Acuerdo Ministerial No. SEN-115-2022 — Reforma a Artículos del Acuerdo No. 530-2011 y Acuerdo No. SEN 59-2023 sobre Costos de Flete Marítimo y Sobrestadía de Combustibles
Considerandos
- 1.Reformar parcialmente el Artículo 5 del Acuerdo No. 530-2011, Gaceta No. 32,845 del 13 de junio de 2012, y que se relaciona con el Decreto Ejecutivo No. PCM- 02-2007, Gaceta No. 31,2007 de fecha 20 de enero del 2007 y sus reformas, únicamente en el inciso f), el cual se leerá de la siguiente forma: ARTÍCULO 5… f) Sobrestadía: Para los combustibles líquidos se considera 36 horas (1.5 días) de sobreestadía. Se aplica según el valor MR Demurrage de la Plataforma Platts, promedio de 22 días hábiles, y reportado en US$ por día, este promedio se divide entre 12,600,000 galones, y se calcula de acuerdo con la fórmula siguiente: Sobrestadía: MR Demurrage X 1.5 12,600,000
- 2.Reformar el Artículo 2 del Acuerdo No. SEN 59- 2023, Gaceta No. 36,302 del 08 de agosto de 2023, y que se -- 22 of 24 -- relaciona con el Decreto Ejecutivo No. PCM-02-2007, Gaceta No. 31,2007 de fecha 20 de enero del 2007 y sus reformas, el cual se leerá de la siguiente forma: ARTÍCULO 2.- La Secretaría de Estado en el Despacho Energía, ente rector del sector de Hidrocarburos, mediante la Dirección General de Hidrocarburos y Biocombustibles (DGHB), podrá aplicar en forma total, parcial o, disponer no aplicar estos valores de flete marítimo dentro del Sistema de Precios de Paridad de Importación. Para la actualización y modificación de estos valores, consideraciones del número y los puertos de carga, del número y puertos de descarga, tamaño de buques (en toneladas métricas y /o barriles), días de demora y cualquier otro valor aquí considerado, se utiliza las siguientes fuentes: • Servicio de la Plataforma de Platts. • Información estadística que las empresas importadoras remiten a la DGHB, acatando el Acuerdo Ejecutivo 47- 2009 publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 17 de octubre de 2009 y sus reformas.
- 3.La Secretaría de Estado en el Despacho Energía, ente rector del sector de Hidrocarburos, mediante la Direccion General de Hidrocarburos y Biocombustibles (DGHB), podrá aplicar de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo PCM-100-2021 en forma total, parcial o, disponer no aplicar esta reforma dentro del Sistema de Precios de Paridad de Importación.
- 4.El presente Acuerdo entrará en vigencia una vez sea publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los doce (12) días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. - ING. TOMÁS ANTONIO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ SUBSECRETARIO DE ENERGÍA RENOVABLE Y ELECTRICIDAD SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA ACUERDO DE DELEGACIÓN No. SEN-115-2022 ERICKA LORENA MOLINA AGUILAR SECRETARIA GENERAL -- 23 of 24 -- (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea.
Articulos
Articulo 5
… f) Sobrestadía: Para los combustibles líquidos se considera 36 horas (1.5 días) de sobreestadía. Se aplica según el valor MR Demurrage de la Plataforma Platts, promedio de 22 días hábiles, y reportado en US$ por día, este promedio se divide entre 12,600,000 galones, y se calcula de acuerdo con la fórmula siguiente: Sobrestadía: MR Demurrage X 1.5 12,600,000 CUARTO: Reformar el Artículo 2 del Acuerdo No. SEN 59- 2023, Gaceta No. 36,302 del 08 de agosto de 2023, y que se -- 22 of 24 -- relaciona con el Decreto Ejecutivo No. PCM-02-2007, Gaceta No. 31,2007 de fecha 20 de enero del 2007 y sus reformas, el cual se leerá de la siguiente forma:
Articulo 2
La Secretaría de Estado en el Despacho Energía, ente rector del sector de Hidrocarburos, mediante la Dirección General de Hidrocarburos y Biocombustibles (DGHB), podrá aplicar en forma total, parcial o, disponer no aplicar estos valores de flete marítimo dentro del Sistema de Precios de Paridad de Importación. Para la actualización y modificación de estos valores, consideraciones del número y los puertos de carga, del número y puertos de descarga, tamaño de buques (en toneladas métricas y /o barriles), días de demora y cualquier otro valor aquí considerado, se utiliza las siguientes fuentes: • Servicio de la Plataforma de Platts. • Información estadística que las empresas importadoras remiten a la DGHB, acatando el Acuerdo Ejecutivo 47- 2009 publicado en el Diario Oficial La Gaceta el 17 de octubre de 2009 y sus reformas. QUINTO: La Secretaría de Estado en el Despacho Energía, ente rector del sector de Hidrocarburos, mediante la Direccion General de Hidrocarburos y Biocombustibles (DGHB), podrá aplicar de conformidad a lo dispuesto en el Decreto Ejecutivo PCM-100-2021 en forma total, parcial o, disponer no aplicar esta reforma dentro del Sistema de Precios de Paridad de Importación. SEXTO: El presente Acuerdo entrará en vigencia una vez sea publicado en el Diario Oficial La Gaceta. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los doce (12) días del mes de noviembre del año dos mil veinticuatro (2024). COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. - ING. TOMÁS ANTONIO RODRÍGUEZ SÁNCHEZ SUBSECRETARIO DE ENERGÍA RENOVABLE Y ELECTRICIDAD SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE ENERGÍA ACUERDO DE DELEGACIÓN No. SEN-115-2022 ERICKA LORENA MOLINA AGUILAR SECRETARIA GENERAL -- 23 of 24 -- (E.N.A.G.) Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-1120, 2230-4957, 2230-1339 Suscripciones: Nombre:___________________________________________________________________________________________ Dirección: _________________________________________________________________________________________ Teléfono: _________________________________________________________________________________________ Empresa: __________________________________________________________________________________________ Dirección Oficina: __________________________________________________________________________________ Teléfono Oficina: ___________________________________________________________________________________ Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Físico y Digital Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: • Servicio de consulta en línea. ACUERDA: PRIMERO: Aprobar en carácter experimental y en forma progresiva, dicha vigencia será a partir cuando el mismo sea publicado en el Diario Oficial “La Gaceta”. TEGUCIGALPA Col. Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental, contiguo al Poder Judicial. SAN PEDRO SULA Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial, “Los Castaños”, Teléfono: 2552-2699. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: -- 24 of 24 --