Resolución No. 532-12/2023 — Aprobación de nueva estructura de tarifas por servicios de administración, custodia y registro de valores negociables en la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras
Directorio del Banco Central de Honduras
- Decreto: 532-12/2023
- Publicación: 19 de enero de 2024
- Órgano emisor: Directorio del Banco Central de Honduras
- Gaceta: 36,438
Considerandos
Que de conformidad con la Constitución de la República y la Ley del Banco Central de Honduras corresponde a esta Institución formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país.
Que mediante la Resolución No.424- 12/2004 del 30 de diciembre de 2004, el Directorio de esta Institución aprobó el Reglamento para la Custodia y el Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta, el cual contempla que dicho órgano colegiado fijará las tarifas que el Banco Central de Honduras, cobrará a los usuarios de los servicios de custodia y registro de valores.
Que el Artículo 51 del Acuerdo No.08/2022 emitido por este Directorio el 19 de mayo de 2022, contentivo del Reglamento de la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH), dispone que el BCH, por medio de su Directorio, establecerá el monto de los cargos y tarifas por los servicios que preste la DV-BCH, que servirán para cubrir al menos los costos asociados a su operación y mantenimiento.
Que los artículos 8, inciso f) y 42 del Acuerdo No.02/2017 aprobado por este Directorio el 28 de septiembre de Sección “B” 2017, contentivo del Reglamento del Sistema de Inversiones Obligatorias, establecen que las Instituciones del Sistema Financiero(ISF)participantes deberán efectuar el pago de los servicios por la utilización del Sistema de Inversiones Obligatorias (SIO); asimismo, que el BCH, cobrará a las ISF por los servicios que preste dicho sistema, disponiendo que la forma, tipo y periodicidad de la retribución serán fijadas mediante resolución que emita el Directorio del BCH, la cual servirá para cubrir costos asociados a la operación y mantenimiento del sistema.
Que mediante Resolución No.576- 12/2022 del 29 de diciembre de 2022, el Directorio del BCH aprobó la nueva estructura de tarifas aplicadas por los servicios de custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta en la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto llevará el BCH; indicando que dichas tarifas deben ser revisadas al menos anualmente, tomando como referencia las variaciones de los costos operativos y administrativos de la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto lleve el BCH.
Que la Gerencia, con base en la opinión del Departamento de Operaciones Monetarias contenida en memorándum OM-1677/2023 del 7 de diciembre de 2023, resolvió someter a la aprobación del Directorio la nueva estructura de tarifas a ser aplicadas por la Institución a partir del 1 enero de 2024, por los servicios de administración, custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta en la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto lleve el BCH, así también por los servicios que presta el SIO.
Modificaciones
Texto completo
CONSIDERANDO: Que de conformidad con la Constitución de la República y la Ley del Banco Central de Honduras corresponde a esta Institución formular, desarrollar y ejecutar la política monetaria, crediticia y cambiaria del país. CONSIDERANDO: Que mediante la Resolución No.424- 12/2004 del 30 de diciembre de 2004, el Directorio de esta Institución aprobó el Reglamento para la Custodia y el Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta, el cual contempla que dicho órgano colegiado fijará las tarifas que el Banco Central de Honduras, cobrará a los usuarios de los servicios de custodia y registro de valores. CONSIDERANDO: Que el Artículo 51 del Acuerdo No.08/2022 emitido por este Directorio el 19 de mayo de 2022, contentivo del Reglamento de la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH), dispone que el BCH, por medio de su Directorio, establecerá el monto de los cargos y tarifas por los servicios que preste la DV-BCH, que servirán para cubrir al menos los costos asociados a su operación y mantenimiento. CONSIDERANDO: Que los artículos 8, inciso f) y 42 del Acuerdo No.02/2017 aprobado por este Directorio el 28 de septiembre de Sección “B” 2017, contentivo del Reglamento del Sistema de Inversiones Obligatorias, establecen que las Instituciones del Sistema Financiero(ISF)participantes deberán efectuar el pago de los servicios por la utilización del Sistema de Inversiones Obligatorias (SIO); asimismo, que el BCH, cobrará a las ISF por los servicios que preste dicho sistema, disponiendo que la forma, tipo y periodicidad de la retribución serán fijadas mediante resolución que emita el Directorio del BCH, la cual servirá