Resolución No. 1203-2015 — Rectificación de Resolución sobre Personalidad Jurídica de Fundación Diseño y Habitat
- Decreto: 1203-2015
- Publicación: 27 de agosto de 2015
- Categoria: Administrativo
Resumen
Esta resolución corrige un error en un documento anterior de 2014 que otorgaba personalidad jurídica a la Fundación Diseño y Habitat. La corrección aclara que la fundación fue reconocida en 1996, no en 2014, y está registrada en el Registro Mercantil. La fundación debe pagar L.200.00 para obtener la certificación corregida.
Considerandos
Que esta Secretaría de Estado mediante Resolución No. 087-96 de fecha 13 de mayo de 1996, el señor Presidente - Constitucional concedió a la FUNDACION DISEÑO Y HABITAT, la Personalidad Jurídica y aprobación de sus Estatutos.
Que en la Resolución precitada fue inscrita con el número 34 del Tomo 383 en el Registro de Sentencias de la Propiedad y Mercantil de Francisco Morazán.
Que la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado, emitió Dictamen No. U. S. L. 1 7 11 - 2 0 1 5 de fecha 0 7 de agosto 2 0 1 5 , pronunciándose favorablemente para que se conceda la rectificación solicitada.
Que la Ley de Procedimiento Administrativo en su Artículo 128 establece que la rectificación de los actos administrativos consiste en la enmienda de los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que con ello no se altere lo sustancial del acto o decisión y puede llevarse a cabo en cualquier momento.
Que el señor Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, mediante Acuerdo Ministerial No.423-2014 de fecha 14 de febrero de 2014, delegó en la ciudadana, KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Derechos Humanos y Justicia, la facultad de resolver los asuntos que se conozcan en única instancia y los recursos administrativos por medio de los cuales se impugnan sus propios actos o de sus inferiores jerárquicos en la correspondiente instancia.
Texto completo
RESOLUCIÓN No.1203-2015. SECRETARÍA DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE DERECHOS HUMANOS, JUSTICIA, GOBER- NACIÓN Y DESCENTRALIZACIÓN, Tegucigalpa, municipio del Distrito Central diez de agosto de dos mil quince. VISTA: Para resolver la solicitud presentada ante esta Secretaría de Estado, en fecha veinticinco de junio de dos mil quince, misma que corre a expediente administrativo numero V-25062015-360, por el Abogado GUILLERMO ENRIQUE ARGUETA SOTO, en su condición de Apoderado Legal de la FUNDACIÓN DISEÑO Y HABITAT; contraído a solicitar rectificación de la Resolución No.1948-2014 de fecha 09 de diciembre de 2014, emitida por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia Gobernación y Descentralización. CONSIDERANDO: Que esta Secretaría de Estado mediante Resolución No. 087-96 de fecha 13 de mayo de 1996, el señor Presidente - Constitucional concedió a la FUNDACION DISEÑO Y HABITAT, la Personalidad Jurídica y aprobación de sus Estatutos. CONSIDERANDO: Que en la Resolución precitada fue inscrita con el número 34 del Tomo 383 en el Registro de Sentencias de la Propiedad y Mercantil de Francisco Morazán. CONSIDERANDO: Que la Unidad de Servicios Legales de esta Secretaría de Estado, emitió Dictamen No. U . S . L . 1 7 11 - 2 0 1 5 d e f e c h a 0 7 d e a g o s t o 2 0 1 5 , pronunciándose favorablemente para que se conceda la rectificación solicitada. CONSIDERANDO: Que la Ley de Procedimiento Administrativo en su Artículo 128 establece que la rectificación de los actos administrativos consiste en la enmienda de los errores materiales o de hecho y los aritméticos, siempre que con ello no se altere lo sustancial del acto o decisión y puede llevarse a cabo en cualquier momento. CONSIDERANDO: Que el señor Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, mediante Acuerdo Ministerial No.423-2014 de fecha 14 de febrero de 2014, delegó en la ciudadana, KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR, Subsecretaria de Estado en el Despacho de Derechos Humanos y Justicia, la facultad de resolver los asuntos que se conozcan en única instancia y los recursos administrativos por medio de los cuales se impugnan sus propios actos o de sus inferiores jerárquicos en la correspondiente instancia. POR TANTO:El Secretario de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización, en uso de las facultades de que está investido