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28 de diciembre de 2019Vigente

Reglamento — Reglamento para la Zona de Pozos de Sunseri

  • Publicación: 28 de diciembre de 2019
  • Gaceta: 35,135
  • Categoria: Municipal

Articulo 22

Reglamento — Reglamento para la Zona de Pozos de Sunseri

Articulo 22.-

La Dirección de Urbanismo, el Departamento de Catastro Municipal y el Departamento de Movilidad Urbana, efectuarán un registro de todas las vías existentes y proyectadas del Sistema vial oficial de esta zona, indicando su nombre, nomenclatura, longitud y ancho del derecho de vía. Todas las vías existentes y proyectadas si aplican, deberán inscribirse en el Instituto de la Propiedad local a nombre de la Municipalidad. CAPÍTULO VII. URBANIZACIONES

Notas

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