para cubrir costos asociados a la operación y mantenimiento del sistema. CONSIDERANDO: Que mediante Resolución No.576- 12/2022 del 29 de diciembre de 2022, el Directorio del BCH aprobó la nueva estructura de tarifas aplicadas por los servicios de custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta en la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto llevará el BCH; indicando que dichas tarifas deben ser revisadas al menos anualmente, tomando como referencia las variaciones de los costos operativos y administrativos de la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto lleve el BCH. CONSIDERANDO: Que la Gerencia, con base en la opinión del Departamento de Operaciones Monetarias contenida en memorándum OM-1677/2023 del 7 de diciembre de 2023, resolvió someter a la aprobación del Directorio la nueva estructura de tarifas a ser aplicadas por la Institución a partir del 1 enero de 2024, por los servicios de administración, custodia y registro de valores negociables representados por
anotación en cuenta en la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto lleve el BCH, así también por los servicios que presta el SIO. POR TANTO: Con fundamento en los artículos 342 de la Constitución de Republica; 6, 16, literal m), 22 y 23 de la Ley del Banco Central de Honduras; 168 de la Ley de Mercado de Valores; 26 del Reglamento para la Custodia y el Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta; 51 del Reglamento de la Depositaria de Valores del BCH (DV-BCH); 8, Inciso f) y 42 del Reglamento del Sistema de Inversiones Obligatorias, R ESUELV E:
- 1)
Realizar libre de gastos la primera inscripción por titular y suscriptor en el Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta del Banco Central de Honduras, de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 168 de la Ley de Mercado de Valores.
- 2)
Aprobar la nueva estructura de tarifas por los servicios de administración, custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta en la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH) y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto lleve el Banco Central de Honduras (BCH), contempladas en el detalle siguiente: La cuota semestral de mantenimiento del servicio de custodia para participantes directos o intermediarios será debitada automáticamente por el Banco Central de Honduras el 31 de enero y 31 de julio de cada año. Si las fechas mencionadas corresponden a un día inhábil el débito se realizará el día hábil siguiente.
- 3)
Revisar al menos anualmente las tarifas por los servicios anteriormente indicados, tomando como referencia las variaciones de los costos operativos y administrativos de la DV-BCH y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto lleve el BCH.
- 4)
Derogar la Resolución No.576-12/2022 emitida por el Directorio del Banco Central de Honduras el 29 de diciembre de 2022.
- 5)
Comunicar esta resolución a la Bolsa Centroamericana de Valores, S.A., a las casas de bolsa, a las instituciones del sistema financiero nacional, a los fondos de previsión social, a la Comisión Nacional de Bancos y Seguros, a la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas y a la Empresa Nacional de Energía Eléctrica, para los fines pertinentes.
- 6)
La presente resolución entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2024 y deberá publicarse en el Diario Oficial“La Gaceta”.-...Firmas.-REBECA PATRICIA SANTOS RIVERA, PRESIDENTE.- MIGUEL DARIO RAMOS LOBO, VICEPRESIDENTE.- RINA MARÍA OLIVA BRIZIO, DIRECTORA.- EFRAÍN CONCEPCIÓN SUÁREZ TORRES, DIRECTOR.- JULIO CESAR ESCOTO BORJAS, DIRECTOR.- GUSTAVO ADOLFO FONSECA DUBÓN, SECRETARIO». Y para los fines legales pertinentes, se extiende la presente Certificación en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veintiún días del mes de diciembre de dos mil veintitrés. Dr. Gustavo Adolfo Fonseca Dubón Secretario del Directorio CRV 19 E. 2024 Banco Central de Honduras Certificación Resolución No.532-12/2023
valores que para tal efecto lleve el BCH, así también por los servicios que presta el SIO. POR TANTO: Con fundamento en los artículos 342 de la Constitución de Republica; 6, 16, literal m), 22 y 23 de la Ley del Banco Central de Honduras; 168 de la Ley de Mercado de Valores; 26 del Reglamento para la Custodia y el Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta; 51 del Reglamento de la Depositaria de Valores del BCH (DV-BCH); 8, Inciso f) y 42 del Reglamento del Sistema de Inversiones Obligatorias, R ESUELV E:
- 1)
Realizar libre de gastos la primera inscripción por titular y suscriptor en el Registro de Valores Gubernamentales Representados por Anotación en Cuenta del Banco Central de Honduras, de acuerdo con lo estipulado en el Artículo 168 de la Ley de Mercado de Valores.
