abonados cada tres meses.

  • g)

    Cancelar o suspender el servicio de agua.

  • h)

    Vigilar y proteger las fuentes de abastecimientos de agua. Evitando su contaminación y realizando acciones de protección y reforestación de la microcuenca.

  • i)

    Vigilar el mantenimiento de las obras sanitarias en los hogares de los abonados.

Articulo 15

Son atribuciones del PRESIDENTE: a.-Convocar a sesiones. b.-Abrir,presidir y cerrar las sesiones. c.- Elaborar la agenda con el Secretario. d.- Autorizar y aprobar con el Secretario las actas de las sesiones. e.- Autorizar y aprobar con el Tesorero todo documento que implique erogación de fondos. f.- Representar judicial y extrajudicialmente a la Junta Administradora.

Articulo 16

Son atribuciones del VICEPRE- SIDENTE:

  • a)

    Sustituir al Presidente en caso de ausencia temporal o definitiva, en este último caso se requerirá la mayoría simple de la Junta Directiva.

  • b)

    Supervisará las comisiones que se asignen.

  • c)

    Las demás atribuciones que le asigne la Junta Directiva o la Asamblea.

Articulo 17

Son atribuciones del SECRE- TARIO:

  • a)

    Llevar el libro de actas.

  • b)

    Autorizar con su firma las actuaciones del Presidente de la Junta, excepto en lo relacionado con el dinero.

  • c)

    Encargarse de la correspondencia.

  • d)

    Convocar junto con el Presidente.

  • e)

    Llevar el registro de abonados.

  • f)

    Organizar el archivo de la Junta de Agua y Saneamiento.

  • g)

    Manejo de planillas de mano de obras.

Articulo 18

Son atribuciones del TESORERO: Es el encargado de manejar fondos, archivar documentos que indiquen ingresos y egresos:

  • a)

    Recaudar y administrar los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.

  • b)

    Responder solidariamente con el Presidente del manejo y custodia de los fondos que serán destinados a una cuenta bancaria o del sistema cooperativista.

  • c)

    Llevar al día y U D I-D EG T-U N AH con claridad el registro y control de las operaciones que se refieren a entradas y salidas de dinero, de la Tesorería de la Junta (libro de entradas y salidas, talonario de recibos ingresos y egresos, pagos mensuales de agua).

  • d)

    Informar mensualmente a la Junta sobre el mantenimiento económico y financiero (cuenta bancaria), con copia a la Municipalidad.

  • e)

    Dar a los abonados las explicaciones que soliciten sobre sus cuentas.

  • f)

    Llevar el inventario de los bienes de la Junta.

  • g)

    Autorizar conjuntamente con el Presidente toda erogación de fondos.

  • h)

    Presentar ante la Asamblea un informe de ingresos y egresos en forma trimestral y anual con copia a la Municipalidad.

Articulo 19

Son atribuciones del FISCAL:

  • a)

    Es el encargado de fiscalizar los fondos de la organización.

  • b)

    Supervisar y coordinar la administración de los fondos provenientes del servicio de contribuciones y otros ingresos destinados al sistema.

  • c)

    Comunicar a los miembros de la Junta Directiva de cualquier anomalía que se encuentre en la administración de los fondos o bienes de la Junta.

  • d)

    Llevar el control y practicar las auditorías que sean necesarios para obtener una administración transparente de los bienes de la organización.

Articulo 20

Son atribuciones de LOS VOCALES:

  • a)

    Desempeñar algún cargo en forma transitoria o permanente que le asigne la Asamblea o la Junta Directiva y apoyar en convocar a la Asamblea.

  • b)

    El Vocal I coordinará el Comité de Saneamiento Básico.

  • c)

    El Vocal II coordinará el Comité de Microcuenca y sus funciones se especificarán en el Reglamento respectivo.

Articulo 21

Para tratar los asuntos relacionados con el sistema y crear una comunicación y coordinación en su comunidad, se harán reuniones así: a.- Trimestralmente en forma Ordinaria y cuando fuese de urgencia en forma Extraordinaria. b.- La Junta Directiva se reunirá una vez por mes. DE LOS COMITÉS DE APOYO

Articulo 22

La Junta Directiva tendrá los siguientes Comités de Apoyo:

  • a)

    Comité de Operación y Mantenimiento.

  • b)

    Comité de Microcuenca.

  • c)

    Comité de Saneamiento.

  • d)

    Comité de Vigilancia.

Articulo 23

Estos Comités estarán integrados a la estructura de la Junta Directiva, su función específica es la de coordinar todas las labores de operación, mantenimiento y conservación de la microcuenca y salud de los abonados en el tiempo y forma que determine la Asamblea de Usuarios y los reglamentos que para designar sus funciones específicas y estructura interna, oportunamente se emitan, debiendo siempre incorporar como miembro de los Comités de Operación y Mantenimiento y de Microcuenca al Alcalde Auxiliar y al Promotor de Salud asignado a la zona como miembro de Comité de Saneamiento. CAPÍTULO V DEL PATRIMONIO

Articulo 24

Los recursos económicos de la Junta Administradora podrán constituirse:

  • a)

    Con la tarifa mensual de agua, venta de derecho a pegue, multas así como los intereses capitalizados.

  • b)

    Con bienes muebles o inmuebles y trabajos que aportan los abonados.

  • c)

    Con las instalaciones y obras físicas del sistema.

  • d)

    Con donaciones, herencias, legados, préstamos, derechos y privilegios que reciban de personas naturales o jurídicas.

Articulo 25

Los recursos económicos de la Junta Administradora se emplearán exclusivamente para el uso, operación, mantenimiento, mejoramiento y ampliación del sistema. CAPÍTULO VI DE LA DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN

Articulo 26

Causas de disolución:

  • a)

    Por sentencia Judicial.

  • b)

    Por resolución del Poder Ejecutivo.

  • c)

    Por cambiar de objetivos para los cuales se constituyó.

  • d)

    Por acuerdo de los 2/3 partes de sus miembros.

  • e)

    Por cualquier causa que haga imposible la continuidad de la Junta Administradora de Agua. La decisión de disolver la Junta Administradora de Agua se resolverá en Asamblea Extraordinaria convocada para este efecto y será aprobada por la mayoría absoluta de sus miembros debidamente inscritos. Una vez disuelta la Asociación se procederá a la liquidación, debiendo cumplir con todas las obligaciones que se hayan contraído con terceras personas y el remanente, en caso de que quedare serán donados exclusivamente a organizaciones filantrópicas, siempre y cuando éstas no sean de carácter lucrativo, que señale la Asamblea de Usuarios, cumpliendo asimismo con lo estipulado en el Código Civil para su disolución y liquidación. U D I-D EG T-U N AH CAPÍTULO VII DISPOSICIONES GENERALES

Articulo 27

El ejercicio financiero de la Junta de Agua y Saneamiento coincidirá con el año fiscal del Gobierno de la República.

Articulo 28

Los programas, proyectos o actividades que la Junta ejecute no irán en detrimento ni entorpecerán las que el Estado realice, por el contrario llevarán el propósito de complementarlos de común acuerdo por disposición de este último. SEGUNDO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUAYSANEAMIENTO LA COMUNIDAD DE LOS CERRITOS DE AYASTA, DE LA ALDEA LA BODEGA”, presentará anualmente ante la Secretaría de Estado en los Despachos de Interior y Población, a través de la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (URSAC), los estados financieros auditados que reflejen los ingresos, egresos y todo movimiento económico y contable, indicando su patrimonio actual así como las modificaciones y variaciones del mismo, incluyendo herencias, legados y donaciones a través de un sistema contable legalizado. Las herencias, legados y donaciones provenientes del extranjero, se sujetarán a la normativa jurídica imperante en el país, aplicable según sea el caso, a través de los Órganos Estatales constituidos para verificar la transparencia de los mismos. TERCERO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUAYSANEAMIENTO LA COMUNIDAD DE LOS CERRITOS DE AYASTA, DE LA ALDEA LA BODEGA”, se inscribirá en la Secretaría de Estado en los Despachos de Interior y Población, indicando nombre completo, dirección exacta, así como los nombres de sus representantes y demás integrantes de la Junta Directiva; asimismo, se sujetará a las disposiciones que dentro su marco jurídico le corresponden a esta Secretaría de Estado, a través del respectivo órgano interno verificando el cumplimiento de los objetivos para los cuales fue constituida. CUARTO: La “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO LA COMUNIDAD DE LOS CERRITOS DE AYASTA, DE LA ALDEA LA BODEGA”, se somete a las disposiciones legales y políticas establecidas por la Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población, y demás entes contralores del Estado, facilitando cuanto documento sea requerido para garantizar la transparencia de la administración, quedando obligada, además, a presentar informes periódicos anuales de las actividades que realicen con instituciones u organismos con los que se relacionen en el ejercicio de sus objetivos y fines para lo cual fue autorizada. QUINTO: La disolución y liquidación de la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUAY SANEAMIENTO LA COMUNIDAD DE LOS CERRITOS DE AYASTA, DE LAALDEA LA BODEGA”, se hará de conformidad a sus estatutos y las leyes vigentes en el país, de la que una vez canceladas las obligaciones contraídas, el excedente pasará a formar parte de una organización legalmente constituida en Honduras que reúna objetivos similares o una de beneficencia. Dicho trámite se hará bajo la supervisión de esta Secretaría de Estado, a efecto de garantizar el cumplimiento de las obligaciones y transparencia del remanente de los bienes a que hace referencia el párrafo primero de este mismo artículo. SEXTO: Los presentes Estatutos entrarán en vigencia luego de ser aprobados por el Poder Ejecutivo, publicados en el Diario Oficial LA GACETA, con las limitaciones establecidas en la Constitución de la República y las Leyes; sus reformas o modificaciones se someterán al mismo procedimiento de su aprobación. SÉPTIMO: La presente resolución deberá inscribirse en el Registro Especial del Instituto de la Propiedad de conformidad con el artículo 28 de la Ley de Propiedad. OCTAVO: Instruir a la Secretaría General para que de Oficio proceda a remitir el expediente a la Unidad de Registro y Seguimiento de Asociaciones Civiles (U.R.S.A.C.) para que emita la correspondiente inscripción. NOVENO: De oficio procédase a emitir la certificación de la presente resolución, a razón de ser U D I-D EG T-U N AH entregada a la “JUNTA ADMINISTRADORA DE AGUA Y SANEAMIENTO LA COMUNIDAD DE LOS CERRITOS DE AYASTA, DE LA ALDEA LA BODEGA”, la cual será publicada en el Diario Oficial “La Gaceta”, cuya petición se hará a través de la Junta Directiva para ser proporcionado en forma gratuita, dando cumplimiento con el Artículo 18 Párrafo segundo de la Ley Marco del Sector Agua Potable y Saneamiento.- NOTIFÍQUESE.(f)CARMEN ESPERANZA RIVERA PAGOAGA, SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE POBLACIÓN Y PARTICIPACIÓN CIUDADANA.(f)PASTOR AGUILAR MALDONADO, SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veintidós días del mes de noviembre del dos mil diecisiete. RICARDO ALFREDO MONTES NAJERA SECRETARIO GENERAL 25 A. 2018.

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Certificación

Certificación No. 263-2018 — Licencia de Representante No Exclusivo de DE LA LUZ, S.A. para GIESECKE+DEVRIENT CURRENCY TECHNOLOGY GMBH

Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico

CERTIFICACIÓN La infrascrita, Secretaria General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La Licencia de Representante No Exclusivo que literalmente dice: LICENCIA DE REPRESENTANTE. El infrascrito, Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, extiende la presente Licencia a la Sociedad Mercantil DE LA LUZ, S.A., como REPRESENTANTE NO EXCLUSIVO de la Empresa Concedente GIESECKE+DEVRIENT CURRENCY TECHNOLOGY GMBH, de nacionalidad alemana, con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; Otorgada mediante Resolución Número 263- 2018 de fecha 13 de marzo del año 2018, mediante Carta de fecha 19 de septiembre del 2016; Fecha de Vencimiento: POR TIEMPO INDEFINIDO; ARNALDO CASTILLO. Secretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico y Coordinador del Gabinete Sectorial de Desarrollo Económico. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO. Secretaría General. Para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los cuatro días del mes abril del año dos mil dieciocho. DUNIA GRISEL FUENTEZ CÁRCAMO Secretaria General 25 A. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-011099 — Solicitud de registro de marca de fábrica CM Y ETIQUETA por CENTRAL DE MOTOS, S. DE R.L. DE C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-011099 [2] Fecha de presentación: 09/03/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CENTRAL DE MOTOS, S. DE R.L. DE C.V. [4.1] Domicilio: BARRIO PERPETUO SOCORRO,AVENIDA CABAÑA, BOULEVAR DEL NORTE, COMAYAGÜELA, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CM Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 12 [8] Protege y distingue: Repuestos para motocicletas.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: YUVINNY ALEJANDRO FUNES GODOY USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 10 de abril del año 2018. [12] Reservas: Se protege en su forma conjunta, tal como aparece en etiqueta. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 A., 11 y 28 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2017-041241 — Solicitud de registro de marca de servicio PAT'S STEAK HOUSE por THOMAS WILLIAM BRONW ALVARADO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-041241 [2] Fecha de presentación: 26/09/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: THOMAS WILLIAM BRONW ALVARADO. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicios de restauración (alimentación); hospedaje temporal.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: NELSON SAMUEL OCHOA MARTÍNEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de noviembre del año 2017. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018. PAT’S STEAK HOUSE

    Marcas de Fábrica

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Aviso

Aviso No. 2018-002001 — Solicitud de registro de emblema por CLUB DEPORTIVO PARRILLAS ONE, S.A. DE C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-002001 [2] Fecha de presentación: 15/01/2018 [3] Solicitud de registro de: EMBLEMA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CLUB DEPORTIVO PARRILLAS ONE, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EMBLEMA [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Club deportivo de football, cualquier área del deporte y enseñanza deportiva.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Juan Francisco Maldonado Ochoa USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de febrero del año 2018. 12] Reservas: Emblema que identifica al Club Deportivo Parrillas One asociado al Nombre Comercial 2018-727. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 A. 11 y 28 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-000727 — Solicitud de registro de nombre comercial CLUB DEPORTIVO PARRILLAS ONE por CLUB DEPORTIVO PARRILLAS ONE, S.A. DE C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-000727 [2] Fecha de presentación: 09/01/2018 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: CLUB DEPORTIVO PARRILLAS ONE, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CLUB DEPORTIVO PARRILLAS ONE [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Actividades deportivas, protege y distingue y servicios instructivos y relacionados con el juego de fútbol, enseñanzas y habilidades en fútbol, organización de torneos de fútbol, educación y formación, servicios de información y consulta relacionados.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Juan Francisco Maldonado Ochoa USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de febrero del año 2018. 12] Reservas: No se protege diseño y color que aparece contenida en etiqueta. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 A. 11 y 28 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-000729 — Solicitud de registro de nombre comercial PARRILLAS Y REPUESTOS ONE por PARRILLAS Y REPUESTOS ONE, S. DE R.L. DE C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-000729 [2] Fecha de presentación: 09/01/2018 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PARRILLAS Y REPUESTOS ONE, S. DE R.L. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PARRILLAS Y REPUESTOS ONE [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Representación, importación, distribución y comercialización de parrillas, aros, bumpers, focos, silvines, retrovisores, vidrios, stops, vías, partes metálicas en general, repuestos y accesorios automotrices para vehículos livianos de toda marca.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Juan Francisco Maldonado Ochoa USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de febrero del año 2018. 12] Reservas: No se protege diseño y color que aparece contenida en etiqueta. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 A. 11 y 28 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-000728 — Solicitud de registro de marca de fábrica PARRILLAS Y REPUESTOS ONE Y ETIQUETA por PARRILLAS Y REPUESTOS ONE, S. DE R.L. DE C.V. (Clase 16)

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-000728 [2] Fecha de presentación: 09/01/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PARRILLAS Y REPUESTOS ONE, S. DE R.L. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PARRILLAS Y REPUESTOS ONE Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 16 [8] Protege y distingue: Papel y cartón, bolsas de material plásticas para embalar y empaquetar, etiquetas.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Juan Francisco Maldonado Ochoa USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de febrero del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 A. 11 y 28 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2018-000516 — Solicitud de registro de marca de fábrica PARRILLAS Y REPUESTOS ONE Y ETIQUETA por PARRILLAS Y REPUESTOS ONE, S. DE R.L. DE C.V. (Clase 25)

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2018-000516 [2] Fecha de presentación: 08/01/2018 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: PARRILLAS Y REPUESTOS ONE, S. DE R.L. DE C.V. [4.1] Domicilio: SAN PEDRO SULA, DEPARTAMENTO DE CORTÉS, HONDURAS [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PARRILLAS Y REPUESTOS ONE Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Prendas de vestir, calzado, artículos de sombrerería

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Juan Francisco Maldonado Ochoa USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de febrero del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 A. 11 y 28 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2017-027466 — Solicitud de registro de marca de fábrica PEGOL por MAXIMUN INDUSTRIES, S.A. DE C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-027466 [2] Fecha de presentación: 22/06/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: MAXIM UN INDUSTRIES, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: COLONIA SANTA MÓNICA, PRIMERA CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PEGOL [7] Clase Internacional: 1 [8] Protege y distingue: Productos-materiales químicos destinados a la industria, ADHESIVOS.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Dayana Osiris Pineda Flores USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de octubre del año 2017. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 A. 11 y 28 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2017-027467 — Solicitud de registro de marca de fábrica MAXI PEGA por MAXIMUN INDUSTRIES, S.A. DE C.V.

