Ley_TIGRES_2013
Resumen
Esta ley crea TIGRES, una unidad especial de la Policía Nacional que coordina acciones de múltiples instituciones del Estado (jueces, fiscales, fuerzas armadas) para combatir la delincuencia y mejorar la seguridad pública. Beneficia a los ciudadanos mediante operaciones de inteligencia e investigación coordinadas, y sus miembros reciben capacitación especial, evaluaciones de confianza y un 30% de prima salarial adicional por el riesgo de su trabajo.
Considerandos
- 1.Que la protección de la vida e integridad de la persona humana en toda su dimensión, es función esencial del Estado.
- 2.Que la crisis de seguridad que actualmente vive el país pone de manifiesto la necesidad de un trabajo coordinado e interinstitucional compuesto por varias instituciones del Estado, especialmente a lo relacionado con la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad.
- 3.Que la puesta en marcha de la Estrategia Interinstitucional de Seguridad, es un pilar clave en el que se pretenden unir los esfuerzos conjuntos entre todas las instituciones del Estado, en la búsqueda de un trabajo integral en equipo, que identifique todas las capacidades operativas, investigativas, judiciales y de inteligencia, con elfinde tener una respuesta efectiva que ataque de manerafrontaly definitiva los principales focos de inseguridad que vive el país.
- 4.Que es facultad del Congreso Nacional crear, decretar, interpretar, reformar y derogar las leyes.
- 5.Que el Instituto de Conservación Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), es el ent encargado de administrar el recurso forestal público para garantizar su manejo racional y sostenible, regulando y controlando el recurso forestal privado para garantizar su manejo sostenible.
- 6.Que es un principio básico del régime forestal, el acceso y la participación de la población en el manej sostenible de los recursos forestales públicos, de las áreas protegidas y vida silvestre, proporcionando la generación d mayores beneficios económicos, sociales y ambientales; as mismo, la obtención de bienes y servicios ambientales que s deriven del manejo sostenible de los recursos forestales y de las área protegidas y de la vida silvestre.
- 7.Que la producción de Bálsamo d Liquidámbar es una actividad ancestral de los pueblos indígena originarios en Honduras (Pech), que practican esta actividad desde antes de la época colonial; siendo Honduras hoy en d en el principal país abastecedor de este producto forestal n maderable en el mercado internacional. -- 6 of 6 --
Articulos
Articulo 1
La Estrategia Interinstitucional de Seguridad, es la coordinación de acciones del Estado de -- 1 of 6 -- La Gaceta Honduras que implica la participación de las instituciones del Estado en materia de seguridad y justicia, con elfinde hacer frente de manera integral a las principales amenazas contra la seguridad pública, mediante el uso de todas las capacidades humanas, investigativas, técnicas, científicas, legales y presupuestarias requeridas para su buen desempeño. La Unidad Toma Integral Gubernamental de Respuesta Especial de Seguridad, la cual se denominará por sus siglas (TIGRES), es el órgano especial de la Policía Nacional que opera bajo la Estrategia Interinstitucional de Seguridad que comprende las acciones integrales gubernamentales. Las Fuerzas Armadas de Honduras prestarán todo el apoyo que sea requerido por la Estrategia Interinstitucional de Seguridad y la Unidad TIGRES, el cual será solicitado por los conductos legales correspondientes. Esta misma disposición incluye a todas las Secretarías, instituciones autónomas, desconcentradas y descentralizadas del Estado y Municipalidades, que según la Estrategia Interinstitucional en Seguridad deban participar en el combate al delito. TITULO II FINALIDAD. FUNCIONES Y ATRIBUCIONES
Articulo 2
La Estrategia Interinstitucional de Seguridad y la Unidad TIGREStienenlasfinalidades,funciones y atribuciones siguientes: 1) Fortalecer la acción institucional del Estado en combatir de manera frontal todas las manifestaciones de inseguridad a través del desarrollo de actividades Policiales e interdisciplinarias focalizadas para el mejoramiento de los niveles de seguridad y convivencia ciudadana en Honduras. 2) Velar por la protección de las personas y sus bienes; ej ecutar las resoluciones, disposiciones, mandatos y decisiones legales. 3) Velar por la conservación del orden público, prevención, control, investigación del delito, así como el procesamiento, capturas y juzgamiento de los autores y cómplices. 4) Ejecutar de acuerdo a Ley las órdenes y disposiciones emanadas de la Dirección de la'Policía Nacional. 5) Realizar planes preventivos, disuasivos permanentes y sostenidos, así como planes de choque focalizados en puntos y sectores estratégicos de las zonas urbanas o rurales, de acuerdo con el fenómeno delincuencial de mayor afectación, con elfinde reducir el índice de criminalidad. 6) Contar con una partida presupuestaria específica dentro del presupuesto asignado a la Secretaría de Seguridad. 7) Capacitar, especializar y certificar a sus miembros de manera permanente; y, 8) Ejecutar los mandatos de la Autoridad competente, cumplir resoluciones del Ministerio Público y Órganos Judiciales.
