VigenteCategoria: Comercial
Decreto No. 635-2015 | 15 de abril de 2015

Resolución No. 635-2015 — Cancelación de Licencia de Representante de Comercial Pecas S.A.

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Resumen

Esta resolución cancela la licencia que tenía Comercial Pecas S.A. para representar exclusivamente a la empresa francesa MAN Diesel en Honduras. La cancelación se aprobó porque la empresa concedente terminó el contrato y Comercial Pecas solicitó formalmente el cierre de su registro.

Considerandos

  1. 1.Que consta en el expediente administrativo (folios 4 al 7) Testimonio de Escritura Pública número cinco la cual se extendió a los dos días del mes de febrero del año dos mil nueve, ante la fe de Don RENAN PEREZ, Abogado y Notario de este domicilio, en donde se autoriza el cambio de nombre de la Sociedad Mercantil PEDRO CASANOVA E HIJOS, S. DE R.L., transformándose en la Sociedad Mercantil COMERCIAL PECAS, S.A.
  2. 2.Que mediante Carta de fecha 15 de abril del 2015 que obra a folio número 2 en el expediente de mérito, la Sociedad Mercantil concedente MAN DIESEL SAS, establece que da por terminado el Contrato como Agente Exclusivo según Licencia de Agente No.179-2009; posteriormente en fecha 2 de junio del año en curso la empresa concesionaria COMERCIAL PECAS, S.A., solicita la Cancelación de la Licencia de Agente con la Sociedad Mercantil MAN DIESEL SAS.
  3. 3.Que el Artículo 11 del Reglamento de la Ley de Representantes, Distribuidores y Agentes, de Empresas Nacionales y Extranjeras establece: “La licencia y el registro se cancelarán cuando lo solicite el concesionario, el concedente o un tercero siempre que acredite la terminación del contrato, o la no prestación del servicio de representación, distribución y agencia por parte de la persona a favor de la cual esté concedida la licencia. También podrá cancelarse de oficio la licencia y el registro de conformidad con lo que prescribe la Ley.
  4. 4.Que la Dirección de Servicios Legales emitió Dictamen SDL No. 326-2015, tomando en consideración la carta de confirmación de la empresa concedente, que obra a folio No. 2 en el expediente de mérito y con fundamento en el Artículo 11 del R e g l a m e n t o d e l a L e y d e Representantes, Distribuidores y Agentes de Empresas Nacionales y Extranjeras, fue del parecer que es PROCEDENTE acceder a la CANCELACION DE LICENCIA DE AGENTE, otorgada a favor de la sociedad mercantil COMERCIAL PECAS, S.A., con la empresa Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 3 of 28 -- UDI -DEGT-UNAH concedente MAN DIESEL SAS, de nacionalidad Francesa, en forma exclusiva, por tiempo indefinido, con jurisdicción en todo el territorio de la República de Honduras; así mismo que se publique la Certificación de la Resolución correspondiente en el Diario Oficial La Gaceta, para que se realice la anotación marginal de cancelación de las Licencias precitadas; una vez acreditada dicha publicación ante la Dirección General de Sectores Productivos.

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