Registro de la Propiedad Industrial

PEGOL [1] Solicitud: 2017-027467 [2] Fecha de presentación: 22/06/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: MAXIM UN INDUSTRIES, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: COLONIA SANTA MÓNICA, PRIMERA CALLE, SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MAXI PEGA [7] Clase Internacional: 1 [8] Protege y distingue: Productos-materiales químicos destinados a la industria, ADHESIVOS.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Dayana Osiris Pineda Flores USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de octubre del año 2017. 12] Reservas: No tiene reservas Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 A. 11 y 28 M. 2018. ______ Maxi Pega

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Aviso

Aviso No. 7873-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica Escalumex por GRUPO CUPRUM, SOCIEDAD ANÓNIMA (Clase 20)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 7873-2018 2/ Fecha de presentación: 16-02-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO CUPRUM, SOCIEDAD ANÓNIMA, PROMOTORA DE INVERSIÓN Y CAPITAL VARIABLE 4.1/ Domicilio: Diego Díaz de Berlaga 95-a, Fracc Nogalar, San Nicolás de los Garza Nuevo León, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 12/02/2018 5.2 País de Origen: México 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Escalumex 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 20 8/ Protege y distingue: Muebles, espejos, marcos; productos, no comprendidos en otras clases de madera, corcho, caña, junco, mimbre, cuerno, hueso, marfil, ballena, concha, ámbar, nácar, espuma de mar, sucedáneos de todas estas materias o de materias plásticas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Juan Ramón Ortega Escobar

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-03-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 A., 11 y 28 M. 2018. _____ Escalumex

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Aviso

Aviso No. 7872-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica Escalumex por GRUPO CUPRUM, SOCIEDAD ANÓNIMA (Clase 19)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 7872-2018 2/ Fecha de presentación: 16-02-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO CUPRUM, SOCIEDAD ANÓNIMA, PROMOTORA DE INVERSIÓN Y CAPITAL VARIABLE 4.1/ Domicilio: Diego Díaz de Berlaga 95-a, Fracc Nogalar, San Nicolás de los Garza Nuevo León, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 12/02/2018 5.2 País de Origen: México 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Escalumex Escalumex 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 19 8/ Protege y distingue: Materiales de construcción no metálicos; tubos rígidos no metálicos para la construcción; asfalto, pez y betún; construcciones transportables no metálicas; monumentos no metálicos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Juan Ramón Ortega Escobar

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-03-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 A., 11 y 28 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 7874-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica Escalumex por GRUPO CUPRUM, SOCIEDAD ANÓNIMA (Clase 06)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 7874-2018 2/ Fecha de presentación: 16-02-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO CUPRUM, SOCIEDAD ANÓNIMA, PROMOTORA DE INVERSIÓN Y CAPITAL VARIABLE 4.1/ Domicilio: Diego Díaz de Berlaga 95-a, Fracc Nogalar, San Nicolás de los Garza Nuevo León, México. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de:

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 12/02/2018 5.2 País de Origen: México 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Escalumex Escalumex 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 06 8/ Protege y distingue: Metales comunes y sus aleaciones; materiales de construcción metálicos; construcciones transportables metálicas, materiales metálicos para vías férreas; cables e hilos metálicos no eléctricos; cerrajería y ferretería metálica; tubos metálicos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Juan Ramón Ortega Escobar

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-03-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 25 A., 11 y 28 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 50498-2017 — Solicitud de registro de marca de fábrica ECHO por Amazon Technologies, Inc.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 50498-2017 2/ Fecha de presentación: 06-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/ Domicilio: 410 Terry Ave. N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ECHO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Dispositivo de control de automatización de hogar, dispositivo de comunicación de red inalámbrica para voz, datos, o transmisión de imagen, transmisores y recibidores de voz y datos, dispositivo independiente de información controlado por voz, dispositivo de integración de servicios producidos vía aplicación independiente controlado por asistente personal, parlantes controlados por voz, científico, náutica, encuesta, fotografías, cinematografía, óptico, peso, medición, revisión de señalización (supervisión), salva vida y enseñanza de aparatos e instrumentos, aparatos para grabar, transmisión o reproducción de sonido o imagen, máquinas para calcular, equipo de proceso de datos, computadoras, aparatos en instrumentos para dirigir, cambiar, transformar, acumular, regular o controlar, electricidad, cargadores de datos magnético, grabación de discos, discos compactos, DVDs, y otra grabación digital de media, mecanismos de aparatos para operación de monedas, software de computadoras, dispositivos portátiles electrónicos para recibir, transmitir y lectura de textos, imágenes y sonidos mediante acceso a internet inalámbrico, controles remotos para grabación para dispositivos, controles de internet inalámbrico para monitorear y controlar las funciones y estatus de otros sistemas y dispositivos eléctricos, electrónicos, y mecánico desde lejos, computadoras de pantalla táctil, reproductores digitales de vídeo, aparatos portátiles para grabación, transmisión y reproducción de música, imagen, y vídeo, instrumentos y aparatos electrónicos de instrucción y aprendizaje, cámaras, cámaras digitales, software para la redirección de mensajes, hardware y software de computadoras para procesar, reproducir, sincronizar, grabar, organizar, descargar, cargar, transmitir, continuar, recibir, reproducir, y ver programas de televisión, cintas, textos, imágenes, media digital, multimedia, audio, archivos de datos y vídeo, software de computadoras para acceso, monitoreo, rastreo, brusquedad, guardar, y compartir información en tópicos de interés general, software para computadoras, y peri ferias para personalizar, programación interactivo para televisores (tv), software de computadoras, y peri ferias para uso en exhibición y manipular de media visual, imágenes gráficas, textos, fotografías, ilustraciones, animación digital, video clip, ECHO fragmento de película y datos de audio y para red social, acceso a programas de computadoras, navegación y brusquedad en datos de base en línea, hardware y software para proporcionar integración de comunicación telefónica con red de información de computar ización global, software de computadoras usadas para controlar dispositivos independientes controles de voz de información y asistente personal, software de computadoras usadas en conexión con contenido de servicio de suscripción digital, produciendo brusquedad de plataformas que permiten al usuario a solicitar y recibir contenido de media digital, software de computadoras, para creación, autorizar, distribuir, descargar, transmitir, recibir, reproducir, formatear, editar, extraer, descodificar, convertir, mostrar, almacenar y organizar textos, trabajos visuales, trabajos de audio, trabajos audiovisuales, datos, archivos, documentos, trabajo y contenido electrónico multimedia, software de computadora para habilitar contenido, texto, trabajo visual, trabajo de audio, trabajos audiovisuales, trabajos literales, datos, archivos, documentos, y trabajos electrónicos para ser descargados y accesibles a computadoras u otro dispositivo portátil, software de computadora para transmitir, compartir, recibir, descargar, transmisión, exhibición, y transferir contenido, texto, trabajos visuales, trabajos audiovisuales, trabajos literarios, datos, archivos, documentos y trabajos electrónicos vía dispositivo portátil electrónico y computadoras y computadoras global, redes de comunicaciones, aparato personal de parlantes estéreo, micrófonos, software de reconocimiento de personaj e, software de reconocimiento de voz, software de correo electrónico y mensajes, software de computadoras, para formatear e invertir contenido, textos, trabajos visuales, trabajos de audio, trabajos audiovisuales, trabajos literarios, datos, archivos, documentos, y trabajos electrónicos a un formato compatible con dispositivos y computadoras electrónicas portátiles, software de computadoras para manejo de información personal y para acceder, navegación, y brusquedad contenido, juegos, y aplicación de software de audio y multimedia, software de comando de voz y reconocimiento, software de discurso a texto, aplicación de software para activar voz, software descargable en la naturaleza de aplicación de móviles para computadoras u otro dispositivo portátil electrónico software en el campo de texto, y transmisión y exhibición de sonido e imagen. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 15/02/18. 12/ Reservas: Abogado Camilo Zaglul Bendeck Pérez Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 50493-2017 — Solicitud de registro de marca de fábrica ALEXA por Amazon Technologies, Inc.

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 50493-2017 2/ Fecha de presentación: 06-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/ Domicilio: 410 Terry Ave. N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALEXA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Dispositivo de control de automatización de hogar, dispositivo de comunicación de red inalámbrica para voz, datos, o transmisión de imagen, transmisores y recibidores de voz y datos, dispositivo independiente de información controlado por voz, dispositivo de integración de servicios producidos vía aplicación independiente controlado por asistente personal, parlantes controlados por voz, científico, náutica, encuesta, fotografías, cinematografía, óptico, peso, medición, revisión de señalización (supervisión), salva vida y enseñanza de aparatos e instrumentos, aparatos para grabar, transmisión o reproducción de sonido o imagen, máquinas para calcular, equipo de proceso de datos, computadoras, aparatos en instrumentos para dirigir, cambiar, transformar, acumular, regular o controlar, electricidad, cargadores de datos magnético, grabación de discos, discos compactos, DVDs, y otra grabación digital de media, mecanismos de aparatos para operación de monedas, software de computadoras, dispositivos portátiles electrónicos para recibir, transmitir y lectura de textos, imágenes y sonidos mediante acceso a internet inalámbrico, controles remotos para grabación para dispositivos, controles de internet inalámbrico para monitorear y controlar las funciones y estatus de otros sistemas y dispositivos eléctricos, electrónicos y mecánico desde lejos, computadoras de pantalla táctil, reproductores digitales de vídeo, aparatos portátiles para grabación, transmisión y reproducción de música, imagen y vídeo, instrumentos y aparatos electrónicos de instrucción y aprendizaje, cámaras, cámaras digitales, software para la redirección de mensajes, hardware y software de computadoras para procesar, reproducir, sincronizar, grabar, organizar, descargar, cargar, transmitir, continuar, recibir, reproducir y ver programas de televisión, cintas, textos, imágenes, media digital, multimedia, audio, archivos de datos y vídeo, software de computadoras para acceso, monitoreo, rastreo, brusquedad, guardar y compartir información en tópicos de interés general, software para computadoras, y peri ferias para personalizar, programación interactivo para televisores (tv), software de computadoras y peri ferias para uso en exhibición y manipular de media visual, imágenes gráficas, textos, fotografías, ilustraciones, animación digital, video clip, fragmento ALEXA de película y datos de audio y para red social, acceso a programas de computadoras, navegación y brusquedad en datos de base en línea, hardware y software para proporcionar integración de comunicación telefónica con red de información de computar ización global, software de computadoras usadas para controlar dispositivos independientes controles de voz de información y asistente personal, software de computadoras usadas en conexión con contenido de servicio de suscrición digital, produciendo brusquedad de plataformas que permiten al usuario a solicitar y recibir contenido de media digital, software de computadoras, para creación, autorizar, distribuir, descargar, transmitir, recibir, reproducir, formatear, editar, extraer, descodificar, convertir, mostrar, almacenar y organizar textos, trabajos visuales, trabajos de audio, trabajos audiovisuales, datos, archivos, documentos, trabajo y contenido electrónico multimedia, software de computadora para habilitar contenido, texto, trabajo visual, trabajo de audio, trabajos audiovisuales, trabajos literales, datos, archivos, documentos y trabajos electrónicos para ser descargados y accesibles a computadoras u otro dispositivo portátil, software de computadora para transmitir, compartir, recibir, descargar, transmisión, exhibición y transferir contenido, texto, trabajos visuales, trabajos audiovisuales, trabajos literarios, datos, archivos, documentos y trabajos electrónicos vía dispositivo portátil electrónico y computadoras y computadoras global, redes de comunicaciones, aparato personal de parlantes estéreo, micrófonos, software de reconocimiento de personaj e, software de reconocimiento de voz, software de correo electrónico y mensajes, software de computadoras, para formatear e invertir contenido, textos, trabajos visuales, trabajos de audio, trabajos audiovisuales, trabajos literarios, datos, archivos, documentos, y trabajos electrónicos a un formato compatible con dispositivos y computadoras electrónicas portátiles, software de computadoras para manejo de información personal y para acceder, navegación, y brusquedad contenido, juegos y aplicación de software de audio y multimedia, software de comando de voz y reconocimiento, software de discurso a texto, aplicación de software para activar voz, software descargable en la naturaleza de aplicación de móviles para computadoras u otro dispositivo portátil electrónico software en el campo de texto y transmisión y exhibición de sonido e imagen. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13/02/18. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2017-45557 — Solicitud de registro de marca de servicio G GROUPAUTO Y DISEÑO por GROUPAUTO INTERNATIONAL

