VigenteCategoria: AdministrativoTipo: Acuerdo
Decreto No. 01-2022 | 8 de febrero de 2023 | La Gaceta No. 36,150

Acuerdo-01-2022-IHADFA

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Resumen

Este reglamento obliga a todos los negocios que venden, fabrican o importan bebidas alcohólicas, tabaco y medicamentos a registrarse anualmente ante el IHADFA, pagando una cuota según el tipo de negocio. El IHADFA puede inspeccionar estos establecimientos para verificar que cumplan con la ley, y los negocios deben presentar documentos como su licencia y listado de productos para obtener o renovar su certificado.

Considerandos

  1. 1.Que la protección de la Salud es función del Estado.
  2. 2.Que la Constitución de la República, en su artículo 148, creó el Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, Drogadicción y Farmacodependencia, disponiendo que se regirá por una Ley Especial.
  3. 3.Que de conformidad con el Artículo 3 inciso a) de la Ley del Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, Drogadicción y Farmacodependencia (IHADFA) Decreto Legislativo número 136-89 establece “Emitir los reglamentos que sean necesarios en ejercicio de su independencia funcional y administrativa, de acuerdo con la presente Ley”.
  4. 4.Que se debe reglamentar el Registro y Certificación por primera vez y por renovación en el Instituto Hondureño para la Prevención del Alcoholismo, Drogadicción y Farmacodependencia (IHADFA) a los establecimientos que son importadores, fabricantes, exportadores, distribuidores, almacenadores y comercializadores de productos derivados del tabaco, bebidas alcohólicas, así como farmacias, droguerías, laboratorios y otros de carácter privado relacionados con productos farmacéuticos, estupefacientes, psicotrópicos y -- 1 of 7 -- EDIS ANTONIO MONCADA DAGOBERTO ZELAYA VALLE Coordinador y Supervisor Colonia MirafIores Teléfono/Fax: Gerencia 2230-2520, 2230-1821 Administración: 2230-3026 CENTRO CÍVICO GUBERNAMENTAL cualesquiera otra sustancia que pueda causar dependencia o habito y daño a la salud.

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