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10 de agosto de 2026Vigente Descargar PDF original

Acuerdo — Reforma de Artículos 63, 64, 69 y derogación del Artículo 76 del Reglamento Para el Uso de las Instalaciones Físicas en las Sedes del CICH

Asamblea General del Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras

  • Publicación: 10 de agosto de 2026
  • Órgano emisor: Asamblea General del Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras
  • Gaceta: 37,216

Considerandos

Que el Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras (CICH) es una institución con personalidad jurídica y patrimonio propio, cuya Ley Orgánica le otorga la potestad de regular, velar y administrar el patrimonio gremial, asegurando la adecuada preservación y uso de sus bienes en beneficio de la colectividad y de sus colegiados. CONSIDERANDO (2): La Asamblea General del CICH es la máxima autoridad del Colegio y el único órgano con facultad legal para aprobar, reformar o derogar los reglamentos internos, en bases al artículo 16, de Ley Orgánica del Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras, otorga expresamente a la Asamblea General la atribución de: Aprobar o reformar los Reglamentos necesarios para que este Colegio cumpla sus funciones».

Que las instalaciones físicas del CICH, tanto en su Sede Central como en sus Sedes de Capítulos Zonales y Regionales, representan activos fundamentales destinados al desarrollo de actividades profesionales, académicas, gremiales, deportivas y de integración de la ingeniería civil hondureña.

Que se requiere actualizar y precisar las normas vigentes que regulan la solicitud, asignación, tarifas, responsabilidades y prohibiciones sobre el uso de los espacios físicos (salones, auditorios, canchas deportivas y áreas comunes) de la institución, garantizando un manejo transparente, eficiente y sostenible de su infraestructura. CONSIDERANDO (5): Dado en la CXXIII Asamblea General ordinaria, en el salón de usos múltiples, “Ing. Miguel Ángel Rivera” del Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras, en la ciudad de Tegucigalpa, el día sábado veinticinco de julio del año dos mil veintiséis, se aprobó la Reforma de los Artículos 10 y 11 del Reglamento para el Uso del Carnet de Identificación.

Articulos

Articulo 1.-

Reformar por los Artículos 63, 64, 69 y derogar el artículo 76 del Reglamento Para el Uso de las Instalaciones Físicas en las Sedes del Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras del Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras, (CICH), los cuales se leerán de la siguiente manera:

Articulo 63.-

ÁMBITO DE APLICACIÓN Y SOLICITUD DE USO. Los juegos y facilidades del área del parque infantil estarán destinados exclusivamente a niños menores de doce (12) años, quienes deberán estar bajo la supervisión directa de un colegiado o de su cónyuge. El acompañante será responsable de la conducta y seguridad del menor durante el uso de las instalaciones.

Articulo 64.-

PRELACIÓN, TARIFAS Y SOLVENCIA GREMIAL. Reserva: El parque infantil podrá ser reservado por los colegiados o sus cónyuges únicamente para la realización de fiestas infantiles de sus familiares hasta el cuarto grado de consanguinidad, en las que podrán participar sus invitados. La solicitud de reserva deberá presentarse previamente, de acuerdo con lo dispuesto en el Artículo 4 de este reglamento. La reserva no podrá exceder de un (1) día y deberá garantizar el acceso seguro y ordenado de los demás usuarios una vez concluido el evento.

Articulo 69.-

RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL Y DEPÓSITO DE GARANTÍA. Requisito de identificación: El uso de las instalaciones del Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras, estará condicionado a la presentación del Carnet de Colegiación vigente por parte del colegiado. El cónyuge y los hijos del colegiado deberán igualmente poseer y presentar el carnet correspondiente, conforme a lo dispuesto en el Reglamento Para el Uso del Carnet de Identificación. Sin la presentación del carnet, no se permitirá el acceso ni la utilización de las instalaciones.

Articulo 76.-

PROHIBICIONES, SANCIONES Y RESCISIÓN. derogado.

Articulo 2.-

La presente reforma entrará en vigencia a partir de su publicación en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, el día sábado veinticinco de julio del año dos mil veintiséis. ING. TANIA YARLENE MURILLO LANZA PRESIDENTA CICH ING. JESSICA ROXANA CHAMALÉ ANTÚNEZ SECRETARIA GENERAL CICH Colegio de Ingenieros Civiles de Honduras ACUERDO