VigenteCategoria: Laboral
Decreto No. JD-INPREUNAH-003/29-01-2021 | 6 de enero de 2021 | Poder Ejecutivo

Resolución No. JD-INPREUNAH-003/29-01-2021 — Aprobación de tasa de reintegro de valores para el Instituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras

Considerandos

  1. 1.Que de conformidad con el contenido de los artículos: 89 y 115 del Reglamento General de esta institución, los afiliados al sistema podrán restituir los valores correspondientes a las aportaciones y cotizaciones que no hubiesen sido enterados, ya sea debido a que las mismas hubiesen sido afectadas oficiosamente al pago de un crédito o cuando por circunstancias especiales hubiese periodos de interrupción en las mismas como consecuencia de la no deducción de las mismas.
  2. 2.Que, para los efectos antes señalados, la Junta Directiva será el órgano legitimado para establecer de manera anual la tasa de interés a ser utilizada en dicho reintegro. Ello en virtud del contenido del artículo 18 numeral 5) del Reglamento General.
  3. 3.Que, tal como lo señala la norma antes citada, la determinación del monto correspondiente a la tasa de interés aplicable a dicho reintegro será definida en aplicación de los estudios actuariales, la rentabilidad de las inversiones, el índice de precios al consumidor y dicho interés no podrá ser inferior a la tasa técnica promedio de los últimos 10 años, ni al rendimiento real de las inversiones para cada periodo mensual. Asunto de naturaleza técnica cuyo análisis corresponderá al Comité de Inversiones, mismo que deberá emitir la recomendación correspondiente.
  4. 4.Que en fecha 6 de enero de 2021 mediante celebración del Comité de Inversiones del INPREUNAH, se procedió a la presentación de Informe Actuarial que contiene la Tasa de Reintegro de Valores y después del análisis de dicho documento recomienda a la Junta Directiva la aprobación de la tasa de interés por reintegro de valores con base en el siguiente criterio, expuesto en el informe: “a) aplicar una tasa única para el reintegro de valores, dadas las diferentes dificultades metodológicas que implicaría el diseño de una tasa para los diferentes casos, basándose en la actualización actuarial. b) adoptar y documentar la definición de la tasa para el reintegro de valores basado en el factor de acumulación actuarial. c) utilizar una tasa de 14.89%, la cual corresponde a la tasa anual equivalente promedio según el factor actuarial de las posibles combinaciones posibles de edad de retiro y edad de reintegro. Lo anterior sin perjuicio de las tasas mínimas establecidas en el Reglamento General del INPREUNAH. d) recopilar información relacionada con los afiliados que han reintegrado valores, con el fin de determinar las características de estos afiliados y con ello, calibrar la tasa de reintegro según la frecuencia prescrita por el reglamento…”.
  5. 5.Que en aplicación al contenido del artículo 72 de la Ley de Procedimiento Administrativo el Departamento Legal de esta Institución emitió la Opinión Legal contenida en el memorándum DL-001-2021 de fecha 14 de enero de 2021 la cual a esta Junta Directiva recomienda: “…PRIMERO: Que en virtud de no encontrar ningún impedimento de naturaleza jurídica que impida que la Junta Directiva determine el monto correspondiente a las tasas aplicables a la restitución de valores y siendo que dicho órgano es el legitimado para realizar tal acto, se recomienda proceder a la emisión del acuerdo de mérito y a su publicación en el Diario Oficial La Gaceta para los efectos legales que pudieren corresponder. Ello sin perjuicio que las observaciones que las demás áreas de esta Institución puedan realizar en todo cuanto fuese de su competencia”.
  6. 6.Que en atención a la naturaleza jurídica del INPREUNAH los actos administrativos emitidos por esta Institución únicamente podrán adoptar la forma nominada en el artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública, siendo el acto procedente a la presente actuación el contenido en el artículo 118 numeral 2) eiusdem.
  7. 7.Que de conformidad con el contenido del artículo 32 de la Ley de Procedimiento Administrativo en relación con los artículos 116 y 118 numeral 2) de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 2 de la Ley de Publicación Obligatoria en La Gaceta, -- 410 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E F EBRERO D EL 2021 N o. 35,513 los actos de carácter general adquirirán eficacia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
  8. 8.Que la Constitución de la República en su Artículo 59 establece que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado.
  9. 9.Que el Estado de Honduras es alta parte contratante del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que reconoce en el Artículo 11 “el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados(...)”
  10. 10.Que de conformidad con el Artículo 245 numerales 2 y 11 de la Constitución de la República, le corresponde al Presidente de la República, dirigir la Política General del Estado y representarlo, emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley.
  11. 11.Que de conformidad con el Artículo 6 párrafo tercero de la Ley General de la Administración Pública, reformado mediante el Decreto Legislativo No. 266- 2013, Presidente de la República debe tomar las medidas que sean necesarias para lograr que los planes, políticas, proyectos y programas se cumplan, para lo cual debe crear o modificar las instancias de conducción estratégica que estime necesarias y, cuando corresponda, pueda auxiliarse en los organismos de derecho privado pertinentes para alcanzar los objetivos del plan de nación y los planes estratégicos que de él se deriven, así como la continuidad de las políticas, proyectos y programas que son de obligatorio cumplimiento para los gobiernos sucesivos.
  12. 12.Que de acuerdo a lo que establece el Artículo 11 de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones actuar por sí o en Consejo de Ministros.
  13. 13.Que de conformidad con el Artículo 14 numeral 1) y penúltimo párrafo de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República puede emitir las normas requeridas para determinar las competencias de los Despachos de las Secretarías de Estado, ya sea ampliando, reduciendo, fusionando y reasignando dichas competencias y Despachos.
  14. 14.Que de conformidad con el Artículo 117 de la Ley General de la Administración Pública se emitirán -- 433 of 620 -- ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL por Decreto los actos que de conformidad con la Constitución de la Repúblicas, las leyes secundarias o los reglamentos sean privativos del Presidente de la República o deban ser dictados en Consejo de Secretarios de Estado.
  15. 15.Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-142-2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 28 de diciembre de 2020, Edición No. 35,471, se creó el “Programa de Vivienda Social Subsidiada y No Subsidiada”, como un programa temporal bajo la codirección de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) con la finalidad de asegurar la construcción, reconstrucción, autoconstrucción, mejora de viviendas y el otorgamiento de subsidios y terrenos para las personas cuyas viviendas fueron destruidas y/o dañadas por el curso de las tormentas tropicales “ETA” e “IOTA”; así como para aquellas personas que habitan en zonas de vulnerabilidad y riesgo en todo el país.
  16. 16.Que conforme a la Cláusula Octavo del Contrato de Fideicomiso “SISTEMA TECNOLÓGICO Y LOGÍSITICO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD EN LA REPÚBLICA DE HONDURAS” la adscripción de programas, plataformas y proyectos se puede realizar por el Instituto de la Propiedad, por el Poder Ejecutivo o por adscripción mediante convenios que suscriba directamente la Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP) con organismos públicos y privados.
  17. 17.Que los esfuerzos de ejecución de las diferentes dependencias de la Administración Pública, incluyendo la Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP), como un organismo de derecho privado auxiliar de la Administración Pública, deben encaminarse con celeridad para dar una pronta respuesta a los damnificados que perdieron o sufrieron daños en sus viviendas como consecuencia de las tormentas tropicales ETA e IOTA, o que vivan es zonas de riesgo a nivel nacional.
  18. 18.Que por las consideraciones que anteceden es necesario reformar el Decreto Ejecutivo Número PCM-142-2020 a fin de brindarle mayor celeridad a la ejecución del Programa creado y que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y el Instituto de la Propiedad (IP) pueden financiar con recursos del presupuesto de la República y en el marco del Fideicomiso correspondiente, en aplicación del Artículo 7 del Decreto Legislativo No. 11-2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha el 7 de marzo de 2020, Edición No. 35,194.