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2017-45557 2/ Fecha de presentación: 31-10-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: GROUP AUTO INTERNATIONAL 4.1/ Domicilio: 147 avenue Charles de Gaulle, 92200 Neuilly-Sur- Seine, Francia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: G GROUP AUTO Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad, gestión comercial, consultoría empresarial, información o consultas y en particular consultoría de organización y gestión comercial, consultoría de gestión empresarial, análisis de precios de coste, servicios de consultoría de gestión empresarial, estudio de mercado, investigaciones comerciales, estudios de mercado, previsiones económicas, relaciones públicas, investigación para fines comerciales, estudios de mercadotecnia, consultoría y estudios de negocios para la creación, desarrollo y gestión de redes y letreros comerciales, asesoramiento comercial para la definición de políticas de redes comerciales en la selección de proveedores, suministro, logística y distribución, estudios para asociaciones comerciales con otros, contratación; ventas, venta minorista, mayorista, ventas por internet y venta por correo de repuestos para automóviles y camiones, aceites y grasas industriales, lubricantes, productos para absorber aceite, combustibles (incluida la gasolina para motores) e iluminantes, velas, mechas, incluidos productos no químicos aditivos para combustibles, combustibles que contienen alcohol, benceno, bencina, benzol. productos para quitar el polvo, sistemas de inyección turbo, motores de arranque, motores diésel e inyección de gasolina, radiadores, cojinetes, válvulas, cabrestantes, prensas hidráulicas, baterías, zumbadores, alarmas, hidrómetros , baterías, supresores, aparatos de soldadura eléctrica, balizas, bobinas eléctricas, cajas de conexiones, cajas para altavoces, tapones indicadores de presión para válvulas, señales de niebla, cables, baterías, luces intermitentes, interruptores, contadores, conductores eléctricos, conectores, aparatos de control eléctrico, controladores de velocidad para vehículos, aparatos de diagnóstico, dinamómetros, registradores de kilómetros para vehículos, letreros, dispositivos de equilibrado, extintores, fusibles, fundas registradores cables eléctricos, medidores de gas, altavoces, indicadores eléctricos, medidores, baterías, contadores de revolución, triángulos de advertencia, radares, radios, aparatos para cargar dispositivos eléctricos, controladores, cerraduras eléctricas, productos de señalización, dispositivos de advertencia contra robos, probadores, básculas para pintura, aparatos de distribución de grasa estacionarios o móviles, aparatos de distribución de aceite estacionarios o móviles, aparatos de recuperación de aceite, acumuladores, analizadores de gas, PLC para probar y mantener las funciones de un vehículo, bancos de prueba, baterías y cargadores de baterías, acumuladores de calor, aparatos de ac etileno, dispositivos para enfriamiento y acondicionamiento de aire en vehículos, filtros de aire, bombillas, anti niebla, anti deslumbrante, dispositivos anticongelantes, luces automotrices, faros, radiador tapas, instalaciones de calefacción para vehículos, aire acondicionado de vehículos, des congeladores, equipos de iluminación para vehículos, radiadores eléctricos, lámparas reflectoras, calentadores, sistemas de aire acondicionado, vehículos, aparatos de locomoción por tierra, todos los accesorios y repuestos para vehículos, en concreto amortiguadores (muelles), amortiguadores, antideslizantes, antideslumbrantes, antirrobo, reposacabezas, ejes de transmisión, enganches de tráiler, capós, carrocerías para vehículos, cadenas, chasis, para golpes, persianas, alarmas, válvulas para neumáticos, huellas para recauchutado de neumáticos, barras de torsión, ruedas de carretillas, carrocerías de camiones, cajas de engranajes, tapones para tanques, parabrisas, capotas para vehículos, engranajes, cinturones de seguridad, tubos, pistas, circuitos hidráulicos, convertidores de torsión, indicadores de dirección, motores eléctricos, embragues, engranajes, tapas de cubo, neumáticos, equilibrado ras de ruedas, ejes, cojinetes de eje, limpiaparabrisas, forros de freno, zapatas de freno, segmentos de freno, frenos, bandas para cubos de rueda, cubiertas, rines, estribos, parasoles, mecanismos de propulsión, remolques, tanques, espejos retrovisores, ruedas, trenes de automóviles, transmisiones, turbinas, contrapesos para ruedas, puertas, asientos, volantes, ventanas, alarmas alternadores carburadores compresores de aire, condensadores, rodamientos, culatas, ciclos, alerones, equipos de motor, bombas de aire para vehículos, camiones, ascensores, quema cocos, sistemas de inyección turbo, arrancadores, sistemas de inyección de combustible para motores diésel y motores de gasolina, radiadores, rodamientos, válvulas, cabrestantes, prensas hidráulicas, baterías, zumbadores, alarmas, alcoholímetros, baterías, supresores, dispositivos de soldadura eléctrica, balizas, aceites eléctricos, cajas de conexión, cajas de altavoces, indicadores de presión para válvulas, señales de niebla, cables, fusibles, luces intermitentes, interruptores, contadores, conductores eléctricos, conectores, aparatos de control eléctrico, controladores de velocidad para vehículos, aparatos de diagnóstico, dinamómetros, registradores de kilómetros para vehículos, señales, dispositivos de equilibrio, extintores, fusibles, fundas para cables eléctricos, medidores de gas, parlantes, indicadores eléctricos, medidores, baterías, tacómetros, triángulos de advertencia, radares, radios, cargadores para dispositivos eléctricos, controladores, cerraduras eléctricas, productos de señalización, dispositivos de advertencia contra robos, probadores, básculas para pintura, aparatos de distribución de grasa estacionarios o móviles, aparatos de distribución de aceite estacionarios o móviles, dispositivos de recuperación de aceite, acumuladores, analizadores de gas, PLC para probar y mantener las funciones de un vehículo, bancos de prueba, baterías y cargadores de baterías, uniones. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 29-01-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 50496-2017 — Solicitud de registro de marca de servicio ALEXA por Amazon Technologies, Inc. (Clase 42)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 50496-2017 2/ Fecha de presentación: 06-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/ Domicilio: 410 Terry Ave. N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALEXA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Provisión de búsqueda de motor, servicio de computadoras, nombrado, aplicación de computadora y sistema de operación de presentación lejan a, aplicaciones de internet de sistemas y computadoras de representación de operación, programación de computadoras, servicios de consulta relacionado a aplicaciones de manejo de multimedia, presentación y control, diseño de sistema de hardware, servicio software y computadoras, editar, actualizar, mantenimiento y soporte de software y sistema de computadora, servicio de computadora relacionado con manejo de aplicación de multimedia, presentación y control, búsqueda, manejo de base de datos, manejo de instalaciones y contratación externa, servicio de computadoras, nombradas, representando una base de datos en línea con un rango vía internet de información de interés general,servicio de computadoras,nombrados,proporcionando búsqueda de máquinas para obtención de información de interés general, presentación de base de datos interactiva para transmisión de mensajes entre usuarios de computadoras y suscriptores, presentando una base interactiva para transmisión de mensajes entre usuarios de computadoras y suscriptores, concernirte en libros, películas, largometrajes, programas de televisión, juegos, juguetes, útiles deportivos, electrónicos, presentaciones multimedia, y otros útiles de hogar, y bienes de consume, información en internet de revisión de productos ALEXA y compras, proporcionar software en línea y no descargable navegación en internet, proporcionar dispositivo de software no descargable acceso móvil vía internet para mejoramiento, computadoras móvil, y dispositivos de comunicación móvil, soporte técnico, nombrado, resolución de problemas de software y hardware de computadoras y computadoras móvil, dispositivo móvil de comunicación problemas de hardware y software, diseño y consulta de hardware y software de computadoras, diseño de software de computadoras para otros, consultas y diseño de computadora móvil y dispositivos de comunicación móvil hardware y software, presentando de terceros contenidos, fotos, textos, datos, imágenes, sitios web, y otros trabajo electrónicos, proporcionar búsqueda de plataforma que permita a usuarios a solicitar y recibir, fotos, textos, datos, imágenes, trabajos electrónico, trabajos visuales, trabajos de audio, trabajo audiovisuales, trabajos literarios y documentos, servicios de alojamiento interactivo que permiten a los usuarios publicar y compartir sus propias fotos, texto, datos, imágenes en línea; mantenimiento y actualización de software relacionado con la seguridad informática, de internet y contraseñas y prevención de riesgos informáticos, de internet y de contraseñas; instalación y mantenimiento de software; proporcionar un sitio web con información técnica relacionada con software y hardware; consultoría informática; transferencia de datos del documento de un formato de computadora a otro; alojamiento de contenido digital en redes informáticas mundiales, redes inalámbricas y redes de comunicaciones electrónicas; suministro de uso temporal de software informático no descargable e instalaciones en línea para permitir a los usuarios acceder y descargar software informático; suministro de uso temporal de software informático no descargable en línea que genera recomendaciones personalizadas de aplicaciones de software basadas en las preferencias del usuario; supervisión de datos informatizados y sistemas y redes informáticos con fines de seguridad; hosting, escalado y mantenimiento de bases de datos en línea para terceros; computación en la nube con software para su uso en la administración de bases de datos; alojamiento en la nube de bases de datos electrónicas; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP) con software para su uso en la gestión de bases de datos; plataforma como servicio (PAAS) con plataformas de software para su uso en la gestión de bases de datos; servicios de software como servicio (SAAS) que incluyen software para su uso en la gestión de bases de datos; Software como servicio (SaaS) para acceder, monitorear, rastrear, buscar, guardar y compartir información sobre temas de interés general; Software como servicio (SaaS) para la

    administración de información personal, y para acceder, navegar y buscar bases de datos en línea, contenido de audio y multimedia, juegos, aplicaciones de software, mercados de aplicaciones de software, listas de programas y guías, y vídeo bajo demanda; software como servicio (SaaS) con software para software de reconocimiento y comando de voz, software de conversión de voz a texto, aplicaciones de software habilitadas para voz, gestión de información personal y para acceder, explorar y buscar bases de datos en línea, audio, vídeo y contenido multimedia juegos, aplicaciones de software, mercados de aplicaciones de software, listados de programas y guías, y vídeo bajo demanda; software como servicio (SaaS) que permite que los archivos de audio y multimedia sean distribución, descarga, transmisión, recepción, reproducción, edición,extracción,codificación,decodificación,visualización, almacenamiento y organización de contenido de audio y multimedia; proporcionar plataformas de búsqueda para permitir a los usuarios solicitar y recibir contenido multimedia digital, aplicación; suministro de uso temporal de software y aplicaciones no descargables en línea para acceder a archivos de audio y vídeo en tiempo real, juegos, redes sociales, archivos de texto y archivos multimedia;servicios informáticos, en concreto, suministro de servidores de bases de datos de capacidad variable a terceros; suministro de un sitio web con software no descargable para la gestión de bases de datos; proporcionar sistemas operativos alojados y aplicaciones informáticas a través de internet; alquiler de instalaciones informáticas y de almacenamiento de datos de capacidad variable; suministro, desarrollo y diseño de software, no descargable, accesible a través de una red informática mundial, para la gestión aplicaciones computacionales; diseñando, administrando y monitoreando foros en línea para discusión; crear páginas web almacenadas electrónicamente para servicios en línea e internet; almacenamiento de datos, elaboración y mantenimiento de sitios web para terceros; administrar sitios web para otros; alquiler de servidores web; servicios de mantenimiento, creación y hospedaje de sitios web; proveedor de servicios de aplicaciones, en concreto, proporcionar, hospedar, administrar, desarrollar y mantener aplicaciones, software, sitios web y bases de datos en comercio electrónico, pagos en línea, colas de pedidos, diseño de sitios web, almacenamiento de datos, escalado de capacidades informáticas compartidas, servicios de mensajería y cálculo de clasificación del sitio web basada en el tráfico del usuario; hospedaje de un sitio web que brinda a los usuarios la capacidad de revisar diversos contenidos impresos, fotográficos, de imágenes gráficas y de audio, y utilizar una plantilla personalizada para proporcionar aportes, gustos, disgustos, modificaciones, cambios, modificaciones, opiniones, sugerencias y comentarios y participar en redes sociales, redes empresariales y comunitarias; servicios informáticos, en concreto, creación de una comunidad en línea para que los usuarios registrados participen en las discusiones, obtengan retroalimentación de sus pares, formen comunidades virtuales y participen en las redes sociales; diseño y desarrollo de hardware y software; diseño y desarrollo de software para juegos de computadora; suministro de uso temporal de herramientas de desarrollo de software en línea no descargables para el diseño y desarrollo de juegos electrónicos; servicios de soporte técnico, en concreto, solución de problemas de software de juegos de computadora; suministro de aplicaciones de software no descargables; suministro de uso temporal de software de computación en la nube no descargable en línea para su uso en el almacenamiento electrónico de datos; desarrollo de software informático en el campo de aplicaciones móviles; proveedor de servicios de aplicaciones, en concreto, alojamiento, gestión, desarrollo y mantenimiento de aplicaciones, software y sitios web, en los campos de la productividad personal, la comunicación inalámbrica y la tecnología móvil; servicios científicos y tecnológicos, e investigación y diseño relacionados con los mismos; servicios de análisis e investigación industriales; prestación de servicios de información, consultoría y asesoramiento relacionados con lo mencionado anteriormente. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-02-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2017-013341 — Solicitud de registro de marca de fábrica LENZING - Clase 25

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-013341 [2] Fecha de presentación: 17/03/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: LENZING AKTIENGESELLSCHAFT [4.1] Domicilio: Werkstr. 2,4860 Lenzing, Austria, Austria [4.2] Organizada bajo las Leyes de: AUSTRIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: [7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Artículos de sombrerería; gorros de baño; bandanas [pañuelos para el cuello]; gorras de béisbol; boinas; sombreros con borlas; sombreros de señora; gorros de ducha; tocados de fiesta; sombreros fedora; fezes [gorros tradicionales de origen turco]; gorros tipo pescador; gorras de golf; yashmaks (velos dobles usados por mujeres musulmanas); cofias [artículos de sombrerería]; boinas de lana; sombreros; armaduras de sombreros; solideos; gorros de water polo; capuchas; sombreros pequeños; gorros con nudo para bebés; gorros de cocinero; gorras y sombreros deportivos [que no sean cascos]; artículos de sombrerería infantil; pañuelos cuadrados para la cabeza; pañuelos cuadrados para la cabeza; pañuelos cuadrados para la cabeza; pañuelos cuadrados para la cabeza; yashmaghs [velo de las mujeres musulmanas];mitras[ropa litúrgica];sombreros de moda; gorras; viseras para gorras; viseras para el sol [artículos de sombrerería]; gorros para dormir; sombreros de papel [prendas de vestir]; gorros de papel para chefs; sombreros de papel para enfermeras; gorros para fiestas [prendas de vestir]; manguitos de piel; sombreros de piel; pañuelos cuadrados para la cabeza; sombreros para la lluvia; gorras de punto; gorras planas; gorras militares; sombreros de juncia (sugegasa); antifaces para dormir; velos; tocas [prendas de vestir]; boinas escocesas; bandas anti sudor de tenis; gorros de esquiar; sombreros para el sol; gorros y gorras para deportes; gorras de deporte; cintas para la cabeza; cintas para absorber el sudor de la frente; sombreros de playa; gorras de punto; pasamontañas; artículos de sombrerería de materias textiles térmicas; tocas [sombreros]; pañuelos cuadrados para la cabeza; sombreros de lana; sombreros de copa; prendas de vestir; prendas de noche; abrigos de noche; cuellos se para bles para kimonos (haneri); cuellos postizos; escudetes de axila [partes de prendas de vestir]; indumentaria de aikido; albas; chalecos de entrenamiento para fútbol americano; parkas; trajes [vestuario]; trajes de noche; trajes de mujeres; pajaritas; pantalones de vestir; monos de vestir; blusas; ropa de trabajo; overoles de trabajo; blusas; jerséis sin mangas; manto nes; calentadores de brazos [vestidos]; batas para doctores; pantalones de calentamiento;ropa hecha de piel;guantes para conducir; ajuares de bebé [prendas de vestir]; ajuares de bebé [prendas de vestir]; prendas de una sola pieza [body] para bebés; picar días [pijamas]; bragas para bebés; baberos de plástico para bebés; ropa de bebé para la parte superior del cuerpo; nanas para bebés [prendas de vestir]; bragas para bebés; ropa de bebé para la parte inferior del cuerpo; ajuares de bebé [prendas de vestir]; buzos de abrigo para bebés; trajes de baño; trajes de baño para señora; trajes de baño para caballeros; bañadores ajustados que tienen copas de sujetador; trajes de baño para caballero y señora; calzones de baño; trajes de baño; trajes de baño; albornoces; calzones de baño; pantalones cortos de baño; ropones (salidas) de baño; batines; trajes de ballet; vestidos de fiesta; bandanas [pañuelos para el cuello]; sujetadores ban de a u [ropa interior]; uniformes de béisbol; calzoncillos térmicos; camisetas interiores térmicas; camisetas ombligueras; camisetas impresas; calentadores de piernas; ropa de cachemir a; ropa de cuero de imitación; ropa de lana; ropa para automovilistas; ropa de bebé; ropa para damas de honor; ropa de patinaje artístico; trajes de bautizo; prendas de vestir para la práctica del judo; prendas de vestir para niños; prendas de vestir para niños pequeños; ropa de niña; prendas de vestir de cuero para motoristas; ropa de cuero; prendas de vestir de lino; ropa de papel; ropa de felpa; ropa de seda; ropa para artes marciales; ropa de hípica [excepto cascos de jinete]; vestuario teatral; ropa para pescadores; ropa para chico; vestuario para juegos de lucha libre; ropa prenatal; pantalones para estar por casa; bermudas; mañanitas; calcetines de cama; maillots; blazers; blusones; boas [bufandas]; leotardos; medias de cuerpo entero; bodis [ropa interior]; boleros; corbatas de cordón; cazadoras tipo bombera boxers [calzoncillos]; vestidos de novia; albornoces [capas con capucha]; sujetadores; bustiers; chaquetas marineras; capas; pantalones pirata de mujer; abrigos cortos; pantalones LENZING