- 2)
Aprobar la nueva estructura de tarifas por los servicios de administración, custodia y registro de valores negociables representados por anotación en cuenta en la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (DV-BCH) y de cualquier otro registro de valores que para tal efecto lleve el Banco Central de Honduras (BCH), contempladas en el detalle siguiente: S SE ER RV VI IC CI IO O T TA AR RI IF FA A 2 Administración y Custodia de Valores Gubernamentales. (Porcentaje anual sobre el saldo diario vigente colocado de cada una de las emisiones). Año 2024 en adelante0.3500% Cuota semestral por servicios electrónicos y mantenimiento para participantes directos en laDV-BCH y cualquier otro registro de valores que para tal efecto llevará el BCH. L25,400.00 Registro de cada inversionista. Sin cobro Mensajes por Operaciones en Mercado Secundario: Reportos Transferencias de Valores Facilidades Permanentes de Crédito e Inversión. Pignoraciones, exceptuando los originados por orden judicial. Emisión de estados de cuenta impresos adicionales. Inversiones Obligatorias. L200.00 c/u La cuota semestral de mantenimiento del servicio de custodia para participantes directos o intermediarios será debitada automáticamente por el Banco Central de Honduras el 31 de enero y 31 de julio de cada año. Si las fechas mencionadas corresponden a un día inhábil el débito se realizará el día hábil siguiente.
- 3)
Revisar al menos anualmente las tarifas por los servicios anteriormente indicados, tomando como referencia las variaciones de los costos operativos y administrativos
- 1)
Leyes relacionadas
- Resolución No. 576-12/2024 — Aprobación de nueva estructura de tarifas por servicios de administración, custodia y registro de valores negociables en la Depositaria de Valores del Banco Central de Honduras (Decreto 576-12/2024, 2025)
- Resolución No. 806-2023 — Reformar las Normas para la Presentación y Publicación de Estados e Indicadores Financieros (Decreto 806-2023, 2023)
- Resolución GEE No.746/14-11-2023 de la Comisión Nacional de Bancos y Seguros mediante la cual se autoriza a Banco Financiera Comercial Hondureña, S.A. (BANCO FICOHSA) reformar su Escritura de Constitución y Estatutos Sociales por aumento de capital mediante emisión de acciones preferentes — Esta resolución autoriza a Banco Ficohsa a aumentar su capital social en L10 millones mediante la emisión de 100,000 acciones preferentes que serán adquiridas por el Instituto Nacional de Previsión del Magisterio (INPREMA). También aprueba las reformas a la escritura de constitución y estatutos del banco necesarias para formalizar este aumento de capital.
- Acuerdo Ejecutivo No. 02-RCAPP-2023 — Imposición de penalización a Empresa Energía Honduras por incumplimiento de indicador de Efectividad en la Recaudación del sexto año (Decreto 02-RCAPP-2023, 2023)
- Decreto Legislativo N° 25-2024 que contiene el Convenio de Crédito por DEG 89,210,000.00 equivalente a USD 117,510,071.90 entre el Banco Central de Honduras y el Gobierno de la República — Honduras obtiene USD 117.5 millones del Fondo Monetario Internacional para fortalecer su economía. El dinero ayudará a resolver problemas de pagos internacionales y respalda reformas económicas del gobierno durante los próximos tres años.