Acuerdo Ejecutivo No. 011-2025 — Revocación de delegación de funciones a Allison Marie Moncada Rosales y nueva delegación a otros abogados
Poder Ejecutivo
- Decreto: 011-2025
- Publicación: 28 de marzo de 2025
- Órgano emisor: Poder Ejecutivo
- Gaceta: 36,802
- Categoria: Administrativo
Resumen
Este acuerdo cancela la delegación de funciones que tenía Allison Marie Moncada Rosales en el Instituto Nacional de Migración y asigna esas responsabilidades a tres nuevos abogados: Héctor Daniel Raudales Velásquez, Ivans Ariel Andrade Andino y Any Mercedes Flores Flores. Estos funcionarios ahora manejarán notificaciones, audiencias disciplinarias y procedimientos de despido de empleados públicos según la ley.
Considerandos
Que mediante Decreto Ejecutivo PCM-031-2014 de fecha 30 de junio de 2014 reformado en su artículo 1, mediante Decreto Ejecutivo PCM- 063-2014, se crea el INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN, como un ente desconcentrado, de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización, con personalidad jurídica propia, independencia administrativa, laboral, funcional y financiera.
Que conforme al artículo 03 del Decreto Ejecutivo PCM 031-2014 de fecha 30 de junio de 2014 el Instituto Nacional de Migración será dirigido por un Director Ejecutivo.
Que los Funcionarios Públicos tienen la facultad de delegar el ejercicio de sus funciones en el (la) Servidor(a) Público(a) que estimen pertinente, en quien, en ausencia de aquella EDIS ANTONIO MONCADA ELSA XIOMARA GARCIA FLORES Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL ejerza sus funciones por disposición de la Ley o de autoridad superior.
Que el artículo 4 párrafo segundo de la Ley de Procedimientos Administrativos establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración de que forman parte el superior y el inferior.
Que el artículo 5 de la Ley de Procedimientos Administrativos establece que el acto de delegación podrá contener instrucciones obligatorias para el órgano delegado en materia procedimental expresándose y se entenderán adoptados por el órgano delegante. No obstante, la responsabilidad que se derivare de la emisión de los actos, será imputable al órgano delegado.
Que el artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública establece, que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias.
Que el artículo 118 de la Ley General de la Administración Pública establece que, entre otras cosas, se emitirán por acuerdo las decisiones de carácter particular que se tomaren fuera de los procedimientos en que los particulares intervengan como parte interesada y que la motivación de estos actos estará precedida por la designación de la autoridad que los emite y seguida por la fórmula “ACUERDA”.
Que el artículo 177 del Reglamento de la Ley de Servicio Civil dice que las audiencias de descargos se celebrarán ante el jefe superior de la dependencia o ante el empleado ante quien se delegue esta función, con la presencia del servidor y de dos (02) testigos, nominados uno por este último y otro por la dependencia. En ningún caso el empleado ante quien se deba celebrar la audiencia podrá ser el jefe inmediato con el cual se originó el conflicto que dio lugar a los hechos imputados, o cualquier otro empleado que se encontrare en similares circunstancias.
Que los acuerdos serán firmados por el titular del órgano que los emite y autorizados por el funcionario que indiquen las disposiciones legales.
Texto completo
ACUERDO No. 011-2025 Tegucigalpa, M. D. C., 27 de febrero del 2025 EL DIRECTOR EJECUTIVO DEL INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN EN USO DE SUS FACULTADES DE QUE ESTÁ INVESTIDO Y EN APLICACIÓN A LOS DECRETOS EJECUTIVOS PCM 031-2014 Y PCM 063-2014 CONSIDERANDO: Que mediante Decreto Ejecutivo PCM-031-2014 de fecha 30 de junio de 2014 reformado en su artículo 1, mediante Decreto Ejecutivo PCM- 063-2014, se crea el INSTITUTO NACIONAL DE MIGRACIÓN, como un ente desconcentrado, de la Secretaría de Gobernación, Justicia y Descentralización, con personalidad jurídica propia, independencia administrativa, laboral, funcional y financiera. CONSIDERANDO: Que conforme al artículo 03 del Decreto Ejecutivo PCM 031-2014 de fecha 30 de junio de 2014 el Instituto Nacional de Migración será dirigido por un Director Ejecutivo. CONSIDERANDO: Que los Funcionarios Públicos tienen la facultad de delegar el ejercicio de sus funciones en el (la) Servidor(a) Público(a) que estimen pertinente, en quien, en ausencia de aquella
EDIS ANTONIO MONCADA
ELSA XIOMARA GARCIA FLORES
Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL
ejerza sus funciones por disposición de la Ley o de autoridad superior. CONSIDERANDO: Que el artículo 4 párrafo segundo de la Ley de Procedimientos Administrativos establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la administración de que forman parte el superior y el inferior. CONSIDERANDO: Que el artículo 5 de la Ley de Procedimientos Administrativos establece que el acto de delegación podrá contener instrucciones o bligatorias p a r a e l ó r g a n o delegado en materia procedimental expresándose y se entenderán adoptados por el órgano delegante. No obstante, la responsabilidad que se derivare de la emisión de los actos, será imputable al órgano delegado. CONSIDERANDO: Que el artículo 116 de la Ley General de la Administración Pública establece, que los actos de los órganos de la Administración Pública adoptarán forma de Decretos, Acuerdos, Resoluciones o Providencias. CONSIDERANDO: Que el artículo 118 de la Ley General de la Administración Pública establece que, entre otras cosas, se emitirán por acuerdo las decisiones de carácter particular que se tomaren fuera de los procedimientos en que los particulares intervengan como parte interesada y que la motivación de estos actos estará precedida por la designación de la autoridad que los emite y seguida por la fórmula “ACUERDA”.
