Certificación — Certificación de Acuerdo 007-2018 de CONVIVIENDA sobre Bonos y Valores Tope de Vivienda
Secretaría de la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA)
- Publicación: 25 de abril de 2018
- Órgano emisor: Secretaría de la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA)
- Gaceta: 34,624
Considerandos
Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-013-2018, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 19 de marzo del 2018, ejemplar número 34,596, se reformaron los Artículos Artículo 1), 3), y, 4) del Decreto Ejecutivo Número PCM-004-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 13 de febrero de 2018.
Que para la aplicación de los valores topes de vivienda, indicados en el Decreto Ejecutivo Número PCM-013-2018, la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) establecerá los montos en LEMPIRAS, para lo cual diseñará una metodología que utilice como parámetro referencial el monto máximo de la ESCALA DE SALARIOS DEL AÑO ANTERIOR establecido por la entidad estatal competente y comunicará los montos que correspondan como parte de la Política Nacional de Vivienda.
Que mediante Acuerdo Ejecutivo número STSS-007-2017, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 13 de enero del 2017, ejemplar número 34,238 la DIRECCIÓN GENERAL DE SALARIOS U D I-D EG T-U N AH dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL aprobó la TABLA DE SALARIO MÍNIMO VIGENTE A PARTIR DEL PRIMERO (1) DE ENERO DEL AÑO 2017.
Que los criterios para el establecer los VALORES TOPE DE VIVIENDA, se utilizará como parámetro referencial el monto máximo de la tabla de salarios mínimos vigente del año 2017. Para los valores tope de vivienda se redondeará por debajo el monto a valores cada DIEZ MIL LEMPIRAS EXACTOS (L. 10,000.00). Cálculo del VALOR TOPE DE VIVIENDA PARA PERSONAS O FAMILIAS DE INGRESOS MEDIOS efectuado de la siguiente manera:
Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-004-2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 13 de febrero del 2018, ejemplar número 34,567, se reformaron los Artículos 1, 3 y 4; se reforman por adición el Artículo 5 y se deroga el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo Número PCM-067-2014 de fecha 10 de octubre de 2014 y sus reformas, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 17 de octubre de 2014.
Que el artículo 1 del Decreto Ejecutivo Número PCM-024-2018, aprueba la Política Nacional de Vivienda, que establece la atención a la población menos favorecida, a través del Bono de Vivienda Para Una Vida Mejor, y atribuye que la operatividad de este incentivo deberá ser reglamentada por la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA).
Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-013- 2018, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 19 de marzo del 2018, ejemplar número 34,596, se reformaron los Artículos Artículo 1), 3), y, 4) del Decreto Ejecutivo Número PCM-004-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 13 de febrero de 2018. CONSIDERANDO: (4) Que para la aplicación de los bo- nos y valores topes de vivienda, indicados en el Decreto Ejecutivo Número PCM-013-2018, la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) establecerá los montos en lempiras, para lo cual diseñará una metodología que utilice como parámetro referencial el monto máximo de la ESCALA DE SALARIOS DEL AÑO U D I-D EG T-U N AH ANTERIOR establecido por la entidad estatal competente y comunicará los montos que correspondan como parte de la Política Nacional de Vivienda.
Que mediante Acuerdo Ejecutivo número STSS-007-2017, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 13 de enero del 2017, ejemplar número 34,238, la DIRECCIÓN GENERAL DE SALARIOS dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL aprobó la TABLA DE SALARIO MÍNIMO VIGENTE A PARTIR DEL PRIMERO (1) DE ENERO DELAÑO 2017.
Que los criterios para el establecer el MONTO DE LOS BONOS y VALORES TOPE DE VIVIENDA, se utilizará como parámetro referencial el monto máximo de la tabla de salarios mínimos vigente del año 2017. Para los Bonos se redondeará por debajo el monto, a valores cada CINCO MIL LEMPIRAS exactos (L. 5,000.00) y para los Valores Tope de vivienda, se redondeará por debajo el monto a valores cada DIEZ MIL LEMPIRAS EXACTOS (L. 10,000.00). Cálculo del MONTO DE LOS BONOS y VALORES TOPE DE VIVIENDA efectuado de la siguiente manera: BBBBUD I-D EG T-U N AH
Articulos
Aprobar el valor tope de vivienda para personas o familias de ingresos medios por el monto de DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL LEMPIRAS (L. 2,200,000.00) VIGENTE PARA EL AÑO 2018.