    de estilo militar; polainas (prendas de vestir); casullas; camisolines; cheongsams (vestidos de raso en estilo chino); albas túnicas para coristas; prendas de noche; pantalones de pana; camisetas largas; ropa de mujer; lencería femenina; vestidos; ropa exterior de señora; bombachas; ropa interior de mujer; ropa interior de mujer; chaquetas de plumas; chalecos de plumón; pantalones vaqueros; sobretodos; chaquetones de trabajo con refuerzo impermeable en los hombros; trajes de tres piezas [ropa]; trencas; pañuelos de bolsillo [prendas de vestir]; trajes de una pieza; monos de vestir; monos cortos [prendas de vestir]; ropa interior desechable; vestidos de patinaje; mallas deportivas; medias de lana; faldas plisadas para quimonos formales (hakama); disfraces [trajes]; vestidos de ceremonias para señoras; sujetadores deportivos transpirables; camisetas de deporte transpirables; pantalones de deporte transpirables; camisas de pesca; chaquetas de pescador; ropa polar; chalecos de forro polar; pajaritas; trajes de vuelo; trajes de noche de gala; ropa de etiqueta; fulares [prendas de vestir]; chaqués; trajes de chaqueta informales; camisas deportivas; pantalones ligeros; ropa informal; bragas tipo short; casacas de barbero; batines; reproducciones de equipaciones de fútbol; camisetas de fútbol; chalecos de entrenamiento para fútbol; bolsas para calentar los pies que no sean eléctricas; gabardinas [prendas de vestir]; galochas; polainas; chaqués; pantalones acolchados de deporte; camisetas acolchadas de deporte; shorts acolchados de deporte; prendas de punto; guantes de punto; chaquetas de punto; ropa interior de punto; jerséis tejidos con lana; prendas de vestir tejidas; camisas tejidas; chaleco; polos; pantalones de golf; pantalones, camisas y faldas de golf; faldas de golf; mallas; ropa de gimnasia; calcetines cortos; disfraces para halloween (víspera de todos los santos); tirillas; artículos para llevar en el cuello; fulares; braga de cuello; calentadores de muñeca; guantes [prendas de vestir]; guantes para ciclistas; guantes con puntas conductor as que pueden usarse al utilizar dispositivos electrónicos portátiles provistos de pantallas táctiles; guantes incluyendo los de piel, pellejo o cuero; calentadores de manos [prendas de vestir]; ropa para estar en casa; camisas hawaianas; camisas hawaianas abotonadas delante; canesúes de camisa; camisas; camisas para trajes; camisas con cuello; camisas de cuello abierto; camisas con botones; camisones; combinaciones [ropa interior]; camisas-chaqueta; pecheras de camisa; trajes para hombres; ropa de hombre; ropa exterior de caballero; calcetines de caballero; ropa interior de hombre; chalecos; vestidos de novia; chaquetas tipo leñador; canguros (suéteres con capucha); bombachas; pantalones largos; pantalones de cuero; pantalones para niños; pantalones para niños; pantalones para personal de enfermería; pantalones de chándal tipo sudadera; pantalones de snowboard; trajes pantalón; faldas pantalón; medias calcetín; tirantes; ligueros de caballero; fajas [ropa interior]; fajas [ropa interior]; chaquetas; chaquetas que son prendas de vestir de deporte; chaquetas de forro polar; chaquetas de pesca; chaquetas con mangas; chaquetas sin mangas; chaquetas para snowboard; chaquetas impermeables; chaquetas, abrigos, pantalones y chalecos de caballero y de señora; forros para chaquetas; pantalones de caza; chaquetas de caza; chalecos de caza; camisas de caza; quimonos; prendas de tela vaquera [ropa]; pantalones vaqueros; chaquetas vaqueras; jerseys [prendas de vestir]; pantalones de montar; chándales de nailon; conjuntos de footing [ropa]; pantalones de chándal tipo sudadera; prendas para llevar en la parte superior para hacer footing; pantalones de chándal tipo sudadera; chaquetas heavy; chaquetones; trajes de judo; caftanes; camisolas; uniformes de artes marciales; uniformes para deportes de combate; sudaderas con capucha; trajes de kárate; bufandas de cachemir a; equipos de kendo; uniformes caqui; faldas escocesas; faldas escocesas; quimonos; vestidos; mandiles; vestidos; batas para personal de enfermería; forros confeccionados [partes de prendas de vestir]; bolsillos de prendas de vestir; ropa de sport; bombachos; pantalones de senderismo; calcetines largos; calentadores de rodilla; juegos de top y culote [ropa]; ropa de confección; prendas superiores básicas de trajes tradicionales coreanos [jeogori]; chalecos tradicionales coreanos para señora [baeja]; abrigos coreanos [durumagi]; chalecos térmicos acolchados; corseletes; cubrecorsés; corsés; corsés; corsés; trajes [disfraces]; trajes de falda; disfraces para niños; trajes para usar en juegos de rol; cuellos; cuellos postizos; cuellos para vestidos; corbatas; corbatas pañuelo [ascots]; miriñaques; fajas de esmoquin; camisetas de manga corta o manga larga; camisas de manga corta; camisas de manga corta; pantalon corto; pantalones de chándal tipo sudadera; enaguas cortas; gabán corto para quimono [haori]; capuchas [ropa]; batas de laboratorio; jerséis de manga larga; camisetas interiores de manga larga; chaquetas largas; batas de dormir japonesas [nemaki]; quimonos largos (nagagi); calzoncillos largos; baberos que no sean de papel; petos de caza; ropa para correr; chalecos para hacer footing; trajes de cuero;

    ropa de cuero; chaquetas de cuero; chaquetas de cuero; pantalones informales; calzas [leggings] ; lencería; ropa interior absorbente del sudor; chaquetas reflectantes; lencería femenina; libreas; prendas para cubrir trajes de baño; ropa exterior para niñas; manípulos [ropa litúrgica]; uniformes de deporte; puños [prendas de vestir]; abrigos; pellizas; abrigos de algodón; abrigos de tela vaquera [denim]; abrigos para señora; abrigos para hombre; mantillas; antifaces para dormir; máscaras para los ojos; trajes de marinero; corseletes; prendas de corsetería; mini faldas; triquinis; batines; batas de descanso; trajes de motociclismo; guantes de motociclista; chaquetas de motociclismo; manguitos [prendas de vestir]; vestidos hawaianos [muu-muus]; camisones; camisones; camisones; prendas para dormir; trajes de neopreno; saltos de cama [picar días]; medias cortas; ropa exterior de señora; ropa exterior; camisas de vestir; empeines de ratán tejido para sandalias de estilo japonés; blusas de tirantes; tops para ciclistas; tops con capucha; blusas de espalda des cubierta; cintas para abrigar las orejas; orejeras [prendas de vestir]; conjuntos de vestir; overoles de trabajo; overoles de trabajo; overoles para personal de enfermería; sobre camisas; pareos; parkas; pelerinas; pieles [prendas de vestir]; pellizas; abrigos y chaquetas de piel; manguitos de piel; capas de piel; enaguas; polo los; polos; pantalones de pirata; delantales de plástico; culotes; polos; polos de punto; suéteres de cuello alto; suéteres [polos]; ponchos; suéteres; suéteres de cuello redondo; suéteres de cuello alto falso; suéteres con cuello en v; suéteres sin mangas (ropa); bombachos; pijamas; partes inferiores de pijamas; ropa para ciclistas; pantalones para ciclistas; camisas de ramio; camisas de protección para deportes acuáticos; pañuelos cuadrados para la cabeza; chubasqueros; ropa de lluvia; pantalones impermeables; abrigos impermeables; ponchos para la lluvia; guantes de equitación; pantalones de montar; chaquetas de montar; faldas; prendas superiores de cuello alto; cuellos vueltos [ropa]; camisetas de cuello alto; suéteres de cuello alto; camisetas de rugby; pantalones cortos de rugby; camisetas de rugby; chaquetas de safari; saris; sarongs; zamarras; abrigos de piel de oveja; protectores para cuellos de prendas de vestir; bufandas [vestidos] ; chales [sólo de punto] ; chales y pañuelos de cabeza; chales y estolas; fajas [bandas]; bandas faja para quimonos [obi]; uniformes de árbitros; prendas para dormir; antifaces para dormir; camisones; tops tipo tubo; velos; pañuelos de cuello de caballero; bombachas; trajes para la nieve; trajes para la nieve; pantalones para la nieve; pañuelos para los hombros; toquillas [prendas de vestir]; uniformes escolares; delantales [prendas de vestir]; delantales de papel; bandas abdominales para embarazadas; vestidos de premamá; calcetines sudorífugos; medias absorbentes del sudor; bandas anti sudor; bandas de muñeca para el sudor; cintas para la cabeza; sobaqueras; calcetines antitranspirantes; cintas para absorber el sudor de la frente; uniformes de enfermera; pantalones cortos de baño; corbatas de seda; bufandas de seda; sostenes adhesivos; capas de peluquería; chaquetillas; vestidos de tubo; camisetas de cuello alto falso; camisas y pantalones cortos a juego (lencería); petos cortos; shorts; pantalones cortos tipo chándal; bragas altas tipo short y [ropa interior]; trajes para la nieve; trajes de esquí de competición; guantes de esquí; pantalones de esquí; chaquetas de esquí; ropa de esquí; pasamontañas para esquí; mallas cortas reforzadas con protectores; slips; fajas de esmoquin; esmoquin; esmóquines; trajes de snowboard; guantes de snowboard; calcetines estilo japonés (tabi); calcetines y medias; ligas para calcetines; sujetadores sin aros; vestidos veraniegos sin mangas para señora; ropa de protección solar; monos cortos [ropa]; picar días (baby doll); chándales; ropa de deporte [exceptuando los guantes de golf]; ropa de deporte; sujetadores de deporte; camisas deportivas; camisas deportivas de manga corta; pantalones de deporte; chaquetas deportivas; calcetines de deporte; camisetas de deporte; jerséis deportivos y pantalones para el deporte;chándales;chalecos de atletismo;guardapolvos; chaquetas acolchadas [prendas de vestir]; chalecos acolchados; baberos de tela; baberos de tela para adultos; cuerdas de ajuste para quimonos (datejime); peleles; camisas braga para niños y bebés; ropa de playa; batas de playa; pantalones elásticos; prendas de punto; camisas de punto; re becas; tangas; ligas [ropa interior]; medias; medias absorbentes del sudor; refuerzos de talón para medias; faja panty; pantis; mallas [prendas de calcetería]; medias sin pie; prendas de mediería; calcetines sin pie; ropa de surf; suspenso rios [lencería]; suéteres; pantalones de chándal; chaquetas sudadera; sudaderas; pantalones cortos de chándal; trajes de taekwondo; ceñidores de cintura; camisetas de tirantes; ropa de baile; trajes de baile; tabardos; guantes de camuflaje; camisas de camuflaje; pantalones de camuflaje; chaquetas de camuflaje; chalecos de camuflaje; pantalones escoceses; prendas de vestir para jugar a tenis; camisas de tenis; vestidos de tenis; jerséis de tenis; faldas de tenis; pantalones cortos de tenis;

    calcetines de tenis; cinturones de materias textiles [prendas de vestir]; thobes [túnicas árabes]; trajes de teatro; calcetines térmicos; ropa interior térmica; togas; tops[ropa];trajes folclóricos;prendas de vestir japonesas tradicionales; tirantes de sostenes; mallas con tirantes; pichis; sujetador sin tirantes; camisetas de tirantes; ropa de gimnasia; pantalones de chándal tipo sudadera; pantalones cortos de chándal; tops de chándal; impermeables cruzados; culotes de tirantes; ropa de triatlón; prendas de punto; camisetas de deporte; trajes secos; camisetas [de manga corta]; pañuelos [ropa]; pañuelos de cuello; pañuelos cuadrados para la cabeza; túnicas; turbantes; ropa de gimnasia; pantalones cortos de gimnasia; tutús; conjunto de dos piezas (twin sets); chaquetas exteriores corea nas que se llevan encima de las prendas básicas [magoja]; short de niño-bragas (ropa); sobretodos; sobre pantalones; bufandas de cuellos; capotes; chales; ropa prenatal; ropa de dormir para embarazadas; lencería para embarazadas; uniformes; uniformes para uso comercial; uniformes de enfermera; uniformes de árbitros; prendas interiores de cuerpo entero; lencería; prendas interiores para bebés; ropa interior absorbente del sudor; tops (camisetas); camisetas interiores para quimonos [juban]; camisetas interiores para quimonos(koshimaki);prendas inferiores [ropa]; calzoncillos; camisolas interiores; enaguas; fajas para nudos obi (obiage-shin); pantalones de chándal; lencería; prendas de protección para la ropa; chaquetas de traje; camisetas de voleibol; ropa con aislamiento térmico; chaquetas de calentamiento; tops de calentamiento; ropa resistente a la intemperie; trajes impermeables para motociclistas; capas impermeables; ropa para exteriores impermeable; escarpines de inmersión; pantalones impermeables; chaquetas impermeables; chubasqueros [ropa]; trajes de esquí acuático; ropa blanca de chefs; batas blancas para su uso en hospitales;caftanes;sudaderas;chaquetas reversibles; chalecos;chalecos de cuero;corta vientos;ropa resistente a la intemperie; ropa de agua para navegar; calzas y polainas; cinturones para envolver para quimonos [datemaki]; pareos; pareos; envolturas de bebés; petos de esquiar; prendas de vestir cortaviento; trajes cortaviento; pantalones cortaviento; jerséis cortaviento; chalecos de viento; guantes de invierno; abrigos de invierno; prendas de mediería; ropa resistente a condiciones climáticas externas; calcetines de lana; pantalones de yoga; camisetas de yoga; trajes de espaldas y pantalones anchos [trajes zoot]; escudetes [partes de prendas de vestir]; escudetes para bañadores [partes de prendas de vestir]; escudetes para calcetines salvapiés [partes de prendas]; escudetes para leotardos [partes de prendas de vestir]; escudetes para medias [partes de prendas de vestir]; escudetes para pantis [partes de prendas de vestir]; escudetes para ropa interior [partes de prendas de vestir]; calzado; tacones; contrafuertes para calzado; botitas (calzado de lana para bebés); pantuflas de baño; calzado de señora; plantillas de calzado; alpargatas; plantillas para el talón; zapatos planos; tacones repujados de caucho o de materiales plásticos; plantillas repujadas de caucho o de materiales plásticos; antideslizantes para calzado; patucos; calcetines zapatilla; contrafuertes para zapatos; calcetines interiores para calzado; zapatos para correr; calzado para niños; zapatillas de cuero; zapatos de cuero; zapatos de lona; zapatos náuticos; empeines de sandalias de estilo japonés; patucos; manoletinas [calzado]; viras de calzado; botas de agua; calzado para montar; calzado para montar; tiras para zapatos; botas de rugby; babuchas y sandalias de mujer (mules); zapatos sin cordones; zapatos; calzado de atletismo; zapatos informales; calzado para jugar al futvóley (voleibol de pie); calzado con cierre de gancho y rizo; zapatos de tacón alto; calzado de montañismo; plantillas que no sean ortopédicas; palas de zapatos; suelas [calzado]; cubrezapatos, no para usos médicos; palas de calzado; zapatos para snowboard; suelas de zapato; suelas de zapatillas; suelas para sandalias estilo japonés; alpargatas; zapatos de baile; zapatos de baile de salón; zapatillas de tenis; zapatillas de deporte; punteras de calzado; botas de pesca impermeables; calzado impermeable; botas de invierno; zapatillas de yoga; sandalias japonesas [zori]; lengüetas para zapatos y botas; ropa interior de mujer; guantes para trajes acuáticos; pijamas [sólo de punto]; suelas intermedias.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: Lucía Durón López (Bufete Durón) USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de agosto del año 2017. [12] Reservas: No tiene reservas Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 50494-2017 — Solicitud de registro de marca de servicio ALEXA - Clase 35

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 50494-2017 2/ Fecha de presentación: 06-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/ Domicilio: 410 Terry Ave. N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALEXA ALEXA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Advertencia, servicios de advertencia y mercadeo, nombrado, promocionando los buenos servicios de otros, servicios de orden satisfactorio, nombrado, servicios relacionados a orden de consumo y procesamiento, proporcionar productos de información, con el propósito de asistir con la selección de mercancía de consumidor general para conocer las necesidades del consumidor, servicio de provisión para búsqueda de optimización de bacteria, servicio de comparación de compras nombrado, promover los servicio buenos de otros, manejo de computar ización de archivos y bases de datos, crear indicación de información, sitios y otros recursos, hábiles en redes global de computadora y otro electrónico y otras redes de comunicación para otros, proporcionar información de productos de consumo con el propósito de seleccionar mercadería general de consumo para conocer las especificaciones y necesidades de los consumidores, información comercial y consejo para consumidores, nombrados, proporcionar oportunidades para usuarios de internet para que poste e una calificación, re pasos y recomendaciones para un rango de productos consumidos, servicios de tienda en línea de distribución de variedad de productos consumidos de otros, servicios de tienda de distribución de variedad de productos consumidos de otros, servicio de distribución y servicio de distribución en línea en conexión con libros, electrónicos, comida, vino y bebidas, producto de cocina, producto de limpieza, utensilios de cocina, utensilios de hogar, ropa, producto de cuidado personal, producto para mascotas, mercancía deportiva, equipo de campamento, juguetes, joyería, flores, calzado y sombrero, manejo de negocios, administración de negocios, funciones de oficinas, proporcionar directores telefónicos, direcciones de negocios, dirección de correo electrónico, dirección de página de red, dirección y número de teléfono o de personas, lugares y organizaciones. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-02-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 50497-2017 — Solicitud de registro de marca de servicio ALEXA - Clase 45

