Créase la Unidad Administradora de Proyectos (AUP) en la Secretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Social
Poder Ejecutivo
- Decreto: 193-2009
- Publicación: 13 de enero de 2010
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Categoria: Administrativo
- Tipo: Otro
Resumen
Esta ley crea la Unidad Administradora de Proyectos (UAP) dentro de la Secretaría de Desarrollo Social para coordinar y ejecutar programas y proyectos financiados con dinero nacional e internacional. La UAP se encarga de supervisar la ejecución física y financiera, cumplir compromisos con organismos de cooperación, y garantizar que los proyectos se realicen conforme a lo acordado.
Considerandos
Que de conformidad con el Artículo 245 de la Constitución de la República, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección de la Administración Pública.
Que mediante Decreto Legislativo No. 193-2009, se creó la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social, responsable de la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas públicas en materia social y reducción de la pobreza, así como lo planificación, administración y ejecución de los planes, programas, proyectos y estrategias en materia social.
Que de acuerdo a lo establecido en el Decreto No. 286-2009, Ley para el Establecimiento de una Visión de País y la Adopción de un Plan de Nación para Honduras de fecha 13 de enero de 2010 y publicada el 2 de febrero del mismo año, se demanda la integralidad de acciones institucionales, sectoriales, que permita avanzar en forma ordenada en el desarrollo de todos los procesos de corto, mediano y largo plazo vinculados.
Que algunos de los programas y proyectos, son ejecutados y financiados con fondos provenientes de organismos financieros internacionales, por lo que en procura de mejorar el desempeño en la ejecución física y financiera de los proyectos ejecutados con fondos externos es necesario fortalecer la actual estructura administrativa y operativa de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social.
Que en la actualidad los diferentes proyectos que se encuentran en ejecución en la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social son administrados por la Gerencia Administrativa Central de la misma.
Que resulta prioritario organizar y poner en funcionamiento una unidad que coordine la ejecución de los proyectos adscritos a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social.
Texto completo
Poder Ejecutivo
DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-008-2011
EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA, EN CONSEJO DE MINISTROS
CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 245 de la Constitución de la República, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección de la Administración Pública.
CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Legislativo No. 193-2009, se creó la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social, responsable de la formulación, coordinación, ejecución y evaluación de las políticas públicas en materia social y reducción de la pobreza, así como lo planificación, administración y ejecución de los planes, programas, proyectos y estrategias en materia social.
CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo establecido en el Decreto No. 286-2009, Ley para el Establecimiento de una Visión de País y la Adopción de un Plan de Nación para Honduras de fecha 13 de enero de 2010 y publicada el 2 de febrero del mismo año, se demanda la integralidad de acciones institucionales, sectoriales, que permita avanzar en forma ordenada en el desarrollo de todos los procesos de corto, mediano y largo plazo vinculados.
CONSIDERANDO: Que algunos de los programas y proyectos, son ejecutados y financiados con fondos provenientes de organismos financieros internacionales, por lo que en procura de mejorar el desempeño en la ejecución física y financiera de los proyectos ejecutados con fondos externos es necesario fortalecer la actual estructura administrativa y operativa de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social.
CONSIDERANDO: Que en la actualidad los diferentes proyectos que se encuentran en ejecución en la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social son administrados por la Gerencia Administrativa Central de la misma.
CONSIDERANDO: Que resulta prioritario organizar y poner en funcionamiento una unidad que coordine la ejecución de los proyectos adscritos a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social.
POR TANTO:
En la aplicación de los Artículos 245, Numeral 11; Artículos 245, 246, 247, 248 de la Constitución de la República; 11, 14, 17, 28 y 117 de la Ley General de Administración Pública y Decreto Legislativo No. 193-2009.
DECRETA:
Artículo 1: Créase la Unidad Administradora de Proyectos (UAP) en la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social, como un órgano interno con duración indefinida para asegurar la coordinada ejecución, seguimiento y evaluación, de los programas y proyectos financiados con fondos nacionales y/o fondos externos ejecutados por esta Secretaría de Estado, sobre la base de los compromisos establecidos en los respectivos convenios suscritos con los organismos de cooperación internacional, la legislación nacional, y el marco de las acciones que se derivan de las Declaraciones de París y Roma y Plan de Acción de Accra, respecto a los procesos de alineamiento y armonización de la cooperación internacional respecto a las prioridades nacionales.
