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28 de diciembre de 2019Vigente

Reglamento — Reglamento para la Zona de Pozos de Sunseri

  • Publicación: 28 de diciembre de 2019
  • Gaceta: 35,135
  • Categoria: Municipal

Articulo 67

Reglamento — Reglamento para la Zona de Pozos de Sunseri

Articulo 67.-

Una vez aprobado este reglamento, la Corporación Municipal deberá consensuar (acuerdo mutuo) con la Concesionaria la incorporación de esta zona dentro del ámbito territorial del Contrato de Concesiones previo entrega del Plan de Desarrollo(Agua potable y Alcantarillado Sanitario) de Zona Especial en un término de un 1 año como máximo, de no cumplir lo establecido la concesionaria, será la Municipalidad por medio de la Gerencia de infraestructura quien formulará y creará el Plan de Desarrollo de zona especial para brindar la infraestructura necesaria para los servicios públicos.

Notas

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