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 50497-2017 2/ Fecha de presentación: 06-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/ Domicilio: 410 Terry Ave. N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALEXA ALEXA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios de introducción, redes sociales y citas basados en internet; proporcionar contactos y facilitar presentaciones con el propósito de crear y desarrollar relaciones personales productivas para personas con un deseo común de conocer a otras personas con intereses similares; servicios de introducción, relación personal y redes sociales provistos a través de internet u otra red informática o de comunicaciones; servicios de redes sociales en línea, en concreto, facilitación de presentaciones sociales o interacciones entre individuos; servicios de redes sociales en línea; servicios de redes sociales en línea en el campo del entretenimiento; servicios de redes sociales en el campo del entretenimiento proporcionados a través de un sitio web y redes de comunicación; servicios de conserjería personal, servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección de bienes y personas; suministro de bases de datos informáticas en línea y bases de datos de búsqueda en línea en el ámbito de las redes sociales; proporcionar un sitio web de redes sociales para fines de entretenimiento; proporcionar servicios de redes sociales para fines de comentario, comparación, colaboración, consulta. asesoramiento, discusión, investigación, intercambio de información, indexación, ubicación de la información y entretenimiento; servicios personales de compras; proporcionar una base de datos de búsqueda con audio, vídeo y contenido audiovisual disponible a través de internet, redes de telecomunicaciones y redes de telecomunicaciones inalámbricas en el campo de las redes sociales en línea. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 13-02-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 50503-2017 — Solicitud de registro de marca de servicio ECHO - Clase 45

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 50503-2017 2/ Fecha de presentación: 06-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/ Domicilio: 410 Terry Ave. N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ECHO ECHO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 45 8/ Protege y distingue: Servicios de introducción, redes sociales y citas basados en internet; proporcionar contactos y facilitar presentaciones con el propósito de crear y desarrollar relaciones personales productivas para personas con un deseo común de conocer a otras personas con intereses similares; servicios de introducción, relación personal y redes sociales provistos a través de internet u otra red informática o de comunicaciones; servicios de redes sociales en línea, en concreto, facilitación de presentaciones sociales o interacciones entre individuos; servicios de redes sociales en línea; servicios de redes sociales en línea en el campo del entretenimiento; servicios de redes sociales en el campo del entretenimiento proporcionados a través de un sitio web y redes de comunicación; servicios de conserjería personal; servicios jurídicos; servicios de seguridad para la protección de bienes y personas; suministro de bases de datos informáticas en línea y bases de datos de búsqueda en línea en el ámbito de las redes sociales; proporcionar un sitio web de redes sociales para fines de entretenimiento; proporcionar servicios de redes sociales para fines de comentario, comparación, colaboración, consulta, asesoramiento, discusión, investigación, intercambio de información, indexación, ubicación de la información y entretenimiento; servicios personales de compras; proporcionar una base de datos de búsqueda con audio, vídeo y contenido audiovisual disponible a través de internet, redes de telecomunicaciones y redes de telecomunicaciones inalámbricas en el campo de las redes sociales en línea. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 15/02/18. 12/ Reservas: Abogado Camilo Zaglul Bendeck Pérez Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 38428-2017 — Solicitud de registro de marca de fábrica BEAUTIK REPUBLIC LONDON

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 38428-2017 2/ Fecha de presentación: 06-09-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BEAUTIK LABORATORIES (UK) LTD. 4.1/ Domicilio: 133 Higham Road, N17 6NU, Londres, Inglaterra 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Inglaterra

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BEAUTIK REPUBLIC LONDON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Cosméticos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina de León

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-11-2017. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018. _____ BEAUTIK REPUBLIC LONDON

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Aviso

Aviso No. 17-38430 — Solicitud de registro de marca de fábrica BEAUTIK LONDON

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 17-38430 2/ Fecha de presentación: 06-09-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BEAUTIK LABORATORIES (UK) LTD. 4.1/ Domicilio: 133 Higham Road, N17 6NU, Londres, Inglaterra 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Inglaterra

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BEAUTIK LONDON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Cosméticos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina de León

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05/12/17. 12/ Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018. BEAUTIK LONDON

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Aviso

Aviso No. 38429-2017 — Solicitud de registro de marca de fábrica LOBBS&CO LONDON

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 38429-2017 2/ Fecha de presentación: 06-09-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: BEAUTIK LABORATORIES (UK) LTD. 4.1/ Domicilio: 133 Higham Road, N17 6NU, Londres, Inglaterra 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Inglaterra

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LOBBS&CO LONDON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Cosméticos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina de León

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-11-2017. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018. _____ LOBBS&CO LONDON

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Aviso

Aviso No. 890-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica RXULTI

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 890-2018 2/ Fecha de presentación: 09-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: H. Lundbeck A/S 4.1/ Domicilio: Ottiliavej 9, 2500 Valby, Dinamarca. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Dinamarca

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RXULTI 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y preparaciones y sustancias médicas; vacunas; preparaciones y sustancia farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos y enfermedades en, generados por o que actúas sobre el sistema nervioso central; preparaciones farmacéuticas y sustancias que actúan sobre el sistema nervioso central; estimulantes del sistema nervioso central; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de trastornos y enfermedades psiquiátricos y neurológicos; preparaciones y sustancias farmacéuticas para la prevención y el tratamiento de la demencia, enfermedad y trastorno de Alzheimer, mareos, convulsiones, apoplejía, depresión, deterioro cognitivo, trastornos y enfermedades cognitivas, trastornos del estado de ánimo, psicosis, ansiedad, apatía, epilepsia, síndrome de Lenriox-Gastaut (LGS), esclerosis, porfiria, enfermedad y trastorno de Huntington, insomnio, enfermedad y trastorno de Parkinson, caídas, trastornos del movimiento y enfermedades, temblor, esquizofrenia, trastorno bipolar y enfermedad, manía, TDAH, trastorno de estrés postraumático, agitación, cáncer, migraña, dolor, alcoholismo y dependencia; preparaciones, sustancias, reactives y agentes para diagnóstico y uso médico. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Claribel Medina de León

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-02-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018. RXULTI

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Aviso

Aviso No. 316-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica URUS Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 316-2018 2/ Fecha de presentación: 05-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: AUTOMOBILI LAMBORGHINI S.p.A. 4.1/ Domicilio: Via Modena, 12, 40019 Sant´ agata Bolognese (BO), Italia 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Italia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 016990186 5.1 Fecha: 17/07/2017 5.2 País de Origen: Unión Europea 5.3 Código País: EU

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: URUS Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Carros, carros eléctricos, llantas de automóvil, aletas de prevención de rociado para vehículos; capuchas de automóviles; volantes para vehículos; dispositivos antirrobo para vehículos; parachoques para automóviles; cuernos para automóviles; carrocerías de automóviles; asientos de carro; motores de automóviles; motores de carros de carrera; chasis del automóvil; amortiguadores para automóviles; tapicería para automóviles; motores eléctricos para automóviles; autos sin conductor; llantas de ruedas [para automóviles]; automóviles y partes estructurales de los mismos; asientos de carreras para automóviles; piezas interiores de automóviles; cajas de cambios automáticas para automóviles; cambios de marcha para automóviles; lanchas motoras; autos de ciclo; bicicletas; vehículos eléctricos; carros híbridos; frenos para automóviles; pastillas de freno de disco para vehículos terrestres; spoilers para vehículos; spoilers para vehículos acuáticos; spoilers para vehículos terrestres; deflectores de flujo de aire para vehículos; spoilers para vehículos aéreos. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-02-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 52471-2017 — Solicitud de registro de marca de fábrica ROAD CHOICE Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 52471-2017 2/ Fecha de presentación: 19-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Volvo Truck Corporation 4.1/ Domicilio: SE-405 08 Göteborg, Suecia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suecia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 87/720,627 5.1 Fecha: 14 Dic. 2017 5.2 País de Origen: Estados Unidos de América 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ROAD CHOICE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: No se reclaman derechos exclusivos sobre las palabras “Truck Parts” que son genéricas. 7/ Clase Internacional: 07 8/ Protege y distingue: Partes de vehículos terrestres, es decir, botes de gatas hidráulicas, cabezas de cilindros para motores, tubos de escape, kits de transmisión por correa del ventilador, es decir, soportes de muñones de transmisión del ventilador, cojinetes, sellos, juntas tóricas, anillos de retención de metal, revestimientos de fricción, separadores de metal, pistón, cartucho de aire y tuercas/pernos/tornillos metálicos; filtros de aire para motores de automóviles, inyectores de combustible, separadores de agua combustible, bombas hidráulicas, radiadores, bombas de vacío, bombas de agua; chimeneas de escape, reacondicionamiento del motor o kits que comprenden pistones, camisas de pistón, bielas, cojinetes del motor y sellos del motor, inyectores de combustible; alternadores, generadores y arrancadores de motores electrónicos giratorios; enfriadores de gas CAC para motores; partes de vehículos terrestres, a saber, partes para sistemas de aire acondicionado, a saber, compresores, condensadores. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02-03-2018. 12/ Reservas: Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2017-52103 — Solicitud de registro de marca de fábrica Polaroid y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2017-52103 2/ Fecha de presentación: 18-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SAFILO S.p.A. 4.1/ Domicilio: Zona Industrial e - Settima Strada, 15 - 35129 Padova, Italia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Italia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Polaroid y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Anteojos de sol sin prescripción, lente de anteojos de sol sin prescripción, patillas de anteojos de sol sin prescripción, patillas de anteojos de sol, lente sin prescripción patillas de anteojos de sol ajustables, lentes con prescripción para anteojos, anteojos de sol ajustables, anteojos terminados, lente para anteojos sin prescripción, lente para anteojos de sol sin prescripción, anteojos de sol, anteojos para leer y anteojos con prescripción, lente de anteojos para leer, lente oftalmológicos, lentes de contacto con prescripción, lentes de contacto sin prescripción, marco de anteojos, marco para anteojos de sol, marco de gafas, anteojos estereoscópico en 3D, los cuales serán vendidos solos y no parte de un juego electrónico u otros sistema, anteojos protectores, sombra de sol siendo componente de las partes de anteojos y anteojos proyec tivos, anteojos de seguridad, filtros ópticos para anteojos y anteojos de sol, gafas y protector de gafas, anteojos reteniendo cuerdas, caja de anteojos y equipo para reparación de ante ojo, caja para lentes de contacto, ropa para limpieza de lente, solución para la limpieza de lentes de contacto, caja de auto limpieza para lentes de contacto. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-02-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2017-52102 — Solicitud de registro de marca de fábrica POLAROID

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 2017-52102 2/ Fecha de presentación: 18-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: SAFILO S.p.A. 4.1/ Domicilio: Zona Industrial e - Settima Strada, 15 - 35129 Padova, Italia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Italia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: POLAROID 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Anteojos de sol sin prescripción, lente de anteojos de sol sin prescripción, patillas de anteojos de sol sin prescripción, patillas de anteojos de sol, lente sin prescripción patillas de anteojos de sol ajustables, lentes con prescripción para anteojos, anteojos de sol ajustables, anteojos terminados, lente para anteojos sin prescripción, lente para anteojos de sol sin prescripción, anteojos de sol, anteojos para leer y anteojos con prescripción, lente de anteojos para leer, lente oftalmológicos, lentes de contacto con prescripción, lentes de contacto sin prescripción, marco de anteojos, marco para anteojos de sol, marco de gafas, anteojos estereoscópico en 3D, los cuales serán vendidos solos y no parte de un juego electrónico u otros sistema, anteojos protectores, sombra de sol siendo componente de las partes de anteojos y anteojos proyec tivos, anteojos de seguridad, filtros ópticos para anteojos y anteojos de sol, gafas y protector de gafas, anteojos reteniendo cuerdas, caja de anteojos y equipo para reparación de ante ojo, caja para lentes de contacto, ropa para limpieza de lente, solución para la limpieza de lentes de contacto, caja de auto limpieza para lentes de contacto. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: Leonardo Casco Fortín

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 19-02-2018. 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018. POLAROID

