Reglamento — Reglamento para la Zona de Pozos de Sunseri
- Publicación: 28 de diciembre de 2019
- Gaceta: 35,135
- Categoria: Municipal
Articulo 9
Reglamento — Reglamento para la Zona de Pozos de Sunseri
En la Zona de Uso Especial-Suelos de Protección Aguas Pluviales (ZE-PF) está permitido: 1. El diseño de parques que contemplen calles, caminos, aceras, zonas apergoladas, lagunas artificiales, actividad comercial ambulante ocasional, estructuras livianas y desmontables, así como jardines. De preferencia promover el uso de materiales biodegradables como el bambú, la madera y otros. 2. La instalación de sistemas de agua potable, aguas lluvias e instalación de sistemas de electricidad será previa autorización y supervisión de la municipalidad y del operador de los sistemas cuando aplique. En la Zona de Uso Especial-Suelos de Protección Aguas Pluviales Grado 1 (ZE-PF1) está permitido: 1. La perforación de pozos e instalación de sistemas de agua potable, aguas lluvias e instalación de sistemas de electricidad será previa autorización y supervisión B . 460
L a G a c e ta de la Municipalidad y del operador de los sistemas cuando aplique. Las normas de diseño y la utilización de materiales no contaminantes al medio ambiente se describen en el Capítulo VIII de este reglamento y queda terminantemente prohibida la utilización de los materiales mencionados en lista como perjudiciales al medio ambiente.
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