VigenteCategoria: Tributario
Decreto No. 243-2015 | 6 de mayo de 2015 | Congreso Nacional | La Gaceta No. 33,881

Acuerdo Ejecutivo No. 243-2015 — Autorización para suscribir financiamiento con Banco Europeo de Inversiones por US$90,000,000 para Proyecto de Rehabilitación Vial del Corredor de Occidente

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Resumen

Honduras autoriza obtener un préstamo de US$90 millones del Banco Europeo de Inversiones para reparar y mejorar las carreteras del Corredor de Occidente. Este dinero beneficia a la región Nor-Occidental al reducir costos de transporte y crear vías más seguras para vehículos y personas.

Considerandos

  1. 1.Que el Gobierno de la República de Honduras, a través de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, ha convenido suscribir con el Banco Europeo de Inversiones (BEI), un financiamiento hasta por un monto de Noventa Millones de Dólares de los Estados Unidos de América (US$90,000,000,00), para la ejecución del Proyecto de Rehabilitación Vial del Corredor de Occidente: La Entrada-Copán Ruinas-El Florido y La Entrada-Santa Rosa de Copán.
  2. 2.Que el Proyecto tiene como objetivo primordial Impulsar el desarrollo económico de la zona Nor-Occidental de nuestro país, disminuyendo los costos de operación y mantenimiento vehicular; rehabilitando, ampliando y pavimentando la carretera para proporcionar vías seguras para los vehículos y personas que transiten por ella.

Articulos

Articulo 2

Los pagos bajo el Préstamo, incluyendo, entre otros, los realizados en concepto de capital, intereses, montos adicionales, comisiones y gastos estarán exentos de toda clase de deducciones, impuestos, derechos, tasas, contribuciones, recargos, arbitrios, aportes, honorarios, contribución pública, gubernamental o municipal y otros cargos hondureños.

Articulo 3

Todos los bienes, servicios, obras que sean adquiridos con los fondos de este Contrato de Préstamo y fondos nacionales quedan exonerados de todo tipo de gravámenes arancelarios, Impuesto Sobre Ventas, contribuciones, tasa, servicios y cualquier otro cargo que grave la importación o compra local. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 48 of 100 -- UDI -DEGT-UNAH

Articulo 4

El presente Decreto entrará en vigencia a partir del día de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los veintisiete días del mes de agosto del año dos mil quince. ANTONIO CÉSAR RIVERA CALLEJAS PRESIDENTE JOSÉ TOMÁS ZAMBRANO MOLINA SARA ISMELA MEDINA GALO SECRETARIO SECRETARIA Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 07 de septiembre de 2015. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ ALVARADO PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA EL SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS. WILFREDO RAFAEL CERRATO RODRÍGUEZ Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 49 of 100 -- UDI -DEGT-UNAH Poder Legislativo

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