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Aviso

Aviso No. 1026-2018 — Solicitud de registro de marca de servicio prime y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 1026-2018 2/ Fecha de presentación: 10-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/ Domicilio: 410 Terry Ave. N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: prime y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Servicios de entretenimiento, es decir, en forma de actuaciones visuales y de audio en directo, es decir, espectáculos musicales, de variedades, de noticias y de comedias; publicación de material impreso; publicación de libros, audiolibros, periódicos, revistas y revistas web; publicación de publicaciones electrónicas; suministro de publicaciones electrónicas no descargables en forma de libros, revistas, publicaciones periódicas, folletos, revistas, boletines informativos y periódicos en los ámbitos del arte, bio grafía, negocios, niños y adultos jóvenes, comedia, comics, drama, economía, educación, entretenimiento moda, ficción, finanzas, alimentos, geografía, pasatiempos, historia, ley, estilo de vida, literatura, medicina, música, naturaleza, no ficción, novelas, crianza de los hijos, política, religión, romance, ciencia, ciencia ficción, tecnología, autoayuda, espiritual idad, deportes, estilo, tecnología y viajes; préstamo y alquiler de libros, audiolibros y otras publicaciones; servicios de imágenes digitales; suministro de vídeos, películas, películas y programas de televisión no descargables a través de un servicio de vídeo a pedido, servicios de alquiler de películas y vídeos; producción y distribución de películas, películas, programas de televisión y vídeos; crear y desarrollar conceptos para películas y programas de televisión; servicios de grabación de audio y vídeo; proporcionar programación de radio en línea; servicios de publicación digital de audio, vídeo y multimedia; servicios de entretenimiento, en concreto, suministro de música pregrabada descargable y programas de audio con historias de ficción y no ficción sobre una variedad de temas e información en el campo de la música y comentarios y artículos sobre música, todo en línea a través de una computadora global red; suministro de información, noticias y comentarios en el campo de la música y el audio; presentando conciertos y actuaciones musicales en vivo; servicios de producción musical; servicios de publicación de música; proporcionar videojuegos en línea; suministro de software de juegos en línea no descargable; publicación multimedia de juegos; producción de software para juegos de vídeo y computadora; alquiler de videojuegos; servicios de entretenimiento, es decir, actuaciones en vivo de jugadores de videojuegos; servicios de entretenimiento, en concreto, suministro de vídeos en línea con juegos que otros juegan; servicios de entretenimiento, en concreto,suministro de entornos virtuales en los que los usuarios pueden interactuar con fines recreativos, de ocio o de entretenimiento; servicios de entretenimiento, en concreto, suministro de ropa, colores, distintivos, herramientas y armas virtuales en línea, no descargables, para su uso en entornos virtuales creados con fines de entretenimiento; proporcionar un portal web en línea para que los consumidores jueguen juegos de computadora en línea y juegos electrónicos y compartan mejoras de juegos y estrategias de juego; organización y realización de competiciones y torneos deportivos para jugadores de videojuegos; organizar ligas de videojuegos; suministro de información en línea relacionada con juegos de computadora y mejoras para juegos; publicación de reseñas; proporcionar un sitio web con las calificaciones, revisiones y recomendaciones de los usuarios sobre eventos y actividades en los campos de entretenimiento y educación; proporcionar un sitio web con las calificaciones y reseñas de televisión, películas, vídeos, música, guiones, guiones, libros y contenido de videojuegos; información de entretenimiento; proporcionar noticias, información y comentarios en línea en el campo del entretenimiento; revistas en línea, en concreto, blogs con información sobre entretenimiento; servicios de entretenimiento, en concreto, creación de perfiles de músicos, artistas y bandas, mediante el suministro de videoclips no descargables de interpretaciones o ejecuciones musicales a través de una red informática mundial; organización de concursos; servicios de sorteo; servicios de sorteo proporcionados a través de una red informática mundial que alberga sorteos en línea y concursos para otros. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días cada una y en forma consecutiva. Si no se presentara oposición dentro de los 30 (días) contados desde la fecha de la última publicación del aviso, que anuncia la solicitud. El registro de la Propiedad Industtrial procederá a registrar la marca. 11/ Fecha de emisión: 28-02-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 1027-2018 — Solicitud de registro de marca de servicio prime y Diseño (Clase 42)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 1027-2018 2/ Fecha de presentación: 10-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/ Domicilio: 410 Terry Ave. No., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: prime y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Arrendamiento y alquiler de computadoras y software; servicios de tiempo compartido de computadora; servicios de co localización de computadoras, en concreto, suministro de instalaciones para la ubicación de servidores de computadoras con el equipo de otros; alquiler de instalaciones informáticas y de almacenamiento de datos de capacidad variable a terceros; servicios de diagnóstico por computadora; servicios de soporte técnico, es decir, resolución de problemas en la naturaleza del diagnóstico de problemas de hardware y software; proveedor de servicios de aplicaciones (ASP), en concreto, alojamiento de aplicaciones de software para terceros; suministro de uso temporal de software informático no descargable para transmitir, transmitir, transmitir, distribuir, reproducir, organizar y compartir música, audio, vídeo, juegos y otros datos; suministro de uso temporal de software informático no descargable para su uso en la creación, descarga, transmisión, recepción, edición, extracción, codificación, decodificación, reproducción, ver, almacenar y organizar texto, datos, imágenes y archivos de audio y vídeo; suministro de uso temporal de software informático no descargable para permitir a los usuarios ver o escuchar audio, vídeo, texto y contenido multimedia; suministro de uso temporal de software informático no descargable para crear y proporcionar acceso de usuario a bases de datos de información y datos con capacidad de búsqueda; suministro de uso temporal de software de motor de búsqueda no descargable; suministro de uso temporal de software informático no descargable para la entrega de contenido inalámbrico; suministro de uso temporal de software informático no descargable para acceder a información en línea; suministro de uso temporal de software no descargable para compras en línea; suministro de uso temporal de software no descargable para facilitar pagos y transacciones en línea; suministro de uso temporal de software no descargable que brinda servicios minoristas y de pedido para una amplia variedad de bienes de consumo; suministro de uso temporal de software informático no descargable para su uso en la difusión de publicidad para terceros; suministro de uso temporal de software informático no descargable para difundir información sobre descuentos de productos de consumo; suministro de uso temporal de software no descargable para compartir información sobre productos, servicios y ofertas; suministro de uso temporal de software no descargable para su uso en el escaneo de códigos de barras y comparación de precios; suministro de uso temporal de software informático no descargable para programar el envío y las entregas; suministro de uso temporal de software informático no descargable para el almacenamiento electrónico de datos; proporcionando temporal uso de software no descargable para almacenar, organizar, editar y compartir fotos; suministro de uso temporal de software informático no descargable para reconocimiento de imágenes y voz; suministro de uso temporal de software informático no descargable para domótica; suministro de uso temporal de software no descargable para comprar, acceder y ver películas, programas de televisión, vídeos, música y contenido multimedia; almacenamiento de datos electrónicos; servicios de copia de seguridad y recuperación de datos; servicios de intercambio de archivos, en concreto, proporcionar un sitio web con tecnología que permita a los usuarios cargar y descargar archivos electrónicos; alojamiento de contenido digital en internet; hosting, construcción y mantenimiento de sitios web; servicios informáticos, es decir, servicios de proveedor de alojamiento en la nube; suministro de motores de búsqueda para internet; servicios informáticos, en concreto, creación de índices de información, sitios web y recursos basados en redes informáticas; servicios informáticos, es decir, alojamiento de servicios web en línea para terceros para organizar y llevar a cabo reuniones en línea, reuniones y debates interactivos; servicios informáticos, es decir, subir música y fotos a internet para terceros; servicios informáticos, en concreto, creación de una comunidad en línea para que los usuarios registrados participen en debates, obtengan retroalimentación de sus pares,formen comunidades virtuales y participen en servicios de redes sociales en los campos de libros, programas de televisión, películas, música, entretenimiento, videojuegos, ficción y no ficción; crear una comunidad en línea para conectar reproductores de vídeo, equipos y ligas con el propósito de organizar juegos y actividades deportivas; proporcionar un sitio web con tecnología que crea canales personalizados de películas, programas de televisión, vídeo y música para escuchar, ver y compartir; proporcionar un sitio web basado en suscripción con música no descargable, radio, películas, programas de TV, vídeos e información sobre música, álbunes, artistas y canciones. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días cada una y en forma consecutiva. Si no se presentara oposición dentro de los 30 (días) contados desde la fecha de la última publicación del aviso, que anuncia la solicitud. El registro de la Propiedad Industtrial procederá a registrar la marca. 11/ Fecha de emisión: 28-02-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 50495-2017 — Solicitud de registro de marca de servicio ALEXA (Clase 41)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 50495-2017 2/ Fecha de presentación: 06-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/ Domicilio: 410 Terry Ave. No., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALEXA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Provisión de información relacionado con entretenimiento, publicaciones de periódicos, proporcionando en línea publicaciones electrónicas (no descargables) publicaciones de libros electrónicos, diarios, publicaciones de material magnético u óptico soporte de datos, publicación de música en línea, provisión de información en campo de entretenimiento en línea, proporcionar no descargables pregrabaciones musicales y podcast, proporcionar no descargable pregrabaciones de música y podcast, proporcionar información educacional y entretenimiento, noticias y comentarios en el campo de eventos, entretenimiento, eventos culturales, noticias, deportes, entretenimiento, finanzas y negocios, política y gobierno, salud y estado físico, clima, ciencia y tecnología, viaje, arte y literatura, estilo de vida y crecimiento personal, vehículos terrestres y transporte, desarrollo de educación y niños, bienes raíces, moda y diseño, recetas, ingredientes y cocina, decoración de hogar, música y cinema, historia, medicina, derecho y proporcionar información educacional y entretenimiento sobre los derechos de consumidores, proporcionar sitios web con información, audio, publicaciones todas relacionadas a entretenimiento, proporcionar noticias e información en el campo de entretenimiento relacionado con información, concursos, textos, audio, publicaciones todas relacionadas a entretenimiento, consultas en el campo de entretenimiento y la industria de entretenimiento, proporcionando información de entretenimiento, películas, programas de televisión vía redes sociales, distribución entretenimiento por radio y anuncios interactivos, nombrados, proporcionando oportunidades para cambios de información y conversaciones sobre variedad de temas por definiciones de eventos en vivo e información de correo, proporcionando información, revisión y recomendaciones personalizadas en el campo de entretenimiento vía comunicación global de redes, proporcionar información y comentario en el campo de entretenimiento o educación vía red global de computadora, nombrado, información en el campo de la música, libros, películas, cine, juego, juguetes, útiles deportivos, electrónicos, presentaciones multimedia, y otros domésticos y bienes de consume, servicio de entretenimiento, nombrados, proporcionando en línea programas de audio pregrabados en el campo de la música, libros, películas, largometrajes, juegos, juguetes, útiles deportivos, electrónicos, presentación multimedia, y otros útiles de hogar, y bienes de consume, servicio de entretenimiento, nombrados, proporcionando en línea revisiones, calificaciones y recomendación de música, libros, películas, largometrajes, juegos, juguetes, electrónicos, presentaciones multimedia y otros útiles de hogar, y bienes de consumo, servicio de entretenimiento, nombrado, proporcionando porciones de audio pregrabado vía internet, publicación de libros, revistas, periódicos, trabajos literarios, trabajos de audio, trabajos audiovisuales, proporcionando pregrabaciones no descargables de trabajos de audio, visual, audiovisual vía red inalámbrica, proporcionar en línea juegos de computadoras, e historias interactivas en línea, proporcionar información, noticias, artículos y comentarios en el campo de educación e instituciones educacionales, servicios de educación en nombre de instrucciones y línea a distancia el aprendizaje de temas de actuales eventos, educación, historia, lenguaje, artes liberales, matemáticas, negocios, ciencias, pasatiempos, tecnología, cultura, deportes, psicología, y filosofía, servicios educacional y entretenimiento en la naturaleza de podcast, webcast, y programas continuos con noticias y comentarios en el campo de la música, trabajos de audio, libros, teatro, trabajos literarios, eventos de deportes, actividades recreacionales, actividades de placer, torneos, arte, danza, musicales, exhibiciones, instrucción de deportes, clubes, radio, comedia, concursos, trabajos visuales, juegos, festivales de juegos, museos, parques, eventos culturales, conciertos, publicaciones, animación, eventos actuales, moda, y presentaciones multimedia accesibles, vía internet, u otro red de comunicación de computadora, producción de programa de radio, entretenimiento por radio, servicios de estudio de grabación, proporcionar información en línea relacionado a juegos, mejoras de juegos de computadora, proporcionando una base de datos en línea de entretenimiento con música, otro texto digital, en línea no descargables, archivo de audios con libros, revistas, noticias e información, provisión de servicios de información de consultas y consejos relacionados con citas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días cada una y en forma consecutiva. Si no se presentara oposición dentro de los 30 (días) contados desde la fecha de la última publicación del aviso, que anuncia la solicitud. El registro de la Propiedad Industrial procederá a registrar la marca. 11/ Fecha de emisión: 13-02-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018. ALEXA

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Aviso

Aviso No. 50500-2017 — Solicitud de registro de marca de servicio ECHO (Clase 38)

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 50500-2017 2/ Fecha de presentación: 6-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/ Domicilio: 410 Terry Ave. N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ECHO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Servicios de telecomunicaciones, servicios de telecomunicaciones, específicamente, transmisión electrónica de corriente y audio descargable, contenido de archivos visual, multimedia vía computadora y otras redes de comunicación, transmisión electrónica de mensajes, voz, datos e imágenes a través de red de comunicaciones global, comunicación electrónica, transmisiones electrónicas de información y datos, transmisión electrónica de voz, datos e imagen atravesé de red de comunicación global, envío de mensajes por transmisiones electrónicas, provisiones de acceso a foros de discusión, proporcionar en línea tablón de anuncios electrónico para la transmisión de mensajes por usuarios de computadora en el campo de información de productos de consume, emisión de audio de palabras habladas, emisión de audio y transmisión media digital de educación y entretenimiento, servicio de comunicación de internet inalámbrico banda ancha, proporcionando acceso a una base de datos interactiva para transmisión de mensajes de usuarios y suscriptores concerniente en libros, películas, largometrajes, juegos, juguetes, bienes deportivos, electrónicos, presentaciones multimedia y otros bienes de hogar y bienes consumibles, proporcionando acceso a directorios en línea, base de datos, eventos actual de sitios webs o blogs y materiales referentes en línea, proporcionar sitios webs y portales en línea de contenidos distintivo educacional y entretenimiento, específicamente, películas, programas de televisión, trabajos audiovisuales, música, trabajos de audio, libros, trabajos teatrales, trabajos literales, eventos de deporte, actividades de recreación, actividades de tiempo libre en la naturaleza de pasatiempo, torneos, art, danza, musicales, cultural, deporte, eventos actuales, de exhibición, institución de deportes, clubs, eventos actual de radio, comedia, drama, concursos, trabajo visual de arte, juegos, festivales, museos, parques, eventos culturales, conciertos, publicidad por computadora, animación, eventos actuales, programas de moda, presentaciones multimedia, examines interactivos educacional, transmisión de podcast, transmisión de webcast, servicios inalámbricos numérico y de texto digital, proporcionar red en línea que active usuarios a accesos y compartir contenido, texto, trabajo visual, trabajo de audio, trabajo audiovisual, trabajo de literatura datos, archivos, trabajos documentales y electrónico, proporcionar a usuarios telecomunicación con tiempo de acceso a redes electrónicas de comunicación con sentido de identificar, localizar, grupal, distribución y manejo de datos y enlaces a servidores terceros, procesadores de computadoras y usuarios de computadoras; proporcionar directorios para números de teléfono, direcciones comerciales, direcciones de correo electrónico, direcciones de la página de inicio de red, direcciones y número de teléfono de personas, lugares y organizaciones; acceso a dispositivos auxiliares o dispositivos electrónicos con carácter de prestación de servicios de conectividad de telecomunicaciones para la transferencia de imágenes, mensajes, audio, visual, audiovisual y obras multimedia entre lectores electrónicos, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes, dispositivos electrónicos portátiles, dispositivos digitales portátiles, tabletas o computadoras; transmisión de material de audio, visual y audiovisual a través de internet u otra computadora o red de comunicaciones; suministro de salas de chast en línea, foros de internet y comunidades en línea para la transmisión de fotos, vídeos, textos, datos, imágenes y otros trabajos electrónicos, prestación de servicios de información, consultoría y asesoramiento en relación con lo anterior. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días cada una y en forma consecutiva. Si no se presentara oposición dentro de los 30 (días) contados desde la fecha de la última publicación del aviso, que anuncia la solicitud. El registro de la Propiedad Industtrial procederá a registrar la marca. 11/ Fecha de emisión: 15/2/18. 12/ Reservas: Abogado CAMILO ZAGLUL BENDECK PERÉZ Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018. ECHO

