VigenteCategoria: Administrativo
Decreto No. 299-2014 | 27 de agosto de 2014 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 33,652

Acuerdo Ejecutivo No. 299-2014 — Otorgamiento de ascensos al personal del Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos - Sargento Primero a Subteniente

IAResumen por IA
Este resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Resumen

Este acuerdo otorga ascensos a 10 bomberos del rango de Sargento Primero al de Subteniente, reconociendo su antigüedad, capacidad, disciplina y servicio. Los ascensos se hacen efectivos a partir del 31 de octubre de 2014 y benefician al personal del Cuerpo de Bomberos de Honduras.

Considerandos

  1. 1.Que el Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, es una Institución Desconcentrada de la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización; de servicio público, técnica, profesional y de carácter permanente.
  2. 2.Que los cargos dentro del Cuerpo de Bomberos son de carácter Técnico Especializado, por consiguiente los ascensos dentro de la escala jerárquica son el justo reconocimiento que se otorga a los miembros que se han distinguido por su antigüedad, capacidad, servicios prestados, disciplina, identificación con la organización y demás requisitos establecidos por la Ley y sus reglamentos.
  3. 3.Que mediante Decreto Legislativo No. 266-2013 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil catorce (2014) y Acuerdo Ejecutivo No. PCM 001-2014 publicado en La Gaceta Diario Oficial de la República de Honduras en fecha veintidós (22) de febrero del dos mil catorce (2014) la Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población pasó a llamarse Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.
  4. 4.Que el Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, es una Institución Desconcentrada de la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización; de servicio público, técnica, profesional y de carácter permanente.
  5. 5.Que los cargos dentro del Cuerpo de Bomberos son de carácter Técnico Especializado, por consiguiente los ascensos dentro de la escala jerárquica son el justo reconocimiento que se otorga a los miembros que se han distinguido por su antigüedad, capacidad, servicios prestados, disciplina, identificación con la organización y demás requisitos establecidos por la Ley y sus reglamentos.
  6. 6.Que mediante Decreto Legislativo No. 266-2013 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil catorce (2014) y Acuerdo Ejecutivo No. PCM 001-2014 publicado en La Gaceta Diario Oficial de la República de Honduras en fecha veintidós (22) de febrero del dos mil catorce (2014) la Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población pasó a llamarse Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.
  7. 7.Que el Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, es una Institución Desconcentrada de la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización; de servicio público, técnica, profesional y de carácter permanente.
  8. 8.Que los cargos dentro del Cuerpo de Bomberos son de carácter Técnico Especializado, por consiguiente los ascensos dentro de la escala jerárquica son el justo reconocimiento que se otorga a los miembros que se han distinguido por su antigüedad, capacidad, servicios prestados, disciplina, identificación con la organización y demás requisitos establecidos por la Ley y sus reglamentos.
  9. 9.Que mediante Decreto Legislativo No. 266-2013 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil catorce (2014) y Acuerdo Ejecutivo No. PCM 001-2014 publicado en La Gaceta, Diario Oficial de la República de Honduras en fecha veintidós (22) de febrero del dos mil catorce (2014) la Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población pasó a llamarse Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.
  10. 10.Que el Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, es una Institución Desconcentrada de la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización; de servicio público, técnica, profesional y de carácter permanente.
  11. 11.Que los cargos dentro del Cuerpo de Bomberos son de carácter Técnico Especializado, por consiguiente los ascensos dentro de la escala jerárquica son el justo reconocimiento que se otorga a los miembros que se han distinguido por su antigüedad, capacidad, servicios prestados, disciplina, identificación con la organización y demás requisitos establecidos por la Ley y sus reglamentos.
  12. 12.Que mediante Decreto Legislativo No. 266-2013 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil catorce (2014) y Acuerdo Ejecutivo No. PCM 001-2014 publicado en La Gaceta, Diario Oficial de la República de Honduras en fecha veintidós (22) de febrero del dos mil catorce (2014) la Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población pasó a llamarse Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.
  13. 13.Que el Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, es una Institución Desconcentrada de la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización ACUERDO EJECUTIVO No. 298-2014 Descentralización; de servicio público, técnica, profesional y de carácter permanente.
  14. 14.Que los cargos dentro del Cuerpo de Bomberos son de carácter Técnico Especializado, por consiguiente los ascensos dentro de la escala jerárquica son el justo reconocimiento que se otorga a los miembros que se han distinguido por su antigüedad, capacidad, servicios prestados, disciplina, identificación con la organización y demás requisitos establecidos por la Ley y sus reglamentos.
  15. 15.Que mediante Decreto Legislativo No. 266-2013 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil catorce (2014) y Acuerdo Ejecutivo No. PCM 001-2014 publicado en La Gaceta, Diario Oficial de la República de Honduras en fecha veintidós (22) de febrero del dos mil catorce (2014) la Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población pasó a llamarse Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.
  16. 16.Que el Heroico y Benemérito Cuerpo de Bomberos de Honduras, es una Institución Desconcentrada Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización ACUERDO No. 299-2014 de la Secretaría de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización; de servicio público, técnica, profesional y de carácter permanente.
  17. 17.Que los cargos dentro del Cuerpo de Bomberos son de carácter Técnico Especializado, por consiguiente los ascensos dentro de la escala jerárquica son el justo reconocimiento que se otorga a los miembros que se han distinguido por su antigüedad, capacidad, servicios prestados, disciplina, identificación con la organización y demás requisitos establecidos por la Ley y sus reglamentos.
  18. 18.Que mediante Decreto Legislativo No. 266-2013 publicado en el Diario Oficial La Gaceta en fecha veintitrés (23) de enero del año dos mil catorce (2014) y Acuerdo Ejecutivo No. PCM 001-2014 publicado en La Gaceta Diario Oficial de la República de Honduras en fecha veintidós (22) de febrero del dos mil catorce (2014) la Secretaría de Estado en los Despachos del Interior y Población pasó a llamarse Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización.

Leyes relacionadas