Decreto Legislativo — Transferencia a Corporaciones Municipales con distribución por población y pobreza
Congreso Nacional
- Publicación: 17 de diciembre de 2021
- Órgano emisor: Congreso Nacional
- Gaceta: 35,800
Articulos
El Estado a través de la Secretaría de Estado en los Despachos de Gobernación, Justicia y Descentralización debe transferir el monto asignado y autorizado por partidas mensuales a las Corporaciones Municipales de acuerdo con la siguiente distribución:
- a)
Un cincuenta por ciento (50%) de las transferencias se debe distribuir en partes iguales a las municipalidades;
- b)
Veinte por ciento (20%) por población proyectada conforme al último Censo de Población y Vivienda realizado o proyectado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE); y,
- c)
Treinta por ciento (30%) por pobreza, de acuerdo con la proporción de población pobre de cada municipio en base al método de Necesidades Básicas Insatisfechas ( N B I ) y Conforme al último Censo de Población y Vivienda realizado o proyectado por el Instituto Nacional de Estadísticas (INE).
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