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Aviso

Aviso No. 1021-2018 — Solicitud de registro de marca de fábrica prime y Diseño

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 1021-2018 2/ Fecha de presentación: 10-01-2018 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Amazon Technologies, Inc. 4.1/ Domicilio: 410 Terry Ave. N., Seattle, Washington 98109, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1 Fecha: 5.2 País de Origen: 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: prime y Diseño 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Software de computadoras para transmisión, distribución, reproducción, organizar y compartir música, audio, vídeo, juegos y otros datos, software de computadoras para uso en autorías, descargas, transmitir, recibir, editar, extracción, codificar, descodificar, jugar, visualización, almacenamiento y organización de textos, datos, imágenes y audio y archivos de vídeo, software de computadoras para habilitar a usuarios a visualizar o escuchar audios, vídeo, mensaje y contenido de multimedia, software de computadoras para crear y proporcionar a usuarios acceso a base de datos consultables de información y datos, buscador de software, software de computadoras inalámbrico para contenido de envío, software de computadora para acceso a información en línea, software de computadora para compras en línea, software de computadoras para facilitar pagos y transacciones en línea, software de computadora que proporciona distribución y ordenamiento de servicios para una amplia variedad de bienes de consumo, software de computadoras para uso de difundir anuncios para otros, software de computadoras para difundir información sobre descuentos de productos de consumo, software de computadoras para uso en compartir información sobre productos, servicios, y acuerdos, software de computadoras para uso de escanear códigos de barra y comparación de precios, software de computadoras para programar envío y entrega, software de computadora para almacenamiento electrónico de datos, software de computadoras para almacenar, organizar, editar y compartir fotos, software de computadoras para reconocimiento de imagen y habla, software de computadoras para automatización de hogar, software de computadoras para adquirir, acceso y visualizar películas, series de tv, vídeos, música y contenido multimedia, software para juegos, software de navegador de internet, archivos de música descargables, films y películas descargables de ficción y no ficción de historias con una variedad de temas proporcionando servicio de vídeo a la carta, imágenes y programas de televisión de historias de ficción y no ficción con variedad de temas y grabación de audio y vídeo con historias de ficción y no ficción con variedad de temas, media digital, es decir, discos de vídeo digital pregrabados, discos versátiles digital, grabación de vídeo y audio descargables, DVDs, discos digitales de alta definición de historias de ficción y no ficción con variedad de temas, archivos de audio descargables, archivos multimedia, archivos de textos, documentos escritos, material de audio, material de vídeo y juegos de ficción y no ficción con contenido de temas con variedad, libros de ficción descargables en una variedad de temas, libros electrónicos en el campo de historias de ficción y no ficción con una variedad de temas descargables y libros de audio en el campo de historias de ficción y no ficción con una variedad de temas, tarjeta de regalo magnéticamente codificadas. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días cada una y en forma consecutiva. Si no se presentara oposición dentro de los 30 (días) contados desde la fecha de la última publicación del aviso, que anuncia la solicitud. El registro de la Propiedad Industtrial procederá a registrar la marca. 11/ Fecha de emisión: 28-02-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPÉZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso No. 2017-041588 — Solicitud de registro de marca de servicio G GROUPAUTO EUROGARAGE Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-041588 [2] Fecha de presentación: 27/09/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: GROUP AUTO INTERNATIONAL. [4.1] Domicilio: 147Avenue Charles de Gaulle, 92200 Neuilly-sur-Seine, Francia. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: G GROUP AUTO EUROGARAGE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publici cidad, gestión empresarial, consulta de trabajo, información o consultas y en particular la organización de negocios y consultoría de gestión, consultoría de gestión empresarial, análisis de precios de costo, servicios de consultoría de gestión empresarial, estudio de mercado investigaciones de negocios; investigación de mercado, previsiones económicas, relaciones públicas, investigación para fines comerciales, estudios de marketing, consultoría y estudios de negocios para la creación, desarrollo y gestión de redes comerciales y señalización; asesoramiento comercial sobre la definición de políticas de red comercial en materia de selección de proveedores, suministro, logística y distribución, estudios de colaboración empresarial con otros, contratación; servicios de venta al por menor, venta al por mayor, venta por internet y venta por correspondencia de repuestos para automóviles y vehículos pesados, aceites y grasas industriales; lubricantes, productos para absorber el aceite, combustibles (incluido el espíritu del motor) e iluminantes, velas, mechas y, especialmente, aditivos no químicos para el carburante, combustible con base alcohólica, benceno, bencina; preparaciones para remover el sucio; sistemas de inyección de turbo; arrancadores, sistemas de inyección para motores diesel y gasolina para motores, radiadores, rodarnientos de bolas, válvulas, malacate, prensas hidráulicas, acumuladores, dispositivos de aviso, alarmas, alcoholímetros, baterías; agentes antiparasitarios, aparatos de soldadura eléctrica, faros luminosos, bobinas eléctricas, cajas de derivación, gabinete para altavoces, clavijas de presión para válvulas, señales de niebla, cables eléctricos, interruptor de circuito, intermitentes, interruptores; contadores; conductores eléctricos; conectores, aparatos eléctricos de control; aparatos de control de velocidad para vehículos, aparatos de diagnóstico, dinamórnetros, registradores de kilometraje para vehículos, letreros luminosos, aparatos de equilibrado, aparatos de extinción de incendios; fusibles, estuche para cables eléctricos, gasómetros, altavoces, indicadores eléctricos, indicadores, baterías eléctricas, contadores de revoluciones, triángulos de advertencia, aparatos de radar, radios, cargadores para aparatos eléctricos, reguladores, cerraduras eléctricas, productos de marcado, aparatos antirrobo, aparatos de monitoreo, básculas mezcladoras de pintura; aparatos para la distribución de grasa fija o móvil, aparatos fijos o móviles para la distribución de aceite, aparatos de regeneración de aceites, acumuladores, analizadores de gases, sistemas automatizados programables para ensayos y mantener funciones del vehículo, puestos de prueba, baterías y cargadores de baterías; acumuladores de calor; aparatos ac etileno; dispositivos para refrigeración y aire acondicionado para vehículos, filtros de aire, bombillas, dispositivos antideslumbrantes, desempañadores, dispositivos anticongelantes, luces para automóviles, faros, tapas de radiadores, calentadores para vehículos, aire acondicionado de vehículos, desempañadores, aparatos de iluminación para vehículos, radiadores eléctricos; reflectores de lámpara, aparatos de calefacción, instalaciones de aire acondicionado, vehículos, aparatos de locomoción por tierra, accesorios y todas las partes de repuesto para vehículos, principalmente amortiguadores (resortes), amortiguadores, dispositivos antideslizantes, dispositivos antideslumbrantes, dispositivos antirrobo, reposacabezas, ejes de transmisión, remolque ataduras, capuchas, carrocerías de vehículos, cadenas, chasis; para golpes, sombrillas, dispositivos de advertencia, válvulas para neumáticos, bandas de rodadura para neumáticos recauchutados, barras de torsión, ruedas del carro de la mina, basculantes para camiones, reductores tapas para tanques petral, parabrisas, campanas para vehículos, cárteres, cinturones de seguridad, tubos de aire, pistas circuitos hidráulicos, convertidores de par, indicadores de dirección, motores eléctricos, embragues; engranajes, tapacubos, neumáticos, equilibrado ras de ruedas, ejes, revistas de ejes, limpiaparabrisas, forros de freno, zapatas de freno, segmentos de freno, frenos, bandas para cubos de rueda, cubiertas de rueda, llantas de rueda, escalones, paneles solares, mecanismos de propulsión, remolques, tanques, espejos retrovisores, ruedas; trenes de aterrizaje para mecanismos de transmisión de vehículos, ruedas de turbinas, puertas, asientos, timones, paneles de ventana, alarmas, alternadores, carburadores, compresores de aire, condensadores, rodamientos, cilindro; cabezas, cyeles; spoilers, equipos de motor, bombas de aire para vehículos, vehículos pesados, ascensores automotores, techos solares; sistemas de inyección de combustible, arrancadores, sistemas de inyección de gasolina, arrancadores, sistemas de inyección de combustible para motores diésel y motores de gasolina, radiadores, rodarnientos de bolas, válvulas, cabrestantes, prensas hidráulicas, acumuladores, zumbadores, alarmas; medidores de alcohol, baterías, supresores; dispositivos eléctricos para soldadura, faros luminosos, bobinas eléctricas, cajas de conexión, cajas acústicas, casquillos indicadores de presión para válvulas, señales de niebla, cables eléctricos, disyuntores, intermitentes, interruptores, contadores, conductores eléctricos, conectado res; aparatos de control eléctrico, reguladores de velocidad para vehículos, aparatos de diagnóstico, dinamómetros, registradores de kilometraje para vehículos, letreros luminosos, dispositivos de equilibrado, extintores, fusibles, estuches para cables eléctricos, contadores de gas, altavoces, indicadores eléctricos, indicadores, baterías eléctricas, contadores de revoluciones, triángulos de aviso, radares, radios, cargadores para aparatos eléctricos, controladores; cerraduras eléctricas, productos de señalización, dispositivos de advertencia antirrobo, aparatos de control, básculas para pintura, dispositivos estacionarios o móviles de distribución de grasa, dispositivos estacionarios o móviles de distribución de aceite, dispositivos de recuperación de aceite, acumuladores, analizadores de gas, dispositivos automatizados programables para ensayar y mantener las funciones en vehículos, puestos de prueba, baterías y cargadores de baterías, uniones.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 22 de enero del año 2018. 12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad de forma separada de los elementos que la conforman. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso No. 17-50133 — Solicitud de registro de marca de fábrica ITR Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 17-50133 2/ Fecha de presentación: 05-12-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: USCO S.P.A. 4.1/ Domicilio: VIA DELLE NAZIONI, 65 - MODENA - ITALIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Italia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 302017000062720 5.1 Fecha: 08/06/2017 5.2 País de Origen: Italia 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ITR Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 07 8/ Protege y distingue: Partes de motor mecánico para vehículos terrestres, componentes mecánicos para motores para vehículos terrestres, máquinas agricultor as y máquinas de tierra movibles, máquinas de tractor, cargadores de rastreo de tractores, tractor de grúas, orugas de caucho siendo partes de tractores de máquinas de agricultura, orugas de caucho, orugas de caucho siendo partes de tractores en máquinas de construcción, orugas de caucho siendo partes de tractores en máquinas de minería, orugas de caucho siendo partes de tractores en máquinas o aparatos de carga o descarga, correa de transmisión energética para máquinas, rodamiento para ejes de transmisión, engranaje para máquinas, transmisiones para máquinas, transmisiones para ejes, otros que no sean para vehículos terrestres, correa de transmisión, otros que de vehículos terrestre, embragues y aparatos para transmisiones eléctricas, otros que no sean para vehículos terrestres, transmisiones, otros que no sean para vehículos terrestres, rodamiento para transmisiones de ejes, siendo partes de máquinas, embragues, otros que no sean para vehículos terrestres, reductores de presión (partes de máquinas), condensadores de refrigeración de aire, bomba para enfriamiento de motores, radiadores (enfriamiento) para motores y máquinas, filtros para limpieza para la refrigeración de aire, para motores, bombas hidráulicas, válvulas (parte de máquinas), interruptores de válvulas hidráulicas, válvulas (partes de máquinas, controles de neumáticos para máquinas y motores, aparatos y máquinas neumáticas, controles hidráulicos para máquinas y motores, retroexcavadora (máquinas de tierra movibles, aspas para máquinas de tierra movibles, cargadores (máquinas de tierra movibles), limpiador de aire (partes del motor), filtros de aceite para motores, filtros (parte de máquinas y motores), cadenas de manejo, otros que no sean para vehículos terrestres, cadenas de transmisión, otros que no sean para vehículos terrestres, rodillos de presión, (partes de máquinas), rodillos (partes de máquinas), rodillos rodables, rodillos rodables para máquinas, a plan a dora, transportadora de rodillo, motores manejables, otros que no sean vehículos terrestres, máquina de llantas, equipo de llantas (partes de máquinas), máquinas para carga y descarga, cargadores de palas, rampas para cargar, tractores para carga, máquinas para carga, grúas, tal a dores de tierra, máquinas de tierra para com pactar, anillos lubricantes (partes de máquinas), ejes para máquinas, transmisiones de ejes, no para vehículos terrestres, excavadoras, grúas (levantamiento de aparatos), grúas movibles, máquinas de extracción, máquinas de taladro y fresado, fresadoras, taladros radial, taladros para la industria minera, motores, otros que no sean para vehículo terrestre, implementos de agricultura, otros que no sean operada a mano, cinturones transportadores, componentes de chasis para uso en la agricultura, construcción, trabajo minero y máquinas de tierra movibles, juntas universales (juntas Cardan) enganches de ejes (máquinas), juntas (partes de motores), enganches, otros que no sean para vehículo terrestre, herramientas para máquina, motores (excepto para vehículos terrestre), máquinas de acoplamientos y componentes de transmisiones (excepto par vehículos terrestres), implementos de agricultura, otros que no sean operados a mano. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días cada una y en forma consecutiva. Si no se presentara oposición dentro de los 30 (días) contados desde la fecha de la última publicación del aviso, que anuncia la solicitud. El registro de la Propiedad Industtrial procederá a registrar la marca. 11/ Fecha de emisión: 17/01/18 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 17-50308 — Solicitud de registro de marca de fábrica DISEÑO ESPECIAL

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 17-50308 2/ Fecha de presentación: 05-12-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: APPLE INC. 4.1/ Domicilio: 1 Infinite Loop, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 87/476,004 5.1 Fecha: 05/06/2017 5.2 País de Origen: Estados Unidos de América 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Figurativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISEÑO ESPECIAL 6.2/ Reivindicaciones: Con reivindicación de los colores, Plateado, Blanco, Morado, Rosado,Azul y Verde, tal como se muestra en los ejemplares que se acompaña. 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Computadoras, hardware para computadoras, computadoras portátiles, teléfonos inteligentes, dispositivo con conexión inalámbrica para transmisión de voz, datos, imágenes, audios, vídeos y contenido, aparatos de comunicación de red, específicamente, software de comunicación para conexión global de computadoras con red, dispositivos digitales portátiles electrónicos capaces de producir acceso al internet y para envío, recibiendo y almacenando llamadas telefónicas, correos electrónicos y otros datos digitales, dispositivos electrónicos usables capaces de producir acceso al internet, para envío, recibido y almacenamiento de llamadas telefónicas, correo electrónicos y otros datos digitales, relojes inteligentes, cubos de automatización en la naturaleza de un electrónico voz de comando y reconocimiento y dispositivo de control remoto para controlar y monitorear dispositivos electrónicos de consume, iluminación, aparatos, termostato, sistema de calentamiento y aire acondicionado, alarmas y Sistema de seguridad y vigilancia para el hogar, detectores de humo y de monóxido de carbón pasador y seguro para puertas y ventanas, sistema de automatización de hogar, configuración de software de computadora, configuración, operación o control de computadoras, dispositivos móviles, teléfonos móviles, hardware de computadoras portátiles, periféricos de cómputo y reproductor de audio y video, juego de software de computadora, bases de telefónico de información de rescate de software, aparato de grabación y reconocimiento de voz, software de computadora para manejo de información personal, software de reconocimiento de voz, software para el habla de conversaciones de texto, aplicación de software para activación de voz, software de computadora usado para procesar voz de comando, y crear audio de respuesta a voz de comando, software de computadoras para dictar, software de computadoras para agendar citas, recordatorios y eventos en un calendario electrónico, software de computadoras para almacenamiento, organización y accede a números telefónicos, direcciones y otra información personal de contacto, software de computadoras para posición y proveer direcciones de viajes global, software de computadora para activar manos libres usados en dispositivos móviles digitales electrónicos, dispositivos digitales portátiles y otro consumidor electrónico a través de reconocimiento de voz, software de computadoras para hacer arreglos de viaje, software de computadoras para hacer reservaciones en hoteles y restaurants, micrófonos, decodificadores, control remotos para controlar computadoras, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes, anteojos inteligentes, reproductor de audio y vídeo y grabadoras, televisores, parlante, amplificadores, sistema de teatro para hogar, cubo de automatización, y sistema de entretenimiento, software de computadoras, para viaje y turismo, planeación de viaje, navegación, planeación de ruta de viaje, geográfico, destinación, transportación, e información de tráfico, dirección de manejo y caminado, mapa de localización, calles, información de atlas personalizado, exhibir mapa electrónico e información de destinación, software de computadoras para crear, autorizar, distribuir, descargar, transmitir, recibir, jugar, editar, extraer, codificar, decodificar, exhibir, almacenar y organizar datos de texto, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otro contenido multimedia, publicación electrónica y juegos electrónicos, software de computadoras, para uso de grabación, organizar, transmitir, manipular y re pasar datos de texto, datos, archivos de audio, archivos de vídeo y juegos electrónicos, en conexión con computadoras, televisión, decodificador, reproductor de audio y vídeo, reproductor de media, teléfonos, dispositivos electrónicos digitales, software de computadoras para activar usuarios de programa y distribución de datos de texto, gráficos, imágenes, audio, vídeo y otro contenido de multimedia vía global comunicación de red; software de computadora para identificar, ubicar, agrupar, distribuir y gestionar datos y enlaces entre servidores informáticos y usuarios conectados a redes de comunicación globales y otras redes informáticas, electrónicas y de comunicaciones. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días cada una y en forma consecutiva. Si no se presentara oposición dentro de los 30 (días) contados desde la fecha de la última publicación del aviso, que anuncia la solicitud. El registro de la Propiedad Industtrial procederá a registrar la marca. 11/ Fecha de emisión: 17-01-2018 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 17-50134 — Solicitud de registro de marca de fábrica ITR Y DISEÑO clase 12

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 17-50134 2/ Fecha de presentación: 05-12-17 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: USCO S.P.A. 4.1/ Domicilio: VIA DELLE NAZIONI, 65 - MODENA - ITALIA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Italia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 302017000062720 5.1 Fecha: 08/06/2017 5.2 País de Origen: Italia 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ITR Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Partes de chásis de vehículos, ejes de transmisión para vehículos terrestres, cinturón de transmisión para vehículos terrestres, conducir engranajes para vehículos terrestres, transmisiones para vehículos terrestres, componentes de transmisión para vehículos terrestres, cajas de transmisión para vehículo terrestre, cobertores altos de transmisión para vehículos terrestres, engranajes diferentes para vehículos terrestres, embrague para vehículo terrestre, forro de embrague para vehículos de tierra, instrumentos de embrague para vehículos terrestres, llantas de carreta para minería, ruedas de cadena, llantas de vehículos, ejes para llantas de vehículos, rodamiento de llantas para vehículos de tierra, agarradera de tuercas para llantas de vehículo, embragues de llantas para vehículos terrestres, bujes sin frenos para vehículo terrestre, llantas sólidas para ruedas de vehículos, llantas para vehículos terrestres, lineado de llantas, cadenas de conducir para vehículo terrestre, inflexión de cuerpo de camiones, tapones de ejes, llantas para ruedas de vehículos, válvulas para llantas de vehículos, dispositivos antideslizantes para llantas de vehículos, eje de ruedas de vehículos, chásis de motor para vehículos, tractores, vehículos, aparatos para locomoción por tierra, aire o agua. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días cada una y en forma consecutiva. Si no se presentara oposición dentro de los 30 (días) contados desde la fecha de la última publicación del aviso, que anuncia la solicitud. El registro de la Propiedad Industtrial procederá a registrar la marca. 11/ Fecha de emisión: 17/01/18 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 45818-2017 — Solicitud de registro de marca de fábrica SERVIER