CONSIDERANDO: Que el artículo 177 del Reglamento de la Ley de Servicio Civil dice que las audiencias de descargos se celebrarán ante el jefe superior de la dependencia o ante el empleado ante quien se delegue esta función, con la presencia del servidor y de dos (02) testigos, nominados uno por este último y otro por la dependencia. En ningún caso el empleado ante quien se deba celebrar la audiencia podrá ser el jefe inmediato con el cual se originó el conflicto que dio lugar a los hechos imputados, o cualquier otro empleado que se encontrare en similares circunstancias. CONSIDERANDO: Que los acuerdos serán firmados por el titular del órgano que los emite y autorizados por el funcionario que indiquen las disposiciones legales. POR TANTO En aplicación de los artículos 8, 116, 118 numeral 2) y 122 de la Ley General de la Administración Pública; 4, 5, 27, 30, 92 y 135 de la Ley de Procedimiento Administrativo; 1, 3, 4 y 6 del Decreto Ejecutivo PCM 031-2014; 1 y 5 del Decreto Ejecutivo PCM 063-2014; 1 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Competencias del Poder Ejecutivo; 177 del Reglamento de la Ley de Servicio Civil. ACUERDA PRIMERO: Revocar la delegación de la abogada ALLISON MARIE MONCADA ROSALES como Analista Jurídica de la Gerencia de Talento Humano, establecidas en el ACUERDO No. 037-2024 de fecha 15 de agosto del año 2024, publicado en el Diario Oficial La Gaceta No. 36,641, donde se le delegó las potestades, atribuciones y facultades para entregar notificaciones para Audiencias de Descargos, emisión de notas, actas, autos, providencias, memorándums y oficios relacionados con la materia y competencia de la gestión del talento humano, así como la celebración de audiencias de descargos y el desarrollo de los procedimientos disciplinarios y de despido, notificaciones de las resoluciones sobre procesos disciplinarios y de despido contemplados en la Ley de Servicio Civil y su Reglamento de aplicación observando el debido proceso y los intereses del Instituto Nacional de Migración, en la materia de
servidores públicos empleados y talento humano. SEGUNDO: Delegar al Abogado HÉCTOR DANIEL RAUDALES VELASQUEZ, al abogado IVANS ARIEL ANDRADE ANDINO como Analistas Jurídicos y a la Auxiliar Jurídica ANY MERCEDES FLORES FLORES de la Gerencia de Talento Humano del Instituto Nacional de Migración, las potestades, atribuciones y facultades para entregar notificaciones para Audiencias de Descargos, emisión de notas, actas, autos, providencias, memorándums y oficios relacionados con la materia y competencia de la gestión del talento humano, así como la celebración de audiencias de descargos y el desarrollo de los procedimientos disciplinarios y de despido, notificaciones de las resoluciones sobre procesos disciplinarios y de despido contemplados en la Ley de Servicio Civil y su Reglamento de aplicación observando el debido proceso y los intereses del Instituto Nacional de Migración, en la materia de servidores públicos empleados y talento humano. TERCERO: Los ciudadanos delegados son responsables del ejercicio de la función delegada y del respeto de los procedimientos conforme a la Ley y Reglamentos que sean aplicables. Asimismo, los ciudadanos delegados son responsables de coordinar todo lo pertinente al recurso y talento humano con el Director Ejecutivo del Instituto Nacional de Migración. CUARTO: El presente Acuerdo es de ejecución inmediata y deberá publicarse en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. ABG. WILSON REYNEL PAZ REYES Director Ejecutivo ABG. MARCOS ANTONIO PALACIOS CASTRO Secretario General
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M.D.C., 28 D E MARZO D E L 2025 N o . 36,802 Sección “B” República de Honduras COMISIÓN NACIONAL DE DEPORTES, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN (CONDEPOR) “ADQUISICIÓN DE PRODUCTOS QUÍMICOS PARA LÍMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE LA PISCINA OLÍMPICA DEL COMPLEJO DEPORTIVO JOSÉ SIMÓN AZCONA DEL HOYO” No. LPN-S-CONDEPOR-001-2025 La Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (CONDEPOR), invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN- S-CONDEPOR-001-2025 a presentar ofertas selladas para la “Adquisición de Productos Químicos para Limpieza y Mantenimiento de la Piscina Olímpica del Complejo Deportivo “José Simón Azcona Del Hoyo”. 1. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 2. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 3. Los interesados podrán adquirir el Pliego de Condiciones de la presente licitación a partir del día 14 de marzo del 2025, en el Departamento de Licitaciones, oficinas administrativas primer nivel del Estadio “Héctor “Chochi” Sosa” en el Complejo Deportivo “José Simón Azcona”, en este caso deben traer un dispositivo USB, acompañando una nota de solicitud debidamente firmada y sellada por el representante legal de la empresa dirigida al Comisionado Presidente de la Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (CONDEPOR) Mario Antonio Moncada Godoy, también, podrán obtenerlo descargándolo de la plataforma honducompras (www.honducompras.gob.hn), además, podrán ser solicitados vía correo electrónico, a la dirección: licitaciones@condepor.gob.hn; en caso de optar por descargar el pliego de condiciones de la plataforma honducompras, deberán de notificarlo al correo antes indicado, manifestando la intención de participar, para efectos de registro. La empresa que no se registre previamente no podrá recibir oportuna y oficialmente las enmiendas, adendum o circulares que se emitan por CONDEPOR. 4. Las ofertas se presentarán en la Comisión Nacional de Deportes, Educación Física y Recreación (CONDEPOR), en el Departamento de Licitaciones, primer nivel, Estadio “Héctor “Chochi” Sosa” Tegucigalpa, M.D.C., a más tardar el 25 de abril del año 2025 a las 10:00 a.m. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, el día 25 de abril del año 2025 a las 10:10 a.m. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Para efectos de recibir aclaraciones las mismas será admitidas hasta las 4:00 p.m. del 18 de abril del año 2025. Tegucigalpa, M.D.C., 14 de marzo del año 2025. MARIO ANTONIO MONCADA GODOY COMISIONADO PRESIDENTE DE LA COMISIÓN NACIONAL DE DEPORTES, EDUCACIÓN FÍSICA Y RECREACIÓN (CONDEPOR) 28 M. 2025