Articulo 3
En el cumplimiento de misiones especiales de seguridad a favor de la población, la Unidad TIGRES, teniendo en cuenta la naturaleza de las tareas que se vayan a desarrollar, tendrán el acompañamiento permanente defiscalesy jueces con competencia nacional y experiencia en delincuencia organizada, los cuales deben ser asignados por las autoridades correspondientes a través del Consejo Nacional de Defensa y Seguridad para cumplir de manera exclusiva con lafinalidaddel presente Decreto.
Articulo 4
La estructura jerárquica de la Unidad TIGRES, está a cargo del Director General de la Policía Nacional basada en la ordenación de sus miembros por categorías y grados y dentro de éstos, por su antigüedad y méritos, contando co La @aceta DECANO DE LA PRENSA HONDURENA LIC. MARTHA ALICIA GARCÍA GerenteGeneral JORGE ALBERTO RICO SALINAS Coordinador y Supervisor c Mioto LN.A.G raa'Mirafíiares Teléfono/fax: Gerencia 2230-4956 iVdmínistracáón: 2230-3026 Plañí •2230-676? Plañí •2230-676? CENTRO CIVICO GUBERNAMENTAL -- 2 of 6 -- La Gaceta personal en el área de inteligencia, investigación, analistas de comunicación, operativa y comunitaria. TITULO III REQUISITOS DE INGRESO
Articulo 5
Son requisitos para ingresar a la Estrategia Interinstitucional de Seguridad y a la Unidad TIGRES: 1) Ser Funcionario activo del Poder Judicial, del Ministerio Público y de la Policía Nacional, o miembro activo de las Fuerzas Armadas para operaciones de apoyo; 2) Haber aprobado las pruebas psicométricas que acrediten su aptitud para pertenecer a ésta Estrategia Interinstitucional de Seguridad y a la Unidad TIGRES; 3) Aprobar satisfactoriamente las pruebas de Evaluación de Confianza; 4) No tener antecedentes penales ni disciplinarios vigentes; 5) Haber cursado al menos educación media y cumplir con las características físicas y de salud establecidas reglamentariamente para el caso de los miembros de la Policía Nacional; 6) Cumplir con los demás requisitos análogos establecidos reglamentariamente para los funcionarios de la Policía Nacional; y, 7) Ser miembro de las Fuerzas Armadas en estado de baja o retiro
Articulo 6
El personal debe tener las especialidades necesarias para desempeñar funciones en áreas específicas del conocimiento, en las que se requiera un mayor grado de especialización.
