Decreto Ejecutivo — Otorgamiento de Personalidad Jurídica y Aprobación de Estatutos de la Asociación de Ganaderos y Agricultores de Intibucá
Considerandos
- 1.Que los estatutos de la Asociación de “GANADEROS Y AGRICULTORES DE INTIBUCÁ, cuya aprobación se solicita, no contienen disposiciones contrarias a las leyes, a la moral, al orden público y a las buenas costumbres del país, por lo que es procedente acceder a lo solicitado.
Articulos
Articulo 6
, párrafo f) resultare responsabilidad, la Junta Directiva por dos tercios de votos, decretará la suspensión o retiro definitivo del socio interpelado o el enjuiciamiento criminal. Art. 54.-Todo caso no previsto en estos Estatutos se resolverá en sesión de la Asamblea General.- Las Resoluciones que ésta dicte, se considerarán como ley. Art. 55.- Los socios Fundadores y Activos tiene los mismos derechos y obligaciones que establecen estos Estatutos. Art. 56.- El Ganadero o Agricultor que desee ingresar a la Asociación y reúna las condiciones establecidas en estos estatutos, pagará una cuota de ingreso de CINCO LEMPIRAS (L. 5.00). Art. 57.- El Emblema de la AGADI, se compondrá de un circulo en cuyo contorno figurará la inscripción siguiente: Asociación de Agricultores y Ganaderos de Intibucá; en el centro una cabeza de toro, sobre el circulo una rama de durazno y una guía de granadilla entrelazada, con frutas ambas; al lado derecho una mata de maíz y a la izquierda una mata de trigo espigada; en la parte inferior una cabeza de repollo y bultos de papas, sobre todos estos el pabellón nacional. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 26 of 28 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales Art. 58.- Crear un comité de Crédito y otro de Vigilancia. El primero tendrá como función específica, aprobar o improbar, total o parcialmente, los créditos y el segundo, supervisar adecuadamente la inversión de dichos créditos. Las atribuciones de estos comités serán determinados por Reglamentos especiales. DISPOSICIONES TRANSITORIAS Art. 59.- La asociación solicitará su Personería Jurídica inmediatamente después de ser aprobados estos Estatutos y se incorporará a la Federación de Agricultores y Ganaderos de Honduras. Art. 60.- La Junta Directiva, tan luego como estén aprobados los presentes Estatutos deberá comunicar a las Asociaciones afines del país, la organización de la AGADI. Art. 61.- El primer Presidente de la Asociación, rendirá la promesa de ley ante la Asamblea General. Art. 62.- Los presentes Estatutos empezarán a regir desde el día de su aprobación. Dado en la ciudad de la Esperanza, domicilio de la AGADI, departamento de Intibucá, a los diez y seis días del mes de mayo de mil novecientos sesenta y seis. Rodolfo Z. Velásquez. Oscar Mejía Arellano. Presidente y Vicepresidente, Firma Ilegible.-Fiscal. Pedro Nufio. Vocal 1°.- Baltasar Vigil. Tesorero. Firma Ilegible. Vocal 2°.- J. Ramón Medina L.- Vocal 3°.- J. Medina P. Vocal Suplente 1°.- y Adrián Aguilar B.