Notificar al sistema financiero, hacer del conocimiento y socialización a la población en general a través de los diferentes medios de comunicación el presente Acuerdo. COMUNIQUESE.- SERGIO ROBERTO AMAYA ORELLANA (F), RUDY WILFREDO PINEDA CARDENAS (F), FRANCIS YOLANDA ARGEÑAL (F), SANDRA BERENICE MORENO (F). Extendida en La ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los dos (2) días del mes de abril del año dos mil dieciocho. SANDRA BERENICE MORENO SECRETARIA DE LA COMISION Secretaría de la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) CERTIFICACIÓN LA SUSCRITA, SECRETARIA DE LA COMISION NACIONAL DE VIVIENDA Y ASENTAMIENTOS HUMANOS (CONVIVIENDA). Certifica, el Acuerdo 007-2018, contenido en Acta Extraordinaria No. 004-2018 celebrada en fecha veintitrés (23) de marzo de dos mil dieciocho (2018) que literalmente dice: ACUERDO007-2018.CONSIDERANDO (1):Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-004-2018, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 13 de febrero del 2018, ejemplar número 34,567, se reformaron los Artículos 1, 3 y 4; se reforman por adición el Artículo 5 y se deroga el Artículo 2 del Decreto Ejecutivo Número PCM-067-2014 de fecha 10 de octubre de 2014 y sus reformas, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” el 17 de octubre de 2014. CONSIDERANDO (2): Que el artículo 1 del Decreto Ejecutivo Número PCM-024-2018, aprueba la Política Nacional de Vivienda, que establece la atención a la población menos favorecida, a través del Bono de Vivienda Para Una Vida Mejor, y atribuye que la operatividad de este incentivo deberá ser reglamentada por la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA). CONSIDERANDO (3): Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-013- 2018, publicado en el Diario Oficial "La Gaceta" en fecha 19 de marzo del 2018, ejemplar número 34,596, se reformaron los Artículos Artículo 1), 3), y, 4) del Decreto Ejecutivo Número PCM-004-2018, publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 13 de febrero de 2018. CONSIDERANDO: (4) Que para la aplicación de los bo- nos y valores topes de vivienda, indicados en el Decreto Ejecutivo Número PCM-013-2018, la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) establecerá los montos en lempiras, para lo cual diseñará una metodología que utilice como parámetro referencial el monto máximo de la ESCALA DE SALARIOS DEL AÑO U D I-D EG T-U N AH ANTERIOR establecido por la entidad estatal competente y comunicará los montos que correspondan como parte de la Política Nacional de Vivienda. CONSIDERANDO (5): Que mediante Acuerdo Ejecutivo número STSS-007-2017, publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha 13 de enero del 2017, ejemplar número 34,238, la DIRECCIÓN GENERAL DE SALARIOS dependiente de la SECRETARIA DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL aprobó la TABLA DE SALARIO MÍNIMO VIGENTE A PARTIR DEL PRIMERO (1) DE ENERO DELAÑO 2017. CONSIDERANDO (6): Que los criterios para el establecer el MONTO DE LOS BONOS y VALORES TOPE DE VIVIENDA, se utilizará como parámetro referencial el monto máximo de la tabla de salarios mínimos vigente del año 2017. Para los Bonos se redondeará por debajo el monto, a valores cada CINCO MIL LEMPIRAS exactos (L. 5,000.00) y para los Valores Tope de vivienda, se redondeará por debajo el monto a valores cada DIEZ MIL LEMPIRAS EXACTOS (L. 10,000.00). Cálculo del MONTO DE LOS BONOS y VALORES TOPE DE VIVIENDA efectuado de la siguiente manera: BBBBUD I-D EG T-U N AH POR TANTO: La Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) por UNANIMIDAD de votos y en aplicación a lo ordenado en los Decretos Ejecutivos Números PCM-004-2018 y PCM-013-2018,Acuerdo Ejecutivo número STSS-007-2017, ACUERDA: PRIMERO: Aprobar los siguientes: VALORES DE BONOS VIGENTES PARA ELAÑO 2018, VALORES TOPE DE VIVIENDA SOCIAL.
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