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M.D.C., 28 D E MARZO D E L 2025 N o . 36,802 Aviso de Licitación Pública Nacional República de Honduras “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MONITOREO, DETECCIÓN Y RESPUESTA A INCIDENTES DE CIBERSEGURIDAD EN LA INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA DE LA CNBS Y RENOVACIÓN DE SOLUCIÓN PARA SEGUIMIENTO DE POSTURA DE CIBERSEGURIDAD DE LAS INSTITUCIONES SUPERVISADAS” No. LPN-CNBS-001-2025 1. La Comisión Nacional de Bancos y Seguros invita a las sociedades interesadas que operen legalmente en el país, a participar en la Licitación Pública Nacional No. LPN-CNBS-001-2025 y a presentar ofertas en sobres sellados para la “CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE MONITOREO, DETECCIÓN Y RESPUESTA A INCIDENTES DE CIBERSEGURIDAD EN LA INFRAESTRUCTURA TECNOLÓGICA DE LA CNBS Y RENOVACIÓN DE SOLUCIÓN PARA SEGUIMIENTO DE POSTURA DE CIBERSEGURIDAD DE LAS INSTITUCIONES SUPERVISADAS”. Lote 1: Renovación del Servicio de Monitoreo, Detección y Respuesta a Incidentes de Ciberseguridad en la Infraestructura Tecnológica de la CNBS. Lote 2: Renovación de Licencia de la Solución para el Monitoreo y Seguimiento de la Postura de Ciberseguridad de las Instituciones Supervisadas. Numeral 1: Renovación de 60 scorecards de Security Scorecard Numeral 2: Adquisición de 40 scorecards, 15 créditos del módulo Risk Quantification y el add-on All Companies 2. El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales. 3. La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento. 4. Los interesados para ser inscritos en el Registro como participantes del proceso, previo a la presentación de ofertas, deberán presentar nota de interés firmada y sellada haciendo referencia al presente proceso. Si prefieren hacer el trámite de inscripción de manera electrónica, deberán confirmar su participación remitiendo la nota de interés firmada y sellada al correo electrónico de la Gerencia Administrativa: cnbslicitaciones@cnbs.gob.hn. Los documentos de la licitación no tienen costo alguno y pueden ser solicitados a partir del 17 de marzo de 2025. Estos documentos también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras “HonduCompras” (www.honducompras.gob.hn) a partir de la misma fecha. 5. Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Recepción de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros ubicada en el segundo piso del Edificio de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, Residencial La Hacienda, esquina Boulevard La Hacienda y Boulevard Suyapa, Tegucigalpa M.D.C., a más tardar a las 10:30 a.m. del MIÉRCOLES 30 DE ABRIL DE 2025. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Los sobres que contienen las ofertas se abrirán a las 10:45 a.m. del MIÉRCOLES 30 DE ABRIL DE 2025 en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Los asistentes a la apertura de ofertas que no sean los Representantes Legales de los Oferentes deben presentar carta o documento que los acredite para asistir a dicho Acto de Apertura. Tegucigalpa, M.D.C., lunes 17 de marzo de 2025 Marcio Giovanny Sierra Discua Comisionado Presidente 28 M. 2025
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M.D.C., 28 D E MARZO D E L 2025 N o . 36,802 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. El representante o apoderado legal: Mario Antonio Mendoza Castillo Actuando en representación de la empresa: TIKAL AGROSOLUTIONS Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. De nombre Comercial: FORAROOT 2.2475 SL Ingrediente activo: 2.1400% Phosphorus, 0.0530% Indoleacetic acid, 0.0045% Kinetin, 0,0500% Thiamin Grupo al que pertenece: Sales Inorgánicas, Auxinas, Giberelinas, Vitaminas. Tipo de Formulación: Concentrado Soluble (SL) Clasificación toxicológica:
Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: FORAGRO, S.A./GUATEMALA Tipo de Uso: Regulador de Crecimiento EXPSENASA: 2405-1485 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo No.344-2005. REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002-2023 PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emito el presente aviso para publicación. "ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., viernes 14 de marzo de 2025 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 28 M. 2025 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. El representante o apoderado legal: Mario Antonio Mendoza Castillo Actuando en representación de la empresa: TIKAL AGROSOLUTIONS Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE PRODUCTOS FORMULADOS A BASE DE SUSTANCIAS QUÍMICAS. De nombre Comercial: AMINOPYRALID 24 SL Ingrediente activo: 24%, Aminopyralid Grupo al que pertenece: Piridina Tipo de Formulación: Concentrado Soluble (SL) Clasificación toxicológica:
Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: ZHEJIANG AVILIVE CHEMICAL CO., LTD Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 2410-3375 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria Decreto Ejecutivo No.157-94. Reformada mediante Decreto Legislativo No.344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002-2023 PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicación. "ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA" Tegucigalpa, M.D.C., viernes 14 de marzo de 2025 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 28 M. 2025
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M.D.C., 28 D E MARZO D E L 2025 N o . 36,802 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de Ley HACE SABER: Que la Abogada MARIA JOSE HERNANDEZ GUILLEN, actuando en su condición de representante procesal de la señora KELIN RUMARIS RÍOS OLIVA, mayor de edad, casada, Licenciada en Pedagogía, hondureña, con Documento Nacional de Identificación número 0606-1978-00844, con domicilio y residencia en la Aldea de San José de la Landa, municipio de Choluteca, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio sobre un lote de terreno, ubicado en Aldea San José de la Landa, municipio de Choluteca, departamento de Choluteca. Mapa Final JC-33 extensión del predio 03 HAS, 48 AS, 89.33 CAS, de Naturaleza Jurídica y SITIO SAN JOSE DE LA LANDA/PRIVADO.- COLINDANCIAS: AL NORTE, CALLE HACIA LA TRINIDAD; SUR, EHDESUR; ESTE, CAMINO HACIA LA LOMA; OESTE, EHDESUR, el presente predio antes descrito lo obtuvo por compra venta del señor RICARDO ANTONIO GALO MARENCO, de forma quieta, pacífica y no interrumpida, no existiendo otros poseedores pro-indivisos y tiene más de veinte años de poseerlo. Choluteca, 29 de octubre del año 2024 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 28 F. 28 M. y 28 A. 2025 _______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE CHOLUTECA AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La suscrita, Secretaria Adjunta del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Choluteca, al público en general y para los efectos de Ley HACE SABER: Que el Abogado OSCAR FERNANDO CRUZ, actuando en su condición de Apoderado Legal del señor RODOLFO ANTONIO RIVERA MARADIAGA, mayor de edad, soltero, labrador hondureño, con Documento Nacional de Identificación número 0605-1990-00448, con domicilio en el caserío Las Playitas, Aldea Despoblado, municipio de El Corpus, departamento de Choluteca, presentó a este Juzgado Solicitud de Título Supletorio de un predio de Naturaleza Jurídica Privada, ubicado en el caserío Las Playitas, Aldea El Despoblado, municipio El Corpus, departamento de Choluteca. Mapa Final JC-22 extensión del predio 00 HAS, 09 AS, 39.38 CAS, equivalente a 0 mz+1347.31 Vr2 Naturaleza Jurídica Sitio Privada/ EL DESPOBLADO. COLINDANCIAS: NORTE, LUISA MARADIAGA, CALLE DE POR MEDIO CON CENTRO DE ORACIÓN, ANTONIA MARADIAGA; SUR, LENAR SORIANO; ESTE, LENAR SORIANO; OESTE, LENAR SORIANO. El presente predio antes descrito lo ha tenido de forma quieta, pacífica, de buena fe ininterrumpida por más de veinte años consecutivos no existiendo otros poseedores pro-indivisos. Choluteca, 05 de febrero del año 2025 ABG. SILVIA YAQUELI CRUZ ZAMORA SECRETARIA ADJUNTA 28 F. 28 M. y 28 A. 2025 _______ Convocatoria a los Accionistas de GRUPO DE INVERSIONES EN RESTAURANTES Y ALIMENTOS, S.A. DE C.V. 05019021261970 El Consejo de Administración de la Sociedad Mercantil denominada “Grupo de Inversiones en Restaurantes y Alimentos, S.A. de C.V.” (GIRASA), por este medio convoca a todos sus accionistas para que concurran a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse el día martes 29 de abril del 2025, a las 3:00 p.m., en sus oficinas, ubicadas en el Km.13, carretera a Puerto Cortés, Curva La Victoria, Choloma, departamento de Cortés, para tratar los asuntos concernientes a la sociedad y cumplir con lo establecido en el artículo 168 del Código de Comercio. De no reunirse el quórum que establece la ley en la fecha y hora indicada, se celebrará al día siguiente en el mismo lugar y horario con los accionistas que asistan. Choloma, Cortés, 17 de marzo del año 2025. Consejo de Administración 28 M. 2025
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M.D.C., 28 D E MARZO D E L 2025 N o . 36,802 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA REPÚBLICA DE HONDURAS Secretaría de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras (SECAPPH) Proceso No. LPN-01-SECAPPH-PICCCMAH-2025 “RESTAURACIÓN DEL TEATRO NACIONAL MANUEL BONILLA”
- 1)
La Secretaría de Estado en los Despachos de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras (SECAPPH), por medio del Proyecto “Potenciación de Industrias Culturales y Creativas en los Clúster de Música y Artes Plásticas de Honduras” identificado como “PICCCMAH” (Proyecto BIP- 25305), invita a las empresas previamente precalificadas por la Secretaría de Estado en los Despachos de Infraestructura y Transporte (SIT), en la categoría de EDIFICACIONES 1 y 2 y a las empresas constructoras interesadas, en general, a participar y presentar oferta en la Licitación Pública Nacional No. LPN-01- SECAPPH-PICCCMAH-2025, para la ejecución del Proyecto “RESTAURACIÓN DEL TEATRO NACIONAL MANUEL BONILLA”.
- 2)
En virtud del Acuerdo de Cooperación y Coordinación suscrito entre la SIT y la SECAPPH y cautelando los principios de eficiencia, libre competencia y economía procesal, podrán participar en esta licitación todas las empresas que fueron debidamente precalificadas para esta categoría de proyectos, según resultados oficiales de dicho proceso de precalificación. Ver listado de empresas en el Anexo No. 1 de los Documentos de Licitación (Pliegos).
- 3)
Se ha programado llevar a cabo una Reunión Informativa y una Visita de Campo el jueves 06 de marzo de 2025 a las 9:00 a.m., (hora oficial de la República de Honduras), en el sitio de las obras (Teatro Nacional Manuel Bonilla, Barrio Abajo, frente al Parque Herrera, centro de Tegucigalpa, M.D.C.
- 4)
El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de Fondos Nacionales (Proyecto BIP-25305). La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN), establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.
- 5)
Los interesados podrán adquirir sin costo alguno, los Documentos (Pliegos) de la presente licitación, mediante solicitud escrita al correo electrónico: picccmah@secapph.gob.hn, con copia a los correos: proyectos@secapph.gob.hn y nohelia1976@yahoo.com.
- 6)
Los Documentos de la Licitación (pliegos) también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn), no obstante, para que el oferente interesado en participar quede registrado oficialmente en el proceso, deberá notificar su interés enviando un correo electrónico a las direcciones arriba señaladas.
- 7)
Las ofertas deberán presentarse en la Secretaría de Estado en los Despachos de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras (SECAPPH), 4to. nivel (Sala de Reuniones), ubicada en el edificio anexo de la SECAPPH, contiguo al Edificio Mónica, Barrio Guadalupe, esquina opuesta a Supermercado Delicatessen, Tegucigalpa, Honduras, a más tardar a las 2:00 p.m. viernes 28 de marzo de 2025. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en acto público, en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la sala de reuniones de la dirección arriba indicada (4to. piso), a las 2:15 p.m. (hora oficial de Honduras). Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de Oferta por el valor y la forma establecidos en la Sección II de los Documentos de la Licitación (Pliegos). Tegucigalpa, M.D.C., 27 de febrero de 2025 GLORIA ANNARELA VÉLEZ OSEJO Secretaria de Estado/SECAPPH 28 M. 2025
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M.D.C., 28 D E MARZO D E L 2025 N o . 36,802 AVISO DE ENMIENDA No. 1 Proceso de Licitación Pública Nacional No. LPN-01-SECAPPH-PICCCMAH-2025 La Secretaría de Estado en los Despachos de las Culturas, las Artes y los Patrimonios de los Pueblos de Honduras (SECAPPH), a través de la Unidad Ejecutora del Proyecto Potenciación de Industrias Culturales y Creativas en los Clúster de Música y Artes Plásticas de Honduras (PICCCMAH), a todas las empresas interesadas en participar y presentar su oferta en el Proceso de Licitación Pública Nacional, para la “RESTAURACIÓN DEL TEATRO NACIONAL MANUEL BONILLA”, por este medio, COMUNICA Y HACE DE SU CONOCIMIENTO, que se ha emitido la ENMIENDA No. 1 al Documento de Licitación (Pliegos de Licitación), a través de la cual se oficializa una prórroga del plazo de presentación de ofertas de la forma siguiente: 1. Se prorroga por única vez la fecha límite establecida para la presentación y apertura de ofertas, por un período de siete (7) días calendario adicionales a la fecha originalmente prevista que era para el viernes 28 de marzo de 2025, quedando fijada como nueva fecha límite de presentación de ofertas, el viernes 4 de abril de 2025, a la misma hora y en el mismo lugar establecido en los Pliegos. 2. En la Sección VI. Especificaciones Técnicas – Actividades; se modifican las actividades A.6.3, A.9.7 y A.9.8, se incorporan nuevas actividades numeradas como A.8.4, A.8.5, A.10.8, D.5, D.6, D.7, D.8 y D.9 y se eliminan las actividades A.1.11, A.3.3, A.3.7, A.9.1, A.9.2 y A.9.3. 3. En la Sección VII. Lista de Cantidades; se modifican la Lista de Cantidades A.6.3, A.9.7 y A.9.8, asimismo, se incorporan nuevas actividades numeradas como A.8.4, A.8.5, A.10.8, D.5, D.6, D.7, D.8 y D.9 y se eliminan las actividades A.1.11, A.3.3, A.3.7, A.9.1, A.9.2 y A.9.3. Ver en ANEXO A de la Enmienda publicada las Modificaciones aquí enunciadas. Favor tomar nota del contenido de dicha Enmienda que se encuentra publicada en HonduCompras, ya que los cambios introducidos en dicha Enmienda pasan a forma parte integral del Documento de Licitación. Asimismo, todas las instrucciones, condiciones y especificaciones que no contradigan lo aquí dispuesto o lo establecido en otras enmiendas y/o aclaraciones debidamente emitidas, permanecen en vigencia. Se deja constancia que esta será la única prórroga autorizada en el marco del presente proceso licitatorio. Con esta ampliación, se espera que los oferentes interesados dispongan del tiempo suficiente para preparar y presentar sus ofertas de manera adecuada y dentro del plazo establecido. Enmienda No. 1 emitida el 14 de marzo de 2025. GLORIA ANNARELA VÉLEZ OSEJO Ministra SECAPPH 28 M. 2025
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M.D.C., 28 D E MARZO D E L 2025 N o . 36,802 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha dieciocho (18) de julio del año dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado la señora KARLIN IBENY MANZANARES MERCADO, incoando demanda vía procedimiento en materia Contencioso Administrativo, contra el ESTADO DE HONDURAS a través de la ADMINISTRACIÓN ADUANERA DE HONDURAS, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal, reconocimiento de un situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injustificada contenidos en el Acuerdo ADUANAS-DE-GNGTH-083- 2024 y como medida para su pleno restablecimiento de mis derechos se ordene mediante sentencia el reintegro a mi puesto de trabajo en iguales o mejores condiciones.- Y a título de daños y perjuicios el pago de los sueldos y salarios dejados de percibir desde el despido o cancelación ilegal e injustificada, pago de décimo cuarto mes de salarios, décimo tercer mes de salarios, vacaciones, aumentos desde la fecha de cancelación hasta que se ejecute la sentencia.- Costas del juicio.- Pago de honorarios profesionales, habilitación de días y horas inhábiles.- Se adjuntan documentos. - Poder. Declarar la ilegalidad del acto y su nulidad. Reconocimiento de una situación jurídica individualizada por la cancelación ilegal e injusta de que fui objeto por cesantía y como medida para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo violado se condene al reintegro al trabajo. ABG. HAMELIN FANUEL ÁVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 28 M. 2025 JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO A V I S O El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintiuno (21) de octubre de dos mil veintidós (2022) compareció ante este juzgado la abogada DIANA MELISSA PINEDA SALGADO, en su condición de representante procesal de la ciudadana KATERINE YAMILETH GARCIA ZUNIGA, promoviendo demanda en materia personal con orden de ingreso 0801-2022-01695, contra LA SECRETARÍA DE GESTIÓN DE RIESGO Y CONTINGENCIAS NACIONALES. Para que se declare, no ser conforme a derecho y la nulidad de un acto administrativo de carácter personal consistente en el Acuerdo No. 265-C-2022 de fecha doce (12) de octubre de dos mil veintidós (2022). Por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la ley, así como por contener vicios de nulidad.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo violentado, se ordene mediante sentencia definitiva, el reintegro de mi representada al cargo Médico General, o a otro de igual o mejores salario y categoría, pago de salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta que sea reintegrada al cargo mediante sentencia definitiva procedente, reconociendo los respectivos incrementos salariales que en su casa tuviera el puesto durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el juicio, como el décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificación por concepto de vacaciones. Se acompañan documentos, costas. Poder. ABG. JUAN ERNESTO GARCIA ALVAREZ SECRETARIO ADJUNTO. 28 M. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS DE LA SECCIÓN JUDICIAL DE DANLÍ, EL PARAÍSO AVISO DE SOLICITUD DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de la Sección de Danlí, departamento de El Paraíso, al público en general y para efectos de ley. HACE SABER: Que se presentó Solicitud de Título Supletorio No. 0703-2024-00292, para que se le declare propietario al señor SANTOS ADAN SEVILLA, de un inmueble ubicado en aldea El Pescadero, municipio de Danlí, departamento de El Paraíso, en el sitio privado de Cuscateca, con un área de DOSCIENTOS SESENTA PUNTO CUARENTA Y TRES METROS CUADRADOS (260.43 Mts.2), EQUIVALENTE A TRESCIENTOS SETENTA Y TRES PUNTO CINCUENTA _________ _________ Y DOS VARAS CUADRADAS (373.52 Vrs.2) de extensión superficial.- Con las colindancias siguientes: Al Norte, con Iris Marlene Sevilla; Al Sur, con Guillermo de Jesús Sevilla; Al Este, con acceso privado y carretera pavimentada que de la ciudad de Danlí conduce a la ciudad de El Paraíso de por medio; Al Oeste, con acceso privado de por medio, con Marlin Anabel Sevilla y con María Dorotea Castillo Sevilla. Danlí, El Paraíso, 10 de junio del 2024. MARTA CRISTINA VASQUEZ LARA SECRETARIA 28 M., 28 A. y 28 M. 2025
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M.D.C., 28 D E MARZO D E L 2025 N o . 36,802 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. A V I S O La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil veinticinco (2025), interpuso demanda ante este juzgado la Abogada Gabriela Sofia Escalante Maradiaga, Representante Procesal de los señores Tania Lyneth Palma Alvarado y Diana Orestila Cárcamo Rodríguez, con orden de ingreso número 0801-2025-00044, contra el Servicio de Administración de Rentas (SAR), incoando demanda especial en materia de personal para la nulidad de dos actos administrativos de carácter particular consistente en los Acuerdos SAR-N°-591-2024 y SAR-N°-592-2024. A través de los cuales se remueve de sus cargos a las ciudadanas Tania Lyneth Palma Alvarado y Diana Orestilla Cárcamo Rodríguez, que se anulen totalmente los mismos por haber sido adoptados con infracción del ordenamiento jurídico.- Que se reconozca la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento se condene al Estado de Honduras a través del Servicio de Administración de Rentas (SAR) al reintegro de mis representadas a sus cargos en igual o mejores condiciones; a título de daños y perjuicios, se condene al pago de los salarios dejados de percibir junto con los colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes en concepto de compensación social e incrementos salariales otorgados a todos los empleados del sector público, ajuste salarial anual conforme a porcentaje de costo de vida indicado por el Banco Central de Honduras (BCH), vacaciones que deberían haber gozado y que devengarían desde la fecha de cancelación hasta que materialice el reintegro.- Se acredita representación.- Costas.- Va en relación a los Acuerdos de Cancelación No. SAR-592-2024 y SAR-591-2024. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 28 M. 2025 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE RENOVACIÓN/MODIFICACIÓN DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de ley correspondiente se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la sol RENOVACIÓN/MODIFICACIÓN DE PLAGUICIDA El representante o apoderado legal: Mario Antonio Mendoza Castillo Actuando en representación de la empresa: AGROCENTRO S.A. Tendiente a que autorice la RENOVACIÓN/MODIFICACIÓN DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: FURIKO 20 SL Compuesto por los elementos: 20% PARAQUAT Grupo al que pertenece: Bipiridilo Clasificación toxicológica:
Estado Físico: Líquido Tipo de formulación: Concentrado Soluble (SL) Formulador y País de Origen: AGROCENTRO S.A./GUATEMALA; NANJING RED SUN BIOCCHEMSTRY CO., LTD/CHINA Tipo de Uso: Herbicida EXPSENASA: 3424-2020 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94. Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., viernes 7 de febrero de 2025 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 28 M. 2025
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M.D.C., 28 D E MARZO D E L 2025 N o . 36,802 Convocatoria A los accionistas de ALIMESA ALIMENTOS MESOAMERICANOS, S.A. DE C.V. 05019010285600 El Consejo de Administración de la Sociedad Mercantil denominada “Alimentos Mesoamericanos, S.A. de C.V.” (ALIMESA), por este medio convoca a todos sus accionistas para que concurran a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse el día martes 29 de abril del 2025, a las 8:00 a.m., en sus oficinas ubicadas en el Km. 13, carretera a Puerto Cortés, Curva La Victoria, Choloma, departamento de Cortés, para tratar los asuntos concernientes a la sociedad y cumplir con lo establecido en el artículo 168 del Código de Comercio. De no reunirse el quórum que establece la ley en la fecha y hora indicada, se celebrará al día siguiente en el mismo lugar y horario con los accionistas que asistan. Choloma, Cortés, 17 de marzo del año 2025. Consejo de Administración 28 M. 2025 ___________ Convocatoria A los accionistas de HERMACASA HERRAMIENTAS MANUALES CENTROAMERICANAS, S.A. 05019995139955 El Consejo de Administración de la Sociedad Mercantil denominada “Herramientas Manuales Centroamericanas, S.A.” (HERMACASA), por este medio convoca a todos sus accionistas para que concurran a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse el día martes 29 de abril del 2025, a las 4:00 p.m., en sus oficinas ubicadas en el Km. 13, carretera a Puerto Cortés, Curva La Victoria, Choloma, departamento de Cortés, para tratar los asuntos concernientes a la sociedad y cumplir con lo establecido en el artículo 168 del Código de Comercio. De no reunirse el quórum que establece la ley en la fecha y hora indicada, se celebrará al día siguiente en el mismo lugar y horario con los accionistas que asistan. Choloma, Cortés, 17 de marzo del año 2025. Consejo de Administración 28 M. 2025 ___________ Convocatoria A los accionistas de EXAMESA EXPORTADORA AGRICOLA MESOAMERICANA, SOCIEDAD ANÓNIMA 05019021338069 El Consejo de Administración de la Sociedad Mercantil “Exportadora Agrícola Mesoamericana, Sociedad Anónima" (EXAMESA), por este medio convoca a todos sus accionistas para que concurran a la ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA DE ACCIONISTAS, a celebrarse el día martes 29 de abril del 2025, a las 11:00 a.m., en sus oficinas ubicadas en el Km. 13, carretera a Puerto Cortés, Curva La Victoria, Choloma, departamento de Cortés, para tratar los asuntos concernientes a la sociedad y cumplir con lo establecido en el artículo 168 del Código de Comercio. De no reunirse el quórum que establece la ley en la fecha y hora indicada, se celebrará al día siguiente en el mismo lugar y horario con los accionistas que asistan. Choloma, Cortés, 17 de marzo del año 2025. Consejo de Administración 28 M. 2025
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M.D.C., 28 D E MARZO D E L 2025 N o . 36,802 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes; HACE SABER: Que en fecha siete (07) de marzo del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado la señora SORAYA YAMILETH GARCIA REYES, incoando demanda con orden de ingreso 0801-2025- 00179, vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras, a través del INSTITUTO DE PROPIEDAD, para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular en materia de personal por no ser conforme a derecho por infringir el ordenamiento jurídico, con quebrantamiento de las formalidades esenciales establecidas en la Ley.- Que se reconozca una situación jurídica individualizada de titular de derechos que se reclaman y adoptar como medidas necesarias para el pleno restablecimiento de las mismas, el reintegro al puesto de Coordinadora de Gestiones Administrativas de la Dirección General de Registro del Instituto de la Propiedad.- Salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta el reintegro al cargo mediante sentencia definitiva condenatoria, reconociéndose los respectivos incrementos salariales que en su caso tuviera el puesto del cual fui cancelado ilegalmente durante la secuela del juicio, más el pago de los derechos laborales que ocurran durante el mismo como décimo tercero y décimo cuarto mes de salario, vacaciones y bonificaciones por concepto de vacaciones y cualquier otro beneficio laboral que pudiere reconocerse.- Reconocimiento de antigüedad.- Parte de condena en costas a la parte demandada y vencida en juicio de primera instancia. Habilitación de horas y días inhábiles para efectuar cualquier actuación judicial. HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 28 M. 2025 EDICTO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de Ocotepeque, al Público en General y para efectos de Ley. HACE CONSTAR: Que el señor: JOSE GUILLERMO TOBIAS GARCIA, ha solicitado Título Supletorio del Inmueble siguiente:
- 1)
El cual está ubicado en la Aldea de San Luis en el municipio de San Marcos, departamento de Ocotepeque, con una área total de TREINTA MIL SETECIENTOS CATORCE PUNTO TREINTA Y NUEVE METROS CUADRADOS (30,714.39 Mts2), en relación a dicho inmueble se excluya de la solicitud de Título Supletorio, con las inserciones con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con Junta de Agua Aldea San Luis; AL SUR, colinda con la propiedad del señor JESUS TOBIAS GARCIA; AL ESTE, colinda con la propiedad del señor JOSE ORLANDO TOBIAS MELGAR; AL OESTE, colinda con propiedad de la señora MARIA JUANA TOBIAS GARCIA
- 2)
Inmueble ubicado en la aldea de San Luis municipio de San Marcos Ocotepeque, con una área total de dieciocho mil ciento treinta y tres punto cero ocho metros cuadrados (18,133.08 MTS2), con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con las propiedades de los señores Miguel Angel Tobías Melgar y Guillermina Melgar Henríquez; AL SUR, colinda con las propiedades de los señores Rogelio Alfredo Melgar y Carlos Manuel Regalado; AL ESTE, colinda con la propiedad del señor Oquely Edgardo Tobías García; AL OESTE, colinda con la propiedad de la señora Lilian Melgar Ramos; y, calle pública de por medio:
- 3)
Inmueble ubicado en la Aldea de San Luis, municipio de San Marcos, departamento de Ocotepeque, con una área total de DOS MIL NOVECIENTOS SETENTA Y OCHO PUNTO CERO DOS METROS CUADRADOS (2,978.02 MTS2), con las colindancias siguientes: AL NORTE, colinda con la propiedad del señor Cruz Tobías; AL SUR, colinda con las propiedades de los señores Oquely Edgardo Tobías García, calle pública de por medio, María Juana Tobías García y Miguel Ángel Tobías Melgar; AL ESTE, colinda con las propiedades de los señores Cruz Tobías y Elías Escalante Santos; AL OESTE, colinda con la propiedad del señor Cruz Tobías e Iglesia Católica.-
- 4)
Inmueble ubicado en la Aldea de San Luis, municipio de San Marcos, departamento de Ocotepeque, con un área total de DOCE MIL SESENTA PUNTO NOVENTA Y DOS METROS CUADRADOS (12.060.92 MTS2), AL NORTE, con propiedad de ERIBERTO RAMIREZ LEMUS con río de por medio; AL SUR, colinda con propiedad del señor CRUZ TOBIAS; AL ESTE, colinda con la propiedad del señor DANIEL RAMIREZ LEMUS y río de por medio; AL OESTE, colinda con la propiedad del señor OQUELY EDGARDO TOBIAS GARCIA y CALLE PÚBLICA de por medio. Representante Legal Abg. VILMA ARACELY AYALA BATRES. Ocotepeque, 14 enero del 2025 Abg. LINCY MARLENY ARITA MALDONADO.- Sria.- JUZGADO DE LETRAS DEPARTAMENTAL DE OCOTEPEQUE 28 F. 28 M., y 28 A. 2025 _______
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M.D.C., 28 D E MARZO D E L 2025 N o . 36,802 JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL DE COPÁN RUINAS, DEPARTAMENTO DE COPÁN. Extracto de Título Supletorio de Dominio Expediente 0404-2023-0019 AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras Seccional de Copán Ruinas del departamento de Copán, al público en general y para los efectos de Ley; HACE SABER: Que el señor FREDY ANDONI ROSA ALVAREZ, con Documento Nacional de Identificación Número 0402-1970-00179, ha solicitado Título Supletorio de los inmuebles siguientes: ubicado en el lugar denominado en Río Negro, jurisdicción del municipio de Cabañas, departamento de Copán, dicho terreno tiene las colindancias particulares siguientes, un lote de aproximadamente DOCE MANZANAS (12 MZ) y al ser medido por el Departamento de Catastro de Cabañas Copán hacen un total de VEINTIUNO PUNTO SETENTA Y TRES MANZANAS (21.73 MZ), el cual tiene las medidas siguientes: De la estación 1-2, rumbo N 83'E, distancia de ciento sesenta y seis punto veinte metros (166.23 mts), colinda con Fredy Andoni Alvares, calle de por medio, de la estación 2-3, rumbo S 06'E, distancia de treinta y seis punto veintisiete metros (36.27mts), colinda con Fredy Andoni Alvares, calle de por medio; de la estación 3-4 rumbo S 06'E, distancia de cuarenta y siete punto noventa y tres, colinda con Fredy Andoni Alvares, calle de por medio; de la estación 4-5, rumbo S 58'E, distancia de cuarenta y nueve punto ochenta y siete metros (49.87mts), colinda con Fredy Andoni Alvares, calle de por medio; de la estación 5-6 rumbo S 27'0, distancia de cuarenta y uno punto setenta y tres metros (41.73mts), colinda con Fredy Andoni Alvares, calle de por medio; de la estación 6-7, rumbo S 69'0, distancia de veintisiete punto veintinueve metros (27.29mts), colinda con Fredy Andoni Alvares, calle de por medio; de la estación 7-8 rumbo S 29'0, distancia de treinta y ocho punto noventa y cinco metros (38.95mts), colinda con Fredy Andoni Alvares, calle de por medio; de la estación 8-9 rumbo N 61'0, distancia de trece punto veintitrés metros (13.23mts), colinda con Santos Espinoza, de la estación 9-10 rumbo S 40'0, distancia de cincuenta y ocho punto ochenta metros (58.80mts), colinda con Santos Espinoza; de la estación 10-11 rumbo S 46'E, distancia de treinta punto veintinueve metros (30.29mts); de la estación 11-12 rumbo N 47'E, distancia de sesenta y seis punto ochenta y tres metros (66.83mts), colinda con Santos Espinoza, zanjón por medio; de la estación 12-13 rumbo N 6l'0, distancia de veintitrés punto setenta y cuatro metros (23.74mts), colinda con Santos Espinoza; de la estación 13- 14 rumbo N 28'E, distancia de treinta y ocho punto treinta y dos metros (38.32mts), colinda con Fredy Andoni Alvares, calle de por medio; de la estación 14-15, rumbo N 68'E, distancia de veintisiete punto sesenta y cuatro metros (27.94 mts), colinda con Fredy Andoni Alvares; calle de por medio; de la estación 15-16, rumbo N 26'E, distancia de cuarenta y cuatro punto cuarenta y tres metros (44.43mts), colinda con Fredy Andoni Alvares; calle de por medio, de la estación 16-17 rumbo N 58'0 distancia de cincuenta punto cincuenta y nueve metros (50.59mts), colinda con Fredy Andoni Alvares, calle de por medio; de la estación 17-18, rumbo N 08'0, distancia de cuarenta y cinco punto setenta y seis metros (45.76mts), colinda con Fredy Andoni Alvares, calle de por medio; de la estación 18-19, rumbo N 06'0, distancia de treinta y seis punto noventa y seis metros (36.96mts), colinda con Fredy Andoni Alvares, calle de por medio; de la estación 19-20 rumbo N 83'E, distancia de ochenta y uno punto setenta y tres metros (81.73mts), colinda con Fredy Andoni Alvares, calle de por medio; de la estación 20-21 rumbo S 07'0, distancia de cincuenta y seis punto cero nueve metros (56.09mts), colinda con Norma Almazán; de la estación 21-22 rumbo S 02'E, distancia de cincuenta y cinco punto cero seis metros (55.06mts), colinda con Norma Almazán; de la estación 22-23 rumbo S 30'E, distancia de cincuenta y cuatro punto cincuenta y seis metros (54.56mts), colinda con Norma Almazán por medio; de la estación 23-24 rumbo S 39'0, distancia de cincuenta y ocho punto noventa y ocho metros (58.98mts), colinda con Savino Garola, zanjón de por medio; de la estacón 24-25, rumbo S 24'E, distancia de veinte punto cincuenta y cinco metros (20.55mts), colinda con Savino, zanjón por medio; de la estación 25-26 rumbo S 00'0 distancia de veintidós punto cero cuatro metros (22.04mts), colinda con Savino García, zanjón de por medio; de la estación 26-27, rumbo S 20'0, distancia de cuarenta y
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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - TEGUCIGALPA , M.D.C., 28 D E MARZO D E L 2025 N o . 36,802 uno punto cincuenta metros (41.50mts), colinda con Savino García, zanjón de por medio, de la estación 27-28, rumbo S 37'0, distancia de veintiséis punto noventa y seis metros (26.96mts), colinda con Savino García, zanjón por medio de la estación 26-29, rumbo S 26'0, distancia de veintiséis punto treinta y tres metros (26.33mts), colinda con Savino Garcia, zanjón por medio, de la estación 29.30, S 18'0, distancia de treinta y uno punto treinta y ocho metros (31.38mts), colinda con Savino Garcia, zanjón por medio, de la estación 30-31, rumbo S 23'0, distancia de sesenta y dos punto treinta metros (62.30mts), colinda con Savino Garcia, zanjón por medio de la estación 31-32, rumbo S17'0, distancia de noventa y cuatro punto once metros (94.11 mts), colinda con Oscar Obdulio Sosa Portillo, de la estación 32-33, rumbo S 30'0, distancia de sesenta y ocho punto cincuenta metros (68.50mts), colinda con Oscar Obdulio Sosa Portillo, de la estación 33-34, rumbo N 76'0, distancia de veintisiete punto treinta y tres metros (27.33mts), colinda con Manuel Granado de la estación 34- 36, rumbo S 60'0, distancia de ciento sesenta y dos punto noventa y ocho metros (162.98mts), colinda con Manuel Granados de la estación 35-36, rumbo S 32'E, distancia de cuarenta y cuatro punto ochenta y cuatro metros (44.84mts), colinda con Manuel Granados de la estación 36-37, rumbo S 64'O, distancia de treinta y ocho punto sesenta y cuatro metros (38.64mts), colinda con Carolina Espinoza de la estación 37- 38 rumbo S 64'O, distancia de treinta y ocho punto sesenta y cuatro metros (38.64 mts), colinda con Marcos Cruz de la estación 38-39, rumbo N 48'0, distancia de noventa y punto ochenta y seis metros (91.86mts), colinda con Maura Contreras de la estación 39-40, rumbo N 26'0, distancia de veintiocho punto ochenta y cinco metros (28.85mts), colinda con Gregorio Herrera de la estación 40-1, rumbo N 08'E, distancia de setenta y nueve punto treinta metros (79.30mts), colinda con Berta Murcia de la estación 41-42, Rumbo N 23'E, distancia de ciento trece punto cero ocho metros (113.08mts), colinda con Marcos Cruz, zanjón por medio de la estanción 42-43, rumbo N 04'E. distancia cuarenta y cinco punto setenta y cuatro metros (45.74mts) colinda con Fredy Rosa, zanjón por medio, de la estación 43-44, rumbo N 05'E, distancia de sesenta y siete punto veintiún metros (67.21mts), colinda con Santos Espinoza de la estación 44-45, rumbo N 26'E, distancia de cincuenta y tres punto cincuenta y nueve metros (53.59mts), colinda con Santos Espinoza, de la estación 45-46, rumbo N 68'E, distancia de setenta y dos punto cero cuatro metros (72.04mts), colinda con Rigoberto Posadas, zanjón por medio, de la estación 46-47, rumbo N 45'E, distancia de ochenta y dos punto cincuenta y seis metros (82.56mts), colinda con Rigoberto Posadas Rosa de la estación 47-48, rumbo N 62'E, distancia de veintisés punto noventa y dos metros (26.92mts), colinda con Rigoberto Posadas Rosa, de la estación 48-49, rumbo N 27'E, distancia de cuarenta y ocho punto veinticuatro metros (48 24mts), colinda con Rigoberto Posadas Rosa de la estación 49-50, rumbo N 47'E, distancia de sesenta y cinco punto catorce metro (65.14mts); de la estación 50-51, rumbo N 59'0, distancia de ochenta punto setenta metros (80.70mts),colinda con Rigoberto Posadas Rosa de la estación 51-52, rumbo N 53'0, distancia de sesenta punto cero cero metros (60.00mts), colinda con Rigoberto Posadas Rosa de la estación 52-53, rumbo N 41'0, distancia de trece punto cuarenta y cinco metros (13.45mts), colinda con Rigoberto Posadas Rosa, de la estación 53-1, rumbo N 63'0, distancia de ocho punto noventa y cuatro metros (8.94mts), colinda con Rigoberto Posadas Rosa.- Haciendo una área total de CIENTO CINCUENTA Y UN MIL QUINlENTOS TREINTA Y DOS PUNTO NOVENTA Y CERO CERO METROS CUADRADOS (151,532.00 MTS2). Y en virtud de tener más de diez años de posesión de dicho terreno hace dicha solicitud de Título Supletorio a través de su Representante Procesal Abogado ABG ELDER ANDONI GARCIA ALVAREZ.- Sin nada más que agregar firmo la presente en fecha 09 días del mes de junio del año 2023. ABOGADA ZENAYDA MARGOTH TORRES CHINCHILLA. SRIA JUZGADO DE LETRAS SECCIONAL DE COPÁN RUINAS 28 M. 28 A. 28 M. 2025
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