VigenteCategoria: Civil y Familia
Decreto No. 003-2015 | 2 de enero de 2015

Acuerdo Ejecutivo No. 003-2015 — Convalidación de actos y delegación de funciones en materia de adopciones

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Resumen

Este acuerdo permite que Lourdes Geraldina Lagos Flores, como Gerente de Adopciones, firme documentos oficiales de adopciones (informes, actas, dictámenes) que antes solo podía firmar la Directora. Valida todos sus actos desde noviembre 2014 y la responsabiliza por sus decisiones. Busca agilizar los trámites de adopción en Honduras.

Considerandos

  1. 1.Que la delegación de funciones se ha concebido con el propósito de hacer ágil la toma de decisiones y favorecer la tramitación de las peticiones de los interesados.
  2. 2.Que por el principio de la desconcentración de los procesos decisorios, se entiende la transferencia de facultades de gestión y resolución hacia niveles de jerarquía inferior de las entidades públicas.
  3. 3.Que la Administración podrá convalidar los actos anulables subsanando los vicios de que adolezcan.
  4. 4.Que el acto de convalidación producirá efecto desde su fecha y si el vicio consistiera en la falta de alguna autorización podrán ser convalidados mediante el otorgamiento de la misma por el órgano competente.
  5. 5.Que el Artículo 4, párrafo segundo, de la Ley de Procedimiento Administrativo establece que el superior podrá delegar el ejercicio de sus funciones para asuntos concretos, siempre que la competencia sea atribuida genéricamente al ramo de la Administración de que forman parte el superior y el inferior.
  6. 6.Que el acto de delegación, además de indicar el órgano delegante, el objeto de la delegación y el órgano delegado, podrá contener instrucciones obligatorias para éste, en materia procedimental. En los actos dictados por delegación, se expresará esta circunstancia y se entenderán adoptados por el órgano delegante. No obstante, la responsabilidad que se derivare de la emisión de los actos, será imputable al órgano delegado.

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