Artículo 2: La Unidad Administradora de Proyectos (UAP) tendrá como funciones las siguientes:
- 1)
Asegurar la ejecución técnica, física y financiera de los programas y proyectos financiados con fondos nacionales y/o fondos externos que le sean asignados por el Gobierno de la República de Honduras;
- 2)
Asegurar el cumplimiento de condicionalidades establecidas en los convenios de cooperación;
- 3)
Armonizar los fondos de diferentes cooperantes, debidamente alineados con los recursos nacionales, las prioridades del
país en el marco del Plan de Nación, el enfoque sectorial y sobre la base de los convenios y planes operativos aprobados entre los cooperantes y la Secretaría de Estado de Desarrollo Social;
- 4)
Realizar funciones de Unidad Ejecutora de programas y proyectos para otras dependencias del Estado que al realizar las evaluaciones por parte de los cooperantes y/o Gobierno determinen que no cuentan con las capacidades de ejecución;
- 5)
Realizar funciones de Unidad Coordinadora de Proyectos para la ejecución de convenios multisectoriales asignados a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social;
- 6)
Conducir los procesos de contratación y adquisición de obras, bienes y servicios vinculados a los programas y proyectos bajo su responsabilidad, de conformidad con las regulaciones de los cooperantes o la legislación nacional aplicable;
- 7)
Asegurar la efectiva gestión y provisión de servicios, ejecución de obras y suministro de bienes coordinando su ejecución con las instancias correspondientes;
- 8)
Evaluar en coordinación con las instancias técnicas correspondientes de los beneficiarios, la factibilidad financiera, técnica, legal e institucional de los proveedores;
- 9)
Administrar y ejecutar los fondos de conformidad con las regulaciones de los cooperantes y con las leyes y regulaciones hondureñas;
- 10)
Elaborar informes de ejecución física y financiera de conformidad con los requerimientos de cada fuente de financiamiento, así como informes unificados en el marco del enfoque sectorial y de gestión por resultados; y,
- 11)
Cualquier otra que le asigne la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social.
Artículo 3: Para la ejecución presupuestaria de los recursos asignados a la UAP, se crearán en el Sistema integrado de Administración Financiera SIAFI, Gerencias Administrativas (GA) de conformidad a las disposiciones emitidas por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.
Artículo 4: Se instruye a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas que incluya (reasigne) en el proyecto de Presupuesto General de Ingresos y Egresos del Ejercicio Fiscal del Año 2011 asignado a la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Social, los recursos presupuestarios necesarios para el funcionamiento de todas las actividades de la UAP.
Artículo 5: El presente Decreto Ejecutivo es de ejecución inmediata y deberá ser publicado en el Diario Oficial "LA GACETA".
Dado en Casa Presidencial, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los ocho (08) días del mes de febrero del año dos mil once (2011).
COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE.
CARLOS ÁFRICO MADRID HART SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DEL INTERIOR Y POBLACIÓN
JOSÉ ALEJANDRO VENTURA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN
ARTURO BENDAÑA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SALUD
JOSÉ ROBERTO ROMERO LUNA SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE SEGURIDAD, POR LEY
MARÍA ANTONIETA GUILLÉN VÁSQUEZ DESIGNADA PRESIDENCIAL ENCARGADA DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DEL DESPACHO PRESIDENCIAL
MARIO CANAHUATI CANAHUATI SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE RELACIONES EXTERIORES
MARLON PASCUA CERRATO SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DEFENSA NACIONAL
WILLIAM CHONG WONG SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS
JOSÉ FRANCISCO ZELAYA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE INDUSTRIA Y COMERCIO
MIGUEL RODRIGO PASTOR MEJÍA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE OBRAS PÚBLICAS, TRANSPORTE Y VIVIENDA
FELÍCITO ÁVILA ORDÓÑEZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
JUAN ÁNGELARTICA SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE AGRICULTURA Y GANADERÍA, POR LEY
RIGOBERTO CUÉLLAR CRUZ SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE
HILDA ROSARIO HERNÁNDEZ ALVARADO SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DESARROLLO SOCIAL
ARTURO CORRALES ÁLVAREZ SECRETARIO TÉCNICO DE PLANIFICACIÓN Y COOPERACIÓN EXTERNA
BERNARD MARTÍNEZ VALERIO SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE CULTURA, ARTES Y DEPORTES
NELLY JEREZ CABALLERO SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE TURISMO
ANA A. PINEDA SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS
LUIS GREEN SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS Y AFRO HONDUREÑOS
CÉSAR HAM PEÑA MINISTRO DIRECTOR DEL INSTITUTO NACIONAL AGRARIO
NASRY JUAN ASFURA MINISTRO DIRECTOR DEL FONDO HONDUREÑO DE INVERSIÓN SOCIAL
MARÍA ANTONIETA BOTTO HANDAL MINISTRA DIRECTORA DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA MUJER
MARÍA ELENA ZEPEDA MINISTRA DIRECTORA DEL PROGRAMA DE ASIGNACIÓN FAMILIAR
JOSÉ TRINIDAD SUAZO DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO DE CONSERVACIÓN FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE
CONFIRMADO POR EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EN CUMPLIMIENTO DEL ARTÍCULO 20 DE LA LEY GENERAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA.
PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA