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28 de julio de 2025Vigente

Reglamento — Reglamento para Entornos Alimentarios Saludables en Centros Educativos

Poder Judicial

  • Publicación: 28 de julio de 2025
  • Órgano emisor: Poder Judicial
  • Gaceta: 36,901
  • Categoria: Salud

Resumen

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Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Esta regulación establece normas para garantizar que los alimentos ofrecidos en escuelas sean saludables y nutritivos. Beneficia a estudiantes, padres y comunidades educativas al prohibir comidas ultraprocesadas y promocionar opciones nutritivas, mejorando la salud infantil y los hábitos alimentarios desde la educación.

Texto completo

ACUERDA: PRIMERO: Aprobar el siguiente: REGLAMENTO PARA ENTORNOS ALIMENTARIOS SALUDABLES EN CENTROS EDUCATIVOS. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN:

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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 28 DE JULI O D E L 2025 N o . 36,901 Sección “B” PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha veinte (20) de mayo de dos mil veinticinco (2025), compareció a este Juzgado el abogado JESÚS RAMÓN CHONG MURCIA, actuando en su condición de representante procesal del señor JORGE EDUARDO FERNANDO VALLE GONZÁLEZ, quien delegó poder a la Abogada ANA MARIEL DÍAZ MENDOZA, interponiendo demanda en materia de personal con orden de ingreso 0801-2025-00367, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS (SEDESPA). Para que se anule totalmente un acto administrativo de carácter particular de la administración pública, consistente en el Acuerdo de Cancelación No. 055-2025 de fecha 29 de abril del año 2025, emitido por el Secretario de Estado en el Despacho para el Desarrollo y Seguimiento de Proyectos y Acuerdos (SEDESPA), por haber sido adoptado con infracción del ordenamiento jurídico, que se reconozca la situación jurídica individualizada y, para su pleno restablecimiento, se condene al reintegro a mi puesto de trabajo en igual o mejores condiciones, así como el pago de los salarios dejados de percibir desde la fecha de la cancelación hasta que se haga la reinstalación, incluyendo los derechos colaterales consistentes en décimo tercer mes en concepto de aguinaldo, décimo cuarto mes, bonificación de vacaciones y las vacaciones que debería haber gozado y que devengaría desde la fecha de cancelación hasta la reintalación, asimismo, que se le reconozca la antigüedad laboral desde la suscripción del primer contrato de trabajo suscrito, se acompaña documentos, poder, costas. ABG. JUAN ERNESTO GARCÍA ÁLVAREZ SECRETARIO ADJUNTO 28 J. 2025 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDA Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de REGISTRO DE PLAGUICIDA El Representante o Apoderado Legal: Gabriela Castro Amador Actuando en representación de la empresa: AGROQUIMICA INDUSTRIAL RIMAC, S.A. Tendiente a que autorice el REGISTRO DE PLAGUICIDA De nombre Comercial: RUGIDO 25 EC Compuesto por los elementos: 25% Pyraclostrobin Grupo al que pertenece: Estrobilurina Clasificación Toxicológica: 5 Estado Físico: Líquido Tipo de Formulación: Concentrado Emulsionable (EC) Formulador y País de Origen: AGROQUIMICA INDUSTRIAL RIMAC, S.A./COSTA RICA Tipo de Uso: Fungicida EXPSENASA: 2224-2021 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimiento Administrativos. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., lunes 07 de julio de 2025 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 28 J. 2024

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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 28 DE JULI O D E L 2025 N o . 36,901 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE COADYUVANTES Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE COADYUVANTES Y SUSTANCIAS AFINES. El Representante o Apoderado Legal: Maria Liliana Aguilar Actuando en representación de la empresa: ORGANIK AGRO, S.A. Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE COADYUVANTES Y SUSTANCIAS AFINES. De Nombre Comercial: ENERFLOR ANA 4 WP Ingrediente Activo: 4.00% Naphthaleneacetic Acid Grupo al que pertenece: Auxinas Tipo de Formulación: Polvo Mojable (WP) Clasificación Toxicológica:

Estado Físico: Sólido Formulador y País de Origen: EXPORTADORA ENLASA, S.A/GUATEMALA Tipo de Uso: Regulador de Crecimiento EXPSENASA: 2503-0678 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria, Decreto Ejecutivo No. 157-94, Reformada mediante Decreto Legislativo No.344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002-2023 PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), Adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicación. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., martes 15 de julio de 2025 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 28 J. 2025 REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD E INOCUIDAD AGROALIMENTARIA, DIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL DEPARTAMENTO REGULATORIO DE INSUMOS AGRÍCOLAS AVISO DE REGISTRO DE COADYUVANTES Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: Que en esta dependencia se ha presentado la solicitud de: REGISTRO DE COADYUVANTES Y SUSTANCIAS AFINES. El Representante o Apoderado Legal: Maria Liliana Aguilar Actuando en representación de la empresa: ORGANIK AGRO, S.A. Tendiente a que autorice el: REGISTRO DE COADYUVANTES Y SUSTANCIAS AFINES. De nombre Comercial: ENERFLOR ANA 24 SL Ingrediente Activo: 24.00% Naphthaleneacetic Acid Grupo al que pertenece: Auxinas Tipo de Formulación: Concentrado Soluble (SL) Clasificación Toxicológica:

Estado Físico: Líquido Formulador y País de Origen: EXPORTADORA ENLASA, S.A/GUATEMALA Tipo de Uso: Regulador de Crecimiento EXPSENASA: 2503-0679 Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de (10) días hábiles de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada, lo anterior al amparo del cuerpo Legal siguiente: Ley Fitozoosanitaria, Decreto Ejecutivo No. 157-94, Reformada mediante Decreto Legislativo No.344-2005, REGLAMENTO SOBRE EL REGISTRO, USO Y CONTROL DE PRODUCTOS FITOSANITARIOS, ACUERDO C-D-SENASA 002-2023 PCM 015-2020. Por tanto el Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas (DRIA), Adscritos a la Dirección Técnica de Sanidad Vegetal del SENASA emite el presente aviso para publicación. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” Tegucigalpa, M.D.C., martes 15 de julio de 2025 Ing. Fredy Samuel Raudales Jefe del Departamento Regulatorio de Insumos Agrícolas 28 J. 2025

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Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 28 DE JULI O D E L 2025 N o . 36,901 Poder Judicial Unidad de Licitaciones AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA

  • 1)

    El Poder Judicial de Honduras, invita a las empresas Constructoras PREVIAMENTE PRECALIFICADAS CON ESTE PODER DEL ESTADO en la Categoría 1-4, en el área de construcción y debidamente autorizadas conforme a las Leyes de la República de Honduras, a presentar ofertas en sobre sellado para participar en el proceso de Licitación Pública Nacional Nº 06-2025 "CONSTRUCCIÓN DEL JUZGADO DE PAZ DEL MUNICIPIO DE DOLORES MERENDÓN, DEPARTAMENTO DE OCOTEPEQUE".

  • 2)

    El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fondos propios del Poder Judicial.

  • 3)

    La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

  • 4)

    Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, a partir del día LUNES 28 DE JULIO DE 2025, en un horario de 7:30 a.m. a 4:00 p.m., mediante solicitud escrita a Unidad de Licitaciones del Poder Judicial, teléfono 2225-9903, ubicada en el Edificio que alberga las nuevas oficinas de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones del Poder Judicial, en Colonia Miraflores Sur, atrás del Palacio de Justicia, Tegucigalpa, M.D.C. Previo al pago NO REEMBOLSABLE de L.200.00 (Doscientos Lempiras Exactos), en la pagaduría Especial del Poder Judicial, ubicada en el primer piso del antiguo Edificio Administrativo del Palacio de Justicia. El método de pago será mediante la cancelación en efectivo. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, "HONDUCOMPRAS", (www.honducompras.gob.hn). DEBERÁN TRAER UN DISPOSITIVO DE ALMACENAMIENTO PARA TRANSFERIR LOS DOCUMENTOS.

  • 5)

    Para presentar una mejor oferta, se recomienda a los participantes, visitar y reconocer el sitio en el que se realizará la obra, para analizar las condiciones físicas del mismo, visita que se efectuará el día JUEVES 14 DE AGOSTO DE 2025, a las 11:00 a.m., junto con el Representante que designe el Departamento de Obras Físicas de este Poder del Estado, teléfono 2240-6528 y 2240-7585, punto de reunión sitio del terreno.

  • 6)

    Cualquier consulta o duda, deberá ser presentada por escrito, en la oficina de la Unidad de Licitaciones, ubicada en el edificio que alberga las oficinas de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones del Poder Judicial en colonia Miraflores Sur, atrás del Palacio de Justicia, Tegucigalpa, M.D.C., a más

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    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 28 DE JULI O D E L 2025 N o . 36,901 tardar el LUNES 25 DE AGOSTO DE 2025, último día para hacer las preguntas. Vencido dicho plazo, no se aceptarán más consultas según lo preceptuado en el Artículo 105 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado.

  • 7)

    La recepción y apertura de ofertas se llevará a cabo mediante acto público, el día VIERNES 12 DE SEPTIEMBRE DE 2025, a las 09:00 a.m., en el Salón de Sesiones, ubicado en el edificio que alberga las oficinas de la Dirección Administrativa y la Unidad de Licitaciones del Poder Judicial en colonia Miraflores Sur, atrás del Palacio de Justicia, Tegucigalpa, M.D.C. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los oferentes que deseen asistir en la dirección, fecha y hora indicada. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta del dos por ciento (2%) por el monto ofertado y la forma establecidos en los documentos de Licitación. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas.

  • 8)

    El plazo de ejecución del proyecto es de CIENTO OCHENTA (180) DIAS.

  • 9)

    Las ofertas presentadas después de la hora indicada, no serán aceptadas y les serán devueltas sin abrir, Artículo 121 del Reglamento de la Ley de Contratación del Estado. Lic. Gisela Cáceres Zelaya Jefe Unidad de Licitaciones 28 J. 2025 SECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico. CERTIFICA: La LICENCIA EN LA MODALIDAD DE DISTRIBUIDOR exclusivo, otorgada mediante Resolución Número 637- 2025 de fecha 03 de junio del año 2025, mediante carta de autorización para la distribución y comercialización exclusiva de productos de la marca "WADFOW" de fecha 15 de diciembre del año 2023, que LITERALMENTE DICE: La Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico en cumplimiento con lo establecido en el Artículo 4 de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras extiende la presente Licencia a la sociedad mercantil denominada AGENCIA LA MUNDIAL, S.A. DE C.V., como concesionaria de la empresa concedente SUZHOU DAKE INVESTMENT CONSULATION CO, LTD, de nacionalidad china, de forma EXCLUSIVA; por tiempo DEFINIDO hasta el 31 de diciembre del año 2038; con jurisdicción en TODO EL TERRITORIO DE LA REPÚBLICA DE HONDURAS; para importar, promover, educar, brindar ofertas, vender, licitar en nombre propio todos los productos fabricados por la empresa concedente bajo la marca WADFOW. Msc. CINTHYA SARAHÍ ARTEAGA PORTILLO, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior. Delegado mediante Acuerdo No. 141-2022. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA, Secretario General. Y para los fines que al interesado convenga, se extiende la presente en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los diecinueve días del mes de junio del año dos mil veinticinco. JOEL EDUARDO SALINAS LANZA Secretario General 28 J. 2025

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    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 28 DE JULI O D E L 2025 N o . 36,901 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A. AVISO El infrascrito, Secretario, por Ley, del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo, cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecinueve (19) de mayo del año dos mil veinticinco (2025), compareció ante este Juzgado el Abogado ROSMAN WILFREDO MONTIEL FLORES, en su condición de representante procesal de los señores AUXILIADORA DEL CARMEN PALMA MENDEZ y CARLOS JAVIER MARTINEZ HERNANDEZ, incoando demanda con orden de ingreso 0801- 2025-00363, vía procedimiento especial en materia de personal, contra el Estado de Honduras a través de la SECRETARÍA DE DESARROLLO Y SEGUIMIENTO DE PROYECTOS Y ACUERDOS (SEDESPA), para que sentencia definitiva se declare la nulidad de unos actos administrativos consistentes en los Acuerdos de Cancelación No. SG-SEDESPA-031-2025 y SG-SEDESPA-050-2025 ambos de fecha veintinueve de abril del dos mil veinticinco (2025) y notificado en la misma fecha de manera personal mediante los cuales se cancela por cesantía a los servidores públicos, por haberse dictado los mismos en evidente infracción al ordenamiento jurídico vigente, exceso y desviación de poder y violación a las garantías constitucionales del debido proceso, principio de legalidad y estabilidad laboral.- Se indica la existencia de jurisprudencia en casos similares.- Reconocimiento de la situación jurídica individualizada y para su pleno restablecimiento, se adopte como medida necesaria el reintegro al cargo en iguales o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir y demás derechos laborales adquiridos como ser décimo tercer mes, décimo cuarto mes, vacaciones doblemente remuneradas, quinquenios y demás aumentos y beneficios en ausencia desde que se produjeron los despidos hasta que con sujeción a las normas procesales vigentes, quede firme la sentencia condenatoria.- Reconocimiento de la antigüedad laboral e incorporación al INJUPEMP.- Costas.- Se acompañan documentos. HAMELIN FANUEL AVILA GARCIA SECRETARIO, POR LEY 28 J. 2025 ______ PODER JUDICIAL, JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha nueve (09) de agosto del dos mil veintidós (2022), compareció ante este juzgado el señor DAGOBERTO HERNANDEZ, incoando demanda en materia personal. Con orden de ingreso número 0801-2022-00997, contra el Estado de Honduras, a través de la SECRETARÍA DE FINANZAS, demanda en materia de personal para que se declare la nulidad de Acto Administrativo por cancelación de manera injusta, ilegal y arbitraria en violación e infracción al procedimiento estipulado en la Ley de Servicio Civil y su reglamento.- La violación las garantías constitucionales del derecho al trabajo, a la estabilidad laboral, al debido proceso, a la defensa y al principio de legalidad.- Se invoca jurisprudencia judicial.- Reconocimiento de la situación jurídica particular individualizada y para su pleno restablecimiento se adopten como medida necesaria el pago de las prestaciones e indemnizaciones laborales y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejado de percibir desde su cancelación hasta que quede firme la sentencia condenatoria firme, décimo tercer mes, décimo cuarto mes de salario, vacaciones completas, quinquenios de manera retroactiva desde que fueron reconocidos legalmente y demás derechos proporcionales.- Costas del juicio.- Se acompañan documentos.- Se confiere poder. En relación al acto impugnado Acuerdo de Cancelación número CTL-1610-2022 de fecha 05 de julio del 2022. ABG. KELLY JULISSA FILLUREN IZAGUIRRE SECRETARIA ADJUNTA 28 J. 2025 ______ PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C. A AVISO La infrascrita, Secretaria del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta 50 de la Ley de esta jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecisiete (17) de enero del año dos mil veinticinco (2025), interpusieron demanda ante este Juzgado los Abogados Leopoldo Enrique Romero Banegas y Rosman Wilfredo Montiel Flores, Representantes Procesales de la señora Liana Patrick Garrido Enamorado, con orden de ingreso número 0801-2025-00028, contra la Agencia Aduanera de Aeronáutica Civil, incoando demanda en materia de personal para que en sentencia definitiva se declare no ser conforme a derecho y por ende la nulidad de un Acto Administrativo consistente en el Acuerdo número N° 186-2024 de fecha diecinueve (19) de diciembre del dos mil veinticuatro (2024) notificado y con efectividad en la misma fecha mediante el cual se cancela cesantía al servidor público, por encontrarse en evidente infracción al ordenamiento jurídico vigente, exceso y desviación de poder que condujo a violaciones de las garantías constitucionales del debido proceso, derecho a la defensa y a la estabilidad laboral.- Reconocimiento de la situación jurídica particular individualizada y para su pleno restablecimiento se adopte como medida necesaria el reintegro al cargo del cual fue cancelada en iguales o mejores condiciones y a título de daños y perjuicios el pago de los salarios dejados de percibir, décimo tercer mes y décimo cuarto mes de salario, vacaciones pendientes, vacaciones doblemente remuneradas, sueldo variable por turnocidad, quinquenios y demás beneficios laborales a los cuales se le deberá de aplicar los respectivos aumentos en ausencia desde la fecha de la ilegal cancelación hasta que con sujeción a las normas procesales vigentes quede firme la sentencia condenatoria.- Se decrete la nulidad del Acuerdo de Nombramiento del sustituto del demandante en el puesto del cual fue cancelada.- Costas de juicio.- Se acompañan documentos. LIC. CINTHIA G. CENTENO SECRETARIA ADJUNTA 28 J. 2025

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    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 28 DE JULI O D E L 2025 N o . 36,901 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTECIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras, C.A. AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo cincuenta (50) de la Ley de esta Jurisdicción y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha diecinueve (19) de agosto del año dos mil veinticuatro (2024), compareció ante este Juzgado la Abogada NANCY DEL CARMEN MIRA COLINDRES, en su condición de representante procesal de los señores JACQUELINE VALESCA WOOD SEVILLA y JESUS ALEJANDRO AGUILAR GIRON, incoando demanda vía procedimiento ordinario, contra el Estado de Honduras a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud, con orden de ingreso número 0801-2024-00629, "... para que se declare la nulidad de un acto administrativo de carácter particular consistente en un acto presunto por silencio negativo constituido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Salud (SESAL) al no resolver dentro del plazo establecido el reclamo administrativo de incrementos de salario; se reconozca la situación jurídica individualizada y como medidas necesarias para el pleno restablecimiento del derecho subjetivo vulnerado se reconozca mediante sentencia el pago de los incrementos de salarios y reajuste al mismo conforme establece la Ley del Estatuto del Médico Empleado en relación con la Ley de Reordenamiento del Sistema Retributivo del Gobierno Central, así como incentivo del salario bienal del 3.5% decimotercer mes, decimocuarto mes de salario, bono de vacaciones y demás derechos a partir de 1 de enero del 2013, hasta la fecha que se ejecute la sentencia.- Se solicita a este Tribunal que la presente demanda se tramite de acuerdo a lo dispuesto a las reglas de Brasilia número 3 de la Cumbre Iberoamericana sobre Acceso a la Justicia de personas en Condición de Vulnerabilidad.- Intereses.- Costas.- Documentos .- Habilitación días y horas inhábiles.- Poder. ALAN MAURICIO MARTÍNEZ MARTÍNEZ SECRETARIO ADJUNTO 28 J. 2025 PODER JUDICIAL JUZGADO DE LETRAS CONTECIOSO ADMINISTRATIVO República de Honduras AVISO El infrascrito, Secretario Adjunto del Juzgado de Letras de lo Contencioso Administrativo, en aplicación del artículo 50 de la Ley de esta Jurisdicción, a los interesados y para los efectos legales correspondientes, HACE SABER: Que en fecha siete (07) de noviembre del dos mil veinticuatro (2024), compareció a este Juzgado la Abogada HEIDI DAYANA LUNA DUARTE en condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil denominada TELEFONICA CELULAR, S.A. DE C.V, incoando demanda Ordinaria Contencioso Administrativo, quien delega poder del mandato judicial en la Abogada IRMA CAROLINA CERNA BOLIVAR, para la continuación de la demanda registrada bajo el número de ingreso 0801-2024-00835, contra el Estado de Honduras a través de la Dirección General de Protección al Consumidor de la Secretaría de Desarrollo Económico (DGP). "-Demanda ordinaria para la nulidad absoluta del acto administrativo de carácter particular consistente en la resolución DGPC-207-2024 de fecha dieciséis (16) de octubre del año dos mil veinticuatro (2024), dictada por la Dirección General de Protección al Consumidor de la Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico, así como la nulidad absoluta de la providencia de fecha cuatro (04) de enero de dos mil veinticuatro (2024) y del acta de inspección de oficio número 6798-2023 realizada en fecha veintisiete (27) de diciembre del año dos mil veinticuatro, ambos Actos Administrativos de la Dirección General de Protección al Consumidor. Todo en virtud de haberse violentado garantías constitucionales y el ordenamiento jurídico vigente.- Reconocimiento de una situación jurídica individualizada y medidas para su restablecimiento. - Se proponen y relacionan medios de prueba. Se Delega Poder. Anexos". En relación: Al acto que se impugna consiste en la resolución N°. DGPC- 207-2024 de fecha 16 de octubre del año 2024. VIKY MONTOYA SECRETARIA ADJUNTA 28 J. 2025

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    Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 28 DE JULI O D E L 2025 N o . 36,901 AVISO DE LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN “ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES”. LPN-008-SE-DGAF-DGA-2025

    • 1)

      La Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, invita a las empresas interesadas en participar en la Licitación Pública Nacional LPN-008-SE-DGAF-DGA-2025, a presentar ofertas selladas para “ADQUISICIÓN DE VEHÍCULOS AUTOMOTORES”.

    • 2)

      El financiamiento para la realización del presente proceso proviene de fuente 11 (Fondos Nacionales)

    • 3)

      La licitación se efectuará conforme a los procedimientos de Licitación Pública Nacional (LPN) establecidos en la Ley de Contratación del Estado y su Reglamento.

    • 4)

      Los interesados podrán adquirir los documentos de la presente licitación, mediante solicitud escrita a la Dirección General de Adquisiciones, Abg. Jan Cirus Majano Claros, Director General de Adquisiciones, teléfono, 2226-6200 Ext. 1124, en la dirección indicada al final de este llamado, de 9:00 a.m. a 5:00 p.m., o mediante solicitud por correo electrónico a la dirección: direccion.adquisiciones@se.gob.hn. A partir de su publicación el lunes 28 de julio del 2025. Los documentos de la licitación también podrán ser examinados en el Sistema de Información de Contratación y Adquisiciones del Estado de Honduras, “HonduCompras”, (www.honducompras.gob.hn) en la misma fecha antes indicada.

    • 5)

      Las ofertas deberán presentarse en la siguiente dirección: Centro Cívico Gubernamental, Cuerpo Bajo B, 1er piso, Tegucigalpa, M.D.C., oficinas de la Dirección General de Adquisiciones de la Secretaría de Estado en el Despacho de Educación, a más tardar a las 2:00 p.m. del lunes 08 de septiembre del 2025. Las ofertas que se reciban fuera de plazo serán rechazadas. Las ofertas se abrirán en presencia de los representantes de los Oferentes que deseen asistir en la dirección indicada, a las 2:15 p.m. del lunes 08 de septiembre del 2025. Todas las ofertas deberán estar acompañadas de una Garantía de Mantenimiento de la Oferta por el valor y la forma establecidos en los documentos de la licitación. Tegucigalpa, M.D.C., 28 de julio del 2025. PROFESOR DANIEL ENRIQUE ESPONDA VELÁSQUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN 28 J. 2025

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      Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA DE HONDURAS - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 28 DE JULI O D E L 2025 N o . 36,901