Articulos

Articulo 2

de la Ley de Publicación Obligatoria en La Gaceta, -- 410 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E F EBRERO D EL 2021 N o. 35,513 los actos de carácter general adquirirán eficacia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. POR TANTO.- La Junta Directiva del Instituto de Previsión Social de los Empleados de la Universidad Nacional Autónoma de Honduras (INPREUNAH) en aplicación de los artículos: 321 de la Constitución. Artículos: 1, 2, 47, 48, 51, 52, 54, 116 y 118 numeral 2) de la Ley General de la Administración Pública. Artículos: 1, 22, 23, 24, 25, 26, 27, 30, 32, 33, 60, 71 y 72 de la Ley de Procedimiento Administrativo. Artículos; 1, 2, 18 numerales; 1) y 5) del Reglamento General del INPREUNAH en relación con lo señalado por los artículos 89 y 115 eiusdem. ACUERDA: PRIMERO: Aprobar la tasa de reintegro de valores de 14.89%, aplicable a los casos contenidos en los artículos 89 y 115 del Reglamento General. SEGUNDO: Instruir a la Dirección Especialista realizar los trámites correspondientes para la publicación del presente acuerdo en el Diario Oficial La Gaceta. Firma y Sello. DOCTOR FRANCISCO J. HERRERA A., Presidente de Junta Directiva. Rector de la UNAH. Firma y Sello. DOCTORA LEONOR MEZA, Vicepresidenta Junta Directiva, Representante Propietaria AJUPEUNAH. Firma y Sello. MAE. RAÚL EDGARDO ESTRADA, Secretario Junta Directiva y Director Especialista a.i, INPREUNAH. Firma. ING. NORBERTO ANTONIO MENDOZA MOLINA, Vocal I, Representante Propietario de ADUNAH. Firma. MÁSTER OSCAR ARQUIMEDES ZELAYA, Vocal II, Representante Propietario Consejo Universitario. Firma. ING. CARLOS HUMBERTO LORENZANA, Vocal III, Representante Propietario Centros Regionales. Firma. MSc. EFRAIN DÍAZ ARRIVILLAGA, Representante Propietario Junta de Dirección Universitaria. Firma. LIC. INGRID MARIBEL FLORIAN CANO, Representante Suplente SITRAUNAH. Y para los fines correspondientes se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los ocho días del mes de febrero del año dos mil veintiuno. MAE. RAUL EDGARDO ESTRADA GOUGH SECRETARIO JUNTA DIRECTIVA INPREUNAH a.i. 11 F. 2021. JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Fiscal Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha trece (13) de febrero del dos mil veinte (2020), interpuso demanda ante este Juzgado la señora Heidy Rodas Ortez, con orden de ingreso número 0801-2020-00105, contra el Ministerio Público, incoando demanda especial contencioso administrativo, para que se declare la ilegalidad y nulidad de unos actos administrativos de carácter particular en materia de personal.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada de cancelación o separación injusta e ilegal y como medida para su pleno restablecimiento se ordene mi reintegro en mi antiguo puesto o a otro de igual categoría y salario, más el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de mi cancelación injusta hasta la fecha que sea reintegrada al cargo, más el pago de los derechos adquiridos, como décimo tercer mes, décimo cuarto mes y vacaciones que corresponda, así como los aumentos que resulte en relación a mi cargo durante la sustanciación del juicio, con condena en costas.- Se alega notificación defectuosa que produjo indefensión.- Se acompañan documentos.- Se señala el lugar donde obran otros.-Poder.- Va en relación al Acuerdo de Cancelación FGA-DSB-No. 018-2020 de fecha 30 de enero del 2020. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 11 F. 2021. _____ LA EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS no es responsable del contenido de las publicaciones, en todos los casos la misma es fiel con el original que recibimos para el propósit o -- 411 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E FEBRERO D EL 2021 N o. 35,513 Marcas de Fábrica 1/ Solicitud: 15296-2020 2/ Fecha de presentación: 29-04-2020 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL S.A.B. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Ciudad de México, México 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Para carbón, carbón y medio 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 08 8/ Protege y distingue: Herramientas e instrumentos de mano impulsados manualmente, cuchillería, tenedores y cucharas; armas blancas; maquinillas de afeitar; rasuradoras, rastrillos y navajas para afeitar. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-10-2020 12/ Reservas: Se usará con la marca Groomen #154465 Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 E., 11 y 26 F. 2021. _________ Para carbón, carbón y medio 1/ Solicitud: 15288-2020 2/ Fecha de presentación: 29-04-2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL S.A.B. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Ciudad de México, México 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ESTA KARB ON 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; geles espumas y cremas para el afeitado (antes y después). Desodorantes y artículos de higiene personal. Preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosmétricos, lociones para el cabello; dentífricos. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-10-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 E., 11 y 26 F. 2021. _________ ESTA KARB ON 1/ Solicitud: 15304-2020 2/ Fecha de presentación: 29-04-2020 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL S.A.B. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Ciudad de México, México 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Para carbón, más carbón 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 Para carbón, más carbón 8/ Protege y distingue: Publicidad; servicios de comercialización de productos; dirección de negocios; servicios de administración de negocios comerciales; asesoría para la organización y dirección estéticos; asistencia administrativa; fijación de carteles y publicidad; colocación de agencias; asesoría comercial: Asesoría en estrategias para lograr la fidelidad del cliente: Asesoría de los planes de lealtad y fidelidad con consumidores. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-10-2020 12/ Reservas: Se usará con la marca Groomen cl. 35 Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 E., 11 y 26 F. 2021. _________ 1/ Solicitud: 15306-2020 2/ Fecha de presentación: 29/04/2020 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL S.A.B. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Ciudad de México, México 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Para carbón, más carbón 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 08 8/ Protege y distingue: Herramientas e instrumentos de mano impulsados manualmente, cuchillería, tenedores y cucharas; armas blancas; maquinillas de afeitar; rasuradoras, rastrillos y navajas para afeitar. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-10-2020 12/ Reservas: Se usará con el Reg. 154465 cl. 08 Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 E., 11 y 26 F. 2021. Para carbón, más carbón _________ 1/ Solicitud: 15305-2020 2/ Fecha de presentación: 29/04/2020 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL S.A.B. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Ciudad de México, México 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Para carbón, más carbón 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; geles, espumas y cremas para el afeitado (antes y despúes). Desodorantes y artículos de higiene personal. Preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-10-2020 12/ Reservas: Se usará con 4958-2020 cl 3 Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 E., 11 y 26 F. 2021. Para carbón, más carbón -- 412 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E F EBRERO D EL 2021 N o. 35,513 1/ Solicitud: 15283-2020 2/ Fecha de presentación: 28-04-2020 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Ciudad de México, México 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Si ves un carbón, aquí hay doble (triple) carbón 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; geles, espumas y cremas para el afeitado (antes y después). Desodorantes y artículos de higiene personal. Preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; prefumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-10-2020 12/ Reservas: Se usará con la marca Groomen 4958-2020 Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 E., 11 y 26 F. 2021. Si ves un carbón, aquí hay doble (triple) carbón _________ 1/ Solicitud: 15282-2020 2/ Fecha de presentación: 28-04-2020 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Ciudad de México, México 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Para carbón, más carbón 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Servicios médicos; cuidados de higiene y de la belleza para personas; aromaterapia; asesoría en farmacia; servicios para el cuidado de la salud y la belleza; estéticas; administración de negocios dedicados al cuidado de la higiene, belleza y de la estética servicios de spa, de barberías. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-10-2020 12/ Reservas: Se usará con la marca Groomen cl 44 Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 E., 11 y 26 F. 2021. Para carbón, más carbón _________ 1/ Solicitud: 15303-2020 2/ Fecha de presentación: 29-04-2020 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Ciudad de México, México 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Para carbón, carbón y medio 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 Para carbón, carbón y medio 8/ Protege y distingue: Servicios médicos, cuidados de higiene y de la belleza para personas; aromaterapia; asesoría en farmacia; servicios para el cuidado de la salud y la belleza; estéticas; administración de negocios dedicados al cuidado de la higiene, belleza y de la estética; servicios de spa, de barberías. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-10-2020 12/ Reservas: Se usará con la marca Groomen cl. 44 Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 E., 11 y 26 F. 2021. _________ 1/ Solicitud: 15299-2020 2/ Fecha de presentación: 29-04-2020 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Ciudad de México, México 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Para carbón, carbón y medio Para carbón, carbón y medio 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad; servicios de comercialización de productos; dirección de negocios; servicios de administración de negocios comerciales; asesoría para la organización y dirección de negocios estéticos; asistencia administrativa; fijación de carteles y publicidad; colocación de agencias; asesoría comercial; asesoría de estrategias para lograr la fidelidad del cliente; asesoría de los planes de lealtad y fidelidad con consumidores. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-10-2020 12/ Reservas: Se usará con la marca Groomen cl. 35 Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 E., 11 y 26 F. 2021. _________ 1/ Solicitud: 15298-2020 2/ Fecha de presentación: 29-04-2020 3/ Solicitud de registro de: SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: GENOMMA LAB INTERNACIONAL, S.A.B. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Ciudad de México, México 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: Para carbón, carbón y medio Para carbón, carbón y medio6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; geles, espumas y cremas para el afeitado (antes y después). Desodorantes y artículos de higiene personal. Preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabellos; dentífricos. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: CLARIBEL MEDINA DE LEON E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-10-2020 12/ Reservas: Se usará con la marca Groomen 4958-2020 Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 27 E., 11 y 26 F. 2021. -- 413 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E FEBRERO D EL 2021 N o. 35,513 [1] Solicitud: 2019-045149 [2] Fecha de presentación: 01/11/2019 [3] SOLICITUD DE REGISTRO DE: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: F O R E S T S T E WA R D S H I P C O U N C I L , ASOCIACION CIVIL [4.1] Domicilio: Calle Margarita Maza de Juárez 422, Col. Centro, 68000 Oaxaca, Oaxaca México, México [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FOREST STEWARDSHIP COUNCIL [7] Clase Internacional: 8 [8] Protege y distingue: Herramientas de mano, partes de herramientas de mano o herramientas accionadas manualmente hechas de madera o que contienen madera, a saber alicates, llaves (herramientas de mano), extractores de clavos (herramientas de mano), sacaclavos (herramientas de mano), artículos de cuchillería, tenedores para quitar malas hierbas (herramientas de jardinería), azuelas, barras de corte, taladradoras de mano accionadas manualmente, taladradoras (herramientas de mano), cajas de ingletes, cuchillos de caza, cucharas de fundidor, muelas de afilar, rebanadoras, cortadores de pizza (no eléctricos), cucharas, cucharones (herramientas de mano), cuchillos, hachas, destornilladores, escardas (herramientas de mano), cortadores de barra, escariadores, martillos, cinceles, limas de cartón, fresas (herramientas de mano), guadañas, gubias (herramientas de mano), hachas, cortaverduras, cuchillos para herrerías, punzones (herramientas de mano); limas (herramientas de mano), machetes, portasierras, martillos (herramientas de mano), mazas (herramientas de mano), morteros, navajas, palancas, palas (herramientas de mano), picadores de carne (herramientas de mano), picos (herramientas de mano), pinzas, portabrocas, sierras de arco, punzones, espátulas (herramientas de mano), rastrillos (herramientas de mano), alicates para perforación, tajaderas (herramientas de mano), taladradoras de mano accionadas manualmente, pinzas, tenedores, tijeras, rastras (herramientas de mano para arrancar las malas hierbas), escardaderas (instrumentos agrícolas accionadas manualmente), palas (herramientas de mano), picos, martillos, cinceles, utensilios de cocina de madera (artículos de cuchillería, tenedores y cucharas). D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de febrero del año 2020 [12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad de uso sobre las palabras de forma se parada. Sociedad organizada bajo las leyes de México. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. FOREST STEWARDSHIP COUNCIL 1/ Solicitud: 19582/20 2/ Fecha de presentación: 08/07/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: The Clorox International Company 4.1/ Domicilio: 1221 Broadway, Oakland, California 94612, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: CALIFORNIA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: POETT ESPIRITU PLAY 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Preparaciones para blanquear la ropa, productos blanqueadores para lavar la ropa, así como detergentes para la ropa; productos antiestáticos para uso doméstico; paños de limpieza impregnados con detergente; descalcificadores para uso doméstico; detergentes; productos de limpieza; limpiadores en polvo y líquidos para lavadoras; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar para uso doméstico y comercial; productos de limpieza; productos de limpieza para usar en instalaciones industriales, comerciales, institucionales y médicas, a saber, toallitas desechables impregnadas con compuestos de limpieza o productos químicos; productos de limpieza multipropósito; paños de limpieza impregnados con detergente y productos de limpieza; difusores de perfumes de ambiente con varillas; productos para perfumar el ambiente; preparaciones aromatizantes ambientales. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 01/10/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. POETT ESPIRITU PLAY -- 414 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E F EBRERO D EL 2021 N o. 35,513 1/ Solicitud: 20-17234 2/ Fecha de presentación: 12-06-2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: DISCOVERY COMMUNICATIONS, LLC. 4.1/ Domicilio: 8403 Colesville Road, Silver Spring, Maryland 20910, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISCOVERY+ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 38 8/ Protege y distingue: Servicios de comunicaciones, a saber, transmisión de grabaciones de sonido y audiovisuales de flujo continuo a través de internet, redes de cable, redes inalámbricas, satélite o redes multimedia interactivas; servicios de transmisión de audio y vídeo a través de internet; transmisión de información en el ámbito audiovisual; servicios de transmisión por televisión; transmisión de televisión por cable; transmisión de televisión satelital; servicios de medios móviles en la naturaleza de transmisión electrónica, transmisión y entrega de contenido de medios de entretenimiento; servicios de difusión de contenido multimedia bajo demanda (podcasting); servicios de difusión vía la web (webcasting); servicios de transmisión de vídeo a la carta (video-on-demand); provisión de foros en línea para la transmisión de mensajes entre usuarios de computadoras; provisión de salas de chat en línea y de carteleras electrónicas para la transmisión de mensajes entre usuarios en el ámbito de interés general; proporcionar acceso a contenido agregado en el ámbito de interés humano general vía el internet, redes de cable, redes inalámbricas, satélite o redes multimedia interactivas. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 02/Nov./2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. DISCOVERY+ 1/ Solicitud: 17931-20 2/ Fecha de presentación: 22-06-20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: DISCOVERY COMMUNICATIONS, LLC. 4.1/ Domicilio: 8403 Colesville Road, Silver Spring, Maryland 20910, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ID Y DISEÑO 6.2/ Reivindicaciones: La marca está escrita en forma estilizada. Se protege la grafía tal y como aparece en la etíqueta adjunta. _________ 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Medios digitales, a saber, videoclips pregrabados descargables, clips de audio, texto y gráficos pregrabados almacenados en computadoras electrónicas personales y dispositivos inalámbricos de mano, todos destacando temas de interés humano en general; contenido de audio, vídeo y audiovisuales descargable proporcionado vía redes informáticas y de comunicaciones que destacan programas de televisión y grabaciones de vídeo, todos presentando temas de interés humano en general; software informático para la transmisión de flujo continuo de contenido de medios audiovisuales a través de internet y a dispositivos electrónicos digitales móviles; software informático para uso en la transmisión de flujo continuo de contenido audiovisual; software informático para controlar el funcionamiento de dispositivos de audio y vídeo y para ver, buscar y/o reproducir contenido de audio, de vídeo, de televisión, de películas, otras imágenes digitales y otro contenido multimedia; software informático para uso en el procesamiento, transmisión, recepción, organización, manipulación, reproducción, revisión, reproducción y transmisión de flujo continuo de contenido de audio, vídeo y multimedia, incluyendo archivos de texto, datos, imágenes, audio, vídeo y audiovisuales; DVDs. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-09-2020 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. _________ 1/ Solicitud: 44922-19 2/ Fecha de presentación: 31/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Griffith Foods International Inc. 4.1/ Domicilio: One Griffith Center, Alsip, Illinois 60803, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CUSTOM CULINARY CHEF’S KITCHEN 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Condimento para sopas, salsas y carne; bases para jugos de carne (gravy) y bases para salsa; condimentos alimenticios; recubrimientos para alimentos, a saber, recubrimientos para alimentos hechos de rebozado y mezclas de recubrimientos sazonados; aderezos para ensaladas; mezclas de harina para cocinar; mezclas de masa para cocinar; mezclas de harina para hornear; mezclas de masa para hornear; mayonesa; escabeches; adobos; glaseados; salmueras; café; té; cacao; azúcar; arroz; tapioca; sagú; sustitutos del café; harinas y preparaciones hechas de cereales, pan, pastelería y confitería; helados; miel; melaza; levadura; polvo para hornear; sal; mostaza; vinagre; salsas (condimentos); especias; salsas y mezclas de salsa; mezclas de masa para cocinar; mezclas de jugos de carne (gravy). D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03/10/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. CUSTOM CULINARY CHEF’S KITCHEN -- 415 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E FEBRERO D EL 2021 N o. 35,513 1/ Solicitud: 21008/20 2/ Fecha de presentación: 24/07/20 3/ Solicitud de registro de: EXPRESION O SEÑAL DE PROPAGANDA A.- TITULAR 4/ Solicitante: PEPSICO, INC. 4.1/ Domicilio: 700 Anderson Hill Road, Purchase, New York 10577, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: CAROLINA DEL NORTE B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: RUDE IS THE NEW KIND 6.2/ Reivindicaciones: A usarse con el registro No. 143382 de la marca PEPSICO Y DISEÑO en clase 30. 7/ Clase Internacional: 30 8/ Protege y distingue: Café, té, cacao y sucedáneos del café; arroz; tapioca y sagú; harinas y preparaciones hechas a base de cereales; pan, productos de pastelería y confitería; helados; miel, jarabe de melaza; levadura; polvos de hornear; sal; mostaza; vinagre, salsas (condimentos); especias; hielo; bocadillos que consisten principalmente de granos, maíz, cereal o combinaciones de los mismos, incluyendo frituras de maíz, frituras de tortillas, frituras de pita, frituras de arroz, tortas de arroz, galletas de arroz, galletas saladas, galletas saladas en forma de lazo (pretzels), golosinas infladas, palomitas de maíz, palomitas de maíz confitadas, cacahuates confitados, salsas para remojar bocadillos, salsas, barras de golosinas. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JULIA R. MEJIA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 24-10-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. RUDE IS THE NEW KIND _________ [1] Solicitud: 2019-042708 [2] Fecha de presentación: 16/10/2019 [3] SOLICITUD DE REGISTRO DE: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: WALMART APOLLO, LLC [4.1] Domicilio: 702 SOUTHWEST 8TH STREET, BENTONVILLE, ARKANSAS 72716, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: AUTO DRIVE [7] Clase Internacional: 21 [8] Protege y distingue: Utensilios y recipientes para uso doméstico y culinario; peines y esponjas; cepillos; materiales para fabricar cepillos; material de limpieza; lana de acero; vidrio en bruto o semielaborado (excepto el vidrio de construcción); artículos de cristalería, porcelana y loza no comprendidos en otras clases; gamuza: microfibras; guantes (guantes de lavado de automóviles); rociadores (boquillas para manguera de riego); cepillos (cepillos de limpieza de llantas de automóviles); esponjas (limpieza); embudos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de septiembre del año 2020 [12] Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. AUTO DRIVE _________ 1/ Solicitud: 19169/20 2/ Fecha de presentación: 02/07/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: INTERCOSMO, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: SAN PEDRO SULA, CORTES, HONDURAS 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Mixta 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: FAMILY’S CHOICE Y ETIQUETA 6.2/ Reivindicaciones: No se reclama exclusividad sobre los términos de uso común que se muestran en la etiqueta. _________ Se protege la etiqueta en su conjunto. 7/ Clase Internacional: 3 8/ Protege y distingue: Toallitas húmedas. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 11-10-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. _________ 1/ Solicitud: 19579/20 2/ Fecha de presentación: 08/07/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: GRUPO BIMBO S.A.B. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Prolongación Paseo de la Reforma 1000, Colonia Peña Blanca Santa Fe, 01210, México D.F., MÉXICO 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: BIMBO CONTIGO 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Servicios de publicidad, gestión y administración comercial. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-09-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. BIMBO CONTIGO 1/ Solicitud: 15711/20 2/ Fecha de presentación: 11/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: S.C. JOHNSON & SON, INC. 4.1/ Domicilio: 1525 Howe Street, Racine, Wisconsin 53403-2236, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: WISCONSIN B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SC JOHNSON A FAMILY COMPANY 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Dispensador eléctrico de fragancia; lámparas y linternas de vela para repeler insectos. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08-10-2020 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. SC JOHNSON A FAMILY COMPANY -- 416 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E F EBRERO D EL 2021 N o. 35,513 1/ Solicitud: 15710/20 2/ Fecha de presentación: 11/mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: S.C. JOHNSON & SON, INC. 4.1/ Domicilio: 1525 Howe Street, Racine, Wisconsin 53403-2236, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: WISCONSIN B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SC JOHNSON A FAMILY COMPANY 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Desinfectantes líquidos y en spray que no sean para uso en el cuerpo; ambientadores; desodorantes para el aire; preparaciones purificantes del aire; desodorizantes de alfombras y de habitaciones; desodorizantes de tejidos; insecticidas; repelente de insectos; toallitas prehumedecidas con repelente de insectos para uso en el cuerpo; espirales repelentes de mosquitos; cebos para insectos que contienen insecticidas para el control de insectos y de plagas; ungüentos medicados para aliviar el picor y el enrojecimiento causados por picaduras de insectos, aerosol antimicótico combinado para los pies; desodorantes para calzado. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 08-10-2020 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. SC JOHNSON A FAMILY COMPANY _________ 1/ Solicitud: 44924-19 2/ Fecha de presentación: 31/octubre/19 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Griffith Foods International Inc. 4.1/ Domicilio: One Griffith Center, Alsip, Illinois 60803, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CUSTOM CULINARY GOLD LABEL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 29 8/ Protege y distingue: Productos alimenticios preparados de incorporando o derivados de carne, pescado, carne de ave, carne de caza, mariscos y crustáceos; productos del mar; sopas; preparaciones para elaborar sopas; bases para mariscos y sopas; caldos de alimentos, a saber, caldos de mariscos, caldos de res, caldos de pollo, caldos de vegetales y caldos de sopa; consomés; sopa en polvo; aderezo (topping) de fruta; queso crema; fruta en polvo para mezclar con postre. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 03/10/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. CUSTOM CULINARY GOLD LABEL _________ [1] Solicitud: 2020-015906 [2] Fecha de presentación: 15/05/2020 [3] SOLICITUD DE REGISTRO DE: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: CAN TECHNOLOGIES, INC. [4.1] Domicilio: 15407 McGinty Road West, Wayzata, MN 55391, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MINNESOTA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: TRUGUARD [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Suplementos alimenticios para animales; aditivos alimenticios; suplementos dietéticos para mascotas. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANIBAL MEJIA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 12 de octubre del año 2020 [12] Reservas: Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. TRUGUARD _________ 1/ Solicitud: 21910/20 2/ Fecha de presentación: 05/agosto/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Denka Company Limited 4.1/ Domicilio: 1-1, Nihonbashi-Muromachi 2-chome, Chuo-ku, Tokyo, JAPÓN 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: JAPÓN B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: HITTPLATE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 9 8/ Protege y distingue: Placas de circuito impresas, placas de circuito para el montaje de componentes electrónicos, circuitos electrónicos, otras máquinas electrónicas, aparatos y sus partes. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 23-10-2020 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. _________ HITTPLATE 1/ Solicitud: 20-15254 2/ Fecha de presentación: 28/04/2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: SYNGENTA PARTICIPATIONS AG. 4.1/ Domicilio: Rosentalstrasse 67, 4058 Basilea, SUIZA 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: SUIZA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALIKA 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 5 8/ Protege y distingue: Preparaciones para destruir animales dañinos; fungicidas, herbicidas, nematicidas, insecticidas, pesticidas. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 15/10/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. ALIKA -- 417 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E FEBRERO D EL 2021 N o. 35,513 [1] Solicitud: 2020-023623 [2] Fecha de presentación: 21/10/2020 [3] SOLICITUD DE REGISTRO DE: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: MULTISERVICIOS RIVERA PAZ, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA [4.1] Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PRONTO CARGO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 39 [8] Protege y distingue: Transporte; embalaje y alamacenaje de mercancías; organización de viajes. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: ANA ELISA LARIOS FAJARDO USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de diciembre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. _________ 1/ Solicitud: 20903/20 2/ Fecha de presentación: 23/julio/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Laboratorios Farsimán S.A. 4.1/ Domicilio: 900 metros delante del peaje, Boulevard del Norte, contiguo a Amenco, Choloma, Cortés, Honduras. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Honduras B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: CALMOL FORTE 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina; sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales; D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Sandra Joseline Barahona Rivera E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27/10/2020 12/ Reservas: Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJIA ANDURAY Registro de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. CALMOL FORTE [1] Solicitud: 2019-039365 [2] Fecha de presentación: 17/09/2019 [3] SOLICITUD DE REGISTRO DE: MARCA DE FABRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LABORATORIOS FARSIMÁN S.A. [4.1] Domicilio: 900 metros delante del peaje, Boulevard del Norte, contiguo a Amenco, Choloma, Cortés, Honduras [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FLEMOXOL [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Enfermedades de las vías respiratorias, bronquios, gripe, tos y similares. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: SANDRA JOSELINE BARAHONA RIVERA USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 28 de septiembre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas Abogada NOEMI ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. FLEMOXOL _________ Número de Solicitud: 2020-23237 Fecha de Presentación: 30/09/2020 Fecha de emisión: 13 de enero de 2021 Marca de Fábrica A.- TITULAR SOLICITANTE: SECOAGRO S. DE R.L. DOMICILIO: RESIDENCIAL AEROPUERTO, PLAZA SAN CARLOS, SEGUNDO PISO, LOCAL NÚMERO 10, Honduras B.- PRIORIDAD: C.- CLASE INTERNACIONAL: 32 PROTEGE Y DISTINGUE. Agua mineral para consumo de la clase 32 D.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN VALKIWATER Y DISEÑO E.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto F.- APODERADO LEGAL ANTONY GERARDO GARCIA RAUDALES G.- Limitaciones: Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. Abogado FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 F. y 15 M. 2021 -- 418 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E F EBRERO D EL 2021 N o. 35,513 1/ Solicitud: 16529/20 2/ Fecha de presentación: 05/junio/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: Abbott Laboratories 4.1/ Domicilio: 100 Abbott Park Road, Abbott Park Illinois 60064, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SYMPHEOS 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 42 8/ Protege y distingue: Software médico como servicio (SAAS); software de laboratorio como servicio (SAAS); software médico basado en la nube; software de laboratorio basado en la nube; software médico en línea; software de laboratorio en línea; software en línea en los campos de salud, diagnóstico médico, diagnóstico in vitro, pruebas de enfermedades, vigilancia de enfermedades, mapeo de enfermedades, pruebas de diagnóstico, monitoreo de pacientes, gestión de laboratorios, gestión de instalaciones médicas y sanitarias, gestión de inventarios, gestión de usuarios y eficiencia de las instalaciones; software como servicio (SAAS) en los campos de la salud, diagnóstico médico, diagnóstico in vitro, pruebas de enfermedades, vigilancia de enfermedades, mapeo de enfermedades, pruebas de diagnóstico, monitoreo de pacientes, gestión de laboratorio, gestión de instalaciones médicas y sanitarias, gestión de inventarios, gestión de usuarios y eficiencia de instalaciones; proporcionando una plataforma de software basada en la web en los campos de la salud, diagnóstico médico, diagnóstico in vitro, pruebas de enfermedades, vigilancia de enfermedades, mapeo de enfermedades, pruebas de diagnóstico, monitorización de pacientes, gestión de laboratorio, gestión de instalaciones médicas y sanitarias, gestión de inventario, gestión de usuarios y eficiencia de instalaciones; software basado en la nube en los campos de la salud, diagnóstico médico, diagnóstico in vitro, pruebas de enfermedades, vigilancia de enfermedades, mapeo de enfermedades, pruebas de diagnóstico, monitorización de pacientes, gestión de laboratorio, gestión de instalaciones médicas y sanitarias, gestión de inventario, gestión de usuarios y eficiencia de instalaciones; software como servicio (SAAS) con software para recopilar, visualizar, rastrear, administrar, monitorear, integrar, analizar e informar datos e información; proporcionando una plataforma de software basada en la web para recopilar, visualizar, rastrear, administrar, monitorear, integrar y analizar e SYMPHEOS informar datos e información; software basado en la nube para recopilar, visualizar, rastrear, administrar, monitorear, integrar, analizar e informar datos e información; software como servicio (SAAS) para gestionar, integrar y facilitar la conectividad con la salud, la atención médica, la atención al paciente, el diagnóstico, la enfermedad y datos de laboratorio; proporcionar una plataforma de software basada en la web para gestionar, integrar y facilitar la conectividad a datos de salud, médicos, atención al paciente, diagnóstico, enfermedades y laboratorio; software basado en la nube para gestionar, integrar y facilitar la conectividad con la atención médica, médica y de pacientes, diagnóstico, enfermedad y datos de laboratorio; software como servicio (SAAS) para monitorear y administrar aparatos e instrumentos médicos y de laboratorio; software como servicio (SAAS) para monitorear y administrar personal médico y de laboratorio; software como servicio (SAAS) para monitorear y administrar inventario médico y de laboratorio; software como servicio (SAAS) para monitorear y administrar la eficiencia médica y de laboratorio; software como servicio (SAAS) para monitorear y administrar la conectividad médica y de laboratorio; suministro de una plataforma de software basada en la web para supervisar y gestionar aparatos e instrumentos médicos y de laboratorio, personal médico y de laboratorio, inventario médico y de laboratorio, eficiencia médica y de laboratorio y conectividad médica y de laboratorio; software basado en la nube para monitorear y administrar aparatos e instrumentos médicos y de laboratorio, personal médico y de labo

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de septiembre del año 2020. [12] Reservas: Sociedad organizada bajo las leyes de Honduras. Abogado Franklin Omar López Santos Registrador (a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. _______ RYT [1] Solicitud: 2020-016084 [2] Fecha de presentación: 25/05/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: HANGZHOU GREAT STAR INDUSTRIAL CO., LTD [4.1] Domicilio: No. 35 JIU HUAN ROAD, JIANG GAN ZONE, HANGZHOU, ZHEJIANG PROVINCE, CHINA [4.2] Organizada bajo las Leyes de: CHINA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: WORKPRO [7] Clase Internacional: 8 [8] Protege y distingue: Instrumentos de afilar; implementos agrícolas, accionadas manualmente; herramientas de jardín, accionadas manualmente; paletas [jardinería]; arpones; juegos de manicura; herramientas de mano accionadas manualmente; brocas [herramientas de mano]; gatos de elevación, accionados manualmente; planchas de fuego; bombas de aire, accionadas manualmente; abrelatas, no eléctricos; diamantes de acristalamiento [partes de herramientas manuales]; paletas; herramientas de grabado [herramientas de mano]; cuchillos; cuchillas [herramientas de mano]; tijeras; cubiertos de mesa [cuchillos, tenedores y cucharas]; taladros [herramientas de mano]; sierras [herramientas de mano]; llaves inglesas [herramientas de mano]; destornilladores; alicates; martillos [herramientas de mano]; limas. d.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 10 de octubre del año 2020. [12] Reservas: No se protege la grafía, ya que la misma no se considera una grafía especial. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador (a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. _______ [1] Solicitud: 2019-042713 [2] Fecha de presentación: 16/10/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: WALMART APOLLO, LLC [4.1] Domicilio: 702 SOUTHWEST 8TH STREET, BENTONVILLE, ARKANSAS 72716, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: AUTO DRIVE Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Aparatos e instrumentos científicos, náuticos, geodésicos, fotográficos, cinematográficos, ópticos, de pesaje, de medición, de señalización, de control (inspección), de salvamento y de enseñanza; aparatos e instrumentos de conducción, distribución, transformación, acumulación, regulación o control de la electricidad; aparatos de grabación, transmisión o reproducción de sonido o imágenes; soportes de registro magnéticos, discos acústicos; discos compactos, DVD y otros soportes de grabación digitales; mecanismos para aparatos de previo pago; cajas registradoras, máquinas de calcular, equipos de procesamiento de datos, ordenadores; software; extintores; cargadores de teléfonos celulares; portadores de computadoras tipo tabletas y teléfonos celulares; cables de poder; manómetros; tapones de válvula (tapones indicadores de presión para válvulas). D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Ricardo Aníbal Mejía M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 21 de septiembre del año 2020. [12] Reservas: Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador (a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. -- 424 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E F EBRERO D EL 2021 N o. 35,513 1/ Solicitud: 21352/20 2/ Fecha de presentación: 15/julio/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: UNIPHARM S.A. 4.1/ Domicilio: 12 calle, 2-25, zona 10, edificio Avia, Nivel 12, Ciudad de Guatemala, Guatemala 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Guatemala B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INTRAFER F-800 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos farmacéuticos, a saber, hierro aminoquelado equivalente a hierro elemental, ácido fólico, vitamina B12 cianocabalamina. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Alfredo Jose Vargas Chevez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88, 89 y 91 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 27-10-2020 12/ Reservas: No se da exclusividad de uso de “800”. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. _____ INTRAFER F-800 1/ Solicitud: 11418/20 2/ Fecha de presentación: 10/marzo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ALIMENTOS PARA ANIMALES, S.A. 4.1/ Domicilio: 42 Calle, 20-91, Zona 12 Guatemala, Guatemala 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ALIMAX 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 31 8/ Protege y distingue: Alimento para perro. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Oscar Armando Melara Facussé E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 21-08-2020 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. ALIMAX 1/ Solicitud: 15469-2020 2/ Fecha de presentación: 5-5-2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LA FABRIL DE ACEITES, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Soyapango, departamento de San Salvador, El Salvador. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NATUREX 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica el derecho de usar la denominación “NATUREX” en cualquier tamaño, color y tipo de letra. 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos higiénicos y desinfectantes. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Alfredo Jose Vargas Chevez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-09-2020 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. _____ NATUREX 1/ Solicitud: 15468-2020 2/ Fecha de presentación: 5/5/2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: LA FABRIL DE ACEITES, S.A. DE C.V. 4.1/ Domicilio: Soyapango, departamento de San Salvador, El Salvador. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: NATUREX 6.2/ Reivindicaciones: Se reivindica el derecho de usar la denominación “NATUREX” en cualquier tamaño, color y tipo de letra. 7/ Clase Internacional: 03 8/ Protege y distingue: Jabones de tocador, lejías, cloros, detergentes en polvo, productos de lavandería, preparaciones para blanquear y otras sustancias para la colada; preparaciones para limpiar, pulir, desengrasar y raspar (preparaciones abrasivas); jabones; perfumería, aceites esenciales, cosméticos, lociones para el cabello; dentífricos. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: Alfredo Jose Vargas Chevez E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 30-09-2020 12/ Reservas: Abogado Franklin Omar López Santos Registrador de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. NATUREX -- 425 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E FEBRERO D EL 2021 N o. 35,513 [1] Solicitud: 2019-044260 [2] Fecha de presentación: 25/10/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: EDGAR MARIANO ARGUETA HERNÁNDEZ [4.1] Domicilio: 30 Avenida; 5-53 zona 7, Tikal, Ciudad de Guatemala, Guatemala, C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: GLOBAL BAKERY SUPPLY Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 11 [8] Protege y distingue: Aparatos e instalaciones de alumbrado, calefacción, enfriamiento, producción de vapor, cocción, refrigeración, secado, ventilación y distribución de agua, así como instalaciones sanitarias. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Andrea Ninoska Pereira Flores USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de julio del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador (a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. _____ [1] Solicitud: 2019-044261 [2] Fecha de presentación: 25/10/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: EDGAR MARIANO ARGUETA HERNÁNDEZ [4.1] Domicilio: 30 Avenida; 5-53 zona 7, Tikal, Ciudad de Guatemala, Guatemala, C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ABCO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 11 [8] Protege y distingue: Aparatos e instalaciones de alumbrado, calefacción, enfriamiento, producción de vapor, cocción, refrigeración, secado, ventilación y distribución de agua, así como instalaciones sanitarias. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Andrea Ninoska Pereira Flores USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 4 de marzo del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Noemí Elizabeth Lagos Valeriano Registrador (a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. _____ [1] Solicitud: 2018-037136 [2] Fecha de presentación: 24/08/2018 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: ADORO COSMETICS CO., INC. [4.1] Domicilio: 2777 LEONIS BLVD, VERNON CA 90058, Estados Unidos de América [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: ADORO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 3 [8] Protege y distingue: Productos cosméticos y preparaciones de tocador no medicinales, como ser, limpiadores de pie y exfoliantes para pies. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Andrea Ninoska Pereira Flores USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 7 de febrero del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado Fidel Antonio Medina Registrador (a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. _____ [1] Solicitud: 2020-006151 [2] Fecha de presentación: 07/02/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: NEGOCIOS GENERALES ALFREDO LAMPORT, S.A. [4.1] Domicilio: 4a calle 0-74, zona 13 Pamplona, Guatemala, Guatemala, C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BIERWAGEN Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 43 [8] Protege y distingue: Servicios móviles de bebidas y comidas preparadas y servicios de catering. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Emmy Danielle Padilla Ponce USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 25 de febrero del año 2020. [12] Reservas: No se reivindica EST. SIVAR 2018, que aparece en la etiqueta. Abogada Martha Maritza Zamora Ulloa Registrador (a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. _____ [1] Solicitud: 2020-015902 [2] Fecha de presentación: 15/05/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: RAGNAR MAGAÑA PACHECO [4.1] Domicilio: Tegucigalpa, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: BEAUTY GUMMY Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Vitaminas para cabello, uñas y piel. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: Emmy Danielle Padilla Ponce USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de septiembre del año 2020. [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada Claudia Jacqueline Mejía Anduray Registrador (a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. -- 426 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E F EBRERO D EL 2021 N o. 35,513 [1] Solicitud: 2019-045152 [2] Fecha de presentación: 01/11/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: FOREST STEWARDSHIP COUNCIL, ASOCIACIÓN CIVIL. [4.1] Domicilio: Calle Margarita Maza de Juárez 422, Col. Centro, 68000 Oaxaca, Oaxaca México, México. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MÉXICO B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: FOREST STEWARDSHIP COUNCIL [7] Clase Internacional: 20 [8] Protege y distingue: Muebles y productos hechos de madera tales como: anaqueles, estantes, guarniciones, perfiles, puertas y partes de muebles, aparadores, casilleros y anaqueles para casilleros, archiveros, armarios, armazones de cama de madera, asientos, bancos, biombos, botelleros (muebles), botiquines (armarios para medicinas), caballetes (muebles), cabeceras (muebles), cajas de madera, cajones, camas y armazones de cama, camas de hospital, canapés (sillones), carritos (muebles), carritos de servicio, carritos de té, casilleros, conales de bebés, cortinas de bambú, cubos, divanes, productos de ebanistería, escritorios, estanterías, estanterías de biblioteca, estantes de almacenamiento, expositores (muebles), ficheros (muebles), jardineras (muebles), entrepaños de madera para muebles, marcos, mesas, mesas con ruedas para computadoras, mesas de dibujo, mesas de masaje, mesas de mecanografía, mesas de servicio, mesas de tocador, mesas de centro, mesitas auxiliares, piezas de mobiliario, paragueros, perchas para prendas de vestir, persianas de interior para ventanas (muebles), persianas de laminillas para interiores, persianas de madera tejida (muebles), persianas de papel, persianas de ventanas para interior en materias textiles, piezas de muebles, puertas de muebles, pupitres, revisteros, secreteres, sillas (asientos), sillones, sofás, toalleros (muebles), mesas de tocador, tocadores (muebles). APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 27 de febrero del año 2020 [12] Reservas: La marca se protegerá en su conjunto sin dar exclusividad de uso sobre las palabras de forma separada. Sociedad organizada bajo las leyes de México. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. FOREST STEWARDSHIP COUNCIL 1/ Solicitud: 20-17231 2/ Fecha de presentación: 12-08-2020 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: DISCOVERY COMMUNICATIONS, LLC. 4.1/ Domicilio: 8403 Colesville Road, Silver Spring, Maryland 20910, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: DELAWARE B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: DISCOVERY+ 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 41 8/ Protege y distingue: Sevicios de entretenimiento y educacionales, a saber, programas multimedia continuos en el ámbito de interés general, distribuidos vía varias plataformas a través de múltiples formas de medios de transmisión; provisión de programas de televisión continuos en el ámbito del interés humano general; proporcionar programación de entretenimiento fuera de serie (OTT, por sus siglas en inglés) en el ámbito del interés humano general; producción de programas de televisión; producción de programas multimedia; prestar información de entretenimiento con respecto a programas de televisión en curso vía una red informática mundial; servicios de entretenimiento en la naturaleza de provisión de programas y contenidos educativos y de entretenimiento, a saber, programas de televisión, clips, gráficos e información relacionados con programas de televisión en el ámbito del interés humano general vía el internet, redes de comunicaciones electrónicas, redes informáticas y redes de comunicaciones inalámbricas. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANÍBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 28-10-2020 12/ Reservas: Abogada MARTHA MARITZA ZAMORA ULLOA Registrador de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. DISCOVERY+ -- 427 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E FEBRERO D EL 2021 N o. 35,513 [1] Solicitud: 2020-015626 [2] Fecha de presentación: 07/05/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: UNIPHARM DE HONDURAS, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: San Pedro Sula, departamento de Cortés, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: UNICOV [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos, preparaciones para uso médico; productos higiénicos y sanitarios para uso médico; alimentos y sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; suplementos alimenticios para personas; emplastos, material para apósitos; material para empastes e impresiones dentales; desinfectantes. APODERADO LEGAL [9] Nombre: ALFREDO JOSÉ VARGAS CHEVEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de octubre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador (a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. UNICOV _________ [1] Solicitud: 2020-015116 [2] Fecha de presentación: 27/04/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: SWISSDIGITAL BRANDING SARL. [4.1] Domicilio: Haldenstrasse 5, 6340 Baar, Switzerlan, Suiza. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: SUIZA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: SWISSDIGITAL DESIGN Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Receptores (captura de datos de estado físico); dispositivos de medición eléctrica; auriculares; dispositivos bluetooth; aparatos del sistema de posicionamiento global (GPS); reloj con altímetro, barómetro y brújula; aparatos de monitoreo electrices; unidades de memoria flash usb en blanco; cables USB; discos duros USB; pizarras electrónicas; accesorios para teléfonos móviles y tabletas, a saber, baterías, cargadores de batería, cables de comunicación de datos, auriculares, audífonos, cargadores de batería para usar en un automóvil, estuches de cuero "adaptados para" teléfonos móviles y tabletas, fundas con tapa para teléfonos móviles y computadoras tabletas, kits de manos libres y estuches a presión adaptadas para teléfonos móviles y tabletas y altavoces portátiles; reproductores multimedia portátiles; banco de energía; teléfonos inteligentes; stylus para dispositivos electrónicos portátiles; computadoras tabletas; gafas 30; periféricos de computadora portátiles; periféricos portátiles (computadoras, teléfonos celulares y receptores de datos móviles); gafas de sol; odómetros, velocímetros, podómetros, altímetros y altímetros barométricos (utilizados en orientación y senderismo); cámaras digitales; instrumentos de medición; instrumentos de medición eléctricos; dispositivos, electrónicos digitales portátiles en forma de pulsera; pulseras inteligentes; aparatos periféricos de computadora; bolsos para computadora; maletas protectoras para computadoras; cargadores para baterías eléctricas; cascos (protectores) para deportes; aparatos para extinción de incendios; aparatos para grabación de sonido; aparatos de comunicación por internet; instalaciones antirrobo eléctricas; baterías solares; dispositivos de protección para uso personal contra accidentes; verificadores de papel moneda; software de computadora (grabación, organización, transmisión, manipulación y revisión de texto, archivos de audio, archivos de vídeo y programas de juegos de computadora relacionados con televisores, computadoras, reproductores de música, reproductores de vídeo, reproductores multimedia y teléfonos móviles); altavoces; linternas, intermitentes; receptores para audio. APODERADO LEGAL [9] Nombre: ALFREDO JOSÉ VARGAS CHEVEZ USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 19 de octubre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador (a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. _________ [1] Solicitud: 2020-017917 [2] Fecha de presentación: 22/06/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: UNIPHARM DE HONDURAS, S.A. DE C.V. [4.1] Domicilio: San Pedro Sula, Honduras. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: HONDURAS B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: NOVUM Y DISEÑO DE N [7] Clase Internacional: 35 [8] Protege y distingue: Publicidad; gestión de negocios comerciales; administración comercial, comercialización de productos farmacéuticos; promoción de productos; trabajo de oficina; administración de programas de fidelización de consumidores; demostración de productos farmacéuticos, medicamentos, suministros médicos, productos dietéticos, productos dermocosméticos y cosméticos, productos alimenticos, suplementos alimenticios, bebidas energizantes y nutritivas, así como medicamentos veterinarios o insumos para uso en animales; distribución de material publicitario [folletos, prospectos, impresos, muestras] / publicidad por c o r r e o d i r e c t o ] ; distribuciónde muestras de productos farmacéuticos medicamentos, suministros médicos, productos dietéticos, productos dermocosméticos y cosméticos, productos alimenticios, suplementos alimenticios, bebidas energizantes y nutritivas, así como medicamentos veterinarios, o insumos para uso en animales; organización de ferias con fines comerciales o publicitarios; información y asesoramiento comerciales al consumidor en la selección de productos y servicios; presentación de productos en cualquier medio de comunicación parasu compra y venta al por mayor y menor; suministro de información comercial por sitios web; servicios de venta minorista y mayorista de productos farmacéuticos, medicamentos, suministros médicos, productos dietéticos, productos dermocosméticos y cosméticos, productos alimenticios, suplementos alimenticios, bebidas energizantes y nutritivas, así como medicamentos veterinarios o insumos para uso en animales; servicios de importación y exportación; servicios de asesoramiento de empresas sobre la fabricación de productos y medicinas en general; compra, venta, representación e importación de medicamentos. APODERADO LEGAL [9] Nombre: ALFREDO JOSÉ VARGAS CHEVEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 20 de octubre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador (a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. -- 428 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E F EBRERO D EL 2021 N o. 35,513 [1] Solicitud: 2019-048658 [2] Fecha de presentación: 27/11/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: PURE WATER FOR THE WORLD [4.1] Domicilio: P.O. Box 55, Rutland, Vermont, 05702, ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: Vermont B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: PURE WATER FOR THE WORLD Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 41 [8] Protege y distingue: Servicios de educación e instrucción; servicios de educación en concreto, organización y ejecución de programas educativos, sesiones de formación, clases y talleres en el campo de agua, el agua potable, el abastecimiento de agua, el almacenamiento de agua, la hígiene, la higiene menstrual, el saneamiento, las enfermedades transmitidas por el agua el tratamiento de parásitos, las tecnologías de tratamiento del agua y la construcción y el mantenimiento de sistemas para beber (agua potable), sistemas para tratamiento de aguas, filtros de agua, estaciones de lavado de manos, letrinas, sistemas de sanítación y sistemas de recogida de aguas pluviales, y distribución de materiales formativos y educativos en relación con esos servicios; servicios benéficos de educación, en concreto, organización y ejecución de programas educativos, sesiones de formación, clases y talleres en el campo de agua, el agua potable, el abastecimiento de agua, el almacenamiento de agua, la higiene, la higiene menstrual, el saneamiento, las enfermedades transmitidas por el agua, el tratamiento de parásitos, las tecnologías de tratamiento del agua y la construcción y el mantenimiento de sistemas para beber (agua potable), sistemas para tratamiento de aguas, filtros de agua, estaciones de lavado de manos, letrinas, sistemas de sanitación y sistemas de recogida de aguas pluviales, y distribución de materiales formativos y educativos en relación con esos servicios; suministro de información educativa e investigación en los campos de la desinfección, tratamiento y purificación del agua, sistemas de agua sistemas para tratamiento de aguas, filtros de agua, sistemas de depuración del agua, sistemas de desinfección del agua, estaciones de lavado de manos, letrinas, instalaciones sanitarias, sistemas de sanitación y sistemas de recogida de aguas pluviales. APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 14 de septiembre del año 2020 [12] Reservas: Abogado FRAKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. _________ 1/ Solicitud: 15959/20 2/ Fecha de presentación: 19/Mayo/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: TARGET BRANDS, INC. 4.1/ Domicilio: 1000 Nicollet Mall, Minneapolis, Minnesota 55403, ESTADOS UNIDOS DE AMERICA. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: MINNESOTA B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Nominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: AVA & VIV 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 25 8/ Protege y distingue: Prendas de vestir y ropa, específicamente vestidos, faldas, blusas, pantalones cortos, prendas de vestir para usarse en la parte inferior del cuerpo, pantalones formales, pantalones casuales, suéteres, camisetas sin mangas, camisas sudaderas, pantalones sudaderos, camisas, tops, chaquetas, blazers, abrigos de traje, sobretodos, abrigos, leggins y trajes de baño, chalecos, turbantes, estolas, bufandas, corbatas, fajas; guantes, mitones, bufandas, orejeras; cinturones; calcetería, calcetas; ropa de dormir, pijamas, batas y camisones; ropa íntima, a saber, camisolas, brasieres, prendas íntimas, calzones, enaguas, portaligas y lencería; ropa para moldear el cuerpo, a saber, camisas, fajas, moldeadores para el cuerpo, trajes de cuerpo entero y calzones; calzado, a saber, zapatos, botas, sandalias y pantuflas; sombrerería, a saber, gorras, gorros y viseras. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en cono cimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 12-10-2020 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. AVA & VIV _________ [1] Solicitud: 2019-048322 [2] Fecha de presentación: 25/11/2019 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: TARGET BRANDS, INC. [4.1] Domicilio: 1000 NICOLLET MALL, MINNEAPOLIS, MINNESOTA 55403, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: MINNESOTA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CASALUNA [7] Clase Internacional: 28 [8] Protege y distingue: Cojines de meditación; bloques de yoga. APODERADO LEGAL [9] Nombre: RICARDO ANIBAL MEJÍA M. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 17 de septiembre del año 2020 [12] Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador (a) de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. CASALUNA -- 429 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E FEBRERO D EL 2021 N o. 35,513 [1] Solicitud: 2020-023078 [2] Fecha de presentación: 21/09/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LUVECK MEDICAL CORP. [4.1] Domicilio: 2797 NW 105th Avenue, Miamí, Florida, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: RINOLUV Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOAQUIN ROBERTO MARQUEZ VASQUEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 4 de enero del año 2021 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industrial 11, 26 F. y 15 M. 2021 ________ [1] Solicitud: 2020-023083 [2] Fecha de presentación: 21/09/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LUVECK MEDICAL CORP. [4.1] Domicilio: 2797 NW 105th Avenue, Miamí, Florida, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: OSTEOVECK FORTE Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOAQUIN ROBERTO MARQUEZ VASQUEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 4 de enero del año 2021 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 11, 26 F. y 15 M. 2021 [1] Solicitud: 2020-023072 [2] Fecha de presentación: 21/09/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LUVECK MEDICAL CORP. [4.1] Domicilio: 2797 NW 105th Avenue, Miamí, Florida, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DIALIV Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOAQUIN ROBERTO MARQUEZ VASQUEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de noviembre del año 2020 [12] Reservas: Se protege "DIALIV" sin reivindicar los elementos nominativos y figurativos que aparecen en la etiqueta. Abogada CLAUDIA JACQUELIN EMEJÍA ADNURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 11, 26 F. y 15 M. 2021 ________ [1] Solicitud: 2020-023073 [2] Fecha de presentación: 21/09/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LUVECK MEDICAL CORP. [4.1] Domicilio: 2797 NW 105th Avenue, Miamí, Florida, Estados Unidos de América. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: DOPAVECK Y ETIQUETA [7] Clase Internacional: 5 [8] Protege y distingue: Productos farmacéuticos y veterinarios; productos higiénicos para la medicina sustancias dietéticas para uso médico, alimentos para bebés; emplastos, material para apósitos; material para empastar los dientes y para improntas dentales. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: JOAQUIN ROBERTO MARQUEZ VASQUEZ. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 26 de noviembre 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 11, 26 F. y 15 M. 2021 -- 430 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E F EBRERO D EL 2021 N o. 35,513 [1] Solicitud: 2020-023138 [2] Fecha de presentación: 23/09/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR [4] Solicitante: DISAGRO DE GUATEMALA, SOCIEDAD ANÓNIMA. [4.1] Domicilio: Anillo Periférico 17-36, zona11, ciudad de Guatemala, Guatemala, C.A. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: GUATEMALA, C.A. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: CAMBIAGRO Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 44 [8] Protege y distingue: Servicios médicos; servicios veterinarios; tratamientos de higiene y de belleza para personas o animales; servicios de agricultura, horticultura y silvicultura; alquiler de equipo agrícola; alquiler de sondas (lisímetros), alquiler de estaciones de monitoreo de riego agrícola; análisis de residuos de plaguicidas en frutos, semillas, foliares, aguas y productos industriales para consumo animal y humano; análisis de suelo, análisis foliares, análisis solución de suelo, análisis de fruta; análisis de aguas de riego; análisis de agua de fertirriego; análisis de residuos de plaguicidas; reporte xcelsius de resultados; recomendaciones de fertilización. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 11 de noviembre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogado FRANKLIN OMA OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador (a) de la Propiedad Industrial 11, 26 F. y 15 M. 2021 ________ [1] Solicitud: 2020-023363 [2] Fecha de presentación: 07/10/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: LCS INTERNACIONAL SAS. [4.1] Domicilio: 8 rue Adolphe Seyboth, 67000 Strasbourg, Francia. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: FRANCIA. B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: LE COQ SPORTIF Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 25 [8] Protege y distingue: Prendas de vestir; calzados; artículos de sombrerería; camisas; camisas de punto; polos; blusas sin mangas; camisetas [de manga corta]; chalecos; vestidos; faldas; slips; trajes de baño; shorts; pantalones largos; suéteres; sombreros (artículos de sombrerería); sombreros; fulares; bufandas [vestidos]; viseras; chándales; sudaderas; chaquetas; blazers; chubasqueros; abrigos; uniformes; corbatas; guantes [prendas de vestir]; delantales [prendas de vestir]; baberos; chaquetas deportivas; chaquetas de chándal; pijamas; peleles y prendas de vestir para jugar para los niños pequeños; calcetines y medias; ligueros; cinturones; tirantes; calzado; calzado de deporte; botas; patucos. D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 13 de noviembre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada CLAUDIA JACQUELINE MEJÍA ANDURAY Registrador (a) de la Propiedad Industrial 11, 26 F. y 15 M. 2021 [1] Solicitud: 2020-023665 [2] Fecha de presentación: 22/10/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: MOOVING, S.R.L. [4.1] Domicilio: Juramento 1495, piso 10, #4, ciudad autónoma de Buenos Aires (C 1428DMQ), Argentina. [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ARGENTINA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MOOVING Y DISEÑO [7] Clase Internacional: 16 [8] Protege y distingue: Productos de librería, material escolar, agendas, planificadores, artículos de papelería; Papel, cartón y artículos de estas materias no comprendidas en otras clases; productos de imprenta; material de encuadernación; fotografías; adhesivos (pegamentos) de papelería o para uso doméstico, notas auto-adhesivas material para artistas; pinceles; máquinas de escribir y artículos, accesorios de oficina y escritorio - clips, apretadores, bandas elástica, engrapadora (abrochadores), perforadoras (excepto muebles); marcadores (elementos para la escritura con base de tinta al agua), material de instrucción o material didáctico (excepto aparatos); materias plásticas para embalar (no comprendidas en otras clases). D.- APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN. USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 23 de noviembre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELZABETH LAGOS VALERIANO Registrador (a) de la Propiedad Industrial 11, 26 F. y 15 M. 2021 ________ 1/ Solicitud: 19707/20 2/ Fecha de presentación: 20/julio/20 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: RECKITT BENCKISER LLC. 4.1/ Domicilio: 399 Interpace Parkway, Parsippany, New Jersey 07054, Estados Unidos de América. 4.2/ Organizada bajo las Leyes de: Estados Unidos de América B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro Básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de Origen: 5.3/ Código País: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN Tipo de Signo: Denominativa 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: LYSOL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 21 8/ Protege y distingue: Paños y toallitas para limpieza o uso doméstico, en concreto, paños y toallitas de limpieza; paños para pulir, paños de limpieza; sacudidores y paños para sacudir (duster and dusting clothes); almohadillas para raspar; dispensadores para paños, toallitas, pañuelos y esponjas para para limpieza de uso doméstico; dispensadores para preparaciones de limpieza para uso doméstico; dispensadores para jabón; utensilios y recipientes para el hogar o la cocina; peines y esponjas; barredores, trapeadores; cepillos (excepto pinceles para pinta); materiales para hacer cepillos; artículos para propósitos de limpieza; estropajo de acero; vidrio no trabajado o semielaborado (excepto el vidrio utilizado en la construcción); cristalería, porcelana y loza no incluidas en otras clases. 8.1/ Página Adicional D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: LEONARDO CASCO FORTIN E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 04-12-2020 12/ Reservas: Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador de la Propiedad Industrial 12, 27 E. y 11 F. 2021. LYSOL -- 431 of 620 -- Sección B Avisos Legales REPÚBLICA D E HONDURAS - T EGUCIGALPA, M. D . C . , 11 D E FEBRERO D EL 2021 N o. 35,513 [1] Solicitud: 2020-023467 [2] Fecha de presentación: 13/10/2020 [3] Solicitud de Registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR [4] Solicitante: APPLE INC. [4.1] Domicilio: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América . [4.2] Organizada bajo las Leyes de: ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA B.- REGISTRO EXTRANJERO [5] Registro básico: NO TIENE OTROS REGISTROS C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN [6] Denominación y [6.1] Distintivo: MAGSAFE [7] Clase Internacional: 9 [8] Protege y distingue: Computadoras; hardware de la computadora; computadoras portátiles; tabletas; teléfonos móviles; teléfonos inteligentes; relojes inteligentes; software de ordenador; software para instalar, configurar, operar o controlar dispositivos móviles, teléfonos móviles, ordenadores, periféricos de ordenador y relojes inteligentes; software de desarrollo de aplicaciones; software de juegos de ordenador; dispositivos periféricos para ordenadores, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles; periféricos portátiles para su uso con ordenadores y teléfonos móviles; pantallas colocadas en la cabeza; auriculares para su uso con computadoras, teléfonos inteligentes, relojes inteligentes y gafas inteligentes; pantallas de visualización para ordenadores, teléfonos móviles, dispositivos electrónicos móviles, dispositivos electrónicos portátiles, relojes inteligentes y gafas inteligentes; teclados, ratones, alfombrillas para ratón, impresoras, unidades de disco y discos duros; aparatos de grabación y reproducción de sonido; reproductores y grabadores de audio y vídeo digitales; altavoces de audio; amplificadores y receptores de audio; aparatos de audio para vehículos de motor; aparatos de grabación y reconocimiento de voz; auriculares; audífonos; micrófonos; chips de ordenador; tarjetas de crédito codificadas y lectores de tarjetas; terminales de pago electrónico y punto de transacción; tarjetas de crédito codificadas y lectores de tarjetas; terminales de pago electrónico y punto de transacción; baterías; cargadores de batería; conectores, acopladores, alambres, cables, cargadores, muelles, estaciones de acoplamiento y adaptadores eléctricos y electrónicos para su uso con ordenadores, teléfonos móviles y relojes inteligentes; interfaces para ordenadores, teléfonos móviles, relojes inteligentes y gafas inteligentes; películas protectoras adaptadas para pantallas de ordenador; cargadores de teléfonos móviles; estuches para cargadores de teléfonos móviles; cargador de reloj inteligente; cargadores inalámbricos; estuches de cargadores inalámbricos; estuches de transporte para teléfonos móviles; estuches de transporte para ordenadores móviles; estuches adaptados para teléfonos móviles; estuches para teléfonos celulares; cobertores para teléfonos móviles; estuches de transporte para ordenadores; estuches protectores de transporte para reproductores de música portátiles; estuches protectores para teléfonos inteligentes, principalmente, estuches protectores con baterías integradas para su uso con teléfonos celulares, ordenadores móviles, auriculares, tabletas y otros dispositivos portatiles manuales; cobertores protectores para dispositivos de lectura electrónicos; cobertores protectores para teléfonos inteligentes; cobertores y estuches protectores para teléfonos móviles, ordenadores portátiles y reproductores multimedia portátiles; cobertores y estuches protectoras para tabletas. APODERADO LEGAL [9] Nombre: LEONARDO CASCO FORTÍN USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. [11] Fecha de emisión: 16 de noviembre del año 2020 [12] Reservas: No tiene reservas. Abogada NOEMÍ ELIZABETH LAGOS VALERIANO Registrador(a) de la Propiedad Industrial 11, 26 F. y 15 M. 2021. MAGSAFE Número de Solicitud: 2020-23988 Fecha de Presentación: 2020-11-12 12:12:34 Fecha de emisión: 01 de febrero de 2021 Marca de Servicio A.- TITULAR SOLICITANTE: APPLE INC. DOMICILIO: One Apple Park Way, Cupertino, California 95014, Estados Unidos de América B.- PRIORIDAD: Se otorga prioridad N°. 080437 de fecha 20/05/2020 de Jamaica C.- TIPO DE SIGNO DISTINTIVO: Mixto D.- APORERADO LEGAL LEONARDO CASCO FORTIN E.- CLASE INTERNACIONAL (42) F.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN APP CLIP Y DISEÑO G.- H.- Reservas / Limitaciones: I.- Reivindicaciones: J.- Para Distinguir y Proteger: Facilitación de software en línea no descargable; software como servicio; plataforma como servicio; alquiler de software informático; alquiler de hardware y periféricos informáticos; servicios de computación en la nube; alquiler de servidores web; instalación de software informático; mantenimiento de software informático; actualización de software informático; servicios de mesa de ayuda informática; servicios de asistencia técnica, diagnóstico y resolución de problemas de software informático; conversión de programas y datos informáticos, distintos de la conversión fisica; duplicación de programas informáticos; recuperación de datos informáticos; almacenamiento de datos electrónicos; conversión de datos o documentos de medios físicos a electrónicos; monitoreo de sistemas informáticos por acceso remoto; monitoreo de sistemas informáticos para detectar accesos no autorizados; monitoreo de sistemas informáticos para detectar averías; servicios de cifrado de datos; consultoría en seguridad de datos; consultoría sobre seguridad en internet; servicios de protección contra virus informáticos; monitoreo electrónico de información de identificación personal para detectar el robo de identidad a través de internet; servicios de autenticación de usuarios mediante una aplicación de software; servicios de autenticación de usuarios que utilizan tecnología para transacciones de comercio electrónico; diseño y desarrollo de software informático; programación de computadoras; diseño de bases de datos informáticas; desarrollo de plataformas informáticas; diseño de sistemas informáticos; desarrollo de software en el marco de la publicación de software; servicios de consultoría en software informático; servicios de consulta para desarrollar sistemas informáticos, bases de datos y aplicaciones; consultoría en diseño y desarrollo de hardware informático; análisis de sistemas informáticos; consultoría en tecnología informática; consultoría en seguridad informática; consultoría en tecnología de la informacóon [TI]; investigación en el campo de la tecnología de las telecomunicaciones; consultoría técnica; investigación tecnológica; consultoría en tecnología de telecomunicaciones; consultoría en diseño de sitios web; suministro de información en línea relacionada con tecnología informática, programación informática y software; servicios de creación, diseño y mantenimiento de sitios web; servicios de alojamiento de sitios web; alojamiento de servidores; suministro de motores de búsqueda para obtener datos a través de internet y otras redes de comunicaciones electrónicas; creación y diseño de índices de información basados en sitios web para terceros [servicios de tecnología de la información]; servicios de cartografía y mapeo; suministro de un portal de internet que permite a los usuarios obtener una vista previa y descargar publicaciones electrónicas y otros documentos de la clase 42 Lo que se pone en conocimiento público para efectos de Ley correspondiente.

Articulo 88

de la Ley de Propiedad Industrial. FRANKLIN OMAR LOPEZ SANTOS Registro de la Propiedad Industrial 11, 26 F. y 15 M. 2021 -- 432 of 620 -- EMPRESA N ACIONAL DE A RTES GRÁFICAS Sección A AÑO CXLIII TEGUCIGALPA, M. D. C., HONDURAS, C. A. VIERNES 12 DE FEBRERO DEL 2021. NUM. 35,514 Poder Ejecutivo DECRETO EJECUTIVO NÚMERO PCM-019-2021 1 A. SUMARIO Sección A Decretos y Acuerdos PODER EJECUTIVO Decreto Ejecutivo número PCM-019-2021 SECRETARÍA DE RECURSOS NATURALES Y AMBIENTE Acuerdo No. 0289-2021 A. 8 Sección B Avisos Legales B. 1 - 24 EL PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DE LA REPÚBLICA EN CONSEJO DE SECRETARIOS DE ESTADO, CONSIDERANDO: Que la Constitución de la República en su Artículo 59 establece que la persona humana es el fin supremo de la sociedad y del Estado. CONSIDERANDO: Que el Estado de Honduras es alta parte contratante del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que reconoce en el Artículo 11 “el derecho de toda persona a un nivel de vida adecuado para sí y su familia, incluso alimentación, vestido y vivienda adecuados(...)” CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 245 numerales 2 y 11 de la Constitución de la República, le corresponde al Presidente de la República, dirigir la Política General del Estado y representarlo, emitir Acuerdos, Decretos y expedir Reglamentos y Resoluciones conforme a la Ley. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 6 párrafo tercero de la Ley General de la Administración Pública, reformado mediante el Decreto Legislativo No. 266- 2013, Presidente de la República debe tomar las medidas que sean necesarias para lograr que los planes, políticas, proyectos y programas se cumplan, para lo cual debe crear o modificar las instancias de conducción estratégica que estime necesarias y, cuando corresponda, pueda auxiliarse en los organismos de derecho privado pertinentes para alcanzar los objetivos del plan de nación y los planes estratégicos que de él se deriven, así como la continuidad de las políticas, proyectos y programas que son de obligatorio cumplimiento para los gobiernos sucesivos. CONSIDERANDO: Que de acuerdo a lo que establece el

Articulo 11

de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República tiene a su cargo la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada, pudiendo en el ejercicio de sus funciones actuar por sí o en Consejo de Ministros. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 14 numeral 1) y penúltimo párrafo de la Ley General de la Administración Pública, el Presidente de la República puede emitir las normas requeridas para determinar las competencias de los Despachos de las Secretarías de Estado, ya sea ampliando, reduciendo, fusionando y reasignando dichas competencias y Despachos. CONSIDERANDO: Que de conformidad con el Artículo 117 de la Ley General de la Administración Pública se emitirán -- 433 of 620 -- ABOG. THELMA LETICIA NEDA JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL por Decreto los actos que de conformidad con la Constitución de la Repúblicas, las leyes secundarias o los reglamentos sean privativos del Presidente de la República o deban ser dictados en Consejo de Secretarios de Estado. CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo Número PCM-142-2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” de fecha 28 de diciembre de 2020, Edición No. 35,471, se creó el “Programa de Vivienda Social Subsidiada y No Subsidiada”, como un programa temporal bajo la codirección de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y la Comisión Nacional de Vivienda y Asentamientos Humanos (CONVIVIENDA) con la finalidad de asegurar la construcción, reconstrucción, autoconstrucción, mejora de viviendas y el otorgamiento de subsidios y terrenos para las personas cuyas viviendas fueron destruidas y/o dañadas por el curso de las tormentas tropicales “ETA” e “IOTA”; así como para aquellas personas que habitan en zonas de vulnerabilidad y riesgo en todo el país. CONSIDERANDO: Que conforme a la Cláusula Octavo del Contrato de Fideicomiso “SISTEMA TECNOLÓGICO Y LOGÍSITICO PARA LA ADMINISTRACIÓN DE LOS DERECHOS DE PROPIEDAD EN LA REPÚBLICA DE HONDURAS” la adscripción de programas, plataformas y proyectos se puede realizar por el Instituto de la Propiedad, por el Poder Ejecutivo o por adscripción mediante convenios que suscriba directamente la Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP) con organismos públicos y privados. CONSIDERANDO: Que los esfuerzos de ejecución de las diferentes dependencias de la Administración Pública, incluyendo la Unidad Coordinadora de Proyectos (UCP), como un organismo de derecho privado auxiliar de la Administración Pública, deben encaminarse con celeridad para dar una pronta respuesta a los damnificados que perdieron o sufrieron daños en sus viviendas como consecuencia de las tormentas tropicales ETA e IOTA, o que vivan es zonas de riesgo a nivel nacional. CONSIDERANDO: Que por las consideraciones que anteceden es necesario reformar el Decreto Ejecutivo Número PCM-142-2020 a fin de brindarle mayor celeridad a la ejecución del Programa creado y que la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y el Instituto de la Propiedad (IP) pueden financiar con recursos del presupuesto de la República y en el marco del Fideicomiso correspondiente, en aplicación del Artículo 7 del Decreto Legislativo No. 11-2020 publicado en el Diario Oficial “La Gaceta” en fecha el 7 de marzo de 2020, Edición No. 35,194. POR TANTO,

Leyes relacionadas

20260616 - 37169
Decreto | 2026
Gaceta 36,276 SABADO 8 DE JULIO DE 2023
Este acuerdo adopta el nuevo logotipo oficial del Poder Judicial de Honduras, que integra la bandera nacional y la diosa Temis con una balanza, simbolizando justicia e imparcialidad. Obliga a todos los servidores judiciales a usar este logo en papelería, sellos, comunicaciones y eventos oficiales conforme a un manual de identidad de marca establecido.
Decreto 282-2010 | 2023
Resolución No. JD-INPREUNAH-002-2023 — Aprobación de tasa del Beneficio de Separación de INPREUNAH
Esta resolución establece que los empleados de la UNAH que se separan del trabajo y no tienen derecho a otras prestaciones recibirán un pago único con sus aportaciones actualizadas al 1.87% de interés anual, a partir de agosto de 2023. Afecta a trabajadores de la Universidad Nacional que se retiran sin cumplir requisitos para pensión.
Decreto JD-INPREUNAH-002-2023 | 2023
Resolución No. 2068-2021 — Conceder Personalidad Jurídica a la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la Colonia Siboney
Esta resolución otorga personalidad jurídica a la Junta Administradora de Agua Potable y Saneamiento de la Colonia Siboney en Villa Nueva, Cortés. La organización puede ahora actuar legalmente como entidad independiente para administrar, operar y mantener el sistema de agua potable comunitario, recaudar cuotas de usuarios y gestionar fondos para mejorar el servicio.
Decreto 2068-2021 | 2022
Diario Oficial La Gaceta No.35,995 publicado el dí­a Sábado 06 de Agosto del año 2022
El Decreto 69-2022 autoriza al municipio de Cucuyagua, Copán, a obtener un crédito de 25 millones de lempiras del sector bancario para construir un acueducto por gravedad que solucione la crisis de agua potable en el casco urbano. El proyecto se financia a 11.5 años con interés máximo del 11% anual.
Decreto 69-2022 | 2022