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Decreto No. 280-2015 | 23 de julio de 2015 | Congreso Nacional

Acuerdo Ejecutivo No. 280-2015 — Ampliación de espacio presupuestario para instituciones de la Administración Central y Resto del Sector Público

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Resumen

Este acuerdo del Presidente autoriza aumentar el presupuesto de instituciones públicas en 114 millones de lempiras mediante préstamos, trasladando fondos disponibles de otras instituciones que no los utilizarán. También permite reasignar 30 millones de lempiras de gastos de capital a gastos corrientes en distintos proyectos de la Administración Central.

Considerandos

  1. 1.Que es atribución del Presidente de la República, conforme manda el Artículo 245 de la Constitución de la República, administrar la Hacienda Pública, dictar medidas extraordinarias en materia económica y financiera cuando así lo requiera el interés nacional, dirigir la Política Económica y Financiera del Estado, crear y mantener los servicios públicos y tomar las medidas necesarias para el buen funcionamiento de los mismos.
  2. 2.Que el Presidente de la República tiene a su cargo la Administración General del Estado y la suprema dirección y coordinación de la Administración Pública Centralizada y Descentralizada pudiendo en el ejercicio de sus funciones actuar por sí o en Consejo de Secretarios de Estado.
  3. 3.Que varias instituciones requieren utilizar recursos provenientes de préstamos adicionales al Presupuesto Aprobado para 2015 y que de acuerdo a las Disposiciones Generales de Presupuesto para el año 2015, en su Artículo 33 párrafo segundo literalmente expresa: “que en el caso de los recursos de préstamos (Fuente 21) deberán contar previamente con el Dictamen Favorable del Comité definido por la Secretaría de Finanzas”, mismo que ha procedido a analizar y dictaminar favorablemente las solicitudes propuestas por las instituciones identificando los recursos de esta fuente en otras instituciones que no utilizarán la totalidad de los mismos y que servirán para financiar lo solicitado. Según Memorando No. 4 y Nota Técnica No. 4.
  4. 4.Que con el propósito de eficientar el uso de los recursos y no incrementar innecesariamente el Presupuesto de Crédito Externo Aprobado por el Congreso Nacional y tomando en cuenta lo establecido en las Normas Técnicas del Subsistema de Presupuesto, se efectuarán traslados para la Administración Central por L. 114,109,340.00 (CIENTO CATORCE MILLONES CIENTO NUEVE MIL TRES- CIENTOS CUARENTA LEMPIRAS EXACTOS), para ser ejecutados por el programa de Mitigación de Desastres Naturales en el Distrito Central (BCIE-2062) y traslados entre Instituciones del Resto del Sector Público por L.114,109,340.00 (CIENTO CATORCE MILLONES CIENTO NUEVE MIL TRES- CIENTOS CUARENTA LEMPIRAS EXACTOS), para mantener el equilibrio entre las Instituciones del Sector Público. CONSIDERANDO: Realizar los ajustes necesarios con el propósito de efectuar los traslados presupuestarios de asignaciones de gastos de capital para el financiamiento de gasto corriente en las Instituciones de la Administración Central por un monto de L.30,251,402.00 (TREINTA MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DOS LEMPIRAS EXACTOS), mismos que serán ejecutados por diferentes proyectos.

Articulos

Articulo 33

párrafo segundo literalmente expresa: “que en el caso de los recursos de préstamos (Fuente 21) deberán contar previamente con el Dictamen Favorable del Comité definido por la Secretaría de Finanzas”, mismo que ha procedido a analizar y dictaminar favorablemente las solicitudes propuestas por las instituciones identificando los recursos de esta fuente en otras instituciones que no utilizarán la totalidad de los mismos y que servirán para financiar lo solicitado. Según Memorando No. 4 y Nota Técnica No. 4. CONSIDERANDO: Que con el propósito de eficientar el uso de los recursos y no incrementar innecesariamente el Presupuesto de Crédito Externo Aprobado por el Congreso Nacional y tomando en cuenta lo establecido en las Normas Técnicas del Subsistema de Presupuesto, se efectuarán traslados para la Administración Central por L. 114,109,340.00 (CIENTO CATORCE MILLONES CIENTO NUEVE MIL TRES- CIENTOS CUARENTA LEMPIRAS EXACTOS), para ser ejecutados por el programa de Mitigación de Desastres Naturales en el Distrito Central (BCIE-2062) y traslados entre Instituciones del Resto del Sector Público por L.114,109,340.00 (CIENTO CATORCE MILLONES CIENTO NUEVE MIL TRES- CIENTOS CUARENTA LEMPIRAS EXACTOS), para mantener el equilibrio entre las Instituciones del Sector Público. CONSIDERANDO: Realizar los ajustes necesarios con el propósito de efectuar los traslados presupuestarios de asignaciones de gastos de capital para el financiamiento de gasto corriente en las Instituciones de la Administración Central por un monto de L.30,251,402.00 (TREINTA MILLONES DOSCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS DOS LEMPIRAS EXACTOS), mismos que serán ejecutados por diferentes proyectos. POR TANTO: En aplicación de los Artículos 245) numerales 2 y 11 de la Constitución de la República; 118) y 119) de la Ley General de la Administración Pública; 22) numeral 8 y 12 de la Ley para Optimizar la Administración Pública, Mejorar los Servicios y la Ciudadanía y Fortalecimiento de la Transparencia en el Gobierno y Artículos 33 y 90 de las Disposiciones Generales del Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República Ejercicio Fiscal 2015-Decreto 140-2014. A C U E R D A:

Articulo 1

Ampliar el espacio presupuestario por la suma de L. 114,109,340.00 a la Institución de la Administración Central siguiente: Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 1 of 84 -- UDI -DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 2 of 84 -- UDI -DEGT-UNAH Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 3 of 84 -- UDI -DEGT-UNAH

Articulo 3

Ampliar el espacio presupuestario por la suma de L. 114,109,340.00 al Resto del Sector Público:

Articulo 4

Las estructuras mencionadas en el Artículo 3, serán financiadas de la disminución del espacio presupuestario de la estructura presupuestaria siguiente: Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 4 of 84 -- UDI -DEGT-UNAH

Articulo 7

El presente Acuerdo es de ejecución inmediata se extiende el presente a los nueve días del mes de junio de 2015, en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central. COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE. JUAN ORLANDO HERNÁNDEZ PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA ROCIO IZABEL TÁBORA SECRETARIA DE ESTADO EN EL DESPACHO DE FINANZAS, POR LEY ACUERDO DE DELEGACIÓN 279-2015

Articulo 5

Realizar los ajustes necesarios para efectuar los traslados de asignaciones para gasto de capital con el fin de ejecutarse en gasto corriente de diferentes proyectos de la Administración Central: Procesamiento Técnico Documental Digital UDI-DEGT-UNAH Derecho Reservados ENAG -- 5 of 84 -- UDI -DEGT-UNAH Secretaría de Finanzas

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