- Vocal 3° Suplente. Las demás firmas ilegibles. Rumualdo Fuentes. Secretario de la AGADI. NOTIFÍQUESE. OSCAR MEJIA ARELLANO, EL SECRETARIO DE ESTADO EN LOS DESPACHOS DE GOBERNACIÓN Y JUSTICIA. Extendida en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, a los siete días del mes de agosto del dos mil trece. FRANCISCA NICANOR ROMERO BANEGAS SECRETARIA GENERAL 13 J. 2015. AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado Segundo de Letras Seccional de Copán. HACE SABER: El señor FRANCIS MAURICIO AMADOR ARGUETA, quien es mayor de edad, casado, agricultor, hondureño, vecino de la aldea de Planes del municipio de Cucuyagua, Copán, con Identidad número 0401- 1980-01278, es dueño de un lote de terreno ubicado en aldea El Carrizal, jurisdicción del municipio de Cucuyagua, departamento de Copán, con un área de UNA MANZANA Y MEDIA DE EXTENSIÓN SUPERFICIAL (1 1/2 Mz.) de extensión superficial, cuyas colindancias son las siguientes: Al Norte, colinda con propiedad de Juan Isidro Robles; al Sur, colinda con propiedad de Juan Isidro Robles; al Este, colinda con propiedad de Roberto Amador Flores; y, al Oeste, con propiedad de Isabel Contreras. REPRESENTA ABOG. CESAR OMAR CHAVEZ MIRANDA. Santa Rosa de Copán, 12 de febrero 2015. EMMA DELFINA RAMOS SECRETARIA 13 A., 13 M. y 13 J. 2015. ______ AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO La infrascrita, Secretaria del Juzgado Segundo de Letras Seccional de Copán. HACE SABER: El señor JACOBO ENRIQUE VILLEDA LARA, quien es mayor de edad, casado, agrónomo, hondureño, vecino del municipio de Corquín, Copán, con Identidad número 0405-1967-00177, es dueño de un lote de terreno ubicado en Chiliquera, jurisdicción del municipio de Corquín, departamento de Copán, con un área de CINCO PUNTO DIECISIETE HECTÁREAS (5.17 Has.) equivalente a SIETE PUNTO CUARENTA Y UN MANZANAS DE EXTENSIÓN SUPERFICIAL (11/2 Mz.) cuyas colindancias son las siguientes: Al Norte, colinda con propiedad de Armando Romero, calle de por medio; al Sur, colinda con propiedad de Marcos García; al Este, colinda con sucesión de Julio César López; y, al Oeste, con propiedad de Sucesión de María Francisca Romero e Iglesia Católica. REPRESENTA ABOG. CESAR OMAR CHAVEZ MIRANDA. Santa Rosa de Copán, 18 de febrero 2015. EMMA DELFINA RAMOS SECRETARIA 13 A., 13 M. y 13 J. 2015. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 27 of 28 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE RENOVACIÓN DE REGISTRO DE FERTILIZANTES Y MATERIAS PRIMAS Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Renovación de Registro de Fertilizantes y Materias Primas. La Abog. KARLA MARINA LAGOS RODRÍGUEZ, actuando en representación de la empresa AGROVETERINARIA VALENZUELA, S. DE R.L. (AGROVAL, S. DE R.L.), tendiente a que autorice la Renovación de Registro del producto de nombre comercial: AMINOLEAF 20.20.20, compuesto por los elementos: 20% NITROGENO (N), 6.2% NITRÓGENO (N) NITRICO, 6.2% NITRÓGENO (N) AMINOACAL, 7.6% NITRÓGENO (N) UREICO, 20% FÓSFORO DISPONIBLE (P2O5), 20% POTASIO DISPONIBLE (K2O), 0.05% MAGNESIO DISPONIBLE (Mg) QUELADO POR EDTA, 0.02% BORO (B), 0.02% COBRE DISPONIBLE (Cu) QUELADO POR EDTA, 0.05% MANGANESO DISPONIBLE (Mn) QUELADO POR EDTA, 0.005% MOLIBDENO DISPONIBLE (Mo), 0.3% ZINC DISPONIBLE (Zn) QUELADO POR EDTA, 0.3% HIERRO DISPONIBLE (Fe) QUELADO POR EDTA, 0.01% VITAMINA B1, 0.05% ÁCIDOS HÚMICOS. En forma de: SÓLIDO. Formulador y país de origen: ALBA MILAGRO INTERNATIONAL S.P.A. / ITALIA. Tipo de uso: FERTILIZANTE FOLIAR. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Fertilizantes y Materias Primas, la Ley de Procedimientos Administrativos y RTCA. TEGUCIGALPA, M.D.C., UNO (01) DE JUNIO DE 2015. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 13 J. 2015. _______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE REGISTRO DE PLAGUICIDAS Y SUSTANCIAS AFINES Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. MIGUEL ÁNGEL BONILLA, actuando en representación de la empresa BASF DE COSTA RICA, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: SERIFEL 10 WP, compuesto por los elementos: 10% BACILLUS SUBTILIS CEPA MBI 600. Estado Físico: POLVO MOJABLE. Formulador y país de origen: BASF CORPORATION / ESTADOS UNIDOS DE AMÉRICA (USA). Tipo de uso: FUNGICIDA. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Plaguicidas y Sustancias Afines, Acuerdo No. 642-98 y la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., VEINTIDOS (22) DE ABRIL DEL 2015. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 13 J. 2015. REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE RENOVACIÓN DE REGISTRO DE FERTILIZANTES Y MATERIAS PRIMAS Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Registro de Plaguicidas o Sustancia Afín. El Abog. FREDY AMILCAR CASTILLO, actuando en representación de la empresa DUWEST HONDURAS, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: SOLU FEED 12-20-30+ MG, compuesto por los elementos: 12% NITRÓGENO TOTAL (N), 20% FÓSFORO ASIMILABLE (P2O5), 30% POTASIO SOLUBLE (K2O), 0.50% MAGNESIO. En forma de: SÓLIDO. Formulador y país de origen: WESTRADE GUATEMALA, S.A. / GUATEMALA. Tipo de uso: FERTILIZANTE. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Fertilizantes y Materias Primas, la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., VEINTICINCO (25) DE MARZO DEL 2015. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 13 J. 2015. _______ REPÚBLICA DE HONDURAS SECRETARÍA DE AGRICULTURA Y GANADERÍA SERVICIO NACIONAL DE SANIDAD AGROPECUARIA SUBDIRECCIÓN TÉCNICA DE SANIDAD VEGETAL AVISO DE RENOVACIÓN DE REGISTRO DE FERTILIZANTES Y MATERIAS PRIMAS Al comercio, agroindustria y público en general, y para efectos de Ley correspondiente, se HACE SABER: que en esta dependencia se ha presentado solicitud de Renovación de Registro de Fertilizantes y Materias Primas. El Abog. FREDY AMILCAR CASTILLO PORTILLO, actuando en representación de la empresa DUWEST HONDURAS, S.A., tendiente a que autorice el Registro del producto de nombre comercial: LIQUID FEED AMINOÁCIDOS, compuesto por los elementos: 6% NITRÓGENO TOTAL (N), 8% FÓSFORO ASIMILABLE (P2O5), 5% POTASIO SOLUBLE (K2O), 0.004% BORO (B), 0.004% MANGANESO (MN), 0.008% ZINC (ZN), 0.055% HIERRO (FE), 12% AMINOÁCIDOS LIBRES. En forma de: LÍQUIDO. Formulador y país de origen: WESTRADE GUATEMALA, S.A. / GUATEMALA. Tipo de uso: FERTILIZANTE. Cualquier interesado puede oponerse cuando existan causales técnicas y/o científicas que demuestre la existencia de riesgos inaceptables para la salud y el ambiente, contando para ello con un plazo de diez (10) días hábiles después de la publicación de este AVISO, para ejercer la acción antes mencionada. Fundamento Legal: Ley Fitozoosanitaria, Decreto No. 157-94, Reglamento Sobre el Registro, Uso y Control de Fertilizantes y Materias Primas, la Ley de Procedimientos Administrativos. TEGUCIGALPA, M.D.C., VEINTICUATRO (24) DE ABRIL DEL 2015. “ESTE AVISO TIENE VALIDEZ DE TRES MESES A PARTIR DE LA FECHA” DR. JOSÉ LIZARDO REYES PUERTO DIRECTOR GENERAL DE SENASA 13 J. 2015. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 28 of 28 --