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Decreto No. 547-2015 | 20 de noviembre de 2015 | Poder Ejecutivo | La Gaceta No. 33,890

Acuerdo Ministerial No. 547-2015 — Reglamento de la Unidad de Contingencias Fiscales

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Resumen

Este reglamento crea la Unidad de Contingencias Fiscales (UCF) en la Secretaría de Finanzas para evaluar y controlar los riesgos económicos de los proyectos de inversión público-privados. La UCF analiza, autoriza o rechaza estos proyectos, mantiene registros de compromisos y garantías del Estado, e informa públicamente sobre los gastos y obligaciones financieras comprometidas.

Considerandos

  1. 1.Que la Constitución de la República de Honduras en el Artículo 235 establece que la titularidad del Poder Ejecutivo la ejerce en representación y para el beneficio del pueblo el Presidente de la República.
  2. 2.Que el Artículo 245, Numerales 2, 19 y 30, de la Constitución de la República establece que el Presidente de la República tiene entre sus atribuciones dirigir la política general del Estado y representarlo, administrar la Hacienda Pública y dirigir la política económica y financiera del Estado.
  3. 3.Que el Artículo 246 de la Constitución de la República establece que las Secretarías de Estado son órganos de la administración general del país y dependen directamente del Presidente de la República.
  4. 4.Que el Artículo 25-A del Decreto No. 115-2014 que modifica la Ley de Promoción de la Alianza Público- Privada contenida en el Decreto 143-2010, crea la Unidad de Contingencias Fiscales como dependencia de la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas, la cual será responsable de identificar, analizar, cuantificar, gestionar y dictaminar sobre los costos y riesgos fiscales derivados de los proyectos de inversión bajo el esquema de Alianza Público-Privada y de otras fuentes de riesgos fiscales, debiendo establecer los planes de acción por posible activación de las contingencias.
  5. 5.Que el Párrafo Tercero del Artículo 25-A del Decreto No. 115-2014 que modifica la Ley de Promoción de la Alianza Público-Privada contenida en el Decreto 143-2010 y sus reformas, establece que la estructura, funciones y atribuciones de la Unidad de Contingencias Fiscales serán determinadas mediante Acuerdo Ejecutivo emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas.
  6. 6.Que el Artículo 245 numeral 11 de la Constitución de la República establece que el Presidente de la República tiene entre sus atribuciones la emisión de acuerdos y decretos y expedir reglamentos y resoluciones conforme a la Ley.

Articulos

Articulo 1

Objeto.- El presente Reglamento tiene como objeto desarrollar las disposiciones contenidas en el Artículo Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 11 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH 25-A del Decreto No. 115-2014 que modifica la Ley de Promoción de la Alianza Público–Privada, relacionado con la creación de la Unidad de Contingencias Fiscales, en consonancia con los demás artículos de la Ley de Promoción de la Alianza Público-Privada contenida en el Decreto 143-2010.

Articulo 2

Ámbito de Aplicación.- Las normas contenidas en el presente Reglamento son de aplicación en el territorio nacional para todos aquellos actos, hechos y situaciones reguladas en el

Articulo 25

A del Decreto No. 115-2014 que modifica la Ley de Promoción de la Alianza Público – Privada.

Articulo 3

Definiciones.- Para efectos de la aplicación de la Ley y de este Reglamento, se definen los conceptos siguientes: 1. APP: Alianza Público-Privada 2. COALIANZA: Comisión para la Promoción de la Alianza Público-Privada 3. SAPP: Superintendencia de Alianza Público-Privada 4. SEFIN: Secretaría de Estado en el Despacho de Finanzas 5. SIGADE: Sistema de Gestión y Administración de Deuda 6. SNIPH: Sistema Nacional de Inversión Pública de Honduras 7. UCF: Unidad de Contingencias Fiscales. TITULO II DE LA FINALIDAD Y ATRIBUCIONES

Articulo 4

Finalidad de la UCF: La UCF es una unidad técnica especializada de la Secretaría de Finanzas responsable de identificar, analizar, cuantificar, gestionar y dictaminar los costos fiscales y riesgos fiscales relacionados con los proyectos de inversión bajo el esquema de APP y de otras fuentes de riesgos fiscales, con el propósito de optimizar la eficiencia y la eficacia en la gestión de las finanzas públicas.