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 45818-2017 2/ Fecha de presentación: 01-11-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LES LABORATOIRES SERVIER. 4.1/ Domicilio: 50, rue Carnot 92284 SURESNESS Cedex, Francia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 174361060 5.1 Fecha: 12/05/2017 5.2 País de Origen: Francia 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SERVIER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 10 8/ Protege y distingue: Aparatos, instrumentos y equipo de cirugía, medicina, dental y veterinaria, extremidades artificiales de ojos y dientes; artículos ortopédicos; materiales de sutura; medias de soporte, calcetas y calcetines; soportes, calcetas y calcetines para venas varicosas; vestimenta de bandas de compresión; aparatos médicos; instrumentos y equipo para introducir preparaciones farmacéuticas dentro del cuerpo humano; dispositivos de infusión y jeringas para propósitos médicos; instrumentos y herramientas de diagnósticos para propósitos médicos; aparatos para el análisis de sangre (para uso médico); aparatos médicos para uso en endoscopia, inhaladores, monitoreo fisiológico y aparatos de medida para propósitos médicos; aparato telemétrico para uso médico; instrumentos de acupuntura; aparatos auditivos; análisis automatizado para propósitos médicos, aparatos de imágenes médicos, aparatos de masaje. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días cada una y en forma consecutiva. Si no se presentara oposición dentro de los 30 (días) contados desde la fecha de la última publicación del aviso, que anuncia la solicitud. El registro de la Propiedad Industtrial procederá a registrar la marca. 11/ Fecha de emisión: 18/12/2017 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018. SERVIER

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Aviso

Aviso No. 45819-2017 — Solicitud de registro de marca de servicio SERVIER clase 42

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 45819-2017 2/ Fecha de presentación: 01-11-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LES LABORATOIRES SERVIER. 4.1/ Domicilio: 50, rue Carnot 92284 SURESNESS Cedex, Francia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 174361060 5.1 Fecha: 12/05/2017 5.2 País de Origen: Francia 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SERVIER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Servicios científicos y tecnológicos e investigación y diseño relacionados con ellos; análisis industrial y servicio de investigación; investigación científica para propósitos médicos, diseño y desarrollo de hardware y software de computadoras; servicios de investigación, diseño y desarrollo de herramienta de monitoreo; diagnósticos, pronóstico y análisis, pruebas clínicas, servicio de laboratorio (científico); evaluación y estudio científico y técnico de proyectos; nube informática; renta de software; actualización de software de computadoras; programación de computadoras; investigación y desarrollo para otros; almacén de datos electrónicos; plataformas de alojamiento de internet, alojamiento de portal web, suministro de uso temporal de aplicaciones de software no descargables accesibles a través de un sitio web; diseño de sitios web en el internet, en particular plataformas de colaboración; servicios de ingeniería relacionados con robótica; desarrollo de software para pacientes. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días cada una y en forma consecutiva. Si no se presentara oposición dentro de los 30 (días) contados desde la fecha de la última publicación del aviso, que anuncia la solicitud. El registro de la Propiedad Industtrial procederá a registrar la marca. 11/ Fecha de emisión: 18-12-2017 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018. SERVIER

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Aviso No. 45820-2017 — Solicitud de registro de marca de servicio SERVIER clase 44

Registro de la Propiedad Industrial

1/ Solicitud: 45820-2017 2/ Fecha de presentación: 01-11-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: LES LABORATOIRES SERVIER. 4.1/ Domicilio: 50, rue Carnot 92284 SURESNESS Cedex, Francia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 174361060 5.1 Fecha: 12/05/2017 5.2 País de Origen: Francia 5.3 Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SERVIER 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Servicios médicos; servicio veterinarios; cuidado de higiene y belleza para seres humanos o animales; consultoría de servicios relacionado con la salud; consultoría farmacéutica; servicios médicos; servicios de telemedicina; servicios de terapia; servicios de diagnósticos médicos; proporcionar servicios de enfermería en casa; prescripciones médicas individualizadas; prescripciones médicas en línea; proporcionar soporte médico en el monitoreo de pacientes recibiendo tratamiento médico; consultas en relación a los tratamientos médicos en casa; consultas de automedicación; información médica para pacientes; examinación de control médico, asesoramiento en relación con el bienestar del personal (salud); supervisión médica de pacientes, incluso a distancia. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL. 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN.

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) días cada una y en forma consecutiva. Si no se presentara oposición dentro de los 30 (días) contados desde la fecha de la última publicación del aviso, que anuncia la solicitud. El registro de la Propiedad Industtrial procederá a registrar la marca. 11/ Fecha de emisión: 18/12/2017 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018. SERVIER ________

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Aviso

Aviso No. 2017-036941 — Solicitud de registro de nombre comercial HOME PLUS

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-036941 [2] Fecha de presentación: 25/08/2017 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: FERRETERÍA MONTECRISTO, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: BARRIO BARANDILLA, 3 Y 4 CALLE, 3 AVENIDA, N.E. SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: HOME PLUS [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Establecimiento que se dedica a la venta de artículos de ferretería.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: KRYSTEL ANDREA AMAYA RODRÍGUEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 3 de noviembre del año 2017. 12] Reservas: No se protege diseño y color que aparece en etiqueta. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso No. 2017-036942 — Solicitud de registro de nombre comercial SORELLINA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-036942 [2] Fecha de presentación: 25/08/2017 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: LILIAM MICHELLE KAWAS KAFIE. [4.1] Domicilio: BARRIO BARANDILLA, 3 Y 4 CALLE, 3 AVE., N.E. SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SORELLINA [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Venta de joyas.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: KRYSTEL ANDREA AMAYA RODRÍGUEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 3 de noviembre del año 2017. 12] Reservas: Se trata de un e se table cimiento que se dedica a la venta de joyas, no se protege diseño y color que aparece en etiqueta Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso No. 2017-036939 — Solicitud de registro de señal de propaganda DALE VIDA

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-036939 [2] Fecha de presentación: 25/08/2017 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: FERRETERÍA MONTECRISTO, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: BARRIO BARANDILLA, 3 Y 4 CALLE, 3 AVENIDA, N.E. SAN PEDRO SULA, CORTÉS, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DALE VIDA [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Venta de artículos de ferretería.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: KRYSTEL ANDREA AMAYA RODRÍGUEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 2 de noviembre del año 2017. 12] Reservas: Esta señal de propaganda será usada en el Nombre Comercial con Registro 5888. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso No. 2017-047394 — Solicitud de registro de nombre comercial LE SORELLE

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-047394 [2] Fecha de presentación: 13/11/2017 [3] Solicitud de registro de: NOMBRE COMERCIAL

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: LMK. [4.1] Domicilio: Barrio Barandilla, 3 y 4 Calle, 3 Avenida, N.E. San Pedro Sula, Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LE SORELLE [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Venta de productos de joyería.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: KRYSTEL ANDREA AMAYA RODRÍGUEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de diciembre del año 2017. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CALUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. y 11 M. 2018.

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Aviso No. 2017-52476 — Solicitud de registro de marca de fábrica VICTROLA Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 2017-52476 2/ Fecha de presentación: 19-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: RCA TRADEMARK MANAGEMENT. 4.1/ Domicilio: 1-5, rue Jeanne d’Arc 92130 Issy-Les Moulineaux, Francia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Francia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 4375292 5.1/ Fecha: 10 Jul. 2017 5.2/ País de Origen: Francia 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: VICTROLA Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 09 8/ Protege y distingue: Aparatos para recibir, grabar, transmitir, reproducir, almacenar, codificar o descodificar sonidos o imágenes; reproductores de CD y grabadoras, reproductores de DVD y reproductores de discos ópticos de alta densidad, reproductores de MP3 y MP4, reproductores de música; sintonizadores; reproductores y grabadores de cassettes de audio, reproductores y grabadores de cintas de vídeo, reproductores de discos de vinilo, fonógrafos, gramófonos; platos giratorios; jukeboxes; sistemas estéreo, boomboxes; convertidores de audio; transmisores y receptores de datos digitales, decodificadores, codificadores, descodificadores, reproductores multimedia, tabletas multimedia, asistentes digitales personales; aparatos de televisión, pantallas de televisión, pantallas de proyección y proyectores; retro-proyectores, pantallas LCD; cámaras; videocámaras; radios, relojes de radiotransmisores de radio y TV; transmisores de vídeo; discos, CD, DVD, discos ópticos de alta densidad y otros medios de grabación digital; aparatos telefónicos, teléfonos móviles, teléfonos inteligentes; relojes conectados; dispositivos de posicionamiento y aparatos de navegación por satélite, a saber, receptores de navegación que utilizan un satélite de posicionamiento global (GPS); antenas parabólicas; antenas; equipos de procesamiento de datos y computadoras; monitores de PC; computadoras portátiles; teclados, ratones, alfombrillas de ratón; dispositivos periféricos de ordenador, a saber, impresoras, escáneres; llaves USB; portadores de PLC (adaptadores de comunicación de línea eléctrica) para computadoras; servidores de computadora; discos duros; dispositivos de almacenamiento de memoria; tarjetas de memoria; lectores de tarjetas inteligentes; software de ordenador; aparatos e instrumentos para la amplificación, modulación, detección de sonido; cables de conexión jack de audio; cables de audio y vídeo, cables de computadora; aparatos de transmisión remota y controles remotos; agujas para tocadiscos; auriculares; audífonos; auriculares; subwoofers; amplificadores; micrófonos; altavoces, barras de sonido; medidores de unidades de volumen; baterías; cargadores de batería, bancos de potencia; accesorios para cámaras, a saber, cables, baterías, cargadores, flashes, trípodes, lentes, filtros, estuches; estaciones del muelle; hubs; kits de manos libres; estuches de computadoras; estuches de tableta; cajas del teléfono; poseedores de discos de vinilo; soportes de CD y DVD; soportes de pared para televisores; alarmas; walkies-talkies; marcos de fotos digitales. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) hábiles. 11/ Fecha de emisión: 15-02-2018. 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. 11 M. 2018.

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Aviso No. 52474-2017 — Solicitud de registro de marca de fábrica ROAD CHOICE Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

1/ No. Solicitud: 52474-2017 2/ Fecha de presentación: 19-12-2017 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR 4/ Solicitante: Volvo Truck Corporation. 4.1/ Domicilio: SE-405 08 Göteborg, Suecia. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Suecia

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 87/720,627 5.1/ Fecha: 14 Dic. 2017 5.2/ País de Origen: Estados Unidos de América 5.3/ Código País:

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ROAD CHOICE Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: No se reclaman derechos exclusivos sobre las palabras “Truck Parts” que son génericas. 7/ Clase Internacional: 12 8/ Protege y distingue: Partes de vehículos terrestres, específicamente, compresores de aire de frenos, aire y fuentes de bobina eléctrica para suspensión, fuentes de aire para suspensión, alarmas de advertencia de respaldo; cojinetes de las ruedas; tensores de correa que son partes de los motores del vehículo; correas de transmisión y mangueras de línea de combustible, ajustadores de frenos en forma de ajustadores de holgura automáticos ASA; árboles de levas de freno y kits de reparación de cilindros de freno, vendidos como una unidad para vehículos terrestres, cámaras de freno, tambores de freno, zapatas de freno, válvulas de aire de freno; defensas; pinzas de freno; transportistas de carga, accesorios de cromo, a saber, tapas de tuercas, tapacubos, parachoques, guardabarros de cuarto, embragues, pastillas de freno de disco, parachoques para vehículos terrestres hechos principalmente de compuestos de caucho y montados en la parte trasera de camiones o remolques para amortiguar el impacto al retroceder a un muelle de carga, tanques de combustible autos e ll antes para almacenamiento de combustible; parabrisas de vidrio, espejos, a saber, vista posterior, vanidad, aletas de barro; guardabarros de cuarto y soportes de aleta de barro como partes estructurales de vehículos, cubre- asientos, amortiguadores, resortes de hoja para suspensiones, extremos de varilla de unión exterior e interior y tirantes para sistemas de dirección y suspensión, partes de puerta de remolque de reparación estructural, a saber, soportes de puerta, manijas, pestillos, cerraduras, rodillos, orugas, bisagras, paneles, kits de bengalas de guardabarros triángulo, a saber, un dispositivo de advertencia de plástico triangular rojo reflectante utilizado en el costado de la carretera para indicar que el vehículo está parado, pernos en U para sistemas de dirección y suspensión, articulaciones en U para sistemas de dirección y suspensión; sellos de rueda, ruedas de aluminio y acero, limpiaparabrisas, cartuchos de secador utilizados para la eliminación de contaminantes sólidos, líquidos y de vapor del aire comprimido y los gases. Kits de perno rey, a saber, el perno de pivote principal utilizado en un conjunto de nudillo de dirección del vehículo, que consiste en pernos de rey, casquillos de plástico o de acero portátiles, sellos, cubiertas y pernos de montaje; cartuchos de secador utilizados para la eliminación de contaminantes sólidos, líquidos y de vapor del aire comprimido y los gases. 8.1/ Página Adicional:

  • D)

    APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN

  • E)

    SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres (3) publicaciones con intervalos de diez (10) hábiles. 11/ Fecha de emisión: 02-03-2018. 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador(a) de la Propiedad Industrial 10, 25 A. 11 M. 2018.

    [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Establecimiento que se dedica a venta de artículos de ferretería. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: KRYSTEL ANDREA AMAYA RODRÍGUEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 2 de noviembre, del año 2017. 12] Reservas: Emblema que identifica a Femosa. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 A. 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2017-036940 — Solicitud de registro de señal de propaganda ¡HAGÁMOSLO JUNTOS!

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-036940. [2] Fecha de presentación: 25/08/2017 [3] Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: FERRETERÍA MONTECRISTO, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: BARRIO BARANDILLA, 3 y 4 CALLE, 3 AVENIDA, N.E. SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de:HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ¡HAGÁMOSLO JUNTOS! [7] Clase Internacional: 0 [8] Protege y distingue: Venta de artículos de ferretería.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: KRYSTEL ANDREA AMAYA RODRÍGUEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con interva- los de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 3 de noviembre, del año 2017. 12] Reservas: Esta señal de propaganda será usada en el nombre comercial con registro 5888. Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 A. 11 M. 2018. _______ _______

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Aviso

Aviso No. 2017-036937 — Solicitud de registro de emblema FERRETERÍA MONTECRISTO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-036937. [2] Fecha de presentación: 25/08/2017 [3] Solicitud de registro de: EMBLEMA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: FERRETERÍA MONTECRISTO, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: BARRIO BARANDILLA, 3 y 4 CALLE, 3 AVENIDA, N.E. SAN PEDRO SULA, CORTÉS, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de:HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: EMBLEMA

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Aviso

Aviso No. 2017-046108 — Solicitud de registro de marca de fábrica CHOYCA HARVEST Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-046108. [2] Fecha de presentación: 03/11/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES OLIVA’S. [4.1] Domicilio: CASCO URBANO DEL MUNICIPIO DE SAN FERNANDO, DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CHOYCA HARVEST Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Cacao y Café.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: ROY LEONEL LOZANO JONES USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 6 de diciembre del año 2017. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 A. 11 M. 2018.

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Aviso

Aviso No. 2017-034323 — Solicitud de registro de marca de fábrica CHEEN KUXTAL Y DISEÑO

Registro de la Propiedad Industrial

[1] Solicitud: 2017-034323. [2] Fecha de presentación: 08/08/2017 [3] Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA

  • A)

    TITULAR [4] Solicitante: INVERSIONES FUENTES. [4.1] Domicilio: MUNICIPIO DE COPÁN RUINAS, DEPARTAMENTO DE COPÁN, HONDURAS. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS

  • B)

    REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro Básico: NO TIENE OTROS REGISTROS

  • C)

    ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CHEEN KUXTAL Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 30 [8] Protege y distingue: Chocolate.

  • D)

    APODERADO LEGAL [9] Nombre: ROY LEONEL LOZANO JONES USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Nota: Deberán hacerse tres publicaciones con intervalos de diez (10) días hábiles. [11] Fecha de emisión: 24 de enero, del año 2018. 12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 10, 25 A. 11 M. 2018.

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