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17 de septiembre de 2026Vigente

Certificación No. 437-2026 — Certificación de Licencia de Distribuidor otorgada a Farmacéutica Internacional S.A. de C.V.

Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico

  • Decreto: 437-2026
  • Publicación: 17 de septiembre de 2026
  • Órgano emisor: Secretaría de Estado en el Despacho de Desarrollo Económico
  • Gaceta: 37,248
  • Categoria: Salud

Resumen

IAEste resumen fue generado por IA y puede contener errores. Verifica siempre con el texto original de la ley a continuacion. No constituye asesoria legal. Aprende como usamos IA

Esta resolución otorga a la empresa Farmacéutica Internacional S.A. de C.V. (FARINTER) la licencia exclusiva para distribuir 8 medicamentos oncológicos específicos en Honduras hasta septiembre de 2030. La licencia permite que FARINTER sea el único distribuidor autorizado de estos productos en el país, siempre que cumplan con las leyes sanitarias vigentes.

Texto completo

La LICENCIA DE DISTRIBUIDOR otorgada mediante Resolución número 437-2026 de fecha 18 de agosto del año 2026, mediante: CONTRATO PRIVADO DE DISTRIBUCIÓN EXCLUSIVA de fecha 23 de septiembre de 2025, que en su parte resolutivo LITERALMENTE DICE: PRIMERO: Declarar CON LUGAR la solicitud de LICENCIA DE DISTRIBUIDOR, presentada por el Abogado JUAN DE DIOS SALOMON LANDA, inscrito en el Colegio de Abogados de Honduras bajo el No. 32633, quien actúa en su condición de Apoderado Legal de la Sociedad Mercantil FARMACÉUTICA INTERNACIONAL, S. A. DE C. V. (FARINTER, S. A. DE C. V.), con RTN: 08019003242474, con domicilio en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, en el Departamento de Francisco Morazán. SEGUNDO: Otorgar la licencia de DISTRIBUIDOR a la Sociedad Mercantil FARMACÉUTICA INTERNACIONAL, S. A. DE C. V. (FARINTER, S. A. DE C. V.), como concesionaria de la sociedad concedente ZUVIUS LIFESCIENCES PRIVATE LTD., de nacionalidad india, en forma EXCLUSIVA, por tiempo DEFINIDO HASTA EL 30 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2030, dentro del territorio de Honduras, para la comercialización y distribución de los siguientes productos: 1. Vincristine 1mg. 2. APREPITANTCOMBI PACK 125mg/80mg. 3. Cisplatin 50 mg. 4. Doxorubicin 10 mg. 5. Doxorubicin 50 mg. 6. Leucovorin Calcicum 50 mg. 7. Methotrexate 2.5 mg. 8. Methotrexate 50 mg/2ML INY. TERCERO: Los productos deberán cumplir con la legislación en materia sanitaria vigente en el país. Esta Certificación no surtirá efecto legal alguno, si la misma no es publicada en el Diario Oficial La Gaceta y registrada en la Dirección General de Sectores Productivos de esta Secretaría de Estado.(F) y (S) FERNANDO ANTONIO FORTÍN MACÍAS, Subsecretario de Estado en el Despacho de Desarrollo Empresarial y Comercio Interior. Delegado mediante Acuerdo No. 013-2026. (F) y (S) MARIANO TORRES FLORES, Secretario General. Para los fines que el interesado convenga, se extiende la presente en la Ciudad de Tegucigalpa, Municipio del Distrito Central, a los veinticinco (25) días del mes de agosto del año dos mil veintiséis (2026). MARIANO TORRES FLORES Secretario General 17 S. 2026

La G aceta

Sección B A v isos L egales R E P Ú BLICA D E H O N D U R A S - T E G U C I G A L P A , M.D.C., 17 D E SEPTIEMBRE D E L 2026 N o . 37,248 PODER JUDICIAL AVISO DE TÍTULO SUPLETORIO El infrascrito, Secretario, por Ley del Juzgado de Letras de la Sección Judicial de Santa Rosa de Copán, HACE SABER:

Notas

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