Articulo 5

Atribuciones y Funciones de la UCF: Son atribuciones y funciones de la UCF: a) Apoyar a las autoridades de SEFIN en el análisis de los proyectos de APP. b) Emitir dictámenes autorizando o desautorizando el comienzo y/o la continuidad de cada uno de los proyectos bajo el esquema de APP. Dichos dictámenes deberán ser autorizados por el titular de la SEFIN, con carácter vinculante y estarán basados en las proyecciones financieras y económicas de cada proyecto APP. COALIANZA deberá remitir a la SEFIN, la documentación e información completa de cada proyecto en sus diferentes etapas, hasta en un plazo máximo de treinta (30) días hábiles, antes de la emisión de cada dictamen. c) Evaluar los análisis de pre-factibilidad (incluyendo análisis de costo/beneficio y esquemas de financiamiento factible elaborados por (COALIANZA) de los proyectos registrados en el SNIPH que potencialmente pueden ser elegibles para ser diseñados y para ser ejecutados bajo el esquema APP. Emitiendo dictamen sobre la continuidad del proyecto, primer Dictamen. d) Realizar los análisis respectivos sobre la capacidad presupuestaria que tiene el Gobierno para ejecutar los proyectos APP, definir y elaborar un cronograma anual de aprobación y ejecución de dichos proyectos, en colaboración con las Direcciones Generales de Política Macro-fiscal y de Presupuesto. (ver anexo 1). Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 12 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH e) Analizar y emitir opinión con respecto a los borradores de Contrato en cada una de sus versiones, los proyectos de Decreto para cada APP, los pliegos de condiciones, matriz de riesgos, comparador público privado a fin de identificar riesgos fiscales, contingencias y potenciales implicaciones fiscales. Se emite segundo Dictamen, previo a la iniciación del concurso. f) Analizar y emitir opinión respecto al Contrato negociado con el postor ganador y su respectiva matriz de riesgos. Se emite tercer dictamen antes de la firma del contrato. g) A fin de dar cumplimiento al Art. 26 de la Ley de Promoción de la Alianza Público-Privada y ser incorporados en el Anteproyecto de Presupuesto, los nuevos proyectos APP que incluyan compromisos firmes para el ejercicio fiscal siguiente, deberán contar con dictamen (tercer dictamen) definitivo favorable de la SEFIN antes del 31 de mayo de cada año. De lo contrario, se presupuestarán en el subsiguiente ejercicio fiscal; h) Realizar anualmente un reporte para efectos informativos sobre la ejecución del proyecto APP, que contenga, cuando menos, los montos erogados o por erogar conforme a las proyecciones correspondientes, avance en la ejecución, calendario, así como el monto de pagos anuales comprometidos. Dicho reporte deberá ser publicado en la página de internet de la Secretaría de Finanzas a más tardar el primer trimestre del siguiente ejercicio fiscal. i) Identificar, analizar, cuantificar, gestionar y dar seguimiento a las contingencias fiscales provenientes de contratos de APP y otras fuentes de riesgos fiscales; j) Mantener un registro de los compromisos firmes, contingentes cuantificables y de las garantías ejecutadas bajo el esquema de APP y de otras fuentes de riesgos fiscales; k) Generar la información necesaria para que todas las garantías y compromisos aceptados de proyectos de APP y cualquier otro tipo de garantías, puedan ser registrados en el SIGADE, quince (15) días calendario después de realizada la operación. l) Generar información sobre las cuotas de retribución por la inversión realizada por el Inversionista Privado conforme al Contrato y a la información obtenida del Modelo Economice Financiero, diferenciando los pagos de capital, mantenimiento rutinario y periódico, y algún otro pago especial que deba realizar el Gobierno. TITULO III DE LA INFORMACIÓN REQUERIDA

Articulo 6

Requerimientos de información: Fase 1. Anteproyecto a) A fin de dictaminar sobre el comienzo o continuación de cada uno de los proyectos bajo modelos de participación público privada, la Unidad de Contingencias Fiscales recibirá de COALIANZA, o de la entidad estructuradora designada cuando no fuere COALIANZA, el resultado de los análisis de prefactibilidad, análisis de costo-beneficio, esquemas de financiamiento. b) Los proyectos que estén sujetos a dictamen por parte de la UCF deberán estar previamente incorporados dentro del Sistema Nacional de Inversión Pública. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 13 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH c) Información requerida por la Unidad Contingencias Fiscales: 1. La descripción del proyecto y viabilidad técnica del mismo. 2. Los inmuebles y bienes necesarios para el desarrollo del Proyecto. 3. Las autorizaciones sectoriales para el desarrollo del proyecto. 4. La viabilidad legal. 5. La rentabilidad social (Análisis Costo-Beneficio Social). 6. Impacto Ambiental Estratégico, asentamientos humanos y desarrollo urbano. 7. Las estimaciones de inversión y aportaciones por parte del Gobierno. 8. La viabilidad económica y financiera. Fase 2. Licitación (previo a la precalificación de los postores) d) En la etapa de estructuración de los proyectos de APP, la UCF deberá recibir del estructurador: i) los estudios de factibilidad, ii) modelo económico financiero inicial, iii) pliegos de condiciones, sus anexos y circulares, iv) borrador de contrato, v) matriz de riesgos del proyecto, vi) borrador de Proyecto Decreto Ejecutivo. Y también, en detalle: • Análisis de Conveniencia de Realizar el Proyecto mediante el esquema de APP. • Análisis del comparador público-privado y valor por dinero. • Aportes financieros, subsidios o garantías requeridas del Estado. Fase 3. Cierre comercial e) Previo a la firma del contrato final este debe ser revisado por la UCF. • Contrato Negociado • Modelo Económico Financiero del postor • Matriz de Riesgo Fase 4. Ejecución f) En las etapas de ejecución y construcción, la UCF deberá recibir anualmente de la entidad que actúe como Concedente del proyecto, antes del 31 de mayo de cada año, la programación de inversiones de manera mensual, anual y plurianual. g) En la etapa de monitoreo y seguimiento, la UCF deberá recibir del Ente Supervisor (SAPP), en los primeros 25 días de cada mes, la información de las operaciones financieras y contables de los proyectos APP, en forma consistente con los requerimientos establecidos en las Normas Internacionales de Contabilidad del Sector Público IPSAS/NICSP 32. Entre la información requerida está la ejecución de las inversiones públicas y privadas. h) A los efectos de dar cumplimiento a la pauta de techo máximo de autorización plurianual de proyectos APP dispuesto en el Marco Macro Fiscal de Mediano Plazo, la SEFIN, a través de la UCF, deberá recibir de COALIANZA, antes del 31 de mayo de cada año, las estimaciones de probables proyectos APP que se prevea realizar en los siguientes cuatro ejercicios fiscales. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 14 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH TITULO IV DE LA ESTRUCTURA ORGANIZACIONAL

Articulo 8

Organización: La estructura Orgánica de la UCF debe promover el logro de los objetivos institucionales y el cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley y que el presente Reglamento específica. Para ello, la UCF está compuesta por un Nivel Ejecutivo un Cuerpo Técnico y Operativo.

Articulo 9

Las funciones del Nivel Ejecutivo están a cargo de un Director y un Subdirector, considerados puestos de confianza, y estarán sujetos al Reglamento Interno de Personal de la SEFIN.

Articulo 10

El Cuerpo Técnico y Operativo cumple funciones en dos áreas principales: 1. Área de Análisis y Manejo de Riesgos; y , 2. Área de Registro y Reporte de Obligaciones Contingentes. Los puestos de trabajo del cuerpo técnico y operativo se rigen por la Ley de Servicio Civil y su Reglamento, así como por el Reglamento Interno de la SEFIN.

Articulo 11

Funciones del Nivel Ejecutivo – Director y Subdirector. Son funciones del Director y Subirector: a) Supervisar las actividades desarrolladas por las dos áreas principales que conforman la UCF; b) Ejercer en forma directa todas las funciones vinculadas con las Relaciones Interinstitucionales de la UCF, incluyendo: - Mantener relaciones de interacción, fuera y dentro de la SEFIN, con todas aquellas oficinas e instituciones públicas y privadas que provean de insumos para el mejor logro de los objetivos de la UCF; - Mantener relaciones de interacción, fuera y dentro de la SEFIN, con todas aquellas oficinas e instituciones públicas que sean usuarias de los resultados de los análisis de la UCF; y, - Participar de toda actividad de negociación que deba realizar la UCF. c) Seleccionar los proyectos que pueden ser ejecutados bajo el esquema de APP, en base al análisis de la capacidad presupuestaria, que se realizará con la colaboración de las Direcciones de Política Macro-fiscal y Presupuesto; y de la evaluación de los estudios técnicos; d) Analizar, revisar y autorizar los dictámenes que emita la UCF respecto de los contratos de proyectos de APP, el otorgamiento de avales, fianzas y garantías financieras o no financieras para proyectos de APP y/o cualquier otra modalidad, conforme a la normativa vigente; e) Analizar, revisar y autorizar los dictámenes que emita la UCF autorizando o desautorizando el comienzo y/o la continuidad de cada proyecto de APP; f) Asesorar respecto de la pertinencia o no, de modificar el límite establecido por la Ley de APPs para los compromisos firmes y contingentes cuantificables asumidos por el Estado en contratos de APPs; Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 15 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH g) Participar, organizar y supervisar la organización de eventos de capacitación interna y externa, en materia de riesgos fiscales; y, h) Supervisar y aprobar los reportes de Contingencias Fiscales, ya sea de difusión interna o externa, que la SEFIN autorice a realizar. i) El Subdirector sustituirá al Director en ausencia de éste.

Articulo 12

Área de Análisis y Manejo de Riesgos. Son funciones del Área de Análisis y Manejo de Riesgos: a) Analizar y evaluar la información y estudios remitidos por COALIANZA y otras fuentes, de los proyectos previamente incluidos en el SNIP, a los efectos de brindar opinión sobre la viabilidad de los proyectos de APPs, tanto en su inicio como a lo largo de su desarrollo; b) Identificar los proyectos que pueden ser ejecutados bajo el esquema de APP, en base al análisis de la capacidad presupuestaria, que se realizará con la colaboración de las Direcciones de Política Macro-fiscal y Presupuesto; y de la evaluación de los estudios técnicos. c) Elaborar y proponer herramientas y metodologías para la identificación, análisis y cuantificación de las contingencias fiscales originadas en proyectos APPs. d) Identificar, analizar y cuantificar las contingencias fiscales provenientes de contratos de APP; e) Preparar los dictámenes para la autorización/ desautorización del comienzo y/o la continuidad de cada proyecto APP; dichos dictámenes serán evaluados y supervisados por el Director de la UCF o el Subdirector en ausencia de éste, para luego ser remitidos al titular de la SEFIN para su firma. f) Emitir opinión sobre los contratos de proyectos de APP en sus distintas etapas conforme a la normativa vigente; g) Evaluar y monitorear los riesgos fiscales de los proyectos APP, tanto durante su procesamiento como con posterioridad a su adjudicación; h) Elaborar y proponer herramientas y metodologías para la identificación, análisis y cuantificación de las contingencias fiscales –ya sea explícitas o implícitas- originadas en riesgos diferentes a proyectos APPs; i) Identificar, analizar y cuantificar las contingencias fiscales provenientes de riesgos no originados en proyectos APPs; j) Monitorear los riesgos fiscales provenientes del otorgamiento de avales, fianzas, garantías financieras y no financieras y otras fuentes distintas de proyectos APP; k) Proponer políticas y planes de mitigación para contribuir en el manejo de los riesgos fiscales provenientes de proyectos APP y de otras fuentes de riesgo fiscal. El Área de Análisis y Manejo de Riesgos contará con dos coordinadores, cuyas responsabilidades se asignan de acuerdo con el riesgo a evaluar (“Coordinador de Riesgos de APP” y “Coordinador de Otros Riesgos”), y un Asesor Legal. El Coordinador de Riesgos de APP estará a cargo de liderar las tareas relacionadas con el análisis de riesgos de APP y supervisar la labor tanto del Especialista en Estructuración de APP como de Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 16 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH los Analistas de Riesgos de APP. El Coordinador de Otros Riesgos, estará a cargo de liderar las tareas relacionadas al análisis de otros riesgos fiscales y supervisar el trabajo del/los Analista/s a su cargo. El asesor legal apoyará a los coordinadores y analistas de riesgos de ambas áreas, brindando asesoramiento sobre cualquier cuestión legal que pudiera estar involucrada. Sus funciones también podrán ser requeridas por el Área de Relacionamiento Interinstitucional en sus negociaciones, cuando éste entre en operación, si así fuera necesario. El Área de Análisis y Manejo de Riesgos contará también con un profesional con conocimientos en la preparación y manejo de modelos matemáticos/econométricos sobre los que se basarán las estimaciones de los pasivos contingentes, quien depende directamente de ambos coordinadores de área. Se prevé, además, la colaboración de un Experto en Finanzas que apoyará en la gestión y manejo de riesgos fiscales.

Articulo 13

Área de Registro y Reporte de Obligaciones Contingentes. Son funciones del Área de Registro y Reporte de Obligaciones Contingentes: a) Mantener un registro de los compromisos firmes, contingentes cuantificables y de las garantías ejecutadas bajo el esquema de APP y de otras fuentes de riesgos fiscales; b) Proveer la información requerida sobre Riesgos Fiscales; c) Generar la información necesaria para que todas las garantías y compromisos aceptados de proyectos de APP y cualquier otro tipo de garantías, puedan ser registrados en el SIGADE; y, d) Preparar los reportes de pasivos contingentes, ya sea de difusión interna o externa, que la SEFIN autorice realizar. El Área de Registro y Reporte de Obligaciones Contingentes estará constituida por un Contador o profesional con conocimientos de economía o actuariales, responsable de llevar a cabo las funciones especificadas en este Artículo.

Articulo 14

El detalle de la Estructura Institucional se presenta en Anexo No.2. TITULO V DISPOSICIONES FINALES

Articulo 15

Vigencia. El presente Reglamento entrará en vigencia a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial “La Gaceta”. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. WILFREDO CERRATO RODRIGUEZ SECRETARIO DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS CESAR ALCERRO GUNERA SECRETARIO GENERAL SECRETARÍA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 17 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Referencias: – Relación de Dependencia Relación de Coordinación ANEXO 1 Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 18 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH 1/ Solicitud: 34349-15 2/ Fecha de presentación: 27-8-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: Advanced Drainage Systems, Inc. (una Corporación de Delaware) 4.1/ Domicilio: 4640 Trueman Boulevard, Hilliard, Ohio 43026, U.S.A. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Estados Unidos de América. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: INSERTA TEE INSERTA TEE 6.2/ Reivindicaciones: Se protege la denominación en formato negrita. 7/ Clase Internacional: 11 8/ Protege y distingue: Accesorios de plomería, es decir, grifos y conexiones. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18-09-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 O., 6 y 23 N. 2015. ________ 1/ Solicitud: 2015-6409 2/ Fecha de presentación: 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ANASAC INTERNATIONAL CORPORATION, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle Elvira Méndez No. 10, edificio Interseco, 3 piso, Ciudad de Panamá - Panamá. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Panamá. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: SCANNER SCANNER6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos para la destrucción de animales dañinos, insecticidas, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 20-02-2015 12/ Reservas: Abogado FRANKLIN OMAR LÓPEZ SANTOS Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 O., 6 y 23 N. 2015. ________ 1/ Solicitud: 14-40058 2/ Fecha de presentación: 10-11-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle 80, No. 78B - 201, Barranquilla, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Colombia. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: COLMED INTERNATIONAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18/11/2014 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 O., 6 y 23 N. 2015. COLMED INTERNATIONAL 1/ Solicitud: 14-40054 2/ Fecha de presentación: 10-11-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle 80, No. 78B - 201, Barranquilla, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Colombia. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: COLMED 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 35 8/ Protege y distingue: Publicidad, gestión de negocios comerciales, administración comercial, trabajos de oficina. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18/11/14 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 O., 6 y 23 N. 2015. COLMED ________ 1/ Solicitud: 14-40059 2/ Fecha de presentación: 10-11-14 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE SERVICIO A.- TITULAR 4/ Solicitante: PROCAPS, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle 80, No. 78B - 201, Barranquilla, Colombia. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Colombia. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: COLMED INTERNATIONAL 6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 44 8/ Protege y distingue: Servicios médicos, servicios veterinarios, tratamientos de higiene y de belleza para personas o animales, servicios de agricultura, horticultura y silvicultura. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 18/11/14 12/ Reservas: Abogada LESBIA ENOE ALVARADO BARDALES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 O., 6 y 23 N. 2015. COLMED INTERNATIONAL ________ 1/ Solicitud: 27393-2015 2/ Fecha de presentación: 08-07-2015 3/ Solicitud de registro de: MARCA DE FÁBRICA A.- TITULAR 4/ Solicitante: ANASAC INTERNATIONAL CORPORATION, S.A. 4.1/ Domicilio: Calle Elvira Méndez No. 10, edificio Interseco, 3 piso, Ciudad de Panamá - Panamá. 4.2/ Organizada bajo las leyes de: Panamá. B.- REGISTRO EXTRANJERO 5/ Registro básico: 5.1/ Fecha: 5.2/ País de origen: 5.3/ Código país: C.- ESPECIFICACIONES DE LA DENOMINACIÓN 6/ Denominación y 6.1/ Distintivo: ANASAC ANASAC6.2/ Reivindicaciones: 7/ Clase Internacional: 05 8/ Protege y distingue: Productos para la destrucción de animales dañinos, fungicidas, herbicidas. 8.1/ Página adicional. D.- APODERADO LEGAL 9/ Nombre: JORGE OMAR CASCO ZELAYA E.- SUSTITUYE PODER 10/ Nombre: USO EXCLUSIVO DE LA OFICINA Lo que se pone en conocimiento público para efectos de ley correspondiente. Artículo 88 de la Ley de Propiedad Industrial. 11/ Fecha de emisión: 05-08-15 12/ Reservas: Abogada EDA SUYAPA ZELAYA VALLADARES Registrador(a) de la Propiedad Industrial 22 O., 6 y 23 N. 2015. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 19 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH (E.N.A.G.) PBX: 2230-3026. Colonia Miraflores Sur, Centro Cívico Gubernamental Tels.: 2230-6767, 2230-1120, 2291-0357 y 2291-0359 Avance El Diario Oficial La Gaceta circula de lunes a sábado Próxima Edición Suplementos ¡Pronto tendremos! A) Suplemento Corte Suprema de Justicia. CENTROS DE DISTRIBUCIÓN: LA CEIBA SAN PEDRO SULA CHOLUTECA La Ceiba, Atlántida, Salida a Puerto Cortés, Centro Comercial Choluteca, Choluteca, barrio Solares Nuevos, Ave. Colón, “Los Castaños”. barrio La Esperanza, calle edificio Pina, 2a. planta, Aptos. Teléfono: 25519910. principal, costado Oeste A-8 y A-9 del Campo AGACH Tel.: 443-4484 Tel.: 782-0881 Nombre: Dirección: Teléfono: Empresa: Dirección Oficina: Teléfono Oficina: Remita sus datos a: precio unitario: Lps. 15.00 Suscripción Lps. 2,000.00 anual, seis meses Lps. 1,000.00 Suscripciones: La Gaceta está a la vanguardia de la tecnología, ahora ofreciendo a sus clientes el servicio en versión digital a nivel nacional e internacional en su página web www.lagaceta.hn Para mayor información llamar al Tel.: 2230-1339 o al correo: gacetadigitalhn@gmail.com Contamos con: 1. Suscripción por seis meses Lps. 1,000.00 2. Suscripción por 1 año Lps. 2,000.00 3. Servicio de consulta en línea. 1) Acuerda: Convalidar las acciones ejecutadas por la ciudadana ENMA ESTHER ELVIR CHACÓN, en la Jefatura de Consolidación Familiar, desde el día 19 de agosto del año 2015. Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 20 of 32 -- UDI -DEGT-UNAH Sección B Avisos Legales Sección “B” CERTIFICACIÓN El infrascrito, Secretario General de la Secretaría de Estado en los Despachos de Derechos Humanos, Justicia, Gobernación y Descentralización. CERTIFICA. La Resolución que literalmente dice: “

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