Acuerdo Ministerial No. 051-SE-2018 — Acuerdo de la Secretaría de Educación
- Decreto: 051-SE-2018
- Publicación: 23 de octubre de 2018
Considerandos
Que el articulo 151 de la Constitución de la República de Honduras establece que la Educación es función esencial del Estado para la conservación, el fomento y difusión de la cultura, la cual deberá proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza. CONSIDERANDO:
Que dos de los principios orientadores de desarrollo que deben prevalecer en el diseño, concepción e implementación de las intervenciones, específicos para el logro de metas en la Visión de País son: "La participación ciudadana como medio generador de gobemabílidad" y "Descentralización de la gestión y decisiones relacionadas al desarrollo", a través de las cuales se permite el fomento de incentivos ciudadanos que promueven la participación y auditoría social, procurando el acercamiento entre los ciudadanos y sus autoridades locales. CONSIDERANDO:
Queconla Descentralización del Estado de Honduras, se busca alcanzar: una mejor correspondencia entre la oferta de bienes y servicios públicos y las demandas de la población hondureña; una redistribución equitativa de recursos en el territorio nacional; el redimensionamiento cualitativo del aparato burocrático del gobierno central; el fortalecimiento institucional de los gobiernos municipales; el aprovechamiento óptimo de los recursos humanos y naturales de los términos municipales; el fortalecimiento de la solidaridad intermunicipal; el incremento sustancial de la transparencia en el manejo de los fondos públicos; y, la potenciación de la participación social. A.
Texto completo
LA SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE EDUCACIÓN CONSIDERANDO: Que el articulo 151 de la Constitución de la República de Honduras establece que la Educación es función esencial del Estado para la conservación, el fomento y difusión de la cultura, la cual deberá proyectar sus beneficios a la sociedad sin discriminación de ninguna naturaleza. CONSIDERANDO: Que dos de los principios orientadores de desarrollo que deben prevalecer en el diseño, concepción e implementación de las intervenciones, específicos para el logro de metas en la Visión de País son: "La participación ciudadana como medio generador de gobemabílidad" y "Descentralización de la gestión y decisiones relacionadas al desarrollo", a través de las cuales se permite el fomento de incentivos ciudadanos que promueven la participación y auditoría social, procurando el acercamiento entre los ciudadanos y sus autoridades locales. CONSIDERANDO: Queconla Descentralización del Estado de Honduras, se busca alcanzar: una mejor correspondencia entre la oferta de bienes y servicios públicos y las demandas de la población hondureña; una redistribución equitativa de recursos en el territorio nacional; el redimensionamiento cualitativo del aparato burocrático del gobierno central; el fortalecimiento institucional de los gobiernos municipales; el aprovechamiento óptimo de los recursos humanos y naturales de los términos municipales; el fortalecimiento de la solidaridad intermunicipal; el incremento sustancial de la transparencia en el manejo de los fondos públicos; y, la potenciación de la participación social.
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