y en aplicación de los Artículos 8, 116 y 120 de la Ley General de la Administración Pública, 83, 84 y 128 de la Ley de Procedimiento Administrativo. RESUELVE: PRIMERO: Rectificar la Resolución No. 1948-2014 de fecha 09 de diciembre de 2014, emitida por la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia Gobernación y Descentralización, en la que se concedió a la FUNDACION DISEÑO Y HABITAT, la Personalidad Jurídica y aprobación de sus Estatutos. SEGUNDO: Que en la Resolución precitada fue inscrita con el número 34 del Tomo 383 en el Registro de Sentencias de la Propiedad y Mercantil de Francisco Morazán. Debiendo leerse: “Que mediante Resolución 087-96 de fecha 13 de mayo de 1996 el señor Presidente Constitucional concedió a la FUNDACION DISEÑO Y HABITAT, la Personalidad Jurídica y aprobación de sus Estatutos; Fundación inscrita con el número 34 del Tomo 383 en el Registro de Sentencias de la Propiedad y Mercantil de Francisco Morazán. TERCERO: Para los efectos legales consiguientes y previo a extender la Certificación de la presente resolución, el interesado deberá cancelar al Estado de Honduras la cantidad de doscientos Lempiras (Lps. 200.00), de conformidad con lo establecido en la Ley de los Ingresos Equidad Social y Racionalización del Gasto Público, creado mediante Decreto Legislativo No.17-2010 de fecha 21 de abril de 2010. NOTIFÍQUESE. (F) KARLA EUGENIA CUEVA AGUILAR. SUBSECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE DERECHOS HUMANOS Y JUSTICIA. (F) RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA. SECRETARIO GENERAL”. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los veinticuatro días del mes de agosto de dos mil quince. RICARDO ALFREDO MONTES NÁJERA SECRETARIO GENERAL 27 A. 2015.
REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afin. El Abog. MARIO ANTONIO MENDOZA, actuando en representación de la empresa TIKAL AGROSOLUTIONS, tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: CLORPIBAG 1%, compuesto por los elementos: 1% CHLORPYRIFOS. Estado físico: SÓLIDO. Formulador y país de origen: FORAGRO, S.A. / GUATEMALA. Tipo de uso: INSECTICIDA. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., NUEVE (09) DE JULIO DEL 2015. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 27 A. 2015. _______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE FERTILIZANTES Y MATERIAS PRIMAS Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Fertilizantes y Materias Primas. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa SERVICIO AGRICOLA CARTAGINES, S.A. (SERACSA), tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: PHYTOCROP PLUS, compuesto por los elementos: 13% NITROGENO NITRATO, 40% POTASIO (K2O), 0.5% AZUFRE DISPONIBLE (S), 0.5% BORO (B), 0.4% COBRE (Cu), 1.02% ZINC (Zn), 1% AMINOACIDOS, 0.008% CITOQUININAS, 0.012% GIBERELINAS. En forma de: SÓLIDO. Formulador y país de origen: SERACSA / COSTA RICA. Tipo de uso: FERTILIZANTE FOLIAR. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Fertilizantes y Materias Primas, y la Ley de Procedimientos Administrativos y el RTCA. TEGUCIGALPA, M.D.C., OCHO (08) DE JUNIO DEL 2015. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 27 A. 2015. REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE FERTILIZANTES Y MATERIAS PRIMAS Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Fertilizantes y Materias Primas. El Abog. WILFREDO ORTEGA UMAÑA, actuando en representación de la empresa SERVICIO AGRICOLA CARTAGINES, S.A. (SERACSA), tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: FULMIC COBRE, compuesto por los elementos: 25% FOSFORO DISPONIBLE (P2O5), 5% COBRE (Cu). En forma de: LÍQUIDO. Formulador y país de origen: SERACSA / COSTA RICA. Tipo de uso: FERTILIZANTE FOLIAR. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Fertilizantes y Materias Primas, y la Ley de Procedimientos Administrativos y el RTCA. TEGUCIGALPA, M.D.C., VEINTINUEVE (29) DE MAYO DEL 2015. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 27 A. 2015. _______ La EMPRESA NACIONAL DE ARTES GRÁFICAS le ofrece los siguientes servicios: LIBROS FOLLETOS TRIFOLIOS FORMAS CONTINUAS AFICHES FACTURAS TARJETAS DE PRESENTACIÓN CARÁTULAS DE ESCRITURAS CALENDARIOS EMPASTES DE LIBROS REVISTAS.
CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CERTIFICA. La Resolución que literalmente dice: “