Articulo 7
La capacidad profesional específica de los efectivos de la Unidad TIGRES, para ejercer las competencias correspondientes a cada cargo, se determinará por las funciones y por las facultades atribuidas a su grado dentro de la institución policial. Dicha capacidad habilita, conforme los títulos del sistema de enseñanza de la Policía Nacional y los académicos y profesionales que se posean, para el ejercicio de sus funciones 3 el desempeño de sus obligaciones, sin que sea necesario ningúr otro requisito de colegiación profesional, inscripción en registro u homologación de los citados títulos. La capacidad para desarrollar determinadas actividades podrá condicionarse reglamentariamente por "la posesión d especialidades, aptitudes u otros títulos y calificaciones; h reglamentación será responsabilidad de la Secretaría de Esta en el Despacho de Seguridad. TITULO IV DE LOS ORGANOS DE LA ESTRATEGIA INTERINSTITUCIONAL DE SEGURIDAD Y DE LA UNIDAD TIGRES
Articulo 8
El Director de la Unidad TIGRES, será oficial activo de la escala ejecutiva con el grado de Comisionado nombrado por el Director General de la Policía Nacional, jerárquicamente dependerá de la Subdirección General de Policía Nacional. El Director de la Unidad TIGRES será encargado del mando, control y dirección; con funciones responsabilidades de administración y gestión operativa del mism así como la facultad de aplicar los procedimientos disciplinario que correspondan a todo su personal, sin perjuicio de las demá funciones contempladas en la presente Ley y su reglamento. En caso de ausencia temporal, el Director será sustituido p el oficial de mayor grado y antigüedad que le suceda dentro de Unidad.
Articulo 9
El Director de la Unidad TIGRES, conta con un.Consejo Asesor, el cual estará integrado por el Oficial mayor grado encargado de la parte operativa, el Oficial de mayo grado encargado de la parte investigativa y el Oficial de mayo grado encargado de la parte de inteligencia, todos ellos miembro de la unidad, un representante de los jueces destacados y u representante de los fiscales destacados en la Estrategi Interinstitucional de Seguridad. Los jueces yfiscalesasignados a la Estrategia Interinstitucion de Seguridad realizarán sus funciones de conformidad a las ley del Órgano o poder respectivo y con competencia y jurisdiccio en todo el país. Su accionar se llevará a cabo dentro de la estrate -- 3 of 6 -- La Gaceta y acciones tomadas en el Consejo Asesor en el marco de la Estrategia Interinstitucional de Seguridad que coordinará el Director de la Unidad TIGRES.
Articulo 10
El Concejo Asesor cumplirá las siguientes funciones: 1) Reunirse quincenalmente, con elfinde evaluar los resultados obtenidos; 2) Proyectar en ésta misma reunión, de manera específica y detallada, las actividades a desarrollar mediante la adopción de un programa metodológico con resultados medibles; 3) Definir los problemas prioritarios de seguridad en los cuales se deberán enfocar todos los esfuerzos; y, 4) Socializar estrategias de seguridad con los Directores estratégicos y Comandantes de departamentos de Policía, que permitan contrarrestar la incidencia delincuencial presente en cada una de sus jurisdicciones.
Articulo 11
Para desempeñar el cargo de Director de la Unidad TIGRES, se requiere cumplir con los requisitos siguientes: 1) Ser hondureño(a) por nacimiento; 2) Estar en situación de activo en la categoría al menos de Oficial Ejecutivo con el grado de Comisionado; 3) Con reconocida trayectoria y hoj a de vida intachable; 4) Con competencias propias y específicas para orientar procesos en inteligencia, investigación criminal y operaciones policiales; y, 5) Aprobar satisfactoriamente las pruebas de evaluación y de confianza. En la selección de dichos cargos se debe tomar en cuenta, el orden, los méritos, el liderazgo demostrado y los resultados obtenidos en la carrera policial.
Articulo 12
El Director de la Unidad TIGRES desarrollará un programa metodológico basado en fases operativas para articular las capacidades institucionales y la coordinación y desarrollo de las actividades dispuestas, se realizará una mesa de trabajo de manera inmediata a la conformación de la Unidad TIGRES la que estará bajo la responsabilidad del Director General de la Policía Nacional.
Articulo 13
El Director General de la Policía Nacional, con el presupuesto asignado, ordenará de manera inmediata la conformación de la Unidad TIGRES conforme lo establecido en esta Ley, le dotará de los uniformes reglamentarios, chalecos antibalas, armamento de dotación, instalaciones adecuadas, parque vehicular, equipos de comunicación y de. alta tecnología para cumplir su misión. Para este caso podrá pedir auxilio al Consejo Nacional de Defensa y Seguridad a través del Secretario de Seguridad para que se ordene al Fideicomiso del Fondo de Seguridad Poblacional la dotación del equipo requerido. TITULO V DE LOS MIEMBROS DE LA UNIDAD TIGRES CAPITULO I DE LA FORMACIÓN Y ENSEÑANZA
Articulo 14
El sistema de formación y enseñanza de la Unidad TIGRES, es concebido de acuerdo con los principios de la Constitución de la República, los Tratados y Convenios Internacionales en Derechos Humanos, basado en el respeto de los derechos y libertades reconocidos en tales instrumentos legales, y tiene como finalidad la formación integral, la capacitación profesional y específica de quienes han de integrarse, y la permanente actualización de sus conocimientos en los ámbitos científico, técnico, comunitario, operacional y de administración de recursos. Todo ello para el eficaz desempeño de las funciones asignadas.
Articulo 15
El proceso de capacitación y reentrenamiento del personal integrante de la Unidad TIGRES, se debe realizar de manera continua y estará sometido a un proceso permanente de evaluación y certificación. -- 4 of 6 -- CAPITULO II HISTORIAL PROFESIONAL Y EVALUACIONES
Articulo 16
El Director de la Unidad TIGRES, llevará ín registro individual del personal, que contendrá el historial jrofesional de todos los miembros, en el se a n o t a r á n las actividades le su desempeño institucional y evaluación policial.
Articulo 17
Las incidencias profesionales de los niembros de la Unidad TIGRES, quedarán reflejadas en su listorial profesional individual, de uso confidencial, que c o n s t a r á le los documentos siguientes: ) Hoja de servicios; l) Colección de informes personales; \ Expediente a c a d é m i c o ; y, \ Expediente de aptitudfísicay psicológica. En el historial profesional nofiguraráningún dato relativo' a )rigen, etnicidad, religión, opinión o cualquier otra condición o •ircunstancia personal, familiar o social, que pudiera constituir :ausa de discriminación. Toda la información referente a los miembros de la Unidad TIGRES, deberá obrar en soportes electrónicos o digitales lebidamente protegidos y debe ser una información clasificada r estrictamente confidencial.
Articulo 18
Lo relacionado al contenido de la hoja de ervicios, colección de informes personales, expediente tc a d é m ic o , evaluación y expediente de aptitudfísicay psicológica, eran establecidos en el Reglamento que debe elaborar la Secretaria de Estado en el Despacho de Seguridad en el término |ue lefijaesta Ley. CAPITULO III PERMANENCIA EN EL PLAN DE INTERVENCION Y EN LA UNIDAD TIGRES
Articulo 19
Sin perjuicio de las disposiciones ontenidas en la presente Ley, los miembros de la Estrategia nterinstitucional de Seguridad y la Unidad TIGRES, serán valuados de acuerdo con los p a r á m e t r o s establecidos para cada ina de sus instituciones. La aprobación de las evaluaciones de desempeño determinará la permanencia en la Estrategia Interinstitucional de Seguridad, sin perjuicio de la aplicación de pruebas de confianza que se practiquen en forma general o selectiva a los jueces,fiscalescomo a los miembros de la Unidad TIGRES.
Articulo 20
Si como consecuencia de la realización de las pruebas relacionadas en el artículo anterior, se determina que el miembro de la Estrategia Interinstitucional de Seguridad o de la Unidad TIGRES, no aprueba las evaluaciones de confianza, médicas,físicas,psicológicas y patrimoniales, s e r á n separados del Plan Nacional Interinstitucional de Seguridad. Para los casos de la Unidad TIGRES el Director General de la Policía Nacional, ordenará la iniciación de un expediente para determinar si existe insuficiencia de facultades profesionales, a efectos de establecer la limitación para ocupar determinados destinos, o decidir el pase a retiro o la baja del servicio, s e g ú n corresponda. Lo dispuesto en este artículo se entiende sin perjuicio a lo establecido en la legislación penal correspondiente.
Articulo 21
Las competencias de la Dirección de Investigación y Evaluación de la Carrera Policial DIECP, son aplicables a los funcionarios que integran la Unidad TIGRES. Esta misma Dirección aplicará las pruebas de evaluación de confianza a los funcionarios de otras instituciones que integren la Estrategia Interinstitucional de Seguridad. TITULO VI INCENTIVOS. PRIMAS Y SALARIOS
Articulo 22
Los funcionarios pertenecientes a la Estrategia Interinstitucional de Seguridad y la Unidad TIGRES, percibirán el salario asignado en cada una de sus instituciones para el grado y cargo que desempeñan más los beneficios establecidos en el artículo siguiente. Tales funcionarios pertenecientes a la Estrategia Interinstitucional de Seguridad durante el tiempo que se desempeñen en el mismo, percibirán una prima e c o n ó m ic a adicional de desempeño, por el riesgo inherente a su cargo, consistente en el treinta por ciento A. 5 -- 5 of 6 -- La Gaceta (30%) con base en la asignación salarial básica mensual para cada uno de los grados y cargos. Los miembros de la Estrategia Interinstitucional de Seguridad y de la Unidad TIGRES durante su permanencia gozarán de un seguro de gastos médicos con cobertura familiar a cargo de la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. TITULO VII DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Articulo 23
El fideicomiso para la administración del Fondo de Protección y Seguridad Poblacional contenida en el Decreto Legislativo No. 199-2011, dotará del equipamiento necesario a la Estrategia Interinstitucional de Seguridad y a la Unidad TIGRES, previa presentación de requerimientos logísticos por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad. Posterior al requerimiento en la Unidad de la Tasa de Seguridad tenga un plazo no mayor de quince 15 días para emitir la resolución correspondiente de aprobación.
Articulo 24
TRANSITORIO.- La Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad provisionará del actual presupuesto los fondos necesarios y deberá incluir en el presupuesto anual la correspondiente partida presupuestaria para el funcionamiento de la Estrategia Interinstitucional de Seguridad y la Unidad Tigres.
Articulo 25
El Reglamento de esta Ley será elaborado y emitido por la Secretaría de Estado en el Despacho de Seguridad en un plazo de 15 días contados a partir del día de la publicación del presente Decreto.
Articulo 26
La presente Ley entrará en vigencia el día de su publicación en el Diario Oficial "La Gaceta". Dado en la ciudad de Tegucigalpa, municipio del Distrito Central, en el Salón de Sesiones del Congreso Nacional, a los diez días del mes de junio de dos mil trece. - ALBA NORA GÚNERA OSORIO PRESIDENTA GLADIS AURORA LÓPEZ CALDERÓN SECRETARIA JARIET WALDINA PAZ SECRETARIA Al Poder Ejecutivo. Por Tanto: Ejecútese. Tegucigalpa, M.D.C., 26 de junio de 2013. PORFIRIO LOBO SOSA PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA El Secretario de Estado en el Despacho de Seguridad. ARTURO CORRALES ÁLVAREZ Instituto Nacional de Conservación Desarrollo Forestal* Areas Protegidas y Vida Silvestre j ( ACUERDO NÚMERO 018-2013 ) EL INSTITUTO NACIONAL DE CONSERVACIÓN Y DESARROLLO FORESTAL, ÁREAS PROTEGIDAS Y VIDA SILVESTRE (ICF) CONSIDERANDO: Que el Instituto de Conservación Forestal, Áreas Protegidas y Vida Silvestre (ICF), es el ent encargado de administrar el recurso forestal público para garantizar su manejo racional y sostenible, regulando y controlando el recurso forestal privado para garantizar su manejo sostenible. CONSIDERANDO: Que es un principio básico del régime forestal, el acceso y la participación de la población en el manej sostenible de los recursos forestales públicos, de las áreas protegidas y vida silvestre, proporcionando la generación d mayores beneficios económicos, sociales y ambientales; as mismo, la obtención de bienes y servicios ambientales que s deriven del manejo sostenible de los recursos forestales y de las área protegidas y de la vida silvestre. CONSIDERANDO: Que la producción de Bálsamo d Liquidámbar es una actividad ancestral de los pueblos indígena originarios en Honduras (Pech), que practican esta actividad desde antes de la época colonial; siendo Honduras hoy en d en el principal país abastecedor de este producto forestal n maderable en el mercado internacional. -- 6 of 6 --