Acuerdo Municipal No. 071-2014 — Aprobación del Reglamento de Catastro del Distrito Central
- Decreto: 071-2014
- Categoria: Municipal
Considerandos
Que la Corporación Municipal es el órgano deliberativo del Distrito Central y tiene entre sus atribuciones crear, reformar y derogar los instrumentos normativos locales de conformidad con la Ley de Municipalidades.
Que ha venido al conocimiento y aprobación de la Honorable Corporación Municipal el anteproyecto de Reglamento de Catastro, en el que se describen los bienes inmuebles rurales, urbanos y de características especiales tal y como se definen en el mismo, el cual fue turnado a la Comisión de Ordenamiento Territorial y Movilidad Urbana, para su respectiva revisión.
Que una vez analizado y discutido el mismo, el Pleno Corporativo por unanimidad de votos aprobó el Reglamento de Catastro, en el cual se hace la descripción catastral de los bienes inmueble comprenderá sus características físicas, económicas y jurídicas, entre las que se encontrará la localización y la clave catastral, la superficie, el uso, la calidad de construcciones, la representación gráfica, el valor catastral y el titular catastral.
Texto completo
ACUERDO No. 071.- CONSIDERANDO: Que la Corporación Municipal es el órgano deliberativo del Distrito Central y tiene entre sus atribuciones crear, reformar y derogar los instrumentos normativos locales de conformidad con la Ley de Municipalidades.
CONSIDERANDO: Que ha venido al conocimiento y aprobación de la Honorable Corporación Municipal el anteproyecto de Reglamento de Catastro, en el que se describen los bienes inmuebles rurales, urbanos y de características especiales tal y como se definen en el mismo, el cual fue turnado a la Comisión de Ordenamiento Territorial y Movilidad Urbana, para su respectiva revisión.
CONSIDERANDO: Que una vez analizado y discutido el mismo, el Pleno Corporativo por unanimidad de votos aprobó el Reglamento de Catastro, en el cual se hace la descripción catastral de los bienes inmueble comprenderá sus características físicas, económicas y jurídicas, entre las que se encontrará la localización y la clave catastral, la superficie, el uso, la calidad de construcciones, la representación gráfica, el valor catastral y el titular catastral.
POR TANTO: La Honorable Corporación Municipal del Distrito Central, en uso de sus atribuciones y en aplicación de los Artículos 296 de la Constitución de la República; 13, Numeral 2, 25 Numeral 1 y 65 de la Ley de Municipalidades; 13 del